Cita:
Originalmente publicado por iferfoz
Sacate tus propias conclusiones y no te lies mas.
Si tienes el "Titulín" (Autorización Federativa) y miras detrás de la tarjeta te dirá:
ATRIBUCIONES:
GOBIERNO DE EMBARCACIONES DE RECREO A MOTOR DE HASTA 6 METROS DE ESLORA Y UNA POTENCIA MÁXIMA DE MOTOR DE 40 kW, EN NAVEGACIONES CON LUZ DIURNA EN ÁREAS DELIMITADAS POR LA CAPITANÍA MARÍTIMA.
Ahora bien, dice 40 kW., no habla de Cv., y para pasar de:
kW. a Cv. debes de multiplicar por 1,36.
Cv. a kW. debes de multiplicar por 0,736.
Ejemplo si con "Titulín" llegas hasta 40 kW, multiplicas 40 x 1,36 y el resultado será de que puedes patronear una embarcación con un max. de 54,4 Cv.
Aparte de esto, las trampas que se puedan hacer en las documentaciones ya es harina de otro costal, cada uno con su conciencia o con su ignorancia.
Saludos
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Aparte de lo que dice el cofrade iferoz, que es rigurosamente cierto, te lo completo con los siguientes datos:
La eslora máxima de 6 m, metro en mano se transforma en 6,30m o mas ya que en los papeles pone 5,99 m. Ejm. PlayaMar 600 Fisher.
Los 55 Cv los admiten con un Suzuki 115 CV si en la ficha pone que lleva un limitador de potencia. Esto es un "truco" legal ya que los motores no los revisan los verdes y ninguno lleva realmente puesto el limitador. Esto da lugar a motores enormes con la pegatina de 50