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VHF: Canal 77 |
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Dar de alta un barco. Autoconstrucción.
Hola a todos:
He leido mucho sobre la autoconstrucción de barcos. Pero lo que nadie comenta es como se hace en España, para dar de alta un barco fabricado por uno mismo. Los tramites que hay que hacer y todo lo que se debe cumplir. Gracias por adelantado. |
#2
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Re: Dar de alta un barco. Autoconstrucción.
Hola amigo, varias cosas son necesarias:
1.-Proyecto Visado por ingeniero naval 2.-Certificado CEE el mas barato RINNA (Italiano) te lo puede gestionar el tecnico. 3.-Pago tasas Hacienda 4.-Requerimientos matriculación Se puede hacer no es dificil Animo Saludos LORDRAKE
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El GRAN AZUL |
#3
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Re: Dar de alta un barco. Autoconstrucción.
Cita:
Artículo 8. Documentación requerida para el abanderamiento de embarcaciones construidas por aficionados. 1. Las embarcaciones nuevas construidas por aficionados se podrán abanderar y registrar si se cumple lo establecido en el artículo 7.2.d). En esos casos, el interesado presentará ante la capitanía marítima la documentación que se indica en el artículo 7.3. 2. Si la embarcación construida por aficionado se comercializa, con independencia del tiempo transcurrido desde su construcción, se deberá obtener previamente a su inscripción en el registro el marcado CE mediante un procedimiento de evaluación de la conformidad con posterioridad a su fabricación, regulado en el artículo 6.1 del Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre. 3. Una vez obtenido dicho marcado se podrá solicitar la inscripción en el registro presentando la documentación indicada en el artículo 6. Por tanto solo hay que obtener el marcado CE si se va a comercializar. Artículo 7.2 d) Que se presente un proyecto elaborado y firmado por técnico titulado competente, según lo establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, y visado por el colegio profesional correspondiente, que demuestre que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, y en las normas UNE armonizadas que se incluyen en el listado del anexo II. |
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