La Taberna del Puerto Smartsails
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Foro Náutico Deportivo

Avisos

Responder
 
Herramientas Estilo
  #1  
Antiguo 26-01-2009, 18:51
Avatar de rojo
rojo rojo esta desconectado
Piratilla
 
Registrado: 26-01-2009
Mensajes: 47
Agradecimientos que ha otorgado: 15
Recibió 3 Agradecimientos en 3 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Dar de alta un barco. Autoconstrucción.

Hola a todos:
He leido mucho sobre la autoconstrucción de barcos. Pero lo que nadie comenta es como se hace en España, para dar de alta un barco fabricado por uno mismo.
Los tramites que hay que hacer y todo lo que se debe cumplir.
Gracias por adelantado.
Citar y responder
  #2  
Antiguo 26-01-2009, 22:09
Avatar de LORDRAKE
LORDRAKE LORDRAKE esta desconectado
Hermano de la costa
 
Registrado: 24-02-2008
Localización: El oceano
Edad: 63
Mensajes: 2,844
Agradecimientos que ha otorgado: 1,563
Recibió 1,307 Agradecimientos en 469 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Dar de alta un barco. Autoconstrucción.

Hola amigo, varias cosas son necesarias:
1.-Proyecto Visado por ingeniero naval
2.-Certificado CEE el mas barato RINNA (Italiano) te lo puede gestionar el tecnico.
3.-Pago tasas Hacienda
4.-Requerimientos matriculación
Se puede hacer no es dificil
Animo
Saludos
LORDRAKE
__________________
El GRAN AZUL
Citar y responder
  #3  
Antiguo 27-01-2009, 09:33
Avatar de Rickko
Rickko Rickko esta desconectado
Grumete Pirata
 
Registrado: 26-01-2009
Edad: 52
Mensajes: 1
Agradecimientos que ha otorgado: 0
Recibió 0 Agradecimientos en 0 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Dar de alta un barco. Autoconstrucción.

Cita:
Originalmente publicado por rojo Ver mensaje
Hola a todos:
He leido mucho sobre la autoconstrucción de barcos. Pero lo que nadie comenta es como se hace en España, para dar de alta un barco fabricado por uno mismo.
Los tramites que hay que hacer y todo lo que se debe cumplir.
Gracias por adelantado.
Real Decreto 544/2007


Artículo 8.
Documentación requerida para el abanderamiento de embarcaciones construidas por aficionados.

1. Las embarcaciones nuevas construidas por aficionados se podrán abanderar y registrar si se cumple lo establecido en el artículo 7.2.d).
En esos casos, el interesado presentará ante la capitanía marítima la documentación que se indica en el artículo 7.3.
2. Si la embarcación construida por aficionado se comercializa, con independencia del tiempo transcurrido desde su construcción, se deberá obtener previamente a su inscripción en el registro el marcado CE mediante un procedimiento de evaluación de la conformidad con posterioridad a su fabricación, regulado en el artículo 6.1 del Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre.
3. Una vez obtenido dicho marcado se podrá solicitar la inscripción en el registro presentando la documentación indicada en el artículo 6.



Por tanto solo hay que obtener el marcado CE si se va a comercializar.



Artículo 7.2 d)
Que se presente un proyecto elaborado y firmado por técnico titulado competente, según lo establecido en la disposición adicional segunda del Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, y visado por el colegio profesional correspondiente, que demuestre que la embarcación cumple con lo establecido en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, y en las normas UNE armonizadas que se incluyen en el listado del anexo II.

Citar y responder
Responder Ver todos los foros en uno

Smartsails


Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 15:41.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2024, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto