VHF: Canal 77
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." — Altair

Hola Cofrade

Hemos detectado que utilizas un bloqueador de anuncios. Si puedes, considera añadir La Taberna del Puerto a tu lista de excepciones. Esto nos ayuda a mantener la comunidad y cubrir los gastos del servidor. ¡Gracias por tu apoyo!

LOTERÍA DE NAVIDAD 2026
De nuevo jugamos al 31103 que no es otro que la fecha de fundación de la Taberna. Si quieres jugar haz click en el décimo

Por favor, si juegas, comprueba que estés en la lista y que no haya ningún problema. Muchas gracias a todos los que participáis y MUCHA SUERTE.

Anuncio

Colapsar

NORMAS DEL FORO: OBLIGATORIA SU LECTURA

Hola cofrade, has recalado en la Taberna del Puerto, algo más que un foro náutico. Eres bienvenido, participa, aprende y enséñanos; de eso se trata, de enriquecernos todos en nuestros conocimientos, y sobre todo de pasar un buen rato. No entres si vienes buscando conflictos, polémicas o cualquier otro fin que no sean los anteriormente descritos. Tenemos algunas normas y es obligatorio que las leas antes de empezar.

1/ Este es un foro náutico y aunque se permite hablar de otros temas, se ruega contención en el uso de los mismos, para ello existe un foro específico.

2/ Usa títulos claros y que describan el contenido del tema. De este modo será más fácil encontrarlos en el buscador para posteriores consultas además de que facilitas el trabajo de los que te vayan a responder. Títulos ambiguos como “ayuda”, “tengo un problema”, etc... no colaboran a este fin. Inserta tú tema en el foro adecuado, mira antes de lanzarlo por si alguien poco antes que tú ha puesto lo mismo; si es así no crees un tema nuevo, contesta al otro. Usa el buscador, es una gran herramienta. No escribas todo el texto con mayúsculas, se interpreta como que estás gritando. Todo esto facilita enormemente el trabajo de los que curramos aquí.

3/ No se permite el "spam" ni la publicidad de empresas o de actividades que conlleven lucro. Tampoco solicitud de ofertas de empresas o profesionales salvo en los foros de anuncios de compra-venta.

4/ No uses el foro como un chat salvo en aquellos temas habilitados a tal efecto, los cuales periódicamente serán eliminados. Las contestaciones reiterativas y/o automáticas, haciendo uso del sistema copi-pegui o cualquier otro no están permitidas.

5/ Respeta a los demás y a sus opiniones si quieres que las tuyas sean respetadas. Los insultos, la agresividad, el mal gusto y la mala educación no están permitidas en este foro. Aquí venimos a divertirnos, no a pelearnos. Se prohíbe insultar, ser agresivo, maleducado, soez, no respetar a los demás, intentar imponer nuestras ideas, empezar o dar pie a que empiecen peleas o trifulcas. Se exige orden y delicadeza a la hora de tratar ciertos asuntos, como por ejemplo, en lo que a la ortografía se refiere. Serán considerados como insultos y faltas de respeto el calificar a los Moderadores y/o Administradores como censores, dictadores, que coartan la libertad de expresión, que aplican un doble rasero, y expresiones similares.

6/ Nos gusta conocer con quién hablamos, así que, una pequeña presentación en el foro correspondiente que existe para tal fin siempre será bien recibida. No obstante, si alguien decide no presentarse, los demás usuarios se abstendran de reclamar dicha presentación y/o realizar crítica o petición alguna.

7/ Los temas políticos o que induzcan a la polémica innecesaria, mejor los dejas para otros foros de los muchos que hay para ello en la red. Se prohíbe hablar de política, de política económica, de política social, de nacionalismos, de antinacionalismos, de diferencias idiomáticas, de banderas nacionales, de exaltaciones patrióticas, de hechos diferenciales, de religión, de anti-religíon, de toros y del maltrato animal, y en general de todos los temas que se sabe de antemano van a ser polémicos y mucho más si no son náuticos. No contestes a estos temas o mensajes, informa a los administradores. No se tolerarán actitudes racistas, xenófobas, sexistas, denigrantes hacia otros colectivos o para con los demás, totalitarias o extremistas sean del signo que sea.

8/ El reenvío de mensajes que hayan sido modificados, o bien el envío de otros mensajes que muestren su descontento con esta modificación, pueden conducir al bloqueo de la cuenta. Esto también sucederá cuando un usuario insista en retomar algún tema o continuar sobre una conducta de la que se le ha alertado. En casos de que la mala conducta de un usuario continúe, se podrá proceder a su expulsión definitiva.

9/ Todos los temas y/o mensajes que fomenten la piratería sobre cualquier software u otro material protegido, o informen de cómo o dónde llevarla a cabo serán retirados inmediatamente del foro. No obstante, y debido a la imposibilidad por parte de los administrador de controlar todos los temas y mensajes , si alguien detecta cualquier incidencia de este tipo ruego lo comunique de forma inmediata a la administración, especificando el enlace al tema para poder ser retirado.

10/ Se prohíbe la reproducción total o parcial de textos u otros medios sujetos a Copyright y/o pertenecientes a otras webs, foros, etc... Sin embargo si que se podrán insertar enlaces a los mismos, pero siempre haciendo referencia a la página propietaria.

11/ La Taberna es un foro en lengua castellana o español, pero cada uno es libre de expresarse como quiera, allá él si la mayoría no lo entiende. Los usuarios se abstendrán de hacer ningún comentario indicando al que escribe en otra lengua su pertinencia o no. Tampoco se tolerará el uso del idioma como arma reivindicativa de ningún tipo.

12/ No se permiten insultos ni difamaciones a empresas, profesionales o particulares. Tampoco acusaciones de ningún tipo, que no estén probadas o demostradas judicialmente o por lo medios legales adecuados. Este no es un medio para presentar denuncias, para ello, existen los juzgados, consumo, etc...

13/ No se permite la inserción de hilos o mensajes con el fin de generar exclusivamente tráfico a otras web, aplicaciones o canales, bien sea mediante enlaces, mediante artículos, ficheros o datos parciales, o por cualquier otro método.


14/ Cualquier incumplimiento de estas normas, puede ser motivo de amonestación y/o expulsión del autor, de borrado o cierre de temas o mensajes, o de cualquier otra medida que la administración decida para intentar hacer que éstas sean cumplidas. Los temas pueden ser movidos o unidos sin previo aviso a criterio de los administradores.

15/ Si estás de acuerdo con ellas este es tú sitio; si no te gustan, no te apetece cumplirlas, las consideras restrictivas, censoras o que coartan tu libertad de expresión, no entres, no intervengas, y no te quejes cuando te sean aplicadas las medias correctoras adecuadas. No luches por cambiarlas a tu conveniencia, no puedes.

16/ Baja Voluntaria del foro.

Ni éste ni ningún otro Foro tiene previsto un sistema de Bajas voluntarias y automáticas. Simplemente con dejar de participar en él, y editar el Perfil de usuario para que dejen de aparecer los datos que crean no deben verse es suficiente.

No obstante, si alguien quiere que se le borre su cuenta, deberá enviar un e-mail desde el enlace "contáctanos" que se encuentra en la parte inferior del foro usando el e-mail con el que está registrado en la Taberna ya que es la única forma de comprobar la autenticidad del que se quiere dar de baja.
Así se evita que alguien pueda coger los datos de tu cuenta y pedir que se borre la misma.

Por otro lado advertir que los mensajes del usuario aparecerán, una vez borrada la cuenta, como realizados por un "invitado" ya que las intervenciones en un Foro público, son públicas. Es decir, desde el momento en que se publican dejan de pertenecer al usuario. Por otro lado, como siempre hay contestaciones a los mensajes, si algunos son borrados, el hilo deja de tener sentido.

En cualquier caso, si existe algún o algunos mensajes en el que aparezcan datos personales que el usuario no quiere que sigan apareciendo, ANTES de pedir la baja, podrá reportarnos estos mensajes, usando la opción "reportar mensajes" y nosotros eliminaremos esos datos personales.

Se entiende que una vez borrada la cuenta, esta acción es irreversible, con lo cual no se podrá volver atrás.



Estas normas pueden ser modificadas sin previo aviso, por lo que se recomienda consultarlas regularmente...



Bueno, y eso es todo, pasa, busca asiento por donde puedas y pide lo que guste...
Ver más
Ver menos

lista 6ª mas de 12 pasajeros

Colapsar
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes

  • lista 6ª mas de 12 pasajeros

    Unas ronditas para todos y especialmente para los entendidos en legislación.
    La verdad es que he estado leyendo mucho sobre este tema y cuanto mas peor... La pregunta es simple ¿Una embarcación de recreo, destinada a charter con tripulación, de eslora <20m puede llevar legalmente a mas de 12 pasajeros en lista 6ª? ¿Que habria que hacer?

  • #2
    Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

    12 incluida la tripulacion. El resto a los tiburones

    Comentario


    • #3
      Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

      Hola Yeyo, te puedo contestar diciendo que conozco alguna que otra embarcación de lista 6ª <20m que está habilitado para llevar más de 12 pasajeros. Saludos y una ronda

      Comentario


      • #4
        Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

        En mi opinión, lo de 12 pasajeros se refiere a la titulación PPER. Por lo demás creo que hay que regirse por los papeles del barco (Construcción, etc.)
        A ver si alguien más entendido nos ilumina.

        Un saludo y

        Comentario


        • #5
          Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

          NI pa ti ni pa mi!
          Acabo de leer en Wyquipedia que las lista 6ª pueden llevar hasta 12 pasajeros además de la tripulación.

          Saludos y

          Comentario


          • #6
            Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

            Buenas a todos:

            La mayoria de las embarcaciones de recreo se construyen para un máximo de 12 pasajeros porque a partir de 12 pasajeros se considera Buque de Pasaje y hay que cumplir una serie de normativas recogidas en el SOLAS ( Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar) en cuanto a la construccion de la embarcacion y equipamiento de seguridad, salvamento, contraincendios, etc, etc.

            Esta normativa es bastante restrictiva y extensa por eso mismo los fabricantes de embarciones de recreo las fabrican solo hasta 12 pasajeros, incluso los yates mas grandes que veais en puerto la gran mayoria son solo para 12 pasajeros.

            En efecto hay embarcaciones en lista 6ª que transportan mas de 12 pasajeros pero tienen que cumplir inexorablemente toda esta normativa (Y no es poca).

            Si la embarcacion ha sido construida con marcado CE para 12 pasajeros es
            IMPOSIBLE que puedas llevar mas tripulantes porque no ha sido construida cumpliendo estas normativas.

            Ufff que sed
            sigpic
            www.dragutnou.com

            www.anavre.org


            Al bien hacer jamás le falta premio. Miguel de Cervantes

            Comentario


            • #7
              Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

              Hola a todos:

              Como pasajero, no se cuenta a niños menores de 1 año, al patrón, la tripulación, ni a las demás personas que trabajan en el barco.

              Si la embarcación se autoriza para más de 12 pasajeros, no se le aplica el R.D. 1435/2010 por el que se regula el abanderamiento y matriculación de las embarcaciones de recreo en las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques.

              Como ya ha dicho el cofrade Calipso, con mas de 12 pasajeros se considera Buque de Pasaje y la normativa que se le aplica es .......ruinosa para una embarcación de las dimensiones de una embarcación de recreo.

              Te puedes mirar, entre otros los RD 1247/1999, el RD 1027/1989 y el RD 1435/2010.

              Aquí tienes los enlaces en una web con formato muy manejable y siempre actualizada:









              Saludos.
              Editado por última vez por LP706; 14/09/2011, 16:10:05.

              Comentario


              • #8
                Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                Originalmente publicado por Calipso Ver Mensaje
                Buenas a todos:

                La mayoria de las embarcaciones de recreo se construyen para un máximo de 12 pasajeros porque a partir de 12 pasajeros se considera Buque de Pasaje y hay que cumplir una serie de normativas recogidas en el SOLAS ( Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar) en cuanto a la construccion de la embarcacion y equipamiento de seguridad, salvamento, contraincendios, etc, etc.

                Esta normativa es bastante restrictiva y extensa por eso mismo los fabricantes de embarciones de recreo las fabrican solo hasta 12 pasajeros, incluso los yates mas grandes que veais en puerto la gran mayoria son solo para 12 pasajeros.

                En efecto hay embarcaciones en lista 6ª que transportan mas de 12 pasajeros pero tienen que cumplir inexorablemente toda esta normativa (Y no es poca).

                Si la embarcacion ha sido construida con marcado CE para 12 pasajeros es
                IMPOSIBLE que puedas llevar mas tripulantes porque no ha sido construida cumpliendo estas normativas.

                Ufff que sed
                Quiero decir que conozco embarcaciones con >20m marcado CE autorizados para llevar más de doce pasajeros.
                Pasando una previa inspección por un ingeniero naval en la cual aconseja si es viable o no homologarlo para tal proposito.

                Comentario


                • #9
                  Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                  Mas de 12 personas en lista 2ª. En lista 6ª maximo 12.

                  Comentario


                  • #10
                    Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                    Originalmente publicado por Pepota Ver Mensaje
                    Mas de 12 personas en lista 2ª. En lista 6ª maximo 12.
                    Dependiendo del ámbito de navegación, también podría ser lista 5ª!!

                    En L'Estartit he visto "golondrinas" con matrícula de la lista 2ª y de la lista 5ª (navegación a menos de 3 millas de puerto) las que van a las Islas Medas...!


                    Iñaki

                    Comentario


                    • #11
                      Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                      Buenas de nuevo y otras ronditas para los que os habeis quedado secos.
                      Algunos barcos, tipos clásicos, tienen unas mangas considerables que permiten sin peligro llevar a mas de 12 personas: eso sí, de día. Estoy pensando comprar uno para charter con tripulación y, teniendo sitio en cubierta para mas de 12 personas, sería una pena no rentabilizarlo mas.
                      ¿En el caso de que en los documentos de ingeniería ponga que es apto para llevar a mas de 12 pasajeros, sería suficiente para la capitanía y se podría registrar en lista 6ª o tiene que ser en lista 2ª por narices? ¿Dependería de la eslora o nada de nada? Calipso, en tu respuesta veo que dejas abierta la opción de mas de 12 pasajeros en lista 6ª siempre que se cumplen unas normativas: ¿Me lo podeis confirmar?
                      Despues de lo que he leido, visto y oido por allí, creo que he abierto una caja de pandora que sería interesanta aclarar y nada mejor que en una taberna como esta. Siempre he pensado que con unas cervecitas se arregla el mundo. Pues a tomarlas!!!

                      Comentario


                      • #12
                        Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                        Originalmente publicado por yeyo Ver Mensaje
                        Buenas de nuevo y otras ronditas para los que os habeis quedado secos.
                        Algunos barcos, tipos clásicos, tienen unas mangas considerables que permiten sin peligro llevar a mas de 12 personas: eso sí, de día. Estoy pensando comprar uno para charter con tripulación y, teniendo sitio en cubierta para mas de 12 personas, sería una pena no rentabilizarlo mas.
                        ¿En el caso de que en los documentos de ingeniería ponga que es apto para llevar a mas de 12 pasajeros, sería suficiente para la capitanía y se podría registrar en lista 6ª o tiene que ser en lista 2ª por narices? ¿Dependería de la eslora o nada de nada? Calipso, en tu respuesta veo que dejas abierta la opción de mas de 12 pasajeros en lista 6ª siempre que se cumplen unas normativas: ¿Me lo podeis confirmar?
                        Despues de lo que he leido, visto y oido por allí, creo que he abierto una caja de pandora que sería interesanta aclarar y nada mejor que en una taberna como esta. Siempre he pensado que con unas cervecitas se arregla el mundo. Pues a tomarlas!!!

                        Si el barco ha sido contruido con certificado CE para 12 pasajeros es muy muy dificil que pueda transportar mas.

                        Deberia realizarse un proyecto de un ingeniero con todas las modificaciones necesarias en la embarcación para que cumpliera toda la normativa al respecto. Luego pasar una inspeccion por parte de Capitania. Cosa que en algunos casos seria totalmente inviable y en otros excesivamente caro.
                        sigpic
                        www.dragutnou.com

                        www.anavre.org


                        Al bien hacer jamás le falta premio. Miguel de Cervantes

                        Comentario


                        • #13
                          Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                          Hola Yeyo:

                          Creo que lo primero sería informarse con seguridad de que esa embarcación puede autorizarse para el número total de personas (pasajeros + tripulación) que te interese.

                          Como embarcación de recreo se entienden a las que tienen una eslora entre 2,5 y 24 metros y se utilicen para fines de ocio o recreativos, incluso con animo de lucro.
                          El RD 1027/1989 no establece limitación al número de pasajeros o personas que pueden autorizarse para las embarcaciones inscritas en la lista 6ª.
                          El RD 1435/2010 que establece un procedimiento “supuestamente simplificado” para la matricula de determinadas embarcaciones de recreo, excluye a las de lista 6ª que autoricen más de 12 pasajeros.

                          Por lo anterior entiendo que si la embarcación es de eslora inferior a 24 metros se podría incluir en la lista 6ª y el número total de personas (tripulantes + pasajeros) que pueden embarcar será el que autorice la documentación del barco.
                          Si se autorizan más de 12 pasajeros, habría que seguir el procedimiento de matricula del RD 1027/1989 y si son menos de 12 o menos pasajeros habría que seguir el procedimiento del RD 1435/2010.

                          Otra historia será la normativa de seguridad, etc. que se le aplique si autoriza más de 12 pasajeros.
                          Y en cualquier caso hacer las consultas en la Capitanía donde se va a solicitar el papeleo, que es donde nos pueden volver locos si no interpretamos las normas de la misma forma que ellos.

                          Saludos.

                          Comentario


                          • #14
                            Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                            Muchas gracias a todos. Respuesta obtenida.
                            Entiendo que si se puede siempre y cuando conste en la documentación del barco y que lo autorice la Capitanía con el cual es preferible confirmarlo antes de su compra. Me habeis aclarado un tema que me llevaba de cabeza desde hace un tiempo.

                            Sabía que esta taberna y estas cervecitas no fallarían. Me habeis aclarado una gran duda.

                            Comentario


                            • #15
                              Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                              y no te vale el per ni el PY ni el CY para el charter OJO!son titulos de RECREO supongo que tendras un carnet PROFESIONAL DE LA MARINA MERCANTE si no...te puedes meter en un lio bien gordo.para llevar a gente de paseo o pesca y uno diga que te paga cash......pppffff.....la lias!aparte de los seguros que debes tener para la tripulacion que llevarias,ya sabemos todos que la mayoria de los charter los patrones la mayoria solamente tienen CARNETS DE RECREO(no profesional de trabajo)pero ya sabemos tambien que las envidias pueden llevar a la denuncia,tira palante y ten ojo!SUERTE!!

                              Comentario


                              • #16
                                Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                                Una embarcacion de recreo, pude llevar mas de 12 personas(si esta habilitada) en lista 7ª.La misma embarcacion en lista 6ª,12 maximo incluida la tripulacion,y titulo minimo pper.Si quieres llevar mas personas ya no sera una embarcacion de recreo y el titulo tendra que ser profesional de la MM.

                                Comentario


                                • #17
                                  Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                                  Originalmente publicado por Pepota Ver Mensaje
                                  Una embarcacion de recreo, pude llevar mas de 12 personas(si esta habilitada) en lista 7ª.La misma embarcacion en lista 6ª,12 maximo incluida la tripulacion,y titulo minimo pper.Si quieres llevar mas personas ya no sera una embarcacion de recreo y el titulo tendra que ser profesional de la MM.
                                  A ver en que quedamos. ¿No eran 12 + tripulación?

                                  Saludos y

                                  Comentario


                                  • #18
                                    Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                                    Hola Pepota

                                    El RD 1435/2010 dice:
                                    “Artículo 3. Ámbito de aplicación.
                                    1. Lo dispuesto en este Real Decreto será de aplicación:
                                    a. Al abanderamiento y matriculación en las listas sexta y séptima de las embarcaciones de recreo.
                                    b. A las anotaciones en las hojas de asiento de cualquier acto registrable que se den sobre las embarcaciones ya abanderadas y registradas en las listas anteriormente citadas.
                                    2. Están excluidas del ámbito de aplicación de este Real Decreto las embarcaciones que tengan otorgado permiso temporal de navegación de acuerdo con la normativa vigente y las embarcaciones de recreo de la lista sexta que transporten más de doce pasajeros. No estarán obligadas a su registro, o se regularán por su normativa específica, las embarcaciones históricas y tradicionales, así como las embarcaciones de regatas que estén destinadas exclusivamente a la competición y los artefactos flotantes o de playa.”

                                    Se excluye de este RD a las embarcaciones de la lista 6ª que transporten más de 12 pasajeros, pero no se limita el número máximo de personas, de modo que entre pasajeros y tripulantes se puede exceder ese número.

                                    El RD 1027/1989 que sería el aplicable a embarcaciones de recreo autorizadas para mas de 12 pasajeros, no pone límite al numero de pasajeros ni a la suma de pasajeros + tripulantes. Cuando establece las distintas listas dice:

                                    “Artículo 4.......................

                                    En la lista sexta, se registrarán las embarcaciones deportivas o de recreo que se exploten con fines lucrativos....................”


                                    En cuanto al título del patrón, por supuesto no podrá ser uno deportivo para la actividad que se pretende realizar y la normativa de seguridad tampoco será la de una embarcación de recreo.

                                    Saludos.

                                    Comentario


                                    • #19
                                      Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                                      Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
                                      Artículo 2. Definiciones

                                      .11 «Buque de pasaje»: un buque mercante que transporte más de doce pasajeros

                                      Luego Una embarcacion de recreo que lleve mas de 12 es un buque y por tanto no puede estar en lista 6ª.

                                      Comentario


                                      • #20
                                        Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                                        Originalmente publicado por Pepota Ver Mensaje
                                        Real Decreto 973/2009, de 12 de junio, por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
                                        Artículo 2. Definiciones

                                        .11 «Buque de pasaje»: un buque mercante que transporte más de doce pasajeros

                                        Luego Una embarcacion de recreo que lleve mas de 12 es un buque y por tanto no puede estar en lista 6ª.

                                        Atención!!! Buque es siempre de más de 24 mts. de eslora...

                                        Embarcación de recreo de 2,5 mts. a 24 mts de eslora.

                                        Buque de pasaje = > 24 mts. eslora Y > 12 pasajeros.

                                        Los mercantes son buques (> 24 mts. eslora) y no suelen llevar pasajeros..., por eso no son buques de pasaje.

                                        De todos modos, más de 12 pasajeros exige el cumplimiento del convenio SOLAS aplicable a un buque de pasaje, por lo que te recomiendo que te olvides del tema.

                                        Si quieres llevar más de 12 pasajeros, debería ser en lista 2ª o en lista 5ª (con un patrón profesional de la MM y con las correspondientes limitaciones por Certificado de Navegación, zona de navegación y título del patrón).

                                        Iñaki

                                        Comentario


                                        • #21
                                          Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                                          Hola Pepota:

                                          En es misma norma, RD 973/2009 puedes ver estas dos definiciones:

                                          Buque mercante: todo buque civil de navegación marítima, excluidos los pesqueros, los yates de recreo no dedicados al comercio y los buques de madera de construcción primitiva, de conformidad con el artículo III del Convenio STCW.

                                          Buque de pasaje: un buque mercante que transporte más de doce pasajeros.

                                          La definición de “Buque de Pasaje” se refiere a “Buques Mercantes”, y en la definición de estos, ya se ha excluido a los de recreo.


                                          En el RD 1435/2010 se define lo que se entiende por embarcación de recreo:

                                          Artículo 2. Definiciones.
                                          A efectos de lo previsto en este Real Decreto se entenderá por:
                                          a. Embarcación de recreo (en adelante embarcación): toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora comprendida entre 2,5 y 24 metros, medida según los criterios fijados en el apartado c de este artículo y utilizada para fines deportivos o de ocio. Quedan comprendidas en esta definición las embarcaciones ya sean utilizadas con ánimo de lucro o con fines de entrenamiento para la navegación de recreo.


                                          En el RD 1247/1999 sobre reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje.
                                          Artículo 2. Ámbito de aplicación.

                                          1. Este Reglamento se aplicará a los buques de pasaje nuevos, a los buques de pasaje existentes de eslora igual o superior a 24 metros y a las naves de pasaje de gran velocidad, cualquiera que sea el pabellón que enarbolen, que realicen viajes nacionales desde o entre puertos españoles.

                                          2. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento los siguientes buques de pasaje o naves de pasaje de gran velocidad:

                                          f) Las embarcaciones de recreo, salvo aquellas que naveguen con tripulación y transporten más de 12 pasajeros con propósitos comerciales.

                                          En el párrafo 1 se indica que se aplica a las embarcaciones de pasaje de mas de 24 metros
                                          Y en el párrafo 2 letra f) que también se aplica a las embarcaciones de recreo que naveguen con tripulación y mas de 12 pasajeros.

                                          Por todo esto no veo inconveniente en que una embarcación de menos de 24 metros se incluya en la lista 6ª y se la autorice a llevar más de 12 pasajeros, eso sí, con titulación profesional y medidas de seguridad muy serias.
                                          La lista segunda considero que está mas orientada a los buques que se dedican al comercio, tal y como se regula en el Código de Comercio, esto es más bien una actividad de ocio, con animo de lucro.


                                          Saludos.

                                          Comentario


                                          • #22
                                            Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros



                                            EMBARCACION LA PEPA

                                            Capacidad : 150 plazas

                                            Eslora : 23 mtrs. Manga : 5.75 mtrs.

                                            Motores : 2 X 280cv

                                            Equipo de música y megafonía.

                                            Cubierta Principal cerrada y equipada con Bar, bancos, mesas, dos aseos (Señoras y Caballeros), música, megafonía, comunicada con proa y popa abierta.Capacidad de 130 pasajeros.

                                            Cubierta Superior al aire libre con asientos para 60 pasajeros.

                                            Tripulación Profesional y equipado con los más modernos sistemas de seguridad y navegación.

                                            Escalera de baño.

                                            Comentario


                                            • #23
                                              Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                                              En el RD 1247/1999 sobre reglas y normas de seguridad aplicables a los buques de pasaje.
                                              Artículo 2. Ámbito de aplicación.

                                              2. Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Reglamento los siguientes buques de pasaje o naves de pasaje de gran velocidad:

                                              f) Las embarcaciones de recreo, salvo aquellas que naveguen con tripulación y transporten más de 12 pasajeros con propósitos comerciales

                                              Dice que si tiene MENOS O 12 no le sera aplicable (es una embarcacion de recreo).
                                              Si tiene MAS se le considera buque de pasaje y se aplica. No puede estar en lista 6ª.

                                              Comentario


                                              • #24
                                                Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                                                Hola Pepota:

                                                Verás, yo entiendo que en ese apartado f) se distingue entre embarcaciones de recreo para menos de 12 pasajeros y embarcaciones de recreo para más de 12 pasajeros, a unas se aplica el RD y a las otras no.

                                                El de la foto de arriba, lista 6ª y 130 pasajeros + tripulacion profesional.

                                                Saludos.

                                                Comentario


                                                • #25
                                                  Re: lista 6ª mas de 12 pasajeros

                                                  Compro el Queen Mary.

                                                  1º Lo matriculo en lista 7ª.Titulo CY. Me voy a dar la vuelta al mundo con dos mil AMIGOS.Embarcacion de recreo.
                                                  2º Lo matriculo en lista 6ª. Titulo pper.Maximo 12 personas incluida la tripulacion.Hasta 60mn de la costa Española.Son clientes.Embarcacion de recreo.
                                                  3º Lo matriculo en lista 6ª.Titulo Capitan MM.12 personas+tripulacion doy la vuelta al mundo.Son clientes.Embarcacion de recreo.
                                                  4º Si embarco mas de 12 clientes.No soy una embarcacion de recreo.Soy un buque de pasaje.Titulo profesional MM.
                                                  5º Embarcaciones de recreo lista 6ª.Buques NO
                                                  6º Igual ha cambiado la normativa, o cada capitania hace lo que le da la gana.

                                                  Comentario

                                                  ¿Quién está?

                                                  Colapsar

                                                  Actualmente hay 0 usuario en línea. 0 miembros y 0 invitados.

                                                  La mayor cantidad histórica de usuarios es de 37.627, 06/09/2026 en 10:52:48.

                                                  Trabajando...
                                                  X