La Taberna del Puerto

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-   -   Grupo De Estudio Pper/marzo 2011 (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=65158)

Iñaki/Sinvergüen 14-03-2011 16:02

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por javichi (Mensaje 1023366)
Interesante pregunta...(Test tema 17 ):

La tierra más próxima a lo largo de la costa nordeste de Australia se sitúa
a) Una línea trazada a partir de l=11º 00’S, L= 142º 08’E.
b) Una línea trazada a partir de l= 11º 00’N, L= 142º 08’E
c) Una línea trazada a partir de l= 12º00’S, L= 142º 09’E
d) Una línea isobática de 200 metros de profundidad.

Me han informado "confidenciamente" que esta pregunta caerá el sábado 26...:meparto: y que vale por tres puntos.


Saludos,

Javichi :brindis:

A mi me han comentado que vale el 70% del examen...:meparto::meparto::meparto:

Seguramente, es la d) :meparto:

Así, sin mirar el mapamundi, latitud 11º ó 12º Sur me parece muy cerca del ecuador..., aunque todo podría ser...

Además sospecho que la barrera de coral debe tener mucho menos de 200 mts. de profundidad en general...

Por el buen humor :brindis: :brindis: :brindis:

Vidal Mestre 14-03-2011 16:15

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen (Mensaje 1023394)
A mi me han comentado que vale el 70% del examen...:meparto::meparto::meparto:

Seguramente, es la d) :meparto:

Así, sin mirar el mapamundi, latitud 11º ó 12º Sur me parece muy cerca del ecuador..., aunque todo podría ser...

Además sospecho que la barrera de coral debe tener mucho menos de 200 mts. de profundidad en general...

Por el buen humor :brindis: :brindis: :brindis:

Por ahi va , debajo esta mas o menos la posición

custodio 14-03-2011 17:14

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
en ela mrpol anexo IV, lo dice muy claramente

tierra mas proxima.a efectos de este conveno siginificar , tierra mas proxima
a lo largo de la costa nordeste de australia, de una linEa trazada a partir de un punto de las costas australianas situado
en latitud 11º S y longuitud 142º 08 este
y sigue esto ya lo podeis mirar vosotros
o se que cuidado
Marpol IV
:brindis::brindis:

CARMEN ROSA 14-03-2011 17:56

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
1 Archivo(s) adjunto(s)
Cita:

Originalmente publicado por custodio (Mensaje 1023442)
en ela mrpol anexo IV, lo dice muy claramente

tierra mas proxima.a efectos de este conveno siginificar , tierra mas proxima
a lo largo de la costa nordeste de australia, de una linEa trazada a partir de un punto de las costas australianas situado
en latitud 11º S y longuitud 142º 08 este
y sigue esto ya lo podeis mirar vosotros
o se que cuidado
Marpol IV
:brindis::brindis:

Alguien tiene claro alguna de estas cuestiones :adoracion:

javichi 14-03-2011 18:07

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
¡ Ufff...! Que agobio, ahora es cuando vienen las dudas..

5.- En caso de que el capitán sea el difunto o esté imposibilitado:
a. el contramaestre pedirá instrucciones a la autoridad marítima competente
b. el primer oficial sustituirá al capitán y asumirá todas sus atribuciones, obligaciones y responsabilidades
c. el primer oficial pondrá rumbo al puerto más cercano
d. el tripusol de mayor edad tomará las decisiones oportunas
´
= = = = = = = =

Según su autor Tasmanio es la "b" pero yo contestaría la "d".

Espero vuestras respuestas...

Saludos,
Javichi :confused::brindis:

javichi 14-03-2011 18:10

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por custodio (Mensaje 1023442)
en ela mrpol anexo IV, lo dice muy claramente

tierra mas proxima.a efectos de este conveno siginificar , tierra mas proxima
a lo largo de la costa nordeste de australia, de una linEa trazada a partir de un punto de las costas australianas situado
en latitud 11º S y longuitud 142º 08 este
y sigue esto ya lo podeis mirar vosotros
o se que cuidado
Marpol IV
:brindis::brindis:


Custodio, más que MARPOL yo diría que la pregunta es cachondeo fino del amigo Régulus... ja,ja,ja.

Saludos,
Javichi :brindis:

javichi 14-03-2011 18:22

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Tal como se comenta en los BOE, los nuevos PPER tendremos la potestad para realizar bodas civiles a bordo,divorcios express y bautizos (¡ya era hora, coño!).

Me surge una duda en esta pregunta del test de Tasmanio:

El capitán del buque puede, bajo determinadas circunstancias, autorizar:
a. matrimonios y testamentos, y debe custodiar y entregar el testamento a la autoridad marítima local
b. matrimonios, bautizos, funerales y testamentos, y debe custodiar y entregar el testamento a la autoridad marítima local
c. matrimonios y testamentos previa autorización de la autoridad marítima local
d. matrimonios, bautizos, funerales y testamentos previa autorización de la autoridad marítima local

= = = = = =

¿ Cuál es la correcta...?

Saludos,
Javichi :santo:

custodio 14-03-2011 18:39

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por javichi (Mensaje 1023523)
Tal como se comenta en los BOE, los nuevos PPER tendremos la potestad para realizar bodas civiles a bordo,divorcios express y bautizos (¡ya era hora, coño!).

Me surge una duda en esta pregunta del test de Tasmanio:

El capitán del buque puede, bajo determinadas circunstancias, autorizar:
a. matrimonios y testamentos, y debe custodiar y entregar el testamento a la autoridad marítima local
b. matrimonios, bautizos, funerales y testamentos, y debe custodiar y entregar el testamento a la autoridad marítima local
c. matrimonios y testamentos previa autorización de la autoridad marítima local
d. matrimonios, bautizos, funerales y testamentos previa autorización de la autoridad marítima local

= = = = = =

¿ Cuál es la correcta...?

Saludos,
Javichi :santo:

yo creo que es la A, no??
todavia no nos dan poder con el de arriba

:brindis::brindis:

custodio 14-03-2011 18:41

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por javichi (Mensaje 1023510)
Custodio, más que MARPOL yo diría que la pregunta es cachondeo fino del amigo Régulus... ja,ja,ja.

Saludos,
Javichi :brindis:

Javichi , esto esta en el Marpol:brindis:

javichi 14-03-2011 20:30

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por custodio (Mensaje 1023533)
Javichi , esto esta en el Marpol:brindis:


Hola Custodio:

M´as pillado... todavia no he llegado al MARPOL y la pregunta de entrada me ha sonado a pitorreo...:nosabo: tengo que acelerar o no llego a todos los temas...

Saludos,

Javichi :brindis:

custodio 14-03-2011 21:02

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por javichi (Mensaje 1023643)
Hola Custodio:

M´as pillado... todavia no he llegado al MARPOL y la pregunta de entrada me ha sonado a pitorreo...:nosabo: tengo que acelerar o no llego a todos los temas...

Saludos,

Javichi :brindis:

pues acelera , que el marpol es muy bueno , aunque a mi el que mas me gusta es el codigo de co:brindis::brindis::brindis:mercio,
es infumable...hablamos de corsarios, de paises en guerra, de la llegada a puertos donde pueda haber peste, del capitan que podria cojer dinero a la gruesa ??, de que un capitan no puede ser propietario....muy muy interesante y sobre todo eso de HOMBRE DE MAR, no marinero no , HOMBRE DE MAR

regulus 14-03-2011 21:48

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Tasmanio (Mensaje 1023218)
Hola compañeros, siento el retraso. Llevo varios días desconectado, pero sigo estudiando cuando puedo.
Unas preguntas del resumen que hice del Tema 15
Y hoy ronda extra para el personal, que soy un año mas viejo
:brindis::brindis::brindis:

Felicidades Tasmanio. Qué el proóximo año los cumplas con un galón más: el certificado de marras del PPER...

Saludos,

:brindis::brindis:

regulus 15-03-2011 09:33

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Hola d nuevo,
Mientras desayunaba se me ha ocurrido esta preguntita:

Un capitán marítimo decide prohibir el acceso a una rada de manera permanente, ya que debido a la existencia de algunos pecios, se compromete de forma importante la navegación en aquella zona.

a) No podrá hacerlo, ya que se trata de aguas de interés general
b) podrá hacerlo pero después informará a DGMM de su decisión
c) No podrá hacerlo ya que que no tiene competencia para prohibir una zona de navegación costera
d) solo podrá hacerlo de forma temporal

Saludos:velero:
ah¡¡¡ se me ocurre que podríamos abrir un hilo para aquellos que vayan a Madrid el viernes anterior al examen. Podemos compartir ofertas de hotel, etc. y también podemos hacer una quedada para cenar , aunque deberá ser algo ligerito y con abstinencia total..jjeje:borracho::borracho:

custodio 15-03-2011 09:40

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
1 Archivo(s) adjunto(s)
buenos dias , planteo preguntas recordatorias de temas
sencillo todo

estoy con regulus , yo tambien me desplazare el viernes
eso si pronto a la cama , sin copas
para el dia siguiente el vermouth en la cruz blanca , creo que se llama

Adjuntos 19834

un saludo

CARMEN ROSA 15-03-2011 09:45

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por regulus (Mensaje 1023919)
Hola d nuevo,
Mientras desayunaba se me ha ocurrido esta preguntita:

Un capitán marítimo decide prohibir el acceso a una rada de manera permanente, ya que debido a la existencia de algunos pecios, se compromete de forma importante la navegación en aquella zona.

a) No podrá hacerlo, ya que se trata de aguas de interés general
b) podrá hacerlo pero después informará a DGMM de su decisión
c) No podrá hacerlo ya que que no tiene competencia para prohibir una zona de navegación costera
d) solo podrá hacerlo de forma temporal

Saludos:velero:
ah¡¡¡ se me ocurre que podríamos abrir un hilo para aquellos que vayan a Madrid el viernes anterior al examen. Podemos compartir ofertas de hotel, etc. y también podemos hacer una quedada para cenar , aunque deberá ser algo ligerito y con abstinencia total..jjeje:borracho::borracho:

ES la b?

Vidal Mestre 15-03-2011 09:50

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por CARMEN ROSA (Mensaje 1023924)
ES la b?

Dos cosas ,
Tb creo que es la B
y me apunto a la cena, llego el viernes
Saludos

regulus 15-03-2011 10:14

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
1 Archivo(s) adjunto(s)
Cita:

Originalmente publicado por CARMEN ROSA (Mensaje 1023485)
Alguien tiene claro alguna de estas cuestiones :adoracion:

Estas son mis aportaciones. A ver si pueden servir.

Saludos,

CARMEN ROSA 15-03-2011 11:26

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Vidal Mestre (Mensaje 1023929)
Dos cosas ,
Tb creo que es la B
y me apunto a la cena, llego el viernes
Saludos

:brindis: yo tambien

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 11:30

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por regulus (Mensaje 1023919)
Hola d nuevo,
Mientras desayunaba se me ha ocurrido esta preguntita:

Un capitán marítimo decide prohibir el acceso a una rada de manera permanente, ya que debido a la existencia de algunos pecios, se compromete de forma importante la navegación en aquella zona.

a) No podrá hacerlo, ya que se trata de aguas de interés general
b) podrá hacerlo pero después informará a DGMM de su decisión
c) No podrá hacerlo ya que que no tiene competencia para prohibir una zona de navegación costera
d) solo podrá hacerlo de forma temporal

Saludos:velero:
ah¡¡¡ se me ocurre que podríamos abrir un hilo para aquellos que vayan a Madrid el viernes anterior al examen. Podemos compartir ofertas de hotel, etc. y también podemos hacer una quedada para cenar , aunque deberá ser algo ligerito y con abstinencia total..jjeje:borracho::borracho:


Para mi es la D) Sólo temporalmente.

Me parece que únicamnte la DGMM puede hacerlo de forma permanente (o quizás también, en algunos casos como pruebas de tiro, el Ministerio de Defensa...).

Respecto a lo de Madrid, yo llego a las 12 de la noche del viernes, así que no podré quedar para cenar con vosotros :nop:, pero lo del hotel, taxis y vermouth del día siguiente, pues perfecto!!! :sip:

:brindis:

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 11:39

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Respecto a las dudas de carmen:

Subdelegaciones de DGMM
al final para el examen seran tres o cuatro ¿
Buena pregunta. Yo voy a pensar que son 4 ya que mirando el Libro Blanco de la DGMM que es del 2011 aparecen las 4:
a) Seguridad y contaminación
b) Inspección
c) Cooperación internacional y normativa
d) Gestión administrativa


Atención! porque creo que ahora son 3!!! Ay B están fusionadas. Ya lo localizaré y os lo paso... ;-))

La Marina Mercante es una competencia del Estado recogida en la Constitción Española...!

Lo del Oxido de Nitrógerno, tengo que mirarlo. :nosabo:

En el resto estoy completamente de acuerdo con regulus.

:brindis::brindis:

Vidal Mestre 15-03-2011 11:48

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen (Mensaje 1023998)
Para mi es la D) Sólo temporalmente.

Me parece que únicamnte la DGMM puede hacerlo de forma permanente.

Respecto a lo de Madrid, yo llego a las 12 de la noche del viernes, así que no podré quedar para cenar con vosotros :nop:, pero lo del hotel, taxis y vermouth del día siguiente, pues perfecto!!! :sip:

:brindis:

A mi entender, en el Articulo 10 Funciones del Captián Marítimo

[FONT='Verdana','sans-serif']h) La prohibición o restricción de la navegación, para[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']determinadas zonas y por tiempo limitado, por razones de[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']seguridad de la vida humana en la mar y de la navegación y[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']de prevención y lucha contra la contaminación marina, o[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']para determinados buques civiles, por razones de prevención[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif']de actividades ilícitas o tráficos prohibidos.[/font]
[FONT='Verdana','sans-serif'][/font]

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 12:05

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Vidal Mestre (Mensaje 1024009)
A mi entender, en el Articulo 10 Funciones del Captián Marítimo

La prohibición o restricción de la navegación, para determinadas zonas y por tiempo limitado, por razones de seguridad de la vida humana en la mar y de la navegación y de prevención y lucha contra la contaminación marina, o para determinados buques civiles, por razones de prevención de actividades ilícitas o tráficos prohibidos.[/]


A mi entender es la D).

:brindis:

regulus 15-03-2011 12:19

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen (Mensaje 1024021)
A mi entender es la D).

:brindis:

Efectivamente yo creo que es la D por lo del tiempo LIMITADO. Entiendo que si hubiese de cerrarse una zona de forma permanente o un balizamiento también permanente, sería la propia DGMM. Esto creo que son lo que llamamos "detallitos" que teniendo claro el concepto pueden hacer cambiar la respuesta.
Ayer hablé con un patrón de altura y me comentó que en todos los cursos los machacan con las funciones de las capitanías marítimas y los distritos. Eso me ha hecho pensar que probablemente debamos llevar bien empollado ese tema. Se ha comprometido a intentar rescatar las preguntas que hacian en el curso y pasarmelas. me sorprendió saber que no les exigieron ningún macro examen, sino que iban haciendo pruebas semanales. Qué suerte¡¡¡
Respecto a la LOGISTICA del viaje: tema de hoteles yo no he mirado aún, pero sería bueno ir poniendo hoteles aquellos que ya tengan reserva para ir valorando precio, distancia al lugar de examen, aeropuerto, etc.
Lo de la cena también podemos empezar a lanzar posibles sitios (que tengan las 3 b...jejeje).
saluditos
www.reguluscyachtcharters.com

custodio 15-03-2011 12:24

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
1 Archivo(s) adjunto(s)
buenos dias otra vez
creo que son cuatro las sudireccionesAdjuntos 19842
aqui os cuelgo donde habla de ellos
:brindis:

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 13:18

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por custodio (Mensaje 1024036)
buenos dias otra vez
creo que son cuatro las sudireccionesAdjuntos 19842
aqui os cuelgo donde habla de ellos
:brindis:

En la misma web de la DGMM:


Organigrama

La Dirección General de la Marina Mercante es el órgano competente para la denación general de la navegación marítima y de la flota civil española, en los términos establecidos en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la marina mercante, y le corresponden las siguientes funciones:
  1. La ordenación y control del tráfico marítimo, incluido el establecimiento y aplicación del régimen tarifario y de prestación de servicios marítimos y la propuesta de establecimiento de obligaciones de servicio público; la elaboración de estudios de transporte marítimo; el despacho, registro y abanderamiento de buques civiles; el auxilio, salvamento, remolque, hallazgos y extracciones marítimas y la ejecución y control de la normativa de protección marítima, la seguridad de la navegación y el salvamento de la vida humana en la mar; el fomento de la actividad náutica de recreo, la participación en la Comisión de Faros u otros instrumentos de colaboración institucional en materia de señalización marítima, la coordinación de las emergencias marítimas y la activación de los equipos de evaluación de emergencias y el seguimiento y control de su actividad, así como de su formación y adiestramiento.
  2. El registro y control del personal marítimo civil y de la composición mínima de las dotaciones de los buques civiles, así como la determinación de las condiciones generales de idoneidad, profesionalidad y titulación para formar parte de las tripulaciones de los buques civiles españoles, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
  3. La prevención y lucha contra la contaminación marina procedente de buques, embarcaciones y plataformas fijas, así como la limpieza de las aguas marinas.
  4. La determinación del equipamiento mínimo de que deban ir provistos los buques y embarcaciones en función de los Convenios SOLAS, MARPOL y demás normas internacionales, supranacionales o nacionales derivadas de aquéllos; la ordenación y ejecución de las inspecciones y controles técnicos, estructurales y de equipamiento de los buques civiles españoles, de los que se encuentran en construcción en España o en el extranjero y de los extranjeros cuando así se autorice por acuerdo internacional, en cumplimiento de la normativa mencionada; las inspecciones como Estado rector del puerto, y la supervisión de los sistemas de comunicaciones marítimas de acuerdo con los convenios internacionales, así como la realización de auditorías a las organizaciones reconocidas y autorizadas como entidades colaboradoras en materia de inspección marítima.
  5. La elaboración y propuesta de la normativa sectorial, en especial la derivada de regulaciones comunitarias o de organizaciones internacionales, el asesoramiento jurídico interno y la tramitación de expedientes sancionadores. La coordinación de la actividad internacional de la Dirección General de la Marina Mercante, especialmente en lo relacionado con la Comunidad Europea y la Organización Marítima Internacional.
  6. La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados al órgano directivo y la gestión de asuntos relativos a la contratación, así como la dirección, coordinación y control de las capitanías marítimas, sin perjuicio de las competencias de otros órganos superiores o directivos del Ministerio de Fomento y en coordinación con ellos; la implantación de las aplicaciones informáticas para la gestión de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General.
La Dirección General de la Marina Mercante se estructura en los siguientes órganos con rango de subdirección general:
  • La Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en los apartados a, b, c y d.
  • La Subdirección General de Normativa Marítima y Cooperación Internacional, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado e.
  • La Subdirección General de Coordinación y Gestión Administrativa, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado f.
http://foro.latabernadelpuerto.com/N...ganigrama2.jpg
Como órganos periféricos se configuran las Capitanías Marítimas dependientes de la Dirección General de la Marina Mercante.


Regulación legal:Como órganos periféricos se configuran las Capitanías Marítimas dependientes de la Dirección General de la Marina Mercante.


Regulación legal:

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 13:20

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
perdón por el tocho....! :santo:

custodio 15-03-2011 13:29

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen (Mensaje 1024075)
perdón por el tocho....! :santo:

no esta claro iñaki , nada claro:brindis:

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 14:08

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por custodio (Mensaje 1024080)
no esta claro iñaki , nada claro:brindis:

¿De qué fecha es la norma que estás consultando?

Fíjate que en el temario para el examen, inicialmente se apuntaba una distinta y ahora es esta:

REAL Decreto 638/2010, de 14 de mayo, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento.

Artículo 9. Dirección General de la Marina Mercante.

1. La Dirección General de la Marina Mercante es el órgano competente para la ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil española, en los términos establecidos en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la marina mercante, y le corresponden las siguientes funciones:

a) La ordenación y control del tráfico marítimo, incluido el establecimiento y aplicación del régimen tarifario y de prestación de servicios marítimos y la propuesta de establecimiento de obligaciones de servicio público; la elaboración de estudios de transporte marítimo; el despacho, registro y abanderamiento de buques civiles; el auxilio, salvamento, remolque, hallazgos y extracciones marítimas y la ejecución y control de la normativa de protección marítima, la seguridad de la navegación y el salvamento de la vida humana en la mar; el fomento de la actividad náutica de recreo, la participación en la Comisión de Faros u otros instrumentos de colaboración institucional en materia de señalización marítima, la coordinación de las emergencias marítimas y la activación de los equipos de evaluación de emergencias y el seguimiento y control de su actividad, así como de su formación y adiestramiento.

b) El registro y control del personal marítimo civil y de la composición mínima de las dotaciones de los buques civiles, así como la determinación de las condiciones generales de idoneidad, profesionalidad y titulación para formar parte de las tripulaciones de los buques civiles españoles, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.

c) La prevención y lucha contra la contaminación marina procedente de buques, embarcaciones y plataformas fijas, así como la limpieza de las aguas marinas.

d) La determinación del equipamiento mínimo de que deban ir provistos los buques y embarcaciones en función de los Convenios SOLAS, MARPOL y demás normas internacionales, supranacionales o nacionales derivadas de aquéllos; la ordenación y ejecución de las inspecciones y controles técnicos, estructurales y de equipamiento de los buques civiles españoles, de los que se encuentran en construcción en España o en el extranjero y de los extranjeros cuando así se autorice por acuerdo internacional, en cumplimiento de la normativa mencionada; las inspecciones como Estado rector del puerto, y la supervisión de los sistemas de comunicaciones marítimas de acuerdo con los convenios internacionales, así como la realización de auditorías a las organizaciones reconocidas y autorizadas como entidades colaboradoras en materia de inspección marítima.

e) La elaboración y propuesta de la normativa sectorial, en especial la derivada de regulaciones comunitarias o de organizaciones internacionales, el asesoramiento jurídico interno y la tramitación de expedientes sancionadores. La coordinación de la actividad internacional de la Dirección General de la Marina Mercante, especialmente en lo relacionado con la Comunidad Europea y la Organización Marítima Internacional.

f) La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados al órgano directivo y la gestión de asuntos relativos a la contratación, así como la dirección, coordinación y control de las capitanías marítimas, sin perjuicio de las competencias de otros órganos superiores o directivos del Ministerio de Fomento y en coordinación con ellos; la implantación de las aplicaciones informáticas para la gestión de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General.

2. La Dirección General de la Marina Mercante se estructura en los siguientes órganos con rango de subdirección general:

a) La Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en los apartados 1.a), b), c) y d).

b) La Subdirección General de Normativa Marítima y Cooperación Internacional, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.e).

c) La Subdirección General de Coordinación y Gestión Administrativa, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.f).

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 14:15

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por arturo-1 (Mensaje 1002191)
A ver si se aclaran de una vez. No sólo nos p...... sino que ademas nos vuelven locos con su incompetencia!!!!!

El RD 1037/2009 de 29 de junio que habían puesto inicialmente, efectivamente esta derogado, por el 638/2010 DE 14 DE MAYO (Y NO DE 29 DE jUNIO COMO HAN PUESTO ELLOS)
Pero es que, además, éste 638/2010 estuvo en vigor hasta el 19/1/2011 en que ha sido sustituido por el 30/2011 de 14 de Enero, que es el que está actualmente en vigor.
La verdad es que comparando los tres, prácticamente no hay diferencias, sólo cambia el orden de una frase y La subdireccion General de Inspección Marítima que aparece ahora unida a la de Seguridad y Contaminación (Art 9 punto 2 apartado a)
No, si al final me lo voy a aprender de tanto buscar diferencias. Lo haran aposta????? :nosabo::nosabo::nosabo:


Amigo Custodio, Este tema ya lo habíamos tratado en otros posts muy anteriores.

:brindis::brindis::brindis:

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 14:17

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
La norma de 30/2011 de 14 de Enero coincide:


Artículo 9. Dirección General de la Marina Mercante.
1. La Dirección General de la Marina Mercante es el órgano competente para la ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil española, en los términos establecidos en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la marina mercante, y le corresponden las siguientes funciones:
  1. La ordenación y control del tráfico marítimo, incluido el establecimiento y aplicación del régimen tarifario y de prestación de servicios marítimos y la propuesta de establecimiento de obligaciones de servicio público; la elaboración de estudios de transporte marítimo; el despacho, registro y abanderamiento de buques civiles; el auxilio, salvamento, remolque, hallazgos y extracciones marítimas y la ejecución y control de la normativa de protección marítima, la seguridad de la navegación y el salvamento de la vida humana en la mar; el fomento de la actividad náutica de recreo, la participación en la Comisión de Faros u otros instrumentos de colaboración institucional en materia de señalización marítima, la coordinación de las emergencias marítimas y la activación de los equipos de evaluación de emergencias y el seguimiento y control de su actividad, así como de su formación y adiestramiento.
  2. El registro y control del personal marítimo civil y de la composición mínima de las dotaciones de los buques civiles, así como la determinación de las condiciones generales de idoneidad, profesionalidad y titulación para formar parte de las tripulaciones de los buques civiles españoles, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
  3. La prevención y lucha contra la contaminación marina procedente de buques, embarcaciones y plataformas fijas, así como la limpieza de las aguas marinas.
  4. La determinación del equipamiento mínimo de que deban ir provistos los buques y embarcaciones en función de los Convenios SOLAS, MARPOL y demás normas internacionales, supranacionales o nacionales derivadas de aquéllos; la ordenación y ejecución de las inspecciones y controles técnicos, estructurales y de equipamiento de los buques civiles españoles, de los que se encuentran en construcción en España o en el extranjero y de los extranjeros cuando así se autorice por acuerdo internacional, en cumplimiento de la normativa mencionada; las inspecciones como Estado rector del puerto, y la supervisión de los sistemas de comunicaciones marítimas de acuerdo con los convenios internacionales, así como la realización de auditorías a las organizaciones reconocidas y autorizadas como entidades colaboradoras en materia de inspección marítima.
  5. La elaboración y propuesta de la normativa sectorial, en especial la derivada de regulaciones comunitarias o de organizaciones internacionales, el asesoramiento jurídico interno y la tramitación de expedientes sancionadores. La coordinación de la actividad internacional de la Dirección General de la Marina Mercante, especialmente en lo relacionado con la Comunidad Europea y la Organización Marítima Internacional.
  6. La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados al órgano directivo y la gestión de asuntos relativos a la contratación, así como la dirección, coordinación y control de las capitanías marítimas y la implantación de las aplicaciones informáticas para la gestión de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría de Fomento u otros órganos superiores o directivos del Departamento y en coordinación con ellos.
2. La Dirección General de la Marina Mercante se estructura en los siguientes órganos con rango de subdirección general:
  1. La Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en los apartados 1.a, b, c y d.
  2. La Subdirección General de Normativa Marítima y Cooperación Internacional, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.e.
  3. La Subdirección General de Coordinación y Gestión Administrativa, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.f.

regulus 15-03-2011 14:20

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
1 Archivo(s) adjunto(s)
Cita:

Originalmente publicado por custodio (Mensaje 1023920)
buenos dias , planteo preguntas recordatorias de temas
sencillo todo

estoy con regulus , yo tambien me desplazare el viernes
eso si pronto a la cama , sin copas
para el dia siguiente el vermouth en la cruz blanca , creo que se llama

Adjuntos 19834

un saludo

CUSTODIO,
Muy buen "morro" con lo de la Cerveceria Cruz Blanca en Madrid. para mi una de mis 2 preferidas, la otra: La Dolores cerca del Congreso de los diputados... vamos que me apunto¡¡¡
Me ha ido bien hacer tu recordatorio y ver que me fallaba la memoria en algunas cosas que creía superadas...joder que acoj...e¡¡¡ esto de pasar de los 40 ...
Bueno, ahí van las respuestas a ver que tal

ya dirás...
saludos,
:cid5::cid5::cid5:

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 14:26

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Respecto a lo de Madrid..., he mirado las líneas de metro y me parece recordar que:


La línea 8 une Aeropuerto con Nuevos Ministerios y el horario es muy amplio.

La Línea 6 une Nuevos Ministerios con la "Universidad", pero esto para mí sólo es un nombre, pues de Madrid sólo conozco un poco El Paseo de la Castellana (siempre he ido allí por trabajo) y no tengo ni idea de si esa parada nos deja al lado o muy lejos de la Escuela de Ingenieros.

¿Alguien sabe con certeza si esa parada de la línea 6 nos sirve para llegar al lugar del exámen? ¿Alguien de Madrid?

Si fuera así, yo buscaría un hotel por la zona de Nuevos Ministerios..., que seguro que es muy céntrica, y me movería en metro... ;-))

:brindis:

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 14:40

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Regulus,

19ª si se supera la fecha de la renovación del certificado de registro español permiso de navegación , que ocurrirá
FALTA GRAVE Y AL TRULLO

Creo recordar que Caducará.

En el resto estoy completamete de acuerdo contigo.

pues sí:

Renovación o nueva expedición del certificado de registro español-permiso de navegación.
1. La renovación del certificado de registro español-permiso de navegación deberá realizarse cada cinco años, para lo cual la persona que figure como propietario en el registro de buques, deberá solicitar su renovación tres meses antes de la finalización de la validez del certificado.
La superación de la fecha de validez sin haberse renovado el certificado de registro-permiso de navegación implicará su caducidad y la prohibición de realizar navegación alguna.
Asimismo, se deberá solicitar la nueva expedición del certificado cuando se produzcan cambios en sus datos.

La solicitud de renovación se presentará ante cualquier distrito marítimo

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 14:54

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por regulus (Mensaje 1022803)
amigo Iñaki, efectivamente todo es MARPOL...
entiendo que las cenizas están con tratamiento (un proceso crematorio), sin coloraciones ni sólidos.
Saluditos


Si lo quieres explotar en tu barco, mírate el hilo de este foro, parece que capitanía también tiene algo que decir...:

Re: ¿esta Permitido Tirar Tus Cenizas Al Mar?
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...42#post1024142
:brindis:

regulus 15-03-2011 15:22

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen (Mensaje 1024131)
La norma de 30/2011 de 14 de Enero coincide:


Artículo 9. Dirección General de la Marina Mercante.
1. La Dirección General de la Marina Mercante es el órgano competente para la ordenación general de la navegación marítima y de la flota civil española, en los términos establecidos en la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la marina mercante, y le corresponden las siguientes funciones:
  1. La ordenación y control del tráfico marítimo, incluido el establecimiento y aplicación del régimen tarifario y de prestación de servicios marítimos y la propuesta de establecimiento de obligaciones de servicio público; la elaboración de estudios de transporte marítimo; el despacho, registro y abanderamiento de buques civiles; el auxilio, salvamento, remolque, hallazgos y extracciones marítimas y la ejecución y control de la normativa de protección marítima, la seguridad de la navegación y el salvamento de la vida humana en la mar; el fomento de la actividad náutica de recreo, la participación en la Comisión de Faros u otros instrumentos de colaboración institucional en materia de señalización marítima, la coordinación de las emergencias marítimas y la activación de los equipos de evaluación de emergencias y el seguimiento y control de su actividad, así como de su formación y adiestramiento.
  2. El registro y control del personal marítimo civil y de la composición mínima de las dotaciones de los buques civiles, así como la determinación de las condiciones generales de idoneidad, profesionalidad y titulación para formar parte de las tripulaciones de los buques civiles españoles, sin perjuicio de las competencias que corresponden al Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino.
  3. La prevención y lucha contra la contaminación marina procedente de buques, embarcaciones y plataformas fijas, así como la limpieza de las aguas marinas.
  4. La determinación del equipamiento mínimo de que deban ir provistos los buques y embarcaciones en función de los Convenios SOLAS, MARPOL y demás normas internacionales, supranacionales o nacionales derivadas de aquéllos; la ordenación y ejecución de las inspecciones y controles técnicos, estructurales y de equipamiento de los buques civiles españoles, de los que se encuentran en construcción en España o en el extranjero y de los extranjeros cuando así se autorice por acuerdo internacional, en cumplimiento de la normativa mencionada; las inspecciones como Estado rector del puerto, y la supervisión de los sistemas de comunicaciones marítimas de acuerdo con los convenios internacionales, así como la realización de auditorías a las organizaciones reconocidas y autorizadas como entidades colaboradoras en materia de inspección marítima.
  5. La elaboración y propuesta de la normativa sectorial, en especial la derivada de regulaciones comunitarias o de organizaciones internacionales, el asesoramiento jurídico interno y la tramitación de expedientes sancionadores. La coordinación de la actividad internacional de la Dirección General de la Marina Mercante, especialmente en lo relacionado con la Comunidad Europea y la Organización Marítima Internacional.
  6. La elaboración de la propuesta de anteproyecto de presupuestos y la gestión y tramitación de los créditos y gastos asignados al órgano directivo y la gestión de asuntos relativos a la contratación, así como la dirección, coordinación y control de las capitanías marítimas y la implantación de las aplicaciones informáticas para la gestión de los servicios centrales y periféricos de la Dirección General, sin perjuicio de las competencias de la Subsecretaría de Fomento u otros órganos superiores o directivos del Departamento y en coordinación con ellos.
2. La Dirección General de la Marina Mercante se estructura en los siguientes órganos con rango de subdirección general:
  1. La Subdirección General de Seguridad, Contaminación e Inspección Marítima, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en los apartados 1.a, b, c y d.
  2. La Subdirección General de Normativa Marítima y Cooperación Internacional, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.e.
  3. La Subdirección General de Coordinación y Gestión Administrativa, a la que corresponde el ejercicio de las funciones descritas en el apartado 1.f.

El libro Blanco de la DGMM es del 2010, o sea, posterior al RD del 09, y habla de 4 Subdirecciones generales. De todas formas no lo tengo claro del todo...

regulus 15-03-2011 16:04

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen (Mensaje 1024153)
Si lo quieres explotar en tu barco, mírate el hilo de este foro, parece que capitanía también tiene algo que decir...:

Re: ¿esta Permitido Tirar Tus Cenizas Al Mar?
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...42#post1024142
:brindis:

Qué va Iñaki, no me apetece nada este Business. Si me dedico a esto es para disfrutar y es que no me veo de sepulturero¡¡¡

Totalmente de acuerdo con la contestación de las preguntas de CUSTODIO.

Respecto a Madrid, como el metro funciona de fábula la verdad es que no tiene mucha importancia donde paremos. Realmente lo más cerca y con cierto aliciente podría ser la zona de Santa Engracia.
Para llegar al examen creo que la mejor parada de metro es Ciudad Universitaria.

custodio 15-03-2011 16:15

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por regulus (Mensaje 1024185)
Qué va Iñaki, no me apetece nada este Business. Si me dedico a esto es para disfrutar y es que no me veo de sepulturero¡¡¡

Totalmente de acuerdo con la contestación de las preguntas de CUSTODIO.

Respecto a Madrid, como el metro funciona de fábula la verdad es que no tiene mucha importancia donde paremos. Realmente lo más cerca y con cierto aliciente podría ser la zona de Santa Engracia.
Para llegar al examen creo que la mejor parada de metro es Ciudad Universitaria.

hay algunas respuestas que no coinciden , pero son muy pocas, me gusta mas esto que hacerlas con tests , por que fijas mas las respuestas , o sea lo tienes claro y haces dos formas diferentes las de contestar y las de plantear, en cuanto a lo del viaje a Madrid , yo ire en Ave , cuando alguien coja hotel que lo diga y asi podemos estar cerca
un saludo
Angel
Custodio:brindis:

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 16:46

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por regulus (Mensaje 1024185)
Qué va Iñaki, no me apetece nada este Business. Si me dedico a esto es para disfrutar ...¡¡¡

.


Un día de estos (después del examen) ya me enseñarás tu barco!!! :D

:brindis:

regulus 15-03-2011 19:28

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por Iñaki/Sinvergüen (Mensaje 1024206)
Un día de estos (después del examen) ya me enseñarás tu barco!!! :D

:brindis:

when do you want my sir...será un placer ya sabes que ahora estamos en Sodoma (o sea el Port Olimpic). Muy comercial pero mucho descontrol...

He rescatado otra pregunta de un cofrade (creo que era de CUSTODIO)que seguimos sin ponernos de acuerdo respecto a lo de interpolar:

8- ¿ Cuál debe de ser le peso de un ancla y el grosor de la cadena y de la estacha de un barco de 44 pies ?

A - 33 kilos 8 de cadena y 6 de estacha
B - 44 kilos como los pies del barco
C - 20 kilos 10 de estacha y 8 de cadena
D - 20 kilos 8 de cadena y 10 de estacha

Saludos,

Iñaki/Sinvergüen 15-03-2011 20:44

Re: Grupo De Estudio Pper/marzo 2011
 
Cita:

Originalmente publicado por regulus (Mensaje 1024300)
when do you want my sir...será un placer ya sabes que ahora estamos en Sodoma (o sea el Port Olimpic). Muy comercial pero mucho descontrol...

He rescatado otra pregunta de un cofrade (creo que era de CUSTODIO)que seguimos sin ponernos de acuerdo respecto a lo de interpolar:

8- ¿ Cuál debe de ser le peso de un ancla y el grosor de la cadena y de la estacha de un barco de 44 pies ?

A - 33 kilos 8 de cadena y 6 de estacha
B - 44 kilos como los pies del barco
C - 20 kilos 10 de estacha y 8 de cadena
D - 20 kilos 8 de cadena y 10 de estacha

Saludos,

C y D son la misma!!!


Francamente, no lo sé. :nosabo: A ver si puedo averiguarlo mañana o pasado(recuerdo que en un libro de capi lo tenía)....!


Intuitivamente, me parece que si el barco tiene 13,3 mts. (= 88,7% de 15 mts.) el ancla debería pesar por lo menos 29,27 Kg. y, en una decisión real, yo adoptaría el tramo superior en cuanto a cadena y estacha: 10 de cadena y 12 de estacha.

"Interpolando" (no aplico una interpolación lneal, sinó una regla de tres con respecto al valor superior), sería 8,87 de cadena y 10,64 de estacha. ¿Por aproximación 9 y 11?

De todos modos, seguramente no se hace así... :calavera:

:brindis:


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