La Taberna del Puerto

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-   -   Incidentes con orcas (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=206792)

caribdis 26-09-2025 08:20

Re: Incidentes con orcas
 
Ayer leía en Facebook a Rui Alves, de orcas.pt diciendo que los hundimientos en estos cinco años han sido 7 veleros y 2 pesqueros.

De casi 700 incidentes registrados.

https://www.orcas.pt/statistic

Con esta proporción, a mi me parece inevitable ligar los hundimientos a notorias debilidades constructivas o errores de diseño, una limera debe ser siempre más fuerte que la mecha, ya no por las orcas, por un tronco flotante o una colisión con una roca o en una varada.

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Ligera 26-09-2025 08:27

Re: Incidentes con orcas
 
¿Entonces la solución pasa por cambiar de velero? Ese traslado de culpas es una pirueta muy arriesgada ...

:brindis:

caribdis 26-09-2025 08:38

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por Ligera (Mensaje 2497518)
¿Entonces la solución pasa por cambiar de velero? Ese traslado de culpas es una pirueta muy arriesgada ...



:brindis:

Desde luego, hay que conocer el máximo de circunstancias que intervienen en cada incidente, y eso ya no es nada fácil.

De los 7 hundimientos de veleros, el patrón del Bonhomme William reconoció el uso de petardos y pingers y en el caso del Ocean View en Caparica está claro el vertido de algún disuasorio químico en el Najad que atacaron cinco minutos antes a media milla de distancia.

Deberiamos saber si los medios que se están usando para detener los ataques funcionan o agravan el problema. El informe IWC de Madrid del 2024 dice que lo agravan.

...

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Karonte1888 26-09-2025 14:28

Re: Incidentes con orcas
 
Si han hundido 2 pesqueros profesionales, estos iban a vela? Tenían un timón laaaargo para jugar?
Los pesqueros que conozco tiene timones pequeños (del tamaño que necesitan) acompañados de unas hélices que no invitan a jugar.
Cómo fueron esos ataques? Si embistieron por una banda para volcar o romper al barco ya no es un juego, es voluntad de hacer daño.

jotaguirre 26-09-2025 19:23

Re: Incidentes con orcas
 
La cosa es sencilla; A mi me da exactamente igual que estén interactuando, jugando, ensenando la técnica de caza o el juego del aquí te pillo. Pero hunden barcos y ponen vidas en peligro. Es de todo punto inconcebible que no se haya hecho en todos estos años un marcaje. Díganme donde están, que previsión de paso hay y descuiden señores de las autoridades y científicos, que evitaré en todo lo posible que mi navegación pase por esa zona. No parece complicado, no? O hay que explicar a estas alturas lo que es un dardo con GPS........?
No brindo

:cagoento::cagoento::cagoento:

jiauka 27-09-2025 09:16

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por jotaguirre (Mensaje 2497586)
...
O hay que explicar a estas alturas lo que es un dardo con GPS........?
...

:

No es tan sencillo. Si pones 1 GPS a 1 animal, el GPS sabrá dónde está, pero tú no.

Necesitas además algún mecanismo de transmisión vía satélite de la posición (y número de marcaje) del animal, y eso consume muchísima energía.
Vamos, que a batería o pila va a durar unas pocas horas o algún día como mucho.

Oscar1966 27-09-2025 09:23

Re: Incidentes con orcas
 
Puedes ponerle un AIS que transmita cada 10 minutos si esta en superficie. Tampoco consumirá tanto.

El tema realmente es, ¿hay voluntad o interés por hacer algo?

Saludos, Óscar

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Ouessant 27-09-2025 15:11

Re: Incidentes con orcas
 
Medios para saber donde están y hacer un seguimiento hay muchos, pero lo que no hay es interés por hacer nada.
Parece que les gusta que destrocen veleros y que envíen algunos al fondo del mar.
Que le pasaría a la gente del último barco que se fue al fondo en Portugal sino estuviese cerca el otro barco para rescatarlos?????
Por mucho menos otros colectivos se unirían para denunciar este abandono que sufrímos por parte de las administraciones!!

jiauka 27-09-2025 15:57

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por Ouessant (Mensaje 2497641)
Medios para saber donde están y hacer un seguimiento hay muchos, pero lo que no hay es interés por hacer nada.
...

Cuáles son estos medios?. Los que he visto que existen duran unas pocas horas o días y no son en tiempo real.

Ouessant 27-09-2025 17:14

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por jiauka (Mensaje 2497644)
Cuáles son estos medios?. Los que he visto que existen duran unas pocas horas o días y no son en tiempo real.

Uno por ejemplo puede ser el marcaje, como hacen con los tiburones....

Icarus 27-09-2025 18:22

Re: Incidentes con orcas
 
La tecnología existe, se usa con el atun rojo y otras especies.

https://www.elmundo.es/elmundo/2010/...279721088.html

https://trackingfish.com/como-funciona/

https://www.gm-tracking.com/es/fish-...dlife-tracker/

jonam52 27-09-2025 18:57

Re: Incidentes con orcas
 
las orcas siguen a lo suyo tan tranquilas porque saben que "Dios aprieta pero no a orca" :cunao:



:brindis:

ZCO 27-09-2025 19:43

Re: Incidentes con orcas
 
No hay interés de quienes podrían hacer algo, no nos engañemos en esto. Tampoco nos engañemos en lo demás: quien quiera proporcionar argumentos "éticos" sobre el comportamiento de las orcas intentando protegerlas, y hacer juicios de intenciones sobre estos espectaculares animales, en mi opinión está cometiendo un grave error estratégico. O se intenta atajar el problema de una manera seria y eficaz ahora, o veremos a los biólogos marinos, y defensores de estos animales en general, casi la mayoría de navegantes diria yo, desconsolados ante lo que se avecina. Muy lamentablemente, estos animales están mucho más desprotegidos de los que muchos románticos creen frente a las acometidas del ser humano, infinitamente destructivo, poderoso y sin escrúpulos cuando se ve amenazado. Porque medios para acabar con el "problema" de una manera salvaje los hay de sobra. Sé que es terrible y crudo plantearlo, pero esto empieza con "orcas hunden barcos" y puede acabar con "humanos hunden orcas", y más teniendo en cuenta que estos animales pueden extender su comportamiento en costas de países que pueden ser menos "considerados" que el nuestro, en una reacción causa efecto nada proporcional. Tiempo al tiempo. Luego, emulando otras situaciones más dolorosos para las personas, y después de inacciones o actuaciones ineficaces, nos rasgaremos las vestiduras y se pedirá un minuto de silencio para recordar a las víctimas y hacerse la foto... no brindo.

Marioca 8 28-09-2025 14:56

Re: Incidentes con orcas
 
El otro día me comentó un amigo portugués, que allí, además de utilizar los petardos como medida disuasoria ya demostrada, cuando esto no funciona , están empezando a sumergir por la popa un cabo de la medida del timón amarrado a la escalera de baño, un bote de uno o dos kg agujereado y lleno de sosa cáustica y 2 o 3 pastillas de cloro efervescente para piscinas, esto hace con el agua salada una reacción química ácida que repele el ataque al timón . Esta medida solo funciona con el barco parado , en movimiento pierde efectividad.

Josecuvo 28-09-2025 18:03

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por Icarus (Mensaje 2497649)

¿Por que no hay interacciones, o como quieras llamarlas, en el Mediterraneo? Los atunes, que forman parte de su dieta, se encuentran tambien en ese mar. Es la diferencia de salinidad? De temperatura?

BORRASCA 28-09-2025 20:25

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2497517)
Ayer leía en Facebook a Rui Alves, de orcas.pt diciendo que los hundimientos en estos cinco años han sido 7 veleros y 2 pesqueros.

De casi 700 incidentes registrados.

https://www.orcas.pt/statistic

Con esta proporción, a mi me parece inevitable ligar los hundimientos a notorias debilidades constructivas o errores de diseño, una limera debe ser siempre más fuerte que la mecha, ya no por las orcas, por un tronco flotante o una colisión con una roca o en una varada.

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O seanuestros barcos resisntes a las orca: Solo hundieron unos pocos

BORRASCA 28-09-2025 20:30

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por ZCO (Mensaje 2497653)
No hay interés de quienes podrían hacer algo, no nos engañemos en esto. Tampoco nos engañemos en lo demás: quien quiera proporcionar argumentos "éticos" sobre el comportamiento de las orcas intentando protegerlas, y hacer juicios de intenciones sobre estos espectaculares animales, en mi opinión está cometiendo un grave error estratégico. O se intenta atajar el problema de una manera seria y eficaz ahora, o veremos a los biólogos marinos, y defensores de estos animales en general, casi la mayoría de navegantes diria yo, desconsolados ante lo que se avecina. Muy lamentablemente, estos animales están mucho más desprotegidos de los que muchos románticos creen frente a las acometidas del ser humano, infinitamente destructivo, poderoso y sin escrúpulos cuando se ve amenazado. Porque medios para acabar con el "problema" de una manera salvaje los hay de sobra. Sé que es terrible y crudo plantearlo, pero esto empieza con "orcas hunden barcos" y puede acabar con "humanos hunden orcas", y más teniendo en cuenta que estos animales pueden extender su comportamiento en costas de países que pueden ser menos "considerados" que el nuestro, en una reacción causa efecto nada proporcional. Tiempo al tiempo. Luego, emulando otras situaciones más dolorosos para las personas, y después de inacciones o actuaciones ineficaces, nos rasgaremos las vestiduras y se pedirá un minuto de silencio para recordar a las víctimas y hacerse la foto... no brindo.

Te regalo todas las orcas para ti

Oscar1966 28-09-2025 21:30

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por Josecuvo (Mensaje 2497697)
¿Por que no hay interacciones, o como quieras llamarlas, en el Mediterraneo? Los atunes, que forman parte de su dieta, se encuentran tambien en ese mar. Es la diferencia de salinidad? De temperatura?

Para tu info.

[https://www.laverdad.es/lospiesenlat...073917-nt.html

Saludos, Óscar

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ZCO 28-09-2025 22:03

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por BORRASCA (Mensaje 2497718)
Te regalo todas las orcas para ti

Acabamos de conocer el propietario de las orcas. Problema resuelto!!:meparto::meparto::meparto::meparto::mep arto::meparto:

esscapar 28-09-2025 22:55

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por Oscar1966 (Mensaje 2497729)
Para tu info.

[https://www.laverdad.es/lospiesenlat...073917-nt.html

Saludos, Óscar

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Pues muy interesante el artículo y vale la pena leerlo.
La noticia es de junio del 2023.

Y termina con lo que pongo a continuación. ¿Que se sabe sobre ello a día de hoy? ¿porqué no hay noticias de ese mapa?

".....Ya se ha marcado un ejemplar, identificado previamente como uno de los que interactúan con las embarcaciones. Los datos que proporcione la marca satelital permitirán, durante el periodo en que esté operativo el dispositivo, identificar su localización en las últimas horas y elaborar un mapa semanal de la zona en la que se mueven en ese periodo. Esta información se difundirá para conocimiento de los navegantes."

Josecuvo 29-09-2025 00:51

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por Oscar1966 (Mensaje 2497729)
Para tu info.

[https://www.laverdad.es/lospiesenlat...073917-nt.html

Saludos, Óscar

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entiendo que esto es novedad.

Oscar1966 29-09-2025 07:24

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por Josecuvo (Mensaje 2497738)
entiendo que esto es novedad.

Novedad?

Bueno, es un caso de 2021, además sin confirmar oficialmente. Creo que no ha habido mas casos de interacciones ni ataques. Si que alguna vez se han visto orcas por esta zona pero es realmentr raro.

Simplemente lo puse porque para que vieras que también se dan paseos por el Mediterráneo de vez en cuando.

Saludos, Óscar.

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jotaguirre 29-09-2025 12:01

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por jiauka (Mensaje 2497616)
No es tan sencillo. Si pones 1 GPS a 1 animal, el GPS sabrá dónde está, pero tú no.

Necesitas además algún mecanismo de transmisión vía satélite de la posición (y número de marcaje) del animal, y eso consume muchísima energía.
Vamos, que a batería o pila va a durar unas pocas horas o algún día como mucho.

Como habrás leído en los post de otros cofrades, sistemas los hay y son efectivos. Los radio -marcajes y controladores de movimiento existen desde hace tiempo...y funcionando. Igual me exprese mal con lo de GPS, pero vaya, que se controlan las migraciones de las aves y sabemos su posición al milímetro.
Sigo sin brindar por este tema. La administración -cobarde he inoperativa como siempre- lo arregla con prohibir, prohibir y prohibir . Primero mi vida, la de mi tripulación y luego mi barco. Hay mucho mar para todos
:cagoento::cagoento::cagoento:

ROyOR 30-09-2025 11:03

Respuesta: Incidentes con orcas
 
Visto en Facebook
Recientemente, un abogado portugués publicó en un grupo de Facebook portugués una explicación sobre la legalidad del uso de pequeños explosivos (bombas de foca) para poner fin a un ataque de orca a un velero.
Las bombas de foca (o similares) se utilizan para proteger a las orcas que las alejan de los derrames de petróleo y se han utilizado con éxito para alejar a las orcas cuando están atacando a los veleros, pero la legalidad de su uso ha sido cuestionada por los ecologistas y los gobiernos tienen una interpretación dudosa con respecto a de usarlos.
Con casi 10 barcos hundidos por las Orcas, muchos más salvados por poco, varios cientos con timón rotos y unos 1000 veleros atacados, me parece que el tema es relevante, porque afecta no sólo a los que navegan en Portugal, España, Marruecos y Francia, sino también a todos los que quieren entrar o salir del mar Mediterráneo.
Así que, aquí está lo que el abogado dice sobre la legalidad de usar pequeños explosivos para ahuyentar a las orcas cuando un barco es atacado:
"Como siempre he defendido, explosivos liberalmente pequeños, como mínimo (para ahuyentar a las Orcas cuando están atacando tu barco).
¡Muchas personas me han preguntado sobre el deber del capitán de proteger la nave y la tripulación! Como abogado, puedo ayudar diciendo:
El capitán de un buque no sólo es responsable de la navegación técnica del buque: es el máximo garante de la seguridad de la vida humana, del buque y de su carga. Su papel tiene un peso legal mucho más allá de la propia navegación, involucrando responsabilidades penales, civiles y administrativas que cruzan las fronteras nacionales.
En las aguas ibéricas, donde los barcos navegan bajo distintos pabellones (Portugal, España, Polonia, Francia, Reino Unido, Suecia, Dinamarca, Países Bajos y Alemania), se plantea la cuestión central: ¿qué ley se aplica y en qué medida se extiende la obligación del capitán de actuar en casos de peligro?
1- Regla del Estado de la bandera y jurisdicción costera
El artículo 91 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS, 1982) establece que todo buque debe navegar bajo el pabellón de un solo Estado y está sujeto a su jurisdicción exclusiva en alta mar.
Esto significa que el capitán está obligado principalmente por las obligaciones del Estado del pabellón (Portugal, España, Francia, Polonia, etc.). ). Sin embargo, en aguas territoriales (hasta 12 millas náuticas), también se aplica la jurisdicción del Estado ribereño, en particular en cuestiones de seguridad de la navegación, protección del medio ambiente y orden público...
2- Marco legal en algunos países europeos:
• Portugal: se aplica la legislación portuguesa sobre navegación recreativa y, subsidiariamente, el régimen marítimo profesional, imponiendo al capitán el deber de emplear todos los medios para proteger a la tripulación, la carga y el buque. El Código Penal (párrafo 2 del artículo 10) clasifica al capitán como fiador, sancionando su no hacerlo. El artículo 32 consagra la legítima defensa, permitiendo una respuesta proporcionada.
• España: El "Código de Comercio" (art. 612) y la "Ley de Puertos y Puertos Mercantes" (art. 86) establecen al capitán como la máxima autoridad a bordo. El Código Penal español sanciona la falta de asistencia. La legítima defensa está prevista en el artículo 20.
• Polonia: El "Kodeks morski" (Código Marítimo) y el "KoDEks Karny" (Código Penal) imponen al capitán el deber de proteger a la tripulación y al buque. La autodefensa está prevista en el artículo 25 KK.
• Francia: El "Código de Transportes" y el "Código Penal" (artículo 223-6) exigen al capitán que garantice la seguridad y preste asistencia. La autodefensa está reconocida en el Artículo 122-5.
• Reino Unido: La Ley de Marítima Mercante de 1995 y la normativa de la Agencia de Guardacostas y Marítima (MCA) imponen al capitán un deber de cuidado. La autodefensa surge del common law y la Ley de Derecho Penal de 1967.
• Suecia: el "Sjölagen" (Código Marítimo) obliga al capitán a tomar todas las medidas de seguridad necesarias. La autodefensa se rige por el capítulo 24 del "Brottsbalken" (Código Penal).
• Dinamarca: La Ley danesa de Marítimo Mercante asigna al capitán la plena responsabilidad de la tripulación. La falta de asistencia se castiga con arreglo al artículo 13 del Código Penal, que también regula la legítima defensa.
• Países Bajos: El "Burgerlijk Wetboek" (Libro de la Ley Marítima) regula la ley marítima e impone al capitán un deber de seguridad. El "Wetboek van Strafrecht" (Arts. 307 y 450) tipifica como delito la negligencia y la falta de asistencia. La defensa propia está reconocida en el artículo 41.
• Alemania: el "Handelsgesetzbuch" (HGB) y el "Seemannsgesetz" (SeemannSgesetz) colocan al capitán como la más alta autoridad a bordo. § 323c del "Strafgesetzbuch" (StGB) castiga la falta de asistencia. La autodefensa está regulada en el § 32 del StGB.
3. Autodefensa en el mar
En todos estos países, la legítima defensa es reconocida como motivo de justificación:
• Portugal (artículo 32 del Código Penal), España (artículo 20 del Código Penal), Francia (artículo 122-5 del Código Penal), Polonia (artículo 25 del Código Penal), Reino Unido (common law), Suecia (capítulo 24 del Código Penal), Dinamarca (artículo 13 del Código Penal), Países Bajos (Art. 41 del Código Penal) y Alemania (artículo 32 del Código Penal).
Esto significa que el capitán puede recurrir a los medios necesarios y proporcionados para repeler un ataque ilegal, ya sea piratería, sabotaje, o cualquier otra amenaza inminente para la tripulación o el buque, incluidas las amenazas de animales salvajes.
4. La primacía de la vida humana y la seguridad de los buques
El derecho marítimo y el derecho penal convergen en un principio esencial: la vida humana y la seguridad de los buques son valores legales primordiales, que prevalecen sobre otros intereses cuando entran en conflicto.
En situaciones extremas, como los ataques de timón de orcas, el capitán puede verse obligado a recurrir a medidas que, en circunstancias normales, constituyen delitos administrativos, ambientales o incluso menores.
Por ejemplo, el uso de fuegos artificiales o pequeños dispositivos de señalización acústica para disuadir a las orcas.
• Por regla general, este uso puede ser una violación del medio ambiente o el uso ilícito de pirotécnicos. • Sin embargo, ante un inminente atentado que amenaza la vida humana y la integridad del buque, dicha conducta puede ser clasificada legalmente como acto de legítima defensa necesaria y proporcionada (artículo 32 del Código Penal portugués; artículo 20 del Código Penal español; § 32 del Código Penal español El Código Penal alemán; el artículo 41 del Código Penal neerlandés, etc. ).
• La jurisprudencia y la doctrina reconocen también el estado de necesidad (artículo 34 del Código Penal portugués; artículo 20.5 del Código Penal español), que excluye la ilicitud cuando se sacrifica un interés legal menor para salvar otro de mayor valor, como la vida humana.
La ley internacional refuerza esta jerarquía:
• El artículo 98 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar impone a todos los capitanes el deber absoluto de proteger la vida humana en
• La Convención SOLAS (1974) consagra la salvaguardia de la vida como una prioridad suprema.
Así, el uso ocasional y proporcionado de medios ilegales está plenamente justificado cuando está en juego la defensa inmediata de la tripulación y del buque."
Saludos
Rafa

caribdis 30-09-2025 12:20

Re: Respuesta: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por ROyOR (Mensaje 2497829)
Visto en Facebook
Recientemente, un abogado portugués publicó en un grupo de Facebook portugués una explicación sobre la legalidad del uso de pequeños explosivos (bombas de foca) para poner fin a un ataque de orca a un velero.
Las bombas de foca (o similares) se utilizan para proteger a las orcas que las alejan de los derrames de petróleo y se han utilizado con éxito para alejar a las orcas cuando están atacando a los veleros, pero la legalidad de su uso ha sido cuestionada por los ecologistas y los gobiernos tienen una interpretación dudosa con respecto a de usarlos.
Con casi 10 barcos hundidos por las Orcas, muchos más salvados por poco, varios cientos con timón rotos y unos 1000 veleros atacados, me parece que el tema es relevante, porque afecta no sólo a los que navegan en Portugal, España, Marruecos y Francia, sino también a todos los que quieren entrar o salir del mar Mediterráneo.
Así que, aquí está lo que el abogado dice sobre la legalidad de usar pequeños explosivos para ahuyentar a las orcas cuando un barco es atacado:
"Como siempre he defendido, explosivos liberalmente pequeños, como mínimo (para ahuyentar a las Orcas cuando están atacando tu barco).
¡Muchas personas me han preguntado sobre el deber del capitán de proteger la nave y la tripulación! Como abogado, puedo ayudar diciendo:
El capitán de un buque no sólo es responsable de la navegación técnica del buque: es el máximo garante de la seguridad de la vida humana, del buque y de su carga. Su papel tiene un peso legal mucho más allá de la propia navegación, involucrando responsabilidades penales, civiles y administrativas que cruzan las fronteras nacionales.
En las aguas ibéricas, donde los barcos navegan bajo distintos pabellones (Portugal, España, Polonia, Francia, Reino Unido, Suecia, Dinamarca, Países Bajos y Alemania), se plantea la cuestión central: ¿qué ley se aplica y en qué medida se extiende la obligación del capitán de actuar en casos de peligro?
1- Regla del Estado de la bandera y jurisdicción costera
El artículo 91 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (UNCLOS, 1982) establece que todo buque debe navegar bajo el pabellón de un solo Estado y está sujeto a su jurisdicción exclusiva en alta mar.
Esto significa que el capitán está obligado principalmente por las obligaciones del Estado del pabellón (Portugal, España, Francia, Polonia, etc.). ). Sin embargo, en aguas territoriales (hasta 12 millas náuticas), también se aplica la jurisdicción del Estado ribereño, en particular en cuestiones de seguridad de la navegación, protección del medio ambiente y orden público...
2- Marco legal en algunos países europeos:
• Portugal: se aplica la legislación portuguesa sobre navegación recreativa y, subsidiariamente, el régimen marítimo profesional, imponiendo al capitán el deber de emplear todos los medios para proteger a la tripulación, la carga y el buque. El Código Penal (párrafo 2 del artículo 10) clasifica al capitán como fiador, sancionando su no hacerlo. El artículo 32 consagra la legítima defensa, permitiendo una respuesta proporcionada.
• España: El "Código de Comercio" (art. 612) y la "Ley de Puertos y Puertos Mercantes" (art. 86) establecen al capitán como la máxima autoridad a bordo. El Código Penal español sanciona la falta de asistencia. La legítima defensa está prevista en el artículo 20.
• Polonia: El "Kodeks morski" (Código Marítimo) y el "KoDEks Karny" (Código Penal) imponen al capitán el deber de proteger a la tripulación y al buque. La autodefensa está prevista en el artículo 25 KK.
• Francia: El "Código de Transportes" y el "Código Penal" (artículo 223-6) exigen al capitán que garantice la seguridad y preste asistencia. La autodefensa está reconocida en el Artículo 122-5.
• Reino Unido: La Ley de Marítima Mercante de 1995 y la normativa de la Agencia de Guardacostas y Marítima (MCA) imponen al capitán un deber de cuidado. La autodefensa surge del common law y la Ley de Derecho Penal de 1967.
• Suecia: el "Sjölagen" (Código Marítimo) obliga al capitán a tomar todas las medidas de seguridad necesarias. La autodefensa se rige por el capítulo 24 del "Brottsbalken" (Código Penal).
• Dinamarca: La Ley danesa de Marítimo Mercante asigna al capitán la plena responsabilidad de la tripulación. La falta de asistencia se castiga con arreglo al artículo 13 del Código Penal, que también regula la legítima defensa.
• Países Bajos: El "Burgerlijk Wetboek" (Libro de la Ley Marítima) regula la ley marítima e impone al capitán un deber de seguridad. El "Wetboek van Strafrecht" (Arts. 307 y 450) tipifica como delito la negligencia y la falta de asistencia. La defensa propia está reconocida en el artículo 41.
• Alemania: el "Handelsgesetzbuch" (HGB) y el "Seemannsgesetz" (SeemannSgesetz) colocan al capitán como la más alta autoridad a bordo. § 323c del "Strafgesetzbuch" (StGB) castiga la falta de asistencia. La autodefensa está regulada en el § 32 del StGB.
3. Autodefensa en el mar
En todos estos países, la legítima defensa es reconocida como motivo de justificación:
• Portugal (artículo 32 del Código Penal), España (artículo 20 del Código Penal), Francia (artículo 122-5 del Código Penal), Polonia (artículo 25 del Código Penal), Reino Unido (common law), Suecia (capítulo 24 del Código Penal), Dinamarca (artículo 13 del Código Penal), Países Bajos (Art. 41 del Código Penal) y Alemania (artículo 32 del Código Penal).
Esto significa que el capitán puede recurrir a los medios necesarios y proporcionados para repeler un ataque ilegal, ya sea piratería, sabotaje, o cualquier otra amenaza inminente para la tripulación o el buque, incluidas las amenazas de animales salvajes.
4. La primacía de la vida humana y la seguridad de los buques
El derecho marítimo y el derecho penal convergen en un principio esencial: la vida humana y la seguridad de los buques son valores legales primordiales, que prevalecen sobre otros intereses cuando entran en conflicto.
En situaciones extremas, como los ataques de timón de orcas, el capitán puede verse obligado a recurrir a medidas que, en circunstancias normales, constituyen delitos administrativos, ambientales o incluso menores.
Por ejemplo, el uso de fuegos artificiales o pequeños dispositivos de señalización acústica para disuadir a las orcas.
• Por regla general, este uso puede ser una violación del medio ambiente o el uso ilícito de pirotécnicos. • Sin embargo, ante un inminente atentado que amenaza la vida humana y la integridad del buque, dicha conducta puede ser clasificada legalmente como acto de legítima defensa necesaria y proporcionada (artículo 32 del Código Penal portugués; artículo 20 del Código Penal español; § 32 del Código Penal español El Código Penal alemán; el artículo 41 del Código Penal neerlandés, etc. ).
• La jurisprudencia y la doctrina reconocen también el estado de necesidad (artículo 34 del Código Penal portugués; artículo 20.5 del Código Penal español), que excluye la ilicitud cuando se sacrifica un interés legal menor para salvar otro de mayor valor, como la vida humana.
La ley internacional refuerza esta jerarquía:
• El artículo 98 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar impone a todos los capitanes el deber absoluto de proteger la vida humana en
• La Convención SOLAS (1974) consagra la salvaguardia de la vida como una prioridad suprema.
Así, el uso ocasional y proporcionado de medios ilegales está plenamente justificado cuando está en juego la defensa inmediata de la tripulación y del buque."
Saludos
Rafa

A ver Rafa, internet está lleno de todo tipo de basura que no creo que haga falta airear, realmente creo que esa "información" que pasas ridiculiza a quien la puesto y a la causa que pretende defender.

Posiblemente está realizada con IA, y mezcla la defensa propia con leyes marítimas que claramente no son aplicables en este caso.

Artículo 98 Convemar:

1. Todo Estado exigirá al capitán de un buque que enarbole su pabellón que, siempre que pueda hacerlo sin grave peligro para el buque, su tripulación o sus pasajeros:

a) Preste auxilio a toda persona que se encuentre en peligro de desaparecer en el mar;


Tiene c...... querer aplicar este artículo al tema orcas!!


Artículo 91 Convemar Unclos

Nacionalidad de los buques
1. Cada Estado establecerá los requisitos necesarios para conceder su nacionalidad a los buques, para su inscripción en un registro en su territorio y para que tengan el derecho de enarbolar su pabellón. Los buques poseerán la nacionalidad del Estado cuyo pabellón estén autorizados a enarbolar. Ha de existir una relación auténtica entre el Estado y el buque.

2. Cada Estado expedirá los documentos pertinentes a los buques a que haya concedido el derecho a enarbolar su pabellón



También fundamental citar este articulo para argumentar que podemos cargarnos legalmente a las orcas..esto sólo tiene una definición: bullshit

:borracho:

Itxasfree 30-09-2025 13:40

Respuesta: Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por ZCO (Mensaje 2497653)
No hay interés de quienes podrían hacer algo, no nos engañemos en esto. Tampoco nos engañemos en lo demás: quien quiera proporcionar argumentos "éticos" sobre el comportamiento de las orcas intentando protegerlas, y hacer juicios de intenciones sobre estos espectaculares animales, en mi opinión está cometiendo un grave error estratégico. O se intenta atajar el problema de una manera seria y eficaz ahora, o veremos a los biólogos marinos, y defensores de estos animales en general, casi la mayoría de navegantes diria yo, desconsolados ante lo que se avecina. Muy lamentablemente, estos animales están mucho más desprotegidos de los que muchos románticos creen frente a las acometidas del ser humano, infinitamente destructivo, poderoso y sin escrúpulos cuando se ve amenazado. Porque medios para acabar con el "problema" de una manera salvaje los hay de sobra. Sé que es terrible y crudo plantearlo, pero esto empieza con "orcas hunden barcos" y puede acabar con "humanos hunden orcas", y más teniendo en cuenta que estos animales pueden extender su comportamiento en costas de países que pueden ser menos "considerados" que el nuestro, en una reacción causa efecto nada proporcional. Tiempo al tiempo. Luego, emulando otras situaciones más dolorosos para las personas, y después de inacciones o actuaciones ineficaces, nos rasgaremos las vestiduras y se pedirá un minuto de silencio para recordar a las víctimas y hacerse la foto... no brindo.



Gracias ZCO. Por tu tono y porque casi todo lo que dices tiene bastante sentido.

Y gracias Sscapar..Josecuvo y a Todos Quienes aportáis.

Hay un punto de encuentro; lo que ocurre no es del gusto de ningúno de Nosotros. Lo que algunos haríais ya está claro.. tal cual lo está, lo que legalmente se puede hacer.

Estará genial sí lo que "aportamos" lo hacemos desde el respeto y cuniéndonos lo más posible al título que reza éste hilo.

Quizás así evitamos que nos lo vuelen ( y sí, estará Genial y mejor sitiene, "un poco más de paciencia" el Tabernero. De otra manera será inacabable la apertura de nuevos hilos)

Rafa, bién, ya has puesto tu información. De petardos a "pequeñas bombas"....
Y si ahora las sabinas de que cada uno hará lo que quiera.. nos centramos en aportar y discurrir sobre lo que sí ayuda y puede funcionar?

Y quien quiera puede abrir otro post.

La arealidad, hay y cada vez menos pocos osos y pocas orcas y al parecer ( Mirando lo que vale la vida en muchos sitios), y viendo de lo que somos capaces;Diría demasiados humanos.. sin demasiada sensibilidad.

Y gracias por supuesto a quienes nos seguís manteniendo informados a pesar de haber sufrido un ataque y la pérdida de timón.

En mi opinión además de tener ó *generar buena suerte. Veril mínimo.. aislar timon de casco.. timón de fortuna..quizas fb de respeto ( en velero 8 metrs comprobado, incluso subiendo/quitando timón se gobierna genial)

* Sort; en euskera es generar ( De ahí Sorgine.. la que crea..genera..hace magia.
Por ello les persiguieron tant, era lo que no podían Algunos soportar) vamos que en el País Vasco no se puede decir he tenido mala suerte sino que la he provocado...

- a mí tampoco me hace ninguna gracia lo que sucede

Me quedo y ojalá aprehenda tanto para mis navegaciones como para mi vida el Temple.. y la preciosa energía de ese marinero que en Portugal les hablaba sssuave.. con cariño mientras le iban rompiendo el timón.:cid5: Bravo!

Deseo eso para mí.. para mi Vida y tambien para compartir con Quienes trato y conVivo. Desde la distancia.. Brindis por Tí!

Que algunos de ustedes.. prefieren jurar en hebreo ¿ ..? entendible.

- INCIDENTES CON ORCAS....

ROyOR 30-09-2025 15:14

Respuesta: Re: Respuesta: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2497834)
A ver Rafa, internet está lleno de todo tipo de basura que no creo que haga falta airear, realmente creo que esa "información" que pasas ridiculiza a quien la puesto y a la causa que pretende defender.

Posiblemente está realizada con IA, y mezcla la defensa propia con leyes marítimas que claramente no son aplicables en este caso.

Artículo 98 Convemar:

1. Todo Estado exigirá al capitán de un buque que enarbole su pabellón que, siempre que pueda hacerlo sin grave peligro para el buque, su tripulación o sus pasajeros:

a) Preste auxilio a toda persona que se encuentre en peligro de desaparecer en el mar;


Tiene c...... querer aplicar este artículo al tema orcas!!


Artículo 91 Convemar Unclos

Nacionalidad de los buques
1. Cada Estado establecerá los requisitos necesarios para conceder su nacionalidad a los buques, para su inscripción en un registro en su territorio y para que tengan el derecho de enarbolar su pabellón. Los buques poseerán la nacionalidad del Estado cuyo pabellón estén autorizados a enarbolar. Ha de existir una relación auténtica entre el Estado y el buque.

2. Cada Estado expedirá los documentos pertinentes a los buques a que haya concedido el derecho a enarbolar su pabellón



También fundamental citar este articulo para argumentar que podemos cargarnos legalmente a las orcas..esto sólo tiene una definición: bullshit

:borracho:

Muy buenas Tiago.

Desde hace ya unos años, este tema se ve desde diferentes ángulo. Lo que está claro es que nadie ha denunciado los ataques ocurridos y estaría muy bien que podría decir un juez al respecto.

Con respecto a ridiculizar lo que se dice en este texto o en algunas contestaciones en este foro es relativo, a ti te puede parecer que el que ha escrito este texto es ridículo y en cambio al "escritor" le parecerá que el ridículo es lo que dices tu :D

Pero lo que está claro es lo que dice el código Civil.
¿Es legal defenderse físicamente de un animal que nos ataca?

La respuesta depende de varios factores, pero la legislación española contempla esta posibilidad, siempre que se actúe dentro de los límites de la legítima defensa.

El Código Penal español, en su artículo 20.4, exime de responsabilidad penal a quien actúe en defensa propia, de otros o de bienes propios o ajenos, siempre que se den los requisitos de:
- Agresión ilegítima.
- Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
- Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

Perdonar que lo repita, pero aquí tendríamos una respuesta mas legal si algún atacado lo denunciase y un juez nos diera una sentencia, que quizás, ademas de la orca, tuviera responsabilidades otros organismos nacionales.
Siempre he dicho que si hubiera estudiado la carrera de Derecho, estaría metido en todos los "charcos" denunciando todo lo que creyera razonable :sip:

Saludos :brindis:
Rafa

Itxasfree 30-09-2025 15:53

Respuesta: Incidentes con orcas
 
Lo que estaría, y estará muy bien aunque no sea nada fácil, es hacer Pro y presionar para que realmente marquen y hagan un seguimiento. Incluido por su propio vientre como bien dice ZCO.

caribdis 30-09-2025 16:12

Re: Respuesta: Re: Respuesta: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por ROyOR (Mensaje 2497839)
Muy buenas Tiago.

Desde hace ya unos años, este tema se ve desde diferentes ángulo. Lo que está claro es que nadie ha denunciado los ataques ocurridos y estaría muy bien que podría decir un juez al respecto.

Con respecto a ridiculizar lo que se dice en este texto o en algunas contestaciones en este foro es relativo, a ti te puede parecer que el que ha escrito este texto es ridículo y en cambio al "escritor" le parecerá que el ridículo es lo que dices tu :D

Pero lo que está claro es lo que dice el código Civil.
¿Es legal defenderse físicamente de un animal que nos ataca?

La respuesta depende de varios factores, pero la legislación española contempla esta posibilidad, siempre que se actúe dentro de los límites de la legítima defensa.

El Código Penal español, en su artículo 20.4, exime de responsabilidad penal a quien actúe en defensa propia, de otros o de bienes propios o ajenos, siempre que se den los requisitos de:
- Agresión ilegítima.
- Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
- Falta de provocación suficiente por parte del defensor.

Perdonar que lo repita, pero aquí tendríamos una respuesta mas legal si algún atacado lo denunciase y un juez nos diera una sentencia, que quizás, ademas de la orca, tuviera responsabilidades otros organismos nacionales.
Siempre he dicho que si hubiera estudiado la carrera de Derecho, estaría metido en todos los "charcos" denunciando todo lo que creyera razonable :sip:

Saludos :brindis:
Rafa

. No cabe legítima defensa frente a animales

https://martellabogados.es/legitima-defensa/

La agresión será una acción HUMANA dolosa que ponga en peligro bienes jurídicos personales y/o propios.

https://es.m.wikipedia.org/wiki/Leg%C3%ADtima_defensa

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caribdis 30-09-2025 16:58

Re: Incidentes con orcas
 
El Código de Comercio que cita el abogado portugués es una ley de 1885 y curiosamente, en el artículo 612 dice:


16. Cumplir las obligaciones que impusieren las leyes y los reglamentos de navegación, aduanas, sanidad u otros.


La Ley de Puertos y Puertos Mercantes, ni se sabe, debería referirse a la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante, el artículo 86 desde luego, no habla de las competencias de los capitanes.


Habla más de las competencias de los capitanes (de buques) la Ley de Navegación Marítima, que dice en su artículo 176:


Artículo 176 Condición de autoridad pública
1. El capitán tendrá a bordo la condición de autoridad pública y deberá cumplir y hacer cumplir toda obligación que legal o reglamentariamente se le imponga en razón del cargo, en especial la de mantener el orden y la seguridad a bordo.


No vas a encontrar leyes en este caso que digan que te puedes saltar una legislación clara como la del Real Decreto 1727/2007 de protección de los cetáceos. Y se deberían seguir las recomendaciones científicas del taller IWC de Madrid de 2024:


El Taller también recomendó encarecidamente a los navegantes que se encuentren con orcas ibéricas que no utilicen ninguna medida disuasoria, que casi con toda seguridad les causará daño. Las orcas ibéricas están en Peligro Crítico según la Lista Roja de la UICN, y las medidas disuasorias que puedan causar daños inmediatos o afectar su supervivencia o reproducción a largo plazo son ilegales según las leyes nacionales y de la Unión Europea. Varias de estas medidas perjudiciales se han utilizado en algún grado desde que se reportaron las primeras interacciones en el verano de 2020, y las orcas continúan interactuando. Por lo tanto, no solo son ineficaces, sino que podrían estar reforzando el comportamiento y aumentando la gravedad de los daños a las embarcaciones. Algunas de estas medidas también son peligrosas para los navegantes (por ejemplo, los petardos y la electrocución).




:brindis:

jonam52 30-09-2025 17:30

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2497847)
El Código de Comercio que cita el abogado portugués es una ley de 1885 y curiosamente, en el artículo 612 dice:


16. Cumplir las obligaciones que impusieren las leyes y los reglamentos de navegación, aduanas, sanidad u otros.


La Ley de Puertos y Puertos Mercantes, ni se sabe, debería referirse a la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante, el artículo 86 desde luego, no habla de las competencias de los capitanes.


Habla más de las competencias de los capitanes (de buques) la Ley de Navegación Marítima, que dice en su artículo 176:


Artículo 176 Condición de autoridad pública
1. El capitán tendrá a bordo la condición de autoridad pública y deberá cumplir y hacer cumplir toda obligación que legal o reglamentariamente se le imponga en razón del cargo, en especial la de mantener el orden y la seguridad a bordo.


No vas a encontrar leyes en este caso que digan que te puedes saltar una legislación clara como la del Real Decreto 1727/2007 de protección de los cetáceos. Y se deberían seguir las recomendaciones científicas del taller IWC de Madrid de 2024:


El Taller también recomendó encarecidamente a los navegantes que se encuentren con orcas ibéricas que no utilicen ninguna medida disuasoria, que casi con toda seguridad les causará daño. Las orcas ibéricas están en Peligro Crítico según la Lista Roja de la UICN, y las medidas disuasorias que puedan causar daños inmediatos o afectar su supervivencia o reproducción a largo plazo son ilegales según las leyes nacionales y de la Unión Europea. Varias de estas medidas perjudiciales se han utilizado en algún grado desde que se reportaron las primeras interacciones en el verano de 2020, y las orcas continúan interactuando. Por lo tanto, no solo son ineficaces, sino que podrían estar reforzando el comportamiento y aumentando la gravedad de los daños a las embarcaciones. Algunas de estas medidas también son peligrosas para los navegantes (por ejemplo, los petardos y la electrocución).




:brindis:

aburris ya aplicando las leyes para lo que no están hechas y queriendo hacer pasar por científico lo que no es más que la opinión de algunos sin aportar ningun estudio científico.

Ligera 30-09-2025 18:29

Re: Respuesta: Re: Respuesta: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2497845)
. No cabe legítima defensa frente a animales

https://martellabogados.es/legitima-defensa/

La agresión será una acción HUMANA dolosa que ponga en peligro bienes jurídicos personales y/o propios.

https://es.m.wikipedia.org/wiki/Leg%C3%ADtima_defensa

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Cierto... no cabe la legítima defensa frente a animales , pero si el estado de necesidad!!! creo haberlo escrito alguna vez... si vas con tu familia en un bote y hay que aligerar peso para que no zozobre, si tiras a la suegra, la conducta es típica (homicidio) pero esta justificada!! :sorry: por las suegras...

:brindis:

BORRASCA 30-09-2025 19:40

Re: Respuesta: Re: Respuesta: Incidentes con orcas
 
Cuando esas orcas maten a alguien veo a muchos poniendose de perfil
Y explicando leyes animalistas

comando150 30-09-2025 19:44

Re: Respuesta: Re: Respuesta: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por Ligera (Mensaje 2497857)
Cierto... no cabe la legítima defensa frente a animales , pero si el estado de necesidad!!! creo haberlo escrito alguna vez... si vas con tu familia en un bote y hay que aligerar peso para que no zozobre, si tiras a la suegra, la conducta es típica (homicidio) pero esta justificada!! :sorry: por las suegras...

:brindis:



Cofrade
Para cuñadas también aplica?
:brindis:

BORRASCA 30-09-2025 19:55

Re: Respuesta: Re: Respuesta: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por comando150 (Mensaje 2497863)
Cofrade
Para cuñadas también aplica?
:brindis:

Cuñadas no se pero par cuñados : Si cuando sea un orco meparto::meparto::meparto::meparto:

ROyOR 30-09-2025 19:56

Respuesta: Re: Respuesta: Re: Respuesta: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2497845)
. No cabe legítima defensa frente a animales

https://martellabogados.es/legitima-defensa/

La agresión será una acción HUMANA dolosa que ponga en peligro bienes jurídicos personales y/o propios.

https://es.m.wikipedia.org/wiki/Leg%C3%ADtima_defensa

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Creo que los de Martell abogados no tienen jurisprudencia actualizada, ya hay sentencias contra animales, sobretodo con perros :sip:

Saludos
Rafa

caribdis 30-09-2025 19:57

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por jonam52 (Mensaje 2497849)
aburris ya aplicando las leyes para lo que no están hechas y queriendo hacer pasar por científico lo que no es más que la opinión de algunos sin aportar ningun estudio científico.

Los que estan intentando justificar con leyes absurdas el derecho a agredir son otros.

Y a falta de otro congreso científico sobre el problema, el convocado por el IWC en Madrid en 2024 es el que hay, con la asistencia de 29 expertos en ballenas de todo el mundo y con conclusiones claras.

Ha habido cientos de incidentes, hay gente que los estudia uno por uno, y la recomendación, si queremos acabar con el problema, es no usar métodos disuasorios agresivos, lo agravan.

No sé quien empezó recomendándolos, pero un cientifico puedo asegurar que no fue.

...

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caribdis 30-09-2025 20:02

Re: Respuesta: Re: Respuesta: Re: Respuesta: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por ROyOR (Mensaje 2497866)
Creo que los de Martell abogados no tienen jurisprudencia actualizada, ya hay sentencias contra animales, sobretodo con perros :sip:



Saludos

Rafa

Si tienes un enlace que lo muestre sería interesante conocerlo.

Otros abogados que dicen, en 2025, que la legitima defensa no se aplica en el caso de ataques de animales:

https://victoravilaabogado.com/legitima-defensa/

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Suertudo 30-09-2025 20:10

Re: Incidentes con orcas
 
Repitiendo y repitiendo, tu mismo pensaras que es verdad, todo lo que dices.
Cada uno, se engaña como quiere

jonam52 30-09-2025 20:45

Re: Incidentes con orcas
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2497867)
Los que estan intentando justificar con leyes absurdas el derecho a agredir son otros.

Y a falta de otro congreso científico sobre el problema, el convocado por el IWC en Madrid en 2024 es el que hay, con la asistencia de 29 expertos en ballenas de todo el mundo y con conclusiones claras.

Ha habido cientos de incidentes, hay gente que los estudia uno por uno, y la recomendación, si queremos acabar con el problema, es no usar métodos disuasorios agresivos, lo agravan.

No sé quien empezó recomendándolos, pero un cientifico puedo asegurar que no fue.

...

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es que en ese congreso no hay ni un solo estudio cientifico sobre si el tirar petardos daña o no daña a las orcas. ni uno. Me da igual si se han reunido 20.000 "expertos"... no hay estudios y por lo tanto no hay más que opiniones y no ciencia, porque la ciencia no se hace por opiniones sino por experimentos y observaciones según el método cientifico.

Por lo demás, no se pide el derecho a agredir sino el derecho a defenderse de una agresión... que por otra parte parece de sentido común que un estimulo negativo desincentiva de continuar con una conducta. Sobre eso si que hay muchos estudios científicos, aunque no con orcas, pero si con otros animales.

Lo de que los métodos disuasorios lo agravan es otra afirmación gratuita más que no está basada en ningun estudio cientifico.

Si así quereis proteger a las orcas mal camino llevais. Que por cierto, te recuerdo que si están en peligro de extinción es por la gran cantidad de contaminantes que acumulan en su cuerpo, no por haberlas asustado con petardos.

No brindo.

PD. Aqui te pongo el programa del symposio... dime cual de los participantes expone algun estudio real sobre si tirar petardos daña fisiologicamente a las orcas.
https://orcasymposium.org/wp-content...Tarifa2025.pdf


Todas las horas son GMT +1. La hora es 23:06.

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