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-   -   Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon???????? (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=66150)

daniel.. 19-05-2011 15:52

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por jiauka (Mensaje 1062339)
Yo me acabo de comprar 1 barco registrado en holanda con marcado CE y voy a mantener la bandera holandesa. Pagaré el ITP a la "gene" catalana, iré a Hacienda a pedir la excensión del pago del impuesto de matriculación (tiene menos de 8 metros) y a aduanas para que haya constancia de que estoy importando 1 barco de la UE, con todo ello cumpliré a rajatabla el DA1 y sus excepciones.

Gracias a Tupac A. por sus recomendaciones y ayuda, me ha servido de mucho. :brindis::brindis:

Yo he comprado un barco con bandera holandesa y la he mantenido, pagando el impuesto de matriculación. Entiendo que el ITP no hay que pagarlo (la compra ha sido fuera de España). De momento no me han parado, pero si lo hacen ya contaré.

jiauka 19-05-2011 15:54

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
El ITP hay que pagarlo, al igual que el impuesto de matriculación y el IVA si no estuviese pagado en otro país de la UE.

Edito: Si se paga IVA no hay que pagar ITP.

Jadarvi 19-05-2011 16:56

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por windi (Mensaje 1062316)
¿Hay alguna manera de ir a la Agencia Tributaria y pedir un certificado de que todos los impuestos (IVA, matriculación) están pagados? Supongo que sería el paso previo a bajar bandera, previniendo el futuro, para demostrar que está todo al día.

Es que si los impuestos no estuvieran pagado, no podría haberse matriculado el barco, por tanto, el mero hecho de pedir la bajada de bandera sólo es posible si IVA e impuesto de matriculación han sido pagados. No creo que sea necesario, pues, pedir ese certificado a Hacienda, es como si quisieras dar de baja un coche y te preguntaran si has pagado el IVA o el impuesto de matriculación ... es obvio que si no los pagas no hay matrícula.

De todos modos, tu pregunta era si hay algún modo de solicitar un certificado a Hacienda para probar que el IVA y el Impuesto de Matriculación están pagados, mi respuesta es que no creo que haya un trámite específico, pero supongo que si haces un escrito pidiendo esa certificación, no hay motivo para que no te la extiendan.

La verdad, a veces tengo la impresión de que, por mucho que nos quejamos de la complicación de la burocracia, estamos tan acostumbrados a ella y nos tienen tan atemorizados con la posible falta de un "papel", que a veces llegamos incluso a inventarnos papeles que no se exigen en ningún procedimiento, aunque sea sólo por si acaso.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Tupac A. 19-05-2011 17:33

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por guillermogefaell (Mensaje 1062326)
Hola,
Ya fue hace un tiempo y no tenía el impuesto pagado.

Entonces el guardia civil tenia razon y tu amigo no habria ganado nunca sus recursos, porque hasta el 31 de diciembre de 2010 era obligatorio matricular un barco en las condiciones del de tu amigo. Pero desde el 1 de enero ha cambiado: ahora tu amigo hubiera podido pagar el impuesto y mantener la bandera portuguesa de origen (siempre que la normativa portuguesa se lo permitiera).

daniel.. 19-05-2011 17:48

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por jiauka (Mensaje 1062345)
El ITP hay que pagarlo, al igual que el impuesto de matriculación y el IVA si no estuviese pagado en otro país de la UE.

Edito: Si se paga IVA no hay que pagar ITP.

¿Éstás seguro de que hay que pagar ITP español en una compra entre particulares hecha fuera de España y en relación a un bien situado fuera de España? ¿En base a qué norma? Me parece que hacienda es poderosa, pero no tanto.

¿Si le compro una camisa a un particular en Francia debo pagar ITP en España? Me parece que no. ¿Por qué es distinto un barco? Otra cosa es que si quieras abanderar te lo pidan, y acabes pasando por caja.

Si no estuviera pagado el IVA, sí hay que pagarlo. Pero partimos de barcos de la UE de particulares, en los que el IVA está pagado.

jiauka 19-05-2011 18:05

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por daniel.. (Mensaje 1062428)
¿Éstás seguro de que hay que pagar ITP español en una compra entre particulares hecha fuera de España y en relación a un bien situado fuera de España?

Según mi hermano, economista y funcionario de hacienda en el "gene" catalana, SI, igual me está engañando o el mismo no sabe y me lo dice para evitarse problemas, pero lo dudo. La verdad es que el pollo legal que hay es tan grande que dudo que nadie lo sepa a ciencia cierta.

Por cierto, las camisas jamás pagan ITP :) , no son patrimonio :meparto::meparto::meparto:

Si te enteras de forma fehaciente que no hay que pagarlo, dimelo.

pedropicapiedra 19-05-2011 19:23

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
:meparto:Depende de la cantidad de camisas,podria considerarse ajuar o patrimonio:brindis:

pipe 19-05-2011 21:23

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
:brindis:


cuanto mas leo este ilo mas ma decanto por mi bandera




http://blogs.diariosur.es/blogfiles/...era_pirata.jpg



:capitan::capitan:

vertijean 19-05-2011 21:37

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
os cuento mi propia experiancia :

hay que pagar el 12% de matriculacion a la direccion central de acienda ( si es menos de 8 mts rellenar el impreso nº 6 )

como se calcula este 12% : se escoje el valor mas alto , bien sea del contrato de compra o bien de las tablas de acienda , ahora bien , si el precio del contrato les parese bajo y no figura en las tablas , pues , agarate , lo miran en cosas de barcos y te sacan una media ! :eek:

luego te vas a capitania para inscribir el barco en el registro español de buque .

y YAESTA !:pirata:

el impuesto de transmicion lo paga el vendedor , ya que el que incrementa su patrimonio ( en forma de dinero ) es el .:sip:

y para zanjar el tema definitivamente : segun preguntado en acienda , el texto de ley del 1 de enero 2011 , da 1 , se aplica unicamente a barcos extrajeros , matriculados en un pais de la CEE , QUE NO FUERON IMATRICULADOS CON ENTERIORIDAD EN ESPAÑA .:sorry:

espero haber sido de utilidad .
un saludo :brindis:


espero haber sido de utilidad

brutus 19-05-2011 22:26

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1062562)
os cuento mi propia experiancia :

hay que pagar el 12% de matriculacion a la direccion central de acienda ( si es menos de 8 mts rellenar el impreso nº 6 )

como se calcula este 12% : se escoje el valor mas alto , bien sea del contrato de compra o bien de las tablas de acienda , ahora bien , si el precio del contrato les parese bajo y no figura en las tablas , pues , agarate , lo miran en cosas de barcos y te sacan una media ! :eek:

luego te vas a capitania para inscribir el barco en el registro español de buque .

y YAESTA !:pirata:

el impuesto de transmicion lo paga el vendedor , ya que el que incrementa su patrimonio ( en forma de dinero ) es el .:sip:

y para zanjar el tema definitivamente : segun preguntado en acienda , el texto de ley del 1 de enero 2011 , da 1 , se aplica unicamente a barcos extrajeros , matriculados en un pais de la CEE , QUE NO FUERON IMATRICULADOS CON ENTERIORIDAD EN ESPAÑA .:sorry:

espero haber sido de utilidad .
un saludo :brindis:


espero haber sido de utilidad

Entonces según esa apreciación si yo vendo mi barco a un holandes, por ejemplo, el lo matricula y hace el cambio de bandera a su país y a posteriori yo se lo recompro puedo mantener la nueva bandera, en principio sin mas problemas.
O quizas no.

vertijean 19-05-2011 23:13

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
hombre , segun mi opiñon personal , tendria que pasar un tiempo prudencial , por lo que he podido ver esta mañana en la oficina de la calle Guillem de Castro en Valencia , son muy sympaticos , pero de tontos no tienen ni un pelo !
:brindis:

Boston 20-05-2011 00:33

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por pipe (Mensaje 1062553)
:brindis:


cuanto mas leo este ilo mas ma decanto por mi bandera




http://blogs.diariosur.es/blogfiles/...era_pirata.jpg



:capitan::capitan:

:p:p ME TOO!!! :brindis::brindis:

brutus 20-05-2011 16:36

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1062621)
hombre , segun mi opiñon personal , tendria que pasar un tiempo prudencial , por lo que he podido ver esta mañana en la oficina de la calle Guillem de Castro en Valencia , son muy sympaticos , pero de tontos no tienen ni un pelo !
:brindis:

Bien, supongamos que estaba matriculado en Capitanía de Valencia y que tienen un C.I. mas alto de la media, pero yo que no soy tonto del todo, hago los trámites en una capitanía distinta y con un C.I. más normalito, no creo que tuviera ninguna pega, ya que a mi modesto entender, no realizo nada ilegal.:brindis:

¡Dios, que por una legislación tan absurda, tengamos que estar realizando cabalas para que no nos lleve a la "ruina" una afición como es la de la navegación por placer, si por placer, que no deportiva, renunciando a una bandera que nos pertenece por derecho. En fin.......

P.d.- C.I. coeficiente de entendederas.:meparto:

John river 20-05-2011 21:06

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por JJmaricel (Mensaje 1001234)
Tradicionalmente se ha obligado a los resisdentes españoles a tener que navegar con matricula y bandera española, por aguas españolas.

Ahora parece que si pagas el impuesto de matriculación, y te has comprado una embarcación de pabellón de otro país, ya no es preciso ponerle la bandera española.

(Escuchar la estrevista a un abogado experto al final del programa sobre el impuesto de matriculación en
http://www.ivoox.com/gaceta-nautica-..._521668_1.html)

De una vez, admiten las normas, que lo único que les interesa es cobrar el impuesto de matriculación (recaudar, recaudar, y recaudar).

Algo es algo, porque podemos evitar las absurdas normas y reglamentos españoles si compramos un barco con bandera de otro país.

Desde el 1 de enero, es posible para cualquier español tener un barco matriculado en el extranjero, y utilizarlo en España, con sólo pagar los impuestos que correspondan. La razón es que la Ley 39/2010 modifica la redacción anterior. No hay ya ninguna norma legal en que obligue a matricularlo en España, sólo liquidar los impuestos que correspondan. Otra cuestión es que en la mayoría de países de la U.E. el registro de un barco no acredita la propiedad del mismo. Es algo casi "estadístico". Pero esa es otra cuestión.

Un saludo y una ronda para todos.

guillermogefaell 22-05-2011 12:21

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Todo lo que usted quería saber sobre el registro bajo pabellón Belga, pero no se atrevía a preguntar :cunao::

http://www.pavillon-belge.com/faq_qu..._belge_EN.html

De ahí:
By taking the Belgian flag, am I except the law in my country? Despite the Belgian Flag is accessible to all citizens of the European Community, please check with your local authorities that you can have a foreign flag certificate and the taxes to be paid locally.
By choosing the Belgian flag, your boat depends on the Belgian maritime rules.



Traducción:


¿Al tomar la bandera Belga puedo sortear la Ley en mi país?
A pesar de que la bandera Belga es accesible a todos los ciudadanos de la Comunidad Europea, por favor compruebe con sus autoridades locales que puede tener un certificado de bandera extranjero y pagar los impuestos localmente.
Al escoger la bandera Belga su barco estará sujeto a las reglas marítimas Belgas.


Bastante claro ¿no? Por lo que se está diciendo aquí, al parecer es ahora perfectamente factible registrar el barco en Bélgica, pagar las tasas e impuestos en España y navegar en nuestras aguas bajo pabellón Belga.

Saludos.

guillermogefaell 22-05-2011 12:24

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
¿Os dais cuenta de que esto acaba también con la necesidad de las ITB? :pirata:

LORDRAKE 22-05-2011 12:40

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Quien va a "padecer" esto va a ser las empresas nauticas españolas, ya que cuando se corra la voz creo que muchos prefieran comprar su barco fuera....
:brindis::brindis:
LORDRAKE:velero:

guillermogefaell 22-05-2011 12:44

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
No creo: También lo puedes comprar en España y abanderarlo fuera, si eso te interesa más.

P.S. Cuidado que en Bélgica hay que pagar las tasas y el impuesto de matriculación que tienen. Luego hay que pagar las tasas en España también. Hay que hecer los números bien.

astrolabio68 22-05-2011 13:08

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Hola a todos!

En el hilo de Construcción Amateur estamos también tratando el tema de la matriculación en otros países de la CE.

Mi consulta, para Tupac o para quien se tome la molestia en contestar, es que especificidades habría en este caso. Es decir, si me constuyo un barco en España, que pasos tengo que seguir para abanderar por ejemplo en Holanda. Si lo puedo hacer teniendo mi barco en españa, si puedo ponerlo directamente a mi nombre, si lo puedo llevar con título español...
¿con qué papeles lo registro si no tengo nada de nada? ¿Facturas de materiales?

Y ya abusando de vuestra buena voluntad, ¿que ventajas e inconvenientes tiene en la práctica la matrícula belga? (tal vez se ha tratado antes, pero no lo he encontrado:sorry:)

Copiaré las posibles respuestas en el hilo de construcción amateur (a menos que alguien quiera ir allí directamente, que será esperado con unas cervezas:

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...p?t=33&page=41

Gracias por todo.

Saludos y buen domingo :brindis:

Bob 22-05-2011 16:00

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Vamo a ve :nosabo::nosabo: si me voy a la Belgique y me compro un boat, pago allí los papelillos y me vengo navegando a Galicia:
Si menos de 7.5 metros legales hago trámite en hacienda de exención y a navegar sin ITB, ni zonas de navegación, ni na de eso.

Si es así, pongo a la venta mi 211 y me voy a buscar un boat este verano. :pirata::pirata::pirata:

guillermogefaell 23-05-2011 12:04

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Bueno,
ahora sí que me he leído todo el hilo :borracho: y veo que mis anteriores posts son redundantes con lo que se había dicho previamente. Pido perdón por ello.

Yo también acabo de hacer la consulta a Capitanía por correo electrónico y si hace falta haré una consulta vinculante formal. No puede haber dudas en estas cosas, aunque parece que ya está bastante claro.

Postearé lo que me digan.

Saludos a todos.

0tilio 23-05-2011 12:43

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1062562)
os cuento mi propia experiancia :

hay que pagar el 12% de matriculacion a la direccion central de acienda ( si es menos de 8 mts rellenar el impreso nº 6 )

como se calcula este 12% : se escoje el valor mas alto , bien sea del contrato de compra o bien de las tablas de acienda , ahora bien , si el precio del contrato les parese bajo y no figura en las tablas , pues , agarate , lo miran en cosas de barcos y te sacan una media ! :eek:

luego te vas a capitania para inscribir el barco en el registro español de buque .

y YAESTA !:pirata:

el impuesto de transmicion lo paga el vendedor , ya que el que incrementa su patrimonio ( en forma de dinero ) es el .:sip:

y para zanjar el tema definitivamente : segun preguntado en acienda , el texto de ley del 1 de enero 2011 , da 1 , se aplica unicamente a barcos extrajeros , matriculados en un pais de la CEE , QUE NO FUERON IMATRICULADOS CON ENTERIORIDAD EN ESPAÑA .:sorry:

espero haber sido de utilidad .
un saludo :brindis:


espero haber sido de utilidad

Gracias vertijean. Si es la norma que está aplicando Hacienda, suena algo así como discriminatoria.
¿Qué tiene un barco que en algún momento de su existencia enarbolase el pabellón español para no poder abanderarse en otro país comunitario? ¿Les queda un estigma?
¿Los propietarios de barcos con pabellón español no tienen los mismos derechos que los propietarios de barcos con otro pabellón?
Sin ser experto en leyes, aún puedo apuntar que cualquiera cuya solicitud de abanderamiento en otro país comunitario sea denegada por el motivo anterior, tiene grandes posibilidades de recurir la decisión y ganar ese pleito.
¿Hay alguien que pueda confirmárnoslo con más fundamento? Copas sin cuento para ese experto.
Para los demás unas :brindis: y seguir a la espera.

vertijean 23-05-2011 13:29

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
tienes toda la razon ,
es que como ya lo he dicho antes estamos en el albor de un area nueva , no lo hemos celebrado mucho , pero no cabe la menor duda : hemos GANADO UNA BATALLA ! :pirata:
puede que sea el principio de algo completamente nuevo , si me perdonan el simil, estamos , a nivel de nautica como hace decadas , cuendo se murio un cierto dirigente y empiezaba algo nuevo aun que la gente no termina de creerselo .:p
:brindis:

Alvator 26-05-2011 01:26

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Gin para todos,
he leido con detenimiento este foro y sigo con algunas dudas...
Parece que esta aprobado el poder navegar, un residente o un nacional español (que no es lo mismo), un barco de recreo con pabellon de la UE u otros, a condicion de pagar el impuesto de matriculacion (12%), los que superen los 8 m. de eslora.
Esto es de ambito juridico-fiscal y puede no significar, que no deba cumplir con el resto de la legislacion, no ya aplicable al buque, sino al patron.
Eso de que el español que navegue con bandera francesa, en aguas españolas, no deba cumplir con los requisitos que su titulo de navegacion le permite, no me cuadra.
Es como ir con un coche con matricula francesa por España y deje de tener validez las condiciones de tu permiso de conducir.
Y con respecto al buque, dudo que no obliguen a los de bandera extranjera, pero que tengan su puerto base en España, a cumplir con los requisitos de ITB, seguros, zonas de navegacion, etc.
Si a todo esto, es usado y de menos de 8 metros de eslora ¿cual es la ventaja? porque ahora hay que cumplir con la legislacion del pais de abanderamiento, que habra que conocer.

guillermogefaell 26-05-2011 10:33

Re: Se puede navegar ahora con Bandera de otro pabellon????????
 
Para salir de dudas (¡espero!) he hecho por escrito una consulta vinculante tanto a la DGMM como a la Agencia Tributaria.

A ver qué dicen.


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