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Re: Cambiar Categoría De Diseño C
A ver si lo que hay es una confusión entre Categoría de Navegación y Categoría de Diseño
http://cinco-oceanos.com/ayudas/Equi...bligatorio.pdf |
Re: Cambiar Categoría De Diseño C
Lo que hay es la permanente absurdez de la legislación náutica que sufrimos.
No tiene sentido relacionar directamente categorías de diseño CE con distancias a la costa, como parece que hacen. Hacen como si a menos de 12 millas nunca puedas encontrar olas de más de 4 metros. :borracho: (No brindo, bebo para olvidar:cagoento:) |
Re: Cambiar Categoría De Diseño C
Cita:
La Categoría de diseño que se emplea actualmente es la que lleva el marcado CE que comenzó a utilizarse en 1998. A partir de esta Categoría de Diseño, (que no tiene en cuenta distancia a la costa sino condiciones de mar y viento), LA LEGISLACIÓN ESPAÑOLA establece las Zonas de Navegabilidad. Pero esto SÓLO lo establece la Legislación Española. Las banderas de conveniencia, sólo se rigen por el marcado CE que, como he comentado, tiene en cuenta sólo las condiciones de mar y viento, sin considerar la distancia a la costa, tal como puede verse en esta gráfica: https://s1.postimg.org/2msj6vc3wf/image.png Sin embargo, para las embarcaciones abanderadas en España, se establecen las famosas Zonas de Navegación, otorgando permisos según el marcaje CE para navegar a determinadas millas de la costa: https://s1.postimg.org/6dhos41m9b/image.png Como vemos, la Legislación Española hace un paralelo entre Categoría de Diseño (marcado CE) y Zonas de Navegación traducidas en distancia en millas a la costa: https://s1.postimg.org/3f5eoltkhr/image.png Por tanto, si se tiene bandera de conveniencia, las Leyes que rigen a estas embarcaciones, son sólo las establecidas según su Categoría de Diseño, mientras que si se tiene bandera española, los límites lo impone la Zona de Navegación para la que esté despachada la embarcación que a su vez dependerá de los elementos de seguridad que lleve a bordo. Por poner un ejemplo, un barco Categoría de Diseño C, si es bandera belga no tiene Zona de Navegación determinada por millas desde la costa, sin embargo si es bandera española sí lo tiene y podrá estar despachado para Zona 4, 5, 6 o 7 pero NUNCA para Zonas 1, 2 o 3. Por supuesto, que independientemente de la bandera que se tenga, la Titulación debe habilitar al armador a navegar en la zona que esté navegando. Mi única duda surge con las embarcaciones que fueron fabricadas antes de 1998 y que no disponen el marcado CE. Alguien sabe cómo se rigen. Saludos y perdón por el tocho. |
Re: Cambiar Categoría De Diseño C
Cita:
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Re: Cambiar Categoría De Diseño C
:brindis:tengo un tractor v del año 91 sin categoría de diseño, en la documentación. Estaba para 12 millas y después de una consulta con marina mercante de Alicante, una revisión extra y aportar las medidas de seguridad, la tengo para 25 millas. Saludos
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Re: Cambiar Categoría De Diseño C
Cita:
En realidad, desde el cabo de S. Antonio a cualquier punto de la costa oeste de Ibiza (c. Horts, c. Badella, Conejera...), hay unas 49 millas, de modo que se puede cruzar legalmente. Pero es que, además, saliendo desde, p. ej., Valencia con rumbo a un punto situado en 39°N/0° 40' E (aprox.), puedes poner luego rumbo a cualquier punto de Ibiza o Formentera sin haberte separado de la costa más de 25 millas en ningún momento.:sip: La derrota pasando por ese waypoint, en el caso Valencia-Conejera, se alarga solo 2-3 millas respecto al rumbo directo. A cala Saona, por ejemplo, puedes ir desde Valencia a rumbo directo legalmente.:velero: Sin embargo a San Antonio, que está más cerca, no. Paradojas...:rolleyes: :brindis::brindis: |
Re: Cambiar Categoría De Diseño C
Cita:
Ahora lo que hizo David Meca de cruzar a nado desde Jávea a Ibiza parece una mariconada :cunao: Salud :brindis: Nemo |
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