La Taberna del Puerto

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-   -   Categoría de diseño frente a zona de navegación (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=190414)

Kiro 02-04-2021 01:28

Re: Categoría de diseño frente a zona de navegación
 
Cita:

Originalmente publicado por MrProsper (Mensaje 2312571)
Aunque sí que hacía referencia a la legislación y bandera españolas al final de mi primera intervención, admito que pudo no quedar claro que me refería más a esto. En todo caso, no son necesarias disculpas, entiendo que aquí de lo que se trataba era de aportar puntos de vista o conocimientos y, por mi parte, todo es bienvenido.

Eso sí, llámame sentimental o lo que quieras pero, puestos a elegir, me gustaría navegar con la bandera de mi país, no con la que una administración inmovilista o inflexible nos empuja a utilizar para evitar engorrosas trabas o imposiciones.

Saludos y no diré que ron para todos, porque soy más de gin tónic :brindis::brindis:

Te cuento mi experiencia en bandera española.
Barco categoría A, zona 2. Patrón de yate.
He ido a Madeira, a Cerdeña y no ha pasado nada.
Seguro, con cláusulas inglesas, cubre todo el Med+200' desde la costa desde Pais de Calé a Cabo Bojador, incluidas las Canarias.
Mi seguro entiende que el barco es de categoría oceánica y que mi titulación me permite gobernar hasta 150 millas de la costa. Si estoy más lejos, es mi problema.
Buena proa.

Oscar1966 02-04-2021 10:38

Re: Categoría de diseño frente a zona de navegación
 
Pues quizás ese es el quid de la cuestión, ¿te cubre el seguro?

Un barco bandera española, categoría B y habilitado para zona de navegación 2 solo puede alejarse de la costa 60 millas. Como esa distancia se cuenta desde los dos lados, solo podrías dar saltos entre costas que estén a menos de 120 millas. A Córcega y Cerdeña podrías ir costeando por Francia e Italia, pero no en rumbo directo, y al Caribe ni de coña.

Ahora bien, la legislación española solo alcanza hasta el mar territorial, o mejor dicho, la actuación de los cuerpos y fuerzas de seguridad. Salvo por motivos de narcotráfico y delitos o guerras no te van a ir a buscar a las 60 millas, por lo que ya estarías fuera de su alcance, y no creo que te vayan a esperar a la vuelta. En resumen, aunque no cumples con la legalidad no te va a pasar nada.

Eso sí, si te pasara algo y te tuvieran que rescatar estarías en un problema.

Y por último, en todos sitios te van a pedir un seguro. Eso ya depende de las cláusulas del seguro que tengas contratado. La mayoría de los seguros en España incluyen una cláusula que indica que has de cumplir con la legislación del país donde lo tienes abanderado, así que en caso de tener que recurrir al seguro igual te encuentras que tu seguro se desentiende del problema. También puedes negociar unas condiciones particulares.

Así que, para terminar, aunque legalmente no puedes, en la práctica si podrías siempre y cuando tu seguro te cubra.

Saludos, Óscar.

almarinn 08-04-2021 09:40

Re: Categoría de diseño frente a zona de navegación
 
¡Con diez cañones por banda,viento en popa a toda vela,no corta el mar, sino vuela una neumática de 2,49!. ¡¡Unos coñács a gollete para todos por la mañanita!!

La pregunta es ¿que es una neumática de 2,49 m?. El concepto de embarcacion de recreo es:

1. Embarcación de recreo, en adelante embarcación: Toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuyo casco tenga una eslora (Lh) comprendida entre 2,5 y 24 metros, medida según los criterios fijados en el apartado 6 de este artículo, utilizada para fines deportivos o de recreo. Quedan comprendidas en esta definición las embarcaciones con fines de formación para la navegación de recreo[/size].

Por otro lado si le pongo un fuera borda la definición es:

7. Embarcación a motor: Toda embarcación en la que uno o varios motores constituyen el sistema principal de propulsión.

Por último, un artefacto de playa es:

3. Artefactos flotantes de recreo: Embarcaciones proyectadas con fines recreativos o deportivos, de los siguientes tipos: a) Piraguas, kayaks, canoas sin motor y otros artefactos sin propulsión mecánica. b) Patines con pedales o provistos de motor con potencia inferior a 3.5 kW. c) Motos náuticas. d) Tablas a vela. cve: BOE-A-2014-10344BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 247 Sábado 11 de octubre de 2014 Sec. I. Pág. 82980 e) Tablas deslizantes con motor y otros ingenios similares. f) Instalaciones flotantes fondeadas.

En conclusió: NO SE QUE ES UNA ZODIAC DE 2,49 CON UN MOTOR DE 8 CV.

¿me podíais aclarar esto?.

La segunda cuestión, y la mas importante, CON UNA ZODIAC DE DISEÑO D, ¿puedo costear delante de una playa?. Esto lo digo por que este tipo de embarcación están solo permitidas en zona 7:

D) Zona de navegación en aguas protegidas. Le corresponde la siguiente Zona: Zona «7». Navegación en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general.


¿es una playa accesible, es decir que no sea un acantilado o que tenga rocas que no permitan desembarcar, una zona de "aguas protegidas"?

Como se ha dicho en este foro la legislación española liga la categoria de diseño con la zona de navegación y por lo tanto D=7=aguas costeras protegidas. ¿es una playa una zona de aguas costeras protegidas?.

En este foro creo recordar que alguien ha dicho que no, argumentando que la playa NO ES UN LUGAR DE ABRIGO según el R.D. 875/2004. Lo he leido y no lo tengo nada claro:

Disposición 10344 del BOE núm. 247 de 2014
5. Lugar de abrigo: Lugar en el que fácilmente puede refugiarse una embarcación y permitir la llegada a tierra de sus ocupantes.

En conclusión: ¿puedo con una zodiac de 2,49 con fueraborda echarme al agua desde la playa típica por el canal entre boyas amarillas, p.ej. de la barrosa en chiclana e ir costeando a mas de 200 metros (zona de baño) y a menos de 2 millas de la costa? ¿es una playa una zona de aguas costeras protegidas?. Lo he preguntado a la capitanía marítima de Cádiz y estoy esperando respuesta.

Por extensión, ¿puedo salir con el dinghi de 2,49 del velero fondeado y alejarme del barco hasta costear por la playa a lo largo de toda ella que pueden ser kilómetros?

¡Mucho coñac para todos!

markuay 08-04-2021 10:29

Re: Categoría de diseño frente a zona de navegación
 
Una zodiac de 2,49 metros es un artefacto playero hasta el momento en que le enchufas un motor y pasa a ser una embarcacion y como tal sujeta a su categoria de diseño/zona de navegacion, con todas las ventajas e inconvenientes procedentes de su nueva situacion: (matriculacion/registro, seguro, zonas de navegacion, material de seguridad, titulacion, etc.

Si es para uso exclusivo como auxiliar de otra embarcacion (Dingui) se considera un anexo y eso implica otra serie de ventajas e inconvenientes y entre sus limitaciones esta la de no poder alejarse de su barco principal, no recuerdo cual es el limite, tendria que mirarlo.

Si tiene marcado CE-D y por lo tanto zona 7, pues estara sujeta a las normas que implica esa categoria. Aunque me sorprende que una embarcacion CE-D solo se admita para zona 7, estoy poco familiarizado con el tema.

Hasta donde yo recuerdo, las playas son consideradas " playa accesible"

Bernardo II 11-04-2021 19:48

Respuesta: Categoría de diseño frente a zona de navegación
 
La zona de navegación se da según el equipamiento del barco (seguridad, radiotransmisones, etc) y categoría de diseño.
Creo que playa se considerará zona de abrigo o refugio si está habilitada para eso. y si no tienen el canal de boyas amarillas? se supone que no podría ni acercarte. Puedes navegar a 200 metros de playas y a 50 resto de costa.
Zona 7 debe ser lo que se conoce como agua interiores tanto de bahias, calas,puertos ríos, etc. En ese caso no habría más que conjeturar.
Un dingui solo se puede usar como auxiliar de una barco mayor si asi esta registrado. ida a tierra y vuelta, desde los puntos más cercanos, nada de pasear. :D

markuay 14-04-2021 19:00

Re: Categoría de diseño frente a zona de navegación
 
Lo de abrigo o playa accesible creo que va mas en el sentido de que sea posible desembarcar de forma segura en caso de accidente, obviamente si te encuentras con un problema que te obligue a abandonar el barco y estas frente a unos acantilados, la cosa se complica, si estas frente a un estuario, o una playa siempre puedes embarrancar voluntariamente o desembarcar con el auxiliar.

Lo de los canales balizados, distancias a costa y demas reglamentos, dejan de tener validez si te estas hundiendo.

Apagapenol 14-04-2021 23:45

Re: Categoría de diseño frente a zona de navegación
 
Es increíble...

Cada vez que alguien se lee un documento normativo de obligado cumplimiento hecho por la DGMM aparecen 250 distintas interpretaciones... todas buenas... :nosabo::nosabo::nosabo:

Y claro, como la que vale es la del señor feudal de turno (que cambia según la localización geográfica, la conjunción planetaria y el periodo de celo de la avutarda común), los sufridos navegantes están que no saben a qué atenerse. :confused::confused::confused:

¿Cuándo se darán cuenta de que la sobrerregulación, el intervencionismo y el paternalismo de vía estrecha no van a ninguna parte?

En fin...

Saludos y :brindis:

Oscar1966 15-04-2021 08:11

Categoría de diseño frente a zona de navegación
 
Dale un pito a un tonto y verás que pronto se pone a regular el tráfico (o la nautica de recreo).

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