La Taberna del Puerto

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Willy-foc 13-05-2009 12:11

Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)
 
Cita:

Originalmente publicado por Velero Simbad (Mensaje 563803)
Hola Villy Foc

Tengo una empresa de alquiler y he vendido varios barcos mios
A- Haz lafactura por el precio que marque hacienda, de lo contrario os haran una paralela

B- Si el barco tiene 3 años te falta uno para prescriba el impuesto de matriculacion, luego tendras que pagarlo

C- Si lo aguantas un año en 6ª para que te prescriba solo podras ir a bordo con un contrato de alquiler que te tendra que extender el vendedor y por supuesto no cambiarlo de propiedad hasta que pasen los 4 años

Si necesitas alguna aclaracion mas lo dices, aunque ya he visto que te han dado buenos consejos, saludos

Te agradezco el comentario Cofrade, pero este caso no es el mismo, yo comprare un barco en lista 7ª, esta a nombre de una empresa, pero no es un barco de charter.
La empresa pago en su dia el IVA (luego se lo desgravo), y ahora a la venta debera ingresar el IVA de la factura que extendera a mi nombre (16%), la diferencia, creo que reside en que el precio de venta puede ser mas "elastico" y quizas no dependa tanto de las famosas tablas de Hacienda.

Buena mar

Willy-foc
:velero::velero::velero:

TBO 13-05-2009 13:41

Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)
 
Cita:

Originalmente publicado por Willy-foc (Mensaje 563870)
La empresa pago en su dia el IVA (luego se lo desgravo):velero::velero::velero:

Eso no tiene por qué ser así. La empresa pudo pagar el IVA y no deducírselo. Claro en ese caso, ¿qué sentido podría tener que la empresa comprase el barco?. Pues muy sencillo, quizás sí que se lo dedujo en el impuesto como sociedades vía amortizaciones como gasto, y sin embargo no lo imputó al dueño de la empresa como retribución en especie, con lo cual se ahorró el I.R.P.F. correspondiente. Vamos, que son suposiciones simplemente, por supuesto. Pero quiero decirte que el hecho de que una empresa pague un I.V.A., no significa que se lo deduzca, y que pueden existir otros intereses fiscales diferentes en esa operación. Hay muchos I.V.A.s que no son deducibles. Y en ese caso, si la empresa vende ese bien, no debe cobrar el I.V.A., y sí el ITP. Al final, lo qe tú debes mirar es que el precio final que te cobra por el barco, sea con o sin I.V.A., es el que te interesa. Lo lógico también es que en la factura pongáis la valoración del barco según Hacienda.

Un saludo.

Willy-foc 13-05-2009 15:29

Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)
 
Cita:

Originalmente publicado por TBO (Mensaje 563959)
Eso no tiene por qué ser así. La empresa pudo pagar el IVA y no deducírselo. Claro en ese caso, ¿qué sentido podría tener que la empresa comprase el barco?. Pues muy sencillo, quizás sí que se lo dedujo en el impuesto como sociedades vía amortizaciones como gasto, y sin embargo no lo imputó al dueño de la empresa como retribución en especie, con lo cual se ahorró el I.R.P.F. correspondiente. Vamos, que son suposiciones simplemente, por supuesto. Pero quiero decirte que el hecho de que una empresa pague un I.V.A., no significa que se lo deduzca, y que pueden existir otros intereses fiscales diferentes en esa operación. Hay muchos I.V.A.s que no son deducibles. Y en ese caso, si la empresa vende ese bien, no debe cobrar el I.V.A., y sí el ITP. Al final, lo qe tú debes mirar es que el precio final que te cobra por el barco, sea con o sin I.V.A., es el que te interesa. Lo lógico también es que en la factura pongáis la valoración del barco según Hacienda.

Un saludo.

Pues no se que decirte Cofrade TBO:

En principio, no creo que la empresa tenga un interes especial en hacerme factura en lugar de transmision patrimonial.
Parece ser requisito legal (segun el contable), emitir factura de venta con su correspondiente 16%. Logicamente, nadie se beneficia de esta forma de venta (salvo la Agencia Tributaria). Por supuesto yo valoro el precio final IVA incluido (si se pudiera aplicar transmision patrimonial, quedaria mas base imponible para la empresa) que al incluir impuestos y vistos los tiempos que corren, seguro que la base imponible estara algo por debajo de las famosas tablas y esa precisamente es mi duda.

Buena mar

Willy-foc
:velero::velero::velero::velero:

FLINT 13-05-2009 16:31

Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)
 
Whily Foc,

Creo que sí, el problema será del vendedor, Hacienda le exigirá el ingreso del IVA sobre la base que estime que ha dejado de facturar...

Tu, como el IVA ese que pagas, no te lo deduces (compra particular), pienso que Hacienda no te va ha hacer nada.

Tu compras por un precio y lo pagas, punto. El problema será para el que vende por un precio inferior al estimado (y al de mercado) y deja de ingresar un IVA.

Velero Simbad 13-05-2009 22:17

Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)
 
Hola Willy foc

Perdon, si esta en 7ª no tienes ningun problema, alla el vendedor con lo que hiciera en su dia con el iva, si te vende como empresa te tiene que facturar, y llevara un iva que te tiene que deducir del precio que acordarias, saludos

TBO 13-05-2009 23:42

Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)
 
Cita:

Originalmente publicado por Willy-foc (Mensaje 564063)
Pues no se que decirte Cofrade TBO:

En principio, no creo que la empresa tenga un interes especial en hacerme factura en lugar de transmision patrimonial.
Parece ser requisito legal (segun el contable), emitir factura de venta con su correspondiente 16%. Logicamente, nadie se beneficia de esta forma de venta (salvo la Agencia Tributaria). Por supuesto yo valoro el precio final IVA incluido (si se pudiera aplicar transmision patrimonial, quedaria mas base imponible para la empresa) que al incluir impuestos y vistos los tiempos que corren, seguro que la base imponible estara algo por debajo de las famosas tablas y esa precisamente es mi duda.

Buena mar

Willy-foc
:velero::velero::velero::velero:

Un mismo bien no puede tributar dos veces por IVA. Si la empresa no se dedujo el IVA de la compra del barco, porque consideró que el mismo no iba a estar afecto de forma exclusiva a la actividad de la empresa, cuando lo vende, dicha venta está exenta de IVA. Si esa venta la realiza a otra empresa, que considera que sí que va a dedicar ese bien a su actividad de forma exclusiva, se puede renunciar a dicha exención, porque así se ahorra el ITP, a cambio de soportar un IVA que se deducirá. ¿Cuál puede ser el interés de la empresa en facturarte un IVA, siendo tú un partcular?. Pues muy sencillo, quedarse con ese IVA en el bolsillo y no decararlo. Date cuenta que el ITP está transferido a las CCAA, que la conexión entre estas y Hacienda, de momento es casi inexistente, y que tú, como particular, no vas a presentar el 347, en el que declararías los terceros con más de 3.000 € de operaciones. Tiene sus riesgos, claro está, pero tú no sabes los piratas qe hay en tierra. Pero por otra parte, yo creo que lo más probable es que esa empresa esté siendo honesta.

Un saludo.

compay 14-05-2009 21:35

Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)
 
Si yo compro un barco a una empresa en lista 7ª ni se si se ha desgravado el IVA ni tengo porqué saberlo, lo que tengo que hacer es pagar el precio y el impuesto correspondiente, que en este caso será una vez tratado con el vendedor el que ambos consideremos adecuado, o el que me exija el vendedor que tiene mas conocimiento ,por lo que sei hacemos un contrato con transferencia de propiedad y pago de ITP en mi lugar de residencia, distinto al de puerto del barco y lugar de domicilio de la empresa ,entiendo que pagando segun tablas de hacienda poco o nada tengo que temer de hacienday de las correspondietes inspecciones.Como decia en anteriores post.
SAludos

LP706 14-05-2009 22:43

Re: Comprar un barco a una empresa (Consulta)
 
Hola a todos:

Si compras a una empresa y te hace la factura por el precio real, con su IVA, no tienes nada que temer, ni tienes que pagar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales.
Pide que te haga la factura con el IVA desglosado, he visto casos en los que si ponen "IVA INCLUIDO" han tenido problemas.
Si en la venta hay otras condiciones que te interese tener controladas, como garantías, no existencia de osmosis, equipamiento incluido en la venta, descripción de embarcación auxiliar y motor de la auxiliar y muchos etc. que son posibles, deberíais plasmarlas en algún documento, contrato o como quieras llamarlo.

Saludos.


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