La Taberna del Puerto

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LSV 29-11-2009 23:28

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Cita:

Originalmente publicado por Tatatoa (Mensaje 707932)
Planteatelo de esta forma.

Un médico extranjero monta una consulta en España, ¿podrá un ATS ejercer de cirujano?.

Ojo, que solo se pretende dar servicio a ciudadanos que no sean españoles, porque ahora hay muchos.
:brindis:

Si el médico monta la consulta en la embajada de su pais... osea trabajar en un barco extranjero... si sus leyes lo permiten: Si puede el ATS hacer de cirujano o de embajador plenipotenciario.
La pregunta sigue siendo la misma: dentro de un barco extranjero ¿estás en su pais?.
Creo que el hecho de que todo lo que llevas en el barco no se considera importación dice que es terreno extranjero, así que ¿haría falta firmar a 12,1 millas de tierra o sólo hacerlo dentro del barco?.
LSV.

Tatatoa 29-11-2009 23:59

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Creo entendido que el abanderamiento no quiere decir que el barco sea un trozo del pais de la bandera en aguas extranjeras. (Salvo para la marina de Guerra que si se considera como parte integra del pais de su bandera).

Los barcos con bandera extranjera, en puertos españoles, estan sometidos a las leyes de España en general (salvo en los elementos de seguridad que al parecer se los miran menos :D), pero en cuanto a comisión de delitos tipificados en las leyes españolas, tanto da que sea bandera nacional como extranjera.
:brindis:

LSV 30-11-2009 01:27

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Supongo que serán distintas las consideraciones para los distintos estamentos.
En cuanto al ámbito penal parece claro que no es pais extrajero.
Pero en el ejemplo de lo que llevas en el barco, tengo entendido que una tele o un radar o incluso una bici no debe abandonar el barco o la zona franca portuaria, salvo permiso especial, ya que se consideraría importación en el pais receptor, por lo tanto mientras está en tu barco está en tu pais, económicamente hablando, ante la autoridad de hacienda o equivalente.
Y supongo que ahora con lo de llevar armas en los pesqueros pasará algo parecido.
LSV.

LSV 30-11-2009 01:41

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Anecdota real parecida a este tema:
Durante las olimpiadas de Barcelona un vehículo con matrícula consular de un pais africano colisionó con un vehículo español.
Estando en las proximidades un Policía Municipal que lo vió todo se acercó para intervenir en el accidente.
El conductor que iba a recoger al consul X dijo que su vehículo era terreno consular y por tanto el guardia no tenía autoridad dentro de su pais, ni para pedirle documentación ni para obligarle a hacer un parte de accidente.
Legalmente así era. Puñetera inmunidad diplomática.
El guardia le confirmó que tenía razón y que no saliera y no se identificara pero que el terreno que pisaba era español y allí mandaba el guardia.
Así que colocaron cruzados dos coches patrulla, uno delante y otro detrás y allí se quedó hasta que vino una orden superior a través del consulado y del gobierno al Ayuntamiento y de ahí a la GU.
Las dos horas y pico que se pasó allí bloqueado no se las quita nadie, (y el embajador a casa en taxi).
Sé que lo de los consulados y embajadas es cosa aparte pero es un caso ilustrativo curioso.
LSV.

Vidal Mestre 30-11-2009 07:08

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Buenos dia de nuevo:
Corfú: Cuando un producto o bien , está dentro de un país, mas tiempo de lo permitido por ley, se considera una importación , consulta realizada en Agencia Tributaria, vease Aduanas.
Un título de recreo no es válido para un trabajo renumerado, no hay que polemizar más.
En este país, barco español, título español, sino es que vengas de vacaciones y alquiles un charter.
Un tema es visitar un país y otra es tener el puerto base definitivo aquí, con bandera de país paraiso fiscal, Mallorca está lleno de estos, te repito la Agencia Tributaria , lo esta persiguiendo, la pela es la pela.
Otro tema es lo que se ha permitido realizar, hasta ahora, como nos dan vida, el turismo puede hacer lo que quiera, solo faltaria, saltarse la ley, navegar sin titulación, no sea que se nos vayan a otro lado y no dejen sus Euros aquí.
Saludos

ENRICACION 30-11-2009 14:36

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Puedes trabajar con el título que pida el país de esa bandera
Otra cosa es que ese barco, bandera extranjera y tripu extranjera, pueda ejercer profesionalmente en España
Pero ahi están, en algunos puertos
¿cómo ?
Esa es la pregunta. Supongo que jugando con los plazos máximos de permanencia en un país distinto al de la bandera. Entrando y saliendo
Y la segunda cuestión es dónde tributa. Si es empresa extranjera ejerciendo en España, o se ha dado de alta en España. Esto segundo lo veo más complicado, porque ya no sería inmediatamente bandera extranjera
CONCLUSIONES, Todo barco bandera extranjera profesional, podrá enrolar a los que su país le exija como titulados, o no, y siempre tributará en ese país. No me cuadra de otra forma.

Jadarvi 30-11-2009 16:45

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Por ejemplo, en cuanto a charter bajo bandera extranjera en España, el caso que yo conozco es Baleares, donde si la bandera es comunitaria, se puede ejercer la actividad bajo bandera extranjera con autorización expedida por la Conselleria de Transport i Mobilitat, que exige básicamente que el barco esté asegurado, cumpla con la normativa española en materia de seguridad y la actividad liquida su tributación en España por conceptos de IVA e IRPF o Impuesto de Sociedades. La autorización debe de renovarse anualmente.

Por otra parte, sigo buscando esa sentencia o resolución que recuerdo haber leído pero no dónde la leí... maldita memoria... :cagoento::cagoento::cagoento:

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Vidal Mestre 30-11-2009 18:32

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
También interesaria conocer esa sentencia, si se aplica jurisprudencia, es un tema bastante liado
Hasta pronto

xose 30-11-2009 21:38

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 708682)
Por otra parte, sigo buscando esa sentencia o resolución que recuerdo haber leído pero no dónde la leí... maldita memoria...

¿ te refieres a esta ? : http://www.nauticalegal.com/resols/p...rofesional.pdf

saludos,

Tupac A. 30-11-2009 22:49

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
El barco se rige por la legislacion de su bandera. Asi lo establece el articulo 10.2 del Codigo civil.

Por tanto, lo que habras de demostrar a la GC, Capitania, Hacienda y/o los Juzgados Contencioso-Administrativos es que tu tienes una relacion laboral o profesional con el armador de acuerdo con la legislacion del pais de abanderamiento. Que cumplas o no con los requisitos de titulacion del pais es cosa de las autoridades de ese pais.

Esto es asi de acuerdo con la Ley. Lo que tambien es posible es que te cueste un poco hacer valer el Derecho y evitar que precinten el barco de tu armador hasta que te de la razon un juez. Solve et repete.

Saludos:brindis:

pakito56 01-12-2009 01:53

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Cita:

Originalmente publicado por Vidal Mestre (Mensaje 708325)
Buenos dia de nuevo:
Corfú: Cuando un producto o bien , está dentro de un país, mas tiempo de lo permitido por ley, se considera una importación , consulta realizada en Agencia Tributaria, vease Aduanas.
Un título de recreo no es válido para un trabajo renumerado, no hay que polemizar más.
En este país, barco español, título español, sino es que vengas de vacaciones y alquiles un charter.
Un tema es visitar un país y otra es tener el puerto base definitivo aquí, con bandera de país paraiso fiscal, Mallorca está lleno de estos, te repito la Agencia Tributaria , lo esta persiguiendo, la pela es la pela.
Otro tema es lo que se ha permitido realizar, hasta ahora, como nos dan vida, el turismo puede hacer lo que quiera, solo faltaria, saltarse la ley, navegar sin titulación, no sea que se nos vayan a otro lado y no dejen sus Euros aquí.
Saludos

Buenas noches:brindis: para todos
sobre legislacion laboral :brindis::brindis:tu puedes residir en España y trabajar en una empresa extranjera sin ningún problema,yo conozco una empresa en tarragona que se dedica al transporte de quimicos que los conductores son españoles y la empresa los contrata en Tarragona y los contratos se firman en Suiza tributan en suiza y cobran en francos suizos
o sea en cuanto a legislacion laboral no hay ningún problema, el problema lo tenemos solamente con el abanderamiento, y si el país del barco no especifica que el patrón tiene que ser profesional no tiene por que haber ningún problema :nosabo::nosabo: :rolleyes:

Jadarvi 01-12-2009 02:05

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Cita:

Originalmente publicado por xose (Mensaje 709010)

Pues sí... a esta me refería, muchas gracias... lo curioso es que aquí habla de capitán de yate profesional... titulación que no existe en este país... supongo que quien respondió a esta consulta vinculante no navegaba y se debía de referir a un titulado náutico profesional... aunque nunca se sabe... :nosabo:

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Jadarvi 01-12-2009 02:07

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Cita:

Originalmente publicado por Tupac A. (Mensaje 709093)
El barco se rige por la legislacion de su bandera. Asi lo establece el articulo 10.2 del Codigo civil.

Por tanto, lo que habras de demostrar a la GC, Capitania, Hacienda y/o los Juzgados Contencioso-Administrativos es que tu tienes una relacion laboral o profesional con el armador de acuerdo con la legislacion del pais de abanderamiento. Que cumplas o no con los requisitos de titulacion del pais es cosa de las autoridades de ese pais.

Esto es asi de acuerdo con la Ley. Lo que tambien es posible es que te cueste un poco hacer valer el Derecho y evitar que precinten el barco de tu armador hasta que te de la razon un juez. Solve et repete.

Saludos:brindis:

Eso es lo que yo pienso... pero no lo tenía claro del todo, y menos cuando en la conversación había cuatro opiniones diferentes emitidas por cuatro abogados diferentes...

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Tupac A. 01-12-2009 05:46

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Cita:

Originalmente publicado por Vidal Mestre (Mensaje 707382)
Un barco con bandera extranjera, solo puede estar 3 meses en un puerto extranjero, sino se considera importación.

Que norma dice eso de los tres meses?

Yo tengo entendido que un barco extranjero puede pasarse la vida en un puerto del Estado español, mientras su patron no sea residente. Si el patron pasa seis (no tres) meses en el barco, entonces deviene residente fiscal y ahi es cuando se considera que hay importacion y tiene obligacion de matricular.

Con un coche lo mismo. Puedes tenerlo todo el tiempo que quieras mientras el que lo conduzca no sea residente.




Cita:

Originalmente publicado por Vidal Mestre (Mensaje 707382)
Un título español, solo permite abanderamiento español.

Para abanderar en cualquier pais (por ejemplo, yo personalmente conozco USA y Reino Unido) no necesitas titulo de ninguna clase. Se que en Belgica tampoco. No se mas paises, pero estoy seguro que la tonica es como en estos que cito, no como lo que exige el Estado español. Es mas, yo diria que incluso ahi puedes abanderar un barco sin tener ningun titulo (otra cosa es patronearlo, para lo cual tendras que contratar un profesional).

Cita:

Originalmente publicado por Vidal Mestre (Mensaje 707382)
Como no sea abanderamiento de Somalia, los demás paises, necesitas una titulación

Inexacto. En Reino Unido, la mayoria de los estados de USA, Dinamarca, Holanda, Australia, etc. no es necesaria ninguna titulacion.

Cita:

Originalmente publicado por Vidal Mestre (Mensaje 707382)

Para trabajar aquí, alta de seguridad del mar, etc etc, por cuenta ajena, claro
Aparte titulación profesional, de momento CY, no lo es.

Si el barco es extranjero, se rige por sus propias leyes (art.v 10.2 del Codigo civil), aunque este aqui. Es decir, trabajar en un barco de pabellon ingles no es "trabajar aqui" aunque el barco este aqui.


Cita:

Originalmente publicado por Vidal Mestre (Mensaje 707382)
No te compliques la vida, que eso esta trillado del todo con títulos recreativos.
Con que tipo de contrato vas a cobrar, con la legislación española ?
Con la extranjera, pues depende de cada abanderamiento del barco, pero solo tres meses
Todo lo demás no es legal
Espero aclararlo

La unica complicacion es que hasta que te de la razon un Juzgado Contencioso-Administrativo por el camino puedes encontrarte GC y funcionarios de Hacienda y Capitania ignorantes (o prevaricadores) que te amarguen la vida hasta que recibas la sentencia.

:brindis:

Vidal Mestre 01-12-2009 07:09

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Buenos dias Tupac
Gracias por tu punto de vista.
De todas formas, montalo como quieras, pero cuando haya un problema, un incidente, cualquier complicación, tengas toda la documentación en regla, porque ni las autoridades, ni compañias de seguros, van a ir con la buena fé, de que en el país de abanderamiento extranjero, no hace falta ninguna titulación, para navegar en España, me gustaria saber de casos que se hayan producido incidentes.
Veras como todo se vuelve en contra.
Lo que hay que hacer es tener titulación para patronear, o sino, vamos todos a título Canadiense, y nos dejamos de polémicas.
Sería la solución, no ?

windi 01-12-2009 07:32

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Y, ¿por qué no lo contratan como animal de compañía? Luego, como sabe navegar, saca de paseo al amo en su barco... :nosabo:

Jadarvi 02-12-2009 13:28

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Bueno, yo sigo haciendo mis averiguaciones y, de momento, tengo un par de cosas más o menos claras:

A) Un patrón en posesión de un título deportivo náutico español tiene atribuciones para patronear cualquier embarcación de la bandera que sea siempre que no rebase los límites atributivos de su titulación. Ojo, no estamos hablando todavía de hacerlo cobrando.

B) Sólo aquellos en posesión de una titulación española pueden patronear un barco abanderado en España, si bien en virtud de la adhesión de nuestro país al Convenio SCTW, se reconocen en nuestro país las atribuciones otorgadas a los poseedores de una serie de titulaciones extranjeras recogidas en la correspondiente Orden FOM que regula las titulaciones náutico-deportivas en nuestro país. Ojo con los intentos de convalidación de títulos extranjeros obtenidos por residentes en España con posterioridad al inicio de esa residencia... en principio, está crudo.

C) Las condiciones para trabajar a bordo de un buque, independientemente del cargo que se ocupe, vienen establecidas por la Ley del país de bandera, pero nos referimos aquí a las condiciones para acceder al cargo, pues las condiciones en que se preste el trabajo y liquidación de tributos en principio corresponde al país de residencia del empleado, aunque sería conveniente estudiar cada caso.

Ahora falta conocer cuáles son los requisitos para actuar como patrón profesional en una embarcación de menos de 24 metros en los países de nuestro entorno.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

migueltronic 02-12-2009 20:31

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Muy bien, Jadarvi....:cid5:

Esto poco a poco se va aclarando.:gracias:
A ver si al final nos vamos a llevar una agradable sorpresa:santo:.

SALUD y :brindis:

Jadarvi 03-12-2009 15:52

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Otra averigüación... la que tenía más a mano, en UK no hace falta tener un título profesional para trabajar como patrón en un barco de menos de 24 metros, siempre que no se dedique a charter ni otras tareas comerciales.

Es decir, que lo que nos planteábamos el otro día en la barra y entre cañas .... es posible... aunque, como todo, con condicionantes y, como todo en lo que interviene el derecho, estudiando cada caso en particular ...

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

windi 03-12-2009 16:18

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Joé, cómo me gusta este hilo..

Sólo me falta la comparecencia de Hirondelle :cunao:

Jadarvi 03-12-2009 16:35

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Cita:

Originalmente publicado por windi (Mensaje 711577)
Joé, cómo me gusta este hilo..

Sólo me falta la comparecencia de Hirondelle :cunao:

A ver si la convenzo para que se pase por aquí... porque Kddas no se pierde ni una... ;)

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Vidal Mestre 03-12-2009 16:41

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Buenas Javardi
El título en questión era "Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español "

Este está mas que claro, no ?
O tienes aún dudas ?

Jadarvi 03-12-2009 19:39

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Vidal Mestre,

El tema de los 24 metros y UK es importante como precisión, porque simplemente es que, según se me ha explicado, no se requiere titulación específica y, por tanto, se aceptan también los títulos extranjeros.

Otra cosa es si te pasas de esos metros, en cuyo caso ya se exige encesariamente un título con habilitación comercial, no necesariamente británico...

Ya te digo que la hipótesis es la que es, y falta mucho por comprobar... ahora, si tú conoces leyes de otros países también te agradecería que nos lo comunicases.

En fin, que si crees que estoy intentando llevarte necesariamente la contraria, no es así... y también sé que un caso no significa que en otros países sea igual...

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Yuyul 20-01-2010 17:12

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Seguimos... Entonces, español con RYA commercial podria trabajar en españa en barco de bandera inglesa, haciendo charter (su titulo es adecuado a la bandera), p e, donde los clientes suben y baja ¡n en suelo español siendo la empresa española pero el armador que cede el barco es ingles con residencia en inglaterra??

siento lo espeso de la pregunta...

Barco: ingles
Armador: residencia inglesa
patron: español
titulo del patron: ingles
empresa: española
zona de operacion: españa

Tupac A. 20-01-2010 17:25

Re: Trabajar en un barco de bandera extranjera con título deportivo español
 
Cita:

Originalmente publicado por Yuyul (Mensaje 744408)
Seguimos... Entonces, español con RYA commercial podria trabajar en españa en barco de bandera inglesa, haciendo charter (su titulo es adecuado a la bandera), p e, donde los clientes suben y baja ¡n en suelo español siendo la empresa española pero el armador que cede el barco es ingles con residencia en inglaterra??

siento lo espeso de la pregunta...

Barco: ingles
Armador: residencia inglesa
patron: español
titulo del patron: ingles
empresa: española
zona de operacion: españa

Bon dia!

Si. Pero lo que es seguro es que te parara la GC y te pedira papeles. Entones, para no tener problemas (o mejor dicho, que no los tenga el armador) tendras que tener una relacion laboral o similar, de acuerdo con la Ley inglesa.

Es mas, es probable es que la GC denuncie y que sea luego ante Hacienda que tengas que demostrar que solo eras un empleado. Y para eso es lo que es importante tener los papeles en regla.

Salut! :brindis:


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