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Re: Bandera británica
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Ademas, si algo muy, pero que muy bueno tiene internet, es que se puede poner a la gente en su justo termino, sin que se escondan en el "nosotros", que siempre ha sido el refugio de los vagos, incompetentes, y lo que es peor, de los chorizos. Asi que, el que quiera tener elogios, al menos de mi, que se los gane con competencia, buen hacer, y sobre todo honestidad. Saludos. PD. Para muestra un boton: dice la normativa que se debe inspeccionar "aleatoriamente" un barco de cada 50; ¿tu que pensarias si siempre la aleatoriedad recayese en los barcos cuya documentacion ha sido presentada de forma particular, en vez de por una gestoria que te cobra 700 euros? ¡¡¡ que cosas mas curiosas pasan en el pais de Lazaro de Tormes, Guzman de Alfarache, Jesus Gil, caso fondos reservados, Marianos Rubios, !!!¿sigo...? A buen entendedor... :eek: :eek: :eek: |
Re: Bandera británica
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Re: Bandera británica
TEngo alguna experiencia en abanderar barcos ingleses (no profesional) y te puedo decir que mi experiencia es favorable cuanto a la diligencia y facilidad que encuentras en la administración inglesa, sobre todo cuando se trata de un barco registrado en lo que ellos llaman Part III, es decir en la SSR. algo más dificil es cuando se trata del registro en Part I, para mercantes y también para barcos de placer, pero a nombre de una sociedad o empresa.
Pues bien, en la Part III, es sumamente fácil cualquier trámite y más todavía cursar la baja de un barco, por ahí no tendrás dificultades, basta con que el propietario te firme un simple papel dirigido a: MCA- Registry of Shipping¬Seamen- PO BOX 420- Cardiff CF24 5XR- UK, solicitando la baja y explicando el motivo: Por venta del barco al ciudadano español D......, quien desea abanderar el barco en España, poniendo tus señas para que te envien la baja, y en cuestión de unas semanas, lo debes tener en tu domicilio. Buena idea lo de hacer un contrato en español/inglés. Entonces tal como veo tu operación de compra/venta, lo tal creo que es que venga el propietario para enseñarte el barco, lo ves y si te gusta lo compras, pagas y se envia al mismo tiempo la solicitud de baja.. y en principio todo debe ir normalmente ... sin problemas a no ser que te dieras con un ....:pirata: :cagoento: :cagoento: Suerte y dinos como acaba la historia. |
Re: Bandera británica
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Cada vez está todo más claro. Me queda por averiguar el importe del giro postal que hay que enviar y saber si el "Full Register" del que me habla el dueño es Register Part I, o es otra cosa. Yo le pregunté por la baja en el Small Ship Register y me dijo que no, que tiene Full Register. Pero no me habla ni de Parte I, ni de Parte III. Ya os iré contando cómo va la historia. Salud y buen viento :brindis: :brindis: |
Re: Bandera británica
Por lo que dices el barco esta en Part 1
En part 1 si puede registrarlo un particular lo que pasa que es mas caro. Tiene una serie de ventajas ya que es prueba de propiedad (al contrario del SSR) y si tiene alguna carga tiene que figurar en el registro. Lo mejor que puedes hacer es pedir una copia del registro de ese barco. Si todo esta bien el darlo de baja en Uk es lo mismo que para SSR. Hay un libro muy interesante publicado por la RYA http://www.rya.org.uk/Shop/Cultures/en-GB/G21.htm |
Re: Bandera británica
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¿Puedo yo pedir una copia del registro del barco?, ¿Así sin más, mediante un e-mail?. Me imagino que al Registry of Shipping and Seaman. Me imagino que necesitaré al menos el número de registro (que no lo conozco). Me parece que cuando termine, podremos escribir una guía completa. Salud y buen viento.:brindis: :brindis: |
Re: Bandera británica
Para pedir una copia necesitas el numero de registro y pagar algo pero no recuerdo cuanto es. Lo mejor es que les llames. Los datos son
UK Ship Register Anchor Court, Keen Road, Cardiff, CF24 5JW, UK. Tel: +44 (0)2920 448 800; Fax: +44 (0)2920 448 820 email: rss@mcga.gov.uk Una vez que te lo envien creo recordar que lo que ponga tiene validez por un tiempo determinado.:velero: :velero: :velero: |
Re: Bandera británica
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¿Debe el vendedor facilitarme ese número, para que yo pueda comprobar que el barco está libre de cargas? Es que la marina por aquello de la protección de datos no me lo da, vamos que no da ni el nombre del propietario. Todo es secreto. Aquí cuando vas a comprar un piso, pides una nota simple en el registro, para comprobar que está libre de cargas. También la nota simple tiene una validez limitada. Saludos :brindis: :brindis: |
Re: Bandera británica
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Creo sería de gran utilidad, para los cofrades comenzar a decir en cuales iniciar los trámites, y en cuales nunca bajo ningún prestexto. Mira como son las cosas, yo por ejemplo si me comprara un barco nuevo, o importara uno de un país extranjero para abanderar en España, independientemente de donde fuera a poner luego su base definitiva, por lo que me han contado, sin dudarlo, pasaría por LASTRES. Y si tuviera que pasar por las principales plazas peninsulares del Mediterráneo, siempre me haría acompañar (como indica TariK) de un "buen" gestor, sino ni de coña. Pero este parece ser un tema, al que incluso le tenemos miedo a hablar bajo el anonimato, y nos podría dar grandes ideas. |
Re: Bandera británica
En Part 1 es el nombre del barco y puerto de registro ya que el nombre es unico.
Con esos datos ponte en contacto con el registro britanico y pide una copia. Otro documento importante es el Builder's Certificate. es un documento oficial en el que figuran las medidas, peso y motorizacion del barco. Si el propietario lo conserva te sera de gran utilidad ya que cuando, pensando en el futuro envie por fax a Capitania los documentos de mi barco para ver que hacia falta para una hipotetica matriculacion en España me dijeron que con el Builder´s Certificate y la baja a mi nombre en el registro britanico valia. |
Re: Bandera británica
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La primera es un Certificado del British Register (donde se especifica que no constituye prueba de propiedad legal, pero algo prueba) y la otra, una transcripción literal del registro de un barco británico, donde figura la fecha de la baja en el registro y el nombre del propietario. Se deduce (la memoria no me da para tanto) que el certificado irve para firmar el contrato de compaventa y la transcripción literal del registro, para realizar el cambio de bandera. El certificado debió de ser lo que se recibió a vuelta de fax y la baja es posterior. Siento no poder serte de más ayuda :brindis: |
Re: Bandera británica
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Re: Bandera británica
En la linea que dice Otilio, en el registro britanico (SSR) son personas muy dispuestas. Puedes hablar con alguien y avisarle que le enviaras la solicitud de baja para que conteste enseguida. Yo creo que tengo por ahi el contacto de algun funcionario del Registro. Si no lo encuentras por otro lado dimelo y lo busco.
Por otro lado, antes de complicarte con el credito documentario, ten en cuenta que en el Reino Unido no es obligatorio tener el barco registrado y que se hace por internet como si nada, pagando 12€. Mas facil que comprar un DVD en amazon. Por tanto, si el trato es serio es muy posible que al ingles le convenga mas venir con la baja "puesta" que hacer la operacion en dos tandas. (Ademas, si lo haces con paga y señal tendras que poner en el contrato el precio completo y eso te repercutira luego en los costes de matriculacion) Saludos y rondas:brindis: |
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