La Taberna del Puerto

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-   -   Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=12075)

Keith11 08-12-2007 18:26

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
Cita:

Originalmente publicado por Tatatoa (Mensaje 170163)
:brindis:
Pues va a ser que si.

Ya estas desmontando la emisora que pusiste, que supongo de claseD homologada y con DSC, pero a pesar de tener su nº MMSI, y todo lo bien que funciona, NO SIRVE PARA ZONA 2. Tendrás que comprar una nueva de clase B, o A (tadavía no hay muchos modelos homologados y a precios asequibles) y por supuesto el transpondedor de RADAR o en su defecto EMISORA portatil VHF preparada y homologada (otro pastón), Ah...... y por supuesto .... todo debidamente conectado y verificado por un INSTALADOR AUTORIZADO, (más pasta). Si no pues el barco en zona de navegación inferior.

Bueno todo esto a partir del 1 de Enero de 2008.

Alguien se tiene que estar frotando las manos ...:santo: y no precisamente la DGMM...... :adoracion: (Q.D.G.M.A.).

:brindis:

Desde luego, a mi personalmente, en su despacho en capitania, el inspector de radio me dijo literalmente, que amparandose en un resquicio legal que tiene la norma, de momento no van a considerar la necesidad de llevar una VHF clase A (ni B) para la zona 2...

Se asumia que era un equipamiento excesivo para una pequeña embarcacion de recreo sin mas aspiraciones que llegar a las Baleares

A ver en que acaba todo

Saludos

Inspectorate 08-12-2007 19:34

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
Cita:

Originalmente publicado por Keith11 (Mensaje 170401)
Desde luego, a mi personalmente, en su despacho en capitania, el inspector de radio me dijo literalmente, que amparandose en un resquicio legal que tiene la norma, de momento no van a considerar la necesidad de llevar una VHF clase A (ni B) para la zona 2...

Se asumia que era un equipamiento excesivo para una pequeña embarcacion de recreo sin mas aspiraciones que llegar a las Baleares

A ver en que acaba todo

Saludos

Me gustaría conocer ese resquicio legal. Yo no lo he encontrado.

¿Quién es un inspector para imponer un criterio personal sobre lo que dispone una norma?

Un inspector, como cualquier persona, puede tener una opinión respecto de las exigencias de una norma. Pero JAMÁS debe -ni legalmente puede- imponer su criterio sobre la literalidad de la norma.

Todos nos quejamos muchas veces de que somos un país de pandereta, pero todos contribuímos todos los días a que lo sigamos siendo...

Saludos

Keith11 08-12-2007 20:01

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
Cita:

Originalmente publicado por Inspectorate (Mensaje 170436)
Me gustaría conocer ese resquicio legal. Yo no lo he encontrado.

¿Quién es un inspector para imponer un criterio personal sobre lo que dispone una norma?

Un inspector, como cualquier persona, puede tener una opinión respecto de las exigencias de una norma. Pero JAMÁS debe -ni legalmente puede- imponer su criterio sobre la literalidad de la norma.

Todos nos quejamos muchas veces de que somos un país de pandereta, pero todos contribuímos todos los días a que lo sigamos siendo...

Saludos

Ya, pero las normas... o estan redactadas de manera excelsa, con lo cual no cabe interpretacion alguna, o no lo estan, y por lo tanto siempre aparecen, eso, "resquicios", por donde puede entrar entonces la libre interpretacion de la misma

Por desgracia, no abundan las primeras, y sí las segundas... de ahí que hay mucha, muchisima, normativa de toda indole susceptible de ser interpretada...

En cualquier caso, cuando el inspector me contaba lo que comente antes, lo hizo con el texto en la mano, leyendome los articulos pertinentes, y entre ellos, en efecto, habia uno, por el cual dejaba un cierto margen para que la Autoridad competente, en el caso que nos ocupa, pudiera aplicar un criterio mas permisivo con el tema...

Saludos

Tatatoa 08-12-2007 20:31

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
Cita:

Originalmente publicado por Keith11 (Mensaje 170451)
Ya, pero las normas... o estan redactadas de manera excelsa, con lo cual no cabe interpretacion alguna, o no lo estan, y por lo tanto siempre aparecen, eso, "resquicios", por donde puede entrar entonces la libre interpretacion de la misma

Por desgracia, no abundan las primeras, y sí las segundas... de ahí que hay mucha, muchisima, normativa de toda indole susceptible de ser interpretada...

En cualquier caso, cuando el inspector me contaba lo que comente antes, lo hizo con el texto en la mano, leyendome los articulos pertinentes, y entre ellos, en efecto, habia uno, por el cual dejaba un cierto margen para que la Autoridad competente, en el caso que nos ocupa, pudiera aplicar un criterio mas permisivo con el tema...

Saludos

:brindis:
Largo y tendido se discutió en su dia sobre este tema, no se como poner enlace del hilo pero creo recordar que se llamaba:

DSC CLASE A o como sacarnos la pasta.....

Más o menos. Pues bien yo estaba bastante "cabezon" sobre el tema de que no era obligatorio. Despues de estudiar la ley en cuestión he incluso de consultas con Fomento, me quede convencido de la obligatoriedad, lo unico que yo preguntaba y la respuesta era contundente y sin poder replicar (via email). OBLIGATORIO PARA ZONA 2 CLASE B, ó A, (De B no había oido hablar todavía).

pero...... cofrade INSPECTORATE, Lee unica y exclusivamente el R.D. en la parte que reproduzco (copy-pegi de la ley):


SECCIÓN 2.ª EQUIPAMIENTO RADIOELÉCTRICO PARA EMBARCACIONES

DEDICADAS A LA NÁUTICA DE RECREO
Artículo 56.


Zona de navegación 1.
1. Las embarcaciones de recreo autorizadas a realizar
navegaciones por la zona 1, deben estar provistas del
siguiente equipamiento radioeléctrico mínimo:
a) Una instalación radioeléctrica de MF/HF que
pueda transmitir y recibir en la frecuencia de socorro y
seguridad de 2.182 kHz utilizando radiotelefonía, y transmitir
y recibir comunicaciones generales utilizando radiotelefonía
en las bandas comprendidas entre 1.605 kHz y
27.500 kHz atribuidas al servicio móvil marítimo, o en su
lugar una ETB.
b) Una instalación radioeléctrica de VHF capaz de
transmitir y recibir en los canales 16, 6 y 13 en radiotelefonía
y transmitir y recibir comunicaciones generales utilizando
los canales radiotelefónicos del apéndice 18 del
Reglamento de Radiocomunicaciones de la UIT.
c) Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática
y manual.
2. Las instalaciones de MF/HF y VHF indicadas deberán
ser aptas para utilizar las técnicas de LSD a partir del 1
de enero de 2007, salvo las de las embarcaciones que se
exploten con fines lucrativos (de la lista sexta), que lo
serán, a más tardar, tres meses después de la fecha de
entrada en vigor de este reglamento.
37930 Miércoles 1 noviembre 2006 BOE núm. 261
3. A partir del 1 de enero de 2007, estas embarcaciones
deberán disponer, además, de los siguientes
equipos:
a) Un receptor NAVTEX.
b) Un equipo radiotelefónico bidireccional portátil
de VHF.
c) Un respondedor de radar de 9 GHz.
Artículo 57. Zona de navegación 2.
1. Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones
por la zona 2 deben ir provistas del siguiente equipamiento
radioeléctrico mínimo:
a) Una instalación radioeléctrica de VHF.
b) Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática
y manual.
2. La instalación de VHF deberá ser apta para utilizar
las técnicas de llamada selectiva digital a partir del 1 de
enero de 2008, o transcurridos tres meses desde la
entrada en vigor de este reglamento, si se trata de embarcaciones
que se exploten con fines lucrativos (de la lista
sexta).
3. A partir del 1 de enero de 2008, estas embarcaciones
deberán disponer, además, de un equipo portátil bidireccional
de VHF o un respondedor de radar de 9 GHz.
Artículo 58. Zona de navegación 3.
1. Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones
por la zona 3, deben ir provistas del siguiente equipamiento
radioeléctrico mínimo:
a) Una instalación radioeléctrica de VHF.
b) Una radiobaliza de 406 MHz, de activación automática
y manual o únicamente manual.
2. La instalación de VHF deberá ser apta para utilizar
las técnicas de llamada selectiva digital a partir del 1 de
enero de 2009, o transcurridos tres meses desde la
entrada en vigor de este reglamento si se trata de embarcaciones
que se exploten con fines lucrativos (de la lista
sexta).
Artículo 59. Zona de navegación 4.
Las embarcaciones autorizadas a navegar por la zona 4
deben ir provistas, como mínimo, de una instalación
radioeléctrica de VHF apta para utilizar las técnicas de llamada
selectiva digital a partir del 1 de enero de 2009.
Artículo 60. Zona de navegación 5.
Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones
por la zona 5 deben ir provistas de una instalación
radioeléctrica de VHF, fija o portátil, a partir del 1 de enero
de 2007. Si la instalación es de tipo fijo, deberá ser apta
para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partir
del 1 de enero de 2009.
Artículo 61. Embarcaciones dedicadas a regatas náuticas.
Sin perjuicio de lo indicado en los artículos anteriores
de esta sección, las embarcaciones que vayan a participar
en competiciones deportivas náuticas, deben ir provistas
de los equipos considerados adecuados por la Dirección
General de la Marina Mercante si se trata de regatas transoceánicas
o de la Capitanía marítima de primera cuando
se trate de regatas de ámbito local o regional, siempre
teniendo en cuenta el tipo de regata y la zona por donde
vayan a realizar las navegaciones. La Administración
marítima podrá establecer también condiciones de escucha
o controles radioeléctricos que deben utilizar los participantes.


Creo que no se ve nada que indique que los equipos deberan de ser obligatoriamente de clase A. o B he incluso de D.

Logicamente si te sumerges en la Ley...... Tal vez llegues a la conclusión que se debe de disponer asi mismo el titulo de operador de radio restringido para poder llevar todo en regla.

En fin....... solo es una ley, pero como dicen muchos abogados:

LEY SOLO HAY UNA, PERO SON MULTIPLES SUS INTERPRETACIONES.

De todas formas Cofrade INSPECTORATE, se agradecen muchisimo tus intervenciones, y como bien dices tu obligación es trabajar con las herramientas que te proporcionan, y que tú no eres nadie (aunque mal te sepa) para hacer las cosas de otra forma (más o menos ¿no?).

:brindis: :brindis: :brindis:



Inspectorate 08-12-2007 21:17

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
Amigo Tatatoa:

En los foros, lo normal es que alguien llegue y plantee una duda en un hilo que abre en ese momento.

En alguna ocasión, otros ponen su duda en un topic ya abierto que guarda o cree que lo hace, cierta relación con su duda. Pero aun en estos casos, pocos son los que se leen todo desde el principio. Se van a la última página y preguntan.

En relación con esto, a mí ya me resulta algo cansado repetir lo mismo una y otra vez.

Yo comprendo que la gente que lo que quiere es pasarlo bien con su barco y que nada tienen que ver con el Derecho, si le pones la norma en la mano y ve que hay un apartado como el que has copiado, no vea nada más.

Pero eso no es así y, en efecto, como ya he dicho:

Artículo 52.3 aptdo a)

Los equipos de radiocomunicaciones y dispositivos de salvamento obligatorios en los buques de recreo de las zonas de navegación 1 y 2, en los buques de carga y de servicios de puerto de la clase T, en todos los buques de pesca de litoral, altura y gran altura, y en todos los buques
de pasaje, deberán cumplir los requisitos exigidos por el Real Decreto 809/1999, de 14 de mayo, y disponer del marcado de conformidad reproducido en su anexo C.

Y es que, los que tenemos responsabilidades en la aplicación de estas normas tenemos y debemos (aunque alguno no lo haga) estudiarlas concienzuda y rigurosamente, pues, lo contrario se traduce en arbitrariedad y requerimientos injustos para con los ciudadanos.

Amigo Keith11, dices:

Cita:

Ya, pero las normas... o estan redactadas de manera excelsa, con lo cual no cabe interpretacion alguna, o no lo estan, y por lo tanto siempre aparecen, eso, "resquicios", por donde puede entrar entonces la libre interpretacion de la misma
Efectívamente, y por lo tanto, a la vista de la literalidad del artículo que he citado arriba, te agradecería mucho -de veras- que, si tienes la oportunidad de hablar de nuevo con ese compañero inspector, anotaras la referencia a ese resquicio del que te habló.

Por mi parte, lo que tenía que decir en relación con este tema está dicho.

Un saludo a todos.

Tatatoa 09-12-2007 00:41

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
:brindis:

por mi parte tambien, no hay la menor duda. OBLIGATORIO PARA NAVEGACION EN ZONA 2, emisora VHF homologada SOLAS CLASE A o B.

Muy a nuestro pesar y a nuestro bolsillo.


TENEMOS QUE EMPEZAR A PLANEAR EL GRUPO DE COMPRAS PARA CONSEGUIR BUEN PRECIO PARA LAS EMISORAS EN CUESTION.


:brindis:

Alambique 09-12-2007 01:49

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
Lo volveré a repetir.

Mi barco, comprado nuevo en febrero de este año 2007 no ha habido forma de matricularlo en zona 2.

La única razón que se me ha dado es porque mi VHF no es clase A. (Por supuesto que todo el resto de normativa como balsa, radiobaliza etc. lo tengo en regla).

Y os aseguro que he dado la lata en Capitanía todo lo que he podido. Al final lo he dejado por imposible.

Y se da la curiosa circustancia de que recientemente he sacado el título de Capitán y me he comprado un 42 pies y resulta que no puedo ir tan lejos como antes que era Patrón de Yate y tenía un 34 pies (pero que sí estaba en zona 2).

Saludos a todos.

Y gracias a Inspectorate por su paciencia.

askarretxe 09-12-2007 01:53

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
inspectorate que te veo muy puesto: está permitida la secrafonía tal y como en estos tiempos lo usan los barcos de pesca?????????? saludos.
g. ask.

Tatatoa 09-12-2007 10:43

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
Cita:

Originalmente publicado por askarretxe (Mensaje 170636)
inspectorate que te veo muy puesto: está permitida la secrafonía tal y como en estos tiempos lo usan los barcos de pesca?????????? saludos.
g. ask.

:brindis: :nosabo: :nosabo: :nosabo: ¿secrafonía?.........que es esto?

:brindis:

Keith11 09-12-2007 18:11

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
Cita:

Originalmente publicado por Alambique (Mensaje 170635)
Lo volveré a repetir.

Mi barco, comprado nuevo en febrero de este año 2007 no ha habido forma de matricularlo en zona 2.

La única razón que se me ha dado es porque mi VHF no es clase A. (Por supuesto que todo el resto de normativa como balsa, radiobaliza etc. lo tengo en regla).

Y os aseguro que he dado la lata en Capitanía todo lo que he podido. Al final lo he dejado por imposible.

Y se da la curiosa circustancia de que recientemente he sacado el título de Capitán y me he comprado un 42 pies y resulta que no puedo ir tan lejos como antes que era Patrón de Yate y tenía un 34 pies (pero que sí estaba en zona 2).

Saludos a todos.

Y gracias a Inspectorate por su paciencia.

Pues el mio, comprado en mayo del 2007 (o sea, despues que el tuyo), sí se ha despachado para zona 2... pero ademas sin tener que "pedir un favor", ni sobornan a nadie:cunao: , ni na deso...

La radio, por supuesto con DSC, pero de clase D

:nosabo: :nosabo: :nosabo:

Yo tambien quiero aprovechar este post para agradecer a inspectorate sus aportaciones, siempre muy rigurosas, muy esclarecedoras y muy utiles, así como su paciencia con todos nosotros...:brindis: :brindis: :brindis:

Entiende que a veces nos pongamos un poco bordes... es que nos tocan la fibra sensible...:cunao:

liman 10-12-2007 00:36

Re: Licencia de estacion de radio, eso que e lo que e
 
Esta claro que la Ley se aplica con criterios diferentes segun las capitanías. O lo que es lo mismo según quien las interpreta, o lo que es lo mismo, según quien tiene mas barcos que cuidar para que no se vayan a otra parte. También en esto Cataluña es diferente. Ojo que lo digo por lo bueno.
Por aqui por el sur, nada de nada. O clase A, o degradación inmediata. Es lo que tenemos. Me siento atracado y con cachondeo encima al ver como de todas las homologaciones de nuestro querido ministerio no hay mas que un modelo disponible y además en casi todos los suministradores a servir ya entrado enero. Osea, que el retraso encima nos costará los euretes del traspondedor de radar. La leche. ¿Como se hace uno venezolano -por decir algo de actualidad-?.:cagoento: :cagoento: :cagoento: :cagoento: :cagoento: :cagoento: :cagoento:


Todas las horas son GMT +1. La hora es 05:09.

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