La Taberna del Puerto

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Velero Simbad 20-05-2015 02:11

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Cita:

Originalmente publicado por illuka (Mensaje 1790804)
La autorización de alquiler la legisla cada Comunidad Autónoma

En la Valenciana
http://www.gva.es/es/inicio/procedim...proc=15088#p_1

Dice:

¿Quién puede iniciarlo?
Interesados/Solicitantes
Las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos al efecto y obtengan la correspondiente autorización administrativa que les habilite para el arrendamiento.

Requisitos
- Ser persona física, no pudiendo otorgarse autorizaciones de forma conjunta a más de una persona ni a C.B., o bien persona jurídica debiendo revestir, en su caso, la forma de Sociedad Mercantil, S.A.L., o cooperativa de trabajo asociado.
- Tener la nacionalidad española, o bien la de un estado miembro de la Unión Europea o de otro país extranjero con el que, en virtud de lo dispuesto en los tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito.

- Cumplir las obligaciones de carácter fiscal establecidas en la legislación vigente.

- Cumplir las obligaciones laborales y sociales establecidas en la legislación correspondiente.

- Suscribir los seguros de responsabilidad civil y accidentes que resulten obligatorios conforme a la legislación vigente.


La autorización de alquiler no es más que una "revisión de papeles en regla" y una nueva mordida al tener que pagar la tasa que se han inventado. Cuando hace años las concedía la Capitania Maritima al menos eran gratuitas

No hace falta ser profesional de nada para poder tener un lista 6ª y alquilarlo. Tan solo necesitas pasar por caja muchas veces.

Pues para no llamarlo profesional :nosabo:

Si quieres lo llamamos profesional a medias :cunao:


Esto pide la Generalitat, ya se que tu lo sabes, yo tambien, pero para el que no lo sepa o crea que ir en 6ª es casi como en 7ª

¿Qué documentación se debe presentar?
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Infraestructuras y Transporte obtenga directamente los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la administración y obligaciones frente a la Seguridad Social, de identificación personal y de residencia, según lo previsto en los artículos 4 y 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público (DOCV núm 6.376 de 14.10.2010). En caso de no autorizarse, se deberá aportar:
** Fotocopia DNI
** Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social

Los documentos a que se hace referencia se presentarán originales o mediante copia compulsada por fedatario u organismo público.

- Impreso oficial normalizado de solicitud.

- Si la solicitud no la firma el propietario, o se trata de una persona jurídica, acreditación de la representación.

- Escritura de constitución de la sociedad titular de la embarcación.

- Una fotocopia compulsada del CIF de la empresa que solicita la autorización.

- Hoja de asiento del registro de buques reciente en la que aparezcan inscritas las facultades de explotación de la embarcación.

- Acreditación del puerto base de la embarcación en una instalación portuaria de la Comunitat Valenciana.

- Justificante del alta censal y, en su caso, último recibo del Impuesto de Actividades Económicas para la actividad de alquiler de embarcaciones (epígrafe 8552).

- Certificado de la compañía aseguradora de que la embarcación dispone del seguro de responsabilidad civil previsto en el Real Decreto 607/1999, de 16 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria para embarcaciones de recreo o deportivas.

- Certificado de la compañía aseguradora de que la embarcación dispone de un seguro de accidentes que cubra a todos los ocupantes, al menos, las mismas contingencias e indemnizaciones previstas en el anexo del Reglamento del seguro obligatorio de viajeros aprobado por Real Decreto 1.575/1989, de 22 de diciembre.

illuka 20-05-2015 10:38

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Por mi parte ya no daré más vueltas a la farola.

Deduzco (pero es deducción mía y es la que me gusta y si alguien deduce otra cosa esta en todo su derecho) que:

Un fontanero o un médico pueden tener un lista 6ª y alquilarlo sin más que rellenar unos formularios y pagar, pagar, pagar, pagar, pagar ..........
Si no vas a obtener ingresos por alquiler, pasa a 7ª o mejor a bandera extranjera.
Esto ya lo ponía al principio del post en la primera vuelta a la farola.

Ha sido mi última vuelta a esta farola.

Velero Simbad 20-05-2015 11:01

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Yo también le doy la ultima vuelta aportando algo que se ha pasado por alto... tanto beber y beber :cunao:
Con tu 7ª navegas libremente, puedes quedar con un amigo en Gerona o La Gomera y embarcarlo, con un 6ª necesitas un permiso de cada comunidad para embarcar a alguien, el de Baleares es fácil de conseguir porque allí hacen la vista gorda en muchas cosas porque viven del turismo, pero en otros sitios no podras demonstrar que tu base es esa comunidad y te tendras que arriesgar a una multa si te pillan.

:brindis:

Salat 20-05-2015 12:27

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Que animalada!

Permiso lo necesitas si haces un checkín/out en esa comunidad.

Si vas por tu cuenta (uso particular) e invitas a un amigo, no.

Y si un cliente hace el check-in/out en tu puerto y se va a navegar a otra comunidad y vuelve tampoco necesitas permiso de esa comunidad.

A mi tambien me gustaría que fuera la última vuelta a la farola, pero siempre que en el último mensaje no se lleve a confusión

:brindis:

Javito1968 20-05-2015 12:39

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Yo estoy con Illuka en esto. Creo que es lo mas claro y lo demas es discutir por discutir. Te vas a horrar un monton de papeleos y requisitos.

Si no vas a obtener ingresos por alquiler, pasa a 7ª o mejor a bandera extranjera.

Velero Simbad 20-05-2015 21:45

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Cita:

Originalmente publicado por Javito1968 (Mensaje 1790927)
Yo estoy con Illuka en esto. Creo que es lo mas claro y lo demas es discutir por discutir. Te vas a horrar un monton de papeleos y requisitos.

Si no vas a obtener ingresos por alquiler, pasa a 7ª o mejor a bandera extranjera.

Yo también estoy de acuerdo y el próximo año si no ha cambiado nada me pasare a Holandesa

:brindis:

Velero Simbad 20-05-2015 22:01

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Cita:

Originalmente publicado por Salat (Mensaje 1790920)
Que animalada!

Permiso lo necesitas si haces un checkín/out en esa comunidad.

Si vas por tu cuenta (uso particular) e invitas a un amigo, no.

Y si un cliente hace el check-in/out en tu puerto y se va a navegar a otra comunidad y vuelve tampoco necesitas permiso de esa comunidad.

A mi tambien me gustaría que fuera la última vuelta a la farola, pero siempre que en el último mensaje no se lleve a confusión

:brindis:

Pues una vuelta mas, que se le va a hacer

[color="Red"]Las embarcaciones deben tener puerto base asignado en una instalación portuaria de la Comunitat Valenciana. Son embarcaciones de base aquellas que tienen autorizada la estancia en el puerto durante uno o más semestres naturales. Se entenderá que tienen autorizada su estancia como embarcación de base aquellas que en tal concepto hayan sido dadas de alta por la Administración Portuaria (art. 37.3 de la Ley 1/1999, de 31 de marzo, de la Generalitat Valenciana, de Tarifas Portuarias).

- La autorización se otorga por dos años contados desde la fecha de esta resolución para el transporte marítimo que se lleva a cabo exclusivamente entre puertos o puntos de la Comunitat Valenciana sin conexión con puertos o puntos de otros ámbitos territoriales.[/COLOR]


Ademas tiene gracia, cuando los daba Fomento valían para todo el territorio nacional, para eso tenias un barco en zona 2 :cunao: ahora a embarcar solo en tu comunidad.

De animalada nada Salat, ya hay quien ha sido sancionado por embarcar el típico cliente que te dice que el acude en avión a Ibiza, y entiende lo que digo, yo hablo de los días que va a estar el barco alquilado, no de si vas tu a nivel particular, pero como tropieces con algún guardia civil con ganas de lio vas a sudar, la edad que tu tienes es la que llevo yo alquilando barcos :cunao: alguna cosa he visto :sip:

:brindis:

Salat 20-05-2015 23:44

Respuesta: Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Cita:

Originalmente publicado por Velero Simbad (Mensaje 1790895)
Yo
Con tu 7ª ... puedes quedar con un amigo en Gerona o La Gomera y embarcarlo, con un 6ª necesitas un permiso de cada comunidad
:brindis:

Cita:

Originalmente publicado por Salat (Mensaje 1790920)
Que animalada!

Permiso lo necesitas si haces un checkín/out en esa comunidad.

Si vas por tu cuenta (uso particular) e invitas a un amigo, no.

Y si un cliente hace el check-in/out en tu puerto y se va a navegar a otra comunidad y vuelve tampoco necesitas permiso de esa comunidad.
:brindis:

Cita:

Originalmente publicado por Velero Simbad (Mensaje 1791195)
De animalada nada Salat, ya hay quien ha sido sancionado por embarcar el típico cliente que te dice que el acude en avión a Ibiza, y entiende lo que digo, yo hablo de los días que va a estar el barco alquilado, no de si vas tu a nivel particular, pero como tropieces con algún guardia civil con ganas de lio vas a sudar, la edad que tu tienes es la que llevo yo alquilando barcos :cunao: alguna cosa he visto :sip:
:brindis:

Creo que queda claro, supongo que la confusion viene de que consideras a tus clientes como amigos, genial, todo aclarado

:brindis:

Velero Simbad 21-05-2015 01:08

Re: Respuesta: Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Cita:

Originalmente publicado por Salat (Mensaje 1791237)
Creo que queda claro, supongo que la confusion viene de que consideras a tus clientes como amigos, genial, todo aclarado

:brindis:

No se que quieres decir, pero no confundo nada, aunque muchos clientes han llegado a ser amigos, clientes son clientes y amigos, amigos...

Dare un ultimo consejo al que quiera tener un 6ª, tu dices:

Y si un cliente hace el check-in/out en tu puerto y se va a navegar a otra comunidad y vuelve tampoco necesitas permiso de esa comunidad

Pues ojo, tu no sabes lo que hace el señor al que le has alquilado el barco, puede embarcar gente en cualquier sitio y si lo pillan va a pagar el armador, amen de todas las cosas que puede hacer alguien con un barco alquilado, el profesional y mas si tienes una S.L o S.A tiene ese riesgo pero tiene la protección de la sociedad que en ultimo caso responderá por el capital escriturado, pero el particular que alquile un 6ª ocasionalmente y que lo tenga a su nombre será responsable personalmente, yo me lo miraría mucho.

:brindis:

guiller 21-05-2015 06:59

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Cita:

Originalmente publicado por Sin barco (Mensaje 1789828)
Unas :brindis: para todos,

Quisiera saber si es posible comprar un barco de lista 6 y navegar como particular sin pasarlo a lista 7.

Que consecuencias tiene esto? Se puede hacer? Supongo que estará como empresa, o no tiene porque?

Gracias por los consejos

Despues de leer todo el hilo, mi pregunta es:
Porque ese interes en mantenerlo en 6ª
Si todo son desventajas para el particular.
Y con 7ª no hay problemas, y ademas menos gastos ( revisiones, inspecciones, sqnciones etc..)
La verdad no lo entiendo, salvo que detras busques "Algo mas"
:brindis:

Andy Cook 21-05-2015 09:25

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Ningún interés en mantenerlo en lista 6ª. Tan solo quería conocer las consecuencias y las diferentes opciones al comprar un barco de esta lista con el objetivo que tenemos que es organizar una sociedad náutica o club de navegación entre varios participantes.

Lo que si me queda claro es que este tema ha dado mucho para polemizar, y que existe un gran desconocimiento por parte de mucha gente, así que el tema ha dado su juego.

Gracias a todos

argos0 23-05-2015 00:36

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Buenas una pregunta simple si despues de ser 7ª se pasa a 6ª con todos los impuestos pagados y demas en regla resulta interesante para sacar los gastos del barco y si el q alquila el barco la lia hasta donde es respoonsable el armador ????
:brindis::brindis::brindis::gracias:

Velero Simbad 23-05-2015 00:47

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Cita:

Originalmente publicado por argos0 (Mensaje 1792036)
Buenas una pregunta simple si despues de ser 7ª se pasa a 6ª con todos los impuestos pagados y demas en regla resulta interesante para sacar los gastos del barco y si el q alquila el barco la lia hasta donde es respoonsable el armador ????
:brindis::brindis::brindis::gracias:

Yo creo que ya esta contestado, no pasa nada, pero yo me protegería con una S.L, responder con mi patrimonio y/o nomina :nop: esto cualquier abogado te lo puede aclarar mejor.

:brindis:

neomarino 04-08-2015 18:53

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
yo creo q el preguntante, como yo, queria saber la posibilidad de mantenerlo como posible negocio secundario, o tal vez por la comodidad de no tener q pasar a 7.

lo del negocio, mas o menos, seria como cuando tienes un trabajo, pongamos en nomina, para ser ilustrativo, y te invitan a dar algunas conferencias por ahi sobre tu tema, de forma remunerada... no vas a darte de alta de autonomos, iae, iva y todo por 1000 euros anuales! yo mismo lo declaraba en la renta y ya esta, pq es secundario a tu ingreso¿algun consejo personal? es un bou de 4.35 de eslora q compro para aprender con ilusion. no estaria mal q me ayudase con 100€ de vez en cuando, sin profesionalizarlo principal.

pues eso... tener una barca para ti, y 2 o 3 veces al año le sale un bolo! pues irpf y tira, q es lo q creo q alguien ha comentado tb. por supuesto, otra cosa son 3 bolos al dia. profesional ya seria otro rollo, como lo de alquilar piso particular o ser una inmobiliaria.

ahora, si te van a parar 10x mas, ya solo por el malrollito, yo si compro el q quiero, q esta en 6, seguramt lo pasare a 7 y plin, pero si la autoridad me dice q tp pasa nada, pues iwal lo mantengo y si sale un alquilante agradable, pues iwal lo alquilo, no se. es un bou de 4.35 de eslora q compro para aprender con ilusion. no estaria mal q me ayudase con 100€ de vez en cuando, sin profesionalizarlo, ... es basicamt para mi, pero una opcion abierta mola si no hay malos rollos. si alguien me ayuda con la decision, pq soy muy novato, pues me ira muy bien!

gracias, a mi me ha ayudado, aunq aun no se agradecer por aqui.
salud a todos, y como no he visto mucha ronda... vaya una de gazpaxo para todos, tabernero, pf!!!

kalifa 26-09-2015 17:01

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Caramba...hay pa todos en este hilo....

Bueno lo que sí se ve es que hay gente informada opinando en ambas posturas. Retomo el hilo para ver si me podeis aclarar dos dudas:

1- Esto último que se ha dicho de la responsabilidad del armador. Si el armador es particular, barco en lista sexta para "Uso mixto" pero lo alquilas a traves de una empresa de chater. ¿En caso de lio respondes con tu patrimonio, o es la empresa de charter la responsable del uso que el cliente haya hecho del barco?

2- Si tienes un barco que ya hace años que dejo de ser nuevo, ¿Que requisitos te pone Capitanía para cambiar de 7a a lista sexta? Lo pregunto por si barcos de mas de una edad lo tengan complicado para hacer el cambio de lista

Saludos, orujos y licores varios

Velero Simbad 26-09-2015 21:09

Re: Comprar barco lista 6, mantenerlo en esa lista y navegar?
 
Cita:

Originalmente publicado por kalifa (Mensaje 1837337)
Caramba...hay pa todos en este hilo....

Bueno lo que sí se ve es que hay gente informada opinando en ambas posturas. Retomo el hilo para ver si me podeis aclarar dos dudas:

1- Esto último que se ha dicho de la responsabilidad del armador. Si el armador es particular, barco en lista sexta para "Uso mixto" pero lo alquilas a traves de una empresa de chater. ¿En caso de lio respondes con tu patrimonio, o es la empresa de charter la responsable del uso que el cliente haya hecho del barco?

2- Si tienes un barco que ya hace años que dejo de ser nuevo, ¿Que requisitos te pone Capitanía para cambiar de 7a a lista sexta? Lo pregunto por si barcos de mas de una edad lo tengan complicado para hacer el cambio de lista

Saludos, orujos y licores varios

En ultima instancia siempre responderá el barco, porque esta ahí y se puede inmovilizar y embargar, la empresa de chárter puede ser insolvente ¿Y entonces? :eek:
Las deudas quedan para el barco, si un cliente se marcha de una gasolinera o puerto sin pagar cuando vayas tu por ahí te tocara responder.

Para que capitania te de una 6ª tienes que tener un cif asi que eso de que vas con tu nomina y luego lo declaras no se de donde sale.

:brindis:


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