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Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
Yo este tema ya me cansa un poco, esta conversación la tuve con gente del SMGC, en mas de una ocasión, y ellos me dicen que fuera de las 12 Nm, nada de nada, es mas ni salen, salvo que sea por cuestiones que nada tienen que ver con los títulos administrativos de la náutica de recreo y es que la legislación internacional es clara en este tema, solo pueden abordar barcos de Pabellón extranjero, fuera de las 12 Nm, por motivos concretos, como trafico de drogas, inmigración ilegal, carecer de bandera, ctr.y casualmente eso lo suele hacer La Armada o Aduanas principalmente, nada de títulos náuticos, pero bueno seguiremos con el tema por mucho tiempo :cunao:
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Re: Respuesta: Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
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No le des mas vueltas al asunto, las aguas territoriales son dentro de las 12 millas PARALELAS a la costa, y son igual para la G.C. que para cualquier otro barco, fuera de ellas, es zona contigua, y en esa zona prevalece la "soberanía" del pabellón del barco, lo demás .....¡¡¡voces en castañeo¡¡¡¡ :cunao: |
Re: Respuesta: Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
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En España también se ha seguido el criterio arriba mencionado, así que las aguas territoriales llegan hasta 12 millas de la línea base (excepto en el estrecho). Al final tenéis el enlace al BOE en el que se definen las líneas base. Todo lo que se encuentra desde estas líneas hacia la costa son aguas interiores. Y 12 millas de esta mar a dentro mar territorial. Por lo tanto SI puede darse el caso de estar a más de 12 millas de la costa y estar aún en el mar territorial. En cuanto al tema de si te pueden parar, no parar, multar o no multar, Fuerza7 lo explica perfectamente un poco más arriba. BOE - Líneas de base España Edito: en este enlace tenéis la Convención de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar. Es la principal normativa internacional al respecto, y en ella se definen las distintas zonas del mar, derecho de paso, derechos de los estados sobre las distintas zonas, etc. Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar |
Re: Respuesta: Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
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:brindis::brindis: |
Respuesta: Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
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[PDF]el servicio marítimo de la guardia civil - Dialnet https://dialnet.unirioja.es/descarga...lo/2245756.pdf de FG Maroto - 1995 EL SERVICIO MARÍTIMO DE LA GUARDIA CIVIL. Francisco Gabella Maroto. Comandante. 212 Comandancia G. Civil. Almería. La Ley Orgánica 2/86, de ... Hombre, chusquero no lo se, pero de Cabo nada, es Comandante de la GC, así que algo de autoridad y criterio tendrá el hombre no? :brindis: |
Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
Se están mezclando dos conceptos independientes que no tienen que ver el uno con el otro voy a ver si puedo explicarlo sin que se me tiren al cuello los de siempre....😨😂
El primero sería el ver si hay infracción o no del RD 875/2014 que ya explique en un post anterior El segundo es si nos puede parar la patrullera de la GC fuera de las 12 millas que no dudo sea cierto. Yo me refiero exclusivamente al primero .Es un hecho probado que al navegar fuera de las atribuciones del título se incumple la normativa, solamente me refiero a esto. Que no nos puedan parar en la ZC o ZEE con un barco belga lo entiendo. El que comete una infracción de la legislación tiene que estar preparado para sufrir las consecuencias, por muy difícil que sea probar los hechos. |
Re: Respuesta: Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
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Aunque me temo que a algunos no les va a servir de nada... :confused::confused: Saludos y :brindis: |
Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
En el documento que aportáis, por cierto muy interesante, se dice que...
En la Zona Contigua, y sobre embarcaciones españolas, se pueden llevar a cabo actuaciones de todo tipo. ( no solo por motivo de aduanas, seguridad, etc ) Cuanto espacio corresponde a la Zona Contigua ? Cual es el Límite Exterior del Mar Territorial? :brindis: |
Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
En el documento que aportáis, por cierto muy interesante, se dice que...
En la Zona Contigua, y sobre embarcaciones españolas, se pueden llevar a cabo actuaciones de todo tipo. ( no solo por motivo de aduanas, seguridad, etc ) Si, efectivamente. Cuanto espacio corresponde a la Zona Contigua ? creo recordar que eran otras 12 millas; https://es.wikipedia.org/wiki/Zona_contigua Cual es el Límite Exterior del Mar Territorial? https://es.wikipedia.org/wiki/Mar_territorial :brindis: Basicamente es lo que sale en la wikipedia. :brindis::brindis: |
Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
No le deis mas vueltas al asunto, fuera de las 12 millas y con un barco de Pabellón extranjero la G.C. no te pedirá la titulación, seas Español, Belga o Nigeriano, y te lo dicen ellos que están para eso y algo sabrán del asunto, pero nada si alguno cree que si, pues nada que discutir, yo lo tengo claro, la G.C. también y en Capitanía lo mismo......:sorry:
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Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
Hola Jolly Roger
como pirata frances tengo muchas soluciones para los pobres espanoles navigando ... desde poco ... con la bandera belga ( de primero tengo que decir que nosotros l'armada francesa tenemos todos la bandera belga, del pescador de sardinas al portavion nuclear Charles De Gaulle, porque en Belgica pais fantastico si sabes cocinar papas y mejillones te dan el permiso de navigacion ! solucion 1 : apprende el frances con l'accento belga solucion 2 : pide la nacionalidad belga solucion 3 : navegas en Belgica (de verano) |
Re: Respuesta: Re: Discriminación Patron belga/ Patron Español
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También dentro de las aguas interinsulares, es decir en los archipiélagos Canario y Balear, si existe jusrisdicción territorial fuera de las 12 millas, por ejemplo, con la titulación antigua antes de que a un PER se le permitiera la navegación en aguas interinsulares, no podria saltar entre islas, pues por ejemplo en canarias hay distancias de 40, 80, y mas millas entre islas, dándose la paradoja, de que un PER, que hoy, si esta habilitado para navegación interinsular, puede estar en su barco en navegación a 20 millas de la costa de la isla mas cercana o más, por lo que siendo su barco Español, lo tiene que llevar equipado para zona 3 o 2 dependiendo de la navegación que vaya a realizar, pero llevandolo con su titulo de PER, tambien para navegación entre peninsula y baleares por supuesto... Y SI, si eres PER en un barco de bandera española, en las 12 millas de la zona contigua, te crujen bien crujido... |
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