La Taberna del Puerto

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-   -   Atribuciones Capitán de Yate (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=175296)

ROyOR 10-08-2019 11:12

Respuesta: Atribuciones Capitán de Yate
 
Perdonar pero no se a que vienen estas conversaciones para saber “quien la tiene mas grande”.... La legislación está clarísima, pero a mi, siendo CY, me da igual, tengo un velero de 11,90m y navego el 100% dentro de la zona 4 que es donde tengo mi barco, para otras navegaciones mas lejanas veo que mis amigos y conocidos no utilizan este titulo, se abanderan en otros países y lo solucionan, pero lo que nunca he visto es la tontería de utilizar este título para llevar un “monstruo” de buque de recreo y creo que nunca lo veré.

Saludos y feliz verano.
Rafa

KCODDAH 10-08-2019 12:15

Re: Respuesta: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cofrade Rafa, con todo cariño: Quizás lo que no tiene que ver con el tema del hilo es tu respuesta precedente; nadie pregunta por tu caso, alguien preguntó por las atribuciones de los Capitanes de Yate y algunos aportamos según nuestro leal saber y entender.

Pepota 10-08-2019 12:24

Respuesta: Re: Respuesta: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por KCODDAH (Mensaje 2201583)
Suerte!!! Pero cuando vayas a encargarlo ten cuidado que no se pase de arqueo (menos de 3000 GT), que de lo contrario tendrás que contratar a un Capitán de la Mercante, que te volverá loco con las guardias, el calculo de la meridiana, las rateras en las amarras y la correcta estiba de las cervezas y el pasaje.

Vaya dilema,2999 Gt o aguantar a un Capitan de la Mercante :cunao:

ROyOR 10-08-2019 14:26

Respuesta: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por KCODDAH (Mensaje 2201604)
Cofrade Rafa, con todo cariño: Quizás lo que no tiene que ver con el tema del hilo es tu respuesta precedente; nadie pregunta por tu caso, alguien preguntó por las atribuciones de los Capitanes de Yate y algunos aportamos según nuestro leal saber y entender.

Hola KCODDAH muchas gracias por tu amable mensaje, como habrás leído ya pongo que las atribuciones lo tienen que tener claro quien quiera leer el Real Decreto que ya le ponen anteriormente. A mi personalmente me aburre estas discusiones que casi siempre acaben de la misma forma, por eso doy mi humilde y particular opinión, cosa que es habitual en esta Taberna. Pero vamos que ya os dejo con vuestras conversaciones para que podáis discutir mejor.

Saludos y dejaré pagadas unas Estrellas Galicias para que se siga discutiendo.
Rafa, CY pasota, que le da igual las atribuciones de la titulación.

Xenofonte 10-08-2019 15:23

Re: Respuesta: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por KCODDAH (Mensaje 2201604)
Cofrade Rafa, con todo cariño: Quizás lo que no tiene que ver con el tema del hilo es tu respuesta precedente; nadie pregunta por tu caso, alguien preguntó por las atribuciones de los Capitanes de Yate y algunos aportamos según nuestro leal saber y entender.

Con todo el cariño y desde mi rincón de la barra del bar, a mí sí me interesa la opinión de todo el mundo, y especialmente la experiencia de Royor, entre otras cosas porque es “un armador pegado a un barco”. Eso lo autoriza grandemente, y no menos es extraordinariamente correcto cuando habla de éstos temas. Yo también soy capitan de yate y armador, y por supuesto coincido totalmente con él.

Ya si Royor hablase de alguna cosa que sucediera en tierra firme, a lo mejor le hago poco caso. Por ejemplo, si se metiera a hacer sesudas disquisiciónes sobre el 815/2014, ó sobre el 804/2014, le haría poco caso pues sé que es un tema que le aburre un poco y no le parece nada importante para su plan vital y de navegación.

Ésta la paga servidor
:brindis::brindis:

KCODDAH 10-08-2019 15:43

Re: Respuesta: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por Xenofonte (Mensaje 2201623)
Con todo el cariño y desde mi rincón de la barra del bar, a mí sí me interesa la opinión de todo el mundo, y especialmente la experiencia de Royor, entre otras cosas porque es “un armador pegado a un barco”. Eso lo autoriza grandemente, y no menos es extraordinariamente correcto cuando habla de éstos temas. Yo también soy capitan de yate y armador, y por supuesto coincido totalmente con él.

Ya si Royor hablase de alguna cosa que sucediera en tierra firme, a lo mejor le hago poco caso. Por ejemplo, si se metiera a hacer sesudas disquisiciónes sobre el 815/2014, ó sobre el 804/2014, le haría poco caso pues sé que es un tema que le aburre un poco y no le parece nada importante para su plan vital y de navegación.

Ésta la paga servidor
:brindis::brindis:

Pues bueno, pues vale, pues me alegro; y qué tiene que ver con el tema?

Si a alguien le aburre hablar de los RRDD tantas veces citados, en los que se dilucida precisamente la cuestión que titula este hilo, lo mejor que puede hacer es no aburrirse mas leyendo su contenido, y sobre todo ahorrarse el trabajo de hacer comentarios que escasamente tienen que ver con el fondo del asunto.

Dejando anotado que no soy el que la tiene más larga, ni mucho menos, me apeo de la conversación, en la que, lo procedente, ya ha quedado dicho por otros más sabios que yo.

Xenofonte 10-08-2019 16:19

Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
¡Pues venga otra ronda y que siga el hilo, que le da tanto sabor a éste foro!

:brindis:

Carlostrab 10-08-2019 21:42

Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
Pues yo creo que aquí alguno lo está viendo desde una perspectiva errónea.

Yo entiendo que cualquier Capitan de Yate puede gobernar un buque de hasta 24 m de eslora y 3000 Gt siempre y cuando sea para uso privado (por ejemplo llevar a familia y/o amigos) sin cobrar por ello. Lo que no podría es hacerlo con fines comerciales, es decir, cobrándoles un dinero. Me parece que a esto se refiere lo de uso privado/comercial.
Y esto es independiente de cual sea el origen del barco: propiedad de Capitán, alquilado a una empresa de charter o simplemente prestado por un amiguete.
O, si me apuras, hasta robado (serías un pirata, pero con todas las atribuciones).

:brindis::brindis:

Pepota 11-08-2019 09:38

Respuesta: Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por Carlostrab (Mensaje 2201662)
Pues yo creo que aquí alguno lo está viendo desde una perspectiva errónea.

Yo entiendo que cualquier Capitan de Yate puede gobernar un buque de hasta 24 m de eslora y 3000 Gt siempre y cuando sea para uso privado (por ejemplo llevar a familia y/o amigos) sin cobrar por ello. Lo que no podría es hacerlo con fines comerciales, es decir, cobrándoles un dinero. Me parece que a esto se refiere lo de uso privado/comercial.
Y esto es independiente de cual sea el origen del barco: propiedad de Capitán, alquilado a una empresa de charter o simplemente prestado por un amiguete.
O, si me apuras, hasta robado (serías un pirata, pero con todas las atribuciones).

:brindis::brindis:


24 metros de eslora y 3000Gt,tendra que ser de plomo :cunao:

ByMiki 11-08-2019 10:06

Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
Por aportar algo de contexto, 3000GT tampoco es una barbaridad. Un súper yate de 100 metros de eslora es muy probable que ande por los 7000GT.

Con 3000GT lo máximo que encontrarás son 50 metros arriba o abajo.

Os pongo el ejemplo del Al Mircab, que alguna vez se ha visto por nuestras costas. 133 metros y 9500GT https://en.m.wikipedia.org/wiki/Al_Mirqab_(yacht)

Pepota 11-08-2019 12:01

Respuesta: Atribuciones Capitán de Yate
 
JUAN SEBASTIÁN DE ELCANO por poco :cunao:


DESPLAZAMIENTO 3.770 Tns.
ESLORA 113,1 mts.
MANGA 13 mts.
PROPULSIÓN 1 planta con 1 motor diesel DEUTZ MWM TIPO RBV 6M (2.070 CV aprox.)
acoplado a un engranaje reductor que mueve la línea del eje.
1 hélice dextrógira de 4 palas y 2,46 m. de diámetro
PLANTA ELÉCTRICA 90Kw, con 3 generadores diesel MAN D 2840 LE 401
DOTACIÓN 197
ARMAMENTO 2 Montajes BAZAN RB de 37 mm (para salva de ordenanza)
2 Ametralladoras BROWNING de 12,7 mm.
2 Ametralladoras MG-1 de 7,62 mm.
SENSORES 2 Radares navegación DECCA BRIDGE MASTER.
2 Giroscópicas SPERRY MK-27
1 Corredera SAGEM LHS.
2 Sondadores ELAC LAZ (5100 Y 50).

ByMiki 11-08-2019 12:51

Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
Desplazamiento (tons) y arqueo (gt) no es lo mismo. A falta de una fuente más fiable, el Juan Sebastian Elcano tiene 2470GT https://www.marinetraffic.com/es/ais...hips/224977000

Pepota 11-08-2019 13:24

Respuesta: Atribuciones Capitán de Yate
 
Estupendo,nos vamos a dar la vuelta al mundo

Enigma. 11-08-2019 13:56

Re: Respuesta: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por Pepota (Mensaje 2201732)
Estupendo,nos vamos a dar la vuelta al mundo

Solo los que tengáis el titulo habilitado a vela.

Xenofonte 11-08-2019 17:03

Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por ByMiki (Mensaje 2201722)
Desplazamiento (tons) y arqueo (gt) no es lo mismo. A falta de una fuente más fiable, el Juan Sebastian Elcano tiene 2470GT https://www.marinetraffic.com/es/ais...hips/224977000

Efectivamente, la GT (tonelada bruta) es una medida de volumen, no de peso

O dicho en terminos tecnicos, es una medida de arqueo (capacidad), y no de desplazamiento.

El desplazamiento se da en T (toneladas), que es una unidad de masa. Se puede abreviar como t, T ó Tm, y representa al peso de dicha masa a nivel del mar

No se si mesentiende el dilucidamiento

:brindis:

llanera 11-08-2019 19:45

Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
Pepota, yo lo tengo la habilitación:cunao: de vela, si quieres lo "alquilamos" y nos damos una vuelta por el mundo, eso si, yo tengo que llevar a la parienta y los grumetes ja,ja,ja,....

moryak 11-08-2019 20:01

Atribuciones Capitán de Yate
 
Para no salirnos del tema:
¿Un Capitan de Yate puede oficiar matrimoños en un buque de recreo?

ByMiki 11-08-2019 20:14

Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por moryak (Mensaje 2201784)
Para no salirnos del tema:
¿Un Capitan de Yate puede oficiar matrimoños en un buque de recreo?

Un capitán de barco solo puede celebrar el matrimonio en caso de peligro de muerte inminente de uno o los dos contrayentes. Necesita además de dos testigos. Obviamente luego todo eso hay que legalizarlo y es donde pueden estar los problemas. No se como anda la jurisdicción española y todo dependerá del juez de turno, el dar o no validez al matrimonio. En cualquier caso el capitán se limita a dar fe de la voluntad de casarse.

Todo esto referido a capitanes de buques, mercantes o militares. Y también aplica en la aviación. En caso de capitanes de recreo no creo que se haya dado ni un solo caso...

moryak 11-08-2019 20:29

Atribuciones Capitán de Yate
 
Osea que sigue faltando el
Mítico ..!!!!

¡¡ CAPELLAN DE YATE !!

https://uploads.tapatalk-cdn.com/201...4fb3c193a9.jpg

!!Unas ostias!!! Que os veo venir

Xenofonte 11-08-2019 21:44

Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por ByMiki (Mensaje 2201787)
Un capitán de barco solo puede celebrar el matrimonio en caso de peligro de muerte inminente de uno o los dos contrayentes. Necesita además de dos testigos. Obviamente luego todo eso hay que legalizarlo y es donde pueden estar los problemas. No se como anda la jurisdicción española y todo dependerá del juez de turno, el dar o no validez al matrimonio. En cualquier caso el capitán se limita a dar fe de la voluntad de casarse.

Todo esto referido a capitanes de buques, mercantes o militares. Y también aplica en la aviación. En caso de capitanes de recreo no creo que se haya dado ni un solo caso...

Lo de arriesgarse a casarse, vale

Ahora, que te case el comandante del avión me parece un exceso de aventurerismo

:brindis:

Pepota 12-08-2019 08:33

Respuesta: Re: Atribuciones Capitán de Yate
 
Cita:

Originalmente publicado por llanera (Mensaje 2201781)
Pepota, yo lo tengo la habilitación:cunao: de vela, si quieres lo "alquilamos" y nos damos una vuelta por el mundo, eso si, yo tengo que llevar a la parienta y los grumetes ja,ja,ja,....

Estupendo,siempre que no pesen mas de 530GT :pirata::pirata:


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