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-   -   Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=209409)

sunfast26 01-05-2025 08:39

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Cita:

Originalmente publicado por rascarcio (Mensaje 2485235)
Buenas tardes compañero, imagino que se refiere al ejercicio 32 del tipo 02 o el 31 del tipo 01:
1. La primera etapa no tiene ninguna dificultad para situarse a 3’ al W/v de Cabo Trafalgar y obtener una situación observada a Hrb=14:00.
2. De Hrb=14:00 a Hrb=15:00 ponemos Ra=240, (evidentemente hay que corregirlo con la dm=-2º y el desvío=-2º que nos dan) Ct=-4º Rv=240º + (-4º)= 236º, pero resulta que también tenemos un viento del Norte que a ese Rv nos implica un abatimiento de menos 10º(-); por tanto nuestro rumbo de superficie será Rs= 236º + (-10º)= 226º, así pues navegamos por ese rumbo de superficie a 10kn de velocidad durante 1h y nos situaremos a Hrb=15:00 por estima a 10 millas sobre el Rs=226º partiendo desde la situación observada a Hrb=14:00.
3. Desde la situación de estima a Hrb=15:00 ponemos rumbo efectivo al Faro de Cabo Espartel (pues la derrota le afecta una corriente) marcamos la derrota directa desde Hrb=15:00 hasta el Fº Cº Espartel y navegaremos sobre ella; pero tenemos un problema, no conocemos la velocidad efectiva; para ello a la derrota le ponemos la corriente al principio (trazamos desde la situación de estima a Hrb=15:00 un Rc=090º y una Ihc=3nudos.
Desde ese extremo de Ihc marcamos los 10kn de velocidad de máquinas cortando la derrota efectiva, si cerramos el triángulo de velocidades, con ese trazado ya tenemos el nuevo rumbo de superficie (pero no es relevante en el ejercicio).
Lo que nos interesa es la velocidad efectiva (como hemos puesto una hora de efecto de corriente y una hora de velocidad de máquinas, el corte que tenemos sobre el rumbo efectivo sería la situación de estima a Hrb=16:00, o dicho de otra forma, si medimos desde la situación de estima a Hrb=15:00 hasta la Se a Hrb=16:00, tenemos la velocidad efectiva (que como puedes ver en la resolución de la carta es de 11,8kn) el resto de información que nos dan en el ejercicio es irrelevante, pues nuestro rumbo efectivo era al Fº de Cº Espartel sin importar las condiciones de deriva o abatimiento, es decir que nuestro rumbo “obligatorio” es a dicho faro).
Pero nos dicen que a Hrb=15:30 nos cambian las condiciones, así pues vamos a navegar sobre el rumbo efectivo trazado desde Hrb=15:00 hasta el faro 30 minutos para obtener la nueva situación de estima a Hrb=15:30, que son 0,5h x 11,8kn= 5,9 millas.

4. Partiendo de la nueva Se a Hrb=15:30, nos quedamos a “Sol y mosca” (ni viento ni corriente), aparte de hacer un nuevo cambio de rumbo, Ra=060º Ct= (-2º)+(+10º)= +8º, Rv= 068º, manteniendo la misma velocidad del buque de 10kn, hasta Hrb=17:00, que son 1,5h x 10kn= 15millas sobre el Rv=068º para obtener la situación de estima a Hrb=17:00 (l= 36º 05,4’N L= 005º 52,6’W) por la que pregunta el ejercicio dando más vueltas que un zagal persiguiendo una peonza.

Los distintos tribunales siempre suelen meter una (a veces más de una) desfachatez de estas (tanto PY o CY con una recta de altura que tengas que calcular el infinito) y después de tanta estima, trazados, distancias y cambios de rumbo te meten la coordenada de la longitud prácticamente en el mismo minuto.
En fin, que como no se ande fino, prácticamente es como si tuvieses una pregunta fuera de alcance…

https://uploads.tapatalk-cdn.com/202...f494feb444.jpg

https://uploads.tapatalk-cdn.com/202...7d4a43185e.jpg

Rondas para la cofradía.
Pd: El ejercicio es tal y como lo describes, tienes la situación a las 15 y a las 16 pero te indican a las 15:30 (pues a la mitad, como hay entre ambas 11,8', pues a 5,9').
Pd2: A mi modo de ver, en este último examen de PY de Madrid de abril 25, la que veo posible de impugnar es el ejercicio 36 del tipo01 o su homólogo, el 39 del tipo02.
Pd3: En la web del coffrade Javichi están todos resueltos desde el mismo día o día posterior al examen (incluido el impugnable con sus motivos).

Muchas gracias por confirmarme la resolución de la pregunta, es como yo recordaba pero no estaba seguro
en la web que cita no estoy registrado la visitare si me deja entrar a leer los post
gracias otra vez

tablisca63 02-05-2025 10:53

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Cita:

Originalmente publicado por rascarcio (Mensaje 2485168)
Las impugnaciones que ha generado este hilo estarán dando trabajo al tribunal.

Estas son las respuestas a las alegaciones efectuadas.
Antes que nada Rascarcio, agradecerte el trabajo realizado de revisión de las respuestas, y los hilos para conducir las alegaciones.
En contestación a las alegaciones presentadas por esa escuela con fecha 09/04/2025 respecto a las preguntas de los exámenes teóricos para la obtención de títulos náuticos para el gobierno de embarcaciones de recreo, correspondiente a la convocatoria celebrada en Valencia el 4 de abril de 2025, se le informa de la contestación y valoración del tribunal calificador:


PATRÓN DE YATE — MÓDULO NAVEGACIÓN
17. A HRB 13 13 navegando al Ra = 190°, con Vb = 19 nudos, dm = 3°, A = 2°; con viento de levante que nos produce un abatimiento ab = 4°, obtenemos simultáneamente con el radar una distancia d = 7' del Faro de Cabo Trafalgar, y una distancia d = 8' del faro de Pta. Gracia. Una vez situados seguimos al mismo rumbo y velocidad, y al tener el faro de Cabo Espartel por el través obtenemos una sonda de 200 metros ¿Qué HRB tendremos?
a) HRB 14 05
b) HRB 13 59
c) HRB 14 12
d) HRB 13 56

Respuesta:
La ausencia de signos negativos se entiende que son positivos.
Referente a la HRB que se solicita, es la hora de la situación verdadera obtenida por dos líneas de posición, no sobre el rumbo de superficie.
En cuanto a las dos respuestas a) es un error de edición que se mencionó en el aula y se recalcó que se tuviera en cuenta.
Se desestima la alegación.


20. A HRB 10 30 navegando al Ra = 194° y una Vb = 6 nudos, observamos simultáneamente la enfilación del Faro de Cabo Trafalgar - Faro Cabo Roche con una Da = 326°, y simultáneamente el faro de Punta de Gracia con Da = 095°. Una vez situados seguimos al mismo rumbo y velocidad, y a HRB 12 30 cambiamos de rumbo para ir al puerto de Tánger (luz verde). Aumentamos la velocidad del buque Vb = 10 nudos, y se aprecia viento SW que nos produce un abatimiento de 5°, para el nuevo rumbo dm = — 3° y A = 2° NW. ¿Cuál será el Ra y la HRB para llegar a Tánger?
a) Ra = 132º
b) Ra = 136°
c) Ra = 130º
d) Ra = 128º

Respuesta: El margen de diferencia es suficientemente amplio para no inducir a error. A modo de ejemplo, en una navegación real viniendo de Ibiza con destino-el puerto de Benicarló una diferencia de varios grados te llevaría al puerto de Vinarós o de Peñíscola con lo cual no cumpliríamos nuestro objetivo. Se debe tener en cuenta que cuando se navega por Loxodrómica (con fórmulas) la distancias son con el consecuente aumento del error.
Se desestima la alegación.

Total que contestan con 2 chorradas, pero no justifican en absoluto, la desestimación de la alegación.

Vamos a presentar un recurso de Alzada previo al contencioso-administrativo.

Gracias Rascarcio.

rascarcio 02-05-2025 20:01

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Cita:

Originalmente publicado por tablisca63 (Mensaje 2485312)
Estas son las respuestas a las alegaciones efectuadas.
Antes que nada Rascarcio, agradecerte el trabajo realizado de revisión de las respuestas, y los hilos para conducir las alegaciones.
En contestación a las alegaciones presentadas por esa escuela con fecha 09/04/2025 respecto a las preguntas de los exámenes teóricos para la obtención de títulos náuticos para el gobierno de embarcaciones de recreo, correspondiente a la convocatoria celebrada en Valencia el 4 de abril de 2025, se le informa de la contestación y valoración del tribunal calificador:


PATRÓN DE YATE — MÓDULO NAVEGACIÓN
17. A HRB 13 13 navegando al Ra = 190°, con Vb = 19 nudos, dm = 3°, A = 2°; con viento de levante que nos produce un abatimiento ab = 4°, obtenemos simultáneamente con el radar una distancia d = 7' del Faro de Cabo Trafalgar, y una distancia d = 8' del faro de Pta. Gracia. Una vez situados seguimos al mismo rumbo y velocidad, y al tener el faro de Cabo Espartel por el través obtenemos una sonda de 200 metros ¿Qué HRB tendremos?
a)HRB 14 05
b)HRB 13 59
c)HRB 14 12
d)HRB 13 56

Respuesta:
La ausencia de signos negativos se entiende que son positivos.
Referente a la HRB que se solicita, es la hora de la situación verdadera obtenida por dos líneas de posición, no sobre el rumbo de superficie.
En cuanto a las dos respuestas a) es un error de edición que se mencionó en el aula y se recalcó que se tuviera en cuenta.
Se desestima la alegación.


20. A HRB 10 30 navegando al Ra = 194° y una Vb = 6 nudos, observamos simultáneamente la enfilación del Faro de Cabo Trafalgar - Faro Cabo Roche con una Da = 326°, y simultáneamente el faro de Punta de Gracia con Da = 095°. Una vez situados seguimos al mismo rumbo y velocidad, y a HRB 12 30 cambiamos de rumbo para ir al puerto de Tánger (luz verde). Aumentamos la velocidad del buque Vb = 10 nudos, y se aprecia viento SW que nos produce un abatimiento de 5°, para el nuevo rumbo dm = — 3° y A = 2° NW. ¿Cuál será el Ra y la HRB para llegar a Tánger?
a)Ra = 132º
b)Ra = 136°
c)Ra = 130º
d)Ra = 128º

Respuesta: El margen de diferencia es suficientemente amplio para no inducir a error. A modo de ejemplo, en una navegación real viniendo de Ibiza con destino-el puerto de Benicarló una diferencia de varios grados te llevaría al puerto de Vinarós o de Peñíscola con lo cual no cumpliríamos nuestro objetivo. Se debe tener en cuenta que cuando se navega por Loxodrómica (con fórmulas) la distancias son con el consecuente aumento del error.
Se desestima la alegación.

Total que contestan con 2 chorradas, pero no justifican en absoluto, la desestimación de la alegación.

Vamos a presentar un recurso de Alzada previo al contencioso-administrativo.

Gracias Rascarcio.


Compañero tablisca63:
No se pueden permitir estas tomaduras de pelo por parte de un tribunal, adelante con ello y tienes todo mi apoyo incondicional.
Respuesta:
La ausencia de signos negativos se entiende que son positivos.
Referente a la HRB que se solicita, es la hora de la situación verdadera obtenida por dos líneas de posición, no sobre el rumbo de superficie.
En cuanto a las dos respuestas a) es un error de edición que se mencionó en el aula y se recalcó que se tuviera en cuenta.
Se desestima la alegación.

La corrección total, al igual que la declinación magnética o el desvío, son ángulos dependientes respecto de diferentes meridianos; es decir, la declinación magnética es el ángulo comprendido desde el meridiano geográfico o verdadero hasta el meridiano magnético, tomará un valor positivo o negativo si se encuentra hacia el E u W del geográfico; igualmente ocurre con el desvío entre el meridiano magnético y el de aguja, por consiguiente, lo mismo entre el geográfico y el de aguja e incluso el cálculo de la misma se refiere a la suma ALGEBRAICA de la dm y el desvío, pues dependen de su SIGNO; según la respuesta del tribunal “…La ausencia de signos negativos se entiende que son positivos…”, no tiene sentido que se indique el positivo en Ct, dm o desvío, y esto no ocurre en las redacciones de sus propias convocatorias desde que tienen competencias hasta 2022, ni en las repuestas que preguntan por la Ct, la dm o el desvío (según el tribunal es innecesario).
NO es así, pues no existe ni manual ni autor en náutica que haga referente a esa afirmación con respecto a la indicación de la especie de valor tanto de la corrección total, la declinación magnética o del desvío; el que se haya convertido en una mala práctica del tribunal examinador a partir de las convocatorias de 2022 intentando normalizar esa mala praxis no es referente para desestimar la alegación.
Referente a la HRB que se solicita, “…es la hora de la situación verdadera obtenida por dos líneas de posición, no sobre el rumbo de superficie…” el ejercicio, después de la situación observada por distancias a HRB 1313, indica muy claramente que “….Una vez situados seguimos al mismo rumbo y velocidad, y al tener el faro de Cabo Espartel por el través…” esto ocurre siguiendo el rumbo de superficie a una velocidad de máquinas de 19kn a HRB 14:02/14:03; pero a pesar de no indicar cambios de rumbo, de abatimiento o velocidad, resulta que nos encontramos en una situación observada al mismo través pero sobre el veril de 200m… si al tener el través de dicho faro no estamos sobre el rumbo de superficie (aparte de no indicar ninguna variación en las condiciones de navegación), es referente de que existe inevitablemente una corriente desconocida y por tanto hemos llegado a esa situación observada por una derrota efectiva, por consiguiente sería un error GRAVÍSIMO determinar la ETA utilizando la velocidad del buque, máquinas o superficie en la situación que pide el ejercicio. No obstante, la podríamos determinar viendo el rumbo de la corriente y la intensidad de la misma desde la estima sobre el rumbo de SUPERFICIE, y en cualquier caso sería exactamente la misma HRB en la estima sobre el rumbo de superficie que sobre un “supuesto efectivo” que nos llevase a la situación observada que pide el tribunal. (Como se puede ver en la resolución gráfica adjunta).
Querer modificar un ejercicio de una anterior convocatoria, dando una situación final en la que no se aportan datos de por qué no se está sobre el rumbo de superficie, que, como dice el enunciado se sigue navegando, es denotación de la existencia de una corriente desconocida y por tanto no queda otra que determinar la velocidad efectiva, que va a ser inexorablemente proporcional a la del buque y nos hará estar tanto en la estima como en la observada EXACTAMENTE A LA MISMA HRB. Lo que denota la falta de profesionalidad, conocimiento y desarrollo de una estima y una situación observada por parte del tribunal o cuanto menos una mala redacción.
Por lo anteriormente redactado, desarrollado y expuesto se presentará un recurso de Alzada previo al contencioso-administrativo.
Rondas para el compadre tablisca63 y dame tiempo que me ponga con el otro… quieren loxodrómica? Les vamos a dar tres tazas.


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Navegando a un rumbo de superficie, pedir la HRB de una situación que no se llega siguiendo un rumbo de superficie (lo que se entiende una derrota efectiva, y esto no es igual que interpretar (o sí) el valor positivo de algo con carencia de signo negativo, valga la ironía) y basar la respuesta de una HRB sobre un rumbo efectivo con una velocidad de máquinas... pide vara a gritos!

rascarcio 02-05-2025 23:58

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Cita:

Originalmente publicado por tablisca63 (Mensaje 2485312)
Estas son las respuestas a las alegaciones efectuadas.
Antes que nada Rascarcio, agradecerte el trabajo realizado de revisión de las respuestas, y los hilos para conducir las alegaciones.
En contestación a las alegaciones presentadas por esa escuela con fecha 09/04/2025 respecto a las preguntas de los exámenes teóricos para la obtención de títulos náuticos para el gobierno de embarcaciones de recreo, correspondiente a la convocatoria celebrada en Valencia el 4 de abril de 2025, se le informa de la contestación y valoración del tribunal calificador:


PATRÓN DE YATE — MÓDULO NAVEGACIÓN
17. A HRB 13 13 navegando al Ra = 190°, con Vb = 19 nudos, dm = 3°, A = 2°; con viento de levante que nos produce un abatimiento ab = 4°, obtenemos simultáneamente con el radar una distancia d = 7' del Faro de Cabo Trafalgar, y una distancia d = 8' del faro de Pta. Gracia. Una vez situados seguimos al mismo rumbo y velocidad, y al tener el faro de Cabo Espartel por el través obtenemos una sonda de 200 metros ¿Qué HRB tendremos?
a) HRB 14 05
b) HRB 13 59
c) HRB 14 12
d) HRB 13 56

Respuesta:
La ausencia de signos negativos se entiende que son positivos.
Referente a la HRB que se solicita, es la hora de la situación verdadera obtenida por dos líneas de posición, no sobre el rumbo de superficie.
En cuanto a las dos respuestas a) es un error de edición que se mencionó en el aula y se recalcó que se tuviera en cuenta.
Se desestima la alegación.


20. A HRB 10 30 navegando al Ra = 194° y una Vb = 6 nudos, observamos simultáneamente la enfilación del Faro de Cabo Trafalgar - Faro Cabo Roche con una Da = 326°, y simultáneamente el faro de Punta de Gracia con Da = 095°. Una vez situados seguimos al mismo rumbo y velocidad, y a HRB 12 30 cambiamos de rumbo para ir al puerto de Tánger (luz verde). Aumentamos la velocidad del buque Vb = 10 nudos, y se aprecia viento SW que nos produce un abatimiento de 5°, para el nuevo rumbo dm = — 3° y A = 2° NW. ¿Cuál será el Ra y la HRB para llegar a Tánger?
a) Ra = 132º
b) Ra = 136°
c) Ra = 130º
d) Ra = 128º

Respuesta: El margen de diferencia es suficientemente amplio para no inducir a error. A modo de ejemplo, en una navegación real viniendo de Ibiza con destino-el puerto de Benicarló una diferencia de varios grados te llevaría al puerto de Vinarós o de Peñíscola con lo cual no cumpliríamos nuestro objetivo. Se debe tener en cuenta que cuando se navega por Loxodrómica (con fórmulas) la distancias son con el consecuente aumento del error.
Se desestima la alegación.

Total que contestan con 2 chorradas, pero no justifican en absoluto, la desestimación de la alegación.

Vamos a presentar un recurso de Alzada previo al contencioso-administrativo.

Gracias Rascarcio.

Tengo la contra desestimación del 20 resuelto de forma analítica por si quieres seguir adelante con ello, pero prefiero enviártela por correo a modo personal, si me pones un mail donde enviar el pdf.
No desanimes.

Luisete_Vcia 05-05-2025 13:14

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Hola, una ronda para todos. Muchisimas gracias a todos los que estais aportando todo vuestro saber en este asunto, he encontrado este hilo buscando como hacer una reclamación. Sabiendo que no estoy solo, me animo.

Podrias publicar la reclamacion que has redactado para asi poderla presentar tantos otros que estamos en la misma situación?
De nuevo, muchas gracias por ese gran trabajo

DaniJP 05-05-2025 13:41

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Cita:

Originalmente publicado por rascarcio (Mensaje 2483537)
Pues nos queda el 17 de postre, por si (no) querías caldo, ¡toma dos tazas!
El ejercicio 17 de esta convocatoria de Valencia de abril 2025, mejor dicho, el ejercicio 17 de hace un año justamente (abril 2024).
El ejercicio, resuelto más abajo (tomando con valor positivo tanto la dm como el desvío) nos da una situación de estima a 16’ de la salida (15,9’ para ser “tiquiskiquis”) lo que son 50 min de derrota, siendo la ETA 14:03.
En el enunciado de 2024 no hay problema en marcar la respuesta, pues dan 14:02, aunque tampoco indican el signo de la dm ni del desvío.
Al compararlo con el enunciado de 2025 vemos que ha sido editado, no han puesto los signos de la dm ni del desvío, pero nos descoloca al decir que está en el veril de 200m en demora a Espartel y una ETA de 14:05; para llegar donde supuestamente dice el enunciado, la dm debería de ser -3º y el desvío de +2º y el viento de poniente, me explico:
Con la ct= -1 y viento de poniente tenemos: Rv= 189º, Dv=099º, Rs= 185, y 16,5’ que a 19Kn son 52’ de derrota a ese punto (esto es sólo por interpretar el enunciado)
La otra opción es que como el resultado da una ETA 14:03, es cambiar las respuestas y poner 13:59 y 14:05 para que te de un resultado intermedio y volverte loco (el mismo proceder que han hecho con el ejercicio 20)
Aparte que ni editar las respuestas saben (se ve como ponen a) 14:05 y “a)” 13:59), no quiero pensar que se pueda caer tan bajo (ni el Trol mirando como caen las brevas porque no tiene ni idea de subirse a por ellas).
Lo que os comento, con la edición del 17 y el cambio de enunciado y respuestas… no hay por dónde cogerlo, por eso al final hasta he intentado validar la respuesta 14:05 pensando que erraba el enunciado con el viento y los signos de la ct.
En cualquier caso, sigo sin encontrar calificativos al proceder del tribunal (que a la vista lo tenéis).
Sin más, mendigo una ronda a quien me la quiera convidar y por supuesto me gustaría saber vuestras opiniones (porque toda esta retahíla no deja de ser eso, mi humilde opinión, pero con fundamento).
Apoyo y le doy ánimo al compañero tablisca63 (y a quienes hicieron ese examen) porque no me quiero imaginar cómo debe sentirse ante tales desfachateces de un tribunal.
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Estimados compañeros, yo la 17 vi que era un copia-pega complicado con la de la sonda que no tenía solución. O sea, inválida pq no puedes tener el través demandado y la sonda 200.
La reclamé, pero me contestaron que la alegación se había presentado "fuera de plazo". Es cierto, se me pasó dos días pq no quise ver el p examen hasta pasado el cabreo.
Pero pensé, tendrán la decencia de invalidarla pq es a todas luces errónea y engañosa, pero NO

Luisete_Vcia 05-05-2025 14:27

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Por cierto, la pregunta 15 si han modificado la respuesta, ahora dan como valida la C

rascarcio 05-05-2025 19:37

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Cita:

Originalmente publicado por DaniJP (Mensaje 2485604)
Estimados compañeros, yo la 17 vi que era un copia-pega complicado con la de la sonda que no tenía solución. O sea, inválida pq no puedes tener el través demandado y la sonda 200.
La reclamé, pero me contestaron que la alegación se había presentado "fuera de plazo". Es cierto, se me pasó dos días pq no quise ver el p examen hasta pasado el cabreo.
Pero pensé, tendrán la decencia de invalidarla pq es a todas luces errónea y engañosa, pero NO

Buenas tardes cofrade, sin duda el 17 es erróneo a todas luces como expongo en la respuesta al la reclamación que da el tribunal.

rascarcio 05-05-2025 19:38

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Cita:

Originalmente publicado por Luisete_Vcia (Mensaje 2485609)
Por cierto, la pregunta 15 si han modificado la respuesta, ahora dan como valida la C

Buenas tardes cofrade, de ser así, ahora aciertan en el rumbo de la corriente pero la Ihc es errónea.
Esa respuesta debe ser anulada totalmente a igual que la 17.

rascarcio 05-05-2025 20:54

Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
1 Archivo(s) adjunto(s)
Cita:

Originalmente publicado por Luisete_Vcia (Mensaje 2485598)
Hola, una ronda para todos. Muchisimas gracias a todos los que estais aportando todo vuestro saber en este asunto, he encontrado este hilo buscando como hacer una reclamación. Sabiendo que no estoy solo, me animo.



Podrias publicar la reclamacion que has redactado para asi poderla presentar tantos otros que estamos en la misma situación?

De nuevo, muchas gracias por ese gran trabajo



Pues el ejercicio 20 lo he resuelto analíticamente como hice con el 15 para intentar tumbarlo del mismo modo, ya que no cabe gráfica que pueda rebatir el cálculo analítico, ese trabajo quería destinárselo al compañero tablisca, pero con el hilo en cuestión camino de las 2000 visitas no voy a andarme con tonterías de guardar nada y os subo el pdf del cálculo; el resultado no es el mejor deseable para presentar (ya rubrico mi impresión al final del mismo), una comunidad con esas intenciones tan indeseables tanto en el ejercicio 15, 17, como en el 20 y con tan vaga respuesta a alegación no es atractivo a presentarse a tal prueba con un tribunal que intencionadamente se destapa con los ejercicios que hemos visto y analizado en el hilo. Simplemente elige otra comunidad.

Volviendo al ejercicio 20 en el que acompaño el cálculo analítico en el pdf (cuyo máximo error que pueda tener dicho cálculo no se aleja al margen de décima de minuto de arco o grado por error sistemático) me sigue pareciendo dar un margen entre respuestas 130º y 132º insuficiente para su resolución gráfica (que también se acompaña en el pdf) debido a los errores analógicos que se puedan tener con el instrumental de carta, aún más si cabe en náutica de recreo.

En el 15 fallan en el rumbo de la corriente y aciertan en la ihc, cambian la respuesta para poner el Rc acorde, pero la ihc incorrecta... (y tan alegres)

En el 17 dicen que piden una hrb a una situación observada a la que es imposible llegar con el rumbo de superficie que se lleva, pero en cambio, intrínsecamente piden que se calcule esa hrb con una Vb que no correspondería a esa derrota... (y tan alegres, por no hablar de que no declarar el signo de un valor de desvío, ct, o dm es considerado positivo)

Y ya está, o lo tomas o lo dejas... como si fuese cátedra.

Y el 20 a pesar del cálculo analítico, como digo, me parece el margen entre respuestas insuficiente, si es que se ve como lo plagian de otra convocatoria y lo reducen a la mínima.

Directamente no animo a que nadie se presente ante tales evidencias y tomaduras de pelo y mal haceres.

Rondas, suerte y ánimo.

Pd: Todo el hilo y todos los mis comentarios, no dejan de ser mi impresión ante tal prueba. Por supuesto no será ni más ni menos aceptable, valedera o discutible que cualquier otra que lleve la resolución acompañada a las palabras.



intentaré subir el pdf, por el momento pesa demasiado y no me deja. :capitan::velero:

Adjuntos 95941
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tablisca63 06-05-2025 11:42

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Cita:

Originalmente publicado por rascarcio (Mensaje 2485363)
Tengo la contra desestimación del 20 resuelto de forma analítica por si quieres seguir adelante con ello, pero prefiero enviártela por correo a modo personal, si me pones un mail donde enviar el pdf.
No desanimes.

Mi correo es:
tablisca@gmail.com

Gracias por adelantado y por toda tu labor.

rascarcio 06-05-2025 13:21

Re: Examen Patrón de Yate 4 Abril 2025 Valencia
 
Cita:

Originalmente publicado por tablisca63 (Mensaje 2485705)
Mi correo es:
tablisca@gmail.com

Gracias por adelantado y por toda tu labor.

Ya está subido, justo en el mensaje anterior.
Por mi parte está todo dicho, que ya me estoy volviendo muy cansino con el hilo este de Valencia, no vayáis a examinaros ahí y punto, el tribunal es un asco y fuera complicaciones.


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