![]() |
Re: PER y Zona II
Cita:
|
Re: PER y Zona II
Otro algumento que puedo dar:
Es que hace unas semanas no se cuantas, a la cerca del puerto de Rota la GC me pasó inspección y me pidio todo el material de seguridad para el cual estaba despachada la embarcación y esta a media milla de ROTA. No les servia media milla, menos material de seguridad, mirarón zona de despacho y así me pidierón. Y me echarón una bronquilla por llevar el vhf portatil apagado |
Re: PER y Zona II
Eso es otra cosa, si tu tienes el barco despachado para zona 2, deberás de llevar todas las medidas para esta zona aunque estés navegando a media milla de la costa. No tiene nada que ver con la titulación.
|
Re: PER y Zona II
Cita:
Por cierto si me pidieron el carnet y el dni. Pero no dierón mas explicación pq lo tenia |
Re: PER y Zona II
:brindis:
yo he escuchado por un pajarito que para ir a menorca vale pero a ibiza no (de mallorca a ibiza hay 47mn tagomago=cabo figueras ) |
Re: PER y Zona II
Yo creo que no voy a discutir mas en este post.
Lo único que puedo decir es que en el PATRULLERO QUIRORA entre el año 95 y 01 la orden que teniamos con respecto a despacho embarcaciones lista 7ª era: Zona 1 independiente donde navegue y eslora de embarcación aunque sean 6 metros CAPITAN DE YATE Zona 2 aunque navegara a 6 millas de costa PATRON DE YATE Zona 3 PATRON DE YATE Zona 4 PER y así hasta PNB Y yo no vi que nadie recurrira una sanción de estas. Las sanciones tenian que ir firmadas por dos inspectores. Zona 4 |
Re: PER y Zona II
En mi opinión, podriamos denominar la legislación vigente al respecto como de maximos. Si un barco no puede alegarse mas de 12 millas de la costa, porque asi esta despachado, no puede alejarse mas de esta distancia, tenga el titulo que tenga el patron y si lo maximo que puede alejarse de la costa un PER es 12 millas o 60 un PY, pues no puede alejarse mas de una costa. El maximo que un barco puede alejarse de una costa lo fija el minimo de uno de los dos, o la fijada por el despacho de la embarcación o la del patron. Otra cosa diferente, que a mi modo de ver no tiene nada que ver, es el limite de la eslora maxima o potencia de motores que cada titulación autoriza. Por esto en el certificado pone la titulación mínima, un barco de mas de 12 metros requiere como mínimo un patron de yate. O así creo yo que es o he metido la pata muchas veces.
Y una birra mas,..... |
Re: PER y Zona II
Perguntas hechas a un patron de una patrullera de la guardia civil, hace unos minutos. no se si aclarará respuestas, pero ellos lo entienden asi:
Pregunta. ¿Puede mi hija, PER, patronear mi barco despachado para zona 2?. Respuesta. Si, si no rebasa los 12 metros de eslora, y no mas alla de las 12 millas de costa. P. ¿ Hasta donde puedo yo, CY, navegar con un barco? esta me la sabia pero se lo he preguntado de todos modos.. R. hasta donde este facultado por zona de navegacion, el barco que patroneas. P. ¿ si mi hija, PER, lleva mi barco el barco dentro de las 12 millas, le sobra con el material de seguridad de zona 4? R, negativo, el barco debe llevar siempre el material de seguridad exigido para la zona de navegacion en la que este despachado, aunque sea un cambio de amarradero dentro del puerto, solo se puede prescindir de esta material a bordo, para revisiones y el barco no deberá salir a la mar. P. ¿ donde se especifica, la titulacion requerida para cada barco? R. hasta ahora en la licencia de navegacion ( libreta verde), despues cuando se vayan quitando( al parecer va a ser asi), y mientras no digan otra cosa, se aplicaran las esloras, y zonas. P. ¿ se puede con el PER, y barco despachado para tal, cruzar de mallorca a Ibiza? R. es una incongruencia, pero si. P. ¿ puede un armador despachar su barco en zona 1 teniendo solo el PER? R. Perfectamente, si el barco tiene el marcado CE, adecuado y se le dota del material de seguridad pertinente, se puede despachar en la categoria que se quiera, solo que para navegar fuera de los limites de la titulacion del armador, debera de ser patroneado por una persona con la titulacion adecuada. No se me han ocurrido mas, pero si se os ocurre alguna mas, le pregunto sin problemas. :brindis: |
Re: PER y Zona II
Exacto...
|
Re: PER y Zona II
Cita:
Yo he navegado mucho por esa zona, que por cierto me encanta |
Re: PER y Zona II
Cita:
Estos son los datos: 7ª lista, eslora 10,96 metros, zona de navegación 2, TILULACION REQUERIDA: PATRON DE EMBARCACION DE RECREO . (fecha de validez 19/2/2013) Es decir, el barco esta despachado para zona 2 y se puede llevar con el PER (evidentemente cumpliendo con las atribuciones de la titulación). Un saludo y espero que esto os aclare a todos. |
Re: PER y Zona II
:brindis:
y por que a mi patron pesca de altura por tener recidencia en españa me dieron por no titulado:nosabo: y me trataron como un falsificador:confused: |
Re: PER y Zona II
Para despachar un barco en zona 1 no te piden el titulo, se puede despachar sin tener nada. Otra cosa es que lo puedas patronear.
|
Re: PER y Zona II
Cita:
:brindis: pero se puede ir con el per o no :brindis: |
Re: PER y Zona II
Perdona Manuel, pero ¿no crees que es el momento de rectificar?.
O vas a "mantenella y no enmendalla". ¡¡ Que te lo han demostrado....coño!!. Tú mismo. Un cordial saludo:brindis: |
Re: PER y Zona II
Yo he puesto mi permiso para que lo vea todo el mundo.
Embarcación de 4 metros, en principio no se necesita titulación ninguna por eslora. Esta despachada en zona 5, automaticamente me pone titulacion minima PNB |
Re: PER y Zona II
Cita:
El tema se habia tratado anteriormente. Si no ha cambiado la normativa el tema viene resuelto en la circular 2/97 de la DGMM que reproduzco: Circular 2/97 - A las embarcaciones de recreo iguales o menores de 24 m. de eslora matriculadas en la Lista 7ª, se les expedirá inicialmente, según su clase, Rol de Despacho y Dotación o Licencia de Navegación cumplimentando los datos que a continuación se relacionan:
- El mando de la embarcación requerirá la titulación mínima o superior que conste en el Rol. El cambio de mando no requerirá anotación alguna en el Rol. Saludos y una ronda |
Re: PER y Zona II
Eso es un tio que va por la autopista AP-7 y escucha por la radio: "Atención a los conductores que circulen por la AP-7, tengan mucha precaución, que está circulando un vehiculo en sentido contrario" y va el tio y dice: "como que uno?????? todos van en sentido contrario!!!!!
:brindis: |
Re: PER y Zona II
Precisamente porque tu caso es una EXCEPCIÓN a la norma general.
Lee esto: ORDEN FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por gobierno de embarcaciones de recreo.la que se regulan las condiciones para el Artículo 11. Exenciones. Para el gobierno de las embarcaciones a motor con patrón para navegación básica.una potencia máxima de 11,03 kw. y de hasta 4 metros de eslora, las de vela de hasta 5 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, no será preciso estar en posesión de las titulaciones enumeradas en el artículo 6, pero sólo podrán navegar durante el día, en las zonas delimitadas por la capitanía marítima. No obstante, no se podrán superar en momento alguno las limitaciones del título de ¿Lo ves ahora, mi querido Manuel?. |
Re: PER y Zona II
:brindis:
no me aclaro me puedo ir a ibiza o que :nosabo: |
Re: PER y Zona II
Sí...
|
Re: PER y Zona II
Cita:
|
Re: PER y Zona II
Pero una embarcación de 4 metros NO NECESITA DESPACHO.:nop:
Embarcaciones exentas de despacho: - Las embarcaciones de recreo propulsadas a vela o motor, hasta 6 metros de eslora. ...... Cita:
|
Re: PER y Zona II
Cita:
:brindis: |
Re: PER y Zona II
Cita:
|
Re: PER y Zona II
Cita:
|
Re: PER y Zona II
Circular 2/97
- A las embarcaciones de recreo iguales o menores de 24 m. de eslora matriculadas en la Lista 7ª, se les expedirá inicialmente, según su clase, Rol de Despacho y Dotación o Licencia de Navegación cumplimentando los datos que a continuación se relacionan:
- El mando de la embarcación requerirá la titulación mínima o superior que conste en el Rol. El cambio de mando no requerirá anotación alguna en el Rol. EL patrón de la benemerita que me explique esto |
Re: PER y Zona II
Suponiendo que esa circular esté en vigor, lo cual dudo después de 12 años y dos cambios de legislación por medio, no aclara nada, bueno sí, aclara que yo en mi barco de 11,98 y despachado para dos, el mando de la embarcación requerirá la titulación mínima o superior que conste en el Rol, o sea, en mi caso lo que pone en el Rol es: PER
Buenas noches |
Re: PER y Zona II
El mando de la embarcación requerirá la titulación mínima o superior que conste en el Rol. El cambio de mando no requerirá anotación alguna en el Rol.
Lo de mi niña tiene tal titulo y navega por tal zona, eso no vale |
Re: PER y Zona II
A ver, que no dice nada de la zona de despacho, dice que será la titulación mínima exigida en el rol, o sea en mi caso mi ñino si tuviera el PER (gandúl) podrá llevar mi barco despachado para zona II porque es lo que pone mi rol: Titulación mínima exigida PER
Me retiro... Ciao |
Re: PER y Zona II
Cita:
Mi permiso de navegación: 7º lista, eslora 10,96 metros, zona de navegacion 2, TITULACION REQUERIDA: PATRON DE EMBARCACION DE RECREO (fecha de validez 19/2/2013) Creo que está muy claro Manuel Luis, que no llevas razon :nop::nop: |
Re: PER y Zona II
Cita:
La circular está en vigor todavia y si cambiará te aseguro que será para peor. No se de cuando esta tu barco matriculado, pero si es de hace mucho tiempo es normal que te ponga PER, seria largo de explicar. |
Re: PER y Zona II
Tu ves, otro, a ver si es que en el tuyo se han equivocado y no en el del resto...
Mi barco está matriculado desde hace 5 años, y se despachó entonces para zona III, me pidieron PER; hace menos de dos años cambié la zona a II y me siguieron pidiendo PER. Bueno, ahora si ya de verdad, me voy al catre, buenas noches... |
Re: PER y Zona II
Yo creo que la circular está clara. Pero para mas dudas consultar a las Capitanias o al ministerio correspondiente.
|
Re: PER y Zona II
Cita:
|
Re: PER y Zona II
El barco de mi cuñado el Bolina 7ª CO 1-21-00
Zona de navegación III titulación minima PY Embarcación de 24 pies |
Re: PER y Zona II
Cita:
".... Artículo 8. Condiciones de obtención y atribuciones de los títulos. Las atribuciones que confieren los títulos y las condiciones para su obtención son los siguientes:Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela. Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácticas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17. |
Re: PER y Zona II
Cita:
Cita:
Embarcaciones exentas de matriculación Están exentas de matriculación las embarcaciones de recreo menores de 2,5 metros y los aparatos flotantes o de playa con independencia de su eslora. Embarcaciones exentas de despacho
|
Re: PER y Zona II
JADARVI totalmente deacuerdo contigo.
Pero lo que quise decir, es una conversación privada con un amigo que es el jefe de relaciones exteriores del ministerio de fomento. Y justifico que la ley es así pq la distancia entre islas no va mucho mas de las atribuciones de PER salvo Ibiza Pero era una conclusión solamente |
Re: PER y Zona II
Cita:
Toda embarcación matriculada esta despachada, lo que pasa que en este caso solo se despacha una vez que es cuando se matricula. toda embarcacion de recreo de mas de 2,5 m tiene un proceso: Registro, abanderamiento, matricula y despacho |
| Todas las horas son GMT +1. La hora es 20:05. |
Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto