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Re: Transmisión de amarres
Acojonante hilo y aportaciones.
Pero mira que me lo he leído y no tengo claro un tema trascendental. Compras amarre. Escrituras o no ( tú mismo. Lo elevas a público o no y pagas notario y registro o no.) Pero.....¿PAGA IVA O ITP? ¿Se ha querido decir que "si decides elevarlo a público y haces escritura y registro, al estar más pillado, ahí si pagarías y si no no" ? Es mueble, inmueble, transmites una cesión, un disfrute sólo, se considera traibutable, o no, cuando caduca la concesión te devuelven el impuesto........ Es un cacho de agua, que si te fijas, ni siquiera es la misma todo el rato porque se mueve pa'cá y pa'llá Es decir, coñas aparte ¿paga el 7% o el 4% o nada ? Yo he tenido varios amarres. Jamás hice escritura, sólo contrato privado, y jamás pagué un pavo de impuestos. Pero en Alicante hay puertos con escritura, y el notario te dice "hale , majete, ahí tienes una copia simple para pagar la cosa del impuesto" Joer....¿qué impuesto? |
Re: Transmisión de amarres
Sin ánimo de sentar cátedra y mucho meno de dar el coñazo con nociones o instituciones jurídicas, creo que conviene tener claro algunos conceptos, para tratar de evitar que nos "afeiten sin remojar"
1.-Todo se puede comprar y vender, incluso una raya en el agua (depende del precio) mientras no sea prohibido y exista en el comercio de los hombres. Así las concesiones administrativas es uno de los objetos más transmitidos tanto "inter vivos" como "mortis causam" (por donación permuta o compra venta). 2.- Si eres socio de un club, el dueño de la concesión es dicho club, para el disfrute de sus socios, en partes proporcionales a su contribución o su adhesión al club. Al ser socio no adquieres ninguna concesión. 3.- Si entre varios se compra un amarre para todos ellos disfrutarlo, (ampliar el tamaño del que ya disponen) cada uno es proporcionalmente adquiriente (de la concesión)de una parte ideal de este atraque, al que le corresponden obligaciónes y derechos en función de su parte ideal; es el "condominium"; la cosa común, se convierten en virtud de este negocio, en comuneros. 4.- Una compra-venta en documento pivado ,tiene tanta valiez como una pública (en el sentido de transmitir la propiedad), desde que se haya consentido de forma libre y se haya entregado la cosa a cambio del precio (cuando el contrato se consuma totalmente). Ahora bien, si queremos darle garantía de la fecha en que se hace la transmisión y otros extremos y además darle publicidad para que tenga valor frente a terceros, hay que escriturar e inscribir en el registro de la propiedad.¿que se consigue?, que tu como comprador te conviertes en comprdor de buena fe según la ley hipotecaria y si quien te ha vendido, lo ha hecho contra derecho, porque la adquirió ilegalmente, al haberla tú (comprador) adquirido mediante escritura e inscripción, estás protejido por la fe pública registral y no te pueden legalmente desposeer del bien comprado, porque por ejemplo el anterior propietario lo adqirió fraudulentamente. Todo esto, es algo complejo y tiene muchas variables, pero creo que posiblemente sea útil, para quien se interesa en estos temas. Al escriturar y registrar, te protejes contra las anteriores transacciones, de personas desconocidas para tí, que se hayan producido con el bien inmueble o concesión administrativa. Mediante el contrato privado no tienes la protección registral aunque como he dicho ya, se transmite la propiedad. Cada uno elige según su valoración. 5. ¿a que se refiere la concesión administrativa de una lámina de agua? con un ejemplo todo el mundo lo ve claro: ¿Verdad que la playa es de todos y a ella todos podemos acudir sin que existan playas privadas? pues bien, la lámina de agua del mar territorial, es un bien público. Para que una parte de ella, la disfrute una persona con exclusión de los demás, se convierta en "su" amarre, a de hacerse mediante la concesión administrativa. Claro... a cambio de un precio, que en teoría, INSISTO TEORÍA, al recaudarlo el estado revierte a todos su ciudadanos. El estado cobra por esta exclusividad. Esta es la fórmula legal que todos nosotros (la mayoría)delegamos a nuestros representantes políticos. (seguir por aquí ya sería exclusivamente política) A nadie se le escapa que, ecritura y registro, tiene dos consecuencias dinerarias: Los aranceles (precios de notaría y registro) y los tributos: Impuestos de transmisiones patrimoniales (cada comunidad atónoma tiene el suyo, hasta un total de 17) y actos jurídicos documentados. Esta es la base recaudatoria de nuestro estado del "bienestar". Por cierto, a ciertos tributos, antiguamente, con bastante propiedad, se les llamaba LA SISA:sip: :brindis::brindis::brindis: |
Re: Transmisión de amarres
Colgué un post con este mismo tema de los atraques con muy escasa fortuna seguramente porque al ser novato repetía vaguedades que ya estaban discutidas :sorry:. Sin embargo el tema me parece de los más relevantes que tenemos planteados.
Ante la crisis económica los precios de los barcos empiezan a caer, al que le tocar vender le fastidia el hígado ver el precio al que ha de ponerlo para sacarselo de encima, al que le toca comprar se le escapan los talones de alegría, en realidad ni una cosa ni otra porque excepto alguno con la cuenta corriente hinchadita el resto tanto para vender como para comprar nos vemos en situación siempre ahogada. Lo que estrangula todo, lo que nos estrangula a todos sin apenas solución de oferta y demanda, de adecuar precios y hacer esfuerzos, es el inevitable amarre, lo cual parece que no está en nuestras manos. Es increíble que los clubs y marinas estén llenos de embarcaciones de todas las esloras que se aburren meses y meses paradas, sin aprovechamiento alguno, ya lo sabemos, también que los precios del "aparcamiento" (amarre) alcancen cifras absolutamente disparatadas, pero dicho así, disparatadas, de locos, no nos podemos acostumbrar a esa sangría, o que las listas de espera en los clubs se manejen con criterios cuanto menos dudosos, de amiguismo puro y duro, al mejor estilo latino, es más increíble aún, porque escapa de toda lógica que el problema para comprar un barco sea el amarre, su precio e incluso habitualmente su disponibilidad. Estamos hablando, no lo olvidemos de una concesión administrativa sobre dominio público como tan bien han aclarado los post anteriores, esto quiere decir que se concede bajo unas condiciones determinadas, de plazo temporal, pero también condiciones de uso y aprovechamiento. 1) NO SE PUEDE PRESIONAR EN ESTE SENTIDO?? es decir, que los amarres se aprovechen de verdad para la actividad nautica y se condicione en las estipulaciones de concesión que deberán demostrarse un número X de salidas anuales?? En su defecto deben potenciarse obviamente las marinas secas. Estamos hablando de un sector importante en el turismo y en la industria y el ocio, cuando no en el deporte, que mueve cantidades suficientes como para que se le tome en serio, que debe tener alguna asociación o federación de propietarios de embarcaciones de recreo (lo desconozco) que machaque a nuestra Administración para que solucione sus problemas, máxime los que están enteramente en manos de las autoridades públicas. Bastaría que la Administración regulara convenientemente el uso, condiciones y concesión de las licencias y concesiones de amarres, y se aplicara en ello. 2) Existe una organización que represente al sector de los usuarios de embarcaciones de recreo??? Se han movilizado, han habido peticiones, hojas de firma, acciones de protesta??? Es el nuestro un mundo extremadamente individualista para que esto sea posible??? El problema no es solamente del que no tiene acceso a un amarre o no puede costear unos precios especulativos terribles, sino de todos, porque cambiar de puerto, vender el barco, comprar otra eslora, disfrutar simplemente de un pantalán activo con gente que hace uso de su barco, son cosas que a todos les habría de importar aunque sea de manera egoista. Lo absurdo, hoy por hoy, ya no es armarse de valor, ahorros y buena voluntad para comprar una embarcación de 30 pies por 60.000 euros más lo que corresponda pagar sino que por amarrarla hayas de pagar una suma exorbitante, o que directamente no dispongas de un amarre, ni tu puedes vender ni yo comprar... :calavera: 3) Existen amarres de "renta antigua"??? Es decir, conozco señores de edad provecta que nunca piensan en sacar su barco al mar, un barco que por lo común se deshace en el pantalán, no son gente de dinero, simplemente en su momento tuvieron afición al mar y obtuvieron la concesión, siguen pagando la mensualidad que les tocaba pero ya han desistido de su afición al mar y de cuidar su embarcación. No se puede hacer nada?? La situación económica actual, más la influencia que ejercen las obras costeras en el ecosistema marino y en las corrientes y en el acopio de arena en las playas no hacen previsibles que se multipliquen los atraques y los nuevos puertos deportivos, al menos en bastantes Comunidades, si no afrontamos este problema (que a la sociedad en general le importa poco) nos vamos a encontrar con un auténtico embudo que terminará por obstruirnos de manera dramática a todos. |
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