La Taberna del Puerto

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-   -   PY habilitado vela (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=41265)

pipio 03-09-2009 18:21

Re: PY habilitado vela
 
Las atribuciones de un patrón español, nada tienen que ver con las definiciones del RIPA. Porque una embarcación a vela, en la legislación española al respecto, está perfectamente definida, y se ha puesto aquí además su definición. Lo mismo que una embarcación a motor. En España, una embarcación a vela (aquella en la que su medio primario de propulsión sea la vela) nunca deja de ser una embarcación a vela mientras lleve velas. Aunque las lleve en un tambucho dobladas y vaya a palo seco y de motoreta. Sigue siendo una embarcación a vela.

Una embarcación a vela que va a motor, sigue siendo una embarcación a vela que va a motor. Aunque en el RIPA se considere, a efectos de maniobra, como un buque de propulsión mecánica.

Un velero = siempre una embarcacion a vela, a veces un buque de propulsion mecánica
Una motora = siempre una embarcación a motor, siempre un buque de propulsión mecánica (RR dixit)


Esto es lo que yo defiendo delante del cabezón de mi cuñaooo:cunao:
Pero como no lo tengo claro, pensé pediros consejo aunque veo que hay disparidad de opiniones. Pero me permito añadir un nuevo punto de vista y es dentro de lo que venis denominando propulsión principal ( propulsion mecanica para los de motor y eolica para los veleros). y es si no es cierto que el motor de un velero se denomina motor "auxiliar"? si esto es cierto, un velero siempre es un velero y necesita la habilitación en el título

coronadobx 03-09-2009 18:53

Re: PY habilitado vela
 
Cita:

Originalmente publicado por mazarredo (Mensaje 640583)
Estimado Cofrade, saludos y :brindis:

Ya está contestado en mis mensajes #7 y #18 con total exactitud, si llevas el aparejo dado, obligatoriamente has de estar habilitado a vela. Si el aparejo está cargado, no necesitas la habilitación. Y vuelvo a aclarar, para que no queden dudas: el Título te habilita para llevar a motor o a vela, una embarcación. No te habilita para llevar una embarcación a motor o una embarcación a vela. Son cosas totalmente diferentes.

Otro saludo y más :brindis:.

Saludos a todos desde Heathrow (esto de la tecnica es fantastico, esperando al avion y en la taberna:cunao::cunao: y pido disculpas por las tildes pero el teclado es Ingles!!!!)

Aparte de que el Cofrade Mazarredo lo ha explicado estupendamente recuerdo de mi paso por las tres titulaciones en diferentes academias que siempre me lo han explicado como lo especifica el Cofrade. Creo que en este tema hay que abordarlo desde el prisma legal que no quizas desde el logico. Saludos. Coronadobx

Fdsan 03-09-2009 20:10

Re: PY habilitado vela
 
Muy agradecido a los cofrades, que con tan buen criterio han concluido con este tema. Nadie que no tenga un mínimo ( y no tan mínimo) de idea, debe navegar a vela. Los accidentes en este tipo de navegación son muy severos si no se tiene cuidado. Desde el mismo movimiento de cambiar de banda en el menor tiempo posible, pudiendo caer al agua hasta un golpe con la botavara, con escotas, etc. Así que si no estás habilitado a vela y ejerces de patrón lleva tripulación con experiencia o en menudo lio te puedes meter.

pipio 04-09-2009 01:33

Re: PY habilitado vela
 
en eso estamos todos de acuerdo fdsan pero el asunto es si legalmente un PY no habilitado a vela puede llevar un velero (aunque sea un experto navegante a vela)

Navarca 04-09-2009 09:39

Re: PY habilitado vela
 
Cita:

Originalmente publicado por pipio (Mensaje 640918)
en eso estamos todos de acuerdo fdsan pero el asunto es si legalmente un PY no habilitado a vela puede llevar un velero (aunque sea un experto navegante a vela)

¿Empezamos de nuevo?:nosabo::cunao:

(Sin acritud)

:brindis::capitan::brindis:

martinsabo 04-09-2009 11:41

Re: PY habilitado vela
 
Cita:

Originalmente publicado por mazarredo (Mensaje 640583)
Estimado Cofrade, saludos y :brindis:

Ya está contestado en mis mensajes #7 y #18 con total exactitud, si llevas el aparejo dado, obligatoriamente has de estar habilitado a vela. Si el aparejo está cargado, no necesitas la habilitación. Y vuelvo a aclarar, para que no queden dudas: el Título te habilita para llevar a motor o a vela, una embarcación. No te habilita para llevar una embarcación a motor o una embarcación a vela. Son cosas totalmente diferentes.

Otro saludo y más :brindis:.

:brindis: para todos. Estimado Mazarredo, desde mi punto de vista RIPA y Orden FOM/3200/2007 son cosas totalmente distintas.
RIPA:

c) La expresión "buque de vela" significa todo buque navegando a vela siempre que su maquinaria propulsora, caso de llevarla, no se esté utilizando.

ORDEN FOM/3200/2007
6. «Embarcación a vela»: Aquella embarcación en la que el aparejo de vela constituye su forma principal de propulsión.


La diferencia es que los primeros se ocupan del "estar" y los segundos del "ser". Exactamente lo mismo sucede con los buques dedicados a la pesca y las embarcaciones de pesca.

Si fuesen lo mismo, y creo que este razonamiento es definitivo, un PNB no podría llevar un velero de 8 metros cuando entra en puerto o no hay viento y lo lleva a motor, puesto que estaría limitado por su atribuciones a una eslora de 7,5m para motor.

Así que, y salvo mejor opinión, si tienes velas, y aunque no las uses entonces embarcación a vela aunque pueda ser considerado un buque a motor y por tanto, habilitación a vela necesaria. Por cierto, no se lo que pasará con los MacGregor.
Saludos a todos.

Capitan Barbosa 04-09-2009 14:52

Re: PY habilitado vela
 
Cita:

Originalmente publicado por pipio (Mensaje 640043)
Mi duda es la siguiente:
Yo soy PY Habilitado vela y por lo tanto puedo llevar tanto un velero como uno de motor, y mi cuñado no está habilitado vela. ¿puede el llevar un velero solo a motor?

Tú dile que no a tu cuñado :cunao::cunao::cunao::cunao:

sergyo 04-09-2009 15:13

Re: PY habilitado vela
 
Cita:

Originalmente publicado por pipio (Mensaje 640043)
Mi duda es la siguiente:
Yo soy PY Habilitado vela y por lo tanto puedo llevar tanto un velero como uno de motor, y mi cuñado no está habilitado vela. ¿puede el llevar un velero solo a motor?

Entiendo que no deberias tener ningún problema siempre que vayas con él en el barco ya que patroneas tu, cuando el vaya solo no podrá largar velas, pero si navegar a motor.
Lo que si entiendo importante es que como siempre hay que ver que cuando te inspecciones la GC tan solo uno de los dos se deberá identificar como patrón, el resto serían tripulantes.
Saludos.

martinsabo 06-09-2009 13:28

Re: PY habilitado vela
 
Cita:

Originalmente publicado por sergyo (Mensaje 641302)
Entiendo que no deberias tener ningún problema siempre que vayas con él en el barco ya que patroneas tu, cuando el vaya solo no podrá largar velas, pero si navegar a motor.
Lo que si entiendo importante es que como siempre hay que ver que cuando te inspecciones la GC tan solo uno de los dos se deberá identificar como patrón, el resto serían tripulantes.
Saludos.

Hombre a si no vale, si va el capitan de la Sexta Flota esta claro que su cuñado puede "llevar" un porta-aviones pero si va solo NO PUEDE llevar un VELERO aunque vaya a remos si no esta habilitado para vela.:brindis:

rookie 06-09-2009 18:41

Re: PY habilitado vela
 
'enasss,

se me acaba de ocurrir un pequeño ejercicio para que no decaiga este sabroso hilo... :D

-Noche cerrada (sin luna, vamos).
-Motorsailer (pelín de mala milk aquí...).

a-Vas en el motor sailer. Vas a vela. ¿Qué interruptor del panel seleccionamos...?

b-Vas en el motor sailer. Vas a motor. ¿Qué interruptor del panel seleccionamos...?

Ahora vamos en nuestro "velero" y (el motor sailer casi en el horizonte) vemos unas luces.

a-Anotamos: HRB las tantas. Demora tanto. ....¿buque a motor o velero?...

b-Anotamos: HRB las tantas. Demora tanto. ...¿buque a motor o velero?...

(Tenemos que decidir entre "buque a motor" o "velero", para ajustar nuestra maniobra, en caso de tener que hacerlo).

Es decir, lo que determina lo que es un buque en cada momento, es la "simbología" visible. Es un lenguaje que dice: "ahora soy un velero", "ahora soy un tractor", "ahora soy un pesquero", ahora soy un buque a motor" (joer, me ha salido un pareado, :sorry:)

Acabamos de asistir a la "trasmutación" de "trapero" en "tractor" (y viceversa).

Pipio, mi opinión es que tu primo puede llevar el velero siempre que las velas no estén "funcionando"... (o sea, lleva luces de tractor, o el cono negro -si, ya se que nadie lo usa, pero...-)

Sería interesante conocer la opinión de la GC...

Saludos

Rebellin 07-09-2009 02:33

Re: PY habilitado vela
 
Cita:

Originalmente publicado por Valento (Mensaje 640189)
rebuznado un poco en el tema, estoy enseñando a mi hijo a maniobrar con el barco, por la edad que tiene no tiene ni dni, me pueden multar por no llevar yo fisicamente la caña? el otro dia pasamos dentro de puerto por delante de la G.C. y uno me "miro" raro.
¿el patron tiene que llevar la caña en todo momento?
saludos

Un caso semejante me ocurrió. Llevaba la caña mi hijo y nos paró la G. C. Pidieron la documentación de ambos y la del barco. Mi hijo no tenía título para llevar la embarcación. Se pusieron un poco fuertes, y sacaron el bloc de denuncias.

Sólo les dije algo parecido a esto: "Yo como patrón con atribuciones para gobernar esta embarcación, considero que esta persona tiene capacidad para llevarla bajo mi supervisión".

Guardaron el bloc y se fueron.

Rebe

pipio 28-09-2009 19:46

Re: PY habilitado vela
 
porqué laGC no tiene en la mayoria de las ocasiones ni idea de la legislación náutica? A mi me pararon en Ibiza, en la Gasolinera mientras esperaba amarre y al ver mi título, se quedó muy extrañado y me pregunta? Habilitado vela? esto que es? si este barco no es de vela? la explico que el título ademá de para barcos de motor me habilita para llevar de vela y va y dice. Vaya lío! como ahora cad comunidad otorga los títulos que le da la gana! Paisssss! (mi titulo es otorgado por Marina Mercante)


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