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Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cada uno es libre de pactar las condiciones de pago en una compra.
Un hortelano vende su cosecha sin siquiera plantarla y juega a futuros en la bolsa de NY.Luego, paga seguros cargando su costo a la venta y te lo vende en acciones, tu decides comprar. Yo compré un coche utilitario. El concesionario me dijo, tienes que depositar una fianza, yo dije NO, argumantando mi solvencia y los años en que había depositado mi confianza en la marca. Argumentan que es una exigencia de la marca. En la parte de atrás, en letra pequeña del contrato de compra standard de la marca figuraba un parrafo en que dichas condiciones se pueden pactar. El vendedor mentía. Si una marca pretende vender un producto, pidiendo financiación al comprador, enmascarada en el concepto solvencia del comprador me parece una falta de credibilidad de la marca. Mi banco habla por mi y mi solvencia, por ello me cobra, si usted no cree en mi banco, que garantiza su cobro y por eso existen qué es lo que pretende, que yo le financie? ¿Porqué usted me pide que adelante dinero acerca de algo que no existe? Los notarios existen, aún que opino, abusan en sus honorarios. :cool: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
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Eso de que para fabricar hay que cobrar antes, me parece un poco fuerte. ¿ Es que no se quieren correr riesgos ?, pues hagan oposiciones a Notario, no monten empresas, que asi, con el dinero de los demas en el aire, tambien las monto yo. Que pena de empresas dios....¿Y quieres que nos fiemos de ellas.? Mira NEFTA cuanto más lo quieres arreglar más lo estropeas. ¡¡Entregad avales collons que no cuesta tanto¡¡. Si estamos de acuerdo en que el dinero va al barco, ¿que problema hay en garantizar la entrega con un aval?:brindis: Pdta, estoy seguro de que en tu caso crees de buena fe en tu sistema de venta, pero ojala no te encuentres nunca dando la cara por una empresa en concurso de acreedores . Es muy duro. |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
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Saludos. |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Joder si es que somos tontos, el que lea este post se hace master en economía o empieza a creer en que nos la han colado, por no decir otra cosa más fuerte, DOS VECES.
:cunao: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
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Lo que hagan los demas con sus negocios me trae al pairo, soy responsable de mis actos, por eso siempre navego solo y asi no tener que padecer por los demas, solo se como se desenvuelve el sector, ni lo defiendo ni lo critico, simplemente intento explicar sus entresijos, quien quiera sucumbir a sus designios que lo haga y quien no que compre donde acaten sus deseos, es asi de facil, de eso a decir que el distribuidor se queda con la pasta hay un tramo, pero cada uno puede poner sus cautelas por el dinero que entrega, es suyo y esta en su derecho SALUT:brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cofrade Nefta estás equivocado:los requerimientos contractuales del astillero forzosamente van dirigidos al distribuidor (que es su cliente).El armador,por lo general y salvo excepciones (JPK,Pogo,Nautor y me imagino que alguno más),no contrata con el astillero.Hay dos vínculos contractuales,por un lado astillero-distribuidor y por otro distribuidor-cliente.Ahora bien,que la obligación dineraria que pesa sobre el distribuidor de pagar el barco al astillero,sea sufragada por el armador (que lastimosamente suele ser lo habitual),asumiendo una obligación de pago que ,en puridad,corresponde al distribuidor,(porqué la obligación del armador es pagar al distribuidor,que para eso es parte del contrato)en absoluto significa que el armador este obligado a financiar al distribuidor,efectuando el pago por un barco que aún no se le ha entregado,dando por supuesto que el lugar de entrega,no necesariamente tiene que ser en el domicilio del astillero.
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Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
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SALUT:brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cofrade,no tenía la más mínima intención de molestarte ni de aburrirte...lo siento de veras....
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Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
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SALUT:brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Bueno, bueno, bueno, después de las intevenciones de los caballeros, si me permiten y es solo a título personal...
No pago la totalidad de un barco, solo por mi sentido común... Que se me antoja el más comun de los sentidos:meparto: Pero cada ser posee el suyo y hay que respetarlo :sip: Vamos, una rondas:brindis: para alivianar..! |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
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Me he llevado una gran decepción con lo que creía que era un Astillero de renombre. Muy de agradecer lo que has hecho público. Lo interesante es la información, que no falte nunca y sea esclarecedora. Cada uno ocupará y se posicionará en el sector según sus actuaciones. Cita:
He asistido al Salón náutico como mero observador a o largo de estos últimos años, muy observador, sin molestar y ser pesado....analizado, investigando..... Según tengo entendido, y espero no estar equivocado. La firma en la que estas, que es de renombre en el panorama nacional, ahora importa unos veleros, el Astillero antes tuvo un importador , y antes de éste, otro. ¿Por qué cambió el Astillero?......¿Tal vez porque un importador no trabajaba con elegancia hacia el cliente ?......Si eso es así, mis felicitaciones a los del departamento comercial del astillero. Cita:
A ver si entre todos hacemos algo de limpieza. Mis más cordiales felicitaciones a todos los participantes en el hilo, por su elegancia, educación y excelentes principios. A ver si sigue y sentáis cátedra. Un saludo a todos. :brindis: . |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Hay que ir con mucho cuidado i estar dispuesto a enfrentarse i dar la cara, porque los comerciales tiene el culo pelado de tratar con "pringaos" y tú muy probablemente sea la primera ( y possiblemente unica) vez que te compras un barco nuevo.
Un aval???, que cosas mas raras pides!, en 30 años de negocio nadie me pidió antes eso!! A santo de que me sales con eso!!, esto es absolutamente seguro y no te tienes que preocupar por nada,que yo siempre he respondido...!!. Mira (y te pone un ejemplo probablemente inventado donde él se pone como un Quijote defendieno la etica y la corrección comercial. Y tú empiezas a dudar y no quieres quedar como un paranoico desconfiado, y el sigue explicandote peliculas y al final aunque solo sea para que se calle firmas lo que sea Nada no seas tonto atate los macho i no aflojes, quieres un aval!! tal como està el mercado, si no van con malas intenciones, tragaràn con lo que sea! Saludos y buen viento |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
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El tema es que es un poco tocho, y ya me queda poco para terminarlo, pero creo que merece la pena conocerlo para que otros no vivan situaciones similares. Saludos:brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Me leeré el tocho, no lo dudes.
Un saludo y gracias. :brindis: . |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Seguramente el Astillero cambio de distribuidor por una cuestion de numeros......... No puedo hablar de los anteriores distribuidores, no tengo muchas referencias, ni buenas, ni malas. No entiendo que tiene que ver esto con el tema del post:nosabo::nosabo: Saludos Optisail |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
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Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Tu te compras un coche "pelao" y una vez pagado y matriculado le colocas lo que te de la gana, pagaras solo el iva Un barco se pide con lo base para que la factura que sale del astillero sea lo mas baja posible, esta factura es la que sirve para devengar el impuesto de matriculacion y el iva, lo que le coloques despues de matriculado no es contabilizable SALUT:brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
No creo que esté en un error. Creo que he dicho que HASTA que lo matricules, todo lo que instales en le barco está sujeto al 12%. Quizás no sea tu caso pero en el mío las opciones se pusieron nada más llegar el barco y en ese momento se pidió la matrícula. Quizás sea este el error, no pedir la matrícula con antelación a la puesta y factura de las opciones, además que la matricula tarde en darse. Creo que el caso que describo no es único. Si las facturas de las opciones tiene fecha anterior a la concesión de la matrícula las opciones tributan al 12% además del IVA. Es la ley.
:brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
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Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Hemos tenido barcos nuevos sin matricular full equip y cuando se han matriculado se ha devengado sobre factura de astillero, del resto se ha hecho factura legal con el iva solamente, es de tontos incluir todos los accesorios montados que no han salido de astillero, al concesionario le da igual pero prima el ahorro que significa para el comprador SALUT:brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Es así de triste. Lo que no me parece bien, es que los distribuidores no adviertan a sus clientes de este "pequeño" riesgo: si vendedor y comprador lo asumen, pues aún, pero generalmente los compradores se benefician de ello sin saber que corren este riesgo. |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Tu dices que yo compro un barco con una factura de astillero presento los papeles y matriculo y devengo iva, me bajo el barco de Empuriabrava a Masnou (sin matricula es muy complicado) y despues de la fecha de matriculacion le monto lo que me parezca y tengo que volver a pagar el 12% mas el iva de los accesorios? es que cuando sacas un coche y al dia siguiente y en el mismo concesionario le montas un equipo de musica y tal, o unos alerones, o tapiceria de piel etc tienes que pagar tambien el 12% y el iva??
Una vez devengado los impuestos de la compra de un barco con la factura extendida por el astillero, tu puedes meterle oro en paño que solo estas obligado a devengar el iva, una vez matriculado se convierte en barco usado y todo lo que coloques ademas esta solamente gravado por el iva, es totalmente legal y nadie te puede reclamar nada de las facturas emitidas despues de la fecha de matriculacion de la factura emitida por el fabricante, no son chanchullos, es un paso totalmente dentro de la ley SALUT:brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Hola a todos,
Una pequeña aclaracion: El astillero esta obligado a vender el barco con factura incluyendo los accesorios que se monten en él. Es ILEGAL hacer dos facturas. Todos los accesorios montados en el barco durante los 6 meses posteriores a su adquisicion, estan TEORICAMENTE OBLIGADOS a pagar el 12% de matriculacion. Ojo que ya habido revisiones, hablo con conocimiento de causa. Conozco un caso muy cercano,en el que ha sido revisada una compra del 2007, donde se hicieron 2 facturas una del barco y accesorios y otra de transporte, y al final se ha tenido que liquidar el 12% tb sobre el transporte y el 12% sobre la electronica instalada con fecha de factura 2 meses posteriores a la fecha de factura del barco. Como comprendereis, los profesionales son los primeros que intentan que el precio final del barco sea lo mas atractivo posible para el cliente final, pero mucho ojo, que en la gran mayoria de los casos se "roza" la ilegalidad, sobre todo en lo que se refiere a factura de barcos y extras por separado. Saludos Optisail |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Buenas tardes cofrades, un:brindis: para todos.
No me imaginaba que este asunto iba a dar para tanto, menudo hilo gracias a todos vosotros. Tras la lectura de vuestros comentarios, planea una primera conclusión : comprar una embarcación es en España una operación de alto riesgo, donde si te descuidas puedes perder muchas plumas.Parece que esto es Africa, y lo que se impone es "cada uno a lo suyo, y gili... el ultimo". Es lamentable que no existan normas legales que defiendan el consumidor y regulen lo que se tiene que abonar, como y cuando ( como en el caso de una vivienda, por ej). Mi segunda conclusión, es que gracias a foros como este y una comunidad de cofrades como la nuestra, hemos dejado de ser victimas fáciles para la cantidad de sinvergüenzas que pululan por la calle. De nuevo, gracias.....:gracias: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Yo alguna tengo, como insinué. El comentario viene, porque creo que se está tratando: Pagar la totalidad de un barco antes de recibirlo..... Como se mencionó, en muchos casos, no puedes ir directamente a un Astillero y comprar, has de pasar por el importador y/o distribuidor. Se hacen los ingresos en esa empresa náutica importadora y en teoría esa empresa se los remite al astillero. Si tratas con personas serias, no debes, deberías, tener problemas. Pero ¿ Y si esta seriedad no existe? . ¿Dónde está tu dinero? Hay muchas opiniones de personas que se han sentido " mal atendidas " a pesar de haber pagado con dinero de curso legal. Volvemos al tema. Pagar la totalidad de un barco antes de recibirlo. (Ahora con los tiempos que corren, si no se vende hay exceso de producción y seguro que hay existencias y tal vez puedas ver lo que ya está en algunos importadores). Espero haberme expresado algo más. Un saludo. :brindis: . |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Has dado en el clavo, si tratas con personas/empresas serias, no tienes porque tener problemas. El exceso de producción, es algo que pertenece mas bien a temporadas pasadas, en estos momentos la gran mayoría de astilleros han ajustado su producción a la situación actual. Aun asi, un dato muy importante ha tener en cuenta es la diferencia entre distribuidor que no hace programación de pedidos, e importador que programa sus pedidos "anualmente" y casi siempre tiene stock, en nuestro caso, y no es por pegarme un farol, casi siempre tenemos stock de prácticamente todos los modelos, con los "inconvenientes" comerciales que ello acarrea a la hora de venderlos, ya sabes ( colores que no siempre gustan, barco de stock=+descuento, yo lo hubiera preferido sin teka....etc), aun así es una buena manera de poder ver el barco, y siempre que vendemos los barcos de stock, intentamos pedir mas unidades. En los tiempos que corren es importante ver el producto antes de comprarlo, no te parece? A veces lo que parece un buen ahorro, se puede convertir en una gran pesadilla, si no que le pregunten a algún que otro cofrade del SUR, por sus experiencias con un distribuidor de un astillero Francés de reconocido prestigio........ Como comente en otro post anterior, al dia de hoy, todos los barcos salidos del astillero, han de ser pagados. Otra solucion, es ( si el distribuidor es lo bastante solvente) plantear justo lo contrario de lo que muchos han planteado. Pagas un 20%, y garantizas al vendedor mediante Aval Bancario con 1 condicion resolutoria ( a tu costa por supuesto) que si el barco llega con el equipamiento y la especificacion con la que se pidio, abonas el barco en un plazo no mayor a 48h, desde la llegada del barco a España. :velero::velero: Saludos y unas rondas a todos Optisail |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
1) El barco existe porque esta en stock. Es una compraventa normal, se entrega el dinero-se entrega el barco. 2) El barco no esta en posesión del distribuidor o hay que construirlo, : Es un contrato de compraventa de cosa futura, o un contrato de obra. Tu dices, el barco tiene que salir del astillero pagado. Yo digo, ¿y si se paga y no sale del astillero?. No podemos hacer recaer todas las garantias en el comprador. Los distribuidores y los astilleros teneis que ofrecer garantias de que vais a cumplir. Y cuando hablo de garantias, no me refiero al buen nombre o al prestigio, que sin duda son importantes, pero que tambien lo tenia Lheman Brothers. Lo siento pero eso de que se obligue al comprador a garantizar su solvencia, tiene que ser reciproco. Si no es asi, prefiero comprar de otra manera y con la ley en la mano, me puedo comprar el barco donde quiera y a quien quiera. Esto de la distribución exclusiva en Europa, es de otra época, y el transporte esta barato. :brindis: :brindis: :brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Condiciones "tipo" de pago de un astillero nacional para construcción de pesqueros, remolcadores, etc.:
- 20% a la firma del contrato - 20% a la pueta de quilla - 20% a la instalación del motor principal - 20% a la botadura - 20% a la firma del acta de entrega después de realizar las pruebas particulares y oficiales. En la firma del acta se entregan al armador todos los certificados necesarios para despacho del buque. En la nautica de recreo será como nosotros estemos dispuestos a tragar. |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Este tipo de claúsulas corresponden al típico contrato de obra en el que se encarga a un astillero la construcción de un barco. El problema en la naútica de recreo es que no se distingue entre contratos de compraventa y contratos de obra, y el papel de los distribuidores en este sentido es nefasto. |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Y digo más: Será más nefasto cuando algun distribuidor pete, que petarán, no os quepa duda, porque no se pueden mantener según que redes cuando se vende el 20% de lo que se vendia cuando se montaron. Y pillarán a incautos o confiados, porqué siempre pasa.
Espero que no sea a tabernarios, :brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Puse ese dato como ejemplo de otra solución "posible". Me parece muy bien que las garantías de solvencia sean reciprocas. Se comento varias veces en el post, que el vendedor tenia que garantizar su solvencia, pero no se hablo jamas de la parte compradora...... Podríamos citar seguramente infinidad de operaciones en las que la parte vendedora no cumplió, pero también otras tantas en las que no cumplió la compradora. Te puedes comprar el barco donde quieras, eso esta claro....., pero crees que sera mas fiable, el vendedor de otro pais? Que yo sepa, muchas náuticas no tendrían problemas en avalar estas operaciones, siempre y cuando sean de forma reciproca. Es decir,yo avalo las cantidades, pero tu garantizas el pago en el caso de que todo este como tiene que estar, esta es la manera mas fácil. Como resumen tengo que decir, que el porcentaje de problemas con "cantidades entregadas a cuenta" cuando se trabaja con empresas de relativa seriedad es prácticamente nulo. Como ya dije, comprar al "menganito de turno", indocumentado, que dice que es el distribuidor de..... a veces conlleva su riesgos. Saludos Optisail |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Por eso, creo que uno de los puntos importantes a la hora de comprar, es tener claro a quien le estas comprando. Yo no tendria ningun problema en avalar cantidades, o en pedir el barco siempre y cuando el comprador, me garantizara el pago si todo llega como se encargo o especifico. No te parece justo? Saludos Optisail |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cofrades quiero apuntar otra opcion. Que los importadores o distribuidores habran una linea de garantias bancarias o seguros de responsabilidad civil para cumplir los pagos o devolucion en caso de incumplimiento. Es algo que solamente se les exige a los compradores ¿ por que ?:cunao: .
En este pais siempre tiene mas posibilidad de pringar el pequeño. Si a los importadores se les aprietan un poco las condiciones ceden, sino, veremos lo que venden. Lo que ocurre es que en este pais no estamos acostumbrados a exigir nuestros derechos y a veces pensamos que nos hacen un favor, y no tengamos la menor duda, que nosotros tenemos el dinero, no el distribuidor y por tanto estamos en condiciones de marcar y exigir.:brindis: . Saludos a todos. Este hilo promete y se esta animando mas que las ventas de barcos.:meparto: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
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Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
NEFTA, el tema es meridianamente claro. Mi sorpresa viene por el hecho de tu insistencia de que una vez matriculado puedes ponerle lo que quieras y no está sujeto al 12%. No es este el tema. Eso esta clarísimo. Hablamos de opciones puestas en donde quieras ANTES de matricular. Y da lo mismo factura de astillero o de distribuidor. Da lo mismo. :brindis::brindis:
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Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Sería posible conocer el Real Decreto, artículo, reglamento o Ley en que se basa Hacienda para gravar con el 12% todo lo que se monte en los 6 meses posteriores a la matriculación. Lo digo para que no queden dudas, ya que hay opiniones contradictorias sobre ese asunto y sería bueno que quedara totalmente aclarado. Yo me bajo el RD o lo que sea y me quedo tranquilo. Gracias anticipadas y tómense algo a mi cuenta.:brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Me pongo en marcha Boston y te informo al respecto :brindis::brindis::brindis:
Saludos Optisail |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Sólo a través del conocimiento de la legislación aplicable tanto desde el punto de vista de la relación comprador-distribuidor, distribuidor-astillero y las repercusiones fiscales de las distintas opciones, será posible conseguir la necesaria estabilidad y tranquilidad para todos en las operaciones de compra de embarcaciones. Es mucho el dinero en juego al comprar un barco. La sola lectura de algunos casos aquí comentados, pone los pelos de punta.:eek: Seguro que será bueno para el mercado, la transparencia y la confianza posibilitada por el hecho de tener información suficiente y contrastada para que comprar un barco no sea una ruleta rusa. Eso animará a mas de uno. Saludos y gracias.:brindis::brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
Cita:
Sin ánimo de sentar catedra, el problema no esta en la ley 38/1992 sobre impuestos especiales, que es la que crea el denomindado impuesto de matriculación. El problema esta en que esta ley dice: Artículo 69. Base imponible. La base imponible estará constituida: En los medios de transporte nuevos, por el importe que con ocasión de la adquisición del medio de transporte se haya determinado como base imponible a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido, de un impuesto equivalente o, a falta de ambos, por el importe total de la contraprestación satisfecha por el adquirente, determinada conforme al artículo 78 de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido.[/left][/left][/center][/left] En consecuencia, la base imponible, es decir, la cifra que sirve de base para aplicar el impuesto de matriculación, viene determinada con los criterios con que se determina la cifra por la que se devenga el IVA, y ahi es donde esta la regulación especifica que determinada que constituye una embarcación de recreo nueva etc.....y especialmente para el caso de las importaciones, dicha Ley dice: Artículo 83.- Base imponible. Uno. Regla general. En las importaciones de bienes la base imponible resultará de adicionar al Valor en aduana los conceptos siguientes en cuanto no estén comprendidos en el mismo: a) Los impuestos, derechos, exacciones y demás gravámenes que se devenguen fuera del territorio de aplicación del Impuesto, así como los que se devenguen con motivo de la importación, con excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido; b) Los gastos accesorios, como las comisiones y los gastos de embalaje, transporte y seguro ...... Ya os digo que no pretendo hacer un dictámen. Solo he hecho una aproximación sin ser especialista en derecho tributario, y por supuesto los letrados asesores de Optisail, nos pueden dar una respuesta más concreta, pero lo que si me interesa resaltar es que en la naútica de recreo, como en cualquier otra actividad, las transacciones que se realizan tienen una regulación específica que es necesario conocer, y en este sentido, no podemos dejarnos llevar por los consejos "comerciales" de cuya buena intención puedo no tener dudas, pero que pueden poner en serios aprietos a todas las partes. En este sentido, asociaciones como ANAVRE nos pueden ayudar en la confección de un sencillo protocolo como el que hoy existe para cualquier potencial comprador de viviendas, en los que se nos refieran las orientaciones más importantes que deberiamos seguir para comprar con garantias. Y por supuesto que esto no va contra nadie, sino que, simplemente ha de servir para reglar el legítimo interés comercial, que en ningún caso a de prevalecer a expensas de la pérdida de derechos del consumidor. :brindis::brindis: |
Re: Pagar totalidad de un barco... antes de recibirlo, ¿normal?
Cita:
O sea, que supongo que la compra a un astillero de dentro de la UE no es "importación" al ser un único espacio económico, y por tanto no sería aplicable el citado art. 83. :nosabo: ¿O tal vez sí?. Yo creo que no.:nop: Saludos. :brindis::brindis: |
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