La Taberna del Puerto

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-   -   Tu navegas con pabellon extranjero????????? (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=75232)

vertijean 21-08-2011 21:51

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
y que mas da , total la GC no se te va a subir a bordo solo por ver la bandera !
:brindis:

Tresliebres 21-08-2011 21:59

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por Navi (Mensaje 1116188)
Pese a ser yo quien abrio este "sucedaneo descafeinado" coincido plenamente con Tresliebres.
Por aportar algo nuevo, la concesion de licencias de radio en Holanda sigue congelada. En la gestoria me dicen que han puesto una queja, pero no saben como ira. Es decir, que el abanderamiento en Holanda sigue tan facil y rapido como siempre, pero no te conceden licencia para usar tus equipos de radio ni te dan MMSI.
Saludos

Gracias Navi, como bien has entendido la crítica no iba dirigida hacia ti. Bastante hiciste con intentar recuperar un hilo que. a mi modo de ver, y aún con la polémica que generó, era muy interesante. El tema de hecho lo sigue siendo y nos dará que hablar hasta que se aclare. Si es que alguna vez lo hace. Un saludo y que conste que yo tomo a menudo un descafeinado:brindis:

vertijean 21-08-2011 22:02

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
y digo yo .... nos interesa que se aclare :nosabo:, en la sombra se esta muy bien !
:brindis:

Ponent 21-08-2011 22:07

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1116192)
y que mas da , total la GC no se te va a subir a bordo solo por ver la bandera !
:brindis:

En mi opinión no conviene simplificar tanto; bandera extranjera puede que sea conveniente o no, pero si tienes un accidente en aguas españolas, la G.C. puede subir a bordo (fuerza mayor) y los seguros ya sabes que se agarran a un clavo ardiendo.

Un saludo y :brindis:

IsladeMalta 21-08-2011 22:09

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
... Y Aduanas puede subir también, siempre que el barco sea cual sea su bandera esté en aguas españolas, me parece. Lo que no sé es si pueden hacer este tipo de controles...
:brindis:

vertijean 21-08-2011 22:17

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por IsladeMalta (Mensaje 1116205)
... Y Aduanas puede subir también, siempre que el barco sea cual sea su bandera esté en aguas españolas, me parece. Lo que no sé es si pueden hacer este tipo de controles...
:brindis:

aduanas es lo de menos , mientras tengas el resguardo de los impuestos ....
:brindis:
y la GC , pues te ayudan y si ven que eres de fuera ( bendito sea mi acento :tequiero:), se van .
:brindis:

Tresliebres 21-08-2011 22:38

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1116199)
y digo yo .... nos interesa que se aclare :nosabo:, en la sombra se esta muy bien !
:brindis:

Pues va a ser que si:brindis:

Ponent 21-08-2011 23:21

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1116211)
aduanas es lo de menos , mientras tengas el resguardo de los impuestos ....
:brindis:
y la GC , pues te ayudan y si ven que eres de fuera ( bendito sea mi acento :tequiero:), se van .
:brindis:

Y tú crees que si has tenido un accidente se van tan panchos? Sin un atestado? Sin un informe que indique que no tienes la radio "legal" por ejemplo después de colisionar con otro barco?
Me temo Vertijean que andas equivocado por muy "charmant" que pueda ser tu acento.:cunao:
Enfín que yo también abogo por una bandera que me simplifique la vida, pero que las obligaciones de esa bandera se tienen que cumplir como en el caso que nos ocupa,la radio.

Un saludo y :brindis:

Ponent 21-08-2011 23:28

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Por cierto, seguistes el hilo del suizo (creo) que tenia o tiene el barco inmobilizado porque su seguro no quiere pagar el remolque que le hicieron unos barcos de pesca? Pues enarbolaba bandera extranjera! Menudo problemón!

Saludos y :brindis:

javierskipper 22-08-2011 19:39

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
yo navego en un barcoqu es propiedad deuna empresa en sanvicente y granadinas, pabellon de ese pais, y ningun problema cada cierto tiempo salen del pais y ya esta ,de documentacion solo una hoja de registro y el seguro

usutek 13-09-2011 00:41

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Conoce algún cofrade la normativa Danesa?Abanderamiento para extranjeros,equipo de seguridad etc?En cuanto a titulos segun entiendo en esta pagina de la Danish Maritime Authority solo es necesario en barcos de mas de 15 mts de eslora, y porque segun cuentan se lo ha pedido la comunidad Europea.Pues como en lo demas sea igual de laxo seria otra bandera atener en cuenta.
http://www.dma.dk/PleasureCruising/S...reCrusing.aspx
:brindis::brindis:

riskfactor 14-09-2011 20:58

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1109974)
bueno , ya que han vuelo las aguas al rio ,
os cuento : tengo el barco en Valencia , con bandera Alemana , soy Frances , con PY sacado en españa , o sea , un caso de libro ...:D
he consultado en tooodos los sitios para evitar cualquier problema .
los resultados :

en capitania : " pa' a mi todo bien , ni se pa' que veniste a vernos , no tiene nada que ver con nosotros "

en aduanas :
" tiene que ir a acienda , calle xativa , para liquidar el impuesto de matricula de barco , o sea el 12 % del valor de la ambarcacion , tendra que llevar el recibo encima . "

en acienda :
no se nada de eso , pero ya que quieres pagar , son 2800 € ...

y por fin , me fue a ver la guradia civil :
" mira usted , visto que tan solo por el hecho de subirse a bordo de un barco extranjero nos podemos meter en un lio diplomatico de tres meses de papeleo en el mejor de los casos , no nos subemos ... :eek:, eso lo hace aduanas:cool: y lo unico que les interesa son las " importaciones ilegales " , y visto que tienes los impuestos pagados .... "

espero que he ajorado un poco de luz en el medio de tanto oscurantismo .
:brindis:

Esto lo deja mas claro que el agua para embarcaciones con bandera comunitaria. En mi caso le podría bandera no comunitaria, por lo que me queda la duda del IVA. Encuentro muy raro que hacienda se vaya a preocupar por mirar el impuesto de matriculación solamente y no vaya a exigir el pago del IVA también. Igual no aplica al no haber importación ??? O si hay importación ???

Ponent 14-09-2011 23:22

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Me vas a perdonar riskfactor, pero sigo sin ver claro que se pueda patronear un barco alemán con un PY español.
Algunos cofrades, si no he leido mal, opinan como yo que en este caso la titulación tiene que ser alemana.

Un saludo y :brindis:

vertijean 15-09-2011 00:08

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por riskfactor (Mensaje 1130714)
Esto lo deja mas claro que el agua para embarcaciones con bandera comunitaria. En mi caso le podría bandera no comunitaria, por lo que me queda la duda del IVA. Encuentro muy raro que hacienda se vaya a preocupar por mirar el impuesto de matriculación solamente y no vaya a exigir el pago del IVA también. Igual no aplica al no haber importación ??? O si hay importación ???

En este caso tienes que liquidar el IVA del valor que figura en el contrato de compra venta y el impuesto , ya no se si todavía sale rentable :nosabo:
:brindis:

vertijean 15-09-2011 00:10

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por Ponent (Mensaje 1130793)
Me vas a perdonar riskfactor, pero sigo sin ver claro que se pueda patronear un barco alemán con un PY español.
Algunos cofrades, si no he leido mal, opinan como yo que en este caso la titulación tiene que ser alemana.

Un saludo y :brindis:

El titulo Alemán es para los Alemanes , los demás , con su titulación propia , si quieres mas aclaraciones , embajada Alemana .
:brindis:

Ponent 15-09-2011 00:53

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1130826)
El titulo Alemán es para los Alemanes , los demás , con su titulación propia , si quieres mas aclaraciones , embajada Alemana .
:brindis:

Precisamente tengo que gestionar un documento en el Consulado de Alemania pero me han dado cita para Octubre. Aprovecharé para preguntar, aunque tenga menos autoridad que una Embajada, quizá me lo puedan explicar.
:brindis:

cónsul scipio 15-09-2011 08:41

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
he preguntado en el Bundesamt für Seeschifffahrt und Hydrographie (BSH), que es el órgano responsable y me han contestado que para llevar un barco con bandera alemana debes cumplir la ley alemana, es más, tienes que presentar un documento firmado por una persona residente en Alemania que asegure que cumplirás la ley alemana. O sea debes tener obligatoriamente el título alemán similar al per, el SRC (short range certificate) si llevas VHF y un título de manipulación de bengalas, si llevas bengalas.

Para cualquier aclaración puedo enviar por privado los documentos correspondientes que me envió el señor Knickel del BSH.

Por tanto, no se puede patronear un barco con bandera alemana con el PY, el título alemán no solo es para alemanes sino también para aquellos que residan en el ámbito de la Ley fundamental Alemana (o sea, Alemania) y no te convalidan el título.

Asimismo, para pedir los papeles del barco al BSH (desde España) necesitas un documento de la DGMM que confirme al BSH que no incumple la ley el navegar en aguas españolas con bandera alemana.

Este documento es necesario si tu puerto de registro no está en Alemania.

Hay una pequeña trampa que es solicitar los papeles al ADAC, pero eso no exime de cumplir la ley Alemana.

A falta de una ley única europea los barcos de otros países tienen lo que en Alemania se llama Gastrecht (derecho de hospitalidad) = lo que viene a decir que puedes navegar en el extranjero pero que se debe cumplir la ley del país de abanderamiento.

Una ley hay que cumplirla

saludos

scipio

riskfactor 16-09-2011 12:26

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1130824)
En este caso tienes que liquidar el IVA del valor que figura en el contrato de compra venta y el impuesto , ya no se si todavía sale rentable :nosabo:
:brindis:

Ya esto es lo que me temo. Lo que yo veo bastantes barcos con bandera no comunitaria (USA, Nueva Zelanda, etc....) y dudo que hayan pagado todo eso. Claro, lo que no se es si sus patrones son residentes o no.

:brindis:

riskfactor 16-09-2011 12:54

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por Ponent (Mensaje 1130793)
Me vas a perdonar riskfactor, pero sigo sin ver claro que se pueda patronear un barco alemán con un PY español.
Algunos cofrades, si no he leido mal, opinan como yo que en este caso la titulación tiene que ser alemana.

Un saludo y :brindis:

Amigo, es que pabellón alemán... si es salir de guatemala para entrar en guatepeor (con perdón a lectores guatemaltecos que han de estar hasta los mismísimos webs de la expresión). Si son mas cuadrados que un cuadrado. Para vosotros el tema sería buscar un país comunitario que no exija titulación. Para mi, solo encontrar la forma de estar en paz con los de la barca azul sin tener que vender un riñón y medio hígado.

:brindis:

ulmrayes 16-09-2011 14:32

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Tengo entendido que en Bélgica, para navegar por el mar, no piden NADA de titulación, si bien la hay voluntaria.
Otra cosa es para aguas interiores (canales).

Ponent 16-09-2011 15:10

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por ulmrayes (Mensaje 1131860)
Tengo entendido que en Bélgica, para navegar por el mar, no piden NADA de titulación, si bien la hay voluntaria.
Otra cosa es para aguas interiores (canales).

Exacto! En el foro se ha debatido hasta la saciedad sobre el tema.
En Bélgica no hace falta titulación de recreo para la mar.
Pasa que debido a la situación política que atraviesa Bélgica el papeleo puede durar varios meses.

Un saludoy:brindis:

LORDRAKE 17-09-2011 11:01

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????Dear all, You've mandated us for the
 
Pues Holanda ya contesto:
Dear all,

You've mandated us for the registration of your boat in the Netherlands and the radio license application.

The Dutch authorities for Telecom indicated us a leadterm of 8 weeks.

Recently, the Dutch authorities of Telecom informed us that it was no longer possible for non-Dutch owners to obtain radio license with their services. They have informed us of the refusal to issue your license.

We immediately alerted the European authorities for Telecom who will provide a future European Committee for work on the marine radio to harmonize rules on the matter.

In the current situation, we cannot guarantee that our efforts are successful. Moreover, under the Dutch flag, no other country is authorized to issue a radio license.

Accordingly, please give us your bank details in order that we can proceed to the reimbursement of expenses (25.00 euros) you incurred.

Remaining at your entire disposal,

Best regards.
:brindis::brindis:
LORDRAKE:velero:


IsladeMalta 17-09-2011 21:16

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Todo un detalle, la devolución de los 25 euros.
Entonces en qué queda la cosa? Presentarán un recurso a las European Authorities?
Por cierto... ¿alguien sabe si eso lo puede hacer cualquiera? Podemos, como ciudadanos europeos, pedir asesoramiento a las autoridades europeas? Tal vez aporten alguna respuesta más clara que lo que de momento se ha obtenido en España.
:brindis:

usutek 17-09-2011 21:35

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Vaya putada a estas alturas.:cagoento:
Yo llevo Britanica, los dos requisitos más complicados son la tonnage survey y la representative person.La licencia de radio no la tuve que dar de alta, solo cambio de datos. Animo que lo solucionas.
Suerte

akm1001 17-09-2011 23:39

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por usutek (Mensaje 1132605)
Vaya putada a estas alturas.:cagoento:
Yo llevo Britanica, los dos requisitos más complicados son la tonnage survey y la representative person.La licencia de radio no la tuve que dar de alta, solo cambio de datos. Animo que lo solucionas.
Suerte

Hola Usutek,

Como has resuelto el tema de "representative person" y cuanto te cuesta al año esta representación legal?
:brindis:

usutek 18-09-2011 23:50

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Un particular, amigo del vendedor residente en GB.Costo 0€, yo no se ni quien es.:meparto:

Marco Glider 19-09-2011 13:52

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por usutek (Mensaje 1132605)
Vaya putada a estas alturas.:cagoento:
Yo llevo Britanica, los dos requisitos más complicados son la tonnage survey y la representative person.La licencia de radio no la tuve que dar de alta, solo cambio de datos. Animo que lo solucionas.
Suerte

Salud y Ganas, yo tambien llevo la británica (SSR), que es la tonnage survey?, sabes como se hace para obtener el MMSI ingles?. En capitanía me han dicho que con ellos no va nada porque ellos solo se ocupan de los impuestos en abanderamientos españoles, en hacienda que debo liquidar el 4% solo si cambio el nombre, y que debo pagar el impuesto de matriculación (14,75%) con referencia a unas tablas de valoración de hacienda donde no esta mi modelo de barco, como habeis solucionado esto, alguno no ha encontrado su barco en la tabla de valoración de hacienda?
Saludos

KIBO 19-09-2011 14:34

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por gulich (Mensaje 1133541)
Salud y Ganas, yo tambien llevo la británica (SSR), que es la tonnage survey?, sabes como se hace para obtener el MMSI ingles?. En capitanía me han dicho que con ellos no va nada porque ellos solo se ocupan de los impuestos en abanderamientos españoles, en hacienda que debo liquidar el 4% solo si cambio el nombre, y que debo pagar el impuesto de matriculación (14,75%) con referencia a unas tablas de valoración de hacienda donde no esta mi modelo de barco, como habeis solucionado esto, alguno no ha encontrado su barco en la tabla de valoración de hacienda?
Saludos

Hola Gulich, el Tonnage Survey es para el registro en el part I. Si tu estas en el III (SSR) no lo necesitas.

Si tu barco no aparece en las tablas de Havienda, el impuesto se paga sobre el valor ce compra que figure en tu contrato.

Marco Glider 19-09-2011 21:00

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por KIBO (Mensaje 1133575)
Hola Gulich, el Tonnage Survey es para el registro en el part I. Si tu estas en el III (SSR) no lo necesitas.

Si tu barco no aparece en las tablas de Havienda, el impuesto se paga sobre el valor ce compra que figure en tu contrato.

Efectivamente estoy en el III, Sabes algo de lo del MMSI?
donde puedo demostrar a la de hacienda que al no estar en las tablas debo pagar según contrato, es que te dicen no lo se y se quedan tan anchas.
Gracias Kibo
Salud y Ganas

usutek 19-09-2011 22:09

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Hola Gulich,
Algo no me cuadra.Siendo español con residencia en españa¿tienes a dia de hoy una documentacion britanica con el barco a tu nombre, y figurando tu domicilio español en el SSR??:nosabo::nosabo::nosabo:
O tengo que entender que le has mentido diciendo que eres residente en el domicilio de tu amigo???:eek:
Respecto al valor en hacienda, no hace falta que ellas te digan nada, tu rellenas la declaracion con el valor en el contrato de compraventa, liquidas lo que debas, y lo presentas junto con docu del barco, el contrato de compra etc y si les parece poco te mandaran una carta, y si no pues yatá.

Afrikano 20-09-2011 00:15

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por gulich (Mensaje 1133889)
Efectivamente estoy en el III, Sabes algo de lo del MMSI?
donde puedo demostrar a la de hacienda que al no estar en las tablas debo pagar según contrato, es que te dicen no lo se y se quedan tan anchas.
Gracias Kibo
Salud y Ganas

Hola Gulich,

Para obtener el MMSI de UK debes tener una licencia de radio expedida por la OFCOM. Para ello tienes que hacer un examen, ó bien hacer un curso de los que imparte la RYA. En realidad no es mas que un tramite, pero tienes que soltar 130, y perder 2h. En españa hay varios centros RYA acreditados:

P.e: http://www.serenitysailing.com/

:brindis:

Marco Glider 20-09-2011 20:47

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por usutek (Mensaje 1133976)
Hola Gulich,
Algo no me cuadra.Siendo español con residencia en españa¿tienes a dia de hoy una documentacion britanica con el barco a tu nombre, y figurando tu domicilio español en el SSR??:nosabo::nosabo::nosabo:
O tengo que entender que le has mentido diciendo que eres residente en el domicilio de tu amigo???:eek:
Respecto al valor en hacienda, no hace falta que ellas te digan nada, tu rellenas la declaracion con el valor en el contrato de compraventa, liquidas lo que debas, y lo presentas junto con docu del barco, el contrato de compra etc y si les parece poco te mandaran una carta, y si no pues yatá.

Creo que no puedo tener mi domicilio español en el SSR siendo español, mentir esta muy feo, que hacer, .................
Gracias Ustek no te dicen en Hacienda que rellenes con el valor que tu quieras pero tampoco te dejan otra opción, el lunes hablo con el jefe de la oficina de Hacienda y me dirán si pongo el valor de compraventa o el valor de alguno que se asemeje. Ya contaré

Cita:

Originalmente publicado por Afrikano (Mensaje 1134103)
Hola Gulich,

Para obtener el MMSI de UK debes tener una licencia de radio expedida por la OFCOM. Para ello tienes que hacer un examen, ó bien hacer un curso de los que imparte la RYA. En realidad no es mas que un tramite, pero tienes que soltar 130, y perder 2h. En españa hay varios centros RYA acreditados:

P.e: http://www.serenitysailing.com/

:brindis:

Muchas gracias afrikano, entiendo entonces que en SSR no es obligatorio tener MMSI,
Salud y Ganas

KIBO 20-09-2011 21:22

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Gulich, ¿en que oficina de hacienda estás haciendo los trámites?

Marco Glider 20-09-2011 22:00

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
En Cartagena Kibo, no se la calle, en el centro, junto a calle Jara.

Afrikano 21-09-2011 11:25

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por gulich (Mensaje 1134733)
Muchas gracias afrikano, entiendo entonces que en SSR no es obligatorio tener MMSI,
Salud y Ganas

No lo es, pero con la licencia de radio, puede tener MMSI hasta los piragüistas. Para pragmatismo, el de UK...
¿No conoces a nadie viviendo en UK? Yo navego en un SSR a nombre de una amiga. En cuanto lo tenga mas claro lo pondré a mi nombre.
:brindis:

Marco Glider 21-09-2011 20:00

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Cita:

Originalmente publicado por Afrikano (Mensaje 1135024)
No lo es, pero con la licencia de radio, puede tener MMSI hasta los piragüistas. Para pragmatismo, el de UK...
¿No conoces a nadie viviendo en UK? Yo navego en un SSR a nombre de una amiga. En cuanto lo tenga mas claro lo pondré a mi nombre.
:brindis:

Afrcano, puedes ponerlo a tu nombre en la dirección de tu amiga (en la que debes residir algo asi como 6 meses al año)
Salud y Ganas

usutek 21-09-2011 23:39

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Hola Gulich y Afrikano, y quien le interese.
Esto lo he copiado de la web del Brithis Register.Lo que no se si en caso de tener algun problema serio con el barco
(accidente gordo,rescate,heridos,muertos o yo que sé) que implicaciones puede haber si se dan cuenta que no eres residente, por lo cual no puedes estar registrado en SSR .Ese es mi yuyu.
Ademas lo tienes que renovar cada 5 años, volviendo a reincidir:cunao:
El part I es mas caro y complicado,pero es jugar seguro.

3. Who may register a small ship?
A small ship may be registered if it is owned by one or more of the following persons who are ordinarily resident in the UK:
(a) British Citizens
(b) Persons who are nationals of a European Union or Economic Area country other than the United Kingdom and are
established* in the UK
(c) British Dependant Territories citizens; British Overseas citizens; persons who under the British Nationality Act 1991
and are British subjects; persons who under the Hong Kong (British Nationality) Order are British Nationals Overseas,
and
(d) Commonwealth citizens not falling within those paragraphs.
* Established – It is not sufficient to live in the UK to be ‘established’ in accordance with Articles 48 and 52 of the EU Treaty.
To be ‘established’ a person must make an economic contribution to the UK by being the proprietor of a business, being
employed, or having very recently retired from such employment, ie within the last 6 months. If you have any doubts about
your ‘establishment’ you should consult the Registry.
4. What does ‘ordinarily resident’ mean?
For the purposes of registering a ship it means living and sleeping in the UK for a significant part of the year. A person may
be considered to be ordinarily resident in the country in which they live for a period of, or periods which collectively amount
to 185 days or more in a twelve month period. If you are resident in the UK for tax purposes, you will generally be regarded
as resident for the purpose of registration.

Marco Glider 22-09-2011 21:18

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Creo que la diferencia entre las Partes I y III es que en la parte III te expiden un documento en el que dice explicitamente que ese documento prueba que el barco es ingles pero no prueba que el barco es tuyo, es por eso que la parte I es más complicada porque miran en el listado de propiedad del barco y testifican que el barco es tuyo, pero en los dos casos exigen 185 dias de residencia en UK. En cuanto a los problemas por accidente el bien asegurado es el barco por lo que se asegurará seas tu u otra persona la que lo gobierna, En cuanto a si se necesita una titulación inglesa para navegarlo es una circustancia que ignoro y si eso influirá en el seguro tampoco.


SAlud y Ganas

Registering craft on Part III Small Ships Register (SSR)

Part III is a simple and cheap form of registration that proves a boat’s nationality. If your pleasure craft is under 24 metres you can register with Part III of the UK Ship Register. Registration costs £25.
Eligibility to register

In order to be eligible, all owners must be resident in the UK for 185 days of the year and be one of the following:

  • British Citizen
  • non-UK citizens exercising their EU right of freedom of movement or worker’s right for establishment
  • British Dependent Territories Citizen
  • British Overseas Citizen
  • British subject under the British Nationality Act 1981
  • British National (overseas) under Hong Kong (British Nationality) Order 1986
  • Commonwealth Citizen not falling within this list
Part III registration is not for:
  • companies
  • fishing vessels
  • submersible ships
  • boats 24 metres or over in length

usutek 22-09-2011 22:03

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Hola Gulich,
En el part I no hace falta ser residente UK, en mi documentacion figura mi domicilio real en España.
En el part III tienes que ser residente.
:brindis:

LORDRAKE 24-09-2011 10:53

Re: Tu navegas con pabellon extranjero?????????
 
Creo recordar que el partI habia que constituir una empresa en UK por no ser residentes. El coste de la constitución de una sociedad y el mantenimiento de ella al final era similar al coste de poner un barco en zona I, bien es verdad que para los que no tienen el titulo de capitan puede ser interesante.
:brindis::brindis:
LORDRAKE:velero:


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