La Taberna del Puerto

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-   -   Navegar con bandera holandesa (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=8850)

Capità Drake 05-09-2007 20:19

Re: Navegar con bandera holandesa
 
A ver: no quiero asustar a nadie, pero esta es la legislacion aplicable (ilegal a la luz de la normativa europea, pero aplicable en España):

Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales. BOE 29 Diciembre.
Disposiciones Adicionales.
Primera. Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España.

Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Artículo 116. Infracciones muy graves. Son infracciones muy graves las acciones u omisiones tipificadas en los artículos 114 y 115 anteriores cuando ocasionen lesión a alguna persona que motive baja por incapacidad laboral superior a siete días, o daños o perjuicios superiores al millón de pesetas, las que pongan en grave peligro la seguridad del buque o de la navegación, la reincidencia en cualquiera de las faltas tipificadas como graves antes del plazo establecido para su prescripción, y en todo caso las siguientes:
3. Infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo.
c) Navegar sin que el buque se halle debidamente matriculado.
Artículo 120. Multas y sanciones accesorias.
3. En caso de infracción muy grave, la sanción será:
c) En las infracciones contra la ordenación del tráfico marítimo, multa de hasta 50.000.000 de pesetas.

O sea, que por un lado esta la obligacion de matricular y pagar el impuesto (si no lo pagas Hacienda te levanta una liquidacion, con sancion). Y por otro, dado que la esa ley fiscal dice que es obligatorio matricular, si no lo haces podria caerte la sancion de la Ley de Puertos (la cual la pondria capitania).

PREGUNTA PARA INSPECTORATE: Si pagas el impuesto de matriculacion (para no tener problemas fiscales) y te abstienes de matricular y mantienes la bandera de origen, si le llega a Capitanía una denuncia de los "ranitas" o los azules de aduanas, ¿capitania incoa un expediente sancionador e impone la multa correspondiente?
Gracias, saludos, y rondas ...:brindis: :brindis:

Inspectorate 05-09-2007 20:37

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Pues veamos.
Este es un tema delicado y es complicado generalizar.
Voy a intenter ceñirme al caso propuesto, aunque dicho sea de paso, no me dedico a estas cosas directamente en mi puesto de trabajo, aunque igual se lo comento al compañero que las lleva...

Si se incumple la obligación de matricular el barco preceptuada en la Ley 38/1992 sobre impuesto especiales, la Capitanía remitirá la denuncia a Hacienda.

Navegar en esas condiciones podría suponer infracción de algunos preceptos de la Ley 27/1992, por ejemplo los recogidos en el artículo 116.3. Estas son infracciones tipificadas como muy graves, sancionables, como bien apuntas con hasta 50.000.000 de pesetas.

Si Hacienda y Fomento incoan ambos expediente, en aplicación del principio básico "non bis in idem" no se podría sancionar dos veces por lo mismo, por lo que la sanción que recaería sería la más gravosa para el responsable de la misma.

Salutem.

Capità Drake 05-09-2007 20:46

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Inspectorate (Mensaje 119448)
Pues veamos.
Este es un tema delicado y es complicado generalizar.
Voy a intenter ceñirme al caso propuesto, aunque dicho sea de paso, no me dedico a estas cosas directamente en mi puesto de trabajo, aunque igual se lo comento al compañero que las lleva...

Si se incumple la obligación de matricular el barco preceptuada en la Ley 38/1992 sobre impuesto especiales, la Capitanía remitirá la denuncia a Hacienda.

Navegar en esas condiciones podría suponer infracción de algunos preceptos de la Ley 27/1992, por ejemplo los recogidos en el artículo 116.3. Estas son infracciones tipificadas como muy graves, sancionables, como bien apuntas con hasta 50.000.000 de pesetas.

Si Hacienda y Fomento incoan ambos expediente, en aplicación del principio básico "non bis in idem" no se podría sancionar dos veces por lo mismo, por lo que la sanción que recaería sería la más gravosa para el responsable de la misma.

Salutem.

Que rapido, Inspectorate. Gracias. Pero yo digo si has pagado el impuesto pero luego no matriculas y sigues navegando con bandera extranjera. Osea que Hacienda no sancionaria porque los impuestos estan pagados... Crees que en capitania si iniciaria el expediente por la infraccion del 116 (teniendo en cuenta que es la ley de impuestos especiales la que establece que debe matricularse) o crees que no harian nada?

:brindis:

Inspectorate 05-09-2007 20:49

Re: Navegar con bandera holandesa
 
No, es que la Ley 38/1992 no sólo obliga a pagar el impuesto, sino a matricular (abanderar) en España:

Disposición adicional primera:


Deberán matricularse en España los medios de transporte, nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se adquieran por personas, entidades o titulares de establecimientos con domicilio o residencia fiscal en dicho territorio para circular o ser utilizados en el mismo.

Salutem.

Capitan Sardina 05-09-2007 21:10

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por malamar (Mensaje 119405)
que par de "junk sail", le veo a ese Freedom :pirata:
... lo veo...lo veo...:borracho: :borracho:


:brindis:

De “Junk” (trasto en inglish) nada, jeje Un precioso “Cat-Ketch” (o “Cat-Chup”:borracho: ?), que aun no me acabo de creer que es mio:p .

(NOTA: “Catboat”: barco con un mastil sin obenques y muy adelantado a proa, muy popular en la bahia del Chesapeake a principios del siglo pasado. “Ketch” Barco de dos mastiles con el palo de mesana por delante de la barra del timon.)

Saludos

Capità Drake 05-09-2007 22:05

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Inspectorate (Mensaje 119460)
No, es que la Ley 38/1992 no sólo obliga a pagar el impuesto, sino a matricular (abanderar) en España:

Disposición adicional primera:


Deberán matricularse en España los medios de transporte, nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se adquieran por personas, entidades o titulares de establecimientos con domicilio o residencia fiscal en dicho territorio para circular o ser utilizados en el mismo.

Salutem.

Entonces ¿tu crees que Hacienda se meteria a ponerte una multa aunque hayas pagado el impuesto, basandose en que la obligacion de matricular la establece la ley de impuestos especiales?

magicus_max 05-09-2007 22:38

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Solo por añadir alguna duda más... -llevo tiempo dándole vueltas, porque el nivel de regulación y fiscalidad aquí me parece exagerado e injusto-:

Supongamos que esa embarcación es adquirida o propiedad de una empresa ubicada en un país de CE:

1 - Puede un ciudadano español usarla regularmente? Entiendo que sí -o sería discrinatorio-.
2 - Si es así -que debería- qué obligaciones tiene citada empresa para con el fisco español y/o capitanías? Alguna?
3 - Como puede demostrarse o regularse la posible cesión del derecho a uso de la embarcación desde la empresa al ciudadano? Pago en especies, incentivos empresariales... alquiler.... entiendo que deberían ser fórmulas válidas...

magicus.... preguntando..... -o dando ideas-...

nemesis 05-09-2007 22:41

Re: Navegar con bandera holandesa
 
según todo lo leido entiendo que no podría usarlo regularmente o mejor dicho para ello tendría q matricularlo en españa. La única vía de escape es q tuviera un contrato bien laboral o de arrendamiento de servicios ¿estais de acuerdo?

Capità Drake 06-09-2007 00:22

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por magicus_max (Mensaje 119510)
Solo por añadir alguna duda más... -llevo tiempo dándole vueltas, porque el nivel de regulación y fiscalidad aquí me parece exagerado e injusto-:

Supongamos que esa embarcación es adquirida o propiedad de una empresa ubicada en un país de CE:

1 - Puede un ciudadano español usarla regularmente? Entiendo que sí -o sería discrinatorio-.
2 - Si es así -que debería- qué obligaciones tiene citada empresa para con el fisco español y/o capitanías? Alguna?
3 - Como puede demostrarse o regularse la posible cesión del derecho a uso de la embarcación desde la empresa al ciudadano? Pago en especies, incentivos empresariales... alquiler.... entiendo que deberían ser fórmulas válidas...

magicus.... preguntando..... -o dando ideas-...

Nada de nada. Vivimos en un pais bananero:
1.-Pues, tienes razon, es discriminatorio. si lo va a utilizar un residente: a cotizar y matricular.
2.- Obligaciones: todas (salvo impuestos, si lo matriculas en lista 6ª: punto siguiente)
3.- la cesion a cambio de algo (lo que sea) es un alquiler. Y eso significa un establecimiento permanente. Por tanto, estas en lo de siempre: si solo lo dedicas a alquiler, lista 6ª, con todos los inconvenientes (y requisios que hay que cumplir, limites maximos, peligro de que te pillen, etc.).
:borracho:

IRRINTZI 06-09-2007 07:36

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Tema interesante éste. Yo tambien tengo otra duda: imaginaros que comprais un barco a traves de un renting, si se puede considerar como un alquiler a largo plazo (5 años), se podria comprar barco con bandera francesa, a traves de un renting en Francia (el barco estaria a nombre de la empresa de renting), el barco no es tuyo! al finalizar el renting lo abanderas español o lo cambias.

Sería ésto más o menos legal?

IRRINTZI

Capità Drake 06-09-2007 09:27

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por IRRINTZI (Mensaje 119635)
Tema interesante éste. Yo tambien tengo otra duda: imaginaros que comprais un barco a traves de un renting, si se puede considerar como un alquiler a largo plazo (5 años), se podria comprar barco con bandera francesa, a traves de un renting en Francia (el barco estaria a nombre de la empresa de renting), el barco no es tuyo! al finalizar el renting lo abanderas español o lo cambias.

Sería ésto más o menos legal?

IRRINTZI

Nada de nada (mira la disposicion adicional primera de la ley de impuestos especiales):
1. Porque el barco esta siendo destinado a ser utilizado por ti, residente.
2. Porque desde el momento que el barco esta aqui y la empresa francesa te lo alquila, se considera que tiene establecimiento en España, y por tanto debe matricularlo.


Por cierto, Inspectorate, veo que los dos citamos una redaccion diferente de la DA Primera. Sera que una de las dos es antigua y ha sido reformada? (o deformada?:cunao: )
Saludos y rondas:brindis: ,

:brindis:

nemesis 06-09-2007 09:34

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Buenos días y repito y si el barco tiene bandera americana, propiedad de una sociedad americana, y lo llevo en base a un contrato de arrendamiento d servicios.

saludos

Capità Drake 06-09-2007 09:48

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por nemesis (Mensaje 119686)
Buenos días y repito y si el barco tiene bandera americana, propiedad de una sociedad americana, y lo llevo en base a un contrato de arrendamiento d servicios.

saludos

Es lo mismo que planteaba Irrintzi:
Desde el momento en que una emresa americana tiene un barco alquilado con base en territorio español, se entiende que tiene un establecimiento permantente, y por tanto tiene que matricular.
Y tambien, por el hecho de que el barco esta destinado a ser usado por un residente.
Todo ello esta en la DA Primera de la ley de impuestos especiales (incluido el de matriculacion).

Pero INSPECTORATE y yo tenemos que ver cual de las dos redacciones es la buena.

La unica solucion que podria prosperar seria arreglarselas para tener residencia extranjera y si te paran, decir que estas pasando unos dias de vacaciones. Pero Capitania (como dice Inspectorate) pasara parte a Hacienda. Y si tienes un trabajo, negocio, familia, etc. aqui, te han pillado y multa que te pego! O sea que en realidad esto solo esta al alcance de muy pocas personas.
:brindis:

nemesis 06-09-2007 10:19

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Capita Drake (Mensaje 119695)
Es lo mismo que planteaba Irrintzi:
Desde el momento en que una emresa americana tiene un barco alquilado con base en territorio español, se entiende que tiene un establecimiento permantente, y por tanto tiene que matricular.
Y tambien, por el hecho de que el barco esta destinado a ser usado por un residente.
Todo ello esta en la DA Primera de la ley de impuestos especiales (incluido el de matriculacion).

Pero INSPECTORATE y yo tenemos que ver cual de las dos redacciones es la buena.

La unica solucion que podria prosperar seria arreglarselas para tener residencia extranjera y si te paran, decir que estas pasando unos dias de vacaciones. Pero Capitania (como dice Inspectorate) pasara parte a Hacienda. Y si tienes un trabajo, negocio, familia, etc. aqui, te han pillado y multa que te pego! O sea que en realidad esto solo esta al alcance de muy pocas personas.
:brindis:

Entendido, pero el tema q planteo es distinto, mehor dicho, creo q es distinto, pq el barco no está alquilado ni está siendo usado por un residente sino que el propietario (soc americana) ha contratado a una persona (ciudaddano español) para q maneje el barco

IRRINTZI 06-09-2007 10:28

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Capita Drake (Mensaje 119679)
Nada de nada (mira la disposicion adicional primera de la ley de impuestos especiales):
1. Porque el barco esta siendo destinado a ser utilizado por ti, residente.
2. Porque desde el momento que el barco esta aqui y la empresa francesa te lo alquila, se considera que tiene establecimiento en España, y por tanto debe matricularlo.


Por cierto, Inspectorate, veo que los dos citamos una redaccion diferente de la DA Primera. Sera que una de las dos es antigua y ha sido reformada? (o deformada?:cunao: )
Saludos y rondas:brindis: ,

:brindis:


Y si la base del puerto es frances, es decir empresa francesa con barco frances y con base en puerto frances (dónde dejas cada noche el barco menos cuando haces alguna travesia) ?

Capità Drake 06-09-2007 10:52

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por IRRINTZI (Mensaje 119719)
Y si la base del puerto es frances, es decir empresa francesa con barco frances y con base en puerto frances (dónde dejas cada noche el barco menos cuando haces alguna travesia) ?

O sea que tu vives cerca de la frontera y te planteas tener el puerto base al otro lado? Si es asi, tu pregunta es para matricula porque ese supuesto no esta previsto, la ley es muy generica, y habria que pensarlo y verlo. De todas formas, te advierto lo siguiente:
1. Puedes contratar un comite de expertos con los juristas mas prestigiosos y que te den su opinion.
2. Pero digan lo que digan los sabios, Hacienda hara su propia interpretacion, y a lo mejor te dan el palo y te pasas los siguientes 5 años con pleitos para anular las sanciones, impuestos, etc. (pero de momento, a pagar impuestos y sanciones, ...y abogados).

De todas formas, estaria bien saber que piensan Inspectorate y los expertos. Al fin y al cabo no debe ser tan raro en lugares fronterizos: como si alquilas un barco en Francia y acabas navegando en aguas españolas.:brindis:

Auskalo 06-09-2007 10:54

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por nemesis (Mensaje 119713)
Entendido, pero el tema q planteo es distinto, mehor dicho, creo q es distinto, pq el barco no está alquilado ni está siendo usado por un residente sino que el propietario (soc americana) ha contratado a una persona (ciudaddano español) para q maneje el barco

En este caso, si tienes la titulacion adecuada y un contrato en regla vas de legal (que no se pueda demostrar que el barco es tuyo), pero no vas a poder estar en aguas territoriales por tiempo indefinido (no se exactamente cuanto tiempo es pero me parece que son seis meses al año). Con bandera europea la cosa deberia cambiar, aunque creo que siguen poniendo algunos problemas.
Pero los tiros para tener el barco con bandera extranjera han de ir por ahi, empleado del barco.
Saludos
Auskalo

nemesis 06-09-2007 11:03

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Auskalo (Mensaje 119738)
En este caso, si tienes la titulacion adecuada y un contrato en regla vas de legal (que no se pueda demostrar que el barco es tuyo), pero no vas a poder estar en aguas territoriales por tiempo indefinido (no se exactamente cuanto tiempo es pero me parece que son seis meses al año). Con bandera europea la cosa deberia cambiar, aunque creo que siguen poniendo algunos problemas.
Pero los tiros para tener el barco con bandera extranjera han de ir por ahi, empleado del barco.
Saludos
Auskalo

Entendido, pero claro el barco estará más de esos 6 meses al año, entonces que habría q hacer: matricularlo? ¿entonces q beneficios tendría esta opción?

IRRINTZI 06-09-2007 11:17

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Capita Drake (Mensaje 119734)
O sea que tu vives cerca de la frontera y te planteas tener el puerto base al otro lado? Si es asi, tu pregunta es para matricula porque ese supuesto no esta previsto, la ley es muy generica, y habria que pensarlo y verlo. De todas formas, te advierto lo siguiente:
1. Puedes contratar un comite de expertos con los juristas mas prestigiosos y que te den su opinion.
2. Pero digan lo que digan los sabios, Hacienda hara su propia interpretacion, y a lo mejor te dan el palo y te pasas los siguientes 5 años con pleitos para anular las sanciones, impuestos, etc. (pero de momento, a pagar impuestos y sanciones, ...y abogados).

De todas formas, estaria bien saber que piensan Inspectorate y los expertos. Al fin y al cabo no debe ser tan raro en lugares fronterizos: como si alquilas un barco en Francia y acabas navegando en aguas españolas.:brindis:

efectivamente esa es la idea, al estar viviendo en la frontera hacerlo de esa forma

Capità Drake 06-09-2007 11:47

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por IRRINTZI (Mensaje 119750)
efectivamente esa es la idea, al estar viviendo en la frontera hacerlo de esa forma

Pues yo te diria que legalmente es muy posible que pueda ser defendible que no hay que matricular (eso habria que estudiarlo con calma, y en todo caso disimulando el hecho de que en el fondo es "tu" barco). Pero de todas formas, no olvides que en esta materia España es un pais choricillo, que hace cosas ilegales, burlandose de la legislacion europea, para sacarnos unos impuestos ilegales (como ha salido en este hilo). Y que las costas españolas estan infestadas de piratas (con uniforme verde o azul), que, entre otras tareas -algunas loables-, estan para ayudar a recaudar ese impuesto revolucionario. Por tanto, lo mas probable es que en cuanto te vean un par de veces navegando por aguas españolas, te lleven a un puerto y te precinten el barco hasta que arregles el tema (y no digamos si te ven fondeado o en algun puerto). Y a lo mejor 5 o 6 años despues tienes una sentencia que te da la razon y te quite la multa y hasta te devuelva los impuestos, pero mientras te han fastidiado...
Triste, pero es asi. (viva la libertad de circulacion de mercancias y personas en Europa!)
:brindis:

malamar 06-09-2007 12:28

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Todo esto me hace recordar ahora como un colega se hizo residente canario, se saco un carnet profesional de chofer y se paseaba por el Foro con los ultimos modelos de Porsche siempre. Los demas, de Seat 124 :cagoento: :cagoento:

Precioso el Freedom, Capitan Sardina...cala mucho?

Polizón 06-09-2007 12:36

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Capita Drake (Mensaje 119768)
Pues yo te diria que legalmente es muy posible que pueda ser defendible que no hay que matricular (eso habria que estudiarlo con calma, y en todo caso disimulando el hecho de que en el fondo es "tu" barco). Pero de todas formas, no olvides que en esta materia España es un pais choricillo, que hace cosas ilegales, burlandose de la legislacion europea, para sacarnos unos impuestos ilegales (como ha salido en este hilo). Y que las costas españolas estan infestadas de piratas (con uniforme verde o azul), que, entre otras tareas -algunas loables-, estan para ayudar a recaudar ese impuesto revolucionario. Por tanto, lo mas probable es que en cuanto te vean un par de veces navegando por aguas españolas, te lleven a un puerto y te precinten el barco hasta que arregles el tema (y no digamos si te ven fondeado o en algun puerto). Y a lo mejor 5 o 6 años despues tienes una sentencia que te da la razon y te quite la multa y hasta te devuelva los impuestos, pero mientras te han fastidiado...
Triste, pero es asi. (viva la libertad de circulacion de mercancias y personas en Europa!)
:brindis:

Completamente de acuerdo con esto.
Pero irrintzi, la solución la tienes a huevo, sólo te queda navegar por aguas francesas y todo resuelto.
De hecho, mi hermano tenía el barco en Portugal, y para no tener problemas lo que hacía era que navegaba por aguas portuguesas, que además en nuestra zona, sus costas son mucho mas bonitas.

Auskalo 06-09-2007 12:52

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por nemesis (Mensaje 119740)
Entendido, pero claro el barco estará más de esos 6 meses al año, entonces que habría q hacer: matricularlo? ¿entonces q beneficios tendría esta opción?

En principio con una bandera europea (libertad de movimiento de individuos y bienes:cunao: ) deberia bastar. Si figuras como trabajador del barco no tiene por que haber problemas (se entiende que cotizas, etc)
Luego siempre hay excepciones, por aqui hay un barco con bandera estadounidense que lleva un monton de tiempo (patron de eeuu), sigue aqui con lo que supongo que no le han metido mano. Lo mismo he visto con bandera francesa.
Saludos
Auskalo

IRRINTZI 06-09-2007 12:59

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Polizón (Mensaje 119801)
Completamente de acuerdo con esto.
Pero irrintzi, la solución la tienes a huevo, sólo te queda navegar por aguas francesas y todo resuelto.
De hecho, mi hermano tenía el barco en Portugal, y para no tener problemas lo que hacía era que navegaba por aguas portuguesas, que además en nuestra zona, sus costas son mucho mas bonitas.


Hombre, realmente es lo que hago, el 90% del tiempo navego por aguas francesas o de soberania compartida, pero de vez en cuando me desplazo a algun puerto español para alguna regatilla. Como norma general por nuestra zona, los verdes paran a los abanderdos españoles y los gabatxos a los franceses, en estos momentos ya voy de ilegal (barco de segunda mano en puerto frances y bandera francesa) para españa, pero no para francia, pues cumplo con su legislación (incluso me he sacado la licencia de operador de radio obligatoria ahora)

IRRINTZI

Capitan Sardina 06-09-2007 13:04

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por malamar (Mensaje 119790)
Todo esto me hace recordar ahora como un colega se hizo residente canario, se saco un carnet profesional de chofer y se paseaba por el Foro con los ultimos modelos de Porsche siempre. Los demas, de Seat 124 :cagoento: :cagoento:

Precioso el Freedom, Capitan Sardina...cala mucho?

No no mucho. Tiene una orza abatible. 4.5 pies (~1.4 m) con la orza arriba y 9 pies (~2.5 m) con la orza abajo.

Si te gusta, hay uno en venta en Alabama por $65,000.Tiene cubierta de teka (malo) y palos de aluminio (regular), y un par mas en mejor estado en Florida y Virginia (~85,000)

Saludos

Alex

malamar 06-09-2007 13:23

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Gracias por la respuesta Alex. Lo mio es interes especulativo, mas bien. Pero siempre me intereso ese modelo tuyo por su "radical departure" de las tendencias generales. y me encanta el antiguo concepto de las velas de junco chinas...asi que al ver tus fotos (enhorabuena)
me dio un flash :rolleyes: El unico barco que me haria cometer la locura de ir a por el es un Falmouth Cutter 22 que se halla semiabandonado
en La Paz, Baja California, pero son locuras de altas horas de la madrugada.
Suerte en todos tus planes.
:brindis:

rom 06-09-2007 13:35

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Capitan Sardina (Mensaje 119388)
Vaya follon!

Este tema me interesa y me preocupa. Mi plan es regresar a Espanya (despues de 20 anyos!) con mi familia y barco. Nuestro barco esta abanderado en USA (doble nacionalidad). Si me toca pagar impuestos y me llega (estamos intentando ahorrar lo suficiente para poder ir), pues habra que pasar por el tubo. Existe una excepcion para emigrantes retornados (mi caso) a la que quizas nos podamos acoger. Pero no quiero abanderar el barco en Espanya ya que si no encontramos trabajo o no funciona habra que volver a USA, ademas el sistema de homologacion y titulaciones de Espanya resulta prohibitivo si vienes de fuera de la comunidad europea. (de echo lo normal seria poder abanderar el barco con bandera espanyola aunque vivas fuera, pero con el sistema de homologaciones, inspeciones y estampitas de aqui es una cosa de risa)

En fin ya se vera. Quizas en un par de anyos las cosas estaran mas claras. Entre tanto el que sepa sobre esto que lo cuente que me interesa por la cuenta que me trae.

Saludos.

Alex

http://i158.photobucket.com/albums/t...eparty-100.jpg
[/font]

Pues si vienes por BCN, había un Freedom en el Port Olimpic.

Mira en este hilo hablábamos de ello:

http://www.latabernadelpuerto.com/fo...ic.php?t=33850


Saludos
:brindis:

Chagho 06-09-2007 15:24

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por IRRINTZI (Mensaje 119818)
Como norma general por nuestra zona, los verdes paran a los abanderdos españoles y los gabatxos a los franceses, en estos momentos ya voy de ilegal (barco de segunda mano en puerto frances y bandera francesa) para españa, pero no para francia, pues cumplo con su legislación (incluso me he sacado la licencia de operador de radio obligatoria ahora)

IRRINTZI

Por si aporta algo, puedo contaros que a mi me abordaron en una ocasión los de aduanas, yo iba con bandera francesa, y me dijeron que con ellos no tenía ningún problema por ser importación intracomunitaria y por lo tanto exenta de IVA. El barco es un compra de segunda mano (más bien de sexta) a un particular.
Si como dice IRRINTZI los verdes normalmente se dedican a parar a los de bandera española...

:brindis:

Chagho 06-09-2007 15:31

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por malamar (Mensaje 119840)
//... Falmouth Cutter 22 ...//

http://roguewaveyachtsales.com/rogue...es/e270460.jpg

Precioso, oiga :sip:

Inspectorate 06-09-2007 19:44

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Capita Drake (Mensaje 119502)
Entonces ¿tu crees que Hacienda se meteria a ponerte una multa aunque hayas pagado el impuesto, basandose en que la obligacion de matricular la establece la ley de impuestos especiales?

Pues Hacienda podría entender que, por razón de su competencia, debe notificar a la DGMM que el barco no se encuentra debidamente matriculado tal y como establece la Ley 27/1992.

O bien, cosa también factible es que solicitara a la DGMM informe sobre si el barco se encuentra debidamente matriculado, aunque se haya pagado el impuesto.

El caso real ¿cuál es? Pues que la GC denuncia que un barco que debe estar matriculado (por ley) en España no lo está, los diferentes órganos de la administración cooperarán para que ese hecho quede sancionado.

Me gustaría haber tenido un caso real de este asunto para comentaros qué es lo que ha sucedido. Igual si un día tengo tiempo reviso archivos por si en mi Capitanía se hubiese dado esto alguna vez.

Por cierto, el Real Decreto-Ley 7/1993 modifica la redacción de la D.A. 1ª de la Ley 38/1992, la cual queda redactada así:

<Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España.>

Salutem.

BOF 06-09-2007 21:15

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Josep (Mensaje 118319)
Primero de todo unas rondas a todos...:brindis:
Buscando por la red, he encontrado un bonito velero en venta en el norte de España y he llamado para preguntar sobre el barco. Casco de acero,bandera holandesa...BANDERA HOLANDESA! el hombre es español y me dice que lo puedo tener con esta bandera y navegar con el sin ningún problema, que acaba de pasar una revision sin problemas,etc
mi pregunta es obvia ¿es posible tener un barco con matrícula holandesa en España y para navegar en España?
¿Se puede hacer el cambio de bandera Holandesa por bandera española?
Gracias por anticipado.


Hola Josep!!! Una ronda para todos !!!!:brindis:
He visto la foto y este barco lo conozco. Esta foto es del puerto de Orio en Guipuzcoa. Al actual dueño le he visto en muchas ocasiones y tiene un aspecto de mimar y atender el mantenimiento del barco enorme. Lo tiene de aspecto exterior impecable.

En cuanto a lo de la bandera esta claro que no es legal. Deberias matricularlo en España. Pero en defensa del dueño, te dire que probablemente lo desconozca. Los ejemplos que IRINTZI comenta en sus mesajes son muy comunes en los puertos cercanos a la frontera con Francia. Es decir, gente que tiene barco propio o en renting, navegando en Francia o cerca de la frontera y con bandera francesa. Supongo que en zonas fronterizas la guardia civil no es tan rigurosa. Entonces, este hombre que te vende el barco, viendo los ejemplos a su alrrededor y que a el tampoco le dicen nada, igual piensa que es legal. (¿?)

Un saludo:pirata: :velero:

biziberri 13-09-2007 20:45

Re: Navegar con bandera holandesa
 
bueno sorry saludos y:brindis:
e iniciado un post similar a este
y quizas deberia estar aqui
lo subo para que se reavive el tema
y si es necesario el tabernero experto en estas lides
lo inscriba
Saludos tabernero un ronda para ti ,

Heráclito 13-09-2007 23:13

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Inspectorate, perdona si me hago pesado pero es que me interesa. Hace unos días te pregunté que si un ciudadano espannol residente en el extranjero (a saber, yo) podría usar en espanna un barco abanderado en su país de residencia. Tu respuesta fue: "Ciudadano español que compre un barco que use en España: Bandera española. Residente en España que compre un barco que use en España: Bandera española." De la primera frase inferí que la respuesta a mi pregunta era negativa, que como ciudadano espannol, a pesar de ser residente en el extranjero, tendría que abanderar mi barco en espanna si lo quiero usar en espanna.
Pero ahora veo que citáis un decreto-ley que dice: "Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España." A mi entender, este párrafo no obliga a un espannol residente en el extranjero (y no titular de establecimientos...) a matricular su barco en Espanna, aunque lo vaya a usar en Espanna. Te agradecería que me aclararas la cuestión.

Green Star 13-09-2007 23:32

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Me parece que Inspectorate lo deja muy claro :sip:

Español navegando en España: Bandera Española


Los inventos con Gaseosa :cunao:

Freeblue 14-09-2007 00:15

Re: Navegar con bandera holandesa
 
[quote=Green Star;123779]Me parece que Inspectorate lo deja muy claro :sip:

Español navegando en España: Bandera Española


Los inventos con Gaseosa :cunao:[/QUOT

Pues verás..Greenstar:meparto: :meparto: como muy bien afirmas, "los experimentos...con gaseosa", pero me temo que has interpretado incorrectamente lo que dijo Inspectorate, eso, con todos mis respetos:D
Las leyes y reglamentos tributarios no se fijan ni someten al principio, de nacionalidad del sujeto pasivo..es decir, del que tributa, sino al principio de RESIDENCIA FISCAL:D
luego, no es una cuestión de ser o no ser ESPAÑOL, y el concepto de ¨ciudadanía¨no es tampoco aplicable en lo que normalmente entendemos como ciudadano de un estado.
El criterio es único y se basa en la Residencia fiscal del que...tributa.
Luego en la consulta que hace el cofrade, español de nacionalidad, pero residente fiscal en otro país, sin ningún género de duda, puede navegar en España, con un barco abanderado en el país dónde tiene su residencia fiscal, siempre y cuando el barco en cuestión no permanezca en España, por un período superior a 183 días. Sería entonces, si a ese barco se le detectara una permanencia mayor,cuando se podría , por parte de la Administración Tributaria, lanzar una "presunción de residencia" del mismo.
Las Leyes Tributarias, invierten la carga de la prueba; es decir: Si La Administración Tributaria lanzase una presunción de residencia fiscal, del barco o de la persona, no serían ellos quienes deberían probar el supuesto, sino la persona en cuestión, quién debería probar, que no es residente fiscal en España, tema que cuando es cierto, es decir, cuando realmente uno reside fiscalmente en otro país, no es complejo, pero se convierte en un tema más espinoso, cuando la afirmación : no soy residnete fiscal en España, no puede probarse documentalmente.
Si un barco detectado por la administración, con una bandera extranejra y una permanencia superior a sies meses en un Puerto español, es detectado y la Administración quiere tomar medidas, el barco puede ser legalmente precintado por la misma durante otros seis meses. Es más, en algunos puertos, personas no residentes fiscalmente en España, pero cuyas embarcaciones permanecen en nuestr país por períodos superiores a los 6 meses, solicitan voluntariamente el precinto de la embarcación por los otros 6 meses, para no verse "sorprendidas" por actuaciones de la Administración en esa línea, y porque no quieren pagar el impuesto de matriculación, que sería otra de las opciones que la Administración contempla. Y eso, me vas a perdonar, no está regulado por las Capitanías Marítimas, aunque evidentemente en un país dónde una actividad de recreo como la naútica, está regulada por más de cUATRO ESTAMENTOS DISTINTOS, con intervenciones de unos y otros, es lógico que haya el berengenal que..hay:D
Por eso, hay que ser extremadamente cuidadoso a la hora de hacer afirmaciones, valoraciones de determinados supuestos , etc etc.
y nada....que igual mejor me quedo callada:D pero de veras que hay veces que....no puedo:meparto: :meparto:
Un saludo, cofrade.
Alejandra.

Miahpaih 14-09-2007 00:47

Re: Navegar con bandera holandesa
 
:D :D :D

Yo tambien navego con la Holandesa, si hace falta .... y no se me caen los
anillos, menuda naveganta, la leche ... cuanto nos podria enseñar.

(Si el post no vá de esto, lo siento, es que el Foro está cada dia mas aburrido).

Perdon :santo: :santo:

Saludos
Miahpaih:santo: (Tractorista aburrido de oir tanto y tanto)

Solo existen 2 cosas infinitas, el Universo y la estupidez humana,
y de una de ellas no estoy seguro.
Albert Einstein
:D :D :D

Freeblue 14-09-2007 00:50

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Miahpaih (Mensaje 123822)
:D :D :D

Yo tambien navego con la Holandesa, si hace falta .... y no se me caen los
anillos, menuda naveganta, la leche ... cuanto nos podria enseñar.

(Si el post no vá de esto, lo siento, es que el Foro está cada dia mas aburrido).

Perdon :santo: :santo:

Saludos
Miahpaih:santo: (Tractorista aburrido de oir tanto y tanto)

Solo existen 2 cosas infinitas, el Universo y la estupidez humana,
y de una de ellas no estoy seguro.
Albert Einstein
:D :D :D




:meparto: :meparto: :meparto:
Anda...Luis:meparto: Con "La Holandesa" navego yo..y te manda muchos recuerdos:meparto: pero más te vale no acudir a ninguna de sus clases de spinning:calavera:
Un abrazo, cofrade.
Alejandra.

Miahpaih 14-09-2007 00:54

Re: Navegar con bandera holandesa
 
:D :D :D

Cita:

Originalmente publicado por Freeblue (Mensaje 123827)
:meparto: :meparto: :meparto:
Anda...Luis:meparto: Con "La Holandesa" navego yo..y te manda muchos recuerdos:meparto: pero más te vale no acudir a ninguna de sus clases de spinning:calavera:
Un abrazo, cofrade.
Alejandra.

Eso del "spinning" suena bien.

¿ Ande hay que apuntarse ? :eek: :eek: :santo:

Saludos
Miahpaih

:D :D :D

Inspectorate 15-09-2007 13:12

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Cita:

Originalmente publicado por Heráclito (Mensaje 123773)
Inspectorate, perdona si me hago pesado pero es que me interesa. Hace unos días te pregunté que si un ciudadano espannol residente en el extranjero (a saber, yo) podría usar en espanna un barco abanderado en su país de residencia. Tu respuesta fue: "Ciudadano español que compre un barco que use en España: Bandera española. Residente en España que compre un barco que use en España: Bandera española." De la primera frase inferí que la respuesta a mi pregunta era negativa, que como ciudadano espannol, a pesar de ser residente en el extranjero, tendría que abanderar mi barco en espanna si lo quiero usar en espanna.
Pero ahora veo que citáis un decreto-ley que dice: "Deberán ser objeto de matriculación definitiva en España los medios de transporte nuevos o usados, a que se refiere la presente Ley, cuando se destinen a ser utilizados en el territorio español por personas o entidades que sean residentes en España o que sean titulares de establecimientos situados en España." A mi entender, este párrafo no obliga a un espannol residente en el extranjero (y no titular de establecimientos...) a matricular su barco en Espanna, aunque lo vaya a usar en Espanna. Te agradecería que me aclararas la cuestión.

En efecto. Disculpad el lapsus.

Salutem

Navi 18-09-2007 22:48

Re: Navegar con bandera holandesa
 
Algo que creo que no ha quedado resuleto es si un español puede patronear un barco de bandera extranjera que no le pertenezca, el de un amigo o un pariente, disponiendo, claro, del preceptivo título español.
Espeso e interesante tema
:brindis:


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