La Taberna del Puerto

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-   -   parece que habrá cambio en la normativa (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=169743)

Apagapenol 02-06-2018 08:25

Re: Se acabo lo de cambiar de bander?!
 
Cita:

Originalmente publicado por Marcos Montesier (Mensaje 2113412)
Si eres residente en españa se te aplicara la ley española dando igual la bandera del barco, entre otras lindezas zona 1 y 2 hay que llevar sextante, almanaques y demas.... aunque no sepas usarlos por que tu titulacion no lo requiera.

[...]

Me ha parecido entender que incluso en aguas territoriales o sea mucho mas alla que hasta ahora, aunque esto no esta confirmado.

Buenos días, cofrade:

Tal como han comentado otros cofrades más arriba, todavía no está en vigor, hay mucha oposición tanto de ANAVRE como de los navegantes a título personal. Además de lo que dice el cofrade ponzoa, puedes ponerte en contacto con la embajada de tu pais de abanderamiento, para ponerles en antecedentes de que la DGMM pretende entrometerse en materias en las que ese país es soberano. La embajada belga acusa recibo y traslada los escritos a las autoridades belgas competentes.

Por otra parte, y en el muy improbable caso de que la OM llegara a aprobarse, lo que comentas no es exactamente así: las embarcaciones de bandera extranjera sólo pueden ser sometidas a inspección "preventiva, represiva o de control" en aguas interiores, y de manera limitada dentro del mar territorial (12 millas). Fuera del mar territorial sólo para contravenciones de carácter aduanero, fiscal, de inmigración y sanitario.

¿Qué quiere decir esto? Que por mucho que se empeñaran, sólo te podrían exigir que lleves a bordo el material correspondiente a zona 4, ya que fuera de ese límite se aplicaría la reglamentación de bandera.

Aquí tienes más información:

https://dialnet.unirioja.es/descarga...lo/2245756.pdf

Saludos y :brindis:
Saludos

Apagapenol 02-06-2018 08:29

Re: Respuesta: Se acabo lo de cambiar de bander?!
 
Cita:

Originalmente publicado por Palo-Palo (Mensaje 2113462)
Y cómo están los plazos? Si prospera, cuándo podría estar en vigor?
Lo digo porque tengo que renovar la pirotecnia y no sé cuantos botes de humo comprar.

La regla de 40cm ya la tengo, el sextante también aunque no lo controlo demasiado...

En fin, a ver la que nos cae...

:brindis:

Yo esperaría.

En todo caso, sólo te podrán exigir que lleves lo que corresponde a zona 4, porque fuera de ese límite pasan dos cosas:

- se aplica la reglamentación de bandera.
- sólo te pueden inspeccionar por cuestiones relativas a aduanas, fiscalidad, inmigración y sanitarias, como le digo más arriba al cofrade Marcos Montesier.

Así que del sextante, olvídate. De la regla de 40 cm, no...

Saludos y :brindis:

Piratacojo 02-06-2018 09:03

Re: Se acabo lo de cambiar de bander?!
 
Cita:

Originalmente publicado por Marcos Montesier (Mensaje 2113412)
Orden ministerial del 8 de mayo de 2018 de la dgmm.

Se eres residente en españa se te aplicara la ley española dando igual la bandera del barco, entre otras lindezas zona 1 y 2 hay que llevar sextante, almanaques y demas.... aunque no sepas usarlos por que tu titulacion no lo requiera.

Creo que deberemos abrir sociedades en algun paraiso fiscal, y poner a nombre de esa sociedad los barcos, sera la unica manera de eludir este atropello al que someten al navegante español en españa
Puede ser la puntilla a un mercado decadente, muchos barcos han cambiado y siguen cambiando de bandera cada dia, algunos para no pasar la itb, otros por algo de osmosis, otros sencilamente para navegar sin miedo... si esto sale adelante y mucho me temo que asi sera, por que hay muchos euros en multas que recaudar, esto se acabo.


Si alguien puede que suba el pdf, yo no tengo datos...

Me a parecido entender que incluso en aguas territoriales osea mucho mas alla que hasta ahora, aunque esto no esta confirmado.

De modo que solo te salvas si te vas de españa como es nuestro caso.

Da igual que otros paises evolucionen de manera distinta, siendo mas flexibles.... españa dando ejemplo, con el mazo dando. 3so si las empresas de charter que los barcos los tienen a nombres de empresas en otros paises estaran exentos de cumplir la ley española, alucina.

Y para terminar esto solo afectara a los barcos de recreo de hasta 24 metros y menos de 12 tripulantes, de modo que un petrolero de nabia tipo prestige... a ese nada, de cohetes ni balsas, ni itbs ni nada.

Me tienen arto, menos mal que no pienso volver y si lo hago, prefiero cambiar de titular el barco que pasar por su aro.

Algo así seria estupendo.

:brindis:

otoio 02-06-2018 11:53

Re: Se acabo lo de cambiar de bander?!
 
Aunque ES SÓLO UN PROYECTO, suponiendo que saliera adelante, está maniobra no serviria:
Cita:

Originalmente publicado por Marcos Montesier (Mensaje 2113412)
Creo que deberemos abrir sociedades en algun paraiso fiscal, y poner a nombre de esa sociedad los barcos, sera la unica manera de eludir este atropello al que someten al navegante español en españa

Un criterio de aplicación propuesto es que el patrón sea residente en España. Así que si crearais la sociedad, tendríais que contratar un patrón no residente. Bueno, al menos dos, para que ninguno resida más de 6 meses en España...

A una Orden no se le pone fecha hasta que no se haya aprobado, pero como señuelo propagandístico está bien... :cunao:

Insistir en el que hay otro hilo, como se ha dicho...
:brindis: (para tod@s, excepto la DGMM)

caribdis 02-06-2018 12:08

Re: Se acabo lo de cambiar de bander?!
 
Cita:

Originalmente publicado por Marcos Montesier (Mensaje 2113412)
Orden ministerial del 8 de mayo de 2018 de la dgmm.

Se eres residente en españa se te aplicara la ley española dando igual la bandera del barco, entre otras lindezas zona 1 y 2 hay que llevar sextante, almanaques y demas.... aunque no sepas usarlos por que tu titulacion no lo requiera.


Hombre, no me parece muy bien que ejemplifiques la aberración del proyecto de orden en hacer llevar un sextante y un almanaque si vas a 60 millas de la costa o más..


http://navastro.fr/images/products/2200003_gm.jpg


Este sextante cuesta 59 € y un almanaque es un libro que cuesta 12 € y que imagino que puedes llevar en formato electrónico...


Si intentamos defender que los navegantes somos responsables de nuestra seguridad y perfectamente capaces de escoger nuestro equipo y de saber si nuestro barco reune condiciones de navegación aún sin ITBs obligatorias, creo que no podemos argumentar que para navegar a 60 millas o más no debamos conocer un uso mínimo del sextante, lo exija o no una titulación que tampoco debiera ser obligatoria.


Con el sextante de 59 €, un día cualquiera, a mediodía, mides el ángulo del sol con el horizonte, el almanaque te da la hora a que pasa aproximadamente por tu meridiano, haces una medida y la apuntas, haces otra y la vuelves a apuntar, cuando veas que el ángulo ya disminuye (el sol ha bajado un poco) apuntas esa medida y marcas todas las que hiciste en un papel cuadriculado, sale una parábola, en la que aparece un ángulo máximo y puedes ver en que minuto fue ese ángulo máximo.


Con ese ángulo que sale, con un par de correcciones que te da el almanaque, y la declinación que tiene el sol ese día (latitud sobre la que el sol cae verticalmente, por ejemplo 0º el 21 de marzo y el 21 de setiembre de cada año), por una simple suma o resta te da tu latitud...Si el ángulo es 30º y es el 21 de marzo, tu latitud de 60º, si es 90º, tu latitud es 0º, estás en el ecuador...


Y con la Polar más fácil todavía, siempre tiene declinación 90º, si al crepúsculo el ángulo con el horizonte es 0º, estás en el ecuador, si es 90º estas en el polo N...


Y con el minuto exacto en que el sol estaba más alto sobre tu posición, sabes muy aproximadamente tu longitud...si ese día el sol pasa por Greenwich a las 12 UTC y por tu posición ha pasado a las 13 UTC es que estás en longitud 15ºW...


Me he pasado...cuatro párrafos de explicación...uff, comprendo que pueda ser agotador saber utilizar un sextante en una situación de emergencia...


A mi me cuesta bastante más entender los menús para cambiar de hora a los cuatro relojes digitales que hay por casa, más el del coche (que aún no se actualiza solo...)...:D:D



Si las normativas de otros países europeos prescinden de exigir titulación obligatoria o de obligarte bajo amenaza de sanción a llevar unos equipos determinados (y NO llevar otros), exijámoslo también como derecho a la igualdad, pero interioricemos también nuestra responsabilidad y no olvidemos tampoco de dónde viene la navegación, lo simple es lo que menos falla, y comodidad no significa siempre seguridad..


Un saludo


:brindis:

jahihu 02-06-2018 13:45

Se acabo lo de cambiar de bander?!
 
J

Enviado desde mi Mi A1 mediante Tapatalk

HIPPIE 02-06-2018 14:31

Re: Se acabo lo de cambiar de bander?!
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2113580)
Hombre, no me parece muy bien que ejemplifiques la aberración del proyecto de orden en hacer llevar un sextante y un almanaque si vas a 60 millas de la costa o más..


http://navastro.fr/images/products/2200003_gm.jpg


Este sextante cuesta 59 € y un almanaque es un libro que cuesta 12 € y que imagino que puedes llevar en formato electrónico...


Si intentamos defender que los navegantes somos responsables de nuestra seguridad y perfectamente capaces de escoger nuestro equipo y de saber si nuestro barco reune condiciones de navegación aún sin ITBs obligatorias, creo que no podemos argumentar que para navegar a 60 millas o más no debamos conocer un uso mínimo del sextante, lo exija o no una titulación que tampoco debiera ser obligatoria.


Con el sextante de 59 €, un día cualquiera, a mediodía, mides el ángulo del sol con el horizonte, el almanaque te da la hora a que pasa aproximadamente por tu meridiano, haces una medida y la apuntas, haces otra y la vuelves a apuntar, cuando veas que el ángulo ya disminuye (el sol ha bajado un poco) apuntas esa medida y marcas todas las que hiciste en un papel cuadriculado, sale una parábola, en la que aparece un ángulo máximo y puedes ver en que minuto fue ese ángulo máximo.


Con ese ángulo que sale, con un par de correcciones que te da el almanaque, y la declinación que tiene el sol ese día (latitud sobre la que el sol cae verticalmente, por ejemplo 0º el 21 de marzo y el 21 de setiembre de cada año), por una simple suma o resta te da tu latitud...Si el ángulo es 30º y es el 21 de marzo, tu latitud de 60º, si es 90º, tu latitud es 0º, estás en el ecuador...


Y con la Polar más fácil todavía, siempre tiene declinación 90º, si al crepúsculo el ángulo con el horizonte es 0º, estás en el ecuador, si es 90º estas en el polo N...


Y con el minuto exacto en que el sol estaba más alto sobre tu posición, sabes muy aproximadamente tu longitud...si ese día el sol pasa por Greenwich a las 12 UTC y por tu posición ha pasado a las 13 UTC es que estás en longitud 15ºW...


Me he pasado...cuatro párrafos de explicación...uff, comprendo que pueda ser agotador saber utilizar un sextante en una situación de emergencia...


A mi me cuesta bastante más entender los menús para cambiar de hora a los cuatro relojes digitales que hay por casa, más el del coche (que aún no se actualiza solo...)...:D:D



Si las normativas de otros países europeos prescinden de exigir titulación obligatoria o de obligarte bajo amenaza de sanción a llevar unos equipos determinados (y NO llevar otros), exijámoslo también como derecho a la igualdad, pero interioricemos también nuestra responsabilidad y no olvidemos tampoco de dónde viene la navegación, lo simple es lo que menos falla, y comodidad no significa siempre seguridad..


Un saludo


:brindis:

me tienes que enseñar,pero no creo que haga mucha falta si no tienes prisa,el sol sale de este a oeste,a rañalaaaaaa jujujujujuju

pacopil 02-06-2018 15:00

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
Hola, hippi. Puede ser algo engorroso, como dice Caribdis, pero sólo al principio. Una vez adquieres la costumbre lo haces de forma mecánica sin necesidad de mirar fórmulas. Además es una gozada ver que te ha salido bien y que puedes prescindir de la electrónica aunque la uses.

Un saludo y brindis por las buenas costumbres mariñeras :brindis:

Piratacojo 02-06-2018 15:05

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
La normativa debe ser acordada entre la DGMM y los navegantes y después los proveedores tendrán que adaptarse y vender lo que resulte de la normativa, no al revés como ahora.
Insisto en que la normativa ha de ser lo menos restrictiva posible, allá cada uno con su seguridad y su compañía de seguros.
Lo único obligatorio seria lo que atañe a la seguridad de terceros, y en esos terceros no contemplo a los profesionales del rescate ya que son profesionales y el riesgo posible es intrínseco a su profesión y en un caso extremo seria cuestión de su departamento de seguridad laboral que según la ley esta obligado a proporcionar todos los medios para evitar daños.
Cuando entro en vigor esa ley, me quitaron el plus de peligrosidad en mi trabajo.
Lo de la pirotecnia debe ser optativa o quizás ya tendrían que ir pensando en prohibirla, que son explosivos en manos de civiles.

magallanesXIX 02-06-2018 16:07

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
:brindis:
No he visto referencia a que la OM parece ser que tambien contradice al Real Decreto 1737/2010, de 23 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento por el que se regulan las inspecciones de buques
extranjeros en puertos españoles.
Si los expertos en leyes no lo han comentado, igual es que no tiene nada que ver, pero por si acaso lo comento, y me ha llamado particularmente la atencion lo siguiente.

En este real decreto dice que el objetivo del mismo es, y cito textualmente:
Artículo 1. Objeto.
Este reglamento tiene por objeto regular las inspecciones de buques extranjeros en
aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, con el fin de
reducir significativamente el número de buques que incumplan las normas mediante la
aplicación de las siguientes medidas:
a) la exigencia de un cumplimiento riguroso de la normativa internacional y comunitaria
sobre seguridad marítima, protección marítima, protección del medio ambiente marino y
condiciones de vida y de trabajo a bordo de los buques de cualquier pabellón.
b) el establecimiento de criterios comunes para el control de los buques y la
armonización de los procedimientos de su inspección e inmovilización, aprovechando los
conocimientos y la experiencia adquiridos en el marco del Memorando de acuerdo de París.
c) la aplicación de un sistema de control de buques, basado en las inspecciones
realizadas en la Unión Europea y en la región del Memorando de acuerdo de París, en el
que todos los buques sean inspeccionados con una frecuencia y detalle acorde con su perfil
de riesgo.


En el ambito de aplicacion dice que:

Artículo 3. Ámbito de aplicación.
1. Este Reglamento se aplicará a todo buque que haga escala en un puerto o
fondeadero para realizar una interfaz buque/puerto y a su tripulación. Se considerarán
también inspecciones de buques las realizadas en aguas marítimas españolas no portuarias.

Pero lo interesante es lo que dice en el punto 5 de este articulo:

5. Quedan excluidos del ámbito de aplicación del este Reglamento los buques
pesqueros, buques de guerra, embarcaciones auxiliares, buques de madera de construcción
primitiva, buques de titularidad estatal utilizados con fines no comerciales y las
embarcaciones de recreo no dedicadas al comercio
.


Teniendo en cuenta que las inspecciones a las que se refiere comprenden las medidas de seguridad maritima e integridad del medio marino ( lo dice en este mismo documento) pues creo que es contraria a la OM que pretenden aprobar y segun tengo entendido un Real Decreto esta por encima de una Orden Ministerial asi que tambien podriamos acogernos a esta incopatibilidad ¿no?

Y por supuesto hacen hincapie, en los convenios internacionales, las leyes europeas y bla, bla, bla...

Os dejo el documento completo para que le hecheis un vistazo.

https://www.fomento.gob.es/NR/rdonly...onsolidado.pdf

Y si tengo razon es para darles bien fuerte.
Saludos.

carcamal 02-06-2018 16:25

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
Cita:

Originalmente publicado por magallanesXIX (Mensaje 2113624)
:brindis:
.....
Pero lo interesante es lo que dice en el punto 5 de este articulo:

5. Quedan excluidos del ámbito de aplicación del este Reglamento los buques
pesqueros, buques de guerra, embarcaciones auxiliares, buques de madera de construcción
primitiva, buques de titularidad estatal utilizados con fines no comerciales y las
embarcaciones de recreo no dedicadas al comercio
.


Teniendo en cuenta que las inspecciones a las que se refiere comprenden las medidas de seguridad maritima e integridad del medio marino ( lo dice en este mismo documento) pues creo que es contraria a la OM que pretenden aprobar y segun tengo entendido un Real Decreto esta por encima de una Orden Ministerial asi que tambien podriamos acogernos a esta incopatibilidad ¿no?

Y por supuesto hacen hincapie, en los convenios internacionales, las leyes europeas y bla, bla, bla...

Os dejo el documento completo para que le hecheis un vistazo.

https://www.fomento.gob.es/NR/rdonly...onsolidado.pdf

Y si tengo razon es para darles bien fuerte.
Saludos.

Pinta muy bien tu analisis cofrade... Me he leido el tocho y efectivamente: este RD, de tomarse en cuenta, es de rango superior a la OM de marras.
A ver si los cofrades que entienden de leyes le encuentran fundamento a tu idea.
Salud

Apagapenol 02-06-2018 17:38

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
Buenas tardes, cofrades:

Yo creo que en esto la DGMM ha hilado fino: el RD 1737/2010 establece cómo se hande llevar a cabo las inspecciones de buques, y excluye de esas inspecciones a las embarcaciones de recreo. Para no ir en contra de él, el proyecto de OM ni siquiera lo menciona, de modo que las inspecciones de los buques se efectúan con el RD y las inspecciones de las embarcaciones de recreo, según el proyecto de OM.

Otra de las artimañas de la DGMM es la de discriminar por el lugar de residencia del patrón, con objeto de que no se pueda eludir la inspección poniendo la embarcación a nombre de una sociedad en otro país de la UE - esto sí es posible en el caso de la Loi Bleue francesa, porque en ella el criterio discriminador es la residencia del propietario, sea persona física o jurídica. Sin embargo, la DGMM se ha metido con esto en un charco bastante más profundo de lo que ellos imaginan...

Saludos y :brindis:

Bertie 02-06-2018 18:14

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
Pues sí... De ponerse en efecto, eso significaría que el mismo barco de pabellón europeo tendría que cumplir siempre la normativa del país de pabellón... salvo que el patrón sea residente español, en cuyo caso tendría que cumplir la española. Absurdo a todas luces.

BORRASCA 02-06-2018 19:01

Re: Se acabo lo de cambiar de bander?!
 
Cita:

Originalmente publicado por caribdis (Mensaje 2113580)
Hombre, no me parece muy bien que ejemplifiques la aberración del proyecto de orden en hacer llevar un sextante y un almanaque si vas a 60 millas de la costa o más..


http://navastro.fr/images/products/2200003_gm.jpg


Este sextante cuesta 59 € y un almanaque es un libro que cuesta 12 € y que imagino que puedes llevar en formato electrónico...


Si intentamos defender que los navegantes somos responsables de nuestra seguridad y perfectamente capaces de escoger nuestro equipo y de saber si nuestro barco reune condiciones de navegación aún sin ITBs obligatorias, creo que no podemos argumentar que para navegar a 60 millas o más no debamos conocer un uso mínimo del sextante, lo exija o no una titulación que tampoco debiera ser obligatoria.


Con el sextante de 59 €, un día cualquiera, a mediodía, mides el ángulo del sol con el horizonte, el almanaque te da la hora a que pasa aproximadamente por tu meridiano, haces una medida y la apuntas, haces otra y la vuelves a apuntar, cuando veas que el ángulo ya disminuye (el sol ha bajado un poco) apuntas esa medida y marcas todas las que hiciste en un papel cuadriculado, sale una parábola, en la que aparece un ángulo máximo y puedes ver en que minuto fue ese ángulo máximo.


Con ese ángulo que sale, con un par de correcciones que te da el almanaque, y la declinación que tiene el sol ese día (latitud sobre la que el sol cae verticalmente, por ejemplo 0º el 21 de marzo y el 21 de setiembre de cada año), por una simple suma o resta te da tu latitud...Si el ángulo es 30º y es el 21 de marzo, tu latitud de 60º, si es 90º, tu latitud es 0º, estás en el ecuador...


Y con la Polar más fácil todavía, siempre tiene declinación 90º, si al crepúsculo el ángulo con el horizonte es 0º, estás en el ecuador, si es 90º estas en el polo N...


Y con el minuto exacto en que el sol estaba más alto sobre tu posición, sabes muy aproximadamente tu longitud...si ese día el sol pasa por Greenwich a las 12 UTC y por tu posición ha pasado a las 13 UTC es que estás en longitud 15ºW...


Me he pasado...cuatro párrafos de explicación...uff, comprendo que pueda ser agotador saber utilizar un sextante en una situación de emergencia...


A mi me cuesta bastante más entender los menús para cambiar de hora a los cuatro relojes digitales que hay por casa, más el del coche (que aún no se actualiza solo...)...:D:D



Si las normativas de otros países europeos prescinden de exigir titulación obligatoria o de obligarte bajo amenaza de sanción a llevar unos equipos determinados (y NO llevar otros), exijámoslo también como derecho a la igualdad, pero interioricemos también nuestra responsabilidad y no olvidemos tampoco de dónde viene la navegación, lo simple es lo que menos falla, y comodidad no significa siempre seguridad..


Un saludo


:brindis:

El almanaque se puede descarga de internet y en cuanto al sextante este es mas barato

http://www.tecepe.com.br/nav/CDSextantProject.htm

:meparto::meparto::meparto::meparto::meparto::mepa rto::meparto:

xplanero 02-06-2018 19:11

Re: Parece que habrá cambio en la normativa
 
Cita:

Originalmente publicado por Boston (Mensaje 2113482)
Me parece que ese currito del consulado no sabe de que le hablabas.:nop:

Mira el título de mi mensaje a la embajada belga. Hay que hacer que el asunto les alerte de inmediato...

To: Embassy of Belgium in Madrid
Subject: Posible injerencia en la soberanía del Reino de Bélgica


Era una copia del escrito de Gert "el Belga"

magallanesXIX 02-06-2018 19:49

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
Cita:

Originalmente publicado por Apagapenol (Mensaje 2113641)
Buenas tardes, cofrades:

Yo creo que en esto la DGMM ha hilado fino: el RD 1737/2010 establece cómo se hande llevar a cabo las inspecciones de buques, y excluye de esas inspecciones a las embarcaciones de recreo. Para no ir en contra de él, el proyecto de OM ni siquiera lo menciona, de modo que las inspecciones de los buques se efectúan con el RD y las inspecciones de las embarcaciones de recreo, según el proyecto de OM.

Otra de las artimañas de la DGMM es la de discriminar por el lugar de residencia del patrón, con objeto de que no se pueda eludir la inspección poniendo la embarcación a nombre de una sociedad en otro país de la UE - esto sí es posible en el caso de la Loi Bleue francesa, porque en ella el criterio discriminador es la residencia del propietario, sea persona física o jurídica. Sin embargo, la DGMM se ha metido con esto en un charco bastante más profundo de lo que ellos imaginan...

Saludos y :brindis:

:brindis:

No lo tengo muy claro, sin entrar en semantica de si es buque o embarcacion de recreo, por que si te fijas el Real Decreto si contempla las inspecciones a embarcaciones de recreo dedicadas al comercio, que debe haberlas por lo que se ve, a menos que ya tengamos embarcaciones de recreo y "embarcaciones de recreo", por decir algo, que ya os digo que yo en temas legales no tengo ni idea.
Saludos.

HIPPIE 02-06-2018 23:05

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
cajo en tooo,para que descubristeis lo de extranjero?extranjeros son los que no pertenecen a la comunidad economica europea,joer joer ya kles disteis otra razon para modificar el texto.......:borracho::borracho:

Piratacojo 03-06-2018 10:57

Re: Se acabo lo de cambiar de bander?!
 
Cita:

Originalmente publicado por otoio (Mensaje 2113578)
Aunque ES SÓLO UN PROYECTO, suponiendo que saliera adelante, está maniobra no serviria:


Un criterio de aplicación propuesto es que el patrón sea residente en España. Así que si crearais la sociedad, tendríais que contratar un patrón no residente. Bueno, al menos dos, para que ninguno resida más de 6 meses en España...

A una Orden no se le pone fecha hasta que no se haya aprobado, pero como señuelo propagandístico está bien... :cunao:

Insistir en el que hay otro hilo, como se ha dicho...
:brindis: (para tod@s, excepto la DGMM)

¿Que pasará si cuando viene mi primo de Francia de dejo patronear?
¿O si vamos un rato cada uno?
En la documentación del barco el nombre que figura es el del propietario pero no dice que él sea el patrón.

:nosabo:

melillano 03-06-2018 13:44

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
Creo que además de las alegaciones y firmas que estamos enviando habría que tomar otras iniciativas. Iniciativas que llamen la atención. Por ejemplo tener izada una especie de banderola (por llamarla de alguna manera) que diga "Por una Náutica más Europea" o más agresiva "NO A LA DGMM" , "NO A LA OM DE LA DGMM". O simplemente una bandera NEGRA, algo que llame la atención de los medios de comunicación y se hagan eco de nuestras reivindicaciones. Seguro que si en los puertos se ven estas reclamaciones izadas en nuestros barcos seguro que llamaran la atención.


:brindis::brindis:

Piratacojo 03-06-2018 13:56

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
Cita:

Originalmente publicado por melillano (Mensaje 2113787)
Creo que además de las alegaciones y firmas que estamos enviando habría que tomar otras iniciativas. Iniciativas que llamen la atención. Por ejemplo tener izada una especie de banderola (por llamarla de alguna manera) que diga "Por una Náutica más Europea" o más agresiva "NO A LA DGMM" , "NO A LA OM DE LA DGMM". O simplemente una bandera NEGRA, algo que llame la atención de los medios de comunicación y se hagan eco de nuestras reivindicaciones. Seguro que si en los puertos se ven estas reclamaciones izadas en nuestros barcos seguro que llamaran la atención.


:brindis::brindis:

Para protestar se iza la bandera boca abajo.

kuovadix 03-06-2018 13:57

Re: Parece que habrá cambio en la normativa
 
Cita:

Originalmente publicado por Apagapenol (Mensaje 2113246)
Las leyes las hacen los políticos, pero esto es una Orden Ministerial, que las hacen los funcionarios. Por mucho cambio político que haya, los funcionarios siguen allí, y siguen aplicando sus criterios y sus ideas.

Por eso no creo que este proyecto vaya a pararse. Hay que continuar como hasta ahora.

Saludos y :brindis:

Amigo mio no se de donde sacas eso. En la administración el que manda es el político. Cuando cambia el gobierno todos los departamentos quedan parados durante un tiempo, hasta que se cubren todos los escalafones entre ellos las Direcciones Generales. El funcionario sólo cumple lo que le dicta el político de turno. Si no hay Director General (que será del PSOE) no hay orden, si no hay Ministro (que será del PSOE) no hay ley. Esta orden queda parada. Y si no tiempo al tiempo. El único cuerpo de funcionarios que se mete en las leyes, ordenes, dictámenes son el cuerpo de abogados del estado que realiza los informes NO VINCULANTES antes de ser aprobadas. Y el político puede o no seguir lo que le aconsejan los abogados. En el caso de los alcaldes sería el Secretario del ayuntamiento, que emite el informe correspondiente, y el Alcalde puede o no seguir lo que el secretario le ha aconsejado. Pero sólo es eso, UN CONSEJO. Es evidente que el político que no sigue lo que le dicen los abogados del estado muy probablemente se arriesga a que la ley en cuestión o normativa aprobada sea tumbada en un contencioso administrativo, o en este caso presentando una cuestión de legalidad ante el abogado general de la UE.
Pero ya digo ésta queda parada.

melillano 03-06-2018 14:01

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
Cita:

Originalmente publicado por Piratacojo (Mensaje 2113790)
Para protestar se iza la bandera boca abajo.




Cierto, pero estoy seguro que la gran mayoría ni se darán cuenta.


:brindis::brindis:

kuovadix 03-06-2018 14:02

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
El análisis jurídico que ha realizado el cofrade es más que interesante. A mi modesto parecer, ya no podría ser una orden ministerial, si no que se le tendría que dar el rango de RD y este en parte final tendría que derrogar el anterior. De no ser así sería inaplicable y no podría entrar en vigor al contradecir otra norma de rango superior que regula la materia de la que estamos hablando.
Muy pero que muy buena apreciación.

:brindis:

melillano 03-06-2018 14:10

Re: parece que habrá cambio en la normativa
 
Y no me refiero a izarla en la popa si no en lo más alto que cada uno pueda. Hay que hacer todo el "ruido" que podamos.



:brindis::brindis:

Keith11 03-06-2018 15:32

Re: Parece que habrá cambio en la normativa
 
Cita:

Originalmente publicado por kuovadix (Mensaje 2113792)
Amigo mio no se de donde sacas eso. En la administración el que manda es el político. Cuando cambia el gobierno todos los departamentos quedan parados durante un tiempo, hasta que se cubren todos los escalafones entre ellos las Direcciones Generales. El funcionario sólo cumple lo que le dicta el político de turno. Si no hay Director General (que será del PSOE) no hay orden, si no hay Ministro (que será del PSOE) no hay ley. Esta orden queda parada. Y si no tiempo al tiempo. El único cuerpo de funcionarios que se mete en las leyes, ordenes, dictámenes son el cuerpo de abogados del estado que realiza los informes NO VINCULANTES antes de ser aprobadas. Y el político puede o no seguir lo que le aconsejan los abogados. En el caso de los alcaldes sería el Secretario del ayuntamiento, que emite el informe correspondiente, y el Alcalde puede o no seguir lo que el secretario le ha aconsejado. Pero sólo es eso, UN CONSEJO. Es evidente que el político que no sigue lo que le dicen los abogados del estado muy probablemente se arriesga a que la ley en cuestión o normativa aprobada sea tumbada en un contencioso administrativo, o en este caso presentando una cuestión de legalidad ante el abogado general de la UE.
Pero ya digo ésta queda parada.

El problema de pensar que el tema se va a parar y olvidarse del tema porque nos haya salvado la campana (sin saber muy bien como) es que, cuando vuelva a reactivarse el tema (que volvera, hay dineritos, los nuestros, a "chuclar"), nos volvera a pillar con el paso cambiado. Y es el problema de querer organizarse tarde... que cuando te pones a organizarte, los otros te llevan ventaja, mucha, y tu ya vas tarde.

y es que cuando los medios disponibles no son muchos, hay que tratar de anticiparse, tanto como se pueda, para combatir con tiempo, preparacion, anticipación, etc, la falta de medios materiales de disposicion inmediata

Pretender enfrentarse a la ANEN con actuaciones propias del voluntariado es darles mucha ventaja. Todos nosotros (la gran mayoria) trabajamos, tenemos familia, obligaciones que atender, y eso se debe llevar desde la profesionalizacion. La gran mayoria de nosotros no podemos asistir a reuniones, redactar textos, etc, etc... porque nuestro "dia a dia" nos lo impide.

Pero para hacerlo desde la profesionalizacion se necesitan recursos economicos. Y para tener recursos se necesitan muchos afiliados. Y para tener muchos afiliados se necesita que la captacion (y fidelizacion) de socios sea objetivo prioritario, objetivo que, ademas, puede seguir llevandose a cabo "en tiempos de paz", preparandose para cuando "vengan las guerras".

Todo lo que no sea así, Y DICHO BAJO MI PUNTO DE VISTA, es perder tiempo, desgastarse, "malgastar balas" y no pasar de ser un grupusculo "mas voluntarioso que efectivo"

Hay que fijarse y seguir a la RYA y no a la RANC ( o similares) ... No se si se me entiende

PD... Por cierto... ¿alguien ha tanteado a la "todopoderosa" RANC para saber que piensan de todo esto? En teoria esto tambien les afectara a sus asociados


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