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Re: El mar es grande
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Re: El mar es grande
En el primer post daba cuenta del accidente, hace unos días el periódico informaba sobre la necesidad de amputación de la pierna. Lo siento mucho por él,porque dificilmente podrá recuperar su vida tal como era antes. Siempre toda precacución será poca y el ripa y el codigo de circulación están bien, pero los cementerios estan llenos de gente que tenía preferencia de paso.
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Re: El mar es grande
Creo que la comparación de los Kayaks y las bicis no es tan mala...
Como se ha dicho, lo importante es ver y ser vistos. Para ser vistos, los barcos llevamos luces, AIS o al menos algo para que los radares nos detecten... Para ver, gafas polarizadas, alguien de guardia, radar... Hasta las bicis llevan ropa reflectante y luces cuando circulan con poca luz ambiental, y no hay olas que ayuden a ocultarlas de los otros vehículos. Por otro lado, sin prudencia, atención y consideración por parte de los otros vehículos, no hacemos nada. Yo practico SUP y tengo varias anécdotas que contar de retrasados mentales motorizados o con vela (muchos menos, reconozco) que mirándote fijamente parecen decir: como no te apartes tú... mientras te pasan rozando. Menos mal que tengo una tabla de olas. Lo mejor es cuando te cruzas con ellos en el puerto yendo en el barco y te saludan amablemente... Por mucho que hagamos (unos y otros que a veces somos los mismos), seguirá habiendo accidentes, pero si todos ponemos nuestro granito de arena, habrá menos cosas que lamentar. :brindis::brindis: |
Re: El mar es grande
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Re: El mar es grande
Dos cosas:
1-Si alguien no es capaz de ver un kayak que se encuentra en su derrota, ya sea pegado a la costa o enmedio del atlántico, con viento y ola o en calma chicha, no está en condiciones de patronear una embarcación. 2-Paleando con mi kayak autovaciable y con el PER en el bolsillo del chaleco, ¿puedo cruzar a Baleares? Birras fresquitas. |
Re: El mar es grande
El punto 1º ni me voy a molestar en contestarlo, no vale la pena.
El punto 2º se contesta solo y da una idea general de a quien se refiere en el punto 1º. :brindis::brindis: |
Re: El mar es grande
Lamento mucho los accidentes que sufren los ciclistas, muchas veces con resultado de muerte.
Pero siendo ellos los que llevan las de perder, me pregunto, porqué se saltan siempre los semáforos en rojo?, porque circulan en pareja invadiendo muchas veces parte de la calzada en la que corren un peligro cierto?, porque no tienen el mayor reparo en circular por calles señalizadas para el sentido contrario en el que circulan?, porqué cruzan ciclistas a toda pastilla por los pasos de cebra reservados a los peatones?, porque no tienen el menor reparo para circular por encima de las aceras poniendo en grave peligro a peatones? No pongo más porque para no emular a Mouriño, pero no tengo la menor duda de que los más hemos visto cantidad de veces esas conductas, cual si respondieran a un código tácito de que si vas en bici, es correcto practicarlas. Cuando sufren un accidente gozan por sistema de una presunción de ausencia de responsabilidad que no es correcta sin conocer antes las circunstancias que han causado el accidente. Doy la opinión que precede en mi condición de conductor de vehículos motorizados, peatón y ocasionalmente, cada vez menos, de ciclista. El cayaquista debe tener también claro que lleva las de perder si no se esfuerza un mínimo en cerciorarse de que se le ve cuando ve acercarse un barco. Saludos:brindis: |
Re: El mar es grande
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Evidentemente no lo voy a hacer (conozco algun caso), pero no deja de ser algo paradójico. Finalmente, si hay barcos que no me ven encima del kayak rojo de mas de 4m de eslora y 0,8m de manga, me empieza a preocupar lo que puedeaocurrir cuando voy de pescasub con la boyita de marras. Saludos y refrigerios variados a la concurrencia. Pd. Cambio kayak por velero, necesito mas espacio vital. No es broma. |
Re: El mar es grande
aunque seas capitan de yate, estas limitado por el barco que llevas Un kayac en principio es un artefacto flotante, entre otras muchas cosas ni siquiera tiene matricula y por lo tanto y mientras no se demuestre lo contrario;
dos millas de un abrigo y en algunas comunidades autonomas 1 milla y solo con condiciones meteorologicas concretas. |
Re: El mar es grande
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Re: El mar es grande
Gracias Marukay / Manganegra,
Pero leyendo el decreto 875 de 2014.... """ Artículo 10. Excepciones. 1. Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas en este real decreto, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna. """ Yo entiendo que estar en posesion de titulo anula el limite de las 2 millas o incluso la prohibicion de palear de noche, pero no especifica otros limites, asi que me acojo a los que me imponga la titulación. Es todo muy confuso. Sea como sea siempre trato de respetar el Ripa en los encuentros con barcos, pero es puramente anecdotico ya que cuando un barco te enfila (sobretodo motoras) estas completamente a su merced y solo te queda confiar en que esté mirando de vez en cuando hacia su proa. Bon vent !!!! |
Re: El mar es grande
Mi titulación no tiene ningún límite de distancia pero mi barco está autorizado para navegar hasta 12 millas paralelas a la costa por lo tanto si quiero salir más lejos tengo que habilitar el barco para más distancia o patronear otro barco qué si lo este, es mas si cojo un kayak quedo limitado a una o dos millas exactamente igual que alguien que no tenga ninguna titulación.
No está confuso para nada es muy sencillo entre la titulación del patrón y el tipo de embarcación siempre predomina la restricción mayor. :brindis: |
Re: El mar es grande
Lo que AXN está intentando decir es que el RD 875/2014 sólo limita la distancia a los kayaks cuando el patrón no tiene título. Yo no he sabido encontrar alguna disposición legal que limite a los artefactos flotantes.
De ahí mis dudas. :nosabo: |
Re: El mar es grande
Es que la limitación la tiene el Kayak por no ser una embarcacion, no el patrón.
Los artefactos incluidos en el presente apartado y motos náuticas solo podrán navegar de día, con buen tiempo y una visibilidad superior a una milla, sin alejarse más de dos millas de un puerto, marina o lugar de abrigo. Si ese patrón coge una embarcación de recreo habilitada para 5 millas, podrá llegar hasta esa distancia y si coge una embarcación habilitada para la zona 1 (ilimitada), solo podrá llegar hasta donde le permita su titulación (creo que son 12 millas para el PER ¿no?), Artículo 10. Excepciones. 1. Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas en este real decreto, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna." Y si tiene titulacion regiran las limitaciones de esa embarcacion puede estar habilitada para navegar hasta las 5 millas y aunque tu titulo te permita navegar hasta 12 millas, solo podras hacerlo hasta las 5 que te permite la embarcacion, si no tienes ninguna titulacion 2 millas, pero los artefactos flotantes tienen su propia limitacion precisamente por no ser embarcacion. No veo la confusion, francamente, tampoco es que tenga ningun interes en tocarle las narices a nadie, que conste, :D:D :brindis::brindis: |
Re: El mar es grande
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Y también sin ánimo de tocar los pieses a nadie: ¿De donde sacas esta cita? "Los artefactos incluidos en el presente apartado y motos náuticas solo podrán navegar de día, con buen tiempo y una visibilidad superior a una milla, sin alejarse más de dos millas de un puerto, marina o lugar de abrigo." Saludetes. :brindis: |
Re: El mar es grande
copia y pega de aqui;
b) Según el art. 110.i. de la Ley 22/88 de Costas, modificada por la 2/2013, y el 220.1.del R.D. 876/2014, de 10 de octubre, Reglamento General de Costas, las relativas a la elaboración y aprobación de las disposiciones sobre seguridad humana en lugares de baño y salvamento marítimo. REGLAS GENERALES DE NAVEGACIÓN Y SEGURIDAD MARITIMA. 1.- Todas las embarcaciones mayores de 2,5 metros de eslora deberán estar registradas. Aquellas de recreo menor de 12 metros que no enrolen tripulación profesional, y que no salgan de aguas españolas, podrán optar por el sistema simplificado de inscripción, debiendo portar a bordo el Documento de Inscripción en vigor. Las embarcaciones matriculadas deberán disponer del Certificado de Registro / Permiso de Navegación en vigor. Aquellas que lleven tripulación profesional dispondrán a bordo del Rol o Licencia de Navegación debidamente despachado. En ningún caso se podrá sobrepasar la limitación relativa al tipo de navegación, ni al número máximo de personas. 3.- Los patrones, mayores de 18 años, de las embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 KW y de hasta 5 metros de eslora, las de vela de hasta 6 metros de eslora, y los artefactos flotantes o de playa están exentos de título para su manejo. Las embarcaciones, artefactos incluidos en el presente apartado y motos náuticas, solo podrán navegar de día, con buen tiempo y una visibilidad superior a una milla, sin alejarse más de dos millas de un puerto, marina o lugar de abrigo. :brindis::brindis: |
Re: El mar es grande
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Re: El mar es grande
Tampoco entiendo que confusión ves tu en lo que dice el artículo 10.1 . Dos millas y navegación diurna. Da igual el titulo que tengas:brindis:
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Re: El mar es grande
Hola,
Sin ánimo de dar mas vueltas de las necesarias al asunto, Markuay creo que tu fuente es el Boletín de les Illes Balears, lo cual está muy bien, pero yo no navego normalmente por allí (no por falta de ganas). El texto que yo cito está publicado en el BOE 875/2014. Leyendo las excepciones 10.1, por mucho que algunos tengan ideas preconcebidas, está claro que si voy en kayak y dispongo de título, la limitación de 2 millas y navegación diurna ya no me afecta. Entonces, ¿que limitación me afecta? No me consta ningún otro punto donde se establezca cuál es el limite de millas legal en un kayak y con título. Si a alguien le consta por favor que adjumte el texto. Luego, sin mas información lo lógico será que rijan los límites de la titulación, ya que el artefacto llevado por un "titulado" no tiene límites definidos. Es una especie de vacío legal (o cuestión semántica, como queráis), pero veo dificil que te puedan sancionar si no hay un texto claro al respecto. Salut i força al canut. :brindis: |
Re: El mar es grande
Efectivamente, la cita de Markuay es del BOIB, el Boletín Oficial de Baleares. La disposición en concreto es la disposición 2416, emitida por la Capitanía Marítima de Palma.
Creo, y digo creo porque no tengo tiempo, ganas ni formación para leer y entender la Ley de Costas y la Ley de Puertos y de la Marina Mercante, que las limitaciones de navegación de los artefactos náuticos dependen de lo que dicte cada Capitanía Marítima. No queda otra que buscar esta normativa para cada caso en particular. Y si las Leyes, Reales decretos y Reglamentos emanadas de los poderes legislativos ya tienen problemas de redacción que luego dan problemas de interpretación, imagínaos los líos que pueden aparecer cuando la redacción se hace en cada Capitanía. Por ejemplo, en la reglamentación de Baleares se puede leer: "Art. 3.- (......) Las embarcaciones, artefactos incluidos en el presente apartado y motos náuticas, solo podrán navegar de día, con buen tiempo y una visibilidad superior a una milla, sin alejarse más de dos millas de un puerto, marina o lugar de abrigo. (......) Art. 6.- Se prohíbe la navegación nocturna a toda embarcación o artefacto flotante que no disponga de las luces reglamentarias. Art. 7.- Se prohíbe la navegación nocturna de toda embarcación o artefacto naval cuyo Patrón esté únicamente facultado para su manejo en base a una Autorización Federativa, Licencia de Navegación, o Licencia para el gobierno de moto náutica, aunque la misma esté dotada de las luces reglamentarias." Parece que el artículo 3 prohíbe la navegación nocturna de todos los artefactos náuticos. Pero de los Art. 6 y 7 se podría entender que si el patrón tiene suficiente titulación y el artefacto náutico tiene luces, sí que puede navegar de noche. En resumen, me alegro de no navegar en un artefacto náutico; en mi caso todo está bastante más claro. Incluso parece ser que en Palma, ahora que no tengo motor en el bote, podría navegar dentro del puerto y entrar y salir de él a vela: "Art. 9.- Toda embarcación y artefacto naval que entre, salga o transite por un puerto procurará hacerlo con propulsión mecánica. Aquellas que no dispongan de propulsión mecánica procurarán realizar esta navegación remolcados por una embarcación a propulsión mecánica. :pirata: Ala, a navegar el que pueda.... :velero: Los otros, :brindis: |
Re: El mar es grande
Mi fuente es el boletin oficial del estado:
https://www.dropbox.com/s/ly370dob5j...10344.pdf?dl=0 Pero yo tampoco tengo ni ganas ni interés en seguir dándole vueltas a algo que está perfectamente claro y escrito. Además, si a pesar de todo se sigue teniendo claro que la limitación la da la titulación y con ella ya lo le atañen ni zonas de navegación, ni tipos de barco, ni las limitaciones de del BOE, pues que corra el aire, porque eso sí que no está escrito en ninguna parte. Generalmente las autonomías, incluso los ayuntamientos pueden en algunos casos legislar a la baja sobre artefactos flotantes, (no en el caso de embarcaciones porque dependen de la DGMM) o sea restringir más las normas, pero en ningún caso superar las del BOE, de echo en algunas comunidades y ayuntamientos solo se puede navegar a 1 milla del puerto o abrigo. Aquí el problema se presenta cuando hay un accidente y las compañías de seguros se lavan las manos por estar fuera de la zona reglamentada, o si te para la guardia civil, y tienes la ocurrencia de explicarles aquello de que tu titulación y tal.:D Pero vamos que me preocupa poco, me he limitado a aportar información, el resto ya es cosa de cada cual. Buen fin de semana a todos.:brindis: |
Re: El mar es grande
:santo:
Una aclaración a este último debate sólo para ayudar. Markuay tiene razón. No sólo es cuestión de las autonomías, sino que anteriormente lo era del Estado, y esta limitación a todos los "artefactos flotantes" y "embarcaciones ligeras dependientes de escuelas" existía ya desde siempre. Cuando un kayak a navegar antes que el sol, o vuelve tras el ocaso está incumpliendo "una" ley. Es así nos guste o no. Se nos hace raro que un patín con paraguas pueda dar la vuelta a la península, o que un pescador de kayak pertrechado con lo último en seguridad y electrónica incluyendo RLS o VHF no pueda salir a las 6 de la mañana pescar... pero es así. Y toda excepción, que las hay, depende de la Capitanía marítima. Es decir, si el Capitán Marítimo establece que "en sus aguas" quienes tengan título pueden usar los artefactos flotantes en función de su título..... allá él. También un Capitán Marítimo puede autorizar a que Quico Taronji se de la vuelta a España con su "chisme", pero si el barco se considera "artefacto flotante", la ley efectivamente limita al aparato, no al patrón. Sólo eso. :santo: Es una normativa de esas que "jode" mucho a los expertos, gente que sabe comportarse con el kayak y que hace aventuras de primera magnitud con seguridad y responsabilidad... pero es así. Otra norma que nos "jode" y que nadie cumple es la de banderas. El baño con bandera verde está permitido, la bandera amarilla indica que llevemos precaución, pero ¿sabíais que la bandera roja significa PLAYA CERRADA? Es decir, roja es "prohibición absoluta de entrar en contacto con el agua", ni siquiera un pie, ni siquiera un pis.... :cunao: Cuando se hizo dicha ley, se priorizaba sobre seguridad y no se distinguían grados de "meterse al agua". Afortunadamente hoy en día, y son pioneros y ejemplo admirable las playas del país vasco, se delimitan zonas de "baño autorizado" y "baño prohibido" en función de corrientes, oleaje, fondos.... Bueno, que me enrollo. Hay leyes que joroban mucho, pero ahí están :brindis:. |
Re: El mar es grande
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Mientras que está muy claro lo que significan las categorías A, B, C, D y qué límites en razón de ellas tienen las embarcaciones de recreo, las limitaciones a los artefactos náuticos no parecen regirse por una norma única. :brindis: |
Re: El mar es grande
Pos yo debo ser Santa Claus para los kayaks.
Uno que lo subí a bordo y lo llevé a puerto porque se encontraba mal y nos avisó con la mano. kayak remolcado. Y el otro porque se metió en camisas de once varas y la mar estaba fatal, y bastante lejos, le pregunté por aquello de la cortesía, porque en la mar estamos y marineros somos, y el hombre vió como los cielos abiertos, pues ná, a bordo y otra vez kayak remolcado, que cabos no faltan :cunao:. Y no pasa nada, señores. Un saludo y unas birras :brindis: :brindis: |
Re: El mar es grande
Artículo 10. Excepciones.
1. Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas en este real decreto, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna. A los efectos de lo dispuesto en este apartado, los interesados deberán haber cumplido 18 años de edad sin que le sea de aplicación lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 13 de este real decreto. cve: BOE-A-2014-10344 BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 247 Sábado 11 de octubre de 2014 Sec. I. Pág. 82984 No hace falta buscarlo mucho, aqui esta: Se legislen como se legislen, como maximo esta el BOE, no pueden estar por encima de la norma que lo legisla todo. o sea, dos millas de un abrigo, ningun ayuntamiento, comunidad, etc, tiene autoridad para legislar contra el BOE. Resultaria curioso que yo con mi barco y mi titulo no pudiera pasar de 12 millas y una piragua con un PER si :cunao::cunao: Cuando charle una tarde en la base con los numeros de la patrullera lo comentare, :D :brindis: |
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