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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Esas son demasiadas preguntas. Y mezcladas. Pero, en fin, un Estado tiene la potestad para exigir unas determinadas condiciones de titulación. Y conviene tener en cuenta que hay países que sí exigen titulaciones. Otros no. En tal sentido, hace algunos días comenzamos otro hilo en el que se pedía colaboración para elaborar las listas de países que exigen títulos y de los que no. Allí se concretaba que es necesaria una participación seria, objetiva y con características e información documentada. Esa es una de las necesidades para ir elaborando un diagnóstico lo más realista posible. Y a partir de ahí seguir los pasos apropiados y poner en marcha las medidas oportunas para lograr avanzar hacia una situación coherente en este asunto. No es fácil, y más en un medio en el que se cuelan la broma, la chanza, la burla, la afirmación no contrastada, el ataque personal y la carencia de rigor. Ejemplo: realizar un análisis serio supone no afirmar que un país no exige títulos sin antes haberlo comprobado en las fuentes válidas... Un cordial saludo :capitan: |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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"Bueno, esto es un foro náutico deportivo, no una universidad o una comisión de un parlamento... De hecho es una taberna..." Claro, claro... En esto estoy de acuerdo. Además, es tan obvio... Pero, de vez en cuando necesitamos hacer un algún intercambio de información más formal si queremos llegar a buen puerto. :velero: Ni universidad ni parlamento (que con cierta frecuencia, tampoco se distinguen por su seriedad y rigor), ni uno pretende tomar este foro por tales instituciones. Únicamente lo dicho en anteriores mensajes y en el otro hilo citado. Miles de estudios, trabajos e investigaciones se llevan adelante cada día y ajenos a universidades y parlamentos. Habrá que atenerse a lo que hay. A lo que es. Una pena. :capitan: ¿Abogados? ¿Licenciados en Derecho? Posiblemente España no ande escasa de ellos, gracias a los dioses. ¿Y el Derecho Marítimo? Nicho interesante ¿Quiénes son especialistas ahí? Tal vez esto concierna a otro foro. Tankiu |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Ya lo he explicado varias veces, los espacios marítimos españoles son 4 , las aguas interiores, el mar territorial la zona contigua y la zona económica exclusiva ( de ahí la coletilla ...en aguas en las que ejerza soberanía, jurisdicción o derechos soberanos). Mientras que las tres últimas zonas están reguladas por el convenio del mar del 92, la primera (aguas interiores) está regulada únicamente por cada país sobre la que ejerce plena soberanía. El estado puede requeris a los buques que transiten dichas aguas los requisitos que estime oportunos, en base a las competencias de ordenación del tráfico que tiene atribuidas en virtud de la LPEMM (ley de puertos 27/92)
Si es o no legal exigir que un buque que transite el mar territorial, y por lo tanto ejerza el derecho de paso inocente, tenga la titulación requerida por el país ribereño es más complicado y aquí podría llegar a dar la razón a los que lo niegan en base a este artículo del Convenio del mar: Artículo 21 Leyes y reglamentos del Estado ribereño relativos al paso inocente 1. El Estado ribereño podrá dictar, de conformidad con las disposiciones de esta Convención y otras normas de derecho internacional, leyes y reglamentos relativos al paso inocente por el mar territorial, sobre todas o algunas de las siguientes materias: ..... 2. Tales leyes y reglamentos no se aplicarán al diseño, construcción, dotación o equipo de buques extranjeros, a menos que pongan en efecto reglas o normas internacionales generalmente aceptadas. Analizando este artículo 21 se desprende que si existiera una titulación internacional ámpliamente aceptada sí se podría exigir , como ocurre con las titulaciones profesionales y sus estándares STCW. En el caso de una embarcación deportiva no creo que pudiese impedírsele el paso inocente por nuestras aguas En resumen , si una embarcación se dirige al fondeo o a puerto español (aguas interiores) deberá cumplir con los requisitos que imponga el país ribereño , en cambio si transita nuestras aguas para dirigirse a otro estado no cabría en mi opinión el impedirle su paso inocente en base a una carencia de titulación. Saludos y perdón por el ladrillo |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Se ve que hay distintas opiniones que generan controversias. Algunas de esas opiniones parecen sustentadas en la voluntad, no en el Derecho Marítimo ni en las legislaciones específicas de los múltiples países implicados en la navegación. Hay los que insisten en que... - Muchos países no exigen títulos de recreo Esto debe demostrarse documentalmente. No basarlo en una afirmación general (que he oído, han dicho, me parece...) - No hace falta título sino saber navegar ¿Por qué es incompatible? Una correcta formación teórica más la experiencia amplia embarcado dan el mejor resultado. - Ya somos adultos, etc. no necesitamos que nos obliguen... Esto es claramente discutible. De todas formas no somos libres en prácticamente nada, observa bien fuera y dentro de tí y verás. Y la seguridad debe ser garantizada, no solo la del que cuestiona o no, sino la seguridad de los demás. - Las academias y su negocio propician esto... Bueno, en parte. Estos títulos se pueden conseguir estudiando por libre. Menos las prácticas. En esta Taberna y fuera de ella uno puede apreciar una destacada solidaridad: los cofrades se ayudan, se preguntan y se responden y acaban aprobando, incluso haciendo cálculos de navegación de CY... ¿Por qué no se puede hablar de todo esto con serenidad, sin aspavientos, valorando los criterios y propuestas y sin encañonar al orador? Agur :capitan: |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Esta frase es para enmarcarla:
A estos efectos será exigible la correspondiente, en su caso, al Estado cuyo pabellón enarbole la embarcación, o en su defecto la de la nacionalidad de la persona que la gobierna. Porque es contradictoria o, al menos, ambigua. La titulación es la que corresponde al país de bandera, que es lo lógico (otra cosa será el derecho penal, pero en el administrativo está bastante claro). Pero si la legislación del país de bandera no exige titulación, ya no rige el derecho del país de bandera sino el de la nacionalidad del que gobierna la embarcación :nosabo::nosabo: Nunca vi esta lógica jurídica. O esta lógica a secas. Acabo de sufrir un esguince de neurona. |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
El legislador tiene en cuenta el cada vez mayor número de embarcaciones españolas matriculadas en el extranjero, cuyo patrón es español.
Supongo que el ánimo del legislador es intentar que la seguridad marítima no se vea menoscabada por el hecho que naveguen individuos sin ningun conocimiento (lo cual es legítimo, como se ha expuesto ). |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Pero te diré que, por ejemplo, en Francia no se exige titulación para llevar veleros, pero sí para motoras, en Gran Bretaña simplemente no son obligatorios, aunque mucha gente los obtenga por que quiere aprender (igualito que aquí),. Esto son sólo dos ejemplos, entonces, veamos, supongamos que un inglés llega aquí con su barco de bandera inglesa con el que no necesita ninguna titulación ... pero la norma dice que para andar pro aquí hay que tener un título. O el caso del alemán, que he mencionado antes, que tenga un barco con bandera inglesa y no tenga una titulación náutica ... ¿qué pasa si viene a España y quiere pasarse unos días fondeado? ... O el caso de un español navegando bajo pabellón británico .. en todo el mundo mundial le pedirán el seguro y listo ... pero en España le exigirán una titulación para gobernar un barco de bandera británica? En fin ... ya sé que es un lío, pero sinceramente pienso que si lo que se quiere se regular para "matizar" convenios internacionales o sobrepasar los requisitos que otros Estados fijan para navegar bajo su pabellón, creo que una norma de rango menor como es una Orden FOM no es precisamente el medio más adecuado. Y, ya puestos, el hecho de que las titulaciones náutico-deportivas estén reguladas pro una Orden FOM mientras las profesionales lo son mediante Real Decreto ya indica la consideración que les merece la náutica receativa a nuestros gobernantes ... :brindis::brindis::brindis: salud!!! |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Al menos, no sin contestar a los posts que tienes pendientes sobre la Convencion Internacional de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Cita:
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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Ok lo dejo....:cunao: al final el único que dará y quitará la razón será el tiempo.
Aunque coincido con el legislador en que no me gustaría ver al típico energúmeno sin ningún título (sea español , inglés....) haciendo el loco con una embarcación de tropocientos caballos. Yo me sentiré más seguro si se le aplica el mismo rasero a todos.... es decir un título que demuestre que al menos se ha leído el RIPA |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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De todas formas, el energumeno que vaya a tropecientos por donde no debe, o que vaya sin luces, o que infrinja el RIPA, o que no respete las zonas de baño, ni los dispositivos de trafico, etc. no se librara por el hecho de tener la bandera de donde sea o tener o no titulo. De hecho, segun cual sea la infraccion, espero que le caiga una buena, buena multa. Y, si puede, ser que tenga que vender el barco para pagarla. En fin, dejemos que siga la recopilacion de multas, que es un tema interesante. |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Pues yo, saliéndome de los temas universitarios y, viendo lo de la multa descomunal por llevar las bengalas caducadas, me he acercado hoy a mi barco, he cogido mis bengalas y... estaban caducadas en Mayo de 2013. Rápidamente he comprado unas nuevas y las viejas, supuestamente, antes las cogían en la tienda. Ahora me pedían 2€ por cada bengala para ellos reciclarla. Con las mismas, las he cogido y me las he llevado. No sé qué hacer con ellas: regalárselas a alguno que trabaje con pirotecnia, usarlas en la Noche de San Juan, ... :confused:
:pirata::pirata::pirata: :brindis: |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Y yo coincido contigo en que no me gusta ver a nadie haciendo el loco con una embarcación ... y de esos hay muchos, con y sin titulación ... no es un tema de titulación, es un tema de consciencia y respeto a los demás, y el que no tiene respeto tampoco suele ser especialmente consciente de los peligros y molestias que ocasiona. Creo que, en estos casos, el problema no es la titulación o la falta de ella, sino la prepotencia, la pereza, la ignorancia ... etc ... ¿Acaso no hemos visto nunca a un tipo que puede ser PNB, PER, PY, CT, Ocen Master o lo que quieras haciendo el capullo? ¿Cuántas veces no he leído yo en esta misma taberna anécdotas sobre gente que no te respeta el borneo en fondeaderos, los que parece que no tienen claro quien tiene preferencia, y aquí podemos incluir miles de historias sobre cuasi abordajes a barcos de recreo por parte de "profesionales", casos que incluso algunos han defendido diciendo que ellos están trabajando y el que va en un barco de recreo no, etc ... En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco. Y sigamos con el tema de los multazos, si me entero de alguno más interesante, lo iré exponiendo por aquí. :brindis::brindis::brindis: salud!!! |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
"En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco".
¿Y cómo se puede conseguir que la gente tenga capacidad real de llevar un barco? |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Seamos serios, lo que se aprende con los títulos españoles no sirve para navegar y no forma, solo sirve para ir legal. |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Es un ejemplo que se me ocurre ... igual hay más .. sabes cuál es la diferencia? En que aquí, cuando teníamos días de mar, te enrolabas en el barco de un amigo, y te descontaban un porcentaje de los días transcurridos entendiendo que esos días no habías navegado .. así al final, con un par de meses de estar enrolado y una fotocopia compulsada del rol te daban por buenas las prácticas, aunque no hubieses navegado ni un día. Los de la RYA te exigen una declaración jurada, y mejor si tienes testimonios documentales de esa experiencia .. y, si mientes, se considera un delito .. igualito que aquí, no crees? En fin, esperemos que algún día la gente entienda que las titulaciones deberían de ser para aprender, y no para tener un carnet que te deje hacer no sé qué .. :brindis::brindis::brindis: salud!!! |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Gracias por la respuesta.
Dices: "Haciéndoles navegar..." Eso es seguro. Si se les hace navegar aprenderán. En otros casos está probado. Pero parece haber muchos que no quieren que les obliguen a nada. "Como en Francia, Reino Unido y muchos otros países". Eso dicen. Y se quejan de que es "caro" :capitan: |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Y creo que no está mal que se exijan titulaciones, de hecho, esa es la tendencia en muchos países, lo que discutimos es si un Estado puede exigir para manejar un barco lo que no exige el país de Bandera. Otra cosa es que el tema de las titulaciones en muchos casos parece diseñado más para cumplir con un expediente que para enseñar a navegar. :brindis::brindis::brindis: salud!!! |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Si el examen práctico es realmente serio y riguroso las personas necesitan navegar mucho para aprobarlo. Todos los cofrades saben que las prácticas en España se miden por horas. Y también saben que con muy pocas horas se cumplen las prácticas. Y a veces con trampas. De hecho, el CY es el que más horas ha realizado. Y la normativa no le exige ni 100 horas desde PER hasta CY. Otros navegantes miden la experiencia por días de prácticas... :capitan: |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Cita:
De hecho, muchas escuelas organizan los cursos de forma que parte de las millas y travesías puedan hacerse a bordo y, cuando en casos como el del Yachtmaster si uno empieza de cero, si el tiempo del curso no es suficiente, ofrecen la posibilidad de realizar travesías de calificación, ya sea en sus propios barcos, en barcos de chárter o en el propio barco del aspirante, acompañados de un instructor calificado para certificar dichas travesías. En fin, que ahí no les van a dar gato por liebre porque, además, tienen un excelente servicio de control de calidad y auditoría de los centros autorizados, y el que se desmanda acaba perdiendo la condición de RYA training center, algo muy apreciado por sus titulares. :brindis::brindis::brindis: salud!!! |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Cita:
Es el mejor sistema que conozco. Te hacen el examen teórico mientras navegas. Les pregunté como justificabas las millas hechas. Me contestaron que se fían de tu palabra, porque en la conversación y durante el examen práctico, se ve si te estás inventando las millas o son reales. |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Gracias Jadarvi. Dices: "En fin, que ahí no les van a dar gato por liebre porque, además, tienen un excelente servicio de control de calidad y auditoría de los centros autorizados, y el que se desmanda acaba perdiendo la condición de RYA training center, algo muy apreciado por sus titulares". Eso está bien. Control de calidad y auditoría. Pues no han llegado a controlar algunos centros de españoles que están medio regalando los títulos de la RYA. En cuanto a fiarse de las palabras. Depende de cada uno. En los casos en que yo decido nunca me fío de las palabras en asuntos como este. La navegación hecha hay que demostrarla. He visto muchas trampas. Y a mí me han pedido que hiciera la vista gorda y otras cosas peores muchas veces. Frivolidad no. Lo digo porque hay gente que cree que navegar es como andar en bicicleta. Habría que saber a qué le llaman navegar. :capitan: |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Venga ya, eso no se lo cree ni el guardia civil que le puso la sanción. Tengo muchos respetos por estos señores pero ya sabemos que a veces les obligan a cumplir ciertos cupos (aunque oficialmente nadie lo reconoce). Un saludo :brindis: |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Por favor, el material y equipo de seguridad obligatorios de una embarcación son elementos regulados, útiles y necesarios. La seguridad de la vida humana en la mar, la seguridad marítima y la seguridad de la navegación no deberían ser objeto de bromas. Muchas vidas se han perdido por no tomar esto como se debe. Un saludo |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Pues te garantizo que si me indicas qué centros son esos, se lo puedo hacer legar directamente al responsable de crucero de RYA para que tome las medidas necesarias ... De todos modos, yo pienso que las titulaciones son necesarias, pero precisan de una profunda reforma que haga que realmente sirvan para navegar. En esa línea va la reciente reforma de las titulaciones españolas, que busca incrementar las prácticas y reducir los temarios, aunque yo, a título estrictamente personal, sigo pensando que se queda algo corta. Otra discusión muy distinta es si un Estado puede exigir una titulación para navegar cuando el Estado de Bandera no lo hace ... pero no es este el objeto del hilo. :brindis::brindis::brindis: salud! |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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"Los novios jugando..... y ella quedó embarazada". Ayer, en una conversación con dos amigos, uno del 38 y otro del 48, comentábamos sobre la vida sexual de la juventud de cada uno y como había ido cambiando con el paso del tiempo. La revolución de Mayo del 68, transformó nuestra sociedad de manera clara y directa, aunque aquí llegara con unos años de retraso y no a todos al mismo tiempo. Como anécdota, la bronca que le cayó a mi amigo "el nacido en 1948", por llevarse a comprar los muebles (la boda era inminente) a su novia (hoy esposa) en ...... ... la moto y solos. :sip: Está claro que hubo un antes y un después del Mayo francés. :sip: Salud y :brindis: PD: disculpen la interrupción. :D |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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There is a $250 fine if you are found operating a vessel without a licence. You must carry a copy of your Pleasure Craft Licence on board at all times and display the pleasure craft licence number on the bow of your boat above the waterline on both sides in block characters. :capitan: |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Estimado Sanddro, la unica vez que la guardia civil me ha pedido.documentacion fue en el propio pantalan.
Para mi sorpresa andaba ordenando trastos en el barco con un familiar antes de salir de pescar y sin darme cuenta me.encuentro un guardia en mi pantalan pidiendome la titulacion y los papeles del barco y no estaba el barco arrancado. Tras una amistosa conversacion me dijo que estaban controlando muchas embarcaciones....despues pense....y si se encuentra solo el familiar solo ordenando el barco....insisto que no arranque la embarcacion. Menos mal que solo pidio documentqcion por que despues me.di cuenta q tenia las.bengalas caducadas y el extintor sin pasar revision. Saludos. |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Cita:
:brindis::brindis::brindis: salud! |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
:sorry:
Published in Canada. :brindis::brindis: |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
Eso es cierto y exacto en Canadá. Doy fe.
La supernombrada, archiconocida y malinterpretada, aparte de utilísima (sabiendo usarla), PCOC card. :pirata: Cita:
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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
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Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
En efecto, pero los veleros sin motor y cualquier barco con motor de menos de 7,5 kW no necesitan esa licencia.
Además, mirad lo que está en rojo, como curiosidad. ¡Igualito que aquí! Y creo, pero no tengo ganas de buscarlo, que también hay multa por no llevar la PCOC De ahí confusión si es que es confusión. :brindis: What types of pleasure craft do I need to license? A licence or registration is mandatory for all pleasure craft equipped with motors of 10 horsepower (7.5 kilowatts) or more, including personal watercraft, which are principally maintained or operated in Canada. Owners of pleasure craft of all tonnages and lengths may choose to license them under the Canada Shipping Act, 2001. Alternatively, pleasure craft owners may choose to register their vessels in the Canadian Register of Vessels. https://www.tc.gc.ca/eng/marinesafet...cence-3211.htm What is a Pleasure Craft Licence? A pleasure craft licence is a document with a unique licence number for a pleasure craft. The number allows Search and Rescue personnel to access important information in an emergency. The law requires all pleasure craft powered by 10 horsepower (7.5 kW) or more engine, to have a pleasure craft licence, unless they have a vessel registration. There is a $250 fine if you are found operating a vessel without a licence. You must carry a copy of your Pleasure Craft Licence on board at all times and display the pleasure craft licence number on the bow of your boat above the waterline on both sides in block characters that:
https://www.tc.gc.ca/eng/marinesafet...cence-1898.htm |
Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
:brindis::brindis:
Citaba esa sanción porque en comparada con las de España es mucho menor. Aquí la mayoría son de 1.000 euros o más... :capitan: |
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