La Taberna del Puerto

La Taberna del Puerto (https://foro.latabernadelpuerto.com/index.php)
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-   -   Multas A Embarcaciones De Recreo (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=121377)

Neska 19-02-2014 13:37

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
:brindis::brindis:

Esas son demasiadas preguntas. Y mezcladas. Pero, en fin, un Estado tiene la potestad para exigir unas determinadas condiciones de titulación. Y conviene tener en cuenta que hay países que sí exigen titulaciones. Otros no.

En tal sentido, hace algunos días comenzamos otro hilo en el que se pedía colaboración para elaborar las listas de países que exigen títulos y de los que no. Allí se concretaba que es necesaria una participación seria, objetiva y con características e información documentada.

Esa es una de las necesidades para ir elaborando un diagnóstico lo más realista posible. Y a partir de ahí seguir los pasos apropiados y poner en marcha las medidas oportunas para lograr avanzar hacia una situación coherente en este asunto.

No es fácil, y más en un medio en el que se cuelan la broma, la chanza, la burla, la afirmación no contrastada, el ataque personal y la carencia de rigor.

Ejemplo: realizar un análisis serio supone no afirmar que un país no exige títulos sin antes haberlo comprobado en las fuentes válidas...

Un cordial saludo

:capitan:

LordNelson 19-02-2014 15:55

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Neska (Mensaje 1614478)
:brindis::brindis:

Esas son demasiadas preguntas. Y mezcladas. Pero, en fin, un Estado tiene la potestad para exigir unas determinadas condiciones de titulación. Y conviene tener en cuenta que hay países que sí exigen titulaciones. Otros no.

En tal sentido, hace algunos días comenzamos otro hilo en el que se pedía colaboración para elaborar las listas de países que exigen títulos y de los que no. Allí se concretaba que es necesaria una participación seria, objetiva y con características e información documentada.

Esa es una de las necesidades para ir elaborando un diagnóstico lo más realista posible. Y a partir de ahí seguir los pasos apropiados y poner en marcha las medidas oportunas para lograr avanzar hacia una situación coherente en este asunto.

No es fácil, y más en un medio en el que se cuelan la broma, la chanza, la burla, la afirmación no contrastada, el ataque personal y la carencia de rigor.

Ejemplo: realizar un análisis serio supone no afirmar que un país no exige títulos sin antes haberlo comprobado en las fuentes válidas...

Un cordial saludo

:capitan:

Bueno, esto es un foro náutico deportivo, no una universidad o una comisión de un parlamento... De hecho es una taberna... :brindis::brindis:

LordNelson 19-02-2014 15:57

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 1614355)
La disposición adicional quinta es perfectamente legal, creo que tus abogados tienen bastante poca idea de derecho marítimo internacional

Pues no estoy de acuerdo (soy abogado :cunao::cunao: aunque no sé si eso sirve de algo). Y, en cualquier caso es ambigua.

Neska 19-02-2014 16:27

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
:brindis::brindis:

"Bueno, esto es un foro náutico deportivo, no una universidad o una comisión de un parlamento... De hecho es una taberna..."

Claro, claro...

En esto estoy de acuerdo. Además, es tan obvio... Pero, de vez en cuando necesitamos hacer un algún intercambio de información más formal si queremos llegar a buen puerto. :velero:

Ni universidad ni parlamento (que con cierta frecuencia, tampoco se distinguen por su seriedad y rigor), ni uno pretende tomar este foro por tales instituciones. Únicamente lo dicho en anteriores mensajes y en el otro hilo citado. Miles de estudios, trabajos e investigaciones se llevan adelante cada día y ajenos a universidades y parlamentos.

Habrá que atenerse a lo que hay. A lo que es. Una pena. :capitan:

¿Abogados? ¿Licenciados en Derecho? Posiblemente España no ande escasa de ellos, gracias a los dioses. ¿Y el Derecho Marítimo? Nicho interesante ¿Quiénes son especialistas ahí? Tal vez esto concierna a otro foro.

Tankiu

whitecast 19-02-2014 16:38

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Ya lo he explicado varias veces, los espacios marítimos españoles son 4 , las aguas interiores, el mar territorial la zona contigua y la zona económica exclusiva ( de ahí la coletilla ...en aguas en las que ejerza soberanía, jurisdicción o derechos soberanos). Mientras que las tres últimas zonas están reguladas por el convenio del mar del 92, la primera (aguas interiores) está regulada únicamente por cada país sobre la que ejerce plena soberanía. El estado puede requeris a los buques que transiten dichas aguas los requisitos que estime oportunos, en base a las competencias de ordenación del tráfico que tiene atribuidas en virtud de la LPEMM (ley de puertos 27/92)



Si es o no legal exigir que un buque que transite el mar territorial, y por lo tanto ejerza el derecho de paso inocente, tenga la titulación requerida por el país ribereño es más complicado y aquí podría llegar a dar la razón a los que lo niegan en base a este artículo del Convenio del mar:

Artículo 21
Leyes y reglamentos del Estado ribereño relativos
al paso inocente

1. El Estado ribereño podrá dictar, de conformidad con las
disposiciones de esta Convención y otras normas de derecho internacional,
leyes y reglamentos relativos al paso inocente por el mar territorial, sobre
todas o algunas de las siguientes materias:

.....

2. Tales leyes y reglamentos no se aplicarán al diseño,
construcción, dotación o equipo de buques extranjeros, a menos que
pongan en efecto reglas o normas internacionales generalmente aceptadas
.


Analizando este artículo 21 se desprende que si existiera una titulación internacional ámpliamente aceptada sí se podría exigir , como ocurre con las titulaciones profesionales y sus estándares STCW. En el caso de una embarcación deportiva no creo que pudiese impedírsele el paso inocente por nuestras aguas


En resumen , si una embarcación se dirige al fondeo o a puerto español (aguas interiores) deberá cumplir con los requisitos que imponga el país ribereño , en cambio si transita nuestras aguas para dirigirse a otro estado no cabría en mi opinión el impedirle su paso inocente en base a una carencia de titulación.


Saludos y perdón por el ladrillo

Neska 19-02-2014 17:07

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
:brindis::brindis:

Se ve que hay distintas opiniones que generan controversias. Algunas de esas opiniones parecen sustentadas en la voluntad, no en el Derecho Marítimo ni en las legislaciones específicas de los múltiples países implicados en la navegación.

Hay los que insisten en que...

- Muchos países no exigen títulos de recreo

Esto debe demostrarse documentalmente. No basarlo en una afirmación general (que he oído, han dicho, me parece...)

- No hace falta título sino saber navegar

¿Por qué es incompatible? Una correcta formación teórica más la experiencia amplia embarcado dan el mejor resultado.

- Ya somos adultos, etc. no necesitamos que nos obliguen...

Esto es claramente discutible. De todas formas no somos libres en prácticamente nada, observa bien fuera y dentro de tí y verás. Y la seguridad debe ser garantizada, no solo la del que cuestiona o no, sino la seguridad de los demás.

- Las academias y su negocio propician esto...

Bueno, en parte. Estos títulos se pueden conseguir estudiando por libre.
Menos las prácticas.
En esta Taberna y fuera de ella uno puede apreciar una destacada solidaridad: los cofrades se ayudan, se preguntan y se responden y acaban aprobando, incluso haciendo cálculos de navegación de CY...

¿Por qué no se puede hablar de todo esto con serenidad, sin aspavientos, valorando los criterios y propuestas y sin encañonar al orador?

Agur :capitan:

LordNelson 19-02-2014 17:14

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Esta frase es para enmarcarla:

A estos efectos será exigible la correspondiente, en su caso, al Estado cuyo pabellón enarbole la embarcación, o en su defecto la de la nacionalidad de la persona que la gobierna.

Porque es contradictoria o, al menos, ambigua.

La titulación es la que corresponde al país de bandera, que es lo lógico (otra cosa será el derecho penal, pero en el administrativo está bastante claro). Pero si la legislación del país de bandera no exige titulación, ya no rige el derecho del país de bandera sino el de la nacionalidad del que gobierna la embarcación :nosabo::nosabo: Nunca vi esta lógica jurídica. O esta lógica a secas.

Acabo de sufrir un esguince de neurona.

LordNelson 19-02-2014 17:19

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Neska (Mensaje 1614551)

¿Por qué no se puede hablar de todo esto con serenidad, sin aspavientos, valorando los criterios y propuestas y sin encañonar al orador?

Agur :capitan:

Totalmente de acuerdo. Por eso no entiendo que se afirme de otros que no tienen ni idea de algo. La mayoría exponemos opiniones educada y respetuosamente y con argumentos (nos podemos equivocar, claro, faltaría más). Los que siempre tienen razón me dan miedito.

whitecast 19-02-2014 17:24

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
El legislador tiene en cuenta el cada vez mayor número de embarcaciones españolas matriculadas en el extranjero, cuyo patrón es español.

Supongo que el ánimo del legislador es intentar que la seguridad marítima no se vea menoscabada por el hecho que naveguen individuos sin ningun conocimiento (lo cual es legítimo, como se ha expuesto ).

Jadarvi 19-02-2014 17:33

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 1614565)
El legislador tiene en cuenta el cada vez mayor número de embarcaciones españolas matriculadas en el extranjero, cuyo patrón es español.

Supongo que el ánimo del legislador es intentar que la seguridad marítima no se vea menoscabada por el hecho que naveguen individuos sin ningun conocimiento (lo cual es legítimo, como se ha expuesto ).

Ya, pero si lo que pretende es eu los españoles no naveguen en aguas españolas sin titulación, entonces que se haga una norma que lo diga específicamente ... y entonces la podremos analizar.

Pero te diré que, por ejemplo, en Francia no se exige titulación para llevar veleros, pero sí para motoras, en Gran Bretaña simplemente no son obligatorios, aunque mucha gente los obtenga por que quiere aprender (igualito que aquí),. Esto son sólo dos ejemplos, entonces, veamos, supongamos que un inglés llega aquí con su barco de bandera inglesa con el que no necesita ninguna titulación ... pero la norma dice que para andar pro aquí hay que tener un título. O el caso del alemán, que he mencionado antes, que tenga un barco con bandera inglesa y no tenga una titulación náutica ... ¿qué pasa si viene a España y quiere pasarse unos días fondeado? ...

O el caso de un español navegando bajo pabellón británico .. en todo el mundo mundial le pedirán el seguro y listo ... pero en España le exigirán una titulación para gobernar un barco de bandera británica?

En fin ... ya sé que es un lío, pero sinceramente pienso que si lo que se quiere se regular para "matizar" convenios internacionales o sobrepasar los requisitos que otros Estados fijan para navegar bajo su pabellón, creo que una norma de rango menor como es una Orden FOM no es precisamente el medio más adecuado.

Y, ya puestos, el hecho de que las titulaciones náutico-deportivas estén reguladas pro una Orden FOM mientras las profesionales lo son mediante Real Decreto ya indica la consideración que les merece la náutica receativa a nuestros gobernantes ...

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Tupac A. 19-02-2014 17:35

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 1614355)
La disposición adicional quinta es perfectamente legal, creo que tus abogados tienen bastante poca idea de derecho marítimo internacional

No empecemos...

Al menos, no sin contestar a los posts que tienes pendientes sobre la Convencion Internacional de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar.

Cita:

Originalmente publicado por Tupac A. (Mensaje 1575417)
4. En resumen, tu teoría de que el Estado español puede regular los titulos de los barcos belgas porque no estan en paso inocente requeriria un argumento coherente:
- Que los articulos 17 y 18 de la Convencion establecen los limites del paso inocente.
- Y que el articulo XX de la Convencion establece que "en caso de que un barco extranjero recale en aguas de un Estado ribereño de forma que no exceda los limites del paso inocente, quedara sometido a la legislacion y jurisdiccion de dicho Estado ribereño". Tu problema es que ese articulo XX no existe.

Cita:

Originalmente publicado por Tupac A. (Mensaje 1609990)
Ya entiendo. Como en el otro hilo. Haces una distincion entra paso inocente y otro tipo de uso mas intensivo de las aguas (como el que harian los barcos extranjeros con base en puertos del Estado español). El problema es que ese uso no existe en la Convemar. No esta previsto. Y donde la Ley no distingue, no se puede distinguir.

Como te dije en el otro hilo:

Busca ese articulo XX de la Convencion. Y, si lo encuentras, te doy la razon.

Cita:

Originalmente publicado por Tupac A. (Mensaje 1611204)
Que tal, Whitecast, ¿encuentras algun articulo de la Convencion de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar que permita exigir un titulo a los patrones de barcos extranjeros en aguas jurisdiccionales del Estado español?


whitecast 19-02-2014 17:40

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Ok lo dejo....:cunao: al final el único que dará y quitará la razón será el tiempo.

Aunque coincido con el legislador en que no me gustaría ver al típico energúmeno sin ningún título (sea español , inglés....) haciendo el loco con una embarcación de tropocientos caballos. Yo me sentiré más seguro si se le aplica el mismo rasero a todos.... es decir un título que demuestre que al menos se ha leído el RIPA

Tupac A. 19-02-2014 20:00

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 1614578)
Ok lo dejo....:cunao: al final el único que dará y quitará la razón será el tiempo.

Aunque coincido con el legislador en que no me gustaría ver al típico energúmeno sin ningún título (sea español , inglés....) haciendo el loco con una embarcación de tropocientos caballos. Yo me sentiré más seguro si se le aplica el mismo rasero a todos.... es decir un título que demuestre que al menos se ha leído el RIPA

Coincido casi totalmente con lo que dices.

De todas formas, el energumeno que vaya a tropecientos por donde no debe, o que vaya sin luces, o que infrinja el RIPA, o que no respete las zonas de baño, ni los dispositivos de trafico, etc. no se librara por el hecho de tener la bandera de donde sea o tener o no titulo. De hecho, segun cual sea la infraccion, espero que le caiga una buena, buena multa. Y, si puede, ser que tenga que vender el barco para pagarla.

En fin, dejemos que siga la recopilacion de multas, que es un tema interesante.

MrJohnson3,3 19-02-2014 20:15

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Pues yo, saliéndome de los temas universitarios y, viendo lo de la multa descomunal por llevar las bengalas caducadas, me he acercado hoy a mi barco, he cogido mis bengalas y... estaban caducadas en Mayo de 2013. Rápidamente he comprado unas nuevas y las viejas, supuestamente, antes las cogían en la tienda. Ahora me pedían 2€ por cada bengala para ellos reciclarla. Con las mismas, las he cogido y me las he llevado. No sé qué hacer con ellas: regalárselas a alguno que trabaje con pirotecnia, usarlas en la Noche de San Juan, ... :confused:
:pirata::pirata::pirata:
:brindis:

MrJohnson3,3 19-02-2014 20:31

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...alas+caducadas

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...light=bengalas

:brindis:

Jadarvi 19-02-2014 20:54

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 1614578)
Ok lo dejo....:cunao: al final el único que dará y quitará la razón será el tiempo.

Aunque coincido con el legislador en que no me gustaría ver al típico energúmeno sin ningún título (sea español , inglés....) haciendo el loco con una embarcación de tropocientos caballos. Yo me sentiré más seguro si se le aplica el mismo rasero a todos.... es decir un título que demuestre que al menos se ha leído el RIPA


Y yo coincido contigo en que no me gusta ver a nadie haciendo el loco con una embarcación ... y de esos hay muchos, con y sin titulación ... no es un tema de titulación, es un tema de consciencia y respeto a los demás, y el que no tiene respeto tampoco suele ser especialmente consciente de los peligros y molestias que ocasiona.

Creo que, en estos casos, el problema no es la titulación o la falta de ella, sino la prepotencia, la pereza, la ignorancia ... etc ... ¿Acaso no hemos visto nunca a un tipo que puede ser PNB, PER, PY, CT, Ocen Master o lo que quieras haciendo el capullo? ¿Cuántas veces no he leído yo en esta misma taberna anécdotas sobre gente que no te respeta el borneo en fondeaderos, los que parece que no tienen claro quien tiene preferencia, y aquí podemos incluir miles de historias sobre cuasi abordajes a barcos de recreo por parte de "profesionales", casos que incluso algunos han defendido diciendo que ellos están trabajando y el que va en un barco de recreo no, etc ...

En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco.

Y sigamos con el tema de los multazos, si me entero de alguno más interesante, lo iré exponiendo por aquí.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Neska 19-02-2014 22:02

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
"En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco".

¿Y cómo se puede conseguir que la gente tenga capacidad real de llevar un barco?



jiauka 19-02-2014 22:08

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 1614565)
El legislador tiene en cuenta el cada vez mayor número de embarcaciones españolas matriculadas en el extranjero, cuyo patrón es español.

Supongo que el ánimo del legislador es intentar que la seguridad marítima no se vea menoscabada por el hecho que naveguen individuos sin ningun conocimiento (lo cual es legítimo, como se ha expuesto ).

No, el legislador no dice NADA de conocimientos, habla de TITULACIOn, esa que por ejemplo en el PER español, permite aprobar con 1 50% de fallos en cartas, resumiendo, la mitad de veces no sabes donde estás.

Seamos serios, lo que se aprende con los títulos españoles no sirve para navegar y no forma, solo sirve para ir legal.

Jadarvi 19-02-2014 22:16

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Neska (Mensaje 1614737)
"En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco".

¿Y cómo se puede conseguir que la gente tenga capacidad real de llevar un barco?



Haciéndoles navegar .. has visto alguna vez un examen de la RYA? ... Suelen ser bastante serios, y lo que hacen es llevarte a navegar, asegurarse de que sabes fondear adecuadamente, de que sabes maniobrar adecuadamente, de que sabes izar las velas, tomar rizos, de que sabes dar instrucciones a la tripulación, haciéndote un examen teórico y práctico a bordo de un barco ... y, ya que están, antes de darte el título te exigen que acredites haber navegado una serie de millas en determinadas condiciones ... incluyendo travesías como tripulante y como patrón, navegación nocturna y navegación en aguas con mareas ... de hecho esos requisitos lo son de modo previo, es decir, que si no lo acreditas no te examinan.

Es un ejemplo que se me ocurre ... igual hay más .. sabes cuál es la diferencia? En que aquí, cuando teníamos días de mar, te enrolabas en el barco de un amigo, y te descontaban un porcentaje de los días transcurridos entendiendo que esos días no habías navegado .. así al final, con un par de meses de estar enrolado y una fotocopia compulsada del rol te daban por buenas las prácticas, aunque no hubieses navegado ni un día. Los de la RYA te exigen una declaración jurada, y mejor si tienes testimonios documentales de esa experiencia .. y, si mientes, se considera un delito .. igualito que aquí, no crees?

En fin, esperemos que algún día la gente entienda que las titulaciones deberían de ser para aprender, y no para tener un carnet que te deje hacer no sé qué ..

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Neska 19-02-2014 23:11

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Gracias por la respuesta.

Dices: "Haciéndoles navegar..."

Eso es seguro. Si se les hace navegar aprenderán. En otros casos está probado.

Pero parece haber muchos que no quieren que les obliguen a nada. "Como en Francia, Reino Unido y muchos otros países". Eso dicen.

Y se quejan de que es "caro"

:capitan:

Jadarvi 20-02-2014 01:08

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Neska (Mensaje 1614777)
Gracias por la respuesta.

Dices: "Haciéndoles navegar..."

Eso es seguro. Si se les hace navegar aprenderán. En otros casos está probado.

Pero parece haber muchos que no quieren que les obliguen a nada. "Como en Francia, Reino Unido y muchos otros países". Eso dicen.

Y se quejan de que es "caro"

:capitan:

Bueno, ya te he explicado cómo lo hacen en la RYA ... si no acreditas una serie de millas no hay examen ...

Y creo que no está mal que se exijan titulaciones, de hecho, esa es la tendencia en muchos países, lo que discutimos es si un Estado puede exigir para manejar un barco lo que no exige el país de Bandera.

Otra cosa es que el tema de las titulaciones en muchos casos parece diseñado más para cumplir con un expediente que para enseñar a navegar.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

LordNelson 20-02-2014 09:37

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Neska (Mensaje 1614737)
"En definitiva, pienso que las titulaciones tal y como están concebidas actualmente únicamente sirven para acreditar conocimientos, no capacidad real de llevar un barco".

¿Y cómo se puede conseguir que la gente tenga capacidad real de llevar un barco?



Haciendo un examen práctico, en un barco, como hacen para otorgar algunos títulos privados de prestigio internacional.

Neska 20-02-2014 10:01

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
:brindis:

Si el examen práctico es realmente serio y riguroso las personas necesitan navegar mucho para aprobarlo.

Todos los cofrades saben que las prácticas en España se miden por horas.
Y también saben que con muy pocas horas se cumplen las prácticas. Y a veces con trampas.
De hecho, el CY es el que más horas ha realizado. Y la normativa no le exige ni 100 horas desde PER hasta CY.

Otros navegantes miden la experiencia por días de prácticas...

:capitan:

Jadarvi 20-02-2014 10:17

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Neska (Mensaje 1614880)
:brindis:

Si el examen práctico es realmente serio y riguroso las personas necesitan navegar mucho para aprobarlo.

Todos los cofrades saben que las prácticas en España se miden por horas.
Y también saben que con muy pocas horas se cumplen las prácticas. Y a veces con trampas.
De hecho, el CY es el que más horas ha realizado. Y la normativa no le exige ni 100 horas desde PER hasta CY.

Otros navegantes miden la experiencia por días de prácticas...

:capitan:

Por eso RYA exige un determinado número de horas, días y millas de navegación, lo puedes ver aquí: http://www.rya.org.uk/coursestrainin...s/default.aspx este enñlace te lleva al apartado de exámenes para las titulaciones RYA y muestra los distintos requisitos para cada una de ellas.

De hecho, muchas escuelas organizan los cursos de forma que parte de las millas y travesías puedan hacerse a bordo y, cuando en casos como el del Yachtmaster si uno empieza de cero, si el tiempo del curso no es suficiente, ofrecen la posibilidad de realizar travesías de calificación, ya sea en sus propios barcos, en barcos de chárter o en el propio barco del aspirante, acompañados de un instructor calificado para certificar dichas travesías.

En fin, que ahí no les van a dar gato por liebre porque, además, tienen un excelente servicio de control de calidad y auditoría de los centros autorizados, y el que se desmanda acaba perdiendo la condición de RYA training center, algo muy apreciado por sus titulares.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

LordNelson 20-02-2014 10:48

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 1614888)
Por eso RYA exige un determinado número de horas, días y millas de navegación, lo puedes ver aquí: http://www.rya.org.uk/coursestrainin...s/default.aspx este enñlace te lleva al apartado de exámenes para las titulaciones RYA y muestra los distintos requisitos para cada una de ellas.

De hecho, muchas escuelas organizan los cursos de forma que parte de las millas y travesías puedan hacerse a bordo y, cuando en casos como el del Yachtmaster si uno empieza de cero, si el tiempo del curso no es suficiente, ofrecen la posibilidad de realizar travesías de calificación, ya sea en sus propios barcos, en barcos de chárter o en el propio barco del aspirante, acompañados de un instructor calificado para certificar dichas travesías.

En fin, que ahí no les van a dar gato por liebre porque, además, tienen un excelente servicio de control de calidad y auditoría de los centros autorizados, y el que se desmanda acaba perdiendo la condición de RYA training center, algo muy apreciado por sus titulares.

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Al RYA me refería (pareado :cunao:)
Es el mejor sistema que conozco. Te hacen el examen teórico mientras navegas. Les pregunté como justificabas las millas hechas. Me contestaron que se fían de tu palabra, porque en la conversación y durante el examen práctico, se ve si te estás inventando las millas o son reales.

Neska 20-02-2014 13:05

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
:brindis:

Gracias Jadarvi.

Dices:

"En fin, que ahí no les van a dar gato por liebre porque, además, tienen un excelente servicio de control de calidad y auditoría de los centros autorizados, y el que se desmanda acaba perdiendo la condición de RYA training center, algo muy apreciado por sus titulares"
.

Eso está bien. Control de calidad y auditoría. Pues no han llegado a controlar algunos centros de españoles que están medio regalando los títulos de la RYA.

En cuanto a fiarse de las palabras. Depende de cada uno. En los casos en que yo decido nunca me fío de las palabras en asuntos como este. La navegación hecha hay que demostrarla. He visto muchas trampas. Y a mí me han pedido que hiciera la vista gorda y otras cosas peores muchas veces.

Frivolidad no. Lo digo porque hay gente que cree que navegar es como andar en bicicleta. Habría que saber a qué le llaman navegar.

:capitan:

sanndro 20-02-2014 14:12

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Gladiador (Mensaje 1610967)
A un amigo mío la guardia civil le hizo un registro, en el amarre, y le denunciaron por llevar las bengalas caducadas. Cuando llegó la sanción, de la capitanía marítima, ésta era de 3.000 Euros. Ahora mismo está recurrida. A ver que pasa.
Este amigo tiene nombre y apellidos. Su barco tiene nombre y su puerto es mi puerto.
Con esto quiero dar a entender que no es un "me comentaron"

Saludos
José

Quien dice que en el amarre haya que llevar bengalas, chalecos, etc. Será navegando, no? ¿o si tu tienes el coche aparcado sin llaves puestas, y tienes a tu hijo al volante haciendo brmmmm brmmmm y moviendo el volante , te van a multar por que no tngo el permiso de conducir? ¿ O por estar sentado en una moto aparcada?

Venga ya, eso no se lo cree ni el guardia civil que le puso la sanción. Tengo muchos respetos por estos señores pero ya sabemos que a veces les obligan a cumplir ciertos cupos (aunque oficialmente nadie lo reconoce).

Un saludo

:brindis:

Neska 20-02-2014 14:18

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
:brindis:

Por favor, el material y equipo de seguridad obligatorios de una embarcación son elementos regulados, útiles y necesarios.

La seguridad de la vida humana en la mar, la seguridad marítima y la seguridad de la navegación no deberían ser objeto de bromas.

Muchas vidas se han perdido por no tomar esto como se debe.

Un saludo

Jadarvi 20-02-2014 18:14

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Neska (Mensaje 1614982)
:brindis:

Gracias Jadarvi.

Dices:

"En fin, que ahí no les van a dar gato por liebre porque, además, tienen un excelente servicio de control de calidad y auditoría de los centros autorizados, y el que se desmanda acaba perdiendo la condición de RYA training center, algo muy apreciado por sus titulares"
.

Eso está bien. Control de calidad y auditoría. Pues no han llegado a controlar algunos centros de españoles que están medio regalando los títulos de la RYA.

En cuanto a fiarse de las palabras. Depende de cada uno. En los casos en que yo decido nunca me fío de las palabras en asuntos como este. La navegación hecha hay que demostrarla. He visto muchas trampas. Y a mí me han pedido que hiciera la vista gorda y otras cosas peores muchas veces.

Frivolidad no. Lo digo porque hay gente que cree que navegar es como andar en bicicleta. Habría que saber a qué le llaman navegar.

:capitan:


Pues te garantizo que si me indicas qué centros son esos, se lo puedo hacer legar directamente al responsable de crucero de RYA para que tome las medidas necesarias ... De todos modos, yo pienso que las titulaciones son necesarias, pero precisan de una profunda reforma que haga que realmente sirvan para navegar.

En esa línea va la reciente reforma de las titulaciones españolas, que busca incrementar las prácticas y reducir los temarios, aunque yo, a título estrictamente personal, sigo pensando que se queda algo corta.

Otra discusión muy distinta es si un Estado puede exigir una titulación para navegar cuando el Estado de Bandera no lo hace ... pero no es este el objeto del hilo.


:brindis::brindis::brindis: salud!

El Temido II 23-02-2014 00:45

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por joqui (Mensaje 1613236)
.... a los 16 años yo y mi novia 15 años, "jugando" quedo embarazada....

¡¡Cuanto tiempo hacía que no oía esa expresión!!.

"Los novios jugando..... y ella quedó embarazada".

Ayer, en una conversación con dos amigos, uno del 38 y otro del 48, comentábamos
sobre la vida sexual de la juventud de cada uno y como había ido cambiando con
el paso del tiempo. La revolución de Mayo del 68, transformó nuestra sociedad de
manera clara y directa, aunque aquí llegara con unos años de retraso y no a todos
al mismo tiempo.

Como anécdota, la bronca que le cayó a mi amigo "el nacido en 1948", por llevarse
a comprar los muebles (la boda era inminente) a su novia (hoy esposa) en ......
... la moto y solos. :sip:

Está claro que hubo un antes y un después del Mayo francés. :sip:


Salud y :brindis:


PD: disculpen la interrupción. :D

Neska 23-02-2014 14:37

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
:brindis:

There is a $250 fine if you are found operating a vessel without a licence.

You must carry a copy of your Pleasure Craft Licence on board at all times and display the pleasure craft licence number on the bow of your boat above the waterline on both sides in block characters.

:capitan:

javierb 23-02-2014 17:48

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Estimado Sanddro, la unica vez que la guardia civil me ha pedido.documentacion fue en el propio pantalan.
Para mi sorpresa andaba ordenando trastos en el barco con un familiar antes de salir de pescar y sin darme cuenta me.encuentro un guardia en mi pantalan pidiendome la titulacion y los papeles del barco y no estaba el barco arrancado.
Tras una amistosa conversacion me dijo que estaban controlando muchas embarcaciones....despues pense....y si se encuentra solo el familiar solo ordenando el barco....insisto que no arranque la embarcacion. Menos mal que solo pidio documentqcion por que despues me.di cuenta q tenia las.bengalas caducadas y el extintor sin pasar revision. Saludos.

whitecast 23-02-2014 17:53

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por sanndro (Mensaje 1615008)
Quien dice que en el amarre haya que llevar bengalas, chalecos, etc. Será navegando, no? ¿o si tu tienes el coche aparcado sin llaves puestas, y tienes a tu hijo al volante haciendo brmmmm brmmmm y moviendo el volante , te van a multar por que no tngo el permiso de conducir? ¿ O por estar sentado en una moto aparcada?

Venga ya, eso no se lo cree ni el guardia civil que le puso la sanción. Tengo muchos respetos por estos señores pero ya sabemos que a veces les obligan a cumplir ciertos cupos (aunque oficialmente nadie lo reconoce).

Un saludo

:brindis:

No, pero si tú tienes un automóvil aparcado en la vía pública y sin la ITV pasada te van a multar seguro... y el ejemplo que pones de tu hijo sería igual en un barco, si no está navegando nadie te va a pedir el título del patrón.

Jadarvi 25-02-2014 12:24

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Neska (Mensaje 1616192)
:brindis:

There is a $250 fine if you are found operating a vessel without a licence.

You must carry a copy of your Pleasure Craft Licence on board at all times and display the pleasure craft licence number on the bow of your boat above the waterline on both sides in block characters.

:capitan:

Where is that?

:brindis::brindis::brindis: salud!

Neska 25-02-2014 13:18

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
:sorry:

Published in Canada.

:brindis::brindis:

Kane 25-02-2014 14:04

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Eso es cierto y exacto en Canadá. Doy fe.

La supernombrada, archiconocida y malinterpretada, aparte de utilísima (sabiendo usarla), PCOC card.

:pirata:

Cita:

Originalmente publicado por Neska (Mensaje 1616192)
:brindis:

There is a $250 fine if you are found operating a vessel without a licence.

You must carry a copy of your Pleasure Craft Licence on board at all times and display the pleasure craft licence number on the bow of your boat above the waterline on both sides in block characters.

:capitan:


whitecast 25-02-2014 19:48

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
Cita:

Originalmente publicado por Kane (Mensaje 1617101)
Eso es cierto y exacto en Canadá. Doy fe.

La supernombrada, archiconocida y malinterpretada, aparte de utilísima (sabiendo usarla), PCOC card.

:pirata:

En el caso que comenta Neska "Licence" no se refiere al título sino al registro de la embarcación , el número del cual tiene que estar en ambos costados

Kane 25-02-2014 21:44

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
En efecto, pero los veleros sin motor y cualquier barco con motor de menos de 7,5 kW no necesitan esa licencia.
Además, mirad lo que está en rojo, como curiosidad. ¡Igualito que aquí!

Y creo, pero no tengo ganas de buscarlo, que también hay multa por no llevar la PCOC De ahí confusión si es que es confusión.

:brindis:

What types of pleasure craft do I need to license?


A licence or registration is mandatory for all pleasure craft equipped with motors of 10 horsepower (7.5 kilowatts) or more, including personal watercraft, which are principally maintained or operated in Canada.

Owners of pleasure craft of all tonnages and lengths may choose to license them under the Canada Shipping Act, 2001. Alternatively, pleasure craft owners may choose to register their vessels in the Canadian Register of Vessels.

https://www.tc.gc.ca/eng/marinesafet...cence-3211.htm

What is a Pleasure Craft Licence?

A pleasure craft licence is a document with a unique licence number for a pleasure craft. The number allows Search and Rescue personnel to access important information in an emergency.
The law requires all pleasure craft powered by 10 horsepower (7.5 kW) or more engine, to have a pleasure craft licence, unless they have a vessel registration. There is a $250 fine if you are found operating a vessel without a licence. You must carry a copy of your Pleasure Craft Licence on board at all times and display the pleasure craft licence number on the bow of your boat above the waterline on both sides in block characters that:
  • are at least 7.5 centimetres (3 inches) high; and
  • in a colour that contrasts with the colour of the bow.
Cost: Pleasure craft licences are free and are valid for 10 years.

https://www.tc.gc.ca/eng/marinesafet...cence-1898.htm

Neska 25-02-2014 23:27

Re: Multas A Embarcaciones De Recreo
 
:brindis::brindis:

Citaba esa sanción porque en comparada con las de España es mucho menor.
Aquí la mayoría son de 1.000 euros o más...

:capitan:


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