![]() |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Copiado de la primera página de tu enlace al boe,
:adoracion: Cita:
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
Saludos y :brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Os cuento mi historia, brevemente. Aprendí a navegar a vela en Vaurien a los 16 años. Bastante más tarde me saqué el título de 'marinero de agua dulce' en Polonia, que fue bastante facilito, y eso que navegar en aguas interiores es más complicado que en mar abierto, al menos en lo que se refiere a señalización, corrientes, accidentes geográficos variados... Hace un par de años con ocasión de un viaje a Italia, surgió la posibilidad de alquilar un Sun Way 21 en un lago. Fácil y sencillo, sin título ni ná. Y se me reactivó el gen marinero, para mi desgracia. Empecé a buscar por foros, y el primero que encontré fue uno guiri, (cruisersforum) y vaya, como que no parecía tan difícil ser armador de un crucerito. Por ahí la gente se lo compraba (normalmente tras encargar una inspección por su cuenta), lo arreglaba, intercambiaban truquillos, etc... y a navegar. Vamos, lo normal. Nadie hablaba de títulos, normativas de seguridad, etc... porque en USA y UK no hay de eso, o muy poco. En todo caso, bastante de seguros. Total, que no parecía cosa del otro mundo.
Pero luego dí por casualidad con este bendito antro, empecé a conocer la realidad de la náutica española, y ya empecé a verlo bastante cuesta arriba. Ya sabía que hacía falta título, pero cuando empecé a enterarme además de las zonas de navegación, ITBs, material de seguridad, homologaciones, papeleos, multas, tasas... pues era ver cómo iba ascendiendo la factura y las incertidumbres, hasta el punto de que son los temas legales los que más "echan para atrás" a la hora de ser armador. Bueno, por lo menos el PER ya lo tengo... pero el resto parece bastante más difícil. Unas :brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Poniéndose en lo peor lo mas que podrían exigir es el material para las 12 millas ¿no?
:brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
A ver , me lo he leído , de lo que trataría este proyecto es únicamente para marina mercante ( la navegacion de recreo va a parte y depende del ministerio de juventud y deporte )
El espirito de este proyecto es obligar a las sociedades o personas físicas que se dedican profesionalmente a la navegacion a tener el material de seguridad según las normas francesas ( y no de Panamá , belize y demás ) el objetivo es frenar la competencia desleal por parte de armadores que cuartean barcos sin medidas de seguridad frente a los armadores que se gastan la pasta en tener las mejores medidas de seguridad y allí esta también el estado del barco , con sus revisiones de maquinas al dia , su instalación eléctrica en buen estado ect .. No hay que sacar las cosas de contexto solo para poder crear polémicas , las traducciones hay que hacerlas bien . :brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Y que la embarcación esté despachada para la zona adecuada, aunque a ese respecto hay bastante confusión, a pesar de la cantidad de hilos que hay sobre el tema (y ya lo he preguntado). Hay una circular que dice que efectivamente basta con tener a bordo el material de seguridad adecuado para la zona en que se navega. Pero por otra parte en el cfdo de navegabilidad la embarcación está autorizada para una zona independientemente del material que lleve. La cosa se complica si no tiene marcado CE, y si además entran en juego las categorías de diseño, etc...
Y además, para bajos presupuestos, el poner un barco en zona 4 (suponiendo que se pudiese, porque también he leído que si una vez se solicita 'bajada' de zona en el despacho, luego no se puede 'subir') tiene un coste importante. Emisora VHF homologada, instalada por una empresa homologada, GPS homologado, LEB, MMSI (si tiene DSC). Suma sumando... |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Ed. Tabernero: No viene al caso
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Ed. Tabernero: Malas formas
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Ed. Tabernero: Contesta a mensaje editado
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
[quote=Bertie;2014158]Y que la embarcación esté despachada para la zona adecuada, aunque a ese respecto hay bastante confusión, a pesar de la cantidad de hilos que hay sobre el tema (y ya lo he preguntado). Hay una circular que dice que efectivamente basta con tener a bordo el material de seguridad adecuado para la zona en que se navega. Pero por otra parte en el cfdo de navegabilidad la embarcación está autorizada para una zona independientemente del material que lleve. La cosa se complica si no tiene marcado CE, y si además entran en juego las categorías de diseño, etc...
Y además, para bajos presupuestos, el poner un barco en zona 4 (suponiendo que se pudiese, porque también he leído que si una vez se solicita 'bajada' de zona en el despacho, luego no se puede 'subir') tiene un coste importante. Emisora VHF homologada, instalada por una empresa homologada, GPS homologado, LEB, MMSI (si tiene DSC). Suma sumando...[/QUOTE ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ La DGMM para lo que le parece bien exige homologación CE, pero para autorizar un VHF no les basta. Se les ve el plumero. |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Después de avisar y posteriormente, de tener que borrar no sé cuantos mensajes, el siguiente paso será empezar con las infracciones...
Un poquito de por favor, que ya somos grandecitos |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Buenos días,recién pase por varios puertos franceses y en todos me comentaban,que Francia va a copiar el modelo de bandera belga,parece que les resulta más simple y ayuda más a la navegación,🍾
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Pues mejor que se mueva rápido, porque esto lo que va a hacer es que nadie dé en paso hasta que se clarifique la situación. P. ej., yo mismo me esperaría a ver en qué para la cosa antes de convertirme en armador.
Pero es una buena noticia, porque si aquí no ponen firme a la Administración desde Bruselas, no hay forma humana. |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
Si llevas idea de hacerte armador, cuanto antes mejor. Pasa de administraciones, cuando decidan cambiar algo ya nos adaptaremos o pasaremos. Si esperas a que se aclaren te haras viejo sin navegar.:cunao: La gente sigue comprando barcos y ahora ademas con la posibilidad de elegir opciones mas cómodas. También parece que esta encima de la mesa la recomendación UE, de separar la náutica de recreo y la MM a todos los niveles. Este "rumor" circula por los organismos del ramo desde hace tiempo, me lo comentó hace meses un conocido que ocupa un alto cargo político en la CCVV. Al final sera lo que tenga que ser, mientras tanto, tu navega. :brindis::brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Tambien la administracion Belga lanzo una encuesta a todos los armadores de barcos abanderados en su pais hace unos meses.
El proposito principal, escuchar al sector para posteriormente modernizar su legislacion en base a lo que piensan los armadores. :brindis::brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
Enviado desde mi Nexus 10 mediante Tapatalk |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
no se dan de cuenta en este pais,que por culpa de gilipolleses de estas se pierden muchos votos,lo que deberian hacer,es copiar la normativa belga y cuanta mas gente haya en el mar,mas dinero ingresarian,eso si?siendo responsable,yo siempre dije,que todo lo que tenga que ver con el mar,deberia ser materia obligatoria en las escuelas o colegios,como querais llamarlo y no otras materias que al final no sirven para nada en la vida cotidiana......
hasta se salvarian vidas en la playa cuando llega el verano y hay corrientes o mar de fondo,pero no les interesa:brindis::brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
Lo primero es que el parlante a que el amigo cortaypega alude es un funcionario, él puede decir que van a hacer o dejar de hacer, pero la maquinaria legislativa es la que hace y deshace y no es lo que diga él sino lo que se determine por una ley que tiene que ser bien estudiada para no contravenir tratados internacionales etc... y en este caso ya empezamos con que la nueva redacción Francesa es discutible en alguno de sus puntos y podria ser recurrida por chocar frontalmente con los tratados internacionales sobre la soberanía que todo pais ejerce dentro de un buque de su pabellon, pero en el caso Frances, como explica algún cofrade, viene a ser un requisito para embarcaciones destinadas operaciones mercantiles, es decir al negocio, por lo que para hacer negocios en Francia con una embarcacion, si que puede el estado intervenir y regular los requisitos puesto que una embarcacion dedicada a negocio, se convierte en un centro de trabajo, y ahi si puede entrar a regular un pais, ya que la normativa aplicable a los centros de trabajo en cuanto a los requisitos de seguridad que deben reunir en el ejercicio de sus actividades si es materia de regulacion del pais anfitrion, sea o no de la UE el pabellon del barco que ejerce dicha actividad. En lo mentado sobre la navegación en agua jurisdiccionales de buques de pabellon extranjero en todo caso esta sujeta al derecho de paso inocente hay mucho que discutir en este asunto y demasiado largo para exponerlo aqui pero dicho derecho es independiente de donde tenga el barco de pabellón extranjero su puerto base, paso inocente se aplica a cualquier barco extranjero que se encuentre navegando por otro país firmante del tratado en este caso el convemar, simple y llanamente. Sin tocar el tema de que es una clara discriminación, ya, el hecho de exigir, como esta ocurriendo aqui, la titulacion según la residencia o nacionalidad dentro de una embarcacion de pabellon de otro pais, algo, que es recurrible, y si no se ha recurrido es porque a muchos nos parece que tener un minimo de titulación para llevar un barco, es necesario, si entrar en otras disquisiciones... Fuera de esto lo de que la pinza se cierra, es un comentario mas bien de alguien a quien se le va la pinza con frecuencia, para polemizar con diversas chuminadas, por lo que como acertadamente comenta Markuay, seguiremos el dicho de : GRITAN LUEGO...CABALGAMOS :cunao::cunao::cunao::brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
(Ed por Atarip) Fue creado como LEY de bases, en el 1888 (esto es de libro), es decir, no solo tiene rango de Ley como compilación de derecho histórico sino que además ha sufrido diversas modificaciones mediante diferentes leyes que han permeado y actualizado su contenido siendo muy respetado y su aplicacion prevalente como fuente del derecho civil Español. (Ed por Atarip ) La norma que citas la LNM 14/14, no contraviene lo dispuesto por el CC, y en todo caso no habla de aplicacion dentro de buques de otro pabellon sino de cumplir disposiciones administrativas que en este caso estan referidas a cuestiones de Rol, despacho del buque, Manifiesto de Carga y mas cosas que no me apetece seguir poniendo...en todo caso ya estoy harto de decirte que no te columpies y que (Ed por Atarip )no todo es literal, y que antes de hablar hay que estudiar y tener un poco de experiencia... Y como siempre te lo digo sin acritud...:brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
El tan manido tema que tenemos muchos "letrados" y muchos "ingenieros" especialistas en motores de barcos, todo dicho si acritud :nosabo::brindis:
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
Por aclarar, aunque no sé a quien le puede interesar en este foro. Formalmente, el Código civil es un decreto legislativo; por tanto, actualmente, en la jerarquía normativa se halla por debajo de la Constitución y al mismo nivel que las leyes ordinarias. Además, no puede regular materias reservadas a ley orgánica (art. 81 CE). El Decreto citado en intervenciones anteriores es el de su publicación, no el Código en sí. Procede de la codificación de una ley de bases. Las leyes de bases, y los decretos legislativos (actualmente reales decretos legislativos) tienen rango de ley, las primeras emanan del legislativo (Cortes) y los segundos del ejecutivo de acuerdo con una delegación de la ley de bases que desarrollan (no innovan derecho). También del Reales Decretos Leyes, que emanan del Gobierno en casos especiales tasados, tienen rango de ley, pero luego tienen que ser convalidados por el poder legislativo (Congreso). No tienen rango de ley los Reales Decretos, que son normas reglamentarias. Los Reales Decretos Leyes y los Reales Decretos Legislativos, por ser normas con rango de ley pero que emanan del ejecutivo, en lugar del legislativo, reciben el apelativo de "legislación delegada". El resto de normas que emanan del ejecutivo son normas reglamentarias, su mayor rango es el de Real Decreto y su rango normativo es siempre inferior al de ley ordinaria. Saludos |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Tanto el Real Decreto Ley como el Real decreto Legislativo tienen rango de Ley. Y en esto no hay excepciones.
El RD Legislativo una norma jurídica con rango de ley, que emana del poder ejecutivo central, en virtud de delegación expresa efectuada por el poder legislativo (Cortes Generales). La técnica del Real Decreto legislativo tiene su función en diversos ámbitos, y depende de que ámbito se trate la ley de delegación será una u otra. Y su función se establece para: la elaboración de textos refundidos de diversas leyes, favoreciendo la compilación en un sólo cuerpo legal de distintas normas jurídicas dispersas, se delegará la potestad legislativa al gobierno mediante una ley ordinaria que establecerá en todo caso los límites y el contenido de la legislación delegada. O Para la elaboración de textos articulados, habiendo aprobado previamente el poder legislativo una Ley de Bases que sirve como marco de referencia y límite.(caso este último el del código civil) En ambos casos tiene Rango de Ley. Y el código civil fue publicado mediante Real decreto, aunque se incardine por lo mentado en un Real decreto legislativo pero tanto Tiene rango de Ley.. que en todo caso es lo que se discutía aqui, lo que yo pretendía en el post editado por el Portero es resaltar el hecho de que no tiene nada que ver la forma de publicación, (en este caso un real decreto), con el contenido de la Norma, queda meridianamente claro con la explicacion mía y para mayor abundamiento y ya excesiva prolijidad, por lo aportado por mi paisano papaventos, la cualidad de LEY del Código Civil que es el asunto que traía estos comentarios brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
a los que habria que multar,en genral en la vida cotidiana,es a los que se inventan bulos,espero que nunca pase nada,pero si me intentan tocar los guevos por tener bandera belga llegaria hasta el tribuanl de estrarburgo,por mucho que algun dictador de turno se le antoje cambiar nada.....hala a navegar y menos meter miedo,que el tiempo del coco,ya pasó
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Hola. Hace tiempo que no entraba en este foro de cuestiones legales.
Y lo hago porque hace varios años que tengo pabellón belga y el otro día un compañero de pantalán me dijo que sabía "muy buena tinta" que nos iban a cobrar no sé qué tasa a los que teníamos pabellón extranjero europeo. Veo que desde que me cambié hace 4 años no hay ninguna novedad: solo una serie de rumores respecto a las penalidades a las que nos va a someter la DGMM por habernos cambiado. Por lo que leo en este hilo, según el último rumor, se nos va a exigir el título y el armamento del estado español emulando una normativa francesa. De entrada no me parecería tan grave en mi caso: yo tengo el título y el armamento español porque ya los tenía cuando hice el cambio de pabellón. De todos modos creo que sería complicadísimo implementar una norma de ese tipo dado lo enfarragosa que es la normativa española: cuando matriculas un barco decides en qué zona de navegación quieres inscribirlo y en función de eso se te exigirá una titulacióny un armamento. Como en Bélgica esto no existe ya que te despachan el barco sin límite de navegación, ¿qué material y título te van a exigir?. me imagino que sería el correspondiente a la zona en la que te encuentres cuando te haga la inspección la GC, pero ¿puede la GC inspeccionarte más allá de las 12 millas?, es más ¿te hace inspecciones la GC si no tiene serios indicios de que se está cometiendo en el barco un delito?. La semana pasada estuve de turné por las Rías Baixas y en tres ocasiones pasé al lado de la GC y nada: el típico saludo y cada uno por su camino. No sé, esto me parece complicado.... Y respecto al rumor de que nos van a cobrar no sé qué, eso sí que me parece imposible ya que supondría una discriminación total y deberían cobrárselo a todos los propietarios, independientemente del pabellón europeo del barco. |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
A fecha de hoy nada de nada. Ya cobran a todo dios la dichosa G5. Las aguas españolas terminan en las 12 millas o sea como mucho conseguirian imponer las bengalas de la zona 4 y el PER. En europa los tiros van en direccion contraria, menos tonterias, ya que quieren unificar homologar y civilizar normas. Asi que tu a lo tuyo, navega. :brindis::brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Bien, como ya es público, ya se puede decir que lo que afirmaba el cofrade whitecast no estaba completamente descaminado y, cofrade markuay, no eran rumores de “radio macuto”. Algunos hemos tenido que mordernos la lengua algunos meses.
Finalmente se hará o no. Pero las intenciones están ahí. La consulta pública está abierta hasta el 22 de septiembre próximo, así que ¡adelante! Atención al párrafo: Finalmente, se pretende hacer extensivo el ámbito de aplicación de la nueva orden a determinadas embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados. El objetivo no es otro que contribuir a la armonización de las disposiciones reguladoras de los equipos de seguridad, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo cuando navegan por aguas territoriales españolas. Y de momento han rebajado las pretensiones, el algún momento se habló de un Real decreto, en lugar de una Orden, y de barcos con base en puertos españoles, en lugar de los que naveguen por aguas españolas, cierto que esto último parece todavía más difícil de imponer. ¡Ingenieros navales y facultativos de marina civil haciendo normas! Saludos, http://www.fomento.gob.es/NR/rdonlyr...MBDERECREO.pdf |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Hasta ahora eran rumores de radio macuto y ahora pretensiones que ya se vera en que quedaran al final, sobretodo si se encuentran con resistencias legales organizadas.
Parece que UE va más bien en sentido contrario, menos chiringuitos locales y normas homologables a nivel europeo. |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Voy a poner un ejemplo, que muchos pensarán es ridículo y por eso me sirve, para mostrar lo ridículo que pretenden hacer al entrometerse en legislar sobre embarcaciones que son territorio de otro país soberano.
"En mi comunidad de vecinos vamos a modificar los Estatutos con el objeto de garantizar la satisfacción en las relaciones sexuales de los vecinos. Por ello se establece la norma de que para vivir en dicha comunidad de vecinos: - permanentemente o temporalmente (por periodos superiores a 1 minuto) - y para pasar por sus territorios aledaños que son la acera de acceso, la de enfrente y la calzada intermedia (por que nos sale así, de los c*j*n*s). Disponemos que todos los varones, independientemente de sus apetencias sexuales (hombre, mujer o animal o juguetes) deberán ser portadores de órganos sx de al menos 20,5 cm., so pena de multa de 300.000 €. Para armonizar y regular esto, deberán pasar inspección mensual. Seas residente o transeúnte. Esa inspección sólo se podrá realizar por el vecino autorizado (que además de pasarme comisión es mi primo tercero por parte de madre) y tendrá el módico coste de 1000€ más IVA. El que quiera presentar alegación a este proyecto de ley, puede hacerlo. Que nadie diga que no somos democráticos. Pero nos lo vamos a pasar por el forro." |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
Europa es un leviatán vomitador de normas, directivas,…… Solo hay que fijarse en esa chorrada que se sacaron de la manga, del certificado energético de las casas. Pero muy a bien nuestros carceleros, huy perdón, nuestra amada administración ha colocado un correo para enviar nuestras observaciones (consultapublica.dgmm@fomento.es) hasta el 27 de septiembre. Que esos correos irán directamente a /dev/null (terminología unix) o a la papelera (terminología Windows). Hay que ver como se las gastan. …..es la falta de adecuación, a la evolución tecnológica, de los equipos prescritos para ser instalados a bordo de embarcaciones de recreo. La industria del sector de la náutica de recreo ha venido desarrollando nuevos equipos más seguros y eficientes, producidos bajo estándares cada vez más rigurosos y bajo el exhaustivo control de agentes externos a los fabricantes Vamos que ya no va a ser necesario tener equipos homologados por la DGMM. jejeje. Esa desactualización mencionada, también ocasiona una pérdida de competitividad en un sector cuya pujanza no debería quedar comprometida por un conjunto de prescripciones en materia de seguridad que, en muchos de los casos, no están adaptadas las necesidades actuales de la náutica de recreo. Competitividad, agarrarse los machos, que los que vamos a seguir perdiendo competitividad va a ser los ciudadanos en favor de algunos lobbis. La oportunidad de aprobación viene respaldada por parte del sector de la náutica de recreo; son muchas las voces que solicitan, desde hace años, un nuevo enfoque que se adapte a los nuevos tiempos. Aprovechando esa disponibilidad del sector y de la propia Administración El sector de la náutica, ya está todo dicho. Su pongo que a los club náuticos, marinas, etc, etc, les obligarán a poner un vaciador de aguas negras, para nuestros tanques de KK, y la famosa hoja MARPOL. No sé que político decía que tenía 34 millones de jefes, jijijijiji. Yo creo que el estado tiene 40 millones de esclavos. Futuro negro para los ciudadanos. En cuando empezamos a tener un poco de “libertad” (desregulación) ya tenemos al político para decirnos que hacer, como hacerlo. |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Hombre, la verdad es que por los fragmentos que citas, lo mismo podría ocurrir que simplifiquen la normativa, o que la compliquen más aún. Lo que sí queda claro es que hay intención de cambiarla. Pero la verdad es que excepto por lo de las homologaciones, no sería demasiado optimista.
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Buenas, cofrades:
No me fío ni lo más mínimo de las supuestas buenas intenciones de la Administración más restrictiva del mundo en materia de náutica de recreo. Bueno, vale... Como admito desconocer el caso de Corea del Norte, podemos darle el beneficio de la duda y dejarlo en que quizá es la segunda más restrictiva... :cunao: Todas las acciones de esta Administración han ido encaminadas a establecer exigencias desmesuradas (dobles homologaciones, tanques de aguas negras sin instalaciones de vaciado en puerto, etc.), al establecimiento de tenderetes de amigos (cholletes diversos de ITB's, instaladores autorizados, etc.) y, en conexión con las dos anteriores, a satisfacer su voracidad sancionadora (multas desproporcionadas); en definitiva, al sometimiento de los armadores a su voluntad férrea, a través de una sobre-regulación que no aporta absolutamente nada en cuestión de seguridad. Y, por supuesto, todo unido a una burocracia del S. XVIII cuyo objetivo no es servir al ciudadano, sino perpetuarse a sí misma. Compárese todo ello con otras Administraciones (la belga, que permite hacer todos los trámites por medios electrónicos; la irlandesa, que no establece exigencia alguna para embarcaciones de menos de 13 m de eslora, la británica, la holandesa...) En mi opinión, las actuales tendencias de la Administración solamente están dirigidas a dificultar todo lo posible los cambios de bandera: como la famosa disposición adicional 5ª del RD 875/2014 no ha surtido los efectos esperados (¡qué fastidio que valga sólo hasta 12 millas y que la mayoría de los patrones tenga titulación más que de sobra!), y como los franceses nos han marcado el camino ("Siguiendo la senda abierta por los países de nuestro entorno...") , pues vamos a forzar las exigencias a quien nos interesa ("... se pretende hacer extensivo el ámbito de aplicación de la nueva orden a determinadas embarcaciones de recreo abanderadas en otros Estados."). No dudéis de que esas determinadas embarcaciones van a ser sólo las de propiedad de españoles. Y luego (el cinismo es otra característica definitoria de la Administración) dicen que "El objetivo no es otro que contribuir a la armonización de las disposiciones reguladoras de los equipos de seguridad...". ¡¡¡Amosandaaaa!!! ¡Ah! Y como no podía faltar el toque ecologista-innovador, dicen unas cuantas insensateces sobre los motores de gas licuado... ¡en embarcaciones de recreo! :meparto::meparto::meparto:¿Algún cofrade tiene uno? :burlon: Saludos y :brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
¿Por qué no siguen la senda o se armonizan con Bélgica, Irlanda, Inglaterra?. El único caramelito que van a dar, va a ser que las balsa salvavidas, no se hagan las inspecciones anules y las inspecciones se realizarán cuando las indique el fabricante, como algún personajillo hizo en una tesis que ya salió en este hilo y aquí la perla de la tesis. |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Por aqui aparece de nuevo el tema que comente hace tiempo, desligar a la MM de la Nautica de recreo.
Capítulo 2 – Análisis del sector de la náutica de recreo en España y en países de la Unión Europea 20 Finalmente, el Ministerio del Interior, el Servicio Marítimo de la Guardia Civil, que tiene encomendadas competencias de policía administrativa en el mar territorial y en las aguas continentales, incluidas las subacuáticas, para la conservaciónde la naturaleza y medio ambiente. De toda esta dispersión de funciones relacionadas con la náutica deportiva,vemos que le corresponde a la DGMM el fomento de la actividad náutica de recreo. Proceder a la creación de una Dirección General de Náutica de Recreo por parte del Ministerio de fomento, si más no, una subdirección general, significaría una clara apuesta por el sector de la náutica deportiva, con el objetivo de garantizar un crecimiento constante del sector. La DGMM, como su nombre indica, debería centrarse en temas relacionados con los buques mercantes, dejando a una nueva Dirección General la responsabilidad, gestión, dinamización y reglamentación de los aspectosr elacionados con la náutica de recreo. Otra perla: Capítulo 2 – Análisis del sector de la náutica de recreo en España y en países de la Unión Europea 22En la Figura 2.2, el 6 indica la lista de Registro de atrícula: embarcación de recreo con fines lucrativos, BA corresponde a la Provincia Marítima: Barcelona, el 3 al Distrito Marítimo: Arenys de Mar, el 2 al número de folio de inscripción y finalmente el 04 al año de matriculación: 2004. No obstante hay que destacar dos excepciones a la obligatoriedad de abanderamiento y matriculación que son las siguientes: Todas embarcaciones de recreo de eslora igual o inferior a 12 metros están exentas de la obligación de abanderamiento y matriculación, así como de despacho, siempre que la propia embarcación y su equipo propulsor ostenten el marcado CE. No obstante podrán ser abanderadas y matriculadas si se solicita. En todo caso, se debe obtener antes de su entrada en servicio un certificado de inscripción. :brindis::brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Y el resultado de tanta mafia oficial, es este;
Capítulo 2 – Análisis del sector de la náutica de recreo en España y en países de la Unión Europea 24 Según ICOMIA, en el 2012 en España había una relación de embarcaciones por habitantes de 1:210 embarcaciones. Este mismo informe cifraba en 219.998 las embarcaciones de recreo matriculadas en España, de las cuales 13.455 son embarcaciones de vela y 206.543 a motor. Embarcaciones a vela Embarcaciones a motor Total 13.455 206.543 219.998 Tabla 2.4: Flota de embarcaciones de recreo en España en 2012. Fuente: COMIA Los datos expuestos indican que el sector de la náutica de recreo en España tiene un potencial de crecimiento muy importante. Ejemplos de países como Grecia, Italia, o Francia, con producto interior bruto (PIB) per cápita similar al español, han desarrollado el sector con un mayor número de embarcaciones de recreo. Si además se tiene en cuenta las ondiciones meteorológicas privilegiadas, quilómetros de costa, importancia del turismo (tercer país en número de turistas internacionales, el segundo en gasto turístico y el primero en competitividad del sector a nivel mundial9 ), hacen sin duda prever un crecimiento importante del sector de la náutica de recreo. Embarcación por habitantes Flota Noruega 1.6 793.000 Finlandia 1:7 731.200 Suecia 1:12 53.000 Holanda 1:32 523.473 Grecia 1:84 130.552 Italia 1:98 592.000 UK 1:111 541.560 Francia 1:127 483.823 Irlanda 1:168 25.830 Alemania 1:183 450.273 España 1:207 220.000 :brindis::brindis: |
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Cita:
https://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG....htm#pregunta2 Cita:
|
Re: Se prevee adaptar el modelo francés con respecto a las banderas extranjeras
Y los belgas que opinan de esto?
|
| Todas las horas son GMT +1. La hora es 04:49. |
Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto