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Re: PER y Zona II
Creo que es tarde para molestar a mi amigo benemerito, maxime cuando ha dicho que la titulacion requerida para patronear un barco figura en la licencia de navegacion ( librito verde al que hacia referencia),
Pero te aclaro mas cosas, en mi librito verde en la pagina 14, Facultades de patrones y tripulantes, figuran un servidor como CY y mi hija como PER, con nombre y apellidos, titulacion y nº de carne. "especificando dentro de las atribuciones de cada patron". En la 16, reconocimientos y certificados, dice que es apto para 6 personas en zona de navegacion 2, En la 36, Despachos, me autorizan estas condiciones hasta el 08/03/2012, Todo ello, esta firmado y sellado por la capitania maritima. Asi que, si a ti no te vale, si mi niña tiene tal titulo, al parecer, a la unica entidad oficial que autoriza la navegacion en este pais, SI LE VALE . SUMEKE. Oficial de la Armada, creo que desde que inventaron el agua y le echaron sal. |
Re: PER y Zona II
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Por otra parte, este verano alquilé un barco despachado para Zona 1, porque había estado en el ARC durante el invierno anterior, yo soy PY, y esa era la titulación mínima para patronear el barco, porque mide 43 pies. El que el despacho fuese para Zona 1, simplemente implica que él podía ir adonde quisiera, pero no conmigo como patrón, pues yo no puedo alejarme más de 60 millas de la costa... nada más. :brindis::brindis::brindis: a vuestra salud!!!! |
Re: PER y Zona II
no te quito la razon
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Re: PER y Zona II
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Supongo que haces referencia al patrullero clase Barceló: P-13 Javier Quiroga dado de baja en el año 2005, que entre otros ha tenido como comandante al actual Almirante de Acción Marítima Don Emilio Nieto Manso. Ese buque, que entre otras cosas sirvió de apoyo al GOE, intervino en el conflicto del islote Perejil y muchas misiones militares más. ¿Tambien ejerció funciones policiales y estuvo comisionado para el control reglamentario de embarcaciones de recreo y sus patrones? :eek::eek::eek::eek: ¿Y se dedicaba a poner multas a los navegantes de recreo? :confused::confused::confused::confused: ¿También se habrá dedicado a la pesca con currican, conocida en inglés como Trolling?:nosabo: En fin... Cosas más raras se han visto. :brindis: |
Re: PER y Zona II
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Re: PER y Zona II
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Re: PER y Zona II
El barco que llevo se encuentra despachado para navegar en zona 2 (60 millas), y la titulación requerida es PER (a pesar de que tengo el PY), y se matriculó en septiembre del 2007; eslora de 9,8 metros y 520 H.P.
Saludos. |
Re: PER y Zona II
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Además, para que se entere de que hay otros mundos aparte de las dile que: Fuerteventura - Gran Canaria => aprox 46 Millas La Palma - La Gomera => aprox. 31 Millas El Hierro - La Palma => aprox 36 Millas El Hierro - La Gomera => aprox 32 Millas Gran Canaria - Tenerife => aprox 34 Millas Lo que es una incongruencia es que se pueda ir con el PER, por mitad del Océano, de Fuerteventura a Gran Canaria y no se pueda ir de Denia a Ibiza. |
Re: PER y Zona II
windi......pssssssssssssssssssssssstttttttttttttt, no les des ideas, aunque tengas razón.....que nos chamizannnnnnnn:cunao:
Es costumbre aquí, estrenal el PER en la travesía, desde Santa Cruz a Agaete. Con el alísio fuerza 4/5 de través ir y volver..... desde Marzo a Noviembre. Olas de 2/3 mts. Com tú dices, creo que pasa de 12 millas :cunao::cunao: :brindis::brindis: |
Re: PER y Zona II
:brindis:
a la fina me voy o no me voy a Ibiza :pirata::pirata::meparto::meparto: |
Re: PER y Zona II
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Re: PER y Zona II
Juerrr...!!!, que le pregunte de una vez a "un amigo que es el jefe de relaciones exteriores del ministerio de fomento", si PIPE se puede o no se puede ir ya a Ibiza, que está el hombre que no sabe que hacer.
Saludos a la peña. |
Re: PER y Zona II
Pues cuanto mas leo sobre el tema, mas dudas tengo. Y no es por la norma en sí, sino por quienes la aplican, sin un criterio uniforme y sin una autoridad que ponga orden. Valga por ejemplo la cantidad de interpretaciones sobre la aplicación del último Real Decreto sobre comunicaciones ( de 2006, creo.). Para mi está clarísima la distinción que hacen las normas entre la habilitación del barco, por diseño y equipo, de la del patrón : su titulación. Lo que debería de ser obvio, consultar a la DGMM, seguir su criterio, compartido o no, y tener la tranquilidad de que estamos dentro de la legalidad, se convierte en numerosas ocasiones en mayores preocupaciones e incertidumbres.
De aquí mis dudas, porque de la misma manera que te pueden exigir que lleves el equipo correspondiente a la zona de despacho, independientemente del lugar en que hayan cobrado la pieza, tambien te pueden exigir la titulación mínima para la zona para la que le barco esté despachado. Cuestión de criteriossss que deterioran la objetividad de la norma.:brindis::brindis::brindis: |
Re: PER y Zona II
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Si tienes oportunidad de preguntarle al patrón de la "menemerita", quisiera saber si te paran en las islas y el barco esta despachado para zona 4 y puerto base en la península si te multan o no procede por estar en ese momento dentro de las 12 millas o navegación interinsular, aunque estaría claro que alguien ha tenido que cruzar el canal...; cada vez que he visto el temilla en alguna discusión siempre salen opiniones, el yo creo o yo considero que..., me gustaría saber la respuesta de un guardia civil experto, me aclararía totalmente las ideas. Saludos!!!!!!!!:pirata::pirata::pirata: |
Re: PER y Zona II
Por cierto, si no recuerdo mal las aguas territoriales finalizan a 12 millas, no? A partir de ahi son internacionales, verdad ? La GC puede perseguir delitos como la pirateria, el tráfico de hombres, droga, armas y gran delincuencia, no? pero tiene jurisdicción para faltas administrativas ?
A ver los expertos en derecho que opinan :gracias: |
Re: PER y Zona II
Itaca, afortunadamente se le acaba la competencia administrativa. Pero cuidadin, la autoridad tiene la presuncion de veracidad, entonces ¿Quien establece las 12 millas?
Salud y copas. |
Re: PER y Zona II
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Re: PER y Zona II
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Ni más ni menos que en mi Permiso de Navegación. P.D. En el último renglón pone Observaciones: Podrá efectuar navegación con tituluación de Patrón de Embarcaciones de Recreo, siempre que no se aleje más de doce millas de la costa. Yo soy PY, osea que mi Almiranta o cualquier buen amigo PER podría llevarlo, eso sí, con todos los elementos de seguridad reglamentarios para navegar en las 25 millas. |
Re: PER y Zona II
1 Archivo(s) adjunto(s)
Por la hora, rondita de cafelitos, epa!, y carajillo de ron para el que quiera.
Bueno, he subido la ORDEN FOM/1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, avegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo, en la que también figuran las categorías de diseño. Espero que clarifique. Salud y buena mar cofrades :velero: |
Re: PER y Zona II
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Gracias por la aportación. :brindis: |
Re: PER y Zona II
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mira que ha costado saber lo que se sabe (o se deberia saber ) :D |
Re: PER y Zona II
Bueno entonces quedamos en que si, no? :meparto::meparto::meparto:
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas :brindis::brindis: |
Re: PER y Zona II
Al final impera la lógica y por esta vez el sentido común y la Administración llevan el mismo rumbo :cid5:, por un momento y ante la seguridad en las manifestacioes de un cofrade pensé que ivan de vuelta encontrada.
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Re: PER y Zona II
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Re: PER y Zona II
:eek::eek::eek: Madre mía!! La que tenéis liada!!!!! :borracho::borracho::borracho:
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Re: PER y Zona II
Cita:
Ambos caigan a estribor:pirata::pirata: |
Re: PER y Zona II
Saludos Cofrades, la verdad es que no había reparado en este hilo. Es espectacular!!!!! Una cosa apriorí facíl y después de cuatro páginas debatidas por aficionados de nivel como hay en esta Taberna y sigue sin estar del todo claro!!! Lo increible es los ejemplos reales aportados de incongruenía de la administración entre titulación mínima y zona de navegación. Conclusión, Esto es un infierno!!!!!. Coronadobx
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Re: PER y Zona II
Cita:
No veo lógico que dos barcos de las mismas características estén despachados para la misma zona con diferente titulación mínima, pero vete tu a saber..jejejeje. Caselitos con copita pal que los quiera:brindis: |
Re: PER y Zona II
Buenas cofrades unas rondas:brindis:
Hoy he tenido que trabajar en la Base naval de Puntales, dónde tienen base la GC del mar, le pregunté sobre este tema a un cabo primero que estaba por allí y muy amablemente, me costestó. Ellos lo que más mira es dónde te han visto directamente o por radar y ahora por los AIS. Y los metros de eslora legal, que llevas, según esto te exigen una titulación u otra como mínimo, si la tienes pasamos al barco, lo que más mira ahora es lo de las radios, pues casi nadie las tienes bien. Y despues las bengalas pues me dijo que el 70% o no las llevan o están caducadas, el resto ya es depende del día que los pilles. Espero que sos sirva de aclaración. Me comentó que aquí en la zona no tienen día de menos de 10 sanciones. Lo dicho la zona de navegación del barco es una cosa y los títulos otra. De todas formas sería conveniente tener contestación por escrito del ministerio de fomento que es el que la ha liado. Si alguien conoce a MALENI por favor me puede dar su teléfono y emilio. Unas rondas a todos. |
Re: PER y Zona II
Unas :brindis: que es buena hora.
Pues la verdad, yo no lo veo tan complicado. A mi modo de entender, la titulación te faculta para una eslora y una zona máximas. Así, PER, hasta 12 ms y hasta 12 mn. Si patroneas un barco de 13 ms en zona 4, está incumpliendo la legislación, lo mismo que si patroneas 9,5 ms en zona 3. PY, hasta 20 ms y hasta 60 mn. Si llevas 22 ms y estás en zona 4, igualmente incumples, o 19,5 ms y estás en zona 1, también incumples. Otra cosa es que el barco tenga las medidas de seguridad adecuadas a la zona en que se encuentra. PY, 16 ms, zona 3 y barco sin balsa, estás incumpliendo. Lo mismo que si estás en zona 2 y no llevas traspondedor de radar. Además de las posibles multas ante inspecciones de la G.C., lo más importante es que el seguro no te cubrirá si incumples la normativa legal. Salud y buena mar |
Re: PER y Zona II
Saludos y ronditas :brindis::brindis:
Se vuelve a discutir lo mismo en http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=45797, no había visto este hilo antes, yo creo que al final lo que va a pasar es que ciertos certificados de navegación están un poco "mal hechos" y de ahí viene el problema; habría que ver la descripción del campo "Titulación mínima requerida", que seguro que en algún sitio lo pone, pero tal como yo lo entiendo podrían ser dos cosas: 1- Si es la titulación mínima requerida para llevar el barco que se identifica tiene que ser en función de la eslora y potencia en su caso, con lo que los que ponen una titulación superior por la zona despachada realmente están mal redactados, cosa que habría que impedir cuando se despacha (caso del gambeta, que por otro lado eso de poner motovelero no se yo...) Esta opción me parece la más lógica. 2- Si es la titulación mínima requerida para llevar el barco por la zona despachada pues lógicamente también si lo llevas en una zona menor ese requisito ya no será válido. Con lo poco que se de lengua castellana y derecho creo que este planteamiento es el más razonable y que se podría ir con él hasta al Constitucional :cunao: Vamos, que yo creo que lo que pasa es que el tema va por el punto 1 y en ciertos casos los que hacen los certificados se cuelan poniendo titulación de más, y luego si te interpretan textualmente pues mal vamos, pero eso es como si te compras un coche, pongamos p.ej. la "fragoneta" de mi prima de 7 plazas, y en el permiso de circulación le vienen 5 nada más, de acuerdo que la podrán empapelar, pero eso habrá que mirarlo cuando te den los papeles y exigir... digo yo... |
Re: PER y Zona II
Hace poco que he resuelto en la capitanía de Algeciras mi duda que era la de todo el mundo.
Tenía el barco despachado en zona 3 y ponía titulación mínima patrón de yate, es un velero de 10,25m. Me dijeron que el programa que hace los certificados de navegación pone directamente en ese campo para zona 3 PY. Cuando bajé el barco a zona 4 salía directamente PER y así solucioné mi problema y me ahorré tener que pasarle a la balsa las revisiones. Les expliqué que no era lógico y me dijeron que era así y punto, y que la GC si me paraba me podría expedientar porque no se iban a poner a mirar si estaba a más o a menos de 12 millas de la costa, el barco lo puedes llevar legalmente si tienes la titulación que pone en el certificado. No tiene lógica ninguna a mi entender, pero por lo menos en esta capitanía y en la de Cartagena, que es donde estaba matriculado el barco cuando lo compramos se hace igual. :brindis: |
Re: PER y Zona II
Buenas:
Os hablo desde la autoridad que, modestia aparte, pueda serme reconocida como inspector de seguridad marítima y, en la actualidad, jefe de determinado distrito marítimo de cierta provincia marítima. Mi superior directo, el Capitán Marítimo, mis compañeros jefes de los demás distritos marítimos que conforman nuestra provincia marítima, y yo mismo, hemos llegado a la siguiente conclusión ante, de nuevo, la ausencia de norma expresa que aclare la duda que origina el presente hilo: Cita:
Así, a modo de ejemplo, una embarcación de menos de 12 metros, despachada para zona 3, podría ser patroneada por una persona en posesión del PER siempre y cuando las navegaciones que la misma efectúe con tal persona a su mando no se elejen más de 12'. Y ante esta circunstancia JAMÁS cabría entrar (como ya alguien ha apuntado en otro post de este mismo hilo) en la presunción de potencial incumplimiento, planteamiento antijurídico y en el que dudo mucho que incurran los agentes del SMP. Así las cosas, el SMP de la GC puede denunciar ante la autoridad competente todo lo que en su leal saber y entender considere suponga una infracción administrativa (sería deseable que determinadas denuncias no llegaran a producirse, pero entra dentro de lo más o menos razonable el que se produzcan algunas de ellas cuando están relacionadas con hechos que las normas no han dejado expresa, suficiente o debidamente regulados), y será tal autoridad la que EN TODO MOMENTO decidirá la incoación del procedimiento sancionador o el archivo sin más de la denuncia; siendo, en concordancia con lo anteriormente expuesto, esta última la decisión que se adopta ante denuncias que describan circunstancias como las que nos ocupan en los distritos marítimos de mi provincia. Saludos, |
Re: PER y Zona II
Cita:
"Están exentas las embarcaciones de la Séptima Lista que naveguen a vela, cualquiera que sea su eslora, que tengan número de vela registrado en la Federación Española Deportiva correspondiente y que participen en competiciones. La ordenación y control de estas embarcaciones podrá estar ejercido, bien directamente por la Federación Española Deportiva, o bien a través de las federaciones autonómicas. Están exentas igualmente las embarcaciones de la Séptima Lista a motor y/o a vela de hasta 6 metros de eslora total según el Certificado de Navegabilidad, y las propulsadas a remo de igual Lista, las motos acuáticas y los artefactos flotantes de recreo, así como todos los buques que estén exentos de registro de acuerdo con la normativa sobre abanderamiento, matriculación de buques y Registro Marítimo." Es el caso de los Minis, que siendo de categoría de homologación B no podrían atravesar el Atlántico a no ser bajo la exención anteriormente citada. :brindis: |
Re: PER y Zona II
Cita:
Gracias por avanzado y saludos:brindis::brindis: |
Re: PER y Zona II
Cita:
Los modelos oficiales en los que el SMP levanta las actas disponen de un "casillero" donde debe consignarse la posición geográfica de la embarcación, así que la buena práctica aconsejaría su cumplimentación. Según mi experiencia profesional, indicarte que normalmente viene indicada. En cualquier caso, en el ejemplo que planteas si no queda fehacientemente probada la posición de la embarcación en base a la cual se ponga de manifiesto el incumplimiento por parte del patrón, la buena práctica jurídica aconseja, en aplicación del principio "in dubio pro reo", la no incoación del procedimiento administrativo sancionador. |
Re: PER y Zona II
Cita:
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Re: PER y Zona II
:brindis::brindis:
Muchísimas gracias Inspectorate, falta hacía que alguien hablase con fundamento de causa... |
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