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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Supongo que en su día tendrían que aportar proyecto realizado por ingeniero naval. En la HOJA DE REGISTRO, hay un apartado donde dice: Clasificaciónes: Clasificación SOLAS: III/Q Tipo de embarcación: recreo y deportivas Subtipo: motovelero El tipo SOLAS III/Q he visto por ahí que debe ser la clasificación anterior a las actuales categorías de navegación, y he visto algunas SOLAS III/Q/3 y SOLAS III/Q/4, aunque vaya Ud a saber que es eso... Así que no tenían la actual categoría, pero algo tenían. Sin embarco en el certificado de Navegavilidad, expedido "por cambio de formato" en el 2003, en categoría de diseño, no pone nada. Goneva, como curiosidad: Potencia máxima: 30 kW, que si no me equivoco son unos 40 CV !!! Y a tí pegas por 10 !! :brindis: Edu |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Hola Edu,...
la verdad es que al final todo fue como la seda y ningun problema para conseguir los 7,36 Kw (10 potrillos). Pero sucedió una cosa muy curiosa. por algún motivo en el certif. de naveg. no pusieron en su día la marca del fabricante y el inspector era reacio a avalar la subida de potencia maxima. En cuanto descubrió que era un Jeanneau (del 76, pero Jeanneau al fin y al cabo), no dudo en certificarme los 7,36 Kw. Eso si, a toda la gente que pregunté sobre la viabilidad de solicitar esta subida de potencia, todo el mundo resoplaba, miraba al cielo, hablaba de jamones y de convites al inspector. Afortunadamente todo se ha desarrollado satisfactoriamente a la velocidad de la luz, como ya expresé en su momento en un hilo. Como me estoy metiendo en el marron del cambio de motor, si alguien esta interesado en conocer los procesos "papeleros", estaré gustoso de ayudarle en lo que pueda. :brindis::brindis::brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Está muy en la línea del documento que ha elaborado y nos ha facilitado Jangada. Ello nos servirá cuando toquemos el tema de material obligatorio en función de la zona de navegación. De momento... el papeleo, que tiene su miga. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
estoy considerando seriamente el cambio de Bandera. informaremos de viabilidad, pros y contras
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Creo que de momento, lo que hasta ahora hemos tocado en cuanto al Certificado de Registro o Permiso de Navegación pudiera ser suficiente.
Quedan también peculiaridades sobre el "abanderamiento y la matriculación" y que pueden afectar especialmente a los que tienen embarcaciones en lista 6ª. Mi parecer es que si queremos hacer en primera instancia un estudio exhaustivo de todos los aspectos concernientes a ello, nos salga una enciclopedia náutico jurídica y ... se pierda el interés. Quizás cuando tengamos aglutinados en un solo texto la gran parte de normativas que afectan a la mayoría de navegantes, podamos pasar a esos casos más especiales. Además hay el aspecto apuntado por joan y gilinas, de que existe un proyecto de ley que quizás haga que tengamos que redactar de nuevo todo ello con vete a saber qué. Aunque lo suyo fuera que la nueva Ley fuera tan esclarecedora y bien redactada que no necesitáramos pasar por ello y bastara remitirse a un único texto legal para darse por enterado. Si no me comentais nada en contra de este parecer o pensais que nos hemos olvidado de algún aspecto relevante que concierne al tema del Certificado de Registro o Permiso de Navegación... pensaba ya pasar al siguiente papelote, el Certificado de Navegabilidad. Quedo a la escucha ... y mientras sigo mirándome lo de los certificados de navegabilidad que me da la impresión que están ya más claritos para todos.... salvo sorpresas inesperadas. :cunao: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Pero antes quiero tener pleno conocimiento y cargarme de razones para justificar una suprainflamación de las gónadas ("gonadititis"?) e intentar poner remedio. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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:brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Tampoco me parece que se dé el mismo uso, ni hay el mismo desgaste de los elementos de seguridad y resto de materiales... :o |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Otro documento que voy encontrando en los textos legales como obligatorio (más que exigirse parece como si se sobreentendiera que lo tenemos todos) y del que no hemos hablado: el manual de usuario/propietario.
Lo teneis todos? Yo no lo tengo, ni sabría donde encontrarlo, ni creo que se diera en su momento... :nosabo: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
En el apartado de bombas de achique...
¿sabeis que es el "aislamiento IP"? :nosabo: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Es el aislamiento de estanqueidad para aparatos electricos a la exposición al agua.
LORDRAKE:velero: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
http://farm4.static.flickr.com/3479/...4e34d7.jpg?v=0
Hola... aqui os adjunto una foto hecha esta mañana con el movil... lo siento, no se ve muy bien... pero si no leeis bien el cartelito este finde proximo ya hare la foto mejor y ya la subire Por cierto... otro requisito que esta en stand-by es la obtencion del titulo (o lo que sea) de operador de radio... ¿no? |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Desde luego, si se siguieran todas los reconocimientos que piden a los inspectores en el Anexo II del RD 1434/1999, ... la inspección nos costaría diez veces más y el inspector se quedaría a vivir en el barco una semana. Y sirve como una fantástica guía para saber el estado de tu barco o qué se debe de mirar al comprar uno de segunda mano (o incluso hasta uno nuevo). Que pasada. Sigo mirando... |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
En el apartado de "Criterios para la definición de deficiencias graves en el reconocimiento de embarcaciones de recreo" en la letra l) pone: "Funcionamiento incorrecto del equipo náutico de navegación."
Y no se refiere a las luces de posició que están contempladas en la i) "equipo náutico de navegación" ¿a qué se refiere?... al traje de aguas? :cunao: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Recientemente estuve en Capitania Maritima (no dire de donde para no comprometer a nadie), realice una visita al servicio de inspección de buques, estuve con dos inspectores charlando amigablemente, informandome de primera mano de cómo interpretan ellos el reglamento, del material de seguridad de zona 2 etc..Los inspectores son concientes de las barbaridades que nos estan haciendo, ellos son solo funcionarios que se limitan a cumplir la ley.. De todas formas, para vuestra tranquilidad, estan haciendo politica de manga ancha, por ejemplo con el tema de las inspecciones periodicas de las balsas. En voz baja reconocen la inutilidad, para barcos no profesionales, de tantas medidas que exigen los reglamentos.
Referente a la legalidad de la inmensa mayoria de nosotros, de la convesación con los inspectores, tacitamente reconocen que si se pusieran a dar "palos" paralizaban la nautica de recreo y se podia "soliviantar" el sufrido sujeto pasivo y os puedo asegurar que estos comodones funcionarios no quieren complicaciones... De todas formas no bajeis la guardia compañeros! Paz y Amor LORDRAKE:velero: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Desde luego, si exijieran el cumplimiento de este RD a rajatabla, no navega nadie.
Artículo 3. A.1 "Reconocimiento inicial: Todas las embarcaciones deberán realizar un examen de los planos, diagramas, especificaciones, cálculos y demás documentación técnica, para verificar que la estructura, las máquinas y el equipo cumplen la normativa vigente." Todavía habrá que darles las gracias y no protestar demasiado... |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Pero te aseguro que yo... no lo tengo. Mi barco tiene ya sus añitos y si lo había, quizás algún antiguo propietario se lo quedó como recuerdo. ¿Sabeis si hay un registro documental de estos libros, donde poder pedir una copia? |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Hola a todos:
La documentación necesaria para navegar “legalmente” con embarcaciones en lista 7ª, de entre 2,5 y 24 metros de eslora, se puede concretar en 3 grupos: 1º.- Relativo a la Titulación: La que acredite el Título que habilita al patrón, que debe ser suficiente para gobernar el barco de que se trate. 2º.- Relativo a la embarcación: a) Certificado de Registro Español-Permiso de Navegación, que sustituye al Rol o Licencia de Navegación. b) Certificado de Navegabilidad. c) Seguro. 3º.- Relativo al equipamiento de la embarcación: Hay que llevar “simplemente” todo el equipo obligatorio para el barco, que debe estar homologado y en caso de que algún elemento deba ser revisado o renovado, que no haya nada “caducado”. Así, si llevas balsa, que sea una homologada y con la revisión en vigor. El extintor homologado y revisado, Las bengalas sin caducar, La radio, con su LEB. MMSI. GPS, etc, etc. etc. La casuística en este grupo es tan variada que no merece la pena entrar a detallarla, cada uno sabe lo que lleva en su barco y si lo lleva en condiciones. Saludos. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Quien legisló este RD. se curó en salud sobradamente ... o era un sádico. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Lo he entresacado de estas páginas: http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...ministrativos/ http://www.arrakis.es/~zamoul/documentacion.html La segunda, desgraciadamente, se va quedando desfasada. Saludos. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Bueno, si lo quereis así de "simple"... menos faena. Ya lo arreglo. Y entonces ¿lo del "asiento de la embarcación" también ha pasado a la Historia? Saludos |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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:brindis::brindis::brindis: salud y gracias por este hilo!!! |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
(Pongo esto entre paréntesis porque no es una gran aportacón al hilo :sorry:, solo un comentario...
Hoy estaba oyendo en la radio el tema este del ministro y la caza, que no tenía licencia... por lo visto hace falta una licencia diferente y un seguro válido para cada comunidad autónoma. Incluso un pescador comentaba que en un mismo rio si pescabas desde una orilla estabas legal y desde la contraria ilegal... en fin, espero que esto no les de ideas a nuestros legisladores, que todo puede empeorar....) |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Hola Rom !!! :brindis:
Menudo follón en que te has metido,,, te podias haber puesto de aparejador de la Sagrada Familia, y hubieras acabado antes.....:cunao::cunao::cunao: Después de leerme todo esto,,, me siento un delincuente..:p Lo que cada dia tengo más claro, es que esto de la nautica en España ( si quieres ir de legal claro),,, es para ricos...:santo: Un saludo... :velero::velero: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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:brindis: Pues si, ni me imaginaba lo enrevesado de la actual situación burocrática de la Náutica... :cunao: Pero bueno, al menos para mí, me está sirviendo para aclarar ideas. Por jemplo, me habían dicho ya tantas veces que lo del Rol ya no servía de nada que para no llevar ese tocho para arriba y para abajo (no dejo nunca los papeles dentro el barco, por las flyes), iba sólo con el Certificado de Navigabilidad, el recibo del seguro, la hoja de asiento y tan ... ufano. Y ahora ya tengo más claro que hasta que no me den el Certificado de Registro ese (que ni sabía de su existencia), tengo que seguir llevándolo conmigo. Por cierto, tanto el certifcado de navegabilidad como el seguro, si te pillan si él por no llevarlo encima, teneis cinco días para presentarlos en capitanía, ¿sabeis si pasa lo mismo con el Rol o el Certificado de Registro?... no lo encuentro. Bueno, visto lo visto, y si no hay más aportaciones a los "papelotes básicos", podríamos comenzar a mirarnos el tema de los que afectan según el material obligatorio que tengamos que llevar ¿no? :velero: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Pues ánimo y adelante.
Saludos |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Segun me dijeron, el cambio del Rol o de la actual licencia de navegación por el permiso de navegación lo van a hacer progresivamente, aprovechando los cambios de titularidad, las actualizaciones de equipamiento (cambios de motor, etc. que supongan anotaciones en la hoja de asiento) y las ITB en las que te darán el nuevo certificado de navegabilidad con el permiso. También harán el cambio a aquellos que voluntariamente lo soliciten, supongo que previo pago de la tasa correspondiente. En definitiva, si todavía no has hecho nada que implique el cambio, debes seguir funcionando como hasta ahora: licencia de navegación o rol + certificado de navegación + seguro y, si tienes el asiento, mejor, pero tengo entendido que esto no es obligatorio. Bueno, espero que este ladrillamen te aclare algo.:brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
La obligación del interesado de mantener dentro del margen de validez las fechas de las zafas hidrostáticas de las RLSs y de las balsas. Y ésto tiene también su fundamento jurídico: Cita:
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Quiero aportar mi granito de arena rectificando los datos del documento creado y aportado por Jangada "esquemas%20equipo%20seguridad[1].doc", segun la nueva normativa las atribuciones del P.N.B. (Patrón de Navegación Básica) son: -Gobierno de embarcaciones a vela hasta 8 metros de eslora. -Gobierno de embarcaciones a motor hasta 7,5 metros de eslora. Ambos tipos de embarcaciones hasta 5 millas de la costa. (antes solo 4 millas) Un saludo de un P.N.B., como decimos Valencianos y Catalanes "Jo tinc el Pene Bé" Un abrazo y unas copas para todos. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
porque me lo pregunto :nosabo:: ante un abandono urgente, despues de largar la balsa, recoger documentos y VHF portatil, agua, ect .... salto a la balsa y la p_ta baliza se queda en su container y saldra a la superficie una vez hundido el barco (y posiblemente lejos si hay viento y ola). Personalmente llevo la baliza en la mesa de cartas , junto a la VHF y en el caso explicado seguro que se viene conmigo (creo que SM deberia buscarme a mi , no a la baliza ) |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Muchas normas en este país no son justas ni técnicamente buenas, no solucionan los problemas para dar solución a los cuales se suponen que nacen. Pero son jurídicamente legítimas, y, por tanto, de obligado cumplimiento. No hay que olvidarlo. :brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
De todos modos, creo que muchas normativas y reglamentos son desarrolladas en función de los informes y consultas hechas a la DGMM ¿o no es asi? Todo un lujo tenerte por aquí y poder contar con tus "indiscutibles" aportaciones. A ver si entre todos conseguimos hacernos la compleja vida burocratica más llevadera y entendemos unos y otros el por qué de según que actuaciones administrativas y el por qué de según que quejas por parte de los administrados. Muchas gracias |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Afortunadamente, el acervo normativo aplicable a las embarcaciones de recreo se va poco a poco modernizando y ya no se atiende a esa clasificación para determinar los requisitos de seguridad y otros de las embarcaciones de recreo. :brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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