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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
De momento y como me temia, cada vez queda mas claro que los que no tengamos marcado CE no nos podremos subir al carro del nuevo certificado, :llorica:
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Una ronda a mi cuenta para todos los cofrades :brindis:, el pasado mes de julio hice un cambio de embarcación, me pase definitivamente a la vela, el barco tiene ahora 20 añitos, el caso es que estaba despachado en zona 5 ya que habitualmente navegaba en las rías, concretamente en la Ria de Arousa, la ITB la había pasado en abril de éste mismo año, el caso es que mi plan de navegación es habitualmente en zona 4 y al traerlo para Bilbao lo equipe con todo lo necesario para cumplir con la reglamentación, todo lo hice por mi cuenta, sin consultar con la capitanía de Bilbao, me puse en contacto con una empresa que pasa la ITB en la zona y me comentarón que harían una inspección complementaria para actualizarlo en zona 4, paso el inspector y todo correcto, con la documentación que me aportarón fuí a capitanía a poner al día certificados y resto de documentos, cual fué mi sorpresa cuando me dijeron que desde primeros de año había cambiado la legislación y sobraba la ITB complementaria que aporté, era suficiente con que hubiera actualizado el material de seguridad para la zona 4, que es la zona máxima donde puedo navegar con la categoría de diseño de mi barco, que es C, por supuesto la empresa que realizó la ITB en Bilbao no quiso saber nada de devolver el importe de la inspección, que fue algo mas de 200 €, alegando que desconocía el cambio de reglamentación.....
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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A ver si siguen saliendo experiencias como esta, y hacemos la media y empezamos a tener claro cómo aproximadamente va a ir esto. Y digo yo, yo que llevo balsa no homologable, si alguien tiene unos papeles de una que esté al día y la tiró y me los fotocopio en color, los llevo a bordo y le hago una pegata con el mismo nº de serie y tal, tal y como va esto, igual cuela. Es preferible depedir, que derobar. :cool: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Me resulta muy dificil creer que nos den facilidades gratis.:brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Hombre yo espero que también a todo esto se le sume una reducción de precios de la ITB, no?, ya si nos quitasen la ITB me daba con un canto en los dientes...
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Yo creo que esta claro y solo falta que entre en vigor.....a ver si por una vez que parece que hacen algo logico,nosotros mismos lo echamos por tierraPersonalmente pienso,que no van a "castigar" a nadie por no tener el marcado CE.
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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En unos días voy a volver a pasar a que me aclaren al 100% lo que se esta hablando en este hilo, a que me aclaren el por que no tengo certificado de navegabilidad y el que me vuelvan a confirmar los pasos a seguir para cambiar de zona y la necesidad o no de hacer ITB previa o en caso contrario si es tal y como se intuye en lo que se habla aquí y depende del patrón llevar el equipamiento necesario según la zona en la que se encuentre navegando independientemente de la categoría de construcción y/o zona máxima autorizada ademas quiero contrastarlo en otra capitanía la de Alicante por que no me fío mucho de lo que me digan.( en una me dicen que Navtex tiene que ser solas y en la otra me han dicho que no):confused::confused: Por que a ver si entre unos y otros voy a estar haciendo el primo pasando ITB sin necesidad y pagando equipos solas sin tener por que.... Ya os contaré. :brindis::brindis::brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Hay una cosa que no entiendo :
El nuevo Certificado de Navegabilidad dice : El patron sera responsable de navegar dentro de la zona permitida en funcion de la categoria de diseño..... Pero no dice nada sobre si navegas en una zona inferior a la de la categoria de diseño....creo que hay esta el tema que hay que aclarar,ya que hasta ahora todo lo que hemos escrito al respecto no dejan de ser meras especulaciones. Es decir,no hay ningun parrafo que diga tienes que llevar lo que obligue la zona donde navegues.....y me acabo de leer todo el ladrillo. Algun letrado tabernario puede arrojar algo de luz? Unas rondas tabernero |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Perdon por la falta de ortografia : donde pone "creo que hay esta el tema" debe poner "creo que ahi esta el tema".
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Hay que leerlo todo y bien, ahí está el tema, ay Dios!!
Tan difícil no es. :brindis::brindis::brindis::brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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aa,iii aa,iii aa,ii decia el burro :capitan::capitan: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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"Nabregar": "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" :patron:¡¡¡Os estoy vigilando!!!:patron: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Y otro dijo: Busca las alegrías, que los problemas ya vendrán solos |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Muy acertado lo que dices Drino, si señor.:cid5:.
:brindis:. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Conclusion : si estuviera tan claro,este hilo no tendria sentido. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Zona de navegacion + armamento a llevar + Certificado de Navegabilidad + interpretacion por cada Capitania + El yo creo que...+ Me dijeron .... =
No sirve para nada mas que para liar y darle a la lengua. Lo unico que vale de verdad es una respuesta a una consulta vinculante dada por la DGMM que unificara y aclara criterios y posibles dudas e imposibilidad de que cada Capitania haga sus interpreteciones- La consulta vinculante la puede hacer cualquier ciudadano y no cabe el silencio administrativo |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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ya, está claro..., pero en la práctica las cosas no funcionan así, si vamos a una capitanía y nos dicen esto o lo otro, en principio no lo ponemos en duda, y si tenemos la mosca detras de la oreja con lo que nos han dicho, lo ponemos en común en los foros de la taberna o entre compañero de pantalán.. saludos :brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Llamese tomarse la molestia en leerse reglamentos ,etc. Que hoy por hoy con internet estan ala alcance de todos. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Acabo de volver de Capitanía de Alicante y me han dado un formulario para el nuevo certificado de navegabilidad en el que pone bien claro que hay que pasar ITB adicional para subir de categoría y sobre el tema que se venia comentando en este post sobre la posibilidad de no llevar el material asignado para la zona autorizada siempre que estemos en una zona inferior y no sea necesario como por ejemplo: Embarcación autorizada zona 2 que va a navegar en zona 4 y decide prescindir de la balsa--- Respuesta: tiene que llevar todo el material reglamentario de seguridad, comunicaciones, etc que tiene asignado por autorización máxima de zona de navegación independientemente de donde piense navegar.... en opinión del funcionario.
Subo documento por si aporta algo. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Mi embarcacion no tiene marcado ce por su antiguedad y tuvo que pasar un reconocimiento extraordinario, pero el papeleo tiene el mismo formato. Sin embargo para adjudicarme la zona de navegacion tuve que presentar homologacion de equipos y numero de serie que quedaron asignados a mi barco, por lo tanto no creo que de momento los pueda prestar ni dejarlos en tierra. El que no te den un listado no significa que no tengas que llevarlos, en los automoviles no te dan un listado, pero si no lo llevas el chaleco ya sabes que pasa. Saludos. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Yo siempre he entendido que es asi. Simplemente que en el certificado actual simplifican la hoja nada mas.
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
A mi no me afecta y es un tema que no puedo ponerme a estudiar ahora. Pero insisto y no me cansare de insistir. Lo unico importante es lo que dicen las normas aplicables. Lo que digan los funcionarios no sirve para casi nada. Unos diran una parida (que todo el mundo es libre y ahora es jauja), otros diran otra parida (que todo el mundo firmes y a llevar el certificado en la boca y la balsa colgada al cuello) y algunos, los menos, diran lo correcto. El problema es que si no sabes bien las normas aplicables no sabes quien es quien.
Otoio y John River han marcado el camino en posts anteriores de este hilo. Lo unico que hay que hacer es seguirlo hasta el final y ver si hay obligacion de llevarlo todo o no, si hay que homologar y registrar los equipos de seguridad o no, si hay limitaciones por zonas en funcion del certificado o si la unica limitacion son el titulo, la categoria de construccion del barco y los equipos que se lleven en cada momento, etc. Lo demas, todo mandangas! Salut! Tupac Amaru |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Apreciados compañeros, para simplificar un poco este tema, os diré que todo este berenjenal proviene de la Directiva Bolkestein o Directiva de Servicios. Esta directiva pretende simplificar los procedimientos y tramites adminidtrativos. Yo no se mucho de barcos ni de capitanias, pero para resumirlo llevandolo a mi terreno, os diré que ya no necesito presentar ningún documento que acredite mis aptitudes profesionales ante la Dirección General de Industria para ser instalador electricista. Simplemente presentando una declaración responsable (yo Sr. XXX Juro por esnupi que se instalar) ante la adminidtración, esew suficiente para que me den un número de registro de empresa instaladora.
Ahora, si pasa algo o me inspeccionan, me podran solicitar hasta la marca de calzoncillos que llevava el dia que presente el proyecto de final de carrera. Pues quiero entender que con los barcos pasa lo mismo. Si yo tengo un barco categoria C, y me pillan a menos de 25 millas con el material de seguridad para 25 millas y el titulo para 25 millas, a correr. Pero si me falta algo, a pasar por caja. Espero no haberme hecho muy pesado. Rondas para todos.:velero: |
Investigando En La Red
Mirar lo que he encontrado buscando más información. Es una resolución de
la Capitanía de Vigo de fecha 2 de Julio de 2011. De esta resolución entresaco el siguiente texto: 3.2.Las navegaciones de las embarcaciones se limitarán a la menor de las zonas para las que habilite el titulo del patrón; o el equipo reglamentario de seguridad presente a bordo de acuerdo con la orden FOM 1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contra incendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias que deben llevar a bordo las embarcaciones de recreo; o el equipo reglamentario radioeléctrico de acuerdo con el Real Decreto 1185/2006, de 16 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de radiocomunicaciones marítimas; o la categoría de diseño/zona asignada a la embarcación, en el certificado de navegabilidad/ permiso de navegación/Licencia de navegación, con las restricciones que figuran en estas normas. 3.3.Lasnavegaciones de las motos náuticas se limitarán a la menor de las zonas para las que habilite el titulo del patrón o su categoría de diseño de las indicadas en el Real Decreto 2127/2004, de 29 de octubre, en concordancia con la Orden FOM 1144/2003, de 28 de abril, con las restricciones que figuran en estas normas. 3.4.Cuandode los documentos oficiales o documentos facilitados por el fabricante no se infiera una categoría de diseño o un límite de zona de navegación por razones constructivas, las navegaciones se limitarán, además de por cuestiones de equipos, titulación de los patrones y demás restricciones, como máximo a las siguientes zonas, de las indicadas en la Orden FOM 1144/2003, de 28 de abril: 3.4.1.Embarcacionescon una eslora mayor de 6 m: Zona 5 3.4.2.Embarcacionesde eslora igual o menor a 6 m y mayor de 5 m: Zona 6 3.4.3.Embarcacionescon eslora igual o menor a 5 m , motos náuticas y artefactos náuticos autopropulsados: Zona 7. Pudiendo también utilizarse en las mismas zonas y condiciones que los artefactos de playa, en caso de partir de puntos de la costa con mar abierto. El texto completo lo podéis ver en: http://www.derecho.com/l/bop-ponteve...maritima-vigo/ DEDUZCO, según lo que he puesto en rojo, que te limita la navegación, en lo que a este hilo respecta, según el EQUIPO DE SEGURIDAD QUE ESTÉ A BORDO. Ahora que cada cual interprete. Yo me saco una copia de la resolución y la pongo junto los demás documentos en el barco. |
Re: Investigando En La Red
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:cid5:Gracias por la aportación.:cid5: :brindis::brindis::brindis: |
Re: Investigando En La Red
Cita:
Yo no deduzco eso sino que solo te autorizan a navegar en la zona para la lleves el material. Eso no significa que si tu barco esta "despachado" ( por usar un termino tradicional ) para otra zona ( 2 p.ejemplo) no tengas que llevar el material para esa zona ( 2) a bordo, aun cuando estes en zona 4. Mientra no exista una nueva disposicion que asi lo diga tendremos que seguir " a la antigua" |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Aclaremos: Todas las interpretaciones que queramos hacer son más que respetables, pero si mantenemos que haya que llevar el equipo de seguridad correspondiente a la zona MAXIMA que por categoría puede navegar el barco, nos encontramos que toda categoría de diseño B, que le corresponde un máximo de zona 2, debe llevar balsa, radiobaliza y emisora de Banda Lateral, sin que sea posible que el armador opte por pedir, por ejemplo, zona de navegación 4. Con esa interpretación se limita la posibilidad del armador de elegir zona, y sólo podría optar por dónde navegar en el momento de comprar el barco, cerciorándose de que el que compra no superará, por categoría de diseño, aquella zona a la que desea limitar su navegación.
Pero es más, un barco categoría de diseño B (que le corresponde zona máxina 2) debería llevar todo ese material aunque su patrón sea un PNB o un PER que nunca podrán llegar, por titulación, a navegar en la zona donde es obligatorio llevar Balsa, radiobaliza y Banda lateral. SERIA INCONGRUENTE, al menos así lo pienso. Saludos para todos y me parece que de este hilo salimos catedráticos |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Como ya ha comentado algún cofrade, lo mejor es ir al BOE.
El certificado actual, que originó este hilo, viene definido en el R.D. 1435/2010, en su anexo VII. En él podemos leer: "El patrón será responsable de navegar dentro de la zona permitida en función de la categoría de diseño, el equipo de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación, prevención de vertidos de aguas sucias, equipo de radiocomunicaciones, seguros de responsabilidad civil y de la titulación que posea para el gobierno de embarcaciones, según la legislación vigente". Con anterioridad a la publicación de este R.D., el que estaba en vigor era el R.D. 544/2007, que en su anexo final define el formato del Certificado de navegabilidad e inventario del equipo para embarcaciones de recreo de eslora menor o igual de 24 metros, en el que puede leerse. "Los propietarios y/o usuarios de las embarcaciones de recreo son los responsables de equipar la embarcación de acuerdo con la normativa vigente y llevar a bordo de la misma la totalidad del inventario que corresponde a su clase y zona de navegación asignada, de conformidad con la Orden FOM 1144/2003, de 28 de abril, por la que se regulan los equipos de seguridad, salvamento, contraincendios, navegación y prevención de vertidos por aguas sucias, que deban llevar a bordo las embarcaciones de recreo". (los subrayados son míos). A mi me parece un cambio sustancial. Anteriormente se obligaba a llevar la totalidad del inventario y ahora se obliga a navegar según el equipo que se lleve. Para mi está muy claro, pero igual alguien lo interpreta de otra forma. Saludos:brindis::brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Pero es más, un barco categoría de diseño B (que le corresponde zona máxina 2) debería llevar todo ese material aunque su patrón sea un PNB o un PER que nunca podrán llegar, por titulación, a navegar en la zona donde es obligatorio llevar Balsa, radiobaliza y Banda lateral. SERIA INCONGRUENTE, al menos así lo pienso.
Tienes razón Drino, es incongruente. A mi me parece un cambio sustancial. Anteriormente se obligaba a llevar la totalidad del inventario y ahora se obliga a navegar según el equipo que se lleve. Tambien estoy de acuerdo John River. Saludos para todos y me parece que de este hilo salimos catedráticos. Tambien tienes razón Drino.:brindis::brindis:. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Pues yo lo siento, pero lo único que veo es, de nuevo, una normativa mal redactada, abierta a interpretaciones, y que por lo tanto, salvo que aclaren la postura oficial, queda de nuevo abierta a la interpretación de la capitanía de turno. Van ya nosecuantas páginas y ni siquiera nosotros nos ponemos de acuerdo.
Por mucho que nosotros queramos ver, e interpretemos, si la capitanía de turno lo ve de otra manera ya está liada. Y a mi personalmente no me vale que juridicamente sea después defendible o no, porque lo último que quiero es salir a navegar para luego acabar en los judgados. Para mi la navegación es fuente de placer y me sirve para desconectar de otras cosas, no para crearme mas problemas. Y no me apetece ir acojonado, esperando que la autoridad competente acepte MI interpretación de la normativa. Y el tema no es banal, teniendo en cuenta las cuantías de las multas que se gastan estos señores. Nada nuevo. Lo mismo que con los certificados de gestión de los aceites, las baterias de respeto para la VHF, etc, etc. Cada capitanía aplica su criterio, y lo que en una exigen, en la otra lo dejan pasar. Viendo la botella medio llena: Por lo menos este tiene buena pinta, y existe la posibilidad de que si unifican criterios en el sentido adecuado, sea un paso adelante. :brindis: Edu. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Hola, compañeros.
Después de leerme todo el tomo del post (que es bastante largo) y por encontrarme a puertas de tener que "negociar" el certificado, creo que esta bastante claro. Estoy con el grupo que defienden el planteamiento que expone John River. Es de "cajon de madera de pino" que se limite la navegacion al equipo de seguridad junto con la titulacion del patron, independientemente de la limitacion maxima por diseño. Si no fuera asi se produciria una sitiacion, ademas de incongruente, muy injusta y absurda, Que un PNB pueda tener un barco de menos de 8 metros con categoria B (zona 2) y no pueda salir de zona 5 y para colmo tenga que llevar en el barco toda la equipacion. Creo que cualquier otra interpretacion no seria correcta y si lo fuera, seria razon para quejarse energicamente. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
La incongruencia es que lo despaches para una zona en las que no tienes acceso por la teórica capacitación náutica. A no ser que pienses subir de titulación o tengas tripulación habitual que si pueda.
Vamos a ver, normalmente, adquirimos nuestros barcos para hacer algo en concreto, o posiblemente. Los despachamos según ley, acorde con lo que pensamos hacer. Esto se debatido mucho, y mi ejemplo es el de mi hija, ella es PER, puede coger mi barco despachado en zona 3, y menor de 12 m. pero dentro de las 12 millas, Pero no nunca bajamos a tierra la balsa ni la radiobaliza, porque según leo, no encuentro donde me permite hacer esto, y después y mas importante, por seguridad. Por cierto, yo subí de zona a 4 a 3, sin exigirme ITB. :brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Para poder interpretar hay que saber leer, Drino lo ha puesto claro, el que no lo entienda al cole.
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Cita:
Te resultan conocidos los términos, debate, intercambio de conocimientos, confrontación de datos, libertad de opinión......... ¡¡Ah!! se me olvidaba, Y tener un poco mas de clase, y saber estar. :nosabo: Lo que tu has hecho, eso de sentar cátedra, no es muy constructivo, prueba a decir... yo opino que.... queda francamente mejor. Te lo aseguro. Y la forma de decirlo, con un manifiesto desprecio a los que no opinan como tu .... Bueno, lo que pienso de esto, me lo callo, de otra manera seria ponerme a tu altura. :brindis: Que lo disfrutes. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Estimado cofrade:
Mi intención era simplemente dar un toke a los que opinan sin leer, es una pena que un tema tan interesante cómo este termine convirtiéndose en un dialogo de besugos, a veces no es tan bueno ser tan políticamente correcto. Si te sirve de consuelo, mi comentario no iba por ti, simplemente coincidió debajo de tu post. :brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Cita:
Pues opino igual. Un modelo, recogido en un anexo, es parte de la normativa. De acuerdo. Pero la normativa básica en este tema, no ha cambiado. Es la misma que antes... Sólo ha cambiado una frase en un modelo. Y parece que la interpretación de la normativa. Pero también había por ahí una respuesta de un funcionario que decía que se debe llevar todo el material para la zona máxima en que estaba autorizado... Y, por si acaso, decir que sé leer. Que sé interpretar. Pero que no es lo importante lo que un cofrade, ya sea otro ya sea yo mismo, interpretemos, sino lo que diga la normativa y la interpretación, vía circular/instrucción o consulta vinculante, si no hay nada mejor, que haga la Administración encargada de cumplir y hacer cumplir esa normativa. De verdad. Si yo tuviera una embarcación nueva, con diseño A y mi intención fuera navegar por zona 4 como máximo, y me dieran un certificado como los que se han expuesto, autorizándome a zona 1 o a la "zona máxima que correspondiera a su diseño", presentaría una consulta vinculante sobre el material que obligatoriamente tendría que llevar y que debiera ser objeto de inspección. Como no es mi caso, sólo opino. Y opino que parece que vamos a mejor, pero por ahora, en cuestiones náuticas al menos, es mejor estar bajo la bandera de otro país que bajo la bandera española... Un saludo. :brindis::brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Cita:
Según tu ¿cuál es la normativa que no ha cambiado?. Yo no veo claro en ninguna normativa anterior que obligara a llevar todo el equipo obligatorio para la zona autorizada; tan sólo he visto lo que decía el formato del certificado de navegabilidad anterior. Si era en base a eso por lo que había que llevarlo todo, pues ahora ha cambiado. Si hay otra normativa, te agradecería que lo comentaras. Saludos ..:brindis::brindis: |
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