La Taberna del Puerto

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-   -   Incendio en Port Fórum Barcelona (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=159756)

SpitfireAntonio 20-04-2017 13:52

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
. Pero, tanto en un caso como otro, el sentido del alquiler se pervierte si se persigue un uso distinto del autorizado, que constituía la razón de ser, la causa, de ese arrendamiento.


este punto me consta que tropieza de lleno con la filosofía española,desde autónomos que no son autónomos ya que están trabajando solo para una empresa,desde furgonetas que hacen de hotel provisional desde personas jurídicas o empresa con otras subempresas que ni producen ni facturan apenas pero con unos gastos desmesurados y como un sin fin de actuaciones similares que hacen de nuestra forma de actuar unos :pirata:

ikaro 20-04-2017 14:35

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Cita:

Originalmente publicado por NEFTA (Mensaje 2001668)
Si estan es sexta si, pueden navegar o estar amarrados los dias que estipule el contrato
Otra cosa es lo que habia en el olimpic que barcos de seis metros alquilaban hasta 4 literas a 40€ noche....y no habia uno...lograron acabarlo montando cerraduras de huella digital y solo tenia el paso el armador con lo que ni servicios ni accesos se podian usar....
Se fueron al forum...

Creo que no es acertada la forma verbal en pasado.
Pese a la huella digital el tema persiste.
Por no hablar de la vuelta ciclista por los pantalanes:cagoento:

:brindis:

NEFTA 20-04-2017 21:53

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Cita:

Originalmente publicado por ikaro (Mensaje 2002648)
Creo que no es acertada la forma verbal en pasado.
Pese a la huella digital el tema persiste.
Por no hablar de la vuelta ciclista por los pantalanes:cagoento:

:brindis:

No se donde puede persistir....no se puede ni entrar en pantalanes ni en servicios, se de quien tenia cinco barquitos en el cinco y dos en e seis y ha tenido que emigrar, dos mas en el cinco ya no alquilan por el problema de los accesos, otro mas en el siete lo mismo.....no se donde estas pero el follon del alkiler del limpic esta muerto
Ahora estan en forum

ikaro 20-04-2017 22:17

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Cita:

Originalmente publicado por NEFTA (Mensaje 2002743)
No se donde puede persistir....no se puede ni entrar en pantalanes ni en servicios, se de quien tenia cinco barquitos en el cinco y dos en e seis y ha tenido que emigrar, dos mas en el cinco ya no alquilan por el problema de los accesos, otro mas en el siete lo mismo.....no se donde estas pero el follon del alkiler del limpic esta muerto
Ahora estan en forum

Pues alguno queda.

El Temido II 21-04-2017 01:52

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Cita:

Originalmente publicado por Capita Drake (Mensaje 2001814)

Cita:

Originalmente publicado por El Temido II (Mensaje 2001684)
No creo que sea una obligación de los que alquilan un barco, tener que salir
a navegar. Igual que si alquilas un coche, no tienes la obligación de hacer
un determinado número de kilómetros.

Otra cosa es el reglamento interno del puerto, que tolerará más o menos, el
movimiento de personal en sus instalaciones.


Salud y :brindis:

No es equiparable.
Es cierto que no es obligatorio hacer un número determinado de kilómetros con un coche de alquiler ni de millas en un barco de chárter. Pero, tanto en un caso como otro, el sentido del alquiler se pervierte si se persigue un uso distinto del autorizado, que constituía la razón de ser, la causa, de ese arrendamiento. De hecho, cuando alquilas un coche te piden tener el título en regla para poder conducirlo. ¿Acaso comprobó el arrendador del charter que los turistas tuvieran el título en regla para navegar? Probablemente, no. Y sólo por eso ya tienes una buena prueba del fraude de Ley.
Otra prueba, también bastante elocuente, es la propia publicidad: no se anuncia un barco para chárter por sus cualidades marineras, sino un apartamento flotante por sus cualidades de ubicación y proximidad a servicios, tiendas, transportes, etc...

Siempre hay que indicar en el contrato, el nombre del patrón y su titulación.
Evidentemente, como arrendador, te tienes que cerciorar de la validez del
título en cuestión.

Respecto de la publicidad, te referirás a la de un caso en concreto y yo
hablaba, claramente, en términos generales.


Salud y :brindis:

Capità Drake 21-04-2017 18:26

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Cita:

Originalmente publicado por El Temido II (Mensaje 2002810)
Siempre hay que indicar en el contrato, el nombre del patrón y su titulación.
Evidentemente, como arrendador, te tienes que cerciorar de la validez del
título en cuestión.

Respecto de la publicidad, te referirás a la de un caso en concreto y yo
hablaba, claramente, en términos generales.


Salud y :brindis:

Hola:

Yo también hablo en general de la publicidad. No conozco este caso concreto. Pero otros que he visto, anunciaban la ubicación, las camas, la proximidad del centro, pero ni una palabra sobre si navega o no. Un ejemplo.

Y lo de mencionar el patrón, supongo que será en un contrato de charter de verdad: para navegar. Pero si se alquila un "apartamento flotante", no creo que se diga nada de títulos.

Y, tal como decía, tanto una cosa como otra, demuestran que no había ninguna intención de alquilar un barco para chárter, sino una "vivienda flotante".

Aclaro: mi comentario inicial venía a cuento porque alguien decía que en un contrato de chárter no se obliga a salir a navegar un número de horas determinado y que, por tanto, cabría entender este alquiler como incluido en la actividad normal de chárter, cubierta por el seguro y prevista en la Ley. Pero no es asi: es un fraude de Ley, ajeno al objeto del seguro; comporta un riesgo enorme al meter a personas no preparadas en un barco (lo cual exige una preparación, si no titulación); etc. En consecuencia, haría responder tanto al arrendador como al arrendatario. Y hasta me plantearía la responsabilidad penal de ambos, por los estragos causados por negligencia grave con infracción de reglamentos.

elcider 21-04-2017 19:02

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Cita:

Originalmente publicado por Capita Drake (Mensaje 2006777)
Hola:

Yo también hablo en general de la publicidad. No conozco este caso concreto. Pero otros que he visto, anunciaban la ubicación, las camas, la proximidad del centro, pero ni una palabra sobre si navega o no. Un ejemplo.

Y lo de mencionar el patrón, supongo que será en un contrato de charter de verdad: para navegar. Pero si se alquila un "apartamento flotante", no creo que se diga nada de títulos.

Y, tal como decía, tanto una cosa como otra, demuestran que no había ninguna intención de alquilar un barco para chárter, sino una "vivienda flotante".

Aclaro: mi comentario inicial venía a cuento porque alguien decía que en un contrato de chárter no se obliga a salir a navegar un número de horas determinado y que, por tanto, cabría entender este alquiler como incluido en la actividad normal de chárter, cubierta por el seguro y prevista en la Ley. Pero no es asi: es un fraude de Ley, ajeno al objeto del seguro; comporta un riesgo enorme al meter a personas no preparadas en un barco (lo cual exige una preparación, si no titulación); etc. En consecuencia, haría responder tanto al arrendador como al arrendatario. Y hasta me plantearía la responsabilidad penal de ambos, por los estragos causados por negligencia grave con infracción de reglamentos.

Estoy contigo Capita Drake, no creo que sea legal alquilarlo como apartamento.
Si un barco está en lista sexta es para charter, lo que implica que el patrón que alquila tiene que tener título.
Si un barco está en lista séptima no se puede arrendar...
De todas formas igual los abogados de las empresas y particulares que hacen esto han encontrado un vacío legal... seguro que el incendio traerá cola y nos enteraremos de qué va pasando...

Atzar 22-04-2017 17:59

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Pues yo francamente no se distinguir la diferencia entre el turista que llega a Barcelona en avión para visitar la ciudad y se hospeda en una embarcación amarrada en, por ejemplo, el Port Olimpic, del que llega navegando, amarra en el mismo puerto y se va a visitar la ciudad.
Entiendo que los llamados "barcos turisticos" son una iniciativa más de la extensa oferta turística que ofrece Barcelona y el hecho de que esta actividad no esté regulada como sí lo están el hospedaje en la ciudad y el alquiler de embarcaciones, no convierte "per se" a quienes han tomado esta iniciativa en unos defraudadores ni nada por el estilo.

Tatatoa 22-04-2017 20:05

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Para alquilar el barco no es imprescindible que el que firma el contrato tenga titulo alguno, ya que puede ser que alguno de los acompañantes si que lo posea, o bien se puede interpretar que alquilan el barco y cuando quieren hacer una salida a navegar contratan a un profesional, que lógicamente si que está preparado y titulado para ello.

Que ha pasado,:cunao::cunao:(en modo sarcasmo) que cuando alquilaron el barco para hacer unos paseos y travesías, a la señora o al niño no le sentó bien y se mareaba, y por tanto se decidió aprovechar el alquiler y pernoctar y pasar las vacaciones amarrados.:cunao::cunao:

Que esta mal hecho pues no lo dudo, pero no va a ser responsable la empresa si esta legalizada y tiene los barcos en lista 6ª de lo que hagan los ocupantes del mismo.

No quiero extenderme y contar las barbaridades que he vivido con titulados y grandes marinos que alquilan y te devuelven el barco ...... y aun gracias.

:brindis::brindis:

INAF 22-04-2017 20:56

Re: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Yo creo que para alquilar un barco has de conocer minimamente los protocolos de seguridad.
Si los "tripulantes" de los barcos vecinos hubiesen sido gente de mar no hubiesen permanecido inactivos como se ve en los videos y el desastre no hubiera sido tan grave

ddelgrac 22-04-2017 21:42

Respuesta: Incendio en Port Fórum Barcelona
 
Hola Cofrades,
El Port olimpic a disminuido o casi eliminado el tema del barco - hotel. Hasta aqui, perfecto. La empresa que lo gestiona a puesto todas las medidas necesarias para erradicarlo.
Sin embargo, desde el punto de vista de la seguridad ... que sea de lista 6 o 7 es la misma. Los inquilinos hacen por la noche lo mismo y no son de primera o segunda categoría por la lista del barco.
Quiero decir con eso, que por las noches la gente bebe, fuma, llegan como llegan, y ninguno, creo que es consciente de lo que una colilla mal apagada, puede hacer en un barco de fibra.

Que unos pagan impuestos y otros no, desde el punto de vista de la seguridad no aplica mucho.
Esta claro que los barcos de lista 6 estarán al corriente de todo lo que a seguridad hace referencia, pero no controlan a la gente ni a las conductas nocturnas, igualmente que tampoco lo hacen los de lista 7.

Es una irresponsabilidad en ambos casos, sino se conocen de los peligros que tiene estar en un barco y de los problemas graves que pueden ocasionar a terceros .... y eso sí que me preocupa, al ser parte implicada.

:brindis:


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