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Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Y porque no les ha dado por meterse con los extranjeros residentes aquí que tienen barcos con su bandera original
Ahora con la OM ya van a por ellos |
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Re: parece que habrá cambio en la normativa
desde mi modesta opinion, ahora mismo lo que interesa es tumbar la OM que pretenden aprobar, ponerse precisamente y de forma paralela a preocuparse por la D5, es empezar a dispersar esfuerzos en el peor momento.
Por extraño que parezca, cuando se aprobo la D5 no paso nada, en parte porque la inmensa mayoria ya tenian titulacion y por tanto no les afectaba, y porque ademas muchos piensan que algo de formacion esta bien. En cualquier caso, ahora mismo es el menor de los problemas. Jadarvi, tu no tienes porque darle explicaciones a nadie que no sea socio, ni ningun no-socio tiene que pedirtelas, es una perdida de tiempo por ambas partes. Poniendome critico, esta situacion me recuerda porque en este pais estamos tan faltos de LOBBYS que puedan ejercer presion, seguramente porque llegado el momento se disgregan las fuerzas en 20000 asociaciones distintas dedicadas a darse de ostias entre ellas mientras el enemigo real lo observa desde la terracita del bar tomandose una cervecita. Es lo que pienso y seguramente es lo que hay. |
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El pretender ademas ir a Bruselas a tumbar el RD y la DA5 me parece irreal. Ni el chicle se estira tanto.... :brindis: |
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Quizá convendría empezar a matizar a quién estamos dispuestos a entregar 100€ para hacer una gestión de este tipo: yo, al primer justiciero que pase, por más motivado que esté, pues no, desde luego. Otra cosa es que por ejemplo Anavre coordine una acción judicial y solicite una derrama a sus socios y, por qué no, también a los no socios que se van a beneficiar de tal acción. Así, sí. |
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Si tan claro lo tienen, que se dejen de charlas tabernarias y demuestren lo que tanto predican. :brindis: |
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Esta Disp.Adicional 5ª es de una lógica jurídica aplastante:
De no existir esta Disp. dos personas físicas ,ambas de nacionalidad Española y ambas con residencia en España estarían sometidas a una distinta exigencia legal sobre titulación navegando ambas en aguas jurisdiccionales Españolas:Al nacional Español que abandera su pabellón nacional se le exigiría la titulación y al nacional Español que cuelga un pabellón en su embarcación de un País con el que no tiene conexión directa ni indirecta ("pabellón de conveniencia") resultaría exonerado de la obligación de titulación: Dos Españoles por nacionalidad y con residencia en España,navegando ambos en aguas Españolas,quedarían sujetos a dos regímenes distintos de exigencia de normativa española,según cual fuera el pabellón de la embarcación..............Este pleito no lo ganáis ni ahora ni dentro de 1.000 años,porque su estimación supondría hacer de peor condición al Español que se acoge a su derecho de abanderamiento(al que se le exige titulación) y de mejor condición al Español que opta por el pabellón de conveniencia (al que no se le exigiría titulación).Hay principios generales de derecho que repugnan estas situaciones,incluso el socorrido principio de Igualdad sería contrario a esta situación....Una cosa es que en virtud el pabellón no se exiga la tenencia de bengalas o de otros chismes de seguridad que afecta al barco no a la persona otra muy distinta es la exigencia de autorización administrativa-titulación que no afecta a una cosa,un barco),sino a la persona....No es lo mismo. |
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Es una idea que se hace realidad si queréis, ahora se pelea aqui, los jueces dictan según la ley. |
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No se que perra os ha cogido con la D5. Aún entendiendo que vuestra filosofía sea la de no dejar pasar ni una, hay que ser realistas. Más claro no os lo pueden decir, y flaco favor haceis con esta postura.
El tema es económico, yo mismo no gastaré ni un euro en la D5, y si los que haga falta en tumbar cualquier injerencia en mi barco. En la primera hay todo un debate jurídico al respecto, se aplica a españoles, en aguas con competencia exclusiva de España. No es tan fácil. Aunque en un procedimiento largo y tedioso, hay muchos argumentos para ganarlo, no hay seguridad. En el otro, simplemente, con que un tribunal español planteara una cuestión prejudicial a Europa no haría ni falta ir a los tribunales, en caso que alguien fuera sancionado y su abogado planteara las dudas legales sobre la normativa. Son casos muy, pero que muy distintos. Como socio de Anavre, apoyo su postura. Tal vez si que tengo dudas con la reunión para hablar sobre un planteamiento manifiestamente ilegal, pero reconozco que si Anavre se planta ahora, luego puede ser el DGMM el que les de portazo en otras ocasiones. Que Caribdis tiene razón, nadie lo niega. No es bueno que de partida haya que sentarse con una propuesta que tiene partes ilegales. En la negociación eso no tiene ni que entrar, hay que darlo por sentado que esa parte es ilegal y no entra en el paquete a negociar. O bien es una parte que tienen para alegar que han aceptado dejarlo fuera para que luego tu aceptes otras cosas a cambio. Eso, si tienen narices, que lo saquen. España está en un momento muy malo, pero que muy malo, más de lo que nos pensamos, jurídicamente hablando, en la visión que tienen en los paises europeos de nosotros. Hay un planteamiento generalizado en los foros jurídicos y policiales de europa en que aquí hay remoras Franquistas muy enquistadas, y que las mentalidades de muchos políticos y poderes económicos no son los democráticas que serían deseables. Si bien es cierto, que los Estados no quieren bajo ningún planteamiento dejar a España en fuera de juego, también lo es que los lobbys en estos paises son muy potentes. Vease el planteamiento de las distintas fiscalias que defienden o hacen ver que defienden los planteamientos de Llarena, y vease como en realidad todas las demandas son tumbadas. Como no hagan un labado de cara rápido, con kecher, lo tenemos claro. Esta OM o RD o lo que quieran sacar, ES UN PATINAZO más del PP que no tuvo claro su alcanze. Tal vez, y ahí si que tienen razón Caribdis, Victoria y otros, en que en su dia se dejo pasar sin pena ni gloria. Pero también reconocer, se dejo pasar, porque en la evaluación de costes-beneficio, no valia la pena entrar a gastarse algo, que es menos de lo que te va a costar sacarte un PER. Ahora estamos en una patinada distinta, los poderes fácticos económicos, no se resignan a la pérdida de beneficios que significan las revisiones periodicas, y forzaron a sacar una normativa, aunque sólo durara uno o dos años. Pero los vientos nos han sido favorables, y hay que aprovecharlo. El entorno que tiene España, tanto a nivel interno como externo, no propicia en nada que un iluminado de una DG pueda sacar una normativa que trae problemas. En este momento NO. Pues señores, sigamos unidos, todos a dar apoyo a Anavre, a tumbar esto, sin fisuras, sólo con planteamiento en un sentido, dando ideas para que los negociadores puedan tener el tema muy trillado. Cuando se consiga, se plantean otras demandas, y se discute si procede o no. Pero ahora, TODOS JUNTOS Y A UNA. Fuimos valientes para abanderar fuera, a pesar de lo que muchos agoreros dijeron (repasad los primeros post del cambio de bandera), ahora tenemos que ser valientes para saber ser generosos (aunque los planteamientos que tengamos sean más que razonables) y dar TODO nuestro apoyo en un sentido. |
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Yo no tengo problemas quien viva en Madrid o quiera desplazarse se pasa por el despacho de abogados y hace los tramites ahí se lo que se trata es de presentar una denuncia de particulares, no es ir contra anavre es dividir la carga y ser mas a parte de anavre |
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3. Todo Estado tomará, en relación con los buques que enarbolen su pabellón, las medidas necesarias para garantizar la seguridad en el mar en lo que respecta, entre otras cuestiones, a:
a) La construcción, el equipo y las condiciones de navegabilidad de los buques; b) La dotación de los buques, las condiciones de trabajo y la capacitación de las tripulaciones, teniendo en cuenta los instrumentos internacionales aplicables; c) La utilización de señales, el mantenimiento de comunicaciones y la prevención de abordajes. http://www.un.org/depts/los/conventi...onvemar_es.pdf Este Convenio está firmado por España, la DA5ª lo vulnera claramente :barcopapel: |
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Caribdis, Victoria, si el planteamiento es ese, no creo que nadie pueda objetar nada, al contrario daros todo el apoyo. Cuantos más frentes mejor.
Pero no cuestionando la postura de Anavre, es ahí en lo único que no estoy de acuerdo. TODOS CON ANAVRE, y todos peleando en muchos frentes. Si quereis tumbar la D5, a por ellos. Pero Anavre ahora tiene que tener un solo frente, pedirle otra cosa es en el fondo perder todos. Lo único que le pido a Anavre, es lo que ha dicho Caribdis, que en la negociación no se plieguen en el articulado de las banderas, que lo den por zanjado desde el primer momento, no es aplicable y no entra como cromo para cambiar. |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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No sé tú, yo he enviado mis alegaciones a esta OM. Y creo que vivimos en un país en el que existe libertad de expresión, al menos hasta cierto punto. Expreso mis opiniones sobre actuaciones que nos afectan a todos, y porsupuestísimo que pueden ser tomadas en cuenta o no... Hay diferencia entre ese "pedir todo" o ese "inalcanzable" llegar a que la seguridad de un barco sea responsabilidad del patrón con declaraciones totalmente incomprensibles para mí como la de que "hemos acordado el aplazamiento del proyecto hasta la segunda quincena de Septiembre"... En mi opinión, decir eso significa estar, al menos mentalmente, en el otro lado del campo de juego.. Y sí que hay intereses económicos clarísimos, los de un fabricante que ha homologado su producto en la DGMM, los de las compañías de revisión de balsas, los de los instaladores autorizados...incluso los de las ITBs que si no va de esta ya caerá en la siguiente (aparte de la gente que ya no se pasaría a pabellón extranjero por considerarlo menos atractivo..)...y seguro que hay más, y el tener de nuevo a toda la flota bajo control si no burocrático, sí de sanción.. Debo estar yo muy radicalizado, porque escucharos me parece directamente escuchar a la otra parte... Y por supuesto que no tenéis que atender a mis opiniones ni responderme, son simple opiniones de un navegante de recreo no asociado :brindis: |
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En absoluto existe esta vulneración: Es perfectamente compatible las facultades del País de bandera respecto a las cuestiones transcritas y las facultades del Estado sobre exigencias de titulación respecto a sus nacionales en el ámbito de las aguas jurisdiccionales Españolas,facultades estatales que no son más que manifestación de la soberanía nacional.La vulneración existiría si resultase que a un nacional Español se le exige una titulación para navegar en aguas españolas y otro nacional Español,navegando sobre las mismas aguas,no se le exige.....y la facultad del Estado Español de exigir una autorización administrativa par el manejo de una embarcación no parece,a primera vista,exorbitante....se exige autorización para el manejo de una honda Scoopy......no parece exorbitante exigirlo para el manejo de una embarcación a partir de determinado porte....No es una exigencia indiscriminada porqué solo se exige a partir de determinada eslora o circusntancias no a cualquier artefacto que flote.... |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Por otro lado intentar un per saltum con la D5 es jugársela a un solo cartucho. Da igual el coste anavre me imagino que a tenido fondos desde que se aplico para tumbarla? |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
Por supuesto,yo también pienso que sería mejorable el tema de la titulación,y claro está,una prácticas bien hechas y de nivel deberían ser bienvenidas por todos.
Si la DA.5ª beneficia a las escuelas nauticas....,si claro,pero tampoco creo que el origen de la norma estuviese la patronal de las escuelas nauticas... visto así también podría decirse que la exigencia del carnet de conducir es el sometimiento de los ciudadanos al pool de las Autoescuelas...francamente tampoco lo veo...(sobre todo viendo la escasa pericia de mi hija a los mandos del coche de la autoescuela que el otro día,en medio de Girona,casi se me echa encima y yo con moto......,tan mona ella...). De todas formas,sin apasionamientos..párate a pensar la situación de dos españoles navegando a tres millas de la costa y a uno,el que amparandose en su condición de Nacional Español se acoge a su derecho de abanderamiento, se le exige el título personal que le habilita para el manejo de aquella embarcación y al otro,también español y con residencia también en España, pero con pabellón de un país comunitario con el que no tiene conexión directa ni tan siquiera indirecta,ni remota,no se le exige....la situación sería contraria a la igualdad de todos los ciudadanos Españoles y además sería estúpida en el sentido de favorecer el incumplimiento de la propia normativa nacional sobre titulaciones (autorizaciones administrativas). |
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Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Recuerdo no hace mucho, en cierto pais, un presidente que comentó la necesidad de limitar ciertos aspectos de las libertades individuales de la población a raiz de unos incidentes muy muy graves. Pues bien, el pollo que le montó la asociación de usuarios afectados fue tal que bueno, creo que ni llegó a "escribirse en sucio". No estoy comparando, sólo imaginando el camino y empezando a afilar la bayoneta. Ah... Si .... La asociación fue la NRA y el presidente Obama. |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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No puedo estar de acuerdo contigo, la Convención firmada por el estado español especifica que las exigencias de seguridad, navegabilidad, equipo, titulaciones, comunicaciones etc, son competencia del estado que otorga el pabellón, no del administrador de las aguas territoriales donde navegue.. Se recalca en el artículo 24: Artículo 24 Deberes del Estado ribereño 1. El Estado ribereño no pondrá dificultades al paso inocente de buques extranjeros por el mar territorial salvo de conformidad con esta Convención. En especial, en lo que atañe a la aplicación de esta Convención o de cualesquiera leyes o reglamentos dictados de conformidad con ella, el Estado ribereño se abstendrá de: a) Imponer a los buques extranjeros requisitos que produzcan el efecto práctico de denegar u obstaculizar el derecho de paso inocente; o b) Discriminar de hecho o de derecho contra los buques de un Estado determinado o contra los buques que transporten mercancías hacia o desde un Estado determinado o por cuenta de éste Un barco mercante de armador español con bandera panameña no tiene por que cumplir los requerimientos previstos en la normativa española de construcción, seguridad ni titulaciones si para en un puerto español. A un inglés con su coche inglés no se le pide el carnet de conducir español porque esté de visita en España. Ni tampoco si tiene residencia en España. Ni a un marroquí, su permiso cumple la Convención de Ginebra y Viena. En legislación marítima creo que no existe una convención para homologar las titulaciones, según el convenio citado (Convención de las Naciones Unidas sobre el derecho del mar), según el artículo 94.3 que cité en el anterior mensaje, esa regulación es competencia del Estado al que pertenece el pabellón del barco, eso está estipulado así y España lo ha firmado. No existe ninguna discriminación ni desigualdad, sería una locura que por cada país por el que pasas te exigieran su titulación sus normas constructivas y la homologación por ese país de los equipos que llevas. Aqui se pretende legislar a medida de intereses concretos y para que nadie se escape a un control paternalista y punitivo. El artículo 10.2 del vigente Código civil también es claro: 2. Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otras medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen. Y eso debe incluír también las titulaciones de quienes los manejan. El que salga el tema de las titulaciones es porque cuestionar la DA5ª podría ser otra medida de presión contra la aprobación del presente proyecto de OM. Como lo sería una interpelación que se propuso en este hilo a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en referencia a la vulneración del derecho de libre competencia que supone la exigencia de una homologación específica tramitada ante la DGMM para los equipos instalados a bordo de una embarcación de pabellón español, eso si que es vulneración de derecho a la igualdad, siempre, el pringado es el que opta por el pabellón español, pero no me digas que hay desigualdad entre dos españoles que han escogido libre y legalmente su pabellón, y que tengamos que machacar al que está mejor y ponerlo tan mal como al otro...más bien será al revés.. Pero para hacer esa interpelación a la CNMC hace falta voluntad, claro, y la respuesta no sería la misma a una petición individual que a la de una asociación, peeero... :brindis: |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
Bueno veo que hay pocas ganas de invertir una miseria para tumbar algo que a todos afecta, algo que incluso a anavre le beneficiaria poder llevar a esa reunión de septiembre bajo el brqzo, que un grupo de navegantes no se deja pisotear.
Avisados estamos todos luego a quejarse al bosque. |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Navego unes por el pais, parando en todos los puertos. Despues cruzo el canal de la mancha y sigo navegando por belgica. Francia. Y cuando llego a España soy encarcelado porque mi PER. No me autoriza a gobernar barcos de 20 mts con pabellon ingles. Vaia loxica do carallo!!!!!:cid5: |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Todo lo que desarrolla el artículo 94 ( que es del que tú desarrollas algunos apartados), ya tiene la limitación de que sea en alta mar y solo en alta mar y no en mares territoriales , para estar sometido a la jurisdicción en las materias tratadas de seguridad, al país cuyo pabellón enarboles, etc ... en el artículo 92 de la Convención del Mar. |
Respuesta: Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Una vez me dio por contestar en CruisersForum a un inglés que preguntaba por los papeles necesarios para navegar por España, a lo que le contesté con la DA 5ª traducida. Y el tío se partía de risa al leer el punto 1, ya que en UK no se requiere titulación. El hombre preguntaba (de coña, claro) si valía que se haga un documento con photoshop, para tener algo que enseñar... |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Que viene a decir que respecto a temas de seguridad.... ( y otros) ... se estará a lo que digan las leyes españolas. Con esto no pretendo decir que haya que tragar con la famosa OM , pero si que no podemos basarnos en manejar artículos como si fuéramos leguleyos ( loros) , que cualquier estudiante de Derecho de primero , tumbaría. |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Que se exija titulación del país solamente pasa aquí y además en el caso concreto de que seas residente español..en mi opinión se lo han sacado de la manga buscando algo concreto, que no se escape nadie de su control ni de alimentar al obsoleto sistema de títulos, exámenes, prácticas y academias, o sea a los negocietes de turno. Para presentar un contencioso en este nuestro formalista sistema jurídico habría que estudiarlo correctamente, pero los argumentos que das tampoco demuestran que la DA5 sea legal, el art 92 dice solamente que cada barco podrá tener un solo pabellón. |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Re: parece que habrá cambio en la normativa
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El art 92 . 1 hace mención expresa a la jurisdicción del pabellón que enarbola el buque en la Alta Mar . El asunto de la prohibición de dos pabellones se menciona en el 92.2 Artículo 92 Condición jurídica de los buques 1. Los buques navegarán bajo el pabellón de un solo Estado y, salvo en los casos excepcionales previstos de modo expreso en los tratados internacionales o en esta Convención, estarán sometidos, en la alta mar, a la jurisdicción exclusiva de dicho Estado. Un buque no podrá cambiar de pabellón durante un viaje ni en una escala, salvo en caso de transferencia efectiva de la propiedad o de cambio de registro. 2. El buque que navegue bajo los pabellones de dos o más Estados, utilizándolos a su conveniencia, no podrá ampararse en ninguna de esas nacionalidades frente a un tercer Estado y podrá ser considerado buque sin nacionalidad. |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Lo de la DA5 es una injerencia en toda regla en las potestades del país de bandera. No se meten en un pesquero con bandera irlandesa o coreana a cuestionar las condiciones laborales de la tripulación ni la titulación del patrón, aunque este sea español, ni en alta mar, ni en aguas españolas ni en puerto, en barcos de recreo, y para no quedarse sin el bisnes, si, porque son así de chulos y me tiráis la ley abajo, que es lo que tendríamos que haber hecho.. |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Ahora sí tampoco lo quieres ver , tu mismo . |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Artículo 92 Condición jurídica de los buques 1. Los buques navegarán bajo el pabellón de un solo Estado y, salvo en los casos excepcionales previstos de modo expreso en los tratados internacionales o en esta Convención, estarán sometidos, en la alta mar, a la jurisdicción exclusiva de dicho Estado. Un buque no podrá cambiar de pabellón durante un viaje ni en una escala, salvo en caso de transferencia efectiva de la propiedad o de cambio de registro. 2. El buque que navegue bajo los pabellones de dos o más Estados, utilizándolos a su conveniencia, no podrá ampararse en ninguna de esas nacionalidades frente a un tercer Estado y podrá ser considerado buque sin nacionalidad. |
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La ley que rige para un barco en alta mar es la de su estado de pabellón. Si los tripulantes fuman cannabis, o comen perros o insultan al rey y la ley de su país lo permite, nadie puede decirles nada. Pero si llegan a aguas territoriales de otro país en el que esas cosas o las que sean son ilegales, las autoridades de ese país pueden sancionarles. El procedimiento práctico es: cuando entras en aguas territoriales de otro país con la intención de permanecer en ellas y bajar a tierra, izas la letra Q del código de señales y la mantienes izada, "pido libre plática", estás pidiendo hablar, dialogar...se supone que estás entrando en uno de los puertos designados de entrada en ese país, visitan tu barco o tú bajas a tierra a ponerte en contacto, inmediato, eso es importante en muchos países, con la administración marítima, y ahí se habla, de donde viene, en que condiciones, por cuanto tiempo, estos son los requerimientos del país.. y según eso, admiten tu entrada con unos condicionantes o te conceden un tiempo de estancia para reparaciones y te invitan a abandonar el país, o te dicen que te vayas directamente, eso a mi no me ha pasado nunca.. Y tu barco sigue perteneciendo a tu país de pabellón, es casi un trozo físico de ese país, esto es algo básico para que te respeten... Y nadie te pide nunca ni cómo está construído el barco, ni si tú sabes navegar o si la radio que llevas usa pilas rojas o azules... A mi eso me parece normativa básica mundial, y yo al menos nunca me he encontrado otra cosa. Y tienes que respetar sus normativas, en esta zona no se puede navegar, aqui no se puede hacer pesca, esto es reserva natural, y debes saber sus consecuencias, aquí traficar con drogas puede suponer la pena de muerte.. La DA5ª es una injerencia chulesca en esa normativa básica, que yo entiendo que está puesta en el papel en el artículo 94 de la convención, está en la parte de alta mar, pero en la parte de aguas territoriales, en el artículo 21 se especifíca como puede legislar un estado sobre el paso inocente de embarcaciones extranjeras, y en su apartado 2 dice: 2. Tales leyes y reglamentos no se aplicarán al diseño, construcción, dotación o equipo de buques extranjeros, a menos que pongan en efecto reglas o normas internacionales generalmente aceptadas. Yo creo que cuando redactaron esta convención ya contaban con que podría heber países que utilizaran este tipo de restricciones, y se ve que fueron rigurosos detallándolo.. Pero claro, cuando redactaron el RD de titulaciones náuticas, que casualidad, en el de las profesionales no aparece, se "olvidaron" de esta legislación de rango superior.. No te preocupes (año 2014), no se van a dar cuenta de esto, ya están bastante contentos creyendo que van a escapar de nosotros, y si se dan cuenta no van a ser capaces de echarnos la DA abajo, sigue, sigue, ¿que les diríamos a toda esta buena gente que tanto se esfuerza en formar y ofrecer prácticas, si la gente ve la oportunidad de prescindir de ellos, lo harán..? ... Y si esto no cambia, si no espabilamos un poco... :ancla::ancla::ancla: |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Vale.... bla, bla, bla,...:brindis: |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
En gran medida la discusión quese viene produciendo aquí radica en lo que se considere paso inocente de um barco con pabellón distinto al de las aguas territoriales en las que Esta navegando por la propia circunstancia del paso inocente....
Que yo , residente en Noruega con pasaporte español, y mis obligaciones con el estado español satisfechas presentando la declaración de hacienda como no residente , navegue con mi barco bandera Noruega , país en el que resido , por lapel territorio de EU, y más concretamente porEspana y sin intención de permanecer en territorio EU más de X mesesseguidos( creo que18) se tiene que considerar paso inocente es algo que todos vemos claro.... Pero lo que yo no acabo de ver es El Paso inocente , de alguien ,que tiene su residencia su nacionalidad , sus obligaciones fiscales, y hasta su barco en puerto espanol , y ningún arraigo con el pais en que abandera su barco ....... Ese barco no creo verdaderamente q esté en Paso inocente.... Yo ahí veo una especie de limbo .... |
Re: parece que habrá cambio en la normativa
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Yo creo que la legislación marítima tiene una historia, unas tradiciones y una lógica propias. No puede ser que las distintas normativas de cada país vayan entorpeciendo el paso de los barcos. Cada barco debe atender a la normativa de su pabellón, y todos los barcos deben tener pabellón, habría que investigar si existe un pabellón ONU o algo así que nos pudiera acoger a todos. Siendo así, las banderas de conveniencia existen desde hace mucho tiempo. Más de la mitad del tonelaje mundial pertenece a esos pabellones. https://upload.wikimedia.org/wikiped...11FOCs2009.png ¿Parece algo generalmente admitido, no? En el caso de la náutica de recreo en Europa, para eliminar de alguna manera las fronteras interiores con respecto a las embarcaciones, se empezó a permitir que las embarcaciones de un país de la UE pudieran permanecer indefinidamente en otro país de la UE sin necesidad de importarlo al país ni tener que salir periódicamente de él. Esto, que es lógica de integración europea, permite que sea práctico adoptar el pabellón de otro país, que siempre se pudo. La legislación española ya procuró que no hubiese manera de que eso tuviese ventajas fiscales y ya se encargó de cargarle también el 12% al que utilizase otro pabellón...que habría que ver si eso es 100% legal o no.. Pero no creo que haya más que rascar sin saltarse la legalidad internacional...lo que debería haber es un pabellón UE con una normativa común al igual que existe el Marcado CE de las embarcaciones, pero mientras eso no sea factible, no me parece muy bien que la administración española se dedique a mantener su coto en determinados temas a costa de una legalidad internacional que debiera ser una referencia firme en lo tocante a los asuntos marítimos.. :brindis: |
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