La Taberna del Puerto

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dunic 02-02-2009 18:21

Re: PER y Zona II
 
Cita:

Originalmente publicado por madrugon (Mensaje 482055)
Por lo tanto, tal y como vengo defendiendo, un PER puede patronear un barco despachado para zona 3 siempre que no sobrepase las atribuciones de su titulación. Que es de lo que se trataba el hilo.
Gracias por la aportación.

:brindis:

y despachado para zona 1 tambien, siempre que no ........

mira que ha costado saber lo que se sabe (o se deberia saber ) :D

CAPIREX 02-02-2009 19:58

Re: PER y Zona II
 
Bueno entonces quedamos en que si, no? :meparto::meparto::meparto:
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas :brindis::brindis:

TOLETUM 02-02-2009 22:45

Re: PER y Zona II
 
Al final impera la lógica y por esta vez el sentido común y la Administración llevan el mismo rumbo :cid5:, por un momento y ante la seguridad en las manifestacioes de un cofrade pensé que ivan de vuelta encontrada.

mendaquis 23-03-2009 22:23

Re: PER y Zona II
 
Cita:

Originalmente publicado por Kiro (Mensaje 481757)
Amigo cofrade, :brindis:, verlo has de verlo, voto a bríos!!! No es nada personal, ya sabes, la santa administración:pirata::pirata:
Ni más ni menos que en mi Permiso de Navegación.

P.D. En el último renglón pone Observaciones: Podrá efectuar navegación con tituluación de Patrón de Embarcaciones de Recreo, siempre que no se aleje más de doce millas de la costa.

Yo soy PY, osea que mi Almiranta o cualquier buen amigo PER podría llevarlo, eso sí, con todos los elementos de seguridad reglamentarios para navegar en las 25 millas.

El mío es calcaito a ese, pero no me pone la observación del PER, voy a intentar arreglarlo de alguna manera, porque si no, ¿quien le quita a mi padre el barco este verano?........jejeje:brindis:

Inspectorate 23-03-2009 23:00

Re: PER y Zona II
 
:eek::eek::eek: Madre mía!! La que tenéis liada!!!!! :borracho::borracho::borracho:

Kiro 24-03-2009 01:51

Re: PER y Zona II
 
Cita:

Originalmente publicado por TOLETUM (Mensaje 482712)
Al final impera la lógica y por esta vez el sentido común y la Administración llevan el mismo rumbo :cid5:, por un momento y ante la seguridad en las manifestacioes de un cofrade pensé que ivan de vuelta encontrada.

Ojo avizor :pirata::pirata:
Ambos caigan a estribor:pirata::pirata:

coronadobx 24-03-2009 15:24

Re: PER y Zona II
 
Saludos Cofrades, la verdad es que no había reparado en este hilo. Es espectacular!!!!! Una cosa apriorí facíl y después de cuatro páginas debatidas por aficionados de nivel como hay en esta Taberna y sigue sin estar del todo claro!!! Lo increible es los ejemplos reales aportados de incongruenía de la administración entre titulación mínima y zona de navegación. Conclusión, Esto es un infierno!!!!!. Coronadobx

mendaquis 24-03-2009 15:42

Re: PER y Zona II
 
Cita:

Originalmente publicado por coronadobx (Mensaje 522859)
Saludos Cofrades, la verdad es que no había reparado en este hilo. Es espectacular!!!!! Una cosa apriorí facíl y después de cuatro páginas debatidas por aficionados de nivel como hay en esta Taberna y sigue sin estar del todo claro!!! Lo increible es los ejemplos reales aportados de incongruenía de la administarción entre titulación mínima y zona de navegación. Conclusión, Esto es un infierno!!!!!. Coronadobx

Totalmente de acuerdo. Yo personalmente creo que el problema viene de la falta de un único criterio en las diferentes capitanias.
No veo lógico que dos barcos de las mismas características estén despachados para la misma zona con diferente titulación mínima, pero vete tu a saber..jejejeje.

Caselitos con copita pal que los quiera:brindis:

tatoperez 24-03-2009 18:14

Re: PER y Zona II
 
Buenas cofrades unas rondas:brindis:
Hoy he tenido que trabajar en la Base naval de Puntales, dónde tienen base la GC del mar, le pregunté sobre este tema a un cabo primero que estaba por allí y muy amablemente, me costestó.
Ellos lo que más mira es dónde te han visto directamente o por radar y ahora por los AIS. Y los metros de eslora legal, que llevas, según esto te exigen una titulación u otra como mínimo, si la tienes pasamos al barco, lo que más mira ahora es lo de las radios, pues casi nadie las tienes bien.
Y despues las bengalas pues me dijo que el 70% o no las llevan o están caducadas, el resto ya es depende del día que los pilles.
Espero que sos sirva de aclaración.
Me comentó que aquí en la zona no tienen día de menos de 10 sanciones.
Lo dicho la zona de navegación del barco es una cosa y los títulos otra.
De todas formas sería conveniente tener contestación por escrito del ministerio de fomento que es el que la ha liado.
Si alguien conoce a MALENI por favor me puede dar su teléfono y emilio.
Unas rondas a todos.

Kiro 25-03-2009 14:05

Re: PER y Zona II
 
Unas :brindis: que es buena hora.
Pues la verdad, yo no lo veo tan complicado.
A mi modo de entender, la titulación te faculta para una eslora y una zona máximas.
Así, PER, hasta 12 ms y hasta 12 mn. Si patroneas un barco de 13 ms en zona 4, está incumpliendo la legislación, lo mismo que si patroneas 9,5 ms en zona 3.
PY, hasta 20 ms y hasta 60 mn. Si llevas 22 ms y estás en zona 4, igualmente incumples, o 19,5 ms y estás en zona 1, también incumples.
Otra cosa es que el barco tenga las medidas de seguridad adecuadas a la zona en que se encuentra.
PY, 16 ms, zona 3 y barco sin balsa, estás incumpliendo. Lo mismo que si estás en zona 2 y no llevas traspondedor de radar.
Además de las posibles multas ante inspecciones de la G.C., lo más importante es que el seguro no te cubrirá si incumples la normativa legal.
Salud y buena mar

joabp 06-12-2009 10:39

Re: PER y Zona II
 
Saludos y ronditas :brindis::brindis:
Se vuelve a discutir lo mismo en http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=45797, no había visto este hilo antes, yo creo que al final lo que va a pasar es que ciertos certificados de navegación están un poco "mal hechos" y de ahí viene el problema; habría que ver la descripción del campo "Titulación mínima requerida", que seguro que en algún sitio lo pone, pero tal como yo lo entiendo podrían ser dos cosas:
1- Si es la titulación mínima requerida para llevar el barco que se identifica tiene que ser en función de la eslora y potencia en su caso, con lo que los que ponen una titulación superior por la zona despachada realmente están mal redactados, cosa que habría que impedir cuando se despacha (caso del gambeta, que por otro lado eso de poner motovelero no se yo...) Esta opción me parece la más lógica.
2- Si es la titulación mínima requerida para llevar el barco por la zona despachada pues lógicamente también si lo llevas en una zona menor ese requisito ya no será válido.
Con lo poco que se de lengua castellana y derecho creo que este planteamiento es el más razonable y que se podría ir con él hasta al Constitucional :cunao:

Vamos, que yo creo que lo que pasa es que el tema va por el punto 1 y en ciertos casos los que hacen los certificados se cuelan poniendo titulación de más, y luego si te interpretan textualmente pues mal vamos, pero eso es como si te compras un coche, pongamos p.ej. la "fragoneta" de mi prima de 7 plazas, y en el permiso de circulación le vienen 5 nada más, de acuerdo que la podrán empapelar, pero eso habrá que mirarlo cuando te den los papeles y exigir... digo yo...

mendaquis 06-12-2009 15:43

Re: PER y Zona II
 
Hace poco que he resuelto en la capitanía de Algeciras mi duda que era la de todo el mundo.

Tenía el barco despachado en zona 3 y ponía titulación mínima patrón de yate, es un velero de 10,25m.

Me dijeron que el programa que hace los certificados de navegación pone directamente en ese campo para zona 3 PY. Cuando bajé el barco a zona 4 salía directamente PER y así solucioné mi problema y me ahorré tener que pasarle a la balsa las revisiones.

Les expliqué que no era lógico y me dijeron que era así y punto, y que la GC si me paraba me podría expedientar porque no se iban a poner a mirar si estaba a más o a menos de 12 millas de la costa, el barco lo puedes llevar legalmente si tienes la titulación que pone en el certificado.

No tiene lógica ninguna a mi entender, pero por lo menos en esta capitanía y en la de Cartagena, que es donde estaba matriculado el barco cuando lo compramos se hace igual.

:brindis:

Inspectorate 06-12-2009 18:56

Re: PER y Zona II
 
Buenas:

Os hablo desde la autoridad que, modestia aparte, pueda serme reconocida como inspector de seguridad marítima y, en la actualidad, jefe de determinado distrito marítimo de cierta provincia marítima.

Mi superior directo, el Capitán Marítimo, mis compañeros jefes de los demás distritos marítimos que conforman nuestra provincia marítima, y yo mismo, hemos llegado a la siguiente conclusión ante, de nuevo, la ausencia de norma expresa que aclare la duda que origina el presente hilo:

Cita:

Lo consignado en el certificado de registro español-permiso de navegación hace referencia a la situación máxima de despacho de la embarcación, estableciendo así la titulación mínima requerida para efectuar navegaciones por la zona consignada en tal documento, y teniendo en cuenta la eslora y potencia (en su caso) de la embarcación, no debiéndose entender lo anterior de un modo restrictivo, de tal manera que siempre que se efectúen navegaciones por zonas inferiores a la máxima autorizada a la embarcación habrá que estar a las atribuciones conferidas por la titulación del patrón en ese preciso momento, tanto en lo relativo a zona de navegación, como a eslora, como a potencia.


Así, a modo de ejemplo, una embarcación de menos de 12 metros, despachada para zona 3, podría ser patroneada por una persona en posesión del PER siempre y cuando las navegaciones que la misma efectúe con tal persona a su mando no se elejen más de 12'. Y ante esta circunstancia JAMÁS cabría entrar (como ya alguien ha apuntado en otro post de este mismo hilo) en la presunción de potencial incumplimiento, planteamiento antijurídico y en el que dudo mucho que incurran los agentes del SMP.

Así las cosas, el SMP de la GC puede denunciar ante la autoridad competente todo lo que en su leal saber y entender considere suponga una infracción administrativa (sería deseable que determinadas denuncias no llegaran a producirse, pero entra dentro de lo más o menos razonable el que se produzcan algunas de ellas cuando están relacionadas con hechos que las normas no han dejado expresa, suficiente o debidamente regulados), y será tal autoridad la que EN TODO MOMENTO decidirá la incoación del procedimiento sancionador o el archivo sin más de la denuncia; siendo, en concordancia con lo anteriormente expuesto, esta última la decisión que se adopta ante denuncias que describan circunstancias como las que nos ocupan en los distritos marítimos de mi provincia.

Saludos,

PIK 06-12-2009 19:10

Re: PER y Zona II
 
Cita:

Originalmente publicado por LSV (Mensaje 477612)
Cualquier barco puede ser despachado para cualquier zona, ya que hay barcos como los minitransat de 6,5 mts que hacen la trav del Atlántico, etc.

Ojo, no todos los barcos tienen que estar despachados. Reproduzco un extracto de la "ORDEN de 18 de enero de 2000 por la que se aprueba el Reglamento sobre Despacho de Buques" :
"Están exentas las embarcaciones de la Séptima Lista que naveguen a vela, cualquiera que sea su eslora, que tengan número de vela registrado en la Federación Española Deportiva correspondiente y que participen en competiciones. La ordenación y control de estas embarcaciones podrá estar ejercido, bien directamente por la Federación Española Deportiva, o bien a través de las federaciones autonómicas.
Están exentas igualmente las embarcaciones de la Séptima Lista a motor y/o a vela de hasta 6 metros de eslora total según el Certificado de Navegabilidad, y las propulsadas a remo de igual Lista, las motos acuáticas y los artefactos flotantes de recreo, así como todos los buques que estén exentos de registro de acuerdo con la normativa sobre abanderamiento, matriculación de buques y Registro Marítimo."

Es el caso de los Minis, que siendo de categoría de homologación B no podrían atravesar el Atlántico a no ser bajo la exención anteriormente citada.
:brindis:


Xavier Vila 06-12-2009 19:43

Re: PER y Zona II
 
Cita:

Originalmente publicado por Inspectorate (Mensaje 713561)
Buenas:

Os hablo desde la autoridad que, modestia aparte, pueda serme reconocida como inspector de seguridad marítima y, en la actualidad, jefe de determinado distrito marítimo de cierta provincia marítima.

Mi superior directo, el Capitán Marítimo, mis compañeros jefes de los demás distritos marítimos que conforman nuestra provincia marítima, y yo mismo, hemos llegado a la siguiente conclusión ante, de nuevo, la ausencia de norma expresa que aclare la duda que origina el presente hilo:



Así, a modo de ejemplo, una embarcación de menos de 12 metros, despachada para zona 3, podría ser patroneada por una persona en posesión del PER siempre y cuando las navegaciones que la misma efectúe con tal persona a su mando no se elejen más de 12'. Y ante esta circunstancia JAMÁS cabría entrar (como ya alguien ha apuntado en otro post de este mismo hilo) en la presunción de potencial incumplimiento, planteamiento antijurídico y en el que dudo mucho que incurran los agentes del SMP.

Así las cosas, el SMP de la GC puede denunciar ante la autoridad competente todo lo que en su leal saber y entender considere suponga una infracción administrativa (sería deseable que determinadas denuncias no llegaran a producirse, pero entra dentro de lo más o menos razonable el que se produzcan algunas de ellas cuando están relacionadas con hechos que las normas no han dejado expresa, suficiente o debidamente regulados), y será tal autoridad la que EN TODO MOMENTO decidirá la incoación del procedimiento sancionador o el archivo sin más de la denuncia; siendo, en concordancia con lo anteriormente expuesto, esta última la decisión que se adopta ante denuncias que describan circunstancias como las que nos ocupan en los distritos marítimos de mi provincia.

Saludos,

Muchas gracias Inspectorate, por mi parte me queda bien claro lo que dices, ahora bien, en caso de que la GC nos pusiera la denuncia estando dentro de las 12 millas con el PER entiendo que lo unico que te salva es que en la denuncia ponga claramente tu posicion, en caso de que hagan omision pringas. Mi pregunta seria, tiene la GC la obligacion de poner la posicion de un barco cuando realiza una denuncia de este tipo??

Gracias por avanzado y saludos:brindis::brindis:

Inspectorate 06-12-2009 21:06

Re: PER y Zona II
 
Cita:

Originalmente publicado por golden dreams (Mensaje 713596)
Muchas gracias Inspectorate, por mi parte me queda bien claro lo que dices, ahora bien, en caso de que la GC nos pusiera la denuncia estando dentro de las 12 millas con el PER entiendo que lo unico que te salva es que en la denuncia ponga claramente tu posicion, en caso de que hagan omision pringas. Mi pregunta seria, tiene la GC la obligacion de poner la posicion de un barco cuando realiza una denuncia de este tipo??

Gracias por avanzado y saludos:brindis::brindis:

En el ejercicio de la potestad sancionadora por parte de la Administración, los hechos constatados por los agentes de la autoridad, siempre que se formalicen observando los requisitos legales pertinentes, tendrán valor probatorio respecto de los hechos reflejados en las mismas, los cuales deben ser reflejados de la forma más precisa posible y sin perjuicio de que puedan aportarse cuantas otras pruebas sea posible tomar en atención a las circunstancias del momento.

Los modelos oficiales en los que el SMP levanta las actas disponen de un "casillero" donde debe consignarse la posición geográfica de la embarcación, así que la buena práctica aconsejaría su cumplimentación. Según mi experiencia profesional, indicarte que normalmente viene indicada.

En cualquier caso, en el ejemplo que planteas si no queda fehacientemente probada la posición de la embarcación en base a la cual se ponga de manifiesto el incumplimiento por parte del patrón, la buena práctica jurídica aconseja, en aplicación del principio "in dubio pro reo", la no incoación del procedimiento administrativo sancionador.

tremolo 06-12-2009 21:41

Re: PER y Zona II
 
Cita:

Originalmente publicado por CAPIREX (Mensaje 477222)
Hola a todos, aquí va otra pregunta de novato, si tienes el PER puedes tener un barco despachado en la zona de las 60 millas y no pasar de las 12 o tienes que despacharlo para la zona equivalente.
Gracias y ronditas de ron para todos :borracho::borracho:

Hola, como bien dice otro cofrade en la documentación del barco se explica la titulación mínima para gobernar el citado barco, en este caso Patrón deYate. Espero haberte ayudado. Un saludo y una ronda para todos.

joabp 06-12-2009 22:40

Re: PER y Zona II
 
:brindis::brindis:
Muchísimas gracias Inspectorate, falta hacía que alguien hablase con fundamento de causa...


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