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Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
De conocimientos teóricos un CY recién salido del horno tiene lagunas , en derecho marítimo, seguridad, contra-incendios, manejo apropiado de la radio (GMDSS) , cartas electónicas, primeros auxilios.
De práctica pues ... con 24 horas de motor y 16 de vela pues tu dirás. El tema es adquirir la suficiente experiencia para navegar con seguridad, y no dudo que muchos armadores de recreo , pues tengan experiencia de sobra. El problema radica en aquellos titulados con CY que no saben ni sacar un barco del amarre. Como se puede saber el nivel de experiencia de un titulado de recreo? En un marino mercante tu verás su libreta y podrás comprobar todos los embarques y la clase de buque en los que los ha realizado. Si no tiene embarques en velero pues no se le contrata y punto. En un marino de recreo es imposible saber la experiencia, como no sea fiarnos de lo que diga el o terceras personas Por cierto rectifico en mi error de considerar las embarcaciones de lista sexta como mercantes, son embarcaciones de de recreo con fines comerciales Este texto es del Mº de fomento "El arrendamiento o chárter de una embarcación de recreo es un contrato mediante el que se cede el uso de una embarcación por un espacio de tiempo a cambio de un precio. Supone una alternativa, realmente accesible y asequible, para poder disfrutar de actividades y deportes náuticos. Podemos distinguir dos tipos de arrendamiento o chárter: Con patrón: En este caso se contrata junto con la embarcación los servicios de un patrón, así como la tripulación adicional necesaria, para que la gobierne durante el tiempo que se va a tener arrendada. Sin patrón: En este caso, uno de los pasajeros deberá tener titulación suficiente para el gobierno de la embarcación Requisitos de titulación: Arrendamiento de embarcaciones con tripulación: en este caso, tanto el patrón como los tripulantes deberán estar en posesión de la titulación profesional correspondiente para el gobierno de la embarcación arrendada. Arrendamiento de embarcaciones sin tripulación: la empresa arrendataria se responsabilizará de que la persona, a cuyo mando navegue la embarcación, posee la titulación exigida para su gobierno" Saludos |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Saludos a todos, sigo con aposionamiento este hilo y la verdad creo que es un asunto complejo, ahora bien si me permitis resumir el tema (pido perdón por que lo estoy simplificando) pero la cuestión es la siguiente:
-Existe un desequilibrio entre demanda y oferta de Patrones legalmente cualificados para patronear charter o realizar prácticas, esto se traduce en que personas no "legalmente cualificadas" (la grán mayoría) realiza esta actividad. Esto genera un problema importante que se traduce en dos efectos 1.-Empresas demandan profesionales pero no los encuentran debido a que no pueden trasladar a sus clientes finales los salarios a los que estos profesionales estarían dispuestos a trabajar. 2.-Hay un gran número de los barcos Charter patroneados por personas legalmente no cualificadas, lo que genera una indefesión importante ante posibles accidentes o incidentes -Por otro lado los estudios"profesionales" son costosos desde el punto de vista del tiempo necesario a invertir en la horas de navegación -Como es normal un "titulado profesional" no entiende que después de XX horas invertidas pueda ser sustituido en estas actividades de "Charter" por una persona cuya titulación originariamente estaba pensada para un ambito deportivo. Hasta aqui bien, quizas la clave para normalizar esta situación sería responder a las siguientes preguntas 1.-Esta un CY/PY con un curso de adaptación preparado para realizar dicha tarea. Parece que desde el punto de vista "teórico" la respuesta puede ser "si". Ahora bien, como se demuestra que tiene la experiencia de millas navegadas que justifica que a nivel práctico también lo esta? 2.-En la UE donde con la aplicación de Bolonia cualquier profesional se supone que podrá ejercer en un país miembro, como aplicaría a la naútica de recreo. En otras palabras un medico o un piloto aereo formado en UK puede ejercer en España y no un patrón naútico? En fin lo veo de esta forma, desgraciadamente yo no tengo la respuesta, pero lo que si que veo es que nadie habla desde la perspectiva de el consumidor y el mercado, es decir una compañía responsable se asegurará que aquellos patrones que contratén cumplen los requisitos a nivel horas y experiencia necesarios para poder llevar un barco charter, vamos como pasa en aviación . Coronadobx |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Por darle un giro al debate: Yo ya he dejado clara mi opinión en el comienzo de este interesante hilo,pero dicho eso creo que la ley si es injusta, hay que cambiarla, no saltarsela a la torera, y en especial las empresas que se dedican al charter náutico y sobre todo engañando a los clientes. Yo siempre que he contratado en alquiler , un barco, ha sido SIN patrón. Pero me parece muy grave , si como se ha dicho aqui es cierto, que las empresas ofrezcan patrones que no se ajustan a la ley ,se lo callen y omitan en el contrato que existe ese patrón. Eso es un engaño, y los clientes de charter deberian ser informados. Que las empresas ofrecen la posibilidad "con patrón" y lo tarifican incluso, como una opción mas , estoy harto de verlo.Pero no se si alguien que haya alquilado barcos con patrón nos puede decir de que manera se contempla en el contrato esa figura.
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Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Y lo que dices de la cartilla de navegacion me pareceria perfecto: que constaran todos los trabajos hechos por un patron (sea titulado profesional de recreo o mercante). Incluso que constaran tambien cursos adicionales no obligatorios pero utiles (por ejemplo, psicologia ante situaciones criticas, yo que se,...) Saludos, :brindis: EDITO: He olvidado añadir que el problema de la cartilla seria problablemente que hecha la ley, hecha la trampa. Realmente crees que alguien que no haya navegado en velero tendria su cartilla en blanco? (yo creo que tendra un curriculum impresionante, aunque no haya salido de puerto) |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Aunque ya está dicho casi todo, mi opinión es que la ley, que en su día pudo ser la correcta, hoy se ha quedado obsoleta, al igual que otras muchas leyes que se cambian o se adaptan según los tiempos o necesidades.
Si a mi como CY se me permite navegación sin límites, si despacho mi velero para zona 1, la ley me dice que estoy capacitado para recorrer todos los mares pudiendo llevar a bordo un número de pasajeros según despacho, legalmente puedo hacerlo, eso sí, sin cobrar. Pero la misma ley me dice que no puedo patronear un barquito de 5 m. para llevar dos personas a pasear por el puerto cobrando. Algo falla, esto no tiene sentido. Creo que urge una normativa en la que se contemple lo que ahora no está legislado, charter de pequeña eslora y navegación a pocas millas. Cómo?. Aquí tendríamos que ponernos todos de acuerdo. Cuántos CY que ahora están trabajando en "tierra" estarían dispuestos a dejar su trabajo para chartear?. Me respondo a mi mismo. Ni uno, o casi. Un saludo. Buena mar y buena proa. Camba |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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El caso es que la única diferencia que establece la ley es lo de cobrar. Un CY son más o menos tres años de estudio ya que primero hay que sacar el PER, luego el PY y finalmente el CY. Vamos que es casi una diplomatura, y parece suficiente para ser capitán de charter. :brindis::brindis::brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Saludos. :brindis: :brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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¡¡Fíjate si sigue siendo un barco de recreo, que se puede patronear con un título de recreo!!. Otra cosa son las embarcaciones en lista 6ª, que se dedican a otros menesteres. Ahí no puedo opinar, porque no es mi tema. Saludos. :brindis: :brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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pues sería la base correcta para que una persona pudiese patronear una embarcación de chárter. La carencia principal de este título es la formación práctica . 24 horas de prácticas son a todas luces insuficientes para llevar pasaje con seguridad. Tu te subirías a un avión con un piloto con 24 horas de vuelo? :brindis::brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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sigo el hilo con interés y veo buenas argumentaciones de los participantes. Sin embargo, entre dos argumentaciones de peso, pero contradictorias, invariablemente nos tendremos que decidir por la de más peso y desechar la otra... Whitecast: cuando llegas a las prácticas de CY, normalmente (desechemos los extremos de la campana de Gauss) ya hay muchas horas de navegación y en todo tipo de tiempo y en varios tipos de barco de entre los que se emplean para charter. Mi opinión es que si el mercado exige/necesita un tipo de "patrón de charter", no excesivamente caro (competitividad), la Admón. tendrá que facilitar este perfil laboral a la industria. Si nos retrotraemos a la fase de definición de los perfiles (que conducen a los curriculos de estudio), quizá veamos que este nuevo perfil no coincidirá al 100% con el de Marino Profesional ni con el de CY de recreo. Por lo que veo de sentido común que se definan las formas de acceso al nuevo perfil dependiendo de la titulación (curriculo) previa. Es decir, unos podrían tener más materia y otros más horas de enrole, etc. etc. Y desde unos costaría más tiempo y esfuerzo la "habilitación" y desde otros quizás menos... en fin, es hablar por hablar. También creo que este hilo no debería caer en la comparación lisa y llana de conocimientos entre "profesionales" y "recreo". Creo que el resultado de la comparación no nos es útil. El curriculo del profesional es para el abanico de situaciones que se le pueden presentar. El de CY recreo es para su propio abanico de situaciones. Es decir, a un CY recreo no le hará falta calcular la curva de evolución de 2000 TM en plena inercia al doblar un recodo en un canal y mantenerlo en el canal a la salida sin meter la proa en la cafetería de enfrente :D. Pero, por otra parte ¿a qué profesional le hace falta saber cuándo debe aplanar las velas?... Cuando se presenta una nueva situación para el "recreo" (legislación, seguridad a bordo, seguridad laboral, etc.) pues habrá que actualizar el curriculo en consonancia ("habilitación"). En cuanto al tema del "intrusismo"... bueno, esto es tan viejo como el mundo laboral. Históricamente los "gremios" se encargaban de "defender" a sus asociados del "intrusismo". Esto tiene su parte positiva (calidad, responsabilidad, etc.) La parte negativa es un encarecimiento del producto y un freno al desarrollo económico. Pero estos son otros temas (aunque esto último subyace en tema que trata este hilo). ¿Podrían los administrativos protestar por intrusismo a un economista que ocupe un puesto de administrativo...? (a la inversa seguro que sí, por los "gremios"). Para terminar, recordemos que el "trabajo" a bordo de un charter no es el mismo que en un mercante (lo sabéis todos, claro): en el charter, el perfil es: patrón, timonel, marinero de fondeo, trimmer, navegante, marmitón... y señora de la limpieza. Bueno, corto que me extiendo demasiado. Para compensar, una ronda para todos :brindis::brindis::brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Lo que no entiendo es porque un CY puede arriesgar la vida de la gente con 24h de formación práctica sólo si no cobra por ello. La ley permite a un CY llevar a 'x' personas a dar la vuelta al mundo sin cobrar, pero no puede hacer un paseo de media milla cobrando. ¿No es un poco absurdo? :brindis::brindis::brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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1. Lo que es el colmo es que se pretenda que la existencia de titulos sustituya el raciocinio del que contrata a un profesional, que debe asegurarse que la capacidad del contratado es suficiente para cumplir el encargo, tenga titulo o no lo tenga. De la misma manera que ningun promotor encarga el diseño y construccion de un rascacielos a un arquitecto recien licenciado, ni Mario Conde contrataria a un recien licenciado para que le sacara de la carcel, etc. La impresion que da esa normativa absurda y agobiante que teneis ahi es que pretende que las cosas funcionen por decreto, prescindiendo de las capacidades y de la libertad de los ciudadanos. 2. Por otro lado, hablas de las horas de practicas como si las unicas que contaran fueran las oficiales, cuando en realidad las horas de navegacion que influyen de verdad son las realizadas en travesias privadas, familiares, en solitario, etc. (mucho mas que las oficiales con el instructor al lado). 3. Ni el titulo, ni la experiencia, ni la cartilla de navegación, garantizan la competencia. Seguro que en tu profesion conoceras a mas de un inutil con titulo y con una cartilla de navegacion fantastica al que no le confiarias ni un optimist. Sea porque el pobre es cortito y no da para mas, porque tiene problemas personales y se le va la olla, porque bebe o le da a la coca, o lo que sea. De que te sirve ahi tanto titulo y tanta experiencia acreditada? En definitiva, que no hay que dejarse avasallar por una administracion tirana que pretende tenerlo todo controlado, sin dejar espacio, libertad ni dignidad a sus subyugados subditos (eso si: con la excusa de que es por el bien de los ciudadanos que -como todo el mundo sabe- son retrasados mentales y no pueden dar un paso sin que la administracion les diga como deben hacerlo). Saludos, :brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Cómo saber si un CY es competente?
El mar es un medio muy hostil en el cual navegando con una frágil embarcación podemos tener muy fácilmente un imprevisto, como un cabo enredado en la hélice con la costa a sotavento, una vela que no se enrrolla correctamente en medio de un chubasco, una maniobra complicada en puerto con viento duro, el motor de arranque bloqueado, las baterías no responden. Estas y otras situaciones que pueden ser solventadas correctamente por un patrón con experiencia, pueden suponer un accidente si el patrón es novel . Y fíjate que no hago distinción entre patrones de recreo y patrones profesionales, me refiero a patrones que han sufrido todo tipo de situaciones que a base de equivocarse han ido aprendiendo poco a poco a respetar el mar . Las academias de náutica te preparan para tomar rectas de altura, realizar cálculos de estabilidad, analizar partes meteorológicos, y otras muchas cosas que son importantes, pero también hay cosas que no se aprenden en las aulas y solo la navegación real te puede dar. Si el Cy apenas ha navegado , puede llegar a ser un peligro para si mismo y para el pasaje. El cofrade Rookie apuntaba antes que normalmente al terminar las prácticas de Cy se ha navegado suficientemente...Yo hago las prácticas de seguridad en una academia y tengo alumnos que son armadores y tienen una pericia indiscutible, estos alumnos vienen a suponer un 30% del total, el resto su experiencia es más bien escasa y consiste en algún alquiler . Convendría para una futura titulación de charter ,el asegurarse de que el titulado posee una mínima experiencia navegando de al menos 360 días. :brindis::brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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En definitiva, el titulo no es una panacea. Por tanto, si total el titulo no supone la garantia que pretende, tampoco tiene sentido basarlo todo en el, porque al final todo sigue depende de que el interesado -sea el armador o el cliente de la empresa de charter- ejerza su sensatez, tome sus precauciones y se asegure que cuando contrata a alguien tiene la capacidad y experiencia adecuadas (El problema es que esa sensatez es la que la administracion española no quiere reconocer a sus subditos y les dice "ya me encargo yo de que el patron tiene la competencia", lo cual es imposible y ademas atenta a la dignidad de las personas). :brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Cita:
Tengo titulación de la marina mercante, concedida en otro país, titulación de recreo, también extranjera y titulación de recreo española. Ningún título, me hace ser buen marino. Apenas me habilita para navegar dentro de sus propias limitaciones. Seguramente patroneando un megayate de lujo con personal de alto poder adquisitivo, sería bastante malo (nunca mne he preparado para ello). Lo que hace falta es una destreza para cualquier oficio: teórica y páctica. Para charter, creo que ni el oficial mercante ni el CY reunen todas las destrezas necesarias. Bien lo expone Rookie. Se debería preparar un "curriculum" y unos estudios teórico prácticos para tal fin, no sea que acabemos perdiendo estos perfiles profesionales para otos paíes vecinos, con peores condiciones climatológicas y geográficas (marinas) pero con mayor sagacidad. Nadie sale preparado prácticamente de ninguna titulación , por eso los MIR, escuelas de práctica jurídica o talleres de albañilería. También la necesidad de horas prácticas para los marinos. Mientras no exista un perfil definido para el oficio, todos los demás son remiendos. :brindis::brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Saludos:
Yo como profesional en mi vida he pisado un mercante, en cambio veleros llevo unos cuantos. Creo que estáis muy equivocados al confundir profesional con oficial mercante o capitán mercante. Los alumnos de las escuelas náutico-pesqueras , en una gran mayoría ven la náutica de recreo como única salida profesional , y se preparan para ello (navegando a vela, aprendiendo idiomas). Creo que tenéis un concepto muy arcaico de lo que supone un profesional de la marina mercante. :brindis::brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Saludos cofrades, si me permitis ampliar información sobre el paralelismo con la aviación comercial y es el siguiente:
La habilitación para volar lo da la administración; Ambito público El mando de la aeronave lo da la compañía; Ambito privado Conclusión si la experiencía es el problema serán las propias compañias charter las que se preocuparán de la cualificación de las personas que contraten. Lo que habría es que tener sanciones rigurosas por si alguien lo incumple. Saludos. Coronadobx |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Muy fuerte, que los que se meten en la nautica pesquera, estén pensando en llevar unos borrachos( yo me incluyo) a dar una vuelta por la ría o bahía.
Sigo en mi idea de que debería la administración, preparar un curriculum específico de profesional de nautica de recreo (hostias esto suena mal). Y veo más preparado un CY con experiencia, que un patrón de cabotaje o lo que sea, y ya no digamos a un mercante, pues mi gandul lleva un montón de cosas pero de ahí a compararlo con un petrolero. Lo dicho cada cuál a lo suyo, los pesqueros a pescar y los mercantes a petrolear. Y el CY que ponga otra ronda de cervecitas a los cofrades:brindis:. Si es profesional claro. PD: Luis ve enfriando cervezas que en SS voy para Vigo. Y te vuelvo a contratar. Que tu si eres un profesional. Por aguantarnos y esa magnifica forma de tirar cervezas. |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Tabernerooo, un "single malt" para el amigo Jangada!:borracho: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Tómate algo que te invito yo!. Saludos. :brindis: :brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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bromas aparte, en mi caso me he referido a la concepción clásica de la marina mercante, a pesar de conocer algunos titulados superiores en módulos que son chaval@s muy buenos marinos, y que han aprendido un concepto naútico más moderno. unas caipirinhas para todos...:brindis::brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Unas rondas de havana 7 que es viernes¡¡ No puedo estar más de acuerdo con la creación de una titulación específica para la náutica de recreo, lo que si me opongo es al parche que supondría la homologación directa de los cy. La titulación que tienen los ingleses yachtmaster ocean with commercial endorsement está muy bien diseñada. Permite el manejo de embarcaciones de recreo hasta 24 m. consta de asignaturas como mantenimiento de motores, manejo de embarcaciones de vela y motor, primeros auxilios, cursos de supervivencia , contraincendios, ARPA, ECDIS, AIS. Y lo más importante para recibir el commercial endorsement deben justificar no menos de 5000 millas navegadas (las justifica un patrón profesional en el rol) Este sería el modelo de titulación adecuada a mi modesto entender |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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:brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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Pero, ojito, quizás las empresas contratarían a nuestros posibles flamantes "Commercial Yachtmasters" como autónomos........... :capitan: ¡Bienvenido el Havana 7! :borracho: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Viene del post "Necesito buceador para limpieza de obra viva en Almerimar" publicado el 02/04/09 por Tomari, pero creo que puede venir al hilo......
Buenas noches a todos los cofrades que a estas horas siguen al pié del cañón. Para ellos tabernero unas :brindis: No es por querer ser aguafiestas pero últimamente, y a mi parecer con un poco de razón, aunque siempre puede ser discutible, la mayoría de los clubs nauticos o "marinas" como se les llama ahora, no permiten que trabaje ningún "buzo - submarinista" en las embarcaciones amarradas que no sea "profesional" con la convinencia del club y la mayoría de las veces con contrapartidas a parte. Es lógico pues si algo ocurriera daría lugar a un gran y complicado problema en cuanto a aseguradoras, etc, etc. Una posible solución fuera de toda legalidad pero también fuera de todo problema por parte de tu "club" es que salieras y fondearas en algún lugar cercano y tu amigo que tiene el Padi u otro similar te echara una mano y limpiaras el casco (obra viva) de caracolillo , etc, etc. Claro que si quieres dar antifouling no tienes más remedio que sacar el barco. Esto me suena a lo ya anteriormente comentado que los varaderos de los puertos/ "clubes" no permiten que uno mismo se haga las pequeñas reparaciones sino que deben realizarse mediante una empresa con sus TC2 y otros. No sé y no comprendo entonces que si casi todo el mundo pasa por el aro con estos temas, pues para realizar estas labores se comprende/sobreentiende/pasa por el aro, en que sea un profesional el que realice estas labores no se ENTIENDA Y COMPRENDA que para trabajar en una embarcación se deba poseer el título profesional. La mayoría nos sentimos capacitados para dar un antifouling o hacer ciertas reparaciones en el barco, así como muchos poseemos/poseen titulación deportiva de submarinismo, pero entonces para estos temas casi no se discute. Esto me dá algo en que pensar................. Realmente el tema me ha venido de rebote, pero de verdad que me dá en que pensar..... |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Transcribo literal tal cual
MIGUEL MANSO La industria del charter náutico verá cumplida en breve una de sus reivindicaciones más añejas. El Ministerio de Fomento permitirá a los capitanes de yate obtener una retribución económica por el gobierno de las embarcaciones de alquiler, según han confirmado a Gaceta Náutica fuentes oficiales del Ejecutivo central. El estudio y la redacción del texto legal corre a cargo de la Marina Mercante, órgano adscrito al Ministerio. «A día de hoy sólo los navegantes con titulación profesional están autorizados para trabajar como asalariados en un chárter según la orden ministerial de 4 de diciembre de 1985», señalan desde Fomento. Ante la escasez de profesionales disponibles, las empresas del sector han adoptado dos soluciones: arrendar los barcos sin tripulación o jugarse una sanción y contratar a personas con titulación de recreo. Las compañías baleares consultadas afirman que los patrones de cabotaje o los licenciados en la carrera náutica de marino mercante no demandan este tipo de empleo. «Sus conocimientos atañen a las embarcaciones de motor más que a las de vela. Además, exigen una remuneración elevada y te pueden dejar tirado en cualquier momento porque están pendientes de enrolarse en la Trasmediterránea», apostillan. La opinión de los tripulantes profesionales es bien distinta. Sus quejas han traspasado la frontera de las dársenas y se multiplican en Internet. Valga como ejemplo la respuesta de uno de ellos en una web especializada: «La ley debería perseguir a los que chartean con títulos deportivos y a los que les dan empleo. Nuestra profesión está tirada porque cuando vas a pedir trabajo y les dices que eres un patrón de altura de la marina mercante, como es mi caso, se creen que están hablando con alguien que ha obtenido la certificación por la cara. Piensan que somos igual que los deportivos o los jubilados, que también molestan lo suyo». Carlos Bosch, gerente de la Asociación de Patrones de Yate, sostiene que en la práctica, «los mercantes aspiran a llevar embarcaciones de mayor porte y a no tener que aguantar a los clientes». A su juicio, «es importante no confundir el chárter recreativo, cuyo objeto es que se diviertan los clientes, con el de día o cabotaje, que está ligado al transporte de pasaje entre dos puntos de la costa». Desde esta asociación con sede en Barcelona han elevado su propia propuesta de nueva reglamentación al Gobierno central. Para un velero con un máximo de doce pasajeros que se explota con fines lucrativos reclaman la validez de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. «Sería interesante que además tuvieran conocimientos adicionales de meteorología, primeros auxilios y supervivencia en la mar. La lucha contra incendios o las vías de agua no se resuelven igual en un mercante que en una embarcación de 11 metros», señala Bosch. Asimismo, recomiendan que se justifique un mínimo de 30 días de navegación y un examen práctico. La prueba consiste en una salida de más de 150 millas controlada por la empresa escogida por la Administración para que acredite la valía. «La idea es permitir que el cliente final, que en muchos casos no tiene ni idea de navegar, disfrute de una travesía placentera con alguien a bordo que resuelva todos los problemas», apunta Carlos Bosch. «En este tipo de empleos es importante saber actuar como guía turístico, aconsejando a las tripulaciones el recorrido más adecuado en función del perfil del usuario», añade. Fuente: www.diarioderegatas.com |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Supongo que esta información tendrá que salir publicada en algún documento oficial para que se haga efectiva, ¿no? La cosa es, SI sale, ¿cuanto tardará?
Yo me imagino que este verano seguiremos viendo gente no cualificada sacando charters de los puertos de nuestras costas. La razón por la que yo defiendo que los capitanes deberían poder llevar charters es que limitandolo a ellos (puesto que la formación que reciben es, logicamente, muy superior a la de patrón de yate y por supuesto a la de PER) las empresas podrían cubrir la demanda de profesionales y por fin la ley podría empezar a hacerse cumplir. En tiempos de crisis como estamos, al gobierno no le interesa que nadie ande trabajando sin cotizar a la SS y sin pagar su IRPF por los rendimientos del trabajo. ¿Os imaginais cuanto se le puede llenar la boca a nuestro ZP diciendo que ha creado xxxx puestos de trabajo en el "sector náutico"?. |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
El Gobierno permitirá a los capitanes de yate trabajar en chárter
náutico? |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Cita:
En la náutica se parece más al sistema académico, donde están los universitarios y los de FP. Si el programa de FP es equiparable al de CY, no veo porqué no se puede homologar el título, como parte académica, y luego exigir una serie de cursos que equiparen la formación de unos y otros a nivel práctico. El título de FP siempre será superior y tendrá otras atribuciones, pero es indiscutible que no hay diferencia entre patronear tu barco sin cobrar y hacerlo cobrando. Lo que hay que hacer es ser muy estrictos con la seguridad y la pericia. ¿Por qué no hacer un exámen práctico para la expedición del título de CY profesional, donde se demuestre que se sabe qué hacer en una emergencia, una reparación para escapar, un problema médico, etc?. Ribetano |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Cita:
Saludos y unas rondas. Yo personalmente pienso que la titulación aeronaútica (general) es más similar (por supuesto salvando las distancias que son enormes) a la naútica, en el sentido que cada titulación que obtienes te habilita a llevar un tipo de aeronave con unas limitaciones concretas. En el mundo universitario hasta que no se termina la carrera no eres "oficialmente nada". Yo no veo problemas a habilitar a CY de recreo para funciones profesionales, ahora no soy muy partidario en general de añadir mas "burocracia" tipo examen práctico en el que creo que es imposible demostrar si uno vale o no. De hecho me parece que mucho del "papeleo" que se pide es más una cobertura legal de la administarción que algo que realmente sea util para formar buenos marinos. Lo que me gusta de la aviación es que uno puede ser oficialmente piloto, pero el titulo como tal no te sirve de nada. Son las horas de vuelo y la posterior formación donde realmente se obtiene la "habilitación" para volar un modelo de avión determinado. Saludos. Coronadobx |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
os tendrian que quitar el titulo a muchos como tu
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Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
Cita:
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Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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:cagoento: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
es porque se ha "despertao tarde" hombre, ya se explicará cuando quiera, o no.:cunao::cunao:
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Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
:eek: Que prontos tiene algunos!. :cunao: :cunao:
Saludos. :brindis: :brindis: |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
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¿Por qué? ¿Porque te digusta que alguien opine y ejerza su derecho a expresar lo que piensa? ¿Quizás es porque no piensa como tu? Si se lo "tendrían" que quitar a él y a otros por una arbitrariedad como esta, quizás a ti también te "tendrían" que quitar algo, por las mismas razones... |
Re: Los capitanes de yate podrán ejercer profesionalmente
!!!!!NNNNOOOO!!!!!!!!
Me leo todo este tocho esperanzado en encontrar la motivación para presentarme CY y resulta que la actualización del tema era por un pasajero cabreado por un retraso aeronautico:cunao::cunao:................... digo yo. |
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