La Taberna del Puerto

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-   -   El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=163598)

navegante 2007 30-09-2017 21:00

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 2049124)
Yo estoy de acuerdo con ANAVRE y con su objetivo muy loable como es facilitar el acceso a la náutica a cada vez más gente. En mi opinión las propuestas realizadas están bien aunque en mi opinión las grandes barreras de entrada son por una parte el precio de los amarres y los impuestos que afectan al sector , que sin duda son de los más altos de Europa .


El tema de las revisiones , material de seguridad, etc estoy de acuerdo en ampliar las fechas de revisiones de las balsas, baterías de epibs sarts, etc así como reducir homologaciones absurdas, en eso creo que en breve la legislación se flexibilizará aunque repito, esto es el chocolate del loro comparado con la tributación y los amarres.

Con respecto a este párrafo creo que se podría mejorar el escrito si no se citase normativa que no es aplicable al efecto



Creo que el derecho marítimo es bastante complicado, pero afirmar que la regla del código civil artículo 10 (una regla del siglo XIX) está en vigor y que los barcos de bandera extranjera se regirán por su ley de bandera independientemente de donde se encuentren me parece que es simplficar en exceso la profusa normativa existente

Solo por citar algunas normas , el CNUDM 82 de montego bay dice que en aguas interiores las embaraciones quedarán sometidas a la legislación del estado ribereño, o el RDL 2/2011 por la cual se fijan las competencias del ministerio de fomento:



En la ley 14/14 de navegación



Viendo que hay varias reglas que regulan la misma materia y que ambas tienen aparentemente la misma categoría y analizando el propio código civil en su artículo 2ª vemos lo siguiente:



En el caso del derecho penal es más sencillo y se aplicaría un concurso aparente de normas del artículo 8 del Cp por el principio de especialidad pero no es el caso.

Por todo lo dicho anteriormente creo que el artículo 10 del CC ha sido derogado tácitamente por el CNUDM del 82 y por el RDL 2/2011 ya que en ambas se incluyen disposiciones derogatorias ( A la entrada en vigor de la presente ley quedarán derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la misma) por lo que entiendo que se debería modificar el escrito en ese punto ya que de otra forma podrían no ser consideradas vuestras propuestas por ese defecto formal y sería una lástima.

SAludos

Creo que te van a catear, pregunta a tu Tutor de la Uned como se derogan las Leyes.Quizás por antigüedad? .Haces una mezcla de Derecho Ínternacional Público, Privado, Constitución y Código Civil.Qué Disposición Derogatoria ves en el Texto Refundido de la Ley de Puertos y Marina Mercante, creo que solo tiene Adiconales, Transitorias y Finales.

whitecast 30-09-2017 23:20

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por navegante 2007 (Mensaje 2049163)
Creo que te van a catear, pregunta a tu Tutor de la Uned como se derogan las Leyes.Quizás por antigüedad? .Haces una mezcla de Derecho Ínternacional Público, Privado, Constitución y Código Civil.Qué Disposición Derogatoria ves en el Texto Refundido de la Ley de Puertos y Marina Mercante, creo que solo tiene Adiconales, Transitorias y Finales.

Cita:

DISPONGO:
Artículo único. Aprobación del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la
Marina Mercante.
Se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Disposición adicional única. Remisiones normativas.
Las referencias efectuadas en otras disposiciones a las normas que se integran en el
Texto Refundido que se aprueba, se entenderán efectuadas a los preceptos
correspondientes de este último.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al
presente Real Decreto Legislativo y al Texto Refundido que se aprueba y, en particular, las
siguientes:
a) La Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
b) La Ley 62/1997, de 26 de diciembre, de modificación de la Ley 27/1992, de 24 de
noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
c) La Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de
servicios de los puertos de interés general.
d) La Ley 33/2010, de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26 de
noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés
general.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto Legislativo y el Texto Refundido que aprueba entrarán en vigor
el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 5 de septiembre de 2011.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Fomento,
JOSÉ BLANCO LÓP
De todas formas ya quedó explicado en el anterior post, si no entiendes que una norma de derecho privado no puede regular la jurisdicción de los estados en sus aguas territoriales , yo no se explicarlo mejor.... respecto a tus buenos augurios respecto a mi examen... pues tienes razón lo más fácil es que el tribunal me suspenda, pero por intentarlo que no quede:cool:

Glub 01-10-2017 13:48

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por popeye IV (Mensaje 2049089)
Hola Bertie. Sobre este tema en concreto que comentas.

Bueno, nosotros le hicimos saber a Marina Mercante que estaremos a la expectativa con este tema, yo reconozco que les vi algo inseguros.
También es verdad que íbamos con dos juristas de la junta directiva que son
dos especialistas en estos temas, Ángel López Jubete y Jaime Darder, dos verdaderos cracks..

Anavre a comenzado una nueva época.
Ahora que ya tenemos nuestra casa en orden, intentaremos usar la vía de la colaboración con Marina Mercante y el resto de administraciones, pero si vemos que los usuarios no somos tenidos en cuenta, nos veremos obligados a usar otras medidas de presión, y así lo hicimos saber en la reunión del jueves.

¡¡Ya esta bien que se legisle de espaldas al ciudadano/usuario!!:cagoento:


Por lo que veo, Anavre va estar frente a la administración defendiendo la náutica ¿Es así?

Jadarvi 01-10-2017 13:58

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Como siempre, sólo que unas veces haciendo más ruido que otras...

:brindis::brindis::brindis: salud!!

popeye IV 01-10-2017 14:07

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por Glub (Mensaje 2049250)
Por lo que veo, Anavre va estar frente a la administración defendiendo la náutica ¿Es así?

Que no se confundan mis palabras. Anavre va a estar al lado de la Administración para que la Náutica de Recreo avance, somos dialogantes, pero en caso necesario, y si vemos que no se nos tiene en cuenta cuando tengamos cambios normativos, no descartamos situarnos frente a ellos , y tomar todas las medidas legales necesarias que estén a nuestro alcance para defender nuestra afición y nuestros derechos.

Por eso es tan importante para nosotros la unión de todos los navegantes.

Saludos.:brindis:

Piratacojo 01-10-2017 19:54

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
No me cabe duda, de que nuestros gobernantes, nos proporcionarán una ley francamente madurada.

vecino 01-10-2017 21:20

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por popeye IV (Mensaje 2049257)
Que no se confundan mis palabras. Anavre va a estar al lado de la Administración ...

:nosabo:

Jadarvi 02-10-2017 09:40

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Es sencillo, trabajaremos con la administración para intentar mejorar y simplificar la normativa náutico-recreativa y, ojalá, llegar a conseguir un cuerpo normativo y un órgano rector propios... pero dicha colaboración no excluye la crítica ni la oposición frontal si es necesario en caso de que estimemos que se está actuando en contra de los intereses y derechos de los navegantes.

En el caso que nos ocupa, lo cierto es que nuestras propuestas van más allá de lo que se puede hacer con una simple Orden Ministerial, algo que se hizo pensando en que en el caso de las titulaciones se pasó de regularlas mediante OM a Real Decreto. Y proponemos medidas que, si se desea, pueden incluirse en cualquier RD que se promulgue en materia marítima u otras.

En cuanto a la nueva Orden Ministerial (u orden FOM), está en fase de elaboración y es el momento de influir en lo que podamos, y aunque a nuestro entender, una vez más, se queda corta la administración, da la impresión de que será un paso en la buena dirección... Que debería ir seguido por otros más adelante, pero eso habrá que verlo.. por eso debemos mantenernos junto a la Administración, pero ello no supone una colaboración incondicional y acrítica, sino una oportunidad de acercarle el parecer y deseos de los navegantes con el fin de acercar posturas y mejorar la normativa. Y, por supuesto, permaneceremos atentos para el caso de que se promulguen o intenten promulgar cambios normativos que atenten contra nuestros intereses y derechos.

Y, como no me canso de decir, todo esto se hace más fácil teniendo medios, y tener medios se consigue teniendo más socios, cuantos más mejor, a fin de tener más peso a la hora de presentar nuestras posiciones a la Administración, y también incrementar los recursos económicos de la Asociación de modo que podamos incrementar equipos, asumir costes de desplazamientos, lanzar campañas en medios y redes sociales, etc...

:brindis::brindis::brindis: ¡Salud!!!!!

Fuerza 7 02-10-2017 15:10

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 2049124)
Yo estoy de acuerdo con ANAVRE y con su objetivo muy loable como es facilitar el acceso a la náutica a cada vez más gente. En mi opinión las propuestas realizadas están bien aunque en mi opinión las grandes barreras de entrada son por una parte el precio de los amarres y los impuestos que afectan al sector , que sin duda son de los más altos de Europa .


El tema de las revisiones , material de seguridad, etc estoy de acuerdo en ampliar las fechas de revisiones de las balsas, baterías de epibs sarts, etc así como reducir homologaciones absurdas, en eso creo que en breve la legislación se flexibilizará aunque repito, esto es el chocolate del loro comparado con la tributación y los amarres.

Con respecto a este párrafo creo que se podría mejorar el escrito si no se citase normativa que no es aplicable al efecto



Creo que el derecho marítimo es bastante complicado, pero afirmar que la regla del código civil artículo 10 (una regla del siglo XIX) está en vigor y que los barcos de bandera extranjera se regirán por su ley de bandera independientemente de donde se encuentren me parece que es simplficar en exceso la profusa normativa existente

Solo por citar algunas normas , el CNUDM 82 de montego bay dice que en aguas interiores las embaraciones quedarán sometidas a la legislación del estado ribereño, o el RDL 2/2011 por la cual se fijan las competencias del ministerio de fomento:



En la ley 14/14 de navegación



Viendo que hay varias reglas que regulan la misma materia y que ambas tienen aparentemente la misma categoría y analizando el propio código civil en su artículo 2ª vemos lo siguiente:



En el caso del derecho penal es más sencillo y se aplicaría un concurso aparente de normas del artículo 8 del Cp por el principio de especialidad pero no es el caso.

Por todo lo dicho anteriormente creo que el artículo 10 del CC ha sido derogado tácitamente por el CNUDM del 82 y por el RDL 2/2011 ya que en ambas se incluyen disposiciones derogatorias ( A la entrada en vigor de la presente ley quedarán derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la misma) por lo que entiendo que se debería modificar el escrito en ese punto ya que de otra forma podrían no ser consideradas vuestras propuestas por ese defecto formal y sería una lástima.

SAludos

:meparto::meparto::meparto: cuando aprenderas...yo ya te dejo por imposible ... no tienes poso en aplicabilidad...

En fin te deseo que apruebes en la Uned y que aprendas de la experiencia...

Espero que algun día pueda leer comentarios tuyos con coherencia y con el poso que da la humildad y la experiencia...

Entre tanto mi mas calurosa enhorabuena al equipo de Anavre, por como esta desarrollando las gestiones en torno a este asunto, el escrito remitido, me parece bien estructurado, y coherente, como reciente socio, seguiré a la expectativa del desarrollo de los acontecimientos, y reitero lo dicho, cuentan con mi apoyo para lo que sea necesario...:brindis:

Magallanes 02-10-2017 15:22

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por Fuerza 7 (Mensaje 2049509)

En fin te deseo que apruebes en la Uned y que aprendas de la experiencia...

Este comentario esta de mas.
Te ruego respeto y, al menos si decides hacer este tipo de comentarios, en tono despectivo como así parece, te informes antes, además de hacerlos en los foros y lugares apropiados.

Fuerza 7 02-10-2017 15:34

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 2049138)
Mira cofrade por abundar más en la materia, la interpretación de las leyes es un procedimiento intelectual mediante el cual se intenta determinar el alcance de una determinada norma, pueden usarse distintas técnicas para su interpretación , una de ellas es el análisis sistemático, que se basa en que el ordenamiento jurídico es un conjunto ordenado y sistematizado.

Pues bien analizando el artículo 10 del CC vemos que está encuadrado en el título preliminar (denominado: de las normas jurídicas su aplicación y eficacia) capítulo IV (Normas de derecho internacional privado)

Las normas de derecho internacional privado como su nombre indica sirve para resolver conflictos privados. Desde el punto de vista PRIVADO lo que el CC viene a decir es que el buque estará únicamente sometido a las normas de su pabellón, es decir, el régimen de propiedad, derechos reales limitativos y de garantía (hipotecas) ,condiciones de transferencia y formas de publicidad (registro de bienes muebles).


exposición de motivos del Decreto 1836/1974, de 31 de mayo, por el que se sanciona con fuerza de Ley el texto articulado del título preliminar del Código Civil.




Cuando hablamos de la ley 14/14 , del RDL 2/2011 o del convenio de Montego Bay estamos hablando de derecho internacional público, que regula la actuación de los estados y por lo tanto el famosísimo artículo 10 del CC en ningún caso puede regular ni agotar la materia que estamos tratando (la jurisdicción de los estados ribereños sobre los buques en sus aguas territoriales)

Espero que la macedonia no se te atragante, unas birras para pasar el trago compañero:brindis:


(Disculpad la turra es que tengo un examen y así aprovecho para repasar, PD el derecho marítimo no es sencillo)

Aqui dices por fin alguna cosa coherente, algo has aprendido despues de todo, como yo he dicho anteriormente en reiteradas ocasiones, el derecho internacional armonizado por los paises firmantes, és directamente el que se vulneraría en el caso de meterse a regular de manera general el tema que pretende, y desde luego las instancias judiciales son para las normas armonizadas las internas y para lo tocante al resto las instancias internacionales, como el tribunal internacional del Derecho del Mar cuya sede se encuentra en Hamburgo y al que un servidor ya ha tenido que recurrir en ocasiones anteriores por asuntos que no toca comentar aqui...

El hecho de que los paises firmantes de tratados internacionales, se metan en el jardín de legislar y metan la pata con normas palmariamente contrarias a normativa propia armonizada y normativa de derecho internacional, no es algo nuevo... y pueden encontrarse variados ejemplos jurisprudenciales que sería prolijo ennumerar, lo que ocurre es que si no se recurre convenientemente y siguiendo los cauces previstos y a las instancias competentes, se incorpora a la normativa, y se le confiere aplicabilidad, esto no quiere decír que normativamente sea lo correcto pero se hace...

en fin...una de cal y otra de arena...querido amigo rey del corta y pega...pero reconozco que aqui tienes un comentario bien direccionado...aunque tampoco hace falta que le des esa caña al cofrade...:brindis:

Fuerza 7 02-10-2017 15:48

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por Magallanes (Mensaje 2049514)
Este comentario esta de mas.
Te ruego respeto y, al menos si decides hacer este tipo de comentarios, en tono despectivo como así parece, te informes antes, además de hacerlos en los foros y lugares apropiados.

En ningun caso es despectivo, muy al contrario...y estará de más para ti.

El desearle que apruebe es de corazón, porque me recuerda a mi mismo, el amigo white, cuando yo era como él, y estudiaba derecho hace ya bastantes años, en aquella época que me creía que todo lo sabía... por lo que respeto tu comentario pero esta fuera de lugar.

Y el estar informado o no, no es menester tu juicio en este asunto pues no te encuentras facultado para emirtirlo contra mi fuera de una mera opinión gratuíta...puesto que no sabes quien soy, y como tal la asumo.

En todo caso las opiniones son como los culos y tan respetable es la tuya como la de cualquiera, en este caso me produce risa, que el amigo White, pretenda corregír al equipo jurídico de Anavre, y a una persona que por como habla se percibe claramente, que sabe de lo que habla que es Jadarvi, y mi diatriba es cariñosa para white, con el que ya he tenido otras intervenciones, y siempre he sido justo con él, cuando ha dicho o hecho las cosas ajustadas a la realidad jurídica le he dado la razon y cuando no pues le he corregido...en fin...la discusion es sana..:brindis:

markuay 02-10-2017 15:57

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por Piratacojo (Mensaje 2049312)
No me cabe duda, de que nuestros gobernantes, nos proporcionarán una ley francamente madurada.



:meparto::meparto::meparto::meparto:


:brindis::brindis:

Fuerza 7 02-10-2017 16:15

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por Glub (Mensaje 2049250)
Por lo que veo, Anavre va estar frente a la administración defendiendo la náutica ¿Es así?

Considero enormemente acertada la respuesta del presidente de Anavre a tu pregunta, la vía del diálogo y la negociación es la que dará siempre mejores resultados, y nunca la confrontación de entrada...

El encontrar en la DGMM a responsables sensibles y con la inteligencia necesaria para poder ver, que para la adaptación de la regulación de la Nautica de Recreo Española a parámetros coherentes y llevarla a la altura de paises mas avanzados es necesaria la interlocución con los afectados, es muy reconfortante. Pues el espiritu de toda normativa debería ser, que se realice con la máxima representación de los sectores afectados por la misma, cosa que en el caso que nos ocupa no es diferente.

Y sólo para el caso en el que se pretenda regular en contra de los intereses de las personas afectadas, sin tan siquiera escucharlos, esta como último recurso el enfrentamiento en sede judicial de ambas posturas...
:brindis:

Fuerza 7 02-10-2017 16:21

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por Piratacojo (Mensaje 2049312)
No me cabe duda, de que nuestros gobernantes, nos proporcionarán una ley francamente madurada.

:cunao: al menos si no se cae de madura, esperemos que si se recojan las aportaciones que se han realizado, considero conociendo a esta administración que sería muy positivo, aunque he de reconocer que también estoy algo escéptico...:brindis:

PD: Nos quedó una conversación pendiente, pero con la peque no me fue posible ir por el club antes de vuestra partida, espero que tuvierais buena travesía, un abrazo...:brindis:

whitecast 02-10-2017 19:00

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Qué le habré hecho yo al cofrade fuerza 7 para que me tenga tanta manía, unas estrelas galicia para él y para todos los cofrades:brindis::meparto:

PD:
Es un examen un poquito más serio que la uned, digamos que si apruebo este examen me aseguro un trabajo para toda la vida

Gracias por los buenos augurios

whitecast 02-10-2017 20:26

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

El hecho de que los paises firmantes de tratados internacionales, se metan en el jardín de legislar y metan la pata con normas palmariamente contrarias a normativa propia armonizada y normativa de derecho internacional, no es algo nuevo...
Podrías aclarar a que norma se opondría,( artículo a poder ser) el estado en el caso de que se regulara la llamada ley azul, es que los conceptos derecho internacional, legislación armonizada me parecen un tanto vagos.

Algunos dicen que los artículos 19 a 27 del CNUDM , otro el 94 pero no me queda muy claro hasta que punto son aplicables dichas normas en las aguas interiores, en el caso que estamos tratando las más relevantes al ser las que en su mayor parte utilizan las embarcaciones de recreo.

Respecto a lajurisdicción de los estados respecto a los buques /embarcaciones extranjeras en paso inocente en mar territorial , paso en tránsito en aguas de los estrechos o alta mar queda meridianamente claro y no hace falta abundar más.

En mi opinión , un buque extranjero en aguas interiores españolas tiene que cumplir lo que españa determine mediante su ordenamiento interno, otra cosa es que me parezca bien o mal, pero por poder puede y estaría amparado por el CNUDM de Montego Bay

Cabot 02-10-2017 21:24

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 2049595)
Qué le habré hecho yo al cofrade fuerza 7 para que me tenga tanta manía, unas estrelas galicia para él y para todos los cofrades:brindis::meparto:

PD:
Es un examen un poquito más serio que la uned, digamos que si apruebo este examen me aseguro un trabajo para toda la vida

Gracias por los buenos augurios

Animo y mucha suerte en ese examen.
Saludos

Jadarvi 04-10-2017 14:29

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 2049611)
Podrías aclarar a que norma se opondría,( artículo a poder ser) el estado en el caso de que se regulara la llamada ley azul, es que los conceptos derecho internacional, legislación armonizada me parecen un tanto vagos.

Algunos dicen que los artículos 19 a 27 del CNUDM , otro el 94 pero no me queda muy claro hasta que punto son aplicables dichas normas en las aguas interiores, en el caso que estamos tratando las más relevantes al ser las que en su mayor parte utilizan las embarcaciones de recreo.

Respecto a lajurisdicción de los estados respecto a los buques /embarcaciones extranjeras en paso inocente en mar territorial , paso en tránsito en aguas de los estrechos o alta mar queda meridianamente claro y no hace falta abundar más.

En mi opinión , un buque extranjero en aguas interiores españolas tiene que cumplir lo que españa determine mediante su ordenamiento interno, otra cosa es que me parezca bien o mal, pero por poder puede y estaría amparado por el CNUDM de Montego Bay


La verdad es que es un lío... nosotros, como comprenderás, no sólo nos fiamos de nuestro criterio, hablamos con más gente, unos hablan de CC, otros de Convenio del Mar, otros de Montego Bay... al final, realmente, la cuestión es definir el alcance de la expresión "aguas interiores" y el criterio de extensión de las normas... porque, por ejemplo, en Turquía lo que hacen es que estés en paso inocente o no, si no tienes tanque de aguas negras, te precintan el inodoro hasta que salgas de sus aguas, pero no se meten con el material de seguridad, titulaciones, etc ... y eso lo hacen porque es normativa medioambiental, convenio internacional MARPOL, etc..,. aquí, sin embargo, eso no se hace....

Y, por otra parte, si hacemos esa extensión de nuestra normativa a banderas extranjeras que no estén en "paso inocente", digamos que acudimos al criterio francés, es decir, barcos con base en puertos franceses, no podemos distinguir entre unos barcos y otros en función de la residencia de los armadores, porque eso sería totalmente ilegal... Y yo me pregunto, ¿cómo piensan inspeccionar a los miles y miles de barcos de bandera extranjera que están en puertos españoles? ¿Obligándoles a pasar ITB? Ni te cuento la que se puede liar con las autoridades de bandera y armadores no residentes..

:brindis::brindis::brindis: salud!

3er cuadrante 04-10-2017 15:33

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Delirant isti romani

:loco:

whitecast 04-10-2017 15:35

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Desde luego no es una normativa de fácil aplicación, pero lo mismo se decía de las titulaciones en relación con la famosa dA5 y al final se aplicó y no pasó nada, no hubieron ningún tipo de traumas, pese a que algunos auguraban que sería impugnada y suprimida antes de su entrada en vigor ya que violaba los tratados internacionales, europeos etc

Yo creo que este caso es exactamente el mismo solo que en vez de los títulos se regulan los requisitos de seguridad pero los argumentos para una sirven para la otra exactamente igual.

Esperemos a ver que pasa, probablemente nunca entre en vigor, o si:nosabo:

Jadarvi 04-10-2017 20:59

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 2050031)
Desde luego no es una normativa de fácil aplicación, pero lo mismo se decía de las titulaciones en relación con la famosa dA5 y al final se aplicó y no pasó nada, no hubieron ningún tipo de traumas, pese a que algunos auguraban que sería impugnada y suprimida antes de su entrada en vigor ya que violaba los tratados internacionales, europeos etc

Yo creo que este caso es exactamente el mismo solo que en vez de los títulos se regulan los requisitos de seguridad pero los argumentos para una sirven para la otra exactamente igual.

Esperemos a ver que pasa, probablemente nunca entre en vigor, o si:nosabo:

Lo de la DA 5 es porque nadie ha formulado una queja todavía... supongo que porque la inmensa mayoría de los españoles que navegamos tenemos titulaciones, y a los extranjeros residentes a nadie se le ocurre preguntarles qué titulación tienen si navegan con barcos de bandera no española...

En Anavre nos planteamos interponer algún tipo de acción judicial, pero no había fondos para mantener un litigio que podía prolongarse en el tempo y ser complicado... Y otras entidades europeas como RYA decidieron quedarse a la espera de lo que ocurriese... pero esto es algo diferente, para empezar porque puede costar bastante pasta a los armadores extranjeros y éstos se van a quejar a sus asociaciones, sobre todo como empiece a haber sanciones.. y luego estamos nosotros, me refiero a los navegantes españoles, que seguro que protestaremos... claro que igual nos limitamos a protestar en el bar y luego no hacer nada, como ha ocurrido tantas veces, o a pedir que nos saque las castañas del fuego otro...

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Apagapenol 04-10-2017 21:25

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 2050112)
Lo de la DA 5 es porque nadie ha formulado una queja todavía... supongo que porque la inmensa mayoría de los españoles que navegamos tenemos titulaciones, y a los extranjeros residentes a nadie se le ocurre preguntarles qué titulación tienen si navegan con barcos de bandera no española...

Buenas, cofrades:

La DA5 salió porque nuestra bienamada Administración pensó que la razón fundamental para que tantos navegantes cambiaran de bandera era navegar sin titulación, sin reparar en que existen otros condicionanantes mucho más importantes, relacionados con la madurez y responsabilidad de los patrones y con el intervencionismo desmesurado de la propia Administración. Y sacó la DA 5 como medio coercitivo (la Administración parece que sólo piensa en esos términos) para hacer volver al redil (es decir, a pagar para mantener los chiringuitos de los amiguetes) a todos los que no tuvieran titulación, que son realmente muy pocos.

Y ahora que ven que la DA5 no ha servido de nada, pretenden volver a las andadas (es decir, a los medios coercitivos) usando como pretexto la "seguridad", copiando la Ley Azul francesa, que ni para eso tienen inventiva.

Cofrade Jadarvi, cuando dices que ves un atisbo de buena disposición en la Administración, te creo, porque tienes un bien ganado prestigio en esta Taberna y en ANAVRE, :sip::sip: pero cuando veo la actitud y los actos de la Administración me parece que estáis - estamos - tratando con charlatanes y timadores.

Saludos y :brindis:

HIPPIE 04-10-2017 22:06

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
por eso yo decia que estaba de vuelta de todo.....:p:sorry::gracias::velero:

Jadarvi 05-10-2017 16:11

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por HIPPIE (Mensaje 2050125)
por eso yo decia que estaba de vuelta de todo.....:p:sorry::gracias::velero:

Pues si todos tuviésemos la misma actitud... nadie haría nada y tú no podrías navegar con pabellón no español...

:brindis::brindis::brindis: salud!

ponzoa 05-10-2017 16:54

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
bueno, y ¿cuando se supone que vamos a saber algo de los futuros (posibles) cambios?

Fuerza 7 06-10-2017 00:43

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 2049611)
Podrías aclarar a que norma se opondría,( artículo a poder ser) el estado en el caso de que se regulara la llamada ley azul, es que los conceptos derecho internacional, legislación armonizada me parecen un tanto vagos.

Algunos dicen que los artículos 19 a 27 del CNUDM , otro el 94 pero no me queda muy claro hasta que punto son aplicables dichas normas en las aguas interiores, en el caso que estamos tratando las más relevantes al ser las que en su mayor parte utilizan las embarcaciones de recreo.

Respecto a lajurisdicción de los estados respecto a los buques /embarcaciones extranjeras en paso inocente en mar territorial , paso en tránsito en aguas de los estrechos o alta mar queda meridianamente claro y no hace falta abundar más.

En mi opinión , un buque extranjero en aguas interiores españolas tiene que cumplir lo que españa determine mediante su ordenamiento interno, otra cosa es que me parezca bien o mal, pero por poder puede y estaría amparado por el CNUDM de Montego Bay

:cunao::cunao: Antes de nada, no te tengo mania, White, uno es un poco tikismikis y algo tocapelotas, pero es sano...y acepto encantado esas estrelas a compartir con los que se apunten...

Para aclarar a que normas se opondría primero tenemos que tener el articulado que pretenden y como lo enfocan, llanamente hay que decír que la única diferencia jurídica esencial entre las aguas territoriales y las aguas interiores, sería el derecho de paso inocente, que en el caso de las segundas puede ser interdictado, es decir, la soberanía sobre las aguas interiores no se diferencia de las territoriales mas que en la regulación mas exahustiva de los usos de las mismas, para entendernos, en la amplitud de la regulación por ejemplo a la hora de detener un barco o impedír que entre a puerto, impedír su fondeo o refugio,determinar las medidas de seguridad a adoptar para el acceso a radas, puertos etc.. todo ello aliñado con diversos tratados bilaterales y multilaterales prolijos de enumerar para casos de reciprocidad sobre todo en cuanto a buques mercantes se refiere, para ser mas exactos tanto el convenio del 58 Art. 5.2 como en el del 82 art 8.2 sobre el mar territorial imponen la limitación del derecho de paso inocente en los casos en que, por aplicación del criterio de la línea de base recta, pasen a ser aguas interiores zonas de agua que con anterioridad eran consideradas como parte del mar territorial etc...

Es decír, vamos a precisar entonces:

El acceso de un buque extranjero a aguas interiores que son las delimitadas por las líneas de bases rectas,¿ debe de cumplir la legislación que para esas aguas delimite el estado soberano? la respuesta es SI, hablamos de asuntos de extranjeria, inmigracion, policia, y seguridad de las aguas,vertidos etc..(sin interferir en la normativa interna del buque) es decir trafico de buques, normativa portuaria, diversas regulaciones en cuanto a despacho del buque, manifiesto de carga, dotación etc... pero empero, una vez el buque entra en aguas interiores (es decír de le da permiso) lo tocante a la legislacion INTERIOR del barco, se regira SIEMPRE por el estado de pabellon...

Es decir, el estado soberano puede regular toda la interacción del barco extranjero con los elementos externos, en aguas interiores, pero no por entrar en aguas interiores puede exigir que se cumpla la legislacion española dentro de un barco con pabellon Belga por ejemplo, me refiero a normativa de seguridad propia del buque y sus ocupantes, pero si puede regular, las medidas de seguridad que deberá aceptar el buque por ejemplo para acceder a un puerto, bahía, navegación fluvial etc... por ejemplo, que deba ir acompañado de un remolcador, o dos , o de un piloto portuario etc...pero nunca regular la normativa interna del buque que responderá en todo caso a la del pais del pabellon...

Por lo tanto, la regulación de las medidas INTERNAS de seguridad para los tripulantes de un buque privado de recreo bajo pabellon extranjero, no es posible regularlas a menos que antes se deroguen artículos del convemar y artículos armonizados de la legislación interna, como esto no va a ocurrír, pues pueden hacerlo, por poder pueden, pero chocaría frontalmente con dicha regulación ante ello cabrían dos caminos, aceptarla y no recurrirla como con la de titulaciones, o recurrirla ante las instancias pertinentes ...:brindis:

Jadarvi 07-10-2017 12:37

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
En estos momentos estoy en Estocolmo, en la Asamblea General de EBA... en este preciso momento estamos hablando de radiocomunicaciones y radiobalizas personales... ya os contaremos lo que se cuece en el resto de Europa...

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

ScubaEdu 20-10-2017 18:58

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
¿Hay alguna noticia de por si ha movido ficha el Ministerio? ¿Se sabe algo de las conclusiones?

:nosabo:

North Side 21-10-2017 09:08

El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por Jadarvi (Mensaje 2050742)
En estos momentos estoy en Estocolmo, en la Asamblea General de EBA... en este preciso momento estamos hablando de radiocomunicaciones y radiobalizas personales... ya os contaremos lo que se cuece en el resto de Europa...



:brindis::brindis::brindis: salud!!!


Bravo por estar ahí!! Y lleva cuidado con la cerveza. Que está muy cara!!!

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Jadarvi 22-10-2017 13:02

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por North Side (Mensaje 2054427)
Bravo por estar ahí!! Y lleva cuidado con la cerveza. Que está muy cara!!!

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Pues tenías que ver el precio de una botella de albariño!!! :meparto::meparto::meparto:

:brindis::brindis::brindis: salud!!!

Juan de Nova 23-10-2017 02:02

Re: El Ministerio De Fomento Comienza A Reaccionar
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 2049138)
Mira cofrade por abundar más en la materia, la interpretación de las leyes es un procedimiento intelectual mediante el cual se intenta determinar el alcance de una determinada norma, pueden usarse distintas técnicas para su interpretación , una de ellas es el análisis sistemático, que se basa en que el ordenamiento jurídico es un conjunto ordenado y sistematizado.

Pues bien analizando el artículo 10 del CC vemos que está encuadrado en el título preliminar (denominado: de las normas jurídicas su aplicación y eficacia) capítulo IV (Normas de derecho internacional privado)

Las normas de derecho internacional privado como su nombre indica sirve para resolver conflictos privados. Desde el punto de vista PRIVADO lo que el CC viene a decir es que el buque estará únicamente sometido a las normas de su pabellón, es decir, el régimen de propiedad, derechos reales limitativos y de garantía (hipotecas) ,condiciones de transferencia y formas de publicidad (registro de bienes muebles).


exposición de motivos del Decreto 1836/1974, de 31 de mayo, por el que se sanciona con fuerza de Ley el texto articulado del título preliminar del Código Civil.




Cuando hablamos de la ley 14/14 , del RDL 2/2011 o del convenio de Montego Bay estamos hablando de derecho internacional público, que regula la actuación de los estados y por lo tanto el famosísimo artículo 10 del CC en ningún caso puede regular ni agotar la materia que estamos tratando (la jurisdicción de los estados ribereños sobre los buques en sus aguas territoriales)

Espero que la macedonia no se te atragante, unas birras para pasar el trago compañero:brindis:


(Disculpad la turra es que tengo un examen y así aprovecho para repasar, PD el derecho marítimo no es sencillo)

En realidad es todo un poco más sencillo (o tal vez más complicado, incluso) de lo que crees. Hay que distinguir dos cosas: Quién Juzga y en base a qué norma lo hace. Empecemos por lo segundo:


a.- En la determinación de la norma aplicable al caso:

En materia de Derecho Internacional Público se siguen a rajatabla las disposiciones de los distintos tratados, convenios y acuerdos internacionales, aunque para ello haya de seguirse una particular partida de ping-pong, por medio de reenvíos entre normas de distintos ordenamientos. Esto es, que el ordenamiento español regule la materia limitándose a determinar que, en función de las circunstancias, las normas aplicables (el contenido) serán las de otro ordenamiento


En Internacional Privado sucede algo parecido, con la salvedad, entre otras, de que las normas consideradas de Orden Público ( sucesiones, en muchos casos) resultan aplicables en todo caso. Con la particularidad, en el caso del Derecho Int. Priv. de que, a la hora de interpretar las normas de terceros estados ante Tribunales españoles, se busca obtener resultados prácticos similares a los que se hubiese obtenido si se aplicasen normas españolas. Tal vez no sea muy edificante pero así es la práctica forense :cunao:

b. En lo referente al Juzgador


En Derecho Int. Privado suele regir el principio de que el Juzgador competente será aquél donde el bien o la persona se encuentran. Con excepciones, lógicamente, porque cada vez son más comunes los arbitrajes internacionales.


En Derecho Int Público es necesario remitirse a los Principios (Como el de Justicia Universal, en determinado tipo de delitos), Tratados, Convenios, Acuerdos y normas concordantes.


Saludos y suerte con el estudio


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