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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Pero no sois concientes que nuestra querida ADMINISTRACIÓN vela por sus "tontos" ciudadanos, para que sepan patronear un barco en condiciones, que sean y vayan seguros y cuidad que algún día no pongan banderas rojas en las bocanas para que no salgan los barcos el dia que el mar vean olas de 2 metros (7 pies) como hace en las playas para que sus ciudadanos no se ahogen aunque sean socorristas:pirata: :brindis: para esa ADMINISTRACIÓN
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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
De entrada, menos mal que no soy español ni resido en España.
En fin, buena suerte a los cofrades afectados. Esto a simple vista parece muy ilegal, no sería la primera vez que sacan "reales decretos" completamente ilegales. Saludos :brindis: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Creo que estamos confundidos.
Este decreto regula a los ciudadanos españoles (residentes) con una embarcacion de bandera extranjera. Y dice que sera necesario un titulo Español para navegar. Ya que la ley asi lo recoge. Que un barco se rige por las normas de la bandera que enarbola si. Y eso esta claro, Pero se ha puesto esta indicacion que realmente no afecta a extranjeros solo a españoles. Esto no deja de ser una restriccion que impone España como estado ribereño a su zona de navegacion y todos los estados ribereños pueden poner restricciones. Que pasa que yo para navegar fondear en un parque natural tengo que pedir permiso por tener un barco español y si voy en uno aleman no? tiene esto logica Pues NO. Y guste o no guste es lo que dice DGMM si para manejar una embarcacion de 10Metros tienes que ser PER, pues una embaracion de 10M belga, alemana, francesa... Manejada por un ciudadado español se le exigira el PER. La gracia es la siguiente año 2014, a un español se le sanciona por no tener titulacion, y alega que es un agravio comparativo frente a otro español que patronea una embaracion belga tambien sin titulacion y no percibe sancion. Que haceis le quitais la multa o no, porque la ley esta clara. Pues bien ahora coge algo mas de sentido este decreto no? Aparte de que el no conocimiento de la ley no exime de su cumplimiento, y se supone que todos sabemos que para manejar una embaracion en españa es necesaria una titulacion independientemente de la bandera que enarbole pd: ya se que no gusta, ami tampoco los limites de velocidad, por eso me voy a poner una matricula alemana y que me apliquen sus limites... |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
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Cita:
En fin, es vuestro país y os lo organizáis como queráis. Pero es llamativo cómo os gusta prohibir. :D Saludos :brindis: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Paquito si es una prohibicion
Pero no deja de ser una limitacion que impone españa a sus ciudadanos. De todas formas si nos ceñimos a la ley belga como sugiere algun cofrade nadie de los belgas puede navegar en aguas interiores de españa. Porque entiendo que ninguno tendra la titulacion belga de aguas interiores. Y esto implica que no podais tocar puerto porque se consideran aguas interiores |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Te confundes. La legislación belga no habla de "aguas interiores", sino de "vías interiores", que son ríos y canales.
Y en nuestro país, los ríos empiezan bastante lejos de las desembocaduras. El Ebro, por ejemplo, a nivel legislativo, empieza en Tortosa; de ahí hasta la desembocadura es " mar". |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
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Imagino que tendrán que buscarse un cambalache a partir de residencias fiscales o cosas así, porque por la mera nacionalidad así de claramente no se puede discriminar. Por ejemplo en el caso del Támesis yo necesito una licencia que sirve básicamente para costear el constante mantenimiento de las vías y los servicios de los ríos y canales del Reino Unido. Esto es para todo el mundo, pero no es una regulación que se pueda extrapolar a ríos de fuera ni es un "carnet de conducir por ríos y canales". Precisamente ahora está de moda lo de las discriminaciones a ciudadanos UE no nacionales porque Cameron quiere tener derecho a no dar ayudas sociales durante un tiempo. Lo que se hace ahora es que para determinadas ayudas, es necesario haber cotizado un número de años en el país. Esto indirectamente deja fuera a casi todos los extranjeros. Pero ocurre que muchas ayudas hay que darlas a todo el mundo porque los jóvenes que no han cotizado nunca se quedarían fuera igual. Pues hasta hoy cada intento de ayudar a los jóvenes británicos específicamente se ha tumbado en Bruselas como es lógico, ya que discrimina a los ciudadanos de países europeos como España por ejemplo. Estos de la UE que nos ponen pegas para f*****nos a "nuestros súbditos" como queramos :D |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
No le deis vueltas, mas temprano que tarde, esa parte del R.D. la terminaran quitando, porque España NO PUEDE decir que titulación deben de tener los patrones de otros países en barcos de otra nacionalidad, y no seamos infantiles (con perdón) poniendo ejemplos del trafico y cosas similares, esto se puso por una cuestión de mera "supervivencia" de la DGMM, en estas cuestiones, porque de lo contrario en España no quederian embarcaciones de recreo con Pabellón Nacional, porque a nadie le guata que le atraquen TODOS LOS AÑOS con un montón de tonterias y con la expedición de unos títulos que solo sirven para que unos pocos ganen mucho dinero.:cagoento:
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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
Vamos a ver, de este tema ya se lleva mucho tiempo hablando, por lo que seria conveniente, para no volver otra vez a lo mismo, informarse antes de emitir opiniones sin sentido. Segun el articulo 10 del Codigo Civil, naves y aeronaves se regirán por la legislación de su pabellón, mientras que camines y automóviles, por la legislación del pais de paso. :brindis: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Exactamente dice el articulo 10. 2 del Codigo Civil
"Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otros medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen." |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Buque eslora a apartir de 24m
Embarcacion inferior a 24m El derecho maritimo es diferente y establece que aparte de tener libre paso los buques y embarcaciones de otros paises en tiempos no belicos . El pais ribereño puede establecer restricciones En europa para el tema de los canales interiores hay un marinero en cada esclusa. Aqui en españa no los hay por temas politicos que no vienen a cuento Si aplicamos esa normativa. Los belgas no pueden navegar en pantanos rios navegables.... El decreto solo afecta a los ciudadanos españoles como medida para que salgan a navegar sin unos supuestos conocimientos al mar Y al tiempo haran como con los coches que te obligan a matricularlos en españa |
Respuesta: Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
El tema ya es cansino |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
¿Y las medidas sancionatorias por incumplimiento de normativa, si hacen referencia al buque, por que se aplican a la náutica deportiva :nosabo:? |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Solo un capitan de yate puede manejar buques siempre y cuando su fin sea de recreo
Tanto lio que hace alguno por no sacarse el per |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
Mientras dure el la vigencia del Real Decreto hay que sacarse el título. Yo soy capitan de yate :brindis: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Segun yo si eres español te hace falta titulo. Ser belga por facilidades de matriculacion itbs esta muy bien. Ahora por no estudiar y saber un minimo....
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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Pabellón Belga, Pabellón holandes; ( Residente Español = Titulación Española; )
Sobran las palabras!!!!!:brindis: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
2. A los efectos previstos en el apartado anterior la titulación exigible, en aquellos casos en los que la nacionalidad del patrón coincida con la del pabellón de la embarcación, será la requerida de acuerdo con la legislación del país de nacionalidad del patrón; y para los casos en los que no coincidan ambas nacionalidades la titulación será aquella requerida por la legislación del país de residencia del patrón o en su defecto, la de su nacionalidad." El Decreto no hace distinciones sobre la exigencia de titulación solo a españolitos. Según esta barbaridad, a un iraní exiliado en Londres que navegue por aguas españolas en un barco con bandera inglesa, la Guardia Civil le podrá exigir la titulación del pais de residencia, la inglesa, y al no tenerla por no ser obligatoria en ese pais, la titulación de su nacionalidad, la iraní, ya que el punto 1 obliga a estar en posesión de una titulación. De locos¡¡:nosabo::nosabo::borracho::borracho: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Tranquilo que a ese irani, al ser residente en UK no le van a sancionar.
Ahora que al vecino no se quiso sacar el per porque ya no se puede comprar y tiene que estudiar si. |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
ria ser PNB o porque no, licencia de navegación. Yo ni compro ni estudio PER porque no me hace falta, total para hacer un poco de curry costero con lo que tengo me sobra. Es que a veces somos más papistas que el Papa. Luego nos amparamos en lo bien que lo hacen los demás paises, ejemplos: Francia, Belgica, Inglaterra etc. etc. y vuelta la burra al trigo porque en estos paises no son obligatorias las titulaciones, ()exceptuando motoras en Francia) y así podemos continuar durante años, entonces en que quedamos? Un saludo y :brindis: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
Todos los paises exigen una adaptación de la licencia de conducir por carretera si vas a estar determinado tiempo residiendo en el mismo. Parece lógico que un país exija en sus aguas territoriales, en un paso no circunstancial, sino permanente, la misma legislación que a sus ciudadanos. Especialmente en materia de conocimientos, dada la abundancia de barbaridades náuticas que se cometen todos los veranos en nuestras costas, debido al calor de nuestro clima, la alta concentración de embarcaciones, la tolerancia con el alcohol, la laxitud en la exigencia de cumplimiento de normas y nuestra fama internacional de permisividad moral. |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
Es que el Real Decreto no distingue entre si estás de paso o de forma permanente "Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación ". ¿Y que tiene que ver la exigencia de titulación con la tolerancia con el alcohol, el calor ....:nosabo:? ¿Los que que tienen título español no se emborrachan, son menos permisivos morales...:nosabo:? :brindis: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
El día que no escuche música por el C16 del VHF, el día que no oiga pedir amarre de cortesía por el 16, el día que vea 1 esfera en los barcos fondeados, el día que vea a alguien en cubierta con 1 compás de marcaciones, el día que vea 1 carta en 1 barco de recreo con TODOS los avurnaves apuntados. Ese día creeré que la formación naútica de este Reino sirve de algo.
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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Me temo que yo el sabado puse en grave riesgo a mi familia.
Olvide el espejo de señales en mi mesilla de noche despues de limpiarlo!!! Salimos a navegar sin el correspondiente equipo de seguridad para zona 4!!!! La legislacion española es una verguenza. Los equipos que hay que llevar a bordo otra. Ni siquiera es obligatoria una linea de vida y un arnes, al menos en 12 millas. Un juego de amarras o una linea de remolque. Las enseñanzas nauticas, un desproposito. Ya ni hablamos de saber amarrar, o hacer un simple as de guia, de cortesia en puerto y en los fondeos, etc etc. Los franceses, que no exigen titulacion, en vez de tanta chorrada, si que llevan a bordo un libro (Bloc Marine 2015 para este año), renovable anualmente, que cuesta 27 euros, y que es una verdadera joya a bordo. Editado por las autoridades, que si hacen algo, en lugar de multar. En el libro vienen, ademas de una completa guia de puertos, cartas, derroteros, procedimientos, consejos, en frances y en ingles, telefonos de puertos y canales de llamada, y hasta una guia de peces de la zona. Aqui estamos al espejito y al botiquin. Y asi nos va. Por eso hay que cambiar de bandera. No para atajar conocimientos. sino para poder aprender de verdad...navegando. |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Y en otro post andan algunos admirándose de que Alemania no reconozca los títulos de recreo españoles a efectos de convalidación, a pesar de que aquí sí que convalidamos los suyos.
:borracho: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Buenas, cofrades:
Sobre ese asunto de las convalidaciones tipo Ley del Embudo tenía en la cabeza echar una parrafada, al hilo del RD y de otras cuestiones adminsitrativas; ya os podéis imaginar... Saludos y :brindis: |
Respuesta: Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
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Re: Respuesta: Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
Exiten numerosos casos, lo que ocurre es que no le prestamos atención. España ha tenido que pagar unas cuantas multitas por eso, a banda de modificar normativas y anular otras por colisión con la normativa comunitaria. No somos el alumno modelo de la UE :cunao: :brindis: |
Respuesta: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Hombre...en casos de mercantes o buques comerciales supongo que algún caso harán, pero tu crees que si te multan por no llevar la titulación la Comisión Europea te hará caso? A mi me cuesta creerlo...ojalá sea cierto, pero me cuesta. Salvo que ya haya antecedentes y que estén al alcance de todos, quiero decir, que haya casos reales y comprobables...dices que existen numerosos casos, por ejemplo?
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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Unas rubias frescas para quien guste.
Entiendo que las siguientes condiciones son perfectamente legales para navegar en aguas espańolas, y por tanto no seria sancionable por la guardia civil/administracion espańola: - ser espańol - posesion del PER y navegar en la zona a que este habilita - propietario de barco de menos de 12m. con bandera sueca (con contrato privado de compra-venta (en ingles)), por tanto, NO matriculado en Espańa - barco asegurado, como minimo el obligatorio para barcos espańoles de su categoria, y cumpliendo las exigencias de la aseguradora. - radio y elementos de seguridad exigidos para zona 4 segun normativa espańola (como minimo) - no pasaria la ITB a no ser que lo exija el seguro (no seria tampoco un problema, porque con respecto a este punto y al anterior de seguridad he de decir que dado que navego mucho en vela ligera le tengo mucho miedo/respeto al mar y todo lo relativo a seguridad y mantenimiento lo llevo al extremo y aun me parece poco) Me dejo algo? Gracias. |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Solo un detail : tendrás que liquidar los impuestos de matriculación en España
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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Aunque probablemente haya salido, cito esto http://afinan.com/blog/bandera-belga...era-holandesa/
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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
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Hola. no sé si me contestas a mí. En caso afirmativo: si compro un barco en Bélgica (con bandera belga) o en Suecia (con bandera sueca) no habría ninguna matriculación, puesto que simplemente no lo cambio de bandera. ¿Correcto? :brindis: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Si navegas en España mas de seis meses al año debes pagar el impuesto de matriculación, tengas la bamdera que tengas ¿Te has informado de si en Suecia permiten a los no residentes y no nacionales tener barcos con su bamdera?
El vive en la piña debajo del mar |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
https://www.transportstyrelsen.se/en...f-Ships/Boats/ Resumo: las embarcaciones de menos de 12 metros ("boats") pueden registrarse, pero no están obligadas. En caso de registrarse, entre otros, se pide "National registration document or birth certificate showing citizenship (private person)" o sea el DNI (o documento que muestre la nacionalidad del comprador) no dice que éste deba ser sueco. Cita:
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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Buenas tardes, cofrades:
En su momento me interesé por las condiciones que requieren los países nórdicos de la UE (es decir, excluida Noruega) para el registro de embarcaciones de recreo; tuve que desistir y acabé abanderando en Bélgica: en todos ellos piden que el armador sea natural del país, ciudadano comunitario residente allí o que tenga una empresa radicada allí. Es una lástima, porque los requisitos para la bandera finlandesa, por ejemplo, son incluso menos restrictivos que para la belga u holandesa. Saludos y :brindis: |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
Como he indicado, en principio, aquí no da a entender que quién registra el barco haya de ser sueco: https://www.transportstyrelsen.se/en...f-Ships/Boats/ De todas formas tal vez sea muy distinto tu caso "cambiar bandera de España a Suecia", que comprar allí un barco ya abanderado como sueco. |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
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Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
parece que pregunta la nacionalidad del que registra. https://www.transportstyrelsen.se/gl...-14-09-011.pdf y este el relativo a cambio de titularidad: https://www.transportstyrelsen.se/gl...s-16-09-01.pdf |
Re: 875/2014 real decreta afectando las banderas belgas
Cita:
Pero ¿podéis citar o demostrar dónde dice que un no nacional no puede seguir con la bandera sueca? Gracias Es que si no, no entiendo para qué piden (https://www.transportstyrelsen.se/en...f-Ships/Boats/) un certificado que muestre la ciudadanía (persona física) en caso de cambio de propietario:nosabo: Cita:
pregunta (en sueco): Cita:
Cita:
(Según la RAE: cesionario, ria. 1. adj. Dicho de una persona o de una entidad: Que recibe una cesión hecha en su favor. U. t. c. s.) ¿Para qué lo pregunta si los no nacionales no pueden registrar barcos? |
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