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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Gracas brutus, cada caso concreto que podais explicar ayuda mucho a entender como se aplican en la realidad todas estas reglamentaciones.
Tengo la sensación de que como son normativas de nueva aplicación hasta que el sistema no se estabilice y normalice, se van a dar muchas peculiaridades, según sea cada caso. Como si estuviéramos en una época de transición... tanto nosotros como por parte de los funcionarios. Mientras la Administración sea también consciente de ello y que no hay voluntad por nuestra parte de ir ilegales sino que lo que hay es un despiste general enorme.... :velero: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Con el resguardo de la tasa que pone "para la administración" debidamente mecanizado por el banco o caja, la solicitud de LEB, factura de los equipos, solicitud de instalación y certificado de instalación (en teoría el instalador debe pedir primero la solicitud de instalación antes de poder darte el certificado de que ya está instalada, pero en la realidad muchos hacen el trámite de una sola vez) te vas a capitanía y lo entregas todo. Espero que sirva para aclarar algo :brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
:nosabo:Me se olvidaba dar un aviso a navegantes que compren barco con documentación antigua (la libretita verde ya es antigua)
Algunas capitanías (la de Motril en mi caso) están poniendo pegas en el cambio de dominio o titularidad del barco en un exceso de celo (por decirlo suavemente) por asegurarse de que se cumple la nueva normativa de radiocomunicaciones. El caso es que no te dan el Permiso de Navegación (ojo, no confundir con el certificado de navegabilidad) que ahora sustituye al rol y a la Licencia de Navegación (libreta verde) si no solicitas la LEB y el MMSI al mismo tiempo, demostrando así que ya tienes la DSC y el GPS instalados. Insisto, no es en todas las capitanías, pero hay algunas que sí lo están haciendo así. Con la ley en la mano no pueden negarte el cambio de titularidad y darte la documentación que acredita la nueva propiedad, lo que no pueden hacer es convalidarte el Certificado de Navegabilidad antiguo sin estar al día con la LEB y el MMSI. No sé si insistir en la misma servirá o será mejor cambiar de capitanía, ya os contaré. P.D. No pongo esto para polemizar en este hilo, cuyo objetivo es eminentemente práctico, sino para que aquellos que se vean en él mismo trámite lo tengan en cuenta. :brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Es decir, no se puede permitir navegar (permiso de navegación) a una embarcación que no cumple con las normas que le sean aplicables. Insisto, para el cambio de dominio no debes encontrar problemas. :brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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De hecho, la solución de casi todos los que me van comentando como han tramitado el tema es dejarlo en manos del instalador y que se encargue él de todo el papeleo a cuenta de lo que te cobra. :brindis::velero::brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Disculpad mi ineptitud en temas de mar, poco a poco iré aprendiendo, como sabremos cuando está completa esa lista de legalidades obligatorias? Porque quisiera imprimirla cuando esté completa, así no pueden tomarme el pelo.
Buenísima la iniciativa de hacer esta lista!!! Saludos |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Por desgracia, poco tiene que ver lo que aquí se discute con los "temas de mar" :llorica: Aunque útil y práctico puede ser, sin duda. Y mucho le agradezco a Rom haberlo promovido. :gracias: Pero no dejo de sentir que el tiempo que dedicamos a estas cosas y no a aprender sobre velas, seguridad, maniobra, etc es, al fin y al cabo, tiempo perdido. Saludos :brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Al final ya he echado los papeles y la cosa ha quedado así; me hacen el cambio de titularidad en el registro pero no me dan el nuevo “Certificado de Registro Español - Permiso de Navegación” (así es el nombre exacto del documento) hasta que tenga en marcha la solicitud de MMSI y LEB. Cuando se registren ambas solicitudes continuarán con el procedimiento.
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Segundo, el nombre de Permiso de Navegación es engañoso; parece que si me lo dan me están dando el visto bueno para navegar y no es cierto, porque no se me permite navegar simplemente con este documento, sino que necesito el Certificado de Navegabilidad al día y en regla, para cuyo canje por el nuevo sí necesito el MMSI y el LEB. Legalidades y nombres aparte, creo poco afortunado el sistema de simplificación (objeto de esta norma según sus declaraciones previas), porque, en mi opinión, lo más simple es copiar lo que ya funciona y es ampliamente conocido, el sistema de documentación de los medios de transporte por carretera: Un permiso de circulación que no caduca y en el se reflejan las características básicas del vehículo: Marca, modelo, identificación, tipo (turismo, vehículo industrial, etc.) y propietario. Y una ficha técnica de renovación periódica que recoja las particularidades de cada unidad y las inspecciones de conformidad que permiten que el vehículo circule legalmente. Hacer que el Permiso de Navegación sea “caducable”, me parece poco acertado, más aún cuando de oficio pueden darte de baja el abanderamiento y el registro si no lo renuevas a tiempo. Habrá que ver dentro de unos años qué se hace con el barco ochentero y de fabricación francesa del despistao de turno o, en el peor de los casos, que no haya podido renovarlo por causas de fuerza mayor. ¿Tendrá que volver ha hacer un proyecto para recuperar el Permiso de Navegación? En fin, es una opinión, pero si modificaran el nuevo formato del Permiso de Navegación, quitándole la indicación de la zona de navegación y dejando sólo la categoría de diseño y cambiando la indicación de la titulación mínima exigida para la embarcación registrada por una tabla por eslora, potencia y zona de navegación en el reverso, podría quedar un documento muy apañado y sin necesidad de caducidades ni condicionantes. Porque, a fin de cuentas, lo que te define la zona de navegación viene recogido en el propio certificado de navegabilidad y la titulación requerida ya está definida en la norma correspondiente y basta con un recordatorio claro y conciso. De esta manera tendrías lo que ya tenemos todos en el coche, dos documentos: uno permanente y otro renovable, amén del seguro, claro está. :brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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No, en serio, cuando "eso" pase, la pondremos de nuevo en limpio al final del hilo y haremos un PDF para que se pueda bajar cada uno a su ordenador. Salut :brindis: :velero: :brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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De vez en cuando también me gusta "marinizarme" y leer y participar en otros temas. :velero: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Hoy en día, aunque sigo despachado en 1ª no llego ni con mucho a lo que actualmente se exige, por lo que no quiero ni pensar, que se necesitará de aquí a otros 5 años. Lo dicho, alguien está empeñado en que nos vayamos a cultivar flores, pero conmigo no van a poder:cagoento: Saludos:brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Salud :brindis::brindis::brindis: PD Xavi me ha pasado las pilot del 2002, MUCHAS GRACIAS igual ... :sip: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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http://img91.imageshack.us/img91/1007/cruce34.jpg Saludos:brindis::brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Como complemento a este interesantísimo post, os he puesto uno donde narro los detalles de mi ir y venir para la compra de un barco, para el que se quiera hacer solito la compra y ahorrarse el gestor.
Es este Por el ánimo de evitar problemas a otros, lo malo es que la validez de esta guía es limitada. No lo he leido todo esto, :sorry:, pero supongo que se habrá hablado del cambio de la licencia de navegación (en libro) al nuevo formato, que será progresivo, a medida que se pasan las ITBs. Brindemos, que al final no es tan dificil, si se lleva con buen humor ante los funcionarios regionales, nacionales, inspectores o instaladores. :brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Venga hombre, que esto se hunde, con lo que estaba aprendiendo. No puedo aportar mucho al tema ya que estoy un poco pez. Si deciros que he pasado la ITB recientemente y no me han solicitado la historia esa de la recogida de residuos.
Gracias a todos los sabios:adoracion: Venga, que llegan las vacaciones:brindis: |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
La verdad me quedo verdaderamente impresionado con la serie de normativas que existen de ese lado del charco para poder ser patron de su propio barco.
Si aqui en U.S.A fuera asi creeo que por lo bajo el 80% ciento no pasariamos y lo mas probable los barcos tampoco, con respeto me les quito el sombrero. Aqui cualquier dueno de barco recreativo puede ser Capitan del mismo siempre y cuando no sea usado con fines comerciales,no hay que hacer absolutamente ningun curso ni nada que se le parezca,ahora aca el desconocimento no te exime de las responsabilidades que se originen por negligencia y el Coast Guard es muy extricto y vigilante,es algo paradojico ya que no te obligan a prepararte porque se sobre entiende que es la obligacion de cada cual. Florida creo que es la parte en el mundo donde hay mas duenos de barcos recreativos,aqui no es un lujo, casi cualquiera con un trabajo normal puede tener su canoa.Valdria la pena hacer una comparacion porcentual de acidentabilidad de los dos lados a ver. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Interesante lo que propones.
Estadísticas oficiales de accidentes en barcos de recreo en los USA: http://www.uscgboating.org/statistic...dent_stats.htm Aquí las españolas: http://www.salvamentomaritimo.es/ind...menu=B5&open=2 Las de los USA son super-completas, a diferencia de las españolas :nop: Allí tienen unos 5000 accidentes registrados sobre una base de casi 13 millones de barcos, es decir un 0,04% En España? A falta de información más precisa, estimo que hay matriculadas unas 200.000 embarcaciones. El número de accidentes registrados parece ser de unos 1800 al año. Si esto es así, nuestro índice de accidentes es del 0.9%, es decir unas 22 veces más alto que en los USA :nosabo: Sin embargo, en los USA: "Only fourteen (14) percent of deaths occurred on vessels where the operator had received boating safety instruction." Aparentemente allí el tener formación específica sí que influye en el número de accidentes. Pero si los números de más arriba son ciertos, lo de España es para llorar. Habría que investigar más a fondo. Saludos. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Simplemente voy a subir esto porque no se si la lista ya está acabada, lo cual todos sabemos que es imposible de toda imposibilidad, o si es que el cofrade Rom está hasta las p... de hacer este trabajito, que es digno de las doce pruebas de Hércules.
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
El único documento que hay que aportar para la gestión de residuos, siempre y cuando el puerto tenga el Plan de Recepción de Residuos es el Documento de entrega de residuos ANUAL de tu PUERTO BASE.
Tiene que estar refrendado por la CAPITANÍA MARÍTIMA. El gestor es cosa del puerto y los medios también. Además dependiendo de como lo haya implantado el puerto te cobrarán una tasa de la que te devolverán parte si entregas residuos. Cita:
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Ya estamos con otra tomadura de pelo.... en fin.... para gustos colores... y para cargarse la náutica... este país!!! :brindis::brindis::brindis: salud!!! |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Desde luego, a mi nadie me ha pedido nunca tal documento....:confused:
A propósito, ayer tuve la visita de la lancha de Aduanas para revisar documentación mientras estaba fondeado en la playa de Agra, Ria de Pontevedra. Se ve que nos escogieron por ser el MARIE el barco más bonito de todos. :burlon: Salud! |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Porque es una directiva europea y tu puerto está obligado a montar las instalaciones para poder darte el servicio. Aunque si que estoy de acuerdo contigo que si no generas residuos no debería cobrarte, pero eso ya lo dice la Reglamentación.
Otra cosa es que tu puerto esté dando el servicio para cobrar, cosa que no está nada bien. Cita:
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
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Lo lógico sería que ellos se dedicasen a demostrar quién es y quién no es un guarro... y que multasen a los guarros... pero, ¡oh cielos! eso supone trabajar ... así que mejor nos pasamos por el forro la presunción de inocencia y presumimos que todos los españoles que tienen un barco son unos guarros y, para demostrar que no lo son, les obligamos a llevar un papelito (otro...) y pagar otra tasa.... Y, al amparo de esa normativa que obliga a pagar una tasa, y como la Administración no tiene ni idea de cómo aplicar la directiva, pues contratamos empresas de asesores que les indiquen cómo aplicar una directiva que ni ellos mismos entienden, pero que han votado a favor en la Comisión y el Parlamento porque "hay que ser verde y fashion" .... para proteger el medio ambiente... y, entre tanto, la costa llena de palangres y trasmallos ilegales, arrastreros con mallas de tamaño prohibido, cargueros limpiando sentinas en aguas internacionales... etc... pero claro, es mucho más fácil y rentable en términos de imagen ir a cobrar tasas a "los pijos de los yates".... que están forrados... Que conste, Alfonso, que la cosa no va contigo, sino con el cansancio generalizado ante una acumulación de normativa sin sistematización ni lógica alguna que hace casi imposible que incluso en más legalista de los armadores de embarcaciones de recreo vaya con toda la documentación "en regla".... :brindis::brindis::brindis: salud!!!! |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Me resulta duro reconocerlo, pero tengo claro que si hubiera sabido lo que sé hoy pero hace ahora casi dos años, cuando comencé el calvario surrealista de la matriculación de mi embarcación, no abanderaba en España ni de coña. Desde 2007 no he hecho más que pagar impuestos, tasas, tener problemas ridículos, situaciones bananeras... y eso que gracias a que es un barco nuevo no he comenzado el segundo calvario llamado ITB. En fin; lo he analizado mucho y aunque creo que tardaré unos años en tener un nuevo barco, mucho tendrán que cambiar las cosas para que tenga pabellón español. Hay muchos países que no te consideran a priori un delincuente y tú debes demostrar que no lo eres... y que no te consideran un incapacitado que no sabe lo que necesita tu embarcación para mantener un nivel de seguridad "correcto" (hace poco he tenido que escuchar de primera mano el razonamiento de DGMM para obligar a una embarcación zona 5 a equipar un walkie SOLAS). Mi vecino de pantalán, inglés, tiene un Dufour muy parecido al mío, con bandera inglesa obviamente. He hablado con él varias veces y ya no le cuento nada de las imposiciones de seguridad españolas. Me da vergüenza.
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Hola a todos,
Soy nuevo en el foro. Me he presentado al examen PER test 2 este reciente 21 de junio. Por casualidad no habrá alguien generoso que pueda facilitar las respuestas correctas. Gracias de antemano. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Esta normativa es para todos los puertos y buques. No solo para los puertos deportivos. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
:brindis::brindis::brindis: salud!!! |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Hola cofrades, os dejo copia de mi respuesta en el otro hilo sobre los famosos residuos:
Yo solo quiero aportar una observación empírica, desde mi puerto veo la playa de Canet, estos dias a rebosar, el mes que viene será aún mayor la afluencia de bañistas, si solo hay unos servicios cada medio kilometro, donde mean esas miles de personas? Deberian agenciarse unos dodotis antiincontinencia? eso si, homologados por costas y por la DGMM y por las consellerias respectivas de turismo. Segunda reflexión y tambien derivada de observación empírica, cada vez que costeo sea al norte o al sur de mi puerto y entre 2 y 4 millas de la costa, se sabe que hay gran concentración turística por la larga marea marrón, de condones , compresas con alas y sin ellas etc, que vierten los emisarios. Con que cara me vienen a decir a mi y todos los que en años hemos navegado que debemos guardarnos un triste pis o una cagada en el deposito? Tercera : un buen amigo austriaco, me comentaba que encontraba este pais con muchas regulaciones en la naútica deportiva, le dije, mira si es así que hasta cagar esta legislado, se rio aún se cree que era chiste. Por ultimo un ruego: señores administradores, de verdad, se ganan el sueldo con nuestros impuestos, simplemente no hagan nada, porque de aburridos se dedican a hacer en papel la legislación para cambiar el pais, y si, en papel y en el boe es facil, pero para cuando se acabarán los emisores sin pasar por depuradora? o la ausencia de sanitarios decentes en las playas? http://foro.latabernadelpuerto.com/i...c/progress.gif |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Alfonso,
Que una reglamentación sea una Directiva Europea no le da carta de infalible ni de estar bien hecha. En Bruselas cometen tantos errores como cualquier otra administración, con el inconveniente añadido de que la falta de adecuación de las normas tipo "café con leche para todos" a las realidades locales es aún mayor. Saludos. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
En cualquier caso yo me siendo más tranquilo sabiendo que no es una "paja mental" española. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Pues yo no... porque un a"paja mental" español aes más fácil de corregir que una que afecta a 25 países... :eek: :brindis::brindis::brindis: salud!!! |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
El remo en las embarcaciones... La homologación de todos los equipos radioeléctricos, o no, en la embarcación... La normativa española es más rígida y casi nunca se corrige. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Otra cosa es que haya países con sentido común para legislar... que ya se encargarán de "organizar" el cumplimiento de la directiva sin liarla en exceso... por ejemplo, Francia, donde hay un debate intenso sobre lo difícil que será aplicar la normativa sobre tanques kk... :brindis::brindis::brindis: salud!!! |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
El RD 1381/2002 es la transposción europea. A saber cómo se parió realmente en Europa! |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Saludos |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
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Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Desde luego en España no es fácil cambiar los reglamentos y más cuando se hacen vía Ley o RD, pero todavía más difícil es hacerlo en Europa. A burocracia mayor, ya se sabe.....:nop:
Saludos. |
Re: Legalidades obligatorias para poder navegar en España.
Cita:
Y en tema portuario sucede lo mismo. En España tenemos reglamentación estatal, autonómica, provincial y local. Si tuvieramos una convergente con Europa se Normalizaría y saldríamos ganando. Siempre y cuando no se añada, sino que se sustituya, claro. |
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