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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Te puede esperar la GC a las 12 millas según te va viendo venir con el radar desde las islas, pero vaya, no conocemos ningun caso. http://www.fotolibre.org/albums/user...imensionar.jpg |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Bueno, aquí tenemos el primer testimonio sobre un inspector que parece empieza a ver la luz....
De todas formas, sigo teniendo alguna duda sobre lo del despacho :nosabo: Salud!!:brindis::brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Respuesta: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
En mi corto entender creo que el tema es que las inspecciones pasarán a ser solo del barco y no del equipamiento de seguridad que lleves.
Siendo el responsable el patrón no tiene ningún sentido que un inspector firme tu equipo de seguridad pues no tiene responsabilidad sobre el mismo. La inspección se limitará a comprobar que el barco es apto para la navegación en la zona asignada o en su caso categoría constructiva, comprobando modificaciones si las hay. Ello, imagino, irá en detrimento de las tasas por inspección y por ello hay algo de lío al respecto. |
Re: Respuesta: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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:sip::sip: Coincido contigo, ese debe ser el rumbo a seguir... :brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Hola a todos:
La norma que regula este asunto está en vigor desde el año 2003, Orden FOM 1144/203, de modo que mientras no se modifique, nada cambia. http://noticias.juridicas.com/base_d...03-fom.html#a5 La norma dice claramente que el equipamiento será en función de la zona de navegación, no de la categoría de diseño. La zona de navegación la elige el armador, dentro de las posibles, según la categoría de diseño del barco. Sería deseable que el equipo obligatorio dependiera del lugar donde efectivamente estuviera navegando el barco, pero hasta la fecha, ni ha cambiado la norma, ni ha cambiado el criterio de la administración. Cuando la administración cambia su criterio en la interpretación de una norma, tiene que motivarlo, como ocurrió con las emisoras con DSC o con la aplicación del tipo de IVA reducido. Saludos. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Algún cofrade propuso hacer una consulta por escrito a las distintas Capitanías...¿alguien que quiera abanderar esta cruzada:santo:...? Salud!!:brindis: :brindis: |
Re: Respuesta: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Perdona, pero de eso nada, la norma lo dice muy claro en el párrafo 2: http://noticias.juridicas.com/base_d...4-1999.html#a3 "Artículo 3. Tipos de reconocimientos.................... B) Reconocimientos periódicos. Las embarcaciones de eslora mayor o igual a 6 metros y menor de 24 metros, registradas en la lista 7ª, de acuerdo con la normativa vigente sobre registro y abanderamiento de buques, estarán sujetas a reconocimientos periódicos cada cinco años como máximo. Las embarcaciones registradas en la lista 6ª estarán sujetas a la realización de los reconocimientos periódicos en el plazo establecido en el párrafo anterior, cualquiera que sea su eslora. Los reconocimientos periódicos consistirán en: 1. Una inspección del casco en seco y del equipo, acompañada de pruebas cuando sea necesario, a fin de garantizar que se cumplen las prescripciones que se especifican en el Certificado de navegabilidad y que su estado es satisfactorio e idóneo para el servicio de la embarcación. 2. Una inspección minuciosa de los elementos de salvamento y de seguridad, material náutico y del resto del equipo, para comprobar que los mismos estén en condiciones de prestar los requerimientos que les son exigidos. 3. La comprobación de que a bordo de la embarcación se encuentran los certificados, libros de registro, manuales de instrucciones y demás documentación propia de la embarcación. 4. Comprobación del estado y del funcionamiento de los diferentes items especificados en el anexo II. Las embarcaciones de eslora inferior a 6 metros, registradas en la lista 7ª, estarán exentas de reconocimientos periódicos. En el certificado de navegabilidad deberá constar la frase SIN CADUCIDAD. " Otra cosa es que los inspectores son conscientes de que el equipo de seguridad que le muestras puede ser de otro barco, prestado para la ocasión. El Inspector salva su responsabilidad señalando que el equipo estaba completo en el momento de la inspección, lo que pase luego con ese equipo, es problema del armador. Lo que deberíamos hacer, ya que pagamos un pastón para que un técnico verifique la seguridad del barco, es asegurarnos de que nos revisan el barco a conciencia, si verdaderamente se revisaran todos los puntos obligatorios (anexo II), se evitarían muchas averías y situaciones de peligro. Esa revisión justificaría el precio que cobran por la ITB, pagar 300, 400 o 500 euros por que te digan que tu barco es muy bonito y le hagan una fotos, es un robo. Saludos. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Menudo lío hay aquí montado!! :eek:
Yo no entiendo mucho, pero lo de "nuevo certificado de navegabilidad", exactamente ¿a qué se refiere? Porque el mío, al comprar el barco hace poco, es bien nuevo... y no pone nada de lo que indicáis. Si que indica claramente que es para zona 4. y además, en la categoria de diseño no pone nada, vacío... con lo, que... si lo quiero pasar a zona 3 ¿¿cómo hago para que me digan que es Categoría B? Algún forero con mi mismo barco (Furia 25) me comentó que él lo tenía igual, en blanco, y que para poder cambiar necesitaban la documentación de algún barco igual que viniera ya como B, y con eso lo "homologaban".... ¿No os parece que eso tiene poco sentido?? En fin... mientras no haya algo más global y una formación para los que trabajan en esto, vamos a ir todos a veinte bandas y movidos por donde sople el viento de donde estemos... |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Según lo que he leido de los cofrades que vienen exponiendo su idea y que me gustaría corroborar con la lectura de la normativa correspondiente ( que aprovecho a pedir, a ver si alguien tiene todas las referencias legales: RD, ordenes resoluciones, e Instrucciones que son más dificiles de conseguir porque rara vez se hacen públicas dirigiéndose a los que las tiene que aplicar.) Tenemos dos tipos de certificaciones, la antigua 1313 y la nueva 1414. En la nueva se reconoce la Categoria de Navegación del Barco que es conocida bien por la definición del astillero o por su marcado CE. El problema es que los barcos anteriores al 1998 y que además tienen el astillero cerrado, no hay manera de asignarle categoría, salvo que se instruya en concreto para rellenar el vacío legal. A falta de isnstrumento se le aplica la legislación anterior, y a ojo de buen cubero el aplcador de la norma, con buena voluntad, (o la que sea) rellena el vacío con una intrpretación que la administración está obligada a dar pero se hace por funcionarios que no tienen la capacidad legal de legislar, por ello se pueden tener tantos certificados, y/o pemisos de nevegación con despachos de zona tan dispares. Así, a falta de regulación, hay quien se las apaña con un "lista" de debajo de la mesa; otros con barcos similares que tienen despachos en detrminada zona, y posiblemente los habrá quienes trasladen despachos anteriores a las categorías actuales y otros que como no hay nada escrito, se atienen a los más próximo o parecido. Y los más mezclando una normativa con otra y tenemos un cacao, que se acelera cuando hay inspectores que legislan, GC que sanciona, y autoridades de Capitanías que toman decisiones, que en teoría son válidas para cualquier capitania (en cuanto muevas el barco de lugar)... etc, etc. Aviso que mi aportación es sólo un comentario de comentarios. Para dar otra interpretación más informada (pero sin valor legal alguno) hay que leer TODA LA NORMA. Y después si se tiene algo claro, recoger unas cuantas interpretaciones distintas que ya hayan dado en forma de certificados diversos y remitirlas al defensor dle pueblo (si a estas fechas no se ha recortado) para que inste a la Administración correspondiente a que regule con objetividad y juicio lo que mejor proceda. Salu2 a tod@s, birras y mil perdones por el ladrillito. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Desde luego, esto da para una película. Esta gente vive en un mundo irreal. En cualquier empresa no les darían ni las llaves del cuarto de las escobas.
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Confirmado el equipo de seguridad que se exige hoy por hoy con el nuevo certificado está en función de la zona en la que estás. Me para la GC, enseño papeles, me dicen que no concuerda el permiso 25 millas con el certificado. Les explico que he pedido el cambio a zona 4 y es lo que me dieron. Se miran, y uno dice "como el otro, pues nada, buenas tardes y navegue con cuidado".
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Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Tiene bemoles que el administrado tenga que pensar-esperar-sufrir lo que sea que le ha pasado al "otro"... porque al otro le puede haber pasado cualquier cosa depediendo de quien sea el "uno". Así que brindo por ti kuovadix :brindis: pero en genaral, no brindo; ni por lo uno, ni por lo otro. slu2 a tod@s. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Total, que no solo la normativa se aclara, sino que estamos a merced del humor que lleve el GC de turno si te para, no?
:nosabo: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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De todas formas, creo que para ser justos, tendrian que hacer un nota pública los que hacen las leyes, y que sea extensible a todos, no únicamente a los que tenemos la suerte de tener el nuevo certificado. :brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Acabo de hablar con capitania de Valencia (Acceso Sur, s/n. Puerto de Valencia, (96) 367 86 77) y me confirman que los nuevos certificados son como comentais:
No figura la zona, solo la categoria de diseño; ni siquiera figuran el nombre ni la matricula del barco. Lo divertido es que he llamado al club de yates de Moraira, y ni alquilan balsas, ni conocen esta norma. Por cierto, he llamado a Capitania de Alicante y confirman que desde Denia se puede cruzar a Ibiza con Zona 3. :brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Para el alquiler de la balsa prueba con este cofrade. Salud!!:brindis: |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Hola a todos:
Donde debe constar la zona de navegación es en el PERMISO DE NAVEGACION y no en el Certificado de Navegabilidad. La zona de navegación, la elige el armador, entre las posibles según la categoría de diseño del barco. Saludos. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Buenas tardes, aquí un novato "más liao que la pata un romano".
He adquirido una embarcación de segunda mano con categoría de diseño C, despachada para zona 5. Estos días iba a pasarme por capitanía para cambiar a zona 6 (para empezar a navegar me va bien con 2 millas). Según leo y si he entendido bien, en vez de cambiar de zona, simplemente debería pedir el nuevo certificado de navegabilidad y ya cuidar yo de no sobrepasar las 2 millas si no llevo el VHF encima, verdad? Espero no estar diciendo ninguna pamplina :cunao: Por cierto, los trámites los haría en capitanía de Cádiz, algún cofrade sabe como va por allí el tema del certificado éste? Un saludo y :brindis::brindis::brindis::brindis: a mi cuenta. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Hola Mojao:
Pregunta en la Capitanía para ir mas seguro, y sacarnos de dudas, pero creo que la cosa va así, cuando tu Certificado de Navegabilidad es el nuevo. 1º Poner el barco a tu nombre, si no lo pusiste ya y al mismo tiempo pedir la zona de navegación que quieras. Te expedirán nuevo Permiso de Navegación. 2º.- Si ya lo tienes a tu nombre, pedir tan solo el cambio de zona y te expedirán un nuevo Permiso de Navegación donde conste la nueva zona que has solicitado. El Certificado de Navegabilidad se pretende que sea el mismo para toda la vida del barco, y una vez emitido, serán las entidades de inspección que pasen las ITB las que irán sellando en certificado cada x años. Por eso han sacado del Certificado de Navegabilidad todos los datos que pueden cambiar con frecuencia a “capricho” del armador: Nombre del armador, nombre del barco, lista, zona de navegación, etc. Con el N.I.B. queda perfectamente identificado a que embarcación corresponde cada Certificado de Navegabilidad. Por eso el R.D. 1435/2010 dice: DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Embarcaciones ya abanderadas. 1. 2. 3. El certificado de navegabilidad vigente se canjeará por otro nuevo únicamente en los siguientes casos: a. Cuando sea imposible su uso por manifiesto deterioro. b. Cuando el documento sea ilegible. c. Cuando la embarcación sufra obras de reformas que la modifique de forma sustancial. d. Por extravío, hurto o pérdida debidamente acreditada. Y para tener toda la información, pregunta si tienes que llevar el equipamiento correspondiente a tu zona de navegación o al lugar en que estés navegando efectivamente. Saludos. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Gracias LP706. Me he pasao por capitanía esta mañana y me dicen que al cambiar de zona hay que modificar el certificado de navegabilidad y ésto son 70€ de nada, así que he desistido pues por ese dinero y poco más me compro el walki y me quedo en zona 5 tranquilamente.
Por otro lado, he estado comentando allí lo del nuevo certificado y la ausencia de "zona" en éste, pero no tenían ni pajolera sobre la necesidad de llevar el material de seguridad según lugar de navegación... :cagoento: Un saludo |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Saludos. |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Espero no equivocarme de sitio:nosabo:
Acabo de pasar la ITB de mi Dufour 31. He comentado a la gestoria nautica que se cuida de los papeles que me sorprendia mucho la subida de precios para la inspeccion ; 200€ en 2002 y mas de 400€ este año. La repuesta fue clara: existen tres empresas que lo hacen y se concertan para acordar precios.........y esto es totalmente ilegal. Me acuerdo que en Francia las companias de telefono movil lo hacian antes de un pleito donde fueron condenados :cid5: A ver si tenemos un cofrade abogado que podria echar un vistazo. Buenos vientos a todos |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Pero no te hagas ilusiones. Es dificil presentar el tema con las pruebas suficientes ante el SDC (que tampoco se va a mover mucho por su cuenta). Y luego la CNC, como organo del Ministerio de Economia, esta mas proxima a favorecer a las empresas que a los consumidores. Mira lo bien que tratan a Telefonica, a Iberia, etc. Salut! Tupac Amaru |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
Gracias Tupac por tu informacion.
Creo que el problema es que nos toca cada 5 años... o sea duele, molesta y lo olvidamos por 5 años. No se si entraria en en "La Taberna", pero porque no crear un tema de discusion sobre el tema con recogida de firmas y mas que todo de documentos ? Saludos @ todos |
Re: IMPORTANTE: Nuevo Certificado de Navegabilidad
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Si los homologados ven que hay movimiento, denuncias, que se habla en el foro, etc. es posible que ellos mismos se autocensuren. Es decir, que se moderen un poco en los precios y que hagan alguna oferta por debajo de la "tarifa acordada", aunque sea solo para disimular y que la cosa no vaya a mas. Sinceramente, es lo unico en lo que tendria algo de esperanza. Salut! Tupac Amaru |
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