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-   -   Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=45478)

Fuerza 7 11-04-2012 06:01

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
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genoves 11-04-2012 07:13

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
No todos los juristas de esta taberna opinan como tu.
Un corredor de seguros me demostró que puede no ser tan simple.

Las exclusiones de un seguro inglés anulan la cobertura si el barco navega ilegalmente (ej. patrón PER a más de 12 millas). No sé si la corte inglesa puede con eso.

Pero en esta taberna, querido abogado, estamos dispuestos a aprender de todo si se nos aportan las pruebas adecuadas.

Tupac A. 11-04-2012 08:14

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Cita:

Originalmente publicado por Fuerza 7 (Mensaje 1270244)
Vamos a ver querido cofrade, que rija el barco nada tiene que ver con su aplicabilidad en paises extranjeros, la normativa española es totalmente inaplicable fuera de nuestras aguas jurisdiccionales a excepcion de ciertos supuestos, previstos para aguas internacionales hasta una cierta distancia y siempre que sean contiguas a la franja jurisdiccional española.

En Inglaterra, los seguros, se rigen por la normativa inglesa, y bajo las exigencias inglesas, en cuanto al sujeto y objeto del seguro, por lo que nunca pueden aludir a legislaciones o normas foráneas, en ningun caso, y esto lo se porque mi trabajo es saberlo querido cofrade, si un seguro ingles aludiera a una legislación extrangera para no hacerse responsable, el pleito en cualquier corte inglesa lo tienes ganado, por ser inaplicable la normativa española bajo ningun concepto alli.

Que en un barco de bandera española rija la ley española, si es asi, pero hasta cierto punto, porque estando en aguas por ejemplo Estadounidenses, estas afectado por su normativa también, pero estando fuera de aguas jurisdiccionales para poder ser sancionado bajo la ley española, antes hay que demostrar el ilicito, y es el caso que se ha expuesto.

Repito, la legislación nautica española es inaplicable en el extranjero, aunque rija en el barco de bandera española a efectos de cumplimiento pero la exigencia de ese cumplimiento solo puede realizarse dentro de las aguas jurisdiccionales, y ningún cuerpo de seguridad de otro pais puede aplicar las leyes de otro, en el territorio de su soberania a excepto de ciertos tratados para persecucion transfronteriza de delincuentes e interpol, que no se aplica a este caso. un saludo y una ronda para todos...:brindis:


Lo que dices son meras suposiciones tuyas totalmente equivocadas. Y encima las expones como si tuvieras conocimiento. Y, a mas inri, corrigiendo en tono paternalista al que te dice lo correcto...

Antes de hablar asi y decir lo que es legal hay que estudiar un poquito de Derecho. Y haberse leido, para empezar, la Convencion Iternacional del Mar (Convenio de Montevideo) y el articulo 10 del Codigo civil español.


La correccion que te ha hecho Genoves ("La normativa española es la que rige en un barco de bandera española las 24 horas del día, 365 días al año. Otra cosa es que un polícia (o coast guard) inglés o neozelandés, no tenga ni por qué saberla ni por qué aplicarla, pero no tiene que ver con las aguas en las que navegues") es absolutamente correcta.

Fuerza 7 12-04-2012 03:03

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
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Fuerza 7 12-04-2012 03:44

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
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Tupac A. 12-04-2012 09:13

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Cita:

Originalmente publicado por Fuerza 7 (Mensaje 1270955)
No te voy a descalificar como tu has hecho, porque no necesito hacerlo, lo primero cuando cites una fuente jurídica concreta, es usual citar además del articulo, el punto en que se encuentra lo que citas, en este caso como veo que lo obvias, es el art. 10 punto 2º, y por supuesto dice lo que yo ya he dicho antes pero tu se ve que no lees antes de descalificar, pero sin ánimo de parecer paternalista te copio y pego lo dicho a ver si eres capaz de leerlo aqui en rojo y en resaltado (parrafo 3º de mi post anterior):

"Que en un barco de bandera española rija la ley española, si es asi, pero hasta cierto punto, porque estando en aguas por ejemplo Estadounidenses, estas afectado por su normativa también, pero estando fuera de aguas jurisdiccionales para poder ser sancionado bajo la ley española, antes hay que demostrar el ilicito, y es el caso que se ha expuesto. "

Y para muestra de que no lees antes de descalificar gratuitamente, ahí va otro copio y pego sin ánimo paternalista que la pescadilla muere por la boca, mi querido amiguete, (párrafo 4º de mi post anterior), en rojo y resaltado, manda huevins que lo hayas reproducido en tu contestación y ni te lo hayas leído..jejeje:

"Repito, la legislación nautica española es inaplicable en el extranjero, aunque rija en el barco de bandera española a efectos de cumplimiento pero la exigencia de ese cumplimiento solo puede realizarse dentro de las aguas jurisdiccionales, y ningún cuerpo de seguridad de otro pais puede aplicar las leyes de otro, en el territorio de su soberania a excepto de ciertos tratados ..."


Aludes a la Convención de Montevideo, que nada tiene que ver con lo tratado aqui sino documentate e invito a los que leais esto que os documenteis si quereis y vereis la Convencion de Montevideo sobre que trata, y te invito a que expongas en donde firmo España esa convención...

Si quieres hablar de derecho internacional del Mar tendrás que aludir al CONVEMAR, si es que sabes lo que és, y a tratados bilaterales y multilaterales entre paises tanto entre UE y resto como tratados bilaterales aun en vigor, los cuales conozco bastante bien, porque es mi trabajo conocerlos, en fin, no voy a extenderme mas, ni pretendo ser paternalista, sino educado, y no se puede descalificar sin antes mínimo leer bien lo expuesto, bueno yo nunca descalificaria de esa manera, hay formas mas educadas de proceder.

Que se pueda aplicar la legislación española fuera de las aguas territoriales , ya deje claro que existen algunas excepciones, pero no en el caso que nos ocupa, y no discuto contigo porque veo entras a saco simplemente para crear polémica, pero si te ruego que cuando pretendas corregir a alguien primero leas bien lo que ha escrito.

ahi va una ronda...:brindis:



- El articulo 10.2 del Codigo civil forma parte evidentemente del articulo 10 del Codigo civil.
- Yo dije la "Convencion Internacional del Mar (Convenio de Montevideo)" y tu dices que eso no tiene nada que ver, que lo importante es la CONVEMAR. Esa CONVEMAR que tu dices es la CONVE+MAR, o sea, la CONVENCION del MAR, que es la convencion internacional a que yo aludia, la unica vigente actualmente. (Es cierto que al poner el nombre completo la llame Convencion Internacional del Mar en lugar de Convencion de las Naciones Unidas sobre Derecho del Mar. Y es cierto que no se firmo en Montevideo, sino en Montego Bay (la que se firmo en Montevideo fue la primera Convencion Internacional que la precedio en 1970).
- Dices que conoces hay tratados bilaterales y tratados de la UE que regulan el Derecho del Mar y que los conoces por tu trabajo? El unico cuerpo juridico internacional relevante para la cuestion que nos ocupa (el Derecho aplicable a un barco con un pabellon determinado) es la Convencion del Mar (o Convemar, como tu prefieras, pues es lo mismo).


Mi recomendacion es que lo dejes, y que dejes que esta polemica con Genoves muera aqui para no llamar mas la atencion y no contaminar el hilo. Pero si insistes, a mi no me importan las ridiculas polemicas de forillos y ni siquiera me voy a molestar en contestarte. Alla tu.

caballafricanus 12-04-2012 19:29

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Cómo siempre y desgraciadamente en este país, impera más el EGO que el conocimiento.

Aquí NO se razona. Se discute.

Y así nos va. Lamentablemente.....así nos va.

Fuerza 7 13-04-2012 02:17

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Editado por Natachamar: Ya nos estamos saliendo de madres y este mensaje incumple totalmente las normas del foro.

port bo 13-04-2012 13:15

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Tic, tac, tic, tac.:eek::calavera:

Tupac A. 13-04-2012 15:08

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Paso.

Canteirán 13-04-2012 15:36

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Cita:

Originalmente publicado por Fuerza 7 (Mensaje 1271661)
[...].................................................

:nop: Llegado a este extremo la razón que pudieras tener las has tirado por la borda

Tur 13-04-2012 15:43

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
..................................

Del tema no se, ó se poco así que no hablo, pero lo que no me cuadra es que agradezcas el mensaje a caballaafricanus, donde crítica la realidad de que estemos más preocupados por defender nuestro Ego que por informar, y coloques esta contestación ?????.......un poco bipolar si que parece.

Tur 13-04-2012 15:45

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Cita:

Originalmente publicado por Tupac A. (Mensaje 1271965)
Paso.

Coherente.

genoves 13-04-2012 16:22

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Con todos mis respetos a las partes litigantes.

El desarrollo de este hilo solo ha confirmado lo que sé perfectamente por mi trabajo (me rodean muchos jurídicos con muy diferentes funciones).

Cuando se juntan dos o más licenciados en derecho, algunos expertísimos, a opinar de una ley que puede parecer clarísima, o incluso de un tema en el que todos los demás lo vemos claro, se embrolla hasta que a alguien, una instancia superior, le da la razón. Antes siempre las partes tenían la absoluta posesión de la verdad.

Pero yo he confirmado otra cosa aun peor, porque conozco a abogados de otras cosas internacionales. Entre un abogado inglés de una gran empresa y uno español de un perroflauta (o sea, yo mismo en mi mismidad) tiende a ganar él, es algo estadístico, de lo que vivimos los de ciencias. Sólo por eso me dan miedo litigar contra un seguro inglés o necesitarlo, y he constatado que opinan así muchos trasmundistas.


Los insultos y la superioridad moral no nos enriquece, pero el conocimiento de los demás, si, así que os animo a seguir... opinando.

Mi conclusión sigue siendo, si quieres cruzar el charco, o te legalizas en España, o cambias de bandera, o te arriesgas a ir sin seguro un rato, el problema gordo de la náutica en España no lo dude nadie, son los seguros.

A mi me encantó este hilo, pero hay de todo en esta taberna acerca de las maravillas de los seguros
http://foro.latabernadelpuerto.com/images/misc/tag.png http://foro.latabernadelpuerto.com/i...hcan_small.gif http://foro.latabernadelpuerto.com/i.../paperclip.gif vuelta al mundo, abordaje con pesquero hundido, un movidon

Tomaros varias de mi parte :brindis:

Natachamar 13-04-2012 16:47

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Nunca dejará de sorpenderme la gente.

Espero que no se vuelvan a repetir mensajes como los anteriores que he tenido que borrar, y seguro que se me habrá pasado alguno más.

No es difícil, creo yo, que cada cual exponga sus puntos de vista, sin sentar cátedra. Que aquí ninguno estamos firmando un informe oficial: que esto es sólo un Foro náutico y lo que se diga aquí no tiene porqué ser tomado al pie de la letra por nadie.

Vamos, supongo yo que a nadie se le ocurriría irse a un Juicio por algún contratiempo ( por ejemplo como lo que se habla aqui del seguro) y como medios de prueba de que se está en posesión de la verdad se lleve impresos los mensajes de los cofrades de este foro:cunao:

Somos mayorcitos para saber discriminar informaciones.

Fuerza 7 13-04-2012 22:22

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Antes de nada, yo no paso.

Quiero pedir disculpas a los cofrades que se hayan sentido ofendidos por el tono de mi mensaje, (excepto al que no sabe respetar), pero, no se puede empezar diciendo a alguien que no tiene ni idea, cuando no se ha leido ni se sabe de que se habla, no se puede faltar el respeto gratuitamente, a las personas.

He recibido el primer mensaje de esta persona, tachandome de defraudador y de que no tengo ni idea que es como decir que miento en lo que afirmo, he respondido comedidamente, tratando de explicar al que habla sin saber, lo que veo que no ha leido o entendido, no siento catedra de nada, simplemente porque no soy catedratico, pero si estoy cansado de las personas a las que molesta que otros sepan mas que ellos y sólo entran atacando y tratando de desacreditar, cuando luego dicen que un Convenio de Montevideo, finalmente no fue en Montevideo sino en Montego Bay, esa falta de rigor, y errores de bulto, asi como la forma de expresarse me dicen que habla sin conocimiento, por lo que ya el segundo post, tachandome gratuitamente de mentiroso, y faltandome el respeto, me ha llevado a perderle el respeto a aquel que no sabe respetar...

Reitero que pido disculpas, no al que me ha faltado el respeto, por supuesto, sino a los demás, y es cierto que no debiera haberme pasado con esta persona, pero es lo que él buscaba, reventar la conversación, simplemente faltando el respeto y hablando como si supiera mas que el que suscribe, que bien pudiera ser, pero alguien versado en leyes, nunca atacaría a un compañero de esa manera, sino con la palabra, y con argumentos, ya que si bien no tengo que justificarme ante nadie merezco el mismo respeto a mi manera de expresarme que cualquier otro cofrade, aun incluso cuando a otros no les guste, lo cual puede ser asi pero se puede discrepar con educación.



Un saludo a todos, y una ronda:brindis:

Fuerza 7 13-04-2012 22:28

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
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Fuerza 7 13-04-2012 22:40

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
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Fuerza 7 13-04-2012 22:44

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
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Fuerza 7 14-04-2012 04:05

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
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Fuerza 7 14-04-2012 04:29

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
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kike 4x4 14-04-2012 19:15

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Cita:

Originalmente publicado por flog (Mensaje 911104)
Efectivamente Riskfactor pienso como tú! yo realmente estoy a 50 metros de la costa (menos de 12 millas), en una boya en columbretes, si esto se considera costa española.
Otra cosa es que en los radares, o elementos de vigilancia de Marina Mercante, figure la trayectoria seguida y sea fácil probar que llegué allí navegando. Pero esto ya es cuestión de recurso.

Pero en este caso, por qué otros cófrades en el foro han tenido problemas con zona 3 llendo desde burriana?, pues 25+25 les daría sobradamente para llegar a columbretes, y parece que de esta manera, Marina no considere costa española....

En fin sea lo que sea lo que pase, el caso es que podré recurrir con astucias, pero a priory pensé que no infringía pensando que estaba a 26 millas de Oropesa. (mejor dicho infringía pero por 2 millas, que suponía no era problema).

Pero estoy de acuerdo con lo que planteas Riskfactor.

¿Como quedo al final el asunto de la sancion?¿que hicistes?¿que te contestaron?.....

amurado 15-04-2012 12:04

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Yo recuerdo muy claramente, aunque no se de donde,solo de cuando estudié para el per, en lo referente a las atribuciones que este título, que además de las consabidas en el territorio nacional y sobre las islas ,que se puede navegar en paises extranjeros,ateniendose a la normativa de los paises por los que se navega.Otro tema es tener un seguro que te cubra por donde hagas la navegación.Creo que ademas es lo más razonable.:brindis:

kuovadix 17-04-2012 19:44

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Los seguros no dejan de ser contratos privados entre dos partes. El seguro cubrirá todo aquello que se ponga en letra pequeña, si no no cubre. Un barco ha de ir legal, lo cual quiere decir que cumpla todo lo que la legislación de su bandera tenga escrito. Esto es independiente de la nacionalidad de la compañía aseguradora. Si un per quiere navegar por el atlántico en un barco con bandera española y compañía de seguros inglesa, sólo tiene que ponerlo en cláusula si la compañía firma, paga. Hay que pensar que los seguros náuticos son un chollo para las aseguradoras. Lo que es una ruina son los seguros de automoviles, que tienen que pagar el coche y los daños producidos (lesiones cervicales, invalideces, etc) eso si que son una ruina.

aladroque1958 06-12-2017 09:39

Re: Sanciones por navegar fuera de la zona de navegación asignada
 
Cita:

Originalmente publicado por pepobond (Mensaje 707561)
Cuando una embarcacion se aleja de la costa mas allá su zona de navegacion, tecnicamente navega por unas aguas para las cuales no dispone de los medios de seguridad considerados adecuados para la salvaguarda de la vida de sus ocupantes.
Eso significa que para la ley, el patrón esta poniendo en peligro la vida de los pasajeros y la tripulacion.
¿Visto asi te sigue pareciendo caro?
Hay demasiados intrepidos en la mar pensando que no tieneporque pasar nada, y no tiene porque pasar. Pero algunas veces ocurre, entonces es cuando te das cuenta de que no puedes parar en la cuneta y llamar a la asistencia en viaje. Dependes de lo que lleves a bordo.
Cuando uno ha tenido que cojer la radio, pulsar el "Petete" y decir eso de "salvamento maritimo, salvamento maritimo, salvamento maritimo para ----" alguna vez, el significado de "equipo de seguridad" toma una nueva dimension.
Respecto a esa leyenda urbana de los barcos de regatas, una cosa es que no se tengan que matricular y otra cosa es que no tengan que cumplir con la normativa vigente en lo que respecta a "despacho del buque" y titulaciones de la persona al mando.

SALU2

Absolutamente de acuerdo con la puntualización. Yo no estoy de acuerdo con el régimen de sanciones por lo que tiene de excesivo, pero entiendo que se ha de ser inflexible con las conductas que ponen en peligro el propio barco y el tráfico, las que afectan al medio ambiente...Otra cosa es que te sancionen por una infracción grave por llevar deteriorada la documentación o que se lea mal el folio o el nombre de la embarcación. Lo administrativo nunca se puede equiparar a lo referente a la seguridad. Nuestra legislación es desproporcionada en algunos aspectos que delatan una procedencia bastante desconocedora del mar. Si no es así, peor aún.


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