La Taberna del Puerto

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navegalex 13-04-2014 19:56

Pregunta tonta
 
Si de Ibiza a Mallorca hay 50 millas y el PER puede navegar entre las islas, por que no puede ir desde Moraira a Ibiza que tambien hay 50 millas?

Paulsailor 13-04-2014 20:19

Re: Pregunta tonta
 
Viniendo de un veterano como tu, son ganas de crear polemica???

Paulsailor 13-04-2014 20:21

Re: Pregunta tonta
 
O es para dar "vidilla" ?

sserrano 13-04-2014 20:22

Re: Pregunta tonta
 
Según tengo entendido eso ya cambia con la nueva legislacion

KaSolo 13-04-2014 21:09

Pregunta tonta
 
Ahí ahí haciendo preguntas de fácil respuesta... Yo tengo otra... La vida es lógica? :) ;)

remojado 13-04-2014 21:14

Re: Pregunta tonta
 
Porque lo prohíbe la ley. Sin mas lógica.

Northwind 13-04-2014 22:08

Re: Pregunta tonta
 
Porque el legislador lo ha querido así.

El Temido II 13-04-2014 22:11

Re: Pregunta tonta
 
La M, con la A..... MA. :cunao: :cunao:


Salud y :brindis:

TAMAMOANA 14-04-2014 00:04

Re: Pregunta tonta
 
:nosabo::nosabo:

:brindis:

ignius 14-04-2014 01:09

Re: Pregunta tonta
 
Por el mismo motivo que se puede ir a 120 en carreteras que más que autovias se pueden calificar de patatares con curvas mal peraltadas y firme lleno de parches, mientras que en autopistas de pago sin tráfico y perfectamente trazadas se pone también como máximo 120, cuando como en Alemana NO HAY LIMITE DE VELOCIDAD en esas mismas buenas carreteras y uno puede ir a 150 o 160 sin problemas y todo legal.

Se llama puta norma.


:brindis::brindis:

Joolum 14-04-2014 10:22

Re: Pregunta tonta
 
Sí se puede. Todo directo.
Es legal?
Para mi sí. A efectos de navegacion a partir de 12 millas es igual que estar en mitad del Pacífico.
Para la Guardia Civil? Quizás no. Pero eso no significa que tenga razón.
A efectos prácticos. Puedo tener razón, pero no siempre es fácil que te la den, menos si discutes con la "autoridad", asi que...

navegalex 14-04-2014 10:32

Re: Pregunta tonta
 
En fin...50 mn son 50 mn...sigo sin entender cual es el criterio a la hora de hacer esa ley...per es hasta 12 millas pero entre Baleares no, será que el mar entre Ibiza y Mallorca cuenta con una profundidad de 3 metros?

atodavelas 14-04-2014 11:09

Re: Pregunta tonta
 
También en canarias puedes navegar de un tirón del hierro a lanzarte que hay 200 millas, pero no puedes venir costeando marruecos y saltar a fuerteventura, apenas 50 millas con el dichoso per
Paradojas de este pais

Casacostadamorte 14-04-2014 11:45

Re: Pregunta tonta
 
No pretendo defender la ley, (en general soy contrario a casi toda ley), pero alguna lógica tiene el asunto...
Veamos, el PER es una titulación de navegación costera, (con las 12 millas estás siempre con la costa a la vista), y esa titulación te da una cancha amplia de navegación con unos conocimientos y unos medios limitados, puedes circunnavegar toda la España peninsular y practicamente, aunque sea fuera de jurisdicción española, toda Europa, Asia y África continentales y buena parte las islas anejas sin alejarte nunca mas de las 12 millas de tierra..., y casi, casi, incluso costear tambien toda América, pues el Estrecho de Bering anda en el límite de la distancia teniendo en cuenta que en su centro están las Islas Diomede que reducen la distancia a unas 20 millas desde las costas de Asia y América hasta ellas...
Bien, este rollo viene a justificar el establecimiento convencional de las 12 millas para navegación costera, y mas en unos tiempos en los que no había tanta electrónica y los medios de orientación mas allá de la visión de la costa precisaban de cierta experiencia y conocimientos...
Y por que la excepción de la norma española de permitir la navegación entre islas en Baleares y Canarias?..., bien, pues creo que la explicación tiene un origen razonable, si estás, (habitas), en una isla a mas de 24 millas del continente, con los criterios de navegación costera sería imposible otra navegación que dar la vuelta a la propia isla, y en ese caso se encuentran Canarias y Baleares, (bueno puedes en algunos casos navegar hasta alguna isla próxima, de Lanzarote a Fuerteventura o de Tenerife a La Gomera, y no se si alguna mas en Canarias, y de Ibiza a Formentera y de Mallorca a Menorca justito), así que por motivos practicos y realistas es por lo que en el caso de los archipielagos españoles se "abrio la mano" en la interpretación de lo que es "navegación costera" para permitir la navegación entre islas...
Y ya digo que quizás algunos de estos criterios hoy ya no tengan tanta lógica por la cantidad de ayudas y medios técnicos con los que contamos, ademas del infinitamente mejor equipamiento del SAR, (era inconcebible hace cien años la red de salvamento y el contar con helicópteros)...
Perdonad el rollo, solo pretendo hacer una aportación lógica y razonada para responder la pregunta planteada...

nalari 14-04-2014 13:57

Re: Pregunta tonta
 
12 millas son 12 millas, se abrió la mano en navegación entre islas porque se hizo una chapuza. I de Ibiza a Mallorca hay 40 millas, el pero debería dejar alejarse al menos 20, y no 12. Me da que el que hizo la ley no cogió un medidor de distancias en la vida

navegalex 14-04-2014 14:28

Re: Pregunta tonta
 
Casacostadamorte, me parece razonable tu explicación y es ademas lo que yo creo...pero eso igualmente no es equitativo. Porque volvemos a lo mismo, si estoy en Mallorca puedo dar el salto de las 50 a Ibiza, sin ver costa, sin tener radiobaliza ni balsa y pudiendome pillar una buena castaña a seis horas de una costa, aun asi estaré navegando legalmente y con cobertura de seguro...la seguridad no importa. Y una vez en Ibiza NO PUEDO SALTAR LAS 50 a la peninsula porque me como una multa, no tengo seguro, y esta en riezgo mi seguridad...claro, es zona de sunamis.... lo dicho, se entiende que lo han hecho por intereses politicos y remunerativos, pero no por seguridad, por lo tanto es una ley que conviene a la administracion y a los puertos baleares pero NO al ciudadano. O sea que si en realidad estamos en democracia esa ley NO DEBERIA SER VALIDA nunca.

PEDRO >K 14-04-2014 14:37

Re: Pregunta tonta
 
Creo que confundimos la limitación del título naútico con el despacho del barco.
Para ir a Ibiza desde mallorca creo que no se puede ir en zona 4; 12 millas, ni con per ni con patron.
Si me equivoco corregirme, gracias

Casacostadamorte 14-04-2014 15:00

Re: Pregunta tonta
 
Cita:

Originalmente publicado por PEDRO >K (Mensaje 1636027)
Creo que confundimos la limitación del título naútico con el despacho del barco.
Para ir a Ibiza desde mallorca creo que no se puede ir en zona 4; 12 millas, ni con per ni con patron.
Si me equivoco corregirme, gracias

En mi respuesta me refiero a la habilitación del título, el PER..., es evidente que la zona de navegación según el despacho del barco es otra cosa...
Por conocimientos y medios técnicos me refiero a los del patrón para orientarse sin ver la costa, no a los medios de salvamento con los que debe contar el barco en función de la zona para la que esté despachado...
Y si, el PER habilita para navegar entre islas dentro de cada archipielago..., (voy a repasarme el texto en la web de fomento para ver si no se les coló que habilita también para navegar entre islas del distintos archipielagos..., mira que si por una mala redacción se puede ir de Menorca al Hierro con PER!)....

Joolum 14-04-2014 16:28

Re: Pregunta tonta
 
Sin entrar en consideraciones de seguridad o de cobertura de nuestro seguro. Y solo desde un punto de vista estrictamente legal.
Nos quejamos de la legislación española en el ámbito de la náutica por su exigencia y muchos cofrades, con todo su derecho a ello, cambian el pabellón de sus barcos para evitarla.
Desde mi opinión, también debemos defendernos teniendo claro que puede y que no puede exigir la ley española. Insisto en mi comentario anterior: A PARTIR DE LAS 12 MILLAS NO ESTAMOS EN ESPAÑA (tener bandera española nuestro barco no lo hace territorio español).
Creo que es importante que todos defendamos esta postura. Bastante es soportar que dentro de las doce millas se nos aplique una legislación que muchos consideramos "exagerada". Pero no permitamos abusos que no son legales y multas o presiones de la Guardia Civil que no son ajustadas a derecho.
Estando a trece millas de la costa, fuera de España, si mato a una persona, no puede detenerme la Policía española y condenarme por asesinato. Mucho menos sancionarme por no tener un título, o un extintor homologado. En los últimos meses ha habido sentencias en las que se dejaba en libertad a traficantes de droga y patrones de pateras porque se les había detenido fuera de España, fuera de las doce millas.
Cuestiones como la zona de aprovechamiento económico o tareas de seguridad y salvamento más allá de las doce millas no deben confundirnos. Es algo reconocido internacionalmente que un estado termina a esa distancia (son solo unos pocos países en el mundo que no lo aceptan así), y en el caso de España no hay ninguna duda de que su territorio y por lo tanto la aplicación territorial de sus normas se acaba cuando cruzamos las 12 millas).

franrisas 14-04-2014 17:01

Respuesta: Re: Pregunta tonta
 
Cita:

Originalmente publicado por Joolum (Mensaje 1636070)
Sin entrar en consideraciones de seguridad o de cobertura de nuestro seguro. Y solo desde un punto de vista estrictamente legal.
Nos quejamos de la legislación española en el ámbito de la náutica por su exigencia y muchos cofrades, con todo su derecho a ello, cambian el pabellón de sus barcos para evitarla.
Desde mi opinión, también debemos defendernos teniendo claro que puede y que no puede exigir la ley española. Insisto en mi comentario anterior: A PARTIR DE LAS 12 MILLAS NO ESTAMOS EN ESPAÑA (tener bandera española nuestro barco no lo hace territorio español).
Creo que es importante que todos defendamos esta postura. Bastante es soportar que dentro de las doce millas se nos aplique una legislación que muchos consideramos "exagerada". Pero no permitamos abusos que no son legales y multas o presiones de la Guardia Civil que no son ajustadas a derecho.
Estando a trece millas de la costa, fuera de España, si mato a una persona, no puede detenerme la Policía española y condenarme por asesinato. Mucho menos sancionarme por no tener un título, o un extintor homologado. En los últimos meses ha habido sentencias en las que se dejaba en libertad a traficantes de droga y patrones de pateras porque se les había detenido fuera de España, fuera de las doce millas.
Cuestiones como la zona de aprovechamiento económico o tareas de seguridad y salvamento más allá de las doce millas no deben confundirnos. Es algo reconocido internacionalmente que un estado termina a esa distancia (son solo unos pocos países en el mundo que no lo aceptan así), y en el caso de España no hay ninguna duda de que su territorio y por lo tanto la aplicación territorial de sus normas se acaba cuando cruzamos las 12 millas).

segun esto se podria atravesar hasta america con un per.

Joolum 14-04-2014 17:11

Re: Pregunta tonta
 
Se podria atravesar hasta America con un PER sin que la Autoridad Española te pueda sancionar.
No entro en otras consideraciones.

Casacostadamorte 14-04-2014 17:37

Re: Pregunta tonta
 
Cita:

Originalmente publicado por Joolum (Mensaje 1636070)
Sin entrar en consideraciones de seguridad o de cobertura de nuestro seguro. Y solo desde un punto de vista estrictamente legal.
Nos quejamos de la legislación española en el ámbito de la náutica por su exigencia y muchos cofrades, con todo su derecho a ello, cambian el pabellón de sus barcos para evitarla.
Desde mi opinión, también debemos defendernos teniendo claro que puede y que no puede exigir la ley española. Insisto en mi comentario anterior: A PARTIR DE LAS 12 MILLAS NO ESTAMOS EN ESPAÑA (tener bandera española nuestro barco no lo hace territorio español).
Creo que es importante que todos defendamos esta postura. Bastante es soportar que dentro de las doce millas se nos aplique una legislación que muchos consideramos "exagerada". Pero no permitamos abusos que no son legales y multas o presiones de la Guardia Civil que no son ajustadas a derecho.
Estando a trece millas de la costa, fuera de España, si mato a una persona, no puede detenerme la Policía española y condenarme por asesinato. Mucho menos sancionarme por no tener un título, o un extintor homologado. En los últimos meses ha habido sentencias en las que se dejaba en libertad a traficantes de droga y patrones de pateras porque se les había detenido fuera de España, fuera de las doce millas.
Cuestiones como la zona de aprovechamiento económico o tareas de seguridad y salvamento más allá de las doce millas no deben confundirnos. Es algo reconocido internacionalmente que un estado termina a esa distancia (son solo unos pocos países en el mundo que no lo aceptan así), y en el caso de España no hay ninguna duda de que su territorio y por lo tanto la aplicación territorial de sus normas se acaba cuando cruzamos las 12 millas).

Discrepo..., eso no es exactamente así...
https://es.wikipedia.org/wiki/Zona_contigua

Por lo tanto ese control se puede realizar hasta las 24 millas... Por otra parte, lo que dices de liberación de delincuentes capturados a mas de doce millas es algo muy reciente y puntual debido a una aplicación estricta de la derogación de la justicia universal, pero precisamente por ese efecto, es algo que está en estudio y muy probablemente se corregirá...
Aplicando el sentido común, es razonable que en materia de seguridad y tráfico marítimo, la capacidad sancionadora de un estado coincida con la zona en la que tiene atribuido al SAR..., ya que el estado tiene la responsabilidad de rescatarte en esa zona, parece lógico que también pueda imponerte unos mínimos de capacitación y de medios propios, y por ende, que tenga una capacidad ponderada de sancionar si no acatas esa normativa...
Por otra parte, yo de ti no lo haría forastero, (lo de matar a alguien a 13 millas de la costa), creo que si lo hicieras, (y se supiera, que otra cosa es encubrirlo como un "accidente"), de pasar por un juzgado y de la pena correspondiente por homicidio o asesinato no te iba a librar esa milla de mas..., eso por lo menos en 24 millas, y si el crimen es muy notorio, creo que aplicarían las 200 millas, y en algunos casos, no te libra ni una distancia de medio meridiano..., (estan con la casación del juicio de los somalies que atacaron el Patiño en el Índico al confundirlo con un mercante civil)...
:nop:

navegalex 14-04-2014 17:54

Re: Pregunta tonta
 
Siguen siendo 50 millas de Ibi a Mallo...las mismas que de Ib al continente, por lo tanto declaro legal el cruce a la isla en la república independiente de ike...ah!

KaSolo 14-04-2014 18:08

Pregunta tonta
 
Estimados compañeros este tipo de hilos es recurrente y más allá de la pura diversión dialéctica acompañada de buen bebercio os animaría a todos a que intentemos ser cuidadosos con nuestros comentarios... Me explico, una opinión es eso una opinión y si se hace con respecto pues siempre es bienvenida... El problema es cuando intentamos acompañar nuestras opiniones de datos inexactos o falsos... Esto no ayuda a nadie... Sólo genera confusión. :brindis: :brindis:

Joolum 14-04-2014 18:11

Re: Pregunta tonta
 
Mantengo mi posición: España solo llega hasta las 12 millas y solo en Españ se está sometido con carácter general a la aplicación territorial de sus normas.
Y más allá? Puede ejercer alguna autoridad? Fuera de su territorio?
Algunas y solo algunas. Y además son muchos más los países del mundo que lo discuten.
Solo aquellos países que han firmado sin reservas determinados tratados internacionales aceptan que un país ejerza una muy limitada autoridad fuera de las doce millas:
1) En la Zona Contigua, hasta esas 24 millas, como puedes leer de la misma Wikipedia, temas aduaneros, fiscales de inmigración o sanitarios. No más. Corrijo, creo que tambien la persecución inmediata de un delito cometido dentro de las 12 millas.
2) En la Zona de 200 millas, y no aceptado por muchísimos estados del mundo, muchos países defienden un derecho a su uso económico, por ejemplo pesquero. Nunca la totalidad de la legislación del país.
3) El reparto de los mares en distintas zonas por temas de seguridad no permite sancionarte creo que por nada a quien se encarga de ello. Nunca por los temas de titulación o equipos de seguridad.
4) En cualquier mar del mundo. Sin ser exhaustivo recuerdo que en Derecho Internacional la mayoría de los estados pretenden y sobretodo aceptan, el ejercicio de autoridad de otro estado en aguas internacionales para determinadas actividades. Creo recordar que la piratería o la esclavitud, y una que me llamo la atención, si no me equivoco, la falsificación de moneda.

De todas formas, amigo cofrade, te aseguro que no tengo intención de matar a nadie a una distancia de trece millas, ni incitar a nadie a ello, pero creo que no me equivocaba en mi posición. Salvo las "excepciones" mencionadas las autoridades españolas no deberian ejercer su autoridad fuera de las doce millas.
Es cierto que el sentido común puede hacernos pensar cosas como lógicas. No significa que sean ajustadas a derecho.
En todo caso creo en la postura que mantengo y creo que si tengo razón deberíamos comprenderlo para oponernos en aquellos casos en los que como alguna vez he leído, la Guardia Civil pretende sancionar a alguien por cruzar a las islas sin título.


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