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Bandera Marroquí
Buenos días Cofrades.
Hace tiempo que consulto la información disponible en este foro, y hoy me he decidido (finalmente) a apuntarme y formar parte de esta familia. Mi primera consulta es la siguiente: Tengo un velero de 7 m con bandera marroquí y este verano estaba pensando en hacer una visita a las costas malagueñas. La cuestión es que no tengo ningún título de navegación ya que en Marruecos no es necesario, pero ¿voy a tener algún tipo de problemas con los guardacostas españoles? A ver si hay algún experto en leyes por la sala!! Un saludo |
Re: Bandera Marroquí
Eres residente en Marruecos?
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Re: Bandera Marroquí
No pero viajaría con un residente en Marruecos :pirata:
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Re: Bandera Marroquí
Para gobernar un yate de matrícula no española hay que tener los títulos emitidos por la administración de aquel estado, cuando se exigen, o un título adecuado emitido por otro país que haya sido reconocido en documento oficial o decreto, o haber obtenido la convalidación. Algunos estados europeos tienen reguladas titulaciones suyas obligatorias para navegación por aguas interiores y ninguna exigencia concreta para exteriores, otros para ciertos casos no exigen titulaciones.
La situación en Europa es muy heterogénea. Y por supuesto hay titulaciones de ciertos países con reconocimiento casi universal. Ahora si tú dices que en Marruecos no se exige título alguno ....¿? Lo que si te van a exigir es un seguro de responsabilidad civil si entras o sales de puerto. |
Re: Bandera Marroquí
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Re: Bandera Marroquí
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No es cierto. La titulación depende del país de abanderamiento ( art. 9 del Código Civil y art 94 Del Convenio del Mar) Si Marruecos no exige título, no te lo pueden exigir y quien diga lo contrario que lo demuestre de una santa vez . :borracho::borracho::borracho::borracho: |
Re: Bandera Marroquí
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Es cierto lo que dices: de acuerdo con la legislacion, hay que tenir los titulos que exija el pais de bandera. Y si el pais de bandera no exige ninguno, entonces no hace falta tener titulo, se navegue por donde se navegue. Un matiz: es el art. 10.2 del Codigo Civil (no el 9). No obstante, si una persona con residencia o pasaporte del Estado español navega en aguas territoriales de ese Estado sin ningun titulo, tal como estan las coses es muy posible que los proximos años se vea metido en un follon de expedientes administrativos, alegaciones, recursos, sanciones, etc. |
Re: Bandera Marroquí
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Las leyes Penales las de policia y las de seguridad publica OBLIGAN a TODOS los que se hallen en territorio español. Artº10 -2 Bienes Immuebles. Aqui se hace referencia del pais de bandera, matricula etc. de todos los derechos que recaigan sobre dichos bienes pero no dice absolutamente NADA sobre que requisitos hay que cumplir para Conducirlos. son derechos sobre el citado vehiculo como bien immueble.El Articulo 9 no dice NADA |
Re: Bandera Marroquí
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Re: Bandera Marroquí
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¿Acaso la regulacion de los titulos nauticos es una ley penal, de policia o de seguridad publica? Articulo 10.2 del Codigo Civil: Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril, así como todos los derechos que se constituyan sobre ellos, quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otros medios de transporte por carretera quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen. Procurad no hablar de cosas sin tenir ni idea, porque si no acabais diciendo chorradas y haciendo el ridiculo. |
Re: Bandera Marroquí
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Legalmente, el que lleva un barco con bandera belga no tiene ninguna obligacion de tener titulo. Otra cosa es que, como he dicho antes, dada la ignorancia de determinadas autoridades en este aspecto, es posible que algunos tengan que acabar haciendo alegaciones, poniendo recursos, etc. Pero al final los ganara, porque no hay ninguna norma legal que le obligue a tener un titulo. |
Re: Bandera Marroquí
Los compañeros lo han dejado cristalino. Cualquier intento de embarrar el asunto es, como poco, sospechoso.
¿Sabéis cuántos ingleses, alemanes, belgas, franceses, holandeses... vienen a navegar en verano por nuestras costas? Si a todos esos señores hay que pedirles un título, ¿van todos ilegales? ¿se les retiene el barco? Incluso si lo legislasen, ¿que harían, obligar a todos los paises de la unión europea a emitir "títulos basura" para que esos señores circulen, pasándose por el forro los convenios internacionales sobre tráfico marítimo, paso inocente y demás? Dúdolo. Imaginad un barco con bandera inglesa y, en la rueda, un español y un británico manejándolo, ambos sin título, uno mueve la rueda a estribor y el otro a babor. Me imagino entonces al de la civil como el del chiste, diciendo: "ahora ilegal... Ahora no... Ahora ilegal... Ahora no... Ilegal... no...Ilegal... no..." POR FAVOR!! :meparto::meparto::meparto: |
Re: Bandera Marroquí
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:meparto::meparto::meparto::meparto: + 1 |
Re: Bandera Marroquí
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Y le pregunto , si en españa se pudiera navegar "SIN" titulo ¿Habrian Examenes ? yo creo que no harian falta un ciudadano español podria llevar un barco con la bandera que quisiera |
Re: Bandera Marroquí
Royaume de Belgique Lettre de pavillon, Bruxelles le 30 juillet 2012.
Titulo del patron, ninguno.Dos intervenciones de la guardia civil del mar, solo me piden D.N,I y seguro de la embarcacion, no piden material de seguridad ni titulo |
Re: Bandera Marroquí
Un ron cofrades :borracho:
Si los magrebis que andan en coche por España, sin carnet o carnet marroquí, y que nadie comprobó si era falsificado o comprado; pueden hacerlo, pues con mayor motivo con barco de bandera marroquí. Lo peor es que los destierren a la isla Perejil:cunao: salut i bon vent :velero: Sagitari Miembro de Cofrades de Tarragona de la Taberna del Puerto |
Re: Bandera Marroquí
A ver si nos centramos y respondemos con propiedad, en vez de entrar en discusiones que nada tiene que ver con la pregunta del post.
Limouni escribió: Cita:
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Estas son las dos principales razones que se me ocurren para que, legalmente no puede navegar con su barco en España: Teniendo en cuenta que el barco es de bandera marroquí, su propietario, Limouni, no puede navegar, legalmente, en aguas españolas, puesto que el barco, además de no tener bandera de ningún país de la CEE, tampoco tiene los impuestos pagados en España. Poder (fisicamente) se puede. Legalmente no. Saludos José |
Re: Bandera Marroquí
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¿Por que, entonces, hay examenes? Yo apuntaria dos motivos. Porque el Estado español tiene una tendencia a regular las coses como si no existieran otras normativas, o, por decirlo de otra manera, como si todas las regulaciones de los otros Estados fueran simetricas. Y no lo son. En realidad, se podria decir que la normativa espanyola es una freakada, unica en el mundo. Y porque la normativa española que permite que un residente lleve un barco de bandera de un pais europeo es muy reciente. Entro en vigor en 2011. Y eso ha supuesto un cambio tan radical que las autoridades todavia no se han hecho a la idea de la trascendencia de las implicaciones que ello conlleva. |
Re: Bandera Marroquí
Muy bueno tu planteamiento. Ahora si lo generalizas al mundo entero... Toda esa gente que cruza el atlántico. O es que en Cabo Verde van a mirarte la fecha de caducidad de tu licencia.
Además en la página web del pabellón belga, te citan que una de las ventajas de tener o mejor dicho pagar el pabellón belga es la no necesidad de permisos de conducir. Bueno, si paso de Ceuta os invito a una ronda !!! |
Re: Bandera Marroquí
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Re: Bandera Marroquí
BadMan escribió:
Cita:
La única excepción sería que el barco fuese de bandera comunitaria y tuviese los impuestos pagados en España. Al menos eso era lo que ocurría antes de la entrada en vigor de la ley 39/2010, del 22 de diciembre, pero yo entiendo que ésta Ley solo es aplicable a barcos con bandera comunitaria y con los impuestos pagados en España. Otra cosa sería que Limouni, aunque español, tuviese residencia marroquí. Entoncsr sería aplicable lo que tu dices. Saludos José |
Re: Bandera Marroquí
Por cierto, cuidado con el impuesto de matriculación!!!!
http://www.nauticalegal.com/es/infor...es-extranjeras En este enlace tenéis bastante información al respecto del impuesto de matriculación de barcos extranjeros cuyo propietario resida al menos 183 días al año en España (básicamente, este es el criterio). Infiero que si estás gobernando un barco de tu propiedad en España y no has pagado el IM siendo residente, te pueden obligar a ello :eek::eek::eek: |
Re: Bandera Marroquí
Cita:
con la legislación actual, un europeo residente en España y armador de un barco con bandera comunitaria, no necesita ningún título si el país de bandera no lo exige. Es decir, un español con un barco con bandera belga no necesita título. Precisamente, es uno de los puntos que plantea la nueva normativa sobre titulaciones que se está negociando y que estamos esperando se apruebe en breve. Plantea la necesidad de que los españoles en ese caso tengamos título... ¡ya veremos como queda! :brindis: |
Re: Bandera Marroquí
Salud a todos :brindis: voy a meter cucharada: Tupac y Gestoria: Absolutamente de acuerdo con sus acertadas consideraciones.:cid5::cid5:. Además tema que no hay que perder nunca de vista: Estamos hablando de abanderamientos extracomunitarios.
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Re: Bandera Marroquí
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Re: Bandera Marroquí
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Re: Bandera Marroquí
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Re: Bandera Marroquí
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si coge ud el permiso de navegacion. por ej. para la zona que este habilitado el barco, le dice "titulacion minima exagida, si coge ud, el apartado de Atribuciones le dice la embarcacion que puede ud. llevar con cada titulo y la zona por donde puede navegar, Si sale ud. un dia a pasear o pescar, etc. y la G Civil. le aborda y le pide documentacion, La primera documentacion que piden es el titulo, y despues la del barco, y si no lleva ud. un "carnet" ademas de sancionarle le vuelven a su puerto base, si no existiera una ley que nos obligara todo lo anteriormente dicho no tendria valor ninguno. en el borrador de la esperada "reforma" la administracion, "no" propone eliminar esa "ley" sino que para aliviarla propone tres "opciones" 1ª se exigira titulo del "Pais de Abanderamiento" si este pais no lo exige, se establece la 2ª opcion, se exigira titulo de la Nacionalidad del patron, si no lo tiene - porque en su pais no es obligatorio - se establece la 3ª opcion, que dice ,"en su defecto se exigira titulo obligatorio en españa para navegar en aguas españolas,, " Donde estan estas normas pues dentro de la Legislacion española en materia de navegacion, P D. Ayer dia 7 salio un real decreto que "Cambia" algunas normas pero " solo "para la Marina Profesional, esperemos que despues le toque el turno a la de recreo. |
Re: Bandera Marroquí
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si una tarde decido salir un rato a navegar o pescar etc, y no llevo el carnet de patron, - en realidad no llevaba ninguno, ni patron ni d n i , ni el de conducir ni nada habia dejado mi cartera en el coche - y habia arrancado el barco y decidi salir un rato para que se movieran los motores, pues bien me para una patrullera de G Civil, y aun conociendome y sabiendo que tengo el titulo de patron, me dicen que segun la ley no se puede patronear un barco sin el titulo correspondiente, y me sancionan y ademas me dicen que otro de los cargos que ponen en el atestado es por no llevarlo a bordo, Yo le pido a ud. si hay alguna ley que diga que no necesito ningun titulo para navegar, por favor me la esplicara ud. hoy se han examinado muchas personas en Alicante para todos los titulos - cada uno en el que le correspondia, Y pregunto yo ¿para que ? si segun uds. no hay ninguna norma que obligue a un ciudadano/a español//a - a tener un titulo para gobernar un barco? la verdad no lo entiendo un saludo |
Re: Bandera Marroquí
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En cuanto al borrador del decreto, ya veremos si al final acaba saliendo con la redaccion actual. Yo, personalmente, creo que no, porque alguien se dara cuenta antes de que es una aberracion intentar regular por decreto los titulos que tienen que llevar los patrones en sus barcos extranjeros, cuando las leyes (el art. 10.2 del Codigo civil y la Convencion de las NU del Derecho del Mar) dicen tan claro que se rigen por su propia normativa. Y, si nadie se da cuenta de la barbaridad y acaba saliendo, sera impugnado y anulado por ilegal. |
Re: Bandera Marroquí
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Vale ya de decir chorradas, ¿no? |
Re: Bandera Marroquí
Sr Joqui, resulta Ud. cansino en este tema.
Las titulaciones españolas A DIA DE HOY vienen reguladas por la FOM3200 y afectan sólo a embarcaciones de PABELLON ESPAÑOL. No hay ninguna ley actualmente en España que obligue a las otras banderas a tenerla (salvo que lo exija propiamente esa bandera) para navegar por aguas españolas. Si Ud cree que si, muestre la cita exacta de la ley o reglamento en que se apoya (no sólo su deseo subconsciente). Que en el borrador de la nueva orden de titulaciones aparezca por primera vez la posibilidad de esa exigencia, es sólo eso, una posibilidad, que personalmente no creo que se mantenga en el redactado final, puesto que dudo que la UE lo permitiera. Roncitos |
Re: Bandera Marroquí
De lo que estoy seguro es que debemos ser respetuosos los "unos con los otros".
En los foros hay mucha gente que opina y opina y la mayoría no somos expertos en nada. Tampoco es un foro la fuente más fiable para adoptar una decisión sin posterior asesoría de un experto. Creo que hay que dejar que cada uno exprese lo que cree sin tacharlo de ridículo o similares y /o ..."lo tomas o lo dejas ,sin más". |
Re: Bandera Marroquí
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Pregunta ud en otro hilo si alguien sabe si se puede usar una auxiliar independientemente de la embarcacion nodriza a la que esta adscrita. ¿ eso es lo que ud sabe? por lo del borrador de la reforma da ud a entender que no va a ser como ud quiere, Ni el borrador de la reforma ni la ley española intenta Regular por Decreto los titulos ni ninguna otra accion sobre los barcos extrangeros. pues estos son un trozo de Territorio Nacional, del pais al que corresponde la Bandera que enarbolan. Lo que España quiere regular por decreto y tiene todo el derecho, la Capacidad profesional de un ciudadano para "conducir" un barco dentro de sus puertos, y sus aguas juridiccionales,y ese dderecho no se lo puede rebatir nadie Dentro de los limites de "aguas juridiscionales" 12 millas donde españa tiene "Soberania"no solamente tiene autoridad para controlar los titulos del patron de un barco extrangero, sino que puede obligarle a abandonar sus aguas si no respeta las leyes españolas, El hilo de este tema lo inicio el sr Limuniu y ninguno de uds. le han contestado, a lo que preguntaba, sino que se han dedicado a entablar una batalla dialectica entre los que intentamos informar y aconsejar a dicho sr.solamente dando nuestra opinion, solo para querer demostrar que udds saben mas, pues no es asi sres.El sr Limoniu dice que tiene un barco con bandera marroqui, Pero no dice si el es Español, o si es marroqui, o si es chino, o si es Sudafricano, Ni dice si reside en España ni si reside en marruecos, solo dice "si paso de Ceuta" ¿de donde viene? solo tira la piedra y ahi queda eso y nadie dice nnada, Por otra parte le recuerdo que esto es un foro donde cada uno puede expresar su opinion libremente SIN insultar a nadie y si no se esta de acuerdo simplemente decir no y exponer su opinion sobre el tema sin querer imponerlo como la unica verdad, eso en el supuesto que se quiera seguir dentro del debate, y si no es asi pues simplemente retirarse, yo ya lo habia dejado pero un sr. me ha preguntado de manera muy educada en base a que norma me expresaba asi y he querido cambiar impresiones directamente con el, Pero ud. estaba ahi escondido tras la puerta para en cuanto hemos aparecido atacarnos con insultos y descalificaciones, Lastima de nombre que luce ud. en su avatar. Tupac Amaru, fue un gran Caudillo que lucho mucho por la libertad de Patria y de sus habitantes. |
Re: Bandera Marroquí
Cita:
Chorradas, las que ud, dice, por supuesto hasta nunca sr que ud lo pase bien |
Re: Bandera Marroquí
Cita:
pero al que ha hecho la pregunta siguen sin contestarle, No saben entender eso que ud. dice es solo una opinion o la tomas o la dejas, sin insultos y sin mas. Gracias por su colaboracion |
Re: Bandera Marroquí
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En relacion con el hilo que abri ayer, habra visto usted que, simplemente, pedia la referencia de la norma que regula ese tema. Es que, a diferencia de otros, que se rigen por frases hechas y refranes, yo siempre quiero ver que articulos de la Ley regulan algo para tomar mis decisiones. Y habra visto usted que, al final, yo mismo he tenido que contestar porque nadie aportaba referencias legales. Si tiene usted algo que objetar o aportar a los argumentos juridicos de ese hilo le sugiero que lo ponga en ese hilo (siempre que tenga algo de conocimiento juridico, no solo un refran, claro). Yo no he insultado a nadie. Simplemente, es que no estoy de acuerdo con eso de que "todas las opiniones son igualmente validas y respetables". Aunque sea en un foro. Y decir que 2+2=5 es una chorrada. La primera vez, puede pasar. Pero, encima, insistir e insistir en que 2+2=5, sin aportar absolutamente ningun razonamiento juridico apreciable (al contrario: diciendo que el art. 10.2 habla de bienes inmuebles), es hacer el ridiculo. Seguro que hay alguna materia que usted domina y que puede aportar una buena fuente de conocimiento. ¿Porque no habla de eso, en lugar de meterse en camisa de once varas? Pero, como veo que usted insiste, yo paso. Ya esta todo dicho y cada uno puede acogerse a los argumentos que prefiera: a o que dicen la Ley y los tratados internacionales, o a los refranes de Joqui. Tiene usted razon que nadie ha contestado al que ha abierto el hilo. Le contestare a continuacion y desaparecere de este hilo, en el que ya esta todo dicho. |
Re: Bandera Marroquí
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Como has podido ver, de acuerrdo con el articulo 10.2 del Codigo Civil y el 94 de la Convencion de las Naciones Unidas de Derecho del Mar, si tu barco es de bandera marroqui, tienes que tener los titulos que prevea la legislacion de ese pais. Y eso tendras que averiguarlo tu, porque yo no tengo ni idea del caso concreto de Marruecos, y no creo que pudiera encontrar la normativa al respecto. Pero hay una cuestion previa: ¿puedes navegar por aguas españolas con un barco de bandera marroqui? Y la respuesta es complicada. Lo podriamos resumir en los puntos siguientes: 1. Los apartados 2 y ss. de la disposicion adicional primera de la Ley de impuestos especiales, vigentes desde el 1 de enero de 2011, no distinguen entre paises de la UE o de fuera. Por tanto, podria defenderse que la exencion de la obligacion de matricular se aplica tanto para banderas de la UE como de cualquier otro pais del mundo. 2. Lo que pasa es que esa reforma legal la introdujo una ley de esas medidas (un omnibus de esos de modificaciones de todo tipo de leyes) en un apartado que se referia a la armonización con la normativa europea. Y es que el tratado constitutivo de la UE prohibe poner trabas a la circulacion de personas y bienes en la UE. Y, logicamente, la obligacion de matricular era un obstaculo a esa libre circulacion. Entonces, tambien seria razonable hacer una interpretacion teleologica de la reforma (es decir, de acuerdo con la finalidad que perseguia esa reforma) y entender que sus efectos se limitan a las banderas europeas. En definitiva, pues, si eres residente en el Estado español (con independencia de que nacionalidad tengas) y entras con tu barco en aguas del Estado español, puedes encontrarte con un GC o aduanero que te diga que tienes obligacion de matricular el barco. Y hasta es posible que te lo precinten hasta que este matriculado. Y, entonces, si que, evidentemente, se aplicaria la normativa española sobre titulos. Y eso, aparte del "marron" de tener que volver en Ferry, y hacer todo el infinito papeleo español para poder recuperar el barco. Entonces, habiendo esa duda y con esas consecuencias, ¿para que jugartela? Matricula el barco en Belgica y no tendras riesgos. Insisto en que todo esto lo digo dando por supuesto que eres residente en el Estado español (con independencia de tu nacionalidad), porque si resides en Marruecos, todo esto no se te aplica, tengas la nacionalidad que tengas. Entences, puedes entrar y salir como quieras, porque no se te aplica la Ley de impuestos especiales. |
Re: Bandera Marroquí
Cita:
Sobre el particular citado no acabo de entender lo de las exenciones de impuesto de matriculación a barcos de la UE. ¿No hemos quedado en que uno de los problemas que tenemos los que abanderamos en Bélgica es justificar que se ha pagado el impuesto de matriculación en algún momento? Suyo, BadMan! :velero: |
Re: Bandera Marroquí
Cita:
Ahora bién, dado el "historial de conflictividad" en las actividades de las embarcaciones con bandera marroquí, es posible -y creo que bastante probable- que "sufras" la visita reiterada de la patrullera de aduanas, de la GC y hasta del "sunsum corda" comprobando la documentación de los ocupantes/pasajeros de la embarcación, a fin de
Si, ya se que puede sonar xenófobo, racista, sin sentido, y todo eso... pero las cosas están así, y más por estas costas del sur... tu ya me entiendes. |
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