La Taberna del Puerto

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-   -   Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=134926)

LSV 13-01-2015 12:59

Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Más claro agua: Capitán de Yate sin limitación de eslora, leed la parte final del artículo.:capitan:

http://www.nauticayyates.com/titulos...ciones-recreo/

:brindis::brindis::brindis:

Potenza 13-01-2015 13:15

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Vayan esas :brindis: y mas :brindis:
Estamos de celebración!!!
Entiendo que las reformas que se hacen para promocionar la náutica, no deberían perjudicar a ninguna titulación en concreta como era el caso.

Felicidades a todos los cofrades Capitanes de nuestra querida taberna.


Tabernero.......mas y mas :brindis::brindis:

ivanlc 13-01-2015 14:10

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Barcos de más de 24m habrás pocos con la bandera española!

Pero si hay algún propiertario de un velero de tales dimensiones que quiere navegar por las Rías Baixas
que cuente conmigo para llevar el barco.
:brindis::brindis:

BAMM 13-01-2015 18:19

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Los barcos de más de 24 metros no se consideran embarcaciones deportivas y necesitan patrón con titulación profesional...
:brindis:

Potenza 13-01-2015 19:16

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Tabernero... Mas :brindis:
Entonces? En que quedamos?
Hay limitación de eslora para los Capitanes?

Vayan mas:brindis: y mas:brindis:

NEFTA 13-01-2015 19:26

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por BAMM (Mensaje 1745234)
Los barcos de más de 24 metros no se consideran embarcaciones deportivas y necesitan patrón con titulación profesional...
:brindis:

Pero que no has leido el enlace? lo deja bien claro..... http://www.nauticayyates.com/titulos...ciones-recreo/

kuovadix 13-01-2015 20:11

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Dentro de 3 meses dice que se redactará el RD...es lo que yo he leido. Pero aún no hay nada me ha parecido entender.

capitan garfio 13-01-2015 20:20

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Segun la pagina web de la escuela en la que yo estudie tanto la eslora como la distancia de navegacion es ILIMITADA

la limitacion viene dada por el arqueo y es de 3.000 GT
Se trata de un valor adimensional a pesar de que define un volumen y viene dado por la eslora,la manga el puntal y algun coeficiente.
Jugando con esta formula podriamos tener un barco de 1 m de manga,1 m de puntal y un valor de eslora alucinante.
En este momento este valor de 3.000GT no me sugiere gran cosa y agradeceria qu algun cofrade aportara valores de embarcaciones concretas y de su GT


.......mas que nada para acotar el tema.....gracias:brindis::brindis:

LSV 13-01-2015 20:25

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por ivanlc (Mensaje 1745141)
Barcos de más de 24m habrás pocos con la bandera española!
:brindis::brindis:

Si no llevas bandera española pero eres español ahora también necesitas el título.

Y tal como dice la noticia ya está firmado y publicado:
"con la publicación en el BOE del RD 804/2014, de 19 de septiembre",
lo que falta es el "desarrollo de la normativa":
si hace falta tripulación profesional, cuantos oficiales, marineros, etc. por metros de eslora, etc.

(Se firmará dentro de 3 meses, cuanto más cerca de las elecciones creen que será mejor para ellos).

Questionsailing 13-01-2015 22:06

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Los PY subimos de 20 a 24m
De 60 millas a 150.

Mañana llamaré al IAD, que son los competentes en Andalucía, ya que tengo el carnet renovado Junio'14 y quiero cambiarlo por 1 nuevo, que venga esto. A ver que me dicen...

vertijean 13-01-2015 22:19

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
quedo a la espera de tus noticias , por cierto , valiente empujón lo han dado a los PY ! , lo celebro ! , y esto que en teoría no lo necesito ( barco Belga , nacionalidad Francesa )
:brindis:

bizargorri2 13-01-2015 22:47

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Pues bien!
Todo lo que sea ampliar perfecto!

Ahora solo falta que cambien las zonas de navegacion y despachos de embarcaciones. Que no sea una manera de vaciar los bolsillos de la gente.
Al final, la gente es responsable de si mismo, y si tiene estudios o experiencia para hacerlo por que tenemos que pagar 1200euros para poder salir a 150 millas?

capitan morgan 13-01-2015 23:23

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
:brindis:



http://www.boe.es/boe/dias/2014/10/1...2014-10572.pdf


......

Régimen de las tripulaciones y de las navegaciones
Artículo 7.
Personal de gobierno y marinería del buque.
1.
Con independencia del uso privado o comercial de los buques de recreo, las
tripulaciones deberán estar integradas por personal profesional, salvo lo previsto en el
apartado tres.
2.
Los buques de recreo de uso comercial estarán bajo el mando de un capitán, que
podrá estar en posesión del título de capitán de la marina mercante, piloto de primera o
segunda de la marina mercante, patrón de altura o bien patrón de litoral, patrón mayor de
cabotaje o patrón de cabotaje, de acuerdo con el desplazamiento del buque y las
atribuciones que para dichos títulos establece el Real Decreto 973/2009, de 12 de junio,
por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante.
3.
Los buques de recreo de uso privado, podrán estar bajo el mando de un Capitán de Yate.



:velero:

Barba Roja 14-01-2015 17:29

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por vertijean (Mensaje 1745357)
quedo a la espera de tus noticias , por cierto , valiente empujón lo han dado a los PY ! , lo celebro ! , y esto que en teoría no lo necesito ( barco Belga , nacionalidad Francesa )
:brindis:

... jajaja, es verdad! ... antes solo podía alejarme 60 millas ... y ahora 150 ... y yo que soy de esos que ya están acostumbrados a que le quiten y mira por donde la administración esta vez se estira.

En fin ... :brindis:

serviola3 14-01-2015 17:47

Respuesta: Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Con estas nuevas atribuciones , van a haber muy poquitos PY se va a quedar la gente en el PER.
Espero que controlen un poco el tema de las practicas , a día de hoy es una temeridad como hay gente que alquila barcos de 12m habiendo realizado unas practicas a todas luces muy escasas y el peligro que suponen para el resto de embarcaciones.

capitan garfio 14-01-2015 19:33

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por capitan garfio (Mensaje 1745281)
Segun la pagina web de la escuela en la que yo estudie tanto la eslora como la distancia de navegacion es ILIMITADA

la limitacion viene dada por el arqueo y es de 3.000 GT
Se trata de un valor adimensional a pesar de que define un volumen y viene dado por la eslora,la manga el puntal y algun coeficiente.
Jugando con esta formula podriamos tener un barco de 1 m de manga,1 m de puntal y un valor de eslora alucinante.
En este momento este valor de 3.000GT no me sugiere gran cosa y agradeceria qu algun cofrade aportara valores de embarcaciones concretas y de su GT


.......mas que nada para acotar el tema.....gracias:brindis::brindis:

disculpad que me autocite per me interesa reflotar el tema a ver si algun cofrade que disponga de datos nos cita algunas embarcaciones que tengan un valor de Gt alrededor de 3000....gracias:brindis:

whitecast 14-01-2015 19:52

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Por poner dos ejemplos:

http://www.superyachts.com/motor-yac...cification.htm

http://www.superyachts.com/sail-yach.../sea-cloud.htm

Franhomero 14-01-2015 20:05

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Pues yo con mi py voy donde me da la gana si no que me busquen en el medio del mar a ver si tienen guevos. Eso si que venga el principito que es muy guapo y mu alto y tienes muchas medallitas:cunao::cunao::borracho::borracho::veler o::meparto:

xplanero 14-01-2015 20:15

Re: Respuesta: Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por serviola3 (Mensaje 1745589)
Con estas nuevas atribuciones , van a haber muy poquitos PY se va a quedar la gente en el PER.
Espero que controlen un poco el tema de las practicas , a día de hoy es una temeridad como hay gente que alquila barcos de 12m habiendo realizado unas practicas a todas luces muy escasas y el peligro que suponen para el resto de embarcaciones.

Muy de acuerdo contigo, tengo el PER hace 7 meses, un Sirocco que hoy hay ha navegado a vela tras los bricos necesarios o imprescindibles, por lo menos ya tiene mejor cara, una gozada, eso sí acompañado con un buen marinero para perder el miedo, no el respeto, ni al barco ni al/la mar y por eso me siento generoso, Tabernero 2 rondas para el que se apunte :brindis::borracho:

Marcos Montesier 14-01-2015 20:24

Respuesta: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Vaya tela por lo que entiendo los unicos perjudicados somos los capitanes, que no teniamos limitacion de ningun tipo y ahora si? Estoy flipando… . Los belgas si que saben

capitan garfio 14-01-2015 20:26

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 1745639)


Gracias Whitecast
El primero a motor parece que no llega a los 3000 pero en el caso del velero no indica el GT

gracias:brindis::brindis:

whitecast 14-01-2015 20:39

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
El SEA CLOUD tiene 2532 GT, una minucia para las grandes atribuciones de los capitanes de yate

http://www.marinetraffic.com/ais/det...ssel:SEA_CLOUD

Resumiendo, unas 3000 Gt equivaldría a un buque de 100 m y 5 cubiertas

Franhomero 14-01-2015 20:49

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Los cap de yate siempre han estado limitados un cy no puede llevar un yate de 100m ni antes ni ahoraya que a partir de cierta eslora o arqueo no se considera embarcacion de recreo igual que siempre haj estado limitado a 12 personas antes y ahora porque a partir de la persona 13 se considera pasaje:brindis:

LSV 14-01-2015 21:48

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por Franhomero (Mensaje 1745672)
un cy no puede llevar un yate de 100m ni antes ni ahora

Con la nueva normativa nadie te obliga a llevar en barco de 30m a ningún pasajero, ni a 12 ni a 66.
Puedes ir tú y tu pareja si te da la gana y no entrar en limitaciones profesionales.

¿No has leído que ya se ha firmado?. YA HAN FIRMADO.

capitan garfio 14-01-2015 22:11

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 1745670)
El SEA CLOUD tiene 2532 GT, una minucia para las grandes atribuciones de los capitanes de yate

http://www.marinetraffic.com/ais/det...ssel:SEA_CLOUD

Resumiendo, unas 3000 Gt equivaldría a un buque de 100 m y 5 cubiertas



gracias whitecast ahora ya me siento mas reconfortado para comprar un trasto como estos y montar en expedicion al polo:brindis::brindis:

Franhomero 14-01-2015 22:14

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Lo acabo de leer y creo que sigue igual en 24 metros como antes:brindis:

Ophiusa 14-01-2015 23:09

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
PER: hasta 12 millas de la costa y navegación dentro del archipiélago balear y canario.

Para ir del Cabo de la Nao (Península) a Ibiza (47 millas) se tendrán que realizar 24 horas de prácticas (por lo menos 4 de navegación nocturna).

Para ir de Andratx (Baleares) a Ibiza: (47millas) no se tiene que realizar nada.

Una de dos: o las millas entre el Cabo de la Nao y Ibiza son más largas o entre Andratx y Ibiza son más cortas y no hay 47 millas sino 12. Según la carta hay 47 pero debo ser yo que no sé ni trazar un rumbo.

LSV 14-01-2015 23:11

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
En el RD 804/2014 dice en su página 3:
https://www.boe.es/boe/dias/2014/10/...2014-10572.pdf

Definición:

"Buque de recreo»: Todo buque de cualquier tipo, con independencia de su modo de propulsión, cuya eslora de casco sea superior a 24 metros.

"Embarcación de recreo»: Toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, con una eslora de casco comprendida entre 2,5 y 24m.

Y en la página 7 dice:

"Los buques de recreo de uso privado, podrán estar bajo el mando de un Capitán
de Yate
".


Creo que no pueden quedar dudas al respecto.

No hace falta interpretar nada, ni leer entre líneas, ni decir que está rebuscado.

Por una vez está clarísimo, se puede decir más alto, pero no más claro.:capitan:

whitecast 15-01-2015 00:40

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Pero como un capitán de yate no puede cobrar por su trabajo y dudo mucho que ningún armador de megayates quiera pilotar su propio barco (para eso ya está la tripulacion, los millonarios tienen mejores cosas que hacer) unido a que por motivos fiscales no hay casi ningún megayate con bandera española (los únicos que puede llevar un CY)....esto no deja de ser un brindis al sol con nula aplicación práctica

LSV 15-01-2015 00:46

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por whitecast (Mensaje 1745772)
Pero como un capitán de yate no puede cobrar por su trabajo y dudo mucho que ningún armador de megayates quiera pilotar su propio barco (para eso ya está la tripulacion, los millonarios tienen mejores cosas que hacer) unido a que por motivos fiscales no hay casi ningún megayate con bandera española (los únicos que puede llevar un CY)....esto no deja de ser un brindis al sol

Estoy de acuerdo contigo en general, pero, por ejemplo, si me tocara la lotería, a lo mejor querría un barco mayor de 24m y el hecho de tener ahora el CY me resultaría interesante, aún y llevando tripulación profesional.

Así, con conocimiento de causa, podría NO exigirle al Capitán profesional burradas como las que llevaron al desastre al Titánic.
:brindis::capitan::brindis:

lasus 15-01-2015 12:25

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por capitan garfio (Mensaje 1745627)
disculpad que me autocite per me interesa reflotar el tema a ver si algun cofrade que disponga de datos nos cita algunas embarcaciones que tengan un valor de Gt alrededor de 3000....gracias:brindis:

Unas birras de antemano, no es por nada pero yo trabajo en un atunero indico 82m eslora 14,5 manga capacidad en cubas unas 1200 tns y el desplazamiento del barco son 2228 GT asiesque imaginate el yatecito que necesitas pa iwalar eso.....

por otra parte e estado esta semana en capitania preguntando sobre esto y la respuesta es que siempre que el barco sea pa uso privado NO hay limitacion de eslora, si te pillas con un barco de + 24 m eslora y haciendo charter te crujen ya que necesitarias patron de embarcaciones de recreo profesional, ya que muchas empresas de charter usavan a capitanes para trabajar aduntando el titulo de patron de recreo profesional que solo es asta 24 m y 60 millas, la forma tan liada de escrivir el texto parece ser que es pa que no qede ninguna laguna legal para que gente no profesional se dedique al charter

saludos

PEPOTE RAOR 15-01-2015 17:44

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
¿Habéis visto como quedan las atribuciones en las nuevas tarjetas?. Hoy ha salido publicada en el BOE la Resolución de 27 de noviembre de 2014, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica el anexo VII del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.

En el dorso de las nuevas tarjetas ya afinan más.

:brindis:

LSV 15-01-2015 18:17

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
¿Es esto, no?:

https://www.boe.es/boe/dias/2014/10/...2014-10572.pdf

whitecast 15-01-2015 18:53

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por LSV (Mensaje 1745775)
Estoy de acuerdo contigo en general, pero, por ejemplo, si me tocara la lotería, a lo mejor querría un barco mayor de 24m y el hecho de tener ahora el CY me resultaría interesante, aún y llevando tripulación profesional.

Así, con conocimiento de causa, podría NO exigirle al Capitán profesional burradas como las que llevaron al desastre al Titánic.
:brindis::capitan::brindis:

Aunque te tocase la lotería y te comprases un buque de recreo de más de 24 m, cualquier aseguradora te exigiría que el capitán fuese un profesional.

capitan garfio 15-01-2015 19:25

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
El Rd al que hace mencion el cofrade LSV se refiere a las embarcaciones y es del 2014

realmente la modificacion de titulos queda reflejada aqui:


http://www.boe.es/boe/dias/2015/01/15/index.php?lang=gl


Que es la modificacion del anexo VII del Rd del 2014

PEPOTE RAOR 15-01-2015 19:34

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Yo me refiero a esto, ...

http://www.boe.es/boe/dias/2015/01/1...A-2015-320.pdf

Resolución de 27 de noviembre de 2014, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica el anexo VII del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, que se publica en el BOE de hoy.

:brindis::brindis:

LSV 16-01-2015 15:35

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por PEPOTE RAOR (Mensaje 1746016)
Yo me refiero a esto, ...

http://www.boe.es/boe/dias/2015/01/1...A-2015-320.pdf

Resolución de 27 de noviembre de 2014, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica el anexo VII del Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo, que se publica en el BOE de hoy.

:brindis::brindis:

Si, lo pone.

En el carnet de CY especifica la capacidad para gobernar embarcaciones de recreo hasta 24m y BUQUES DE RECREO = (eslora ilimitada).:brindis::brindis::brindis:

PEPOTE RAOR 16-01-2015 16:10

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por LSV (Mensaje 1746283)
Si, lo pone.

En el carnet de CY especifica la capacidad para gobernar embarcaciones de recreo hasta 24m y BUQUES DE RECREO = (eslora ilimitada).:brindis::brindis::brindis:

Efectivamente, pero sin atribuciones profesionales y con el límite de 12 pasajeros.

:brindis::brindis:

Marcos Montesier 16-01-2015 16:26

Respuesta: Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
Cita:

Originalmente publicado por Ophiusa (Mensaje 1745742)
PER: hasta 12 millas de la costa y navegación dentro del archipiélago balear y canario.

Para ir del Cabo de la Nao (Península) a Ibiza (47 millas) se tendrán que realizar 24 horas de prácticas (por lo menos 4 de navegación nocturna).

Para ir de Andratx (Baleares) a Ibiza: (47millas) no se tiene que realizar nada.

Una de dos: o las millas entre el Cabo de la Nao y Ibiza son más largas o entre Andratx y Ibiza son más cortas y no hay 47 millas sino 12. Según la carta hay 47 pero debo ser yo que no sé ni trazar un rumbo.

Obvimente compañero, las millas son totalmente diferentes... el agua es mas salada, mas azul, y tiene otro comportamiento, parece mentira que no lo sepas:cunao:

LSV 16-01-2015 23:46

Re: Por si quedan dudas: Nuevas atribuciones
 
A ver si nos aclaramos, todas estas cosas de las millas no tienen nada que ver con el mar, ni con los conocimientos náuticos, solo tiene que ver con la política que mueva más dinero en la dirección "adecuada".:cagoento:


Todas las horas son GMT +1. La hora es 18:03.

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