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Motor sin documentación
Cacique cola pa to kiski!!!
Saludos a todos, tengo una cuestión. Tengo una neumática 3,60 con un 6cv todo documentado y todo ok. El motor se me queda algo cortito y he encontrado un mariner 9.9 2T bastante interesante. La cuestión es que no tiene documentación, sólo se haría contrato de compra venta. No tiene pinta de ser robado ni nada pero claro, no se si pueden venirme los guardias el día de mañana y meterme un estacazo. Que pensáis? Gracias |
Re: Motor sin documentación
El contrato de compraventa no te libra de ningún estacazo, el de no tener papeles y el gordo, que sea robado. Tener el contrato supongo que servirá para dar otro más, el que se llevará el que te lo vendio.
Seguro que hay opiniones más fundadas que la mía, más profesionales, pero así de entrada, es lo que pienso. Saludos. :brindis: |
Re: Motor sin documentación
:brindis: deberían darte copia de la hoja de asiento donde justifique la procedencia si no es un marrón del carajo. Por cierto buen contra alto el pelahigos:brindis::brindis:
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Re: Motor sin documentación
Si no está asentado o nunca ha sido asentado el contrato compra venta con DNI es acceptable. De echo no hay ninguna otra documentación aparte de la facture original...
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Re: Motor sin documentación
Gracias a todos, preguntaré por la hoja esa de asiento.
De ahí viene mi nick, el Mejor contralto del globo. Gracias a todos. |
Re: Motor sin documentación
Te pueden multar y ademas es gorda (como todas las multas nauticas). Necesitas apate uno o varios papeles ( dependiendo de los dueños que haya tenido) que acrediten que la persona que te lo vende es legalmente su dueño.
El papel de compraventa asi sin nada mas lo unico que te valdra es para que no vallas con las manos vacias a un juicio si resulta ser robado. |
Re: Motor sin documentación
Muchas gracias a todos.
Buen contralto si |
Re: Motor sin documentación
Ahora bien. Suponiendo que el motor no es robado, que creo que no lo está. El actual propietario lo usaba sin mas, no lo tenía asentado a su embarcación. Hay alguna manera de comprobarlo, ya sea en un registro o algo para poder así comprarlo y legalizarlo a mi nombre y a mi embarcación?
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Motor sin documentación
Contrato compraventa, factura y sellado capitanía.....
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Re: Motor sin documentación
Buenas cofrade.Lo ideal seria que tuvieras la factura ,pero si no la tienes es necesario que tengas contrato de compraventa,fotocopia dni,modelo de hacienda pagado,y lo ideal seria que tuvieras una copia de la hoja de asiento.El vendedor tiene que saber que es el responsable de la procedencia de ese motor.
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Re: Motor sin documentación
Pues eso que te han dicho, contrato de compraventa donde ponga marca, modelo y n. de serie del motor, los datos del vendedor y una fotocopia del DNI, ten por seguro que los que se dedican a robar motores no te hacen un contrato de compraventa, si después en una investigación saliera que fue robado como mucho te quitarían el motor, pero la responsabilidad sería del que te lo vendió.
Saludos. |
Re: Motor sin documentación
Cita:
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Re: Motor sin documentación
Yo por el bien de nuestro amigo Pelahigo vuelvo a insistir. Una cosa es que hagan la vista gorda ... pero sin factura de compra, hoja de desacople o papel de libre disposicion el contrato de compraventa no vale. Por algo los motores sin papeles son bastante mas baratos.
Asi q en principio multon. Despues si por alguna razon resultase ser robado enseñandoles el papel de compraventa no se van a ir a por el otro directamente y te van a dejar tranquilo. Te quitaran el motor ... y conoceras todos los recodos de esta nuestra justicia ... solo q con un as en la manga. Hazme caso vete a capitania .. pregunta y navega tranquilo. |
Re: Motor sin documentación
Cita:
:brindis: |
Re: Motor sin documentación
Cita:
- Si la GC mete el numero de serie en el ordenador y le sale q es robado es por q su legitimo dueño ha presentado una denuncia por robo. - Si sale q es robado se lo llevaran al deposito y una vez finalizados los tramites pertinentes su legitimo dueño podra recuperarlo. El juicio suele tardar meses y de ninguna manera te dejaran quedarte con el al igual que si se tratara de un vehiculo robado. Te enfrentaras a dos juicios. Uno por robo ... del que muy probablemente saldras airoso gracias al documento de compraventa y el segundo para que el individuo que te vendio algo q no le pertenecia te devuelva tu dinero. |
Re: Motor sin documentación
Se me olvidaba ... si lo compraste en una nautica ya no tendras papel de compraventa sino una factura de compra. Y ya no seria un motor sin documentacion.
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Re: Motor sin documentación
Unas rondas:brindis::brindis:
Ir con un FB sin papeles es lo mismo que ir con un coche sin papeles. Lo unico que en el mar es bastante mas dificil que te los pidan, por eso hay muchos que no le pasa nada. En el mar hay tanto piratilla que en la mayoria de las zonas miran de lejos el folio y con que tengas seguro ya ni te paran. Pero como tengas mala suerte.... Cita:
Tu piensa. Si te cogen con una moto robada, sin papeles y solo papel de compraventa de un tio que no es su dueño. Te van a dejar que te la quedes hasta el juicio? |
Re: Motor sin documentación
Pregunta.
Si en este momento los FB no hay que "acoplarlos" al barco ni hacerlos constar en la hoja de asiento, un vendedor (al que presumimos poseedor) que venda un motor FB de segunda mano que nunca ha figurado en hoja de asiento, ¿Qué papeles puede aportar? ¿la factura? Si han pasado más de 2 años, y ha perdido o tirado la factura, ¿ya no es vendible, porque puede ser robado? En mi Opinión, en ese caso un contrato de compraventa, pasar por ITP (se supone que entre particulares) y basta. Pero lo mejor, lo que ya te han dicho: CONSULTA EN CAPITANIA. :brindis: |
Re: Motor sin documentación
Cita:
Primero, los FB al dia de hoy no se acoplan, y puedes tener un Fueraborda antiguo que nunca haya sido acoplado. Si es una venta entre particulares, el contrato compra-venta substituye la factura. Igual que si compras una embarcación, a un particular, no hay factura pero si un contrato venta. El vendedor puede no tener la factura original o no querer dartela, es suya y está en su derecho. Si el motor ha estado asentado anterirmente en una embarcación, lo normal es que le acompañe una hoja de desacople. Caso no exista esa hoja o el vendedor mencione que nunca ha sido asentado en ninguna embarcación, hacerlo constar en el contrato compra venta. Si te hacen un contrato de compra-venta con el numero de identificación del motor, copia de DNI etc, es muy raro que el motor haya sido robado. Os dejo un ejemplo del contrato compra venta que he utilizado en la compra de un motor de 2t que nunca habia sido utilizado ni asentado en ninguna embarcación: CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MOTOR FUERABORDA ENTRE PARTICULARES En _______, a ___ de _________ de 20__. Vendedor: Don ________________, con DNI _____________ y domicilio en ______________. Comprador: Don ________________, con DNI _____________ y domicilio en ______________. Motor: Marca: __________ Fabricante: __________ País de origen: __________ Modelo: __________ Nr. de serie: __________ Tipo: Fueraborda Cola: Corta Potencia: __________ kw Año de construcción: _________ Reunidos vendedor y comprador en la fecha del encabezamiento, manifiestan haber acordado formalizar en este documento CONTRATO DE COMPRAVENTA DE MOTOR FUERABORDA que se especifica, en las siguientes CONDICIONES: PRIMERA.- El vendedor vende al comprador el motor fueraborda de su propiedad anteriormente especificado por la cantidad de __________ EUROS (___,__ €), sin incluir los impuestos correspondientes, que serán a cargo del comprador. SEGUNDA.- El vendedor declara que no pesa sobre el motor ninguna carga o gravamen ni impuesto, deuda o sanción pendientes de abono en la fecha de la firma de este contrato, comprometiéndose en caso contrario a regularizar tal situación a su exclusivo cargo. TERCERA.- El vendedor se compromete a firmar cuantos documentos aparte de éste sean necesarios para que quede correctamente inscrito y/o registrado a nombre del comprador en los correspondientes organismos públicos, siendo todos los gastos a cargo del comprador. CUARTA.- Por este acto se hace entrega al comprador de la posesión del motor, haciéndose el comprador cargo de cuantas responsabilidades puedan contraerse por la propiedad del motor y su tenencia y uso a partir de dicho momento de la entrega. QUINTA.- Por este acto se entrega al comprador una copia del DNI del vendedor, el Manual del Propietario original del motor y el juego de herramientas original del motor. SEXTA.- El vendedor confirma que en el momento de la entrega el motor está en perfecto estado de funcionamiento, que tiene 0 horas de uso y que no tiene ningún defecto, avería, reparación, desperfecto y/o vicio oculto. SEPTIMA.- El vendedor confirma que el motor está legalmente importado en la Unión Europea y que tiene todos los impuestos y aranceles pagados. OCTAVA.- El vendedor confirma que el motor fueraborda objeto de este contrato no está asentado en ninguna embarcación. NOVENA.- Por este acto se realiza el pago al vendedor de la cantidad estipulada, sirviendo este documento como carta de pago. Y para que así conste, firman el presente contrato de compraventa, por duplicado, en la fecha y lugar arriba indicados. Firma del vendedor: Firma del comprador: |
Re: Motor sin documentación
Cita:
Efectivamente, sería un motor con documentación "robado". Y al haberlo comprado en una naútica, sería irreivindicable por su anterior propietario. Y sería tuyo. Lo único que quería decir antes es que la ley tambien protege al comprador de buena fe. :brindis: |
Re: Motor sin documentación
Ni los fuerabordas, ni las bicis, ni las TV, ni los moviles, ni tantas otras cosas están en 1 registro de propiedad.
Contrato de compra venta y listos. Y por desgracia, no hay 1 registro único de bienes robados, es casi imposible saber si 1 FB ha sido denunciado o no. |
Re: Motor sin documentación
Cita:
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Re: Motor sin documentación
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Re: Motor sin documentación
Es éste un tema del que se habla con frecuencia.
No se si es factible lo que voy a plantear, si se plantea la cuestión a la Guardia Civil del Mar, si fuera posible que respondieran, saldriamos todos de dudas. Lo que no se es si tienen obligación de responder a la cuestión. Saludos y buen viento. |
Re: Motor sin documentación
Saludos a todos, e infinitas gracias por vuestro tiempo y dedicación.
Definitivamente insté por llamar a capitanía marítima, y os comento lo que me dijeron para que todos lo tengamos presente. En primer lugar le comenté mi caso, había visto un motor FB por internet, que no tenía papeles, que me hacían contrato de compraventa y que presumiblemente no era robado. Respuesta: No es suficiente, lo que ya han dicho varios compañeros por aqui, que ya no se le daba asiento, que lo que hace falta en todo caso es Factura. Le dije que si esta persona lo había perdido, se le habían mojado, o destruidos por cualquier motivo que si existía alguna forma de sacarle nueva documentación. Me comenta que en capitanía eso no lo hacen, que si el vendedor conservaba factura... pero claro, hay motores por ahí con más de 20 años, y que eso es como todo, yo no tengo la factura de mi coche cuando lo compre, pero si mi permiso de circulación y mi tarjeta de inspección técnica, y si los pierdo Trafico te expende uno nuevo, pagando las respectivas tasas, éste es el problema de los motores, no están registrados en ningún lado, y en capitanía tampoco. En definitiva, he decidido no comprar el motor, prefiero ir tranquilo navegando con todos mis papeles. Que a lo mejor te paran, y no te denuncian con un contrato de compraventa? pues puede ser, yo prefiero ir navegando, ver a la patrullera y no empezar a sudar... Lo que dije en un principio, muchisimas gracias a todos por vuestra atención. Y por cierto, si la G.C te engancha con un motor robado, aunque tengas contrato de compraventa, dad por seguro que os lo quitan, ya luego intenta recuperar tu dinero como puedas, pero el motor es del legítimo dueño. Y eso de que ni un Juez te lo quita con contrato de compraventa... un Juez es Dios, puede hacer lo que quiera. |
Re: Motor sin documentación
Primero tendran que demostrar que es robado, existe la presunción de inocencia. También te pueden preguntar por el origen del plóter, las cañas de pescar, los curris, la televisión que llevas en el barco, todo puede ser robado pero si ellos no lo pueden demostrar no hay nada que hacer. Al no tener que asentarlos en la embarcación Capitania no te puede sancionar por ningún motivo. El haber perdido la factura es algo muy común en motores muy viejos y, como ha comentado el compañero, el que roba no te va a hacer un contrato de compra-venta porque consta su nombre y dnI y eso si que es un marrón. Tu has comprado de buena fe, y como mucho perderás el motor.
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Re: Motor sin documentación
Cita:
A un conocido le pillaron con una moto con un motor que no era el suyo, resulto ser robado. Lo primero fue la retirada de la moto, pero como el chasis tenia papeles , le dejaron desmontar el motor que era lo robado y retirar del deposito el resto de la moto. Con el barco pasaria lo mismo, te quitarian el motor pero no el barco. |
Re: Motor sin documentación
Por supuesto que existe la presunción de inocencia, y por su puesto que podrían verificar el numero de serie del ploter, de la tele, del gps, todo lo que pudiese tener un número de serie, lo que no es común, pero se podría. Lo normal si te paran, opino, es que miren la documentación del barco, seguro y la del motor. Si el origen del motor no está claro, o tienen sospechas de que pudiera ser robado, yo considero que corresponde al titular del mismo demostrar su lícita procedencia. Si el motor tiene su número de serie, lo comprueban, y no figura como sustraído aun así podríamos encontrarnos ante varias hipótesis, el motor es robado pero aun no ha sido denunciado, le han cambiado la chapita al motor...etc. Desconozco si te pueden denunciar administrativamente o no por llevar tan sólo un contrato de compraventa, es decir, por no llevar la documentación del motor. No creo que te puedan imputar un delito de receptación gracias al contrato de compraventa, tu se lo has comprado a una persona que dice que es suyo, ha perdido los papeles o lo que sea, de esto último es muy posible que te salves. Pero creo que si te quieren buscar las cosquillas te la pueden buscar, al menos eso es lo que me dijeron en Capitanía. Es una pena que no exista un registro de motores, es decir, tienes un motor sin papeles, quieres ponerlo al día, y tristemente no puedes, ya sea pagando unas tasas, un troquelado en el motor que no se pueda manipular y que si se manipulase fuera delito, lo que sea, pero es que existen en el mercado miles de motores sin factura de compra, asiento, y no se pueden "usar legalmente" aunque quieras. Una lástima y una putada para los aficionados como nosotros.
Yo creo que si los Agentes que fueren, tienen sospechas de que el motor pudiera estar robado, y no porque a ellos le de la gana, sino porque el actual titular no puede justificar su procedencia, dado que un contrato de compraventa, justifica quién te lo ha vendido a ti, pero ese que te lo ha vendido a ti, ¿de dónde lo ha sacado?... una tele, lo mismo, un gps, lo mismo, un dvd, lo mismo. Pero en un barco lo normal que te miren y lo más caro y más fácil de sacar dinero con su compraventa fraudulenta es un motor y la propia embarcación. En fin, no quiero se pesado, cada cual que haga lo que quiera, inicié yo este enlace y gracias a vosotros y a unas llamadas, para mi, ha quedado claro, las cosas con sus papeles, un contrato de compraventa demuestra quien te lo ha vendido, pero no la legitimidad del motor. Buena mar a todos y todas. |
Re: Motor sin documentación
Por si a alguno le queda alguna duda os comentare algo q me paso.
Yo tenia un motor fueraborda con su desacople y documento de libre disposicion. En una ocasion se me dio por comparar el numero de serie y me di cuenta que habia una pequeña diferencia pues en la documentacion faltaba un numero. Ejm: 932583 en los papeles y 9325831 en el motor. Asi que fui a preguntar y la respuesta fue: Arregla eso cuanto antes, por que aunque se ve de lejos que fue un error administrativo, si te quieren multar por andar con un motor sin papeles pueden perfectamente y la multa es gorda. Asi q si para ellos una documentacion con un pequeño y claro error administrativo puede ser considerada como no valida y sancionable no me quiero imaginar si lo unico que le presentas como documentacion es un compraventa. |
Re: Motor sin documentación
Donde fuiste a preguntar y cuando? El no tener la factura, que es una manera de demostrar la propiedad de un motor, no es ninguna infracción administrativa, y por tanto no es sanciionable. Ya no se asientan motores, y llevar un motor sin asentar si era una infracción. Si llevas una bici sin factura ¿también te multa tráfico?
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Re: Motor sin documentación
Pues yo con el contrato compra venta estoy muy tranquilo.
De echo la ley del abanderamiento es muy clara y no menciona ninguna factura. Menciona si que se necesita aportar el "título de adquisición de la propiedad o del derecho de disfrute". Yo interpreto que es la factura (si compras nuevo o de segundamano a una empresa) o el contrato compra venta (si compras a un particular). |
Re: Motor sin documentación
Cita:
Pero no tengo seguridad de que sea así |
Re: Motor sin documentación
Yo interpreto de otra manera.
Buscad en google: titulo de aquisición + contratocompraventa (o factura). :brindis: |
Re: Motor sin documentación
Cita:
Sobre lo de comprar un motor usado me dijeron lo mismo que a Pelahigo. Algun papel oficial que demuestre que el q te lo vende es su dueño ( factura, libre disposicion o fotocopia del acople) y compraventa. Yo no me he leido ninguna ley ni estoy interpretando nada. Solo digo lo que me respondieron. Sobre lo de la bici solo decir que me parece algo no comparable con un FB puesto que no solo no te pediran la factura, tampoco te pediran el compraventa. |
Re: Motor sin documentación
Mañana llamo a la Guardia Civil y salimos de dudas que en el fondo son los que nos van a percutir el ano
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Re: Motor sin documentación
Perdoname que haga una pregunta en tu hilo pero si vale solo con el CV si me compro un motor con mas caballos de los que puedo llevar sin que sea muy descarado y en el CV le pongo menos y le cambio las pegatinas ya no me pueden multar?
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Re: Motor sin documentación
1 Archivo(s) adjunto(s)
Buenas tardes cofrades y unas :brindis: para este calor,
Yo tengo un problema similar, pero con el agravante que ya me dieron la neumática+el motor. El anterior dueño NO tenia las facturas de compra (las perdería) y como bien decía Pelahigo, quien va a tenerlas después de tanto tiempo? Lo que si tengo original es la Declaración de conformidad y su certificado, pero no una Hoja de asiento propiamente dicha con el nombre del dueño (esto tanto para el motor como para la neumática). Entiendo ahora que tengo “algo” que no me sirve legalmente? Es decir, no podre salir con mi neumática porque NUNCA voy a tener los papeles legales? (al no encontrar una factura lo único que se me ocurre es llamar a la tienda donde la compro este hombre hace 16 años por su guardan una copia……). Se habla aquí del contrato de compra-venta solo, pero mirad el adjunto que os pongo, parece que da la opción de: “Copia de la factura de compra” o “Copia del pago de Impuestos sobre transmisiones Patrimoniales” , es decir, o una cosa o la otra y….que yo recuerde cuando compre mi barco de 2da mano, el dueño NO me dio la factura de compra (aunque si había Hoja de Asiento donde figuraba su nombre y que era el dueño)…...:confused: Por otra parte (esto ya no es de este hilo, lo siento), si consiguiera esa factura, me dijeron en Capitanía Marítima que NO puedo utilizar mi neumática (3,10m+6Cv, lo se, es una p….) porque como no hice en su día los papeles del barco a la vez que lo de la auxiliar, debo tener una matriculación nueva para la ésta, independientemente de la principal. Esto me fastidia porque solo quiero utilizarla cuando fondee y no quiero tener que llevar todo el equipo de seguridad, seguro nuevo (mi seguro ya me incluye claramente la neumática), otro impuesto mas….. :nop: En fin, perdonad por el ladrillo y aprovecho para adjuntaros (aunque esta por ahí en la red) el modelo de solicitud de inscripciones de embarcaciones de recreo que me dieron en Capitanía. Buena tarde! |
Re: Motor sin documentación
vaya lio tienes tu y la capitania....
Si quieres matricular tienes todo lo que hace falta, certificado de conformidad neumatica y contrato compraventa (del motor no te piden documentación ninguna) Pero para utilizar como auxiliary ni te hace falta nada de eso, solo tienes que rotular el indicativo de la matricula / registro y seguido de (AUX). Le esto: http://foro.latabernadelpuerto.com/s...2&postcount=39 |
Re: Motor sin documentación
Cita:
pues puedo prometer y prometo que me fui con el famoso parrafo que citas en ese post sobre una Auxiliar y ellos dudaron, estuvieron comentandolo internamente (entre ellos) y al final me comentaron que si no lo he hecho con la ppal, ahora no se podia. Les comente amablemente que entonces, todos los barcos que tenian auxiliar la habian comprado a la vez que su barco? Sin excepcion? Y que lo dudaba....que no entendia el criterio...pero claro, ellos son los que "mandan" y yo salgo perdiendo....a ver como me las apaño.... Otro tema curioso que NO me supieron responder el cómo se nombra una auxiliar, mi duda estaba (sigue estando): Embarcación principal de nombre “PEPE”, matricula: 7-XX-X-XXXX-14 a) PEPE (AUX) b) 7-XX-X-XXXX-14 (AUX) Por favor, si fueran tan amable que opción tengo que escoger la a) o la b) estaría muy agradecido.:D ya que el famoso parrafo del RD no lo entiendo: «Embarcación auxiliar»: toda embarcación de cualquier tipo, con independencia de su medio de propulsión, cuya eslora máxima no sea superior a 4 metros y cuya potencia instalada, en su caso, no sea superior a 8 kW, siempre y cuando sea destinada exclusivamente al servicio auxiliar de la embarcación principal de recreo a la que sirve. Estas embarcaciones solo podrán navegar en las proximidades de la embarcación principal. Las embarcaciones auxiliares deberán llevar el mismo indicativo de matrícula de su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis la expresión «Aux» y el indicativo de matrícula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de una embarcación auxiliar, se utilizarán números correlativos. Las embarcaciones auxiliares, de las embarcaciones acogidas a este régimen especial, deberán llevar el mismo indicativo de inscripción de su principal, sin nombre, y añadiendo al final del mismo, entre paréntesis, la expresión «Aux» y el indicativo de matricula de su principal. En el supuesto de que hubiese más de una embarcación auxiliar, se utilizarán números correlativos. salu2 y :brindis: |
Re: Motor sin documentación
Jolin lo tuyo es de cambiar de capitania o de Distrito Maritimo!
La vdd es que el RD no es muy claro con respecto a la identificación de la auxiliar... A ver cómo hacen los cofrades. :brindis: |
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