La Taberna del Puerto

La Taberna del Puerto (https://foro.latabernadelpuerto.com/index.php)
-   Títulos Náutico-deportivos (https://foro.latabernadelpuerto.com/forumdisplay.php?f=46)
-   -   PNB Hasta donde se puede ir? (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=141826)

Robao 31-07-2015 09:02

Hasta donde se puede ir?
 
Es un supuesto ilógico, no me voy a alejar mucho del puerto, amén que esperó sacar el PER en pocos meses, las prácticas ya las tengo.

Pero saliendo desde Garraf, hasta donde podría llegar?

Gobierno de embarcaciones de recreo a motor, de hasta 8 metros de eslora, siempre que la embarcación no se aleje más de 5 millas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.

Saludos y que corra el ron


Editó: no es que sea un vago, pero no tengo acceso a cartas náuticas hasta el lunes que regreso a España y nos ha surgido la duda.

SMJJ 31-07-2015 09:57

Respuesta: Hasta donde se puede ir?
 
preguntas por lugares en concreto? o es más bien una orientación? lo dices muy claro, 5' de puerto o lugar de abrigo, por lo tanto "casi" podrías dar la vuelta a españa; lo siento no tengo las cartas aquií

Rafaseaman 31-07-2015 11:53

Re: Hasta donde se puede ir?
 
:brindis:

España tiene unos 7.880 km de costa.

Decir que un PNB casi puede dar la vuelta a España induce a error y riesgos de multas elevadas.

Este tema se ha tratado muchas veces en La Taberna. La información correcta es leer, conocer y cumplir las atribuciones establecidas para dicho título en el BOE.

¡Felices vacaciones!

Losencantes 31-07-2015 12:46

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Señores, si el dice que quiere el PER, luego pone las atribuciones del PNB , y luego le contestamos con las de la Licencia de Navegacion, jajajajajajaj no sale de su casa ni del abrigo de su familia, jajjajaja
Con el PER te puedes dar la vuelta casi al mundo entero a 12 millas de la costa y peninsula baleares con la habilitacion a 24 metros de eslora,,, todo el archipielago Canario y Balear, pero para ir a ceuta o melilla tendrias que ir a dar la vuelta a Turkia lo menos jajajajaja


Estudien bien , hagan el examen y ya luego se plantean donde no pueden ir ya que una cosa es el titulo y otra la embarcacion , porque si te compras un barco de 6 metros habilitado para titulin ,,,,, no sales de 2 millas ,,, o una moto de agua que solo es de dia , luego ya si la embarcacion esta habilitada a la distancia de PER , usted navege que el dinero que le va a costar le limitara sino hoy cuando se le valla terminando a saber dios , en fin.

La culpa la tiene el que le informo a usted del PER o el profesor de las practicas esas que dices tienes hechas que no se que le conto en esas practicas.

UN saludo.

Robao 31-07-2015 17:08

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Gracias a todos por contestar.


La pregunta viene por la necesidad de sacar el barco del agua durante unos días en invierno para el mantenimiento anual, hay puertos que ponen muchos problemas para hacerse las cosas y otros que no ponen pegas.

El barco es un puma 26, en zona 5, de hay que de momento con el PNB tenga suficiente, en no mucho tiempo bandera belga.


Saludos.

Pd: para aclarar la duda el lunes marcare en una carta la distancia a la que se puede navegar.

RICARDOT 31-07-2015 18:30

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Si eres PNB las 5 millas te permiten recorrer buena parte de la geografía española, eso sí, de día. Por abrigo se entiende cualquier punto donde puedas atracar y desembarcar. No creo que haya en toda la península ningún lugar que tenga más de 10 millas entre playa y playa

mcr1414 31-07-2015 18:33

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Puedes navegar de noche y cruzar el estrecho, que contestaciones mas raras...
:nosabo:

plinio viejo 31-07-2015 18:51

Re: Hasta donde se puede ir?
 
vaya forma de "liar"
un PNB no puede navegar por una linea paralela a la costa de 5 millas de distancia.
por el mediterraneo hay muchos tramos que hay más de 10 millas de separacion y mas de 20 tambien.
la norma, la saben uds. "sin alejarse más de 5 millas " "En cualquier direccion" de un puerto, marina, o lugar de abrigo.
lo de "la vuelta a España" es muy gracioso, pues cuando llegues a la frontera con Portugal habra que ver si portugal te permite con ese titulo navegar costeando,
tambien te dicen que navegar de dia, desde luego que vaya cosas raras se dicen, si todos saben que un PNB puede navegar de noche.
en fin cosas del verano
saludos y unas :brindis:

Losencantes 31-07-2015 19:49

Re: Hasta donde se puede ir?
 
si el empieza diciendo que quiere el "PER" luego explica las atribuciones del PNB ,,, jajajaja nadie a leido ni lo que el dice ni lo que yo le contesto , esque no sabemos leer . jajajajajaj

castigados sin cerveza , ala ... jajajaja

Es un supuesto ilógico, no me voy a alejar mucho del puerto, amén que esperó sacar el PER en pocos meses, las prácticas ya las tengo.

Pero saliendo desde Garraf, hasta donde podría llegar?


jajajajajjajaj leannnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn

RICARDOT 31-07-2015 19:57

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Desde Garraf hasta Murcia no hay 10 millas sin playa o puerto (lo que se considera abrigo). Lo de recomendar viajar de día no es por ley sino por prudencia

Robao 31-07-2015 20:21

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Losencantes (Mensaje 1817574)
si el empieza diciendo que quiere el "PER" luego explica las atribuciones del PNB ,,, jajajaja nadie a leido ni lo que el dice ni lo que yo le contesto , esque no sabemos leer . jajajajajaj

castigados sin cerveza , ala ... jajajaja

Es un supuesto ilógico, no me voy a alejar mucho del puerto, amén que esperó sacar el PER en pocos meses, las prácticas ya las tengo.

Pero saliendo desde Garraf, hasta donde podría llegar?


jajajajajjajaj leannnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnnn

No lo pilló.

Pero por si no ha quedado claro lo explicó todo con pelos y señales, no quiero liar a nadie.


Tengo un Puma 26 , menor de 8m, en zona 5, 5 millas de la costa.

Tengo las prácticas de PER y la teoría de PNB. Por lo tanto de momento tengo PNB, 5 millas de puerto de abrigo.

A simple vista, sin poder dibujar en la carta, creo que se puede navegar de esta forma desde port ginesta hasta torredembara.


Por cierto, es esto, fijaros en lo que pone zona 5, aunque no se si esta confundido el concepto, en mi caso no me afecta, cuando tenga el PER sacare la habilitación para las islas y bandera belga.


http://www.fondear.org/infonautic/sa.../Zonas_00g.jpg

Aquí se ve más claro
http://www.navegar.com/wp-content/up...ncia_pnb-1.jpg

Robao 31-07-2015 20:24

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por RICARDOT (Mensaje 1817577)
Desde Garraf hasta Murcia no hay 10 millas sin playa o puerto (lo que se considera abrigo). Lo de recomendar viajar de día no es por ley sino por prudencia

No tengo claro que cualquier playa sea un abrigo.


De que te sirve la playa de Castelldefels como abrigo si te sorprende un temporal alli?
Yo creó que se refiere a un lugar donde poder resguardarte, un puerto básicamente por la zona que habló.

Robao 31-07-2015 20:26

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Se me olvidaba :brindis:

RICARDOT 31-07-2015 20:34

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Eso siempre :brindis:
La ley dice: Lugar en el que pueda refugiarse una embarcacion y permitir la llegada a tierra de sus tripulantes.
Tan ambiguo como para considerar que estaría prohibido solo en los fiordos noruegos :cunao::cunao:

Losencantes 31-07-2015 20:36

Re: Hasta donde se puede ir?
 
ahora si te explicaste ,, tuenes las practicas del per y LA TEORIA DEL PNB hombre es que al comienzo no lo entendi yo asi, por eso decia que era un lio . perdon por mi mal entendido.

Jordi BMW 31-07-2015 21:29

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Otro que no sabe leer, (yo) también tengo las prácticas de PER y la teórica aprobada de PNB, es decir soy PNB sin más. Y si no emites la titulación de PNB, no eres nada..., y a la que emites la titulación para PNB pierdes las prácticas de PER.
Somos demasiados los que no te entendimos, quizá tu redacción en algo falló...

Robao 31-07-2015 22:22

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Jordi BMW (Mensaje 1817608)
Otro que no sabe leer, (yo) también tengo las prácticas de PER y la teórica aprobada de PNB, es decir soy PNB sin más. Y si no emites la titulación de PNB, no eres nada..., y a la que emites la titulación para PNB pierdes las prácticas de PER.
Somos demasiados los que no te entendimos, quizá tu redacción en algo falló...

¿Esto que pones en negrita lo afirmas? Más que nada porque yo pensaba como tu y a raíz de un comentario leído aquí
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...=141323&page=3 llame a la generalitat y después de sorprenderse y decirme que me llamaría después de consultarlo, me llamó y me dijo esto.

Prácticas de PER + teórica PNB, si sacas título tienes 24 meses para aprobar la teoría que falta del PER ( examen reducido) las prácticas ya las tienes.

Prácticas de PER + teórica PNB sin sacar títulos sólo tienes dos opciones de sacar PER (examen reducido).

Las prácticas no se esfuman, una vez tramitado el PNB siguen estando disponibles para tramitar PER durante 24 meses, desde que te las firman.

De todas formas yo voy a ir el lunes en persona a tramitarlo, si fuese otra cosa ya lo aclararía.

Saludos.

Editó: disculpas por la mala redacción

Ponent 01-08-2015 00:38

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Pués sí que se agradeceria una aclaración, porque hasta ahora también yo estaba convencido que no se podian usar las mismas prácticas dos veces.

Un saludo y:brindis:

Losencantes 01-08-2015 03:00

Re: Hasta donde se puede ir?
 
a ver


si tienes el PNB con la orden fon tenias 5 millas al abrigo de la costa o refugio seguro, con la nueva orden tienes 5 millas de un puerto abrigo , zona accesible, o playa,

en resumen puedes dar la vuelta a españa entera y pasando por pòrtugal porque tu titulo vale en portugal tambien ,

tanto lio
asi de simple mientras puedas salvar a las personas o las cosas puedes navegar


es mas la primera norma del ripa es que te lo puedes saltar entero mientras salves a las personas o cosas ,,, es decir es como si te vas a choar con otro en un ceda el paso y te comes la continua para evitar la colision

no se compliquen navegen usando la cabeza y resguardo de las vidas ajenas y propias a toda costa ,


un saludo

plinio viejo 01-08-2015 17:52

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Losencantes (Mensaje 1817679)
a ver


si tienes el PNB con la orden fon tenias 5 millas al abrigo de la costa o refugio seguro, con la nueva orden tienes 5 millas de un puerto abrigo , zona accesible, o playa,

en resumen puedes dar la vuelta a españa entera y pasando por pòrtugal porque tu titulo vale en portugal tambien ,

tanto lio
asi de simple mientras puedas salvar a las personas o las cosas puedes navegar


es mas la primera norma del ripa es que te lo puedes saltar entero mientras salves a las personas o cosas ,,, es decir es como si te vas a choar con otro en un ceda el paso y te comes la continua para evitar la colision

no se compliquen navegen usando la cabeza y resguardo de las vidas ajenas y propias a toda costa ,


un saludo

hola amigo, te pregunto Has navegado desde "cataluña hasta punta europa", costeando, para asegurar que NO hay tramos que tienen mas de 10 millas, de abrigo a abrigo, yo creo que no lo has hecho, otros si lo hemos hecho durante muchos años, y aunque desde la mar veas un litoral que "parecen playas", en realidad no lo son, son acantilados bajos, y por tanto no son zonas accesibles.
has visto por ejemplo, y lo tienes cerca, las millas que hay entre La Nao, San Martin y San Antonio, ¿ tu crees que eso es zona de abrigo.
por otra parte tienes las normas de navegacion de Portugal, para asegurar que con PNB con las limitaciones que tiene el titulo en España, en Portugal, si se puede Navegar desde la desembocadura del Guadiana hasta la desembocadura del Miño
seriá conveniente saberlas. gracias
saludos y unas :brindis:

plinio viejo 01-08-2015 17:59

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Losencantes (Mensaje 1817679)
a ver


si tienes el PNB con la orden fon tenias 5 millas al abrigo de la costa o refugio seguro, con la nueva orden tienes 5 millas de un puerto abrigo , zona accesible, o playa,

en resumen puedes dar la vuelta a españa entera y pasando por pòrtugal porque tu titulo vale en portugal tambien ,

tanto lio
asi de simple mientras puedas salvar a las personas o las cosas puedes navegar


es mas la primera norma del ripa es que te lo puedes saltar entero mientras salves a las personas o cosas ,,, es decir es como si te vas a choar con otro en un ceda el paso y te comes la continua para evitar la colision

no se compliquen navegen usando la cabeza y resguardo de las vidas ajenas y propias a toda costa ,


un saludo

...........

Rascayus 01-08-2015 18:43

Re: Hasta donde se puede ir?
 
En Portugal no van a preocuparse de la titulación que tiene un patron español de un barco con bandera española porque a ellos no les incumbe. Igual que en España no nos incumbe la titulación de un portugues con un barco portugues. Que cosas tienen los calores

El vive en la piña debajo de mar

plinio viejo 01-08-2015 19:13

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Rascayus (Mensaje 1817878)
En Portugal no van a preocuparse de la titulación que tiene un patron español de un barco con bandera española porque a ellos no les incumbe. Igual que en España no nos incumbe la titulación de un portugues con un barco portugues. Que cosas tienen los calores

El vive en la piña debajo de mar

hola tu sabes, o debes saber, que un barco portugues o de donde sea, navegando en las 12 millas, de aguas soberanas de españa, puede ser parado por la G C y requerirle la titulacion al patron, y si esa titulacion está correcta, pues no pasa nada, pero si no está correcta, con la ley de su pais, se le puede impedir el paso por aguas españolas,
ejemplo, si un patron portugues, lleva un titulo de portugal, que solo le permite navegar a 5 millas de la costa, y va navegando en aguas españolas a 10 millas, la GC puede levantarle sancion, pues el titulo que lleva no se corresponde con la navegacion, que va efectuando.
pues lo mismo puede pasar en aguas portuguesas, a un patron español, con barco español
y si tienes razon "los calores"
para mitigarlos unas :brindis:
saludos

Jordi BMW 01-08-2015 21:14

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Robao (Mensaje 1817629)
¿Esto que pones en negrita lo afirmas? Más que nada porque yo pensaba como tu y a raíz de un comentario leído aquí
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...=141323&page=3 llame a la generalitat y después de sorprenderse y decirme que me llamaría después de consultarlo, me llamó y me dijo esto.

Prácticas de PER + teórica PNB, si sacas título tienes 24 meses para aprobar la teoría que falta del PER ( examen reducido) las prácticas ya las tienes.

Prácticas de PER + teórica PNB sin sacar títulos sólo tienes dos opciones de sacar PER (examen reducido).

Las prácticas no se esfuman, una vez tramitado el PNB siguen estando disponibles para tramitar PER durante 24 meses, desde que te las firman.

De todas formas yo voy a ir el lunes en persona a tramitarlo, si fuese otra cosa ya lo aclararía.

Saludos.

Editó: disculpas por la mala redacción


Disculpado estás faltaría más...:sip:

:brindis:

A mí se me informó muy claramente de Dep. Rama.Pesca de Barcelona. Una vez expedido el PNB adiós a las prácticas PER (vela, radio, motor) . De todas maneras esta semana tengo que ir al Dep. lo volveré a preguntar, de esta gente no me fio nada. A ver si entre los dos lo aclaramos...

Y ahora pido yo las disculpas por comentar un tema fuera del hilo...:rolleyes:

Un saludo Robao! :D

Robao 01-08-2015 21:55

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Jordi BMW (Mensaje 1817918)
Disculpado estás faltaría más...:sip:

:brindis:

A mí se me informó muy claramente de Dep. Rama.Pesca de Barcelona. Una vez expedido el PNB adiós a las prácticas PER (vela, radio, motor) . De todas maneras esta semana tengo que ir al Dep. lo volveré a preguntar, de esta gente no me fio nada. A ver si entre los dos lo aclaramos...

Y ahora pido yo las disculpas por comentar un tema fuera del hilo...:rolleyes:

Un saludo Robao! :D

A mi.me.pasaron con la "responsable" porque a todos les sonaba a chino.

Me llamó al poco rato diciéndome lo que ya sabéis.

El lunes a las 9 voy, ya os xontare.

Saludos.

Robao 04-08-2015 17:56

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Buenas.

Fui ayer por el título y no me lo han dado... Hay un problema con la presentación telemática de las prácticas. La escuela dice que la ha hecho y los funcionarios que no les ha llegado.

Esperó que en un par de días me lo solucionen.

Por otro lado lo de las prácticas: ¿Sirven las prácticas de PER para expedir el carnet de PNB y al aprobar la teorica, sin límite, expedir el PER?

- Funcionarias/os: :confused: han formulado consulta.

- Responsable de la escuela de prácticas: Me asegura que hizo la consulta personalmente en l atmella (oficina central de Catalunya) y que si sirven.


Sólo faltan los enanos....


:brindis:

Robao 04-08-2015 17:58

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Por cierto en lo referente al título del hilo, no he sido capaz de encontrar una web / programa que permita dibujar encima de una carta.

A ver si encuentro las físicas y lo dibujo.


Saludos.

Robao 04-08-2015 20:15

Re: Hasta donde se puede ir?
 
https://dl.dropboxusercontent.com/u/...804_193132.jpg

Apenas se ven los círculos... :cunao:


Como referencia entre Port Ginesta y Sitges, si no tenemos mas de 50m de profundidad no estamos alejados mas de 5 millas de un puerto ;)

:brindis:

Ghou 06-08-2015 23:46

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Entonces, por lo q entiendo,

Si acabo de aprobar el pnb en julio en bcn.

En septiembre hago el practico del per.

Y tramito el pnb... Tendre 2 años para hacer el per reducido..

Correcto??

Un saludete!!

plinio viejo 07-08-2015 09:05

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Ghou (Mensaje 1819917)
Entonces, por lo q entiendo,

Si acabo de aprobar el pnb en julio en bcn.

En septiembre hago el practico del per.

Y tramito el pnb... Tendre 2 años para hacer el per reducido..

Correcto??

Un saludete!!

O K pero seguro, te picará el gusanillo, y lo harás antes de los dos años
saludos :capitan::velero:

Robao 07-08-2015 13:12

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Ghou (Mensaje 1819917)
Entonces, por lo q entiendo,

Si acabo de aprobar el pnb en julio en bcn.

En septiembre hago el practico del per.

Y tramito el pnb... Tendre 2 años para hacer el per reducido..

Correcto??

Un saludete!!

Yo ya no soy capaz de asegurarte nada, cada funcionario dice una cosa diferente. Creo que vamos a acabar antes contactando con algun forero letrado o con vinculos con anavre para que formulen la petición a la DGMM...

Quieres escuchar algo gracioso, todavia no tengo el título de PNB.
Pese a tener las prácticas hechas antes del examen y el examen de Julio aprobado.

En la generalitat no le aparecen las prácticas, solo las de radio, y la escuela asegura que las presento. Se han presentado declaraciones juradas por la escuela y por mi parte y de momento sigo esperando. :cunao:

En fin... this is Catalonia...

Y claro, si reclamo a la escuela es culpa de la generalitat, si reclamo a la generalitat es culpa de la escuela.... Por el ambiente que veo cada vez que voy a la generalitat deben haber bastantes afectados...

GNA1950 07-08-2015 13:39

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Robao (Mensaje 1820054)
Yo ya no soy capaz de asegurarte nada, cada funcionario dice una cosa diferente. Creo que vamos a acabar antes contactando con algun forero letrado o con vinculos con anavre para que formulen la petición a la DGMM...

Quieres escuchar algo gracioso, todavia no tengo el título de PNB.
Pese a tener las prácticas hechas antes del examen y el examen de Julio aprobado.

En la generalitat no le aparecen las prácticas, solo las de radio, y la escuela asegura que las presento. Se han presentado declaraciones juradas por la escuela y por mi parte y de momento sigo esperando. :cunao:

En fin... this is Catalonia...

Y claro, si reclamo a la escuela es culpa de la generalitat, si reclamo a la generalitat es culpa de la escuela.... Por el ambiente que veo cada vez que voy a la generalitat deben haber bastantes afectados...

Hola buenas tardes:

Como delegado de Andalucía Occidental y miembro del al JD de ANAVRE ¿que es lo que quieres saber concretamente?.

Este es un hilo que comienza preguntando hasta donde se puede ir con el PNB, para seguir con las competencias entre Estados y termina mezclando las practicas del PER con las del PNB.

Saludos

Guillermo

plinio viejo 07-08-2015 14:02

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por Robao (Mensaje 1820054)
Yo ya no soy capaz de asegurarte nada, cada funcionario dice una cosa diferente. Creo que vamos a acabar antes contactando con algun forero letrado o con vinculos con anavre para que formulen la petición a la DGMM...

Quieres escuchar algo gracioso, todavia no tengo el título de PNB.
Pese a tener las prácticas hechas antes del examen y el examen de Julio aprobado.

En la generalitat no le aparecen las prácticas, solo las de radio, y la escuela asegura que las presento. Se han presentado declaraciones juradas por la escuela y por mi parte y de momento sigo esperando. :cunao:

En fin... this is Catalonia...

Y claro, si reclamo a la escuela es culpa de la generalitat, si reclamo a la generalitat es culpa de la escuela.... Por el ambiente que veo cada vez que voy a la generalitat deben haber bastantes afectados...

buenas, yo creo que si habran recibido, la notificacion de tus practicas, lo que veo es una cosa
estos sres. tienen un apartado de alumnos de PNB aprobados, en el que estas tu, pero en ese apartado de PNB no consta que tengas las practicas hechas,
Porque tus Practicas de PER han ido a parar, al apartado de Alumnos de PER en el que tu no estas, es decir en ese apartado hay una notificacion de practicas de PER realizadas, por ti, con tu nombre dni, etc, pero no apareces como alumno, porque tu fuiste a PNB,o sea que debes decirles a estos sres. de la Generalitat que busquen tus practicas en el apartado de PER y alli si estaras, seguro,
suerte y paciencia
saludos

Robao 07-08-2015 14:34

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por GNA1950 (Mensaje 1820060)
Hola buenas tardes:

Como delegado de Andalucía Occidental y miembro del al JD de ANAVRE ¿que es lo que quieres saber concretamente?.

Este es un hilo que comienza preguntando hasta donde se puede ir con el PNB, para seguir con las competencias entre Estados y termina mezclando las practicas del PER con las del PNB.

Saludos

Guillermo

Tienes toda la razón.

He abierto un hilo nuevo.

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...80#post1820080

Robao 07-08-2015 14:44

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Cita:

Originalmente publicado por plinio viejo (Mensaje 1820070)
buenas, yo creo que si habran recibido, la notificacion de tus practicas, lo que veo es una cosa
estos sres. tienen un apartado de alumnos de PNB aprobados, en el que estas tu, pero en ese apartado de PNB no consta que tengas las practicas hechas,
Porque tus Practicas de PER han ido a parar, al apartado de Alumnos de PER en el que tu no estas, es decir en ese apartado hay una notificacion de practicas de PER realizadas, por ti, con tu nombre dni, etc, pero no apareces como alumno, porque tu fuiste a PNB,o sea que debes decirles a estos sres. de la Generalitat que busquen tus practicas en el apartado de PER y alli si estaras, seguro,
suerte y paciencia
saludos

Abro otro hilo para ese problema, no aparecen notificadas en ningún sitio las de seguridad y vela. Las de radio si aparecen.

http://foro.latabernadelpuerto.com/s...83#post1820083

Jordi BMW 07-08-2015 14:48

Re: Hasta donde se puede ir?
 
Contesto en el hilo nuevo....


Todas las horas son GMT +1. La hora es 10:53.

Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto