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Pabellon Holandes, patron Español, duda.
No me acabo de aclarar con este tema, un ciudadano Español, que tenga el PER y un barco con pabellón Holandés, puede navegar a cien millas de la costa Española o de cualquier país, o tiene que mantenerse dentro de las 12 Mn:nosabo:
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Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Es un tema confuso. Si estas en aguas españolas te dirán que no puedes excederte de tus atribuciones. En la ultima reforma de la ley la autoridad española se reserva el derecho de legislar por encima de las leyes europeas.
Lo mejor que puedes hacer es habilitar el PER ampliado ( para poder ir a las islas) y si te pillan a mas de doce millas dices que vas a las baleares y santas pascuas. |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Pero si estoy en el Cantábrico, que digo que voy a las Baleares, si estoy a 50Mn de A Coruña....
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Respuesta: Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Bueno , un poco más en serio, fuera de las 12 Mn no deberían abordarte a no ser que seas sospechoso de contrabando. Y sin ánimo de molestar, ¿que se te ha perdido a 50 MN de La Coruña? Yo navego en el Algarve y la Bahía de Cádiz, y dentro de las 12 Millas vas a donde quieras, si no es para ir a Canarias, Azores, Caribe, Baleares... no tiene sentido, al menos para mi. |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Es un simple ejemplo, pero podría darse el caso de ir a Madeira, y que te encuentres a 150 Mn con una patrullera de ADUANAS, no seria la primera vez que veo una a mas de cien millas de la costa, los de la Guardia Civil, normalmente no salen de las doce millas, haber si alguien pone algún enlace sobre esta materia, para poder "darle un vistazo":nosabo:
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Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Yo creo que se ha contestado muchas veces. Según entiendo yo (me corrijan si no)
- Siendo patrón español, y a efectos de tituación, la normativa que te aplica es la española independientemente de la nacionalidad del barco. Así que para salir de las 12 millas tienes que tener algo más que el PER - Otra cosa es que sea o no posible, o frecuente, o hasta estrictamente legal, que te paren y te multen por "incumplir" esa normativa fuera de las aguas territoriales españolas - Creo que en este tema todos hablamos sobre lo que suponemos, o sobre lo que "creemos que debería ser", más que sobre lo que realmente sabemos a ciencia cierta :brindis::brindis: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Pero supongo que esto vendrá en algún texto legal, que podamos mirar, pues la legislación internacional dice que se navega con las condiciones de la bandera del barco, porque entonces también nos podrán exigir la ITB, si el Patrón es Español.:nosabo:
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Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Yo de ustedes me informaría sobre las fuentes del derecho de la UE, por encima de todo están las leyes de la Unión Europea (normas, reglamentos, directivas, tratados y actos jurídicos) y que España acepto por enteramente cuando entro a la unión europea.
Me parece que España (o país de políticos en su mayoría chorizos) que solo quieren poner legislaciones, para hasta cobrarnos por usar la luz del sol (energía solar), debe de dedicarse a no joder a leyes de la unión europea, porque si no esta el tribunal europeo para denunciarlas y en cuanto a legislación marítima creo que intentan por encima de todo joder al personal con leyes restrictivas a la náutica de recreo, y se la estan cargando con tanta ley, de esto tiene la culpa y mucho Capitania maritima española que ya ni hablar... eso es una merienda de negros, y si no que se lo pregunten a mas de uno, los chanchullos que se hacen en cuanto a matricular embarcaciones y etc... En resumen con bandera holandesa,belga o la que sea te sometes a la restricción de la Bandera de tu barco no a la de tu titulación y si alguien te dice lo contrario le dices que te lleve a los tribunales de la Unión europea. un saludo y una ronda para todos :brindis: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Este asunto es recurrente cada cierto tiempo en La Taberna, y no parece haber otra cosa que conjeturas. A continuación doy la mía: Para mí el primer texto legal que hay que consultar es el art. 10.2 del vigente Código Civil. Copio: "Los buques, las aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril [...] quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. [...]" Mi interpretación es que, dentro del límite de las 12 millas (donde acaba la competencia sancionadora de la GC), se aplicaría el RD 875/2014; fuera de él se aplicaría la legislación de bandera. Excluyo los casos delictivos muy específicos, en los cuales lo de menos es la bandera del barco y la titulación del patrón. Pero nadie de los que he preguntado con conocimientos legales me ha dicho si mi interpretación es correcta. :confused: Saludos y :brindis: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Normativa oficial en los BOE, y si revisas los hilos en los que se discute este tema verás muchas referencias muy precisas a la normativa vigente, y tambien interpretaciones de lo más variado.
Pero si quieres salir de dudas, yo haría la pregunta directamente en Capitanía. Supongo que su criterio será el mismo que el que aplique la GC. Cita:
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Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Supongo que esto se terminara el día que denuncien a "alguien" y ese "alguien" lleve esto, primero a los tribunales Españoles y después a los de la Unión Europea, porque no se puede estar a lo que interprete, piense o crea un guardia civil o un Capitán marítimo, que por cierto en cada Capitanía piensan de una manera, radicalmente distinta a la de al lado :cagoento:
PD: lamentablemente estamos peor, pero mucho peor que cuando era la Marina la que se encargaba de estos temas :meparto: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
De verdad que a veces nos gusta ser pesimistas :cunao:, poder navegar bajo otro pabellón que te da más libertad es estar peorque antes? :eek:si vas a navegar más allá de las 12 millas y tú seguro es español habilita tu PER para península y Baleares sin más contemplaciones, la ley es la que es con las titulaciones, aunque vivas en Vigo o en Barcelona. Moraleja, Hay que navegar más para preocuparse menos :cunao: :brindis: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Saludos |
Respuesta: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Bien por los agentes que conocen su cometido!!, actuando así demuestran que saben lo que hay, es de agrader que "respeten" las cosas ajenas, poco les costaba acercarse a saludar y ya de paso revisar la lettre la titulación documentos fiscales y seguro, pero dan por hecho que los que llevamos pabellón comunitario sabemos que nos jugamos mucho en nuestra seguridad y respetamos nuestras obligaciones.
Me alegro de esa experiencia. Saludos y cañas a todos!! |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
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Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Esto no es tolerable. Pagamos impuestos como todo quisqui, aunque llevemos bandera de otro país. No podemos permitir este tipo de discriminación, si controlan a todos, no tenemos porque sentirnos ignorados, o que pasan de nosotros. Hay que hacer una reclamación a la GC inmediata. Igualdad plena. :cunao::cunao::cunao::cunao: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Este hilo va confluyendo con el famoso "Razones para mantener el pabellón español" que nos alegró tantas veladas otoñales :cunao::cunao:
Tomo asiento a ver si por fín se animan los lanzadores de taburetes, que esto decae... |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Bromas a parte es de agradecer que la autoridad competente haya entendido y aceptado que las cosas ya son así, salvo algún despistado que pueda quedar la gran mayoría ya lo aceptan y actúan con normalidad y competencia. :brindis: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Creo que una cosa es la reglamentación y otra los seguros: Lo que cubra o no mi seguro es cosa mía y de mi aseguradora, y sobre la que yo tengo cierto control: pagando lo que corresponda tendré un seguro más o menos amplio. Sin embargo, sobre la reglamentación no tengo control alguno, ni tampoco sobre las múltiples interpretaciones, contradictorias a menudo, que pueden ofrecer distintas Autoridades. De todos son conocidos los criterios divergentes entre Capitanías, que algunos hemos sufrido en nuestras propias costillas. De ahí que, en mi opinión, la principal razón de abanderar en el extranjero es huir de esas interpretaciones caprichosas, que siempre van en contra del sufrido armador. Una muestra de ello es, precisamente, que estemos en este "perpetuum mobile" de hasta dónde llegan las atribuciones sancionadoras de la Autoridad, de si me pueden sancionar a 12,000001 millas de la costa, de si... Saludos y :brindis: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
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Saludos al personal:gracias: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
JA,JA,JA,JA,JA,JA,JA.... ME PARTO!!!!!:meparto: vaya tela marinera..... ja,ja,ja,ja,ja,ja,ja....!!!!! Como está el asunto con el tema de las banderitas!!!! VALGAME DIOSSSS |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Como español debe cumplir las normas en las aguas territoriales
Fuera de ellas eres libre como los pájaros , dependerás solo de tu seguro |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Entiendo entonces que son las 12Mn, pues en la zona contigua intervendría ADUANAS, pero solo en el tema de contrabando y sus "derivados" según la actual legislación vigente:brindis:
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Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Cita:
¿Cuales son esas aguas? Según la Convención del Mar de 1982, el mar territorial es aquel que se extiende hasta una distancia de doce millas náuticas (22,2 km) contadas a partir de las líneas de base desde las que se mide su anchura. Es decir.... justamente aquellas para las que te habilita el PER de toda la vida. Hay quien quiere hacernos creer que este mar territorial se extiende a la zona contigua.... pero: La Zona Contigua es la extensión de mar adyacente al Mar territorial, que abarca desde las 12 hasta las 24 millas marinas contadas desde la línea de base a partir de la cual se mide la anchura del mar territorial. En esta franja de agua, el Estado ribereño no tiene soberanía, sino que sus derechos están determinados solo en materia aduanera, sanitaria, fiscal y migratoria. Por tanto, la titulación de PER es suficiente para navegar por el mar territorial español. Fuera de él puede ser incluso innecesaria. Al salir del mar territorial (12 millas), cada uno está sujeto a la normativa de su pabellón correspondiente (en cuestiones de titulación) y a los limites que marque cada seguro que uno tenga contratado. Pero por ejemplo, en la zona contigua podría ser sancionado por el hecho (poco frecuente) de estar en la obligación de pagar el impuesto de matriculación y no haberlo hecho. Recordad, materia aduanera, sanitaria, fiscal y migratoria. Para entender que es cada zona y cuales son sus características os animo a echarle un ojo a este archivo pdf: http://www.marineplan.es/es/informes...AL17_11_10.pdf ... de la universidad de Sevilla con todos los detalles acerca del tema de las zonas. Espero os sea de interés. |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Recordatorio para la gente con poca memoria(me incluyo)La guardia civil ha denunciado a patrones por estar con un barco habilitado para zona 4 en las columbretes.
Han pasado las 12 millas (es imposible,no me lo puedo de creer) Han denunciado a un patron en zona contigua.Estos guardia civiles no saben na de na. Dios mio:que cosas pasan |
Pabellon Holandes, patron Español, duda.
¿Se puede entender que desde la línea base de las columbretes se extiende otra franja de 12 millas de mar territorial?
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Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Yo solo conozco un caso personalmente y es el de una persona multada tanto por titulación (PER) como por zona (4). El afirmó que arribó a Columbretes en busca de refugio (era cierto pues entró temporal duro de poniente mientras estaba de travesía y vió mas posibilidades en correr el temporal y refugiarse en Columbretes que intentar ceñir contra el viento duro de poniente) por la seguridad de su embarcación y tripulantes. No tuvo problemas en que le anularan la sanción. En otros casos, de oidas se que han sido sancionados en las islas, en tierra firme, al entregar la documentación por tanto no en el mar territorial sino en pleno territorio español terrestre. Lo que nunca he llegado a saber es de alguien que tras ser denunciado haya pagado las sanciones y pueda decir cuantó pago, si adujo algo o no y con que criterios. Y es que denunciar puede hacerlo quien quiera no solo las fuerzas del estado. La diferencia es que "en territorio español" una "autoridad del estado" tiene otorgada automáticamente la credibilidad de palabra mientras que si te denuncia una persona cualquiera, a menos que tenga pruebas es su palabra contra la tuya. Habría que ver el tema de las 12 millas contando columbretes pues la convención de Montego Bay dice que deberían contar pues tienen puerto de abrigo, pero hay quien dice que no cuentan pues la autoridad no lo reconoce. Por eso es importante saber si existe alguien que finalmente haya pagado una sanción. Si lo hay, en primera persona, que lo diga y comente los detalles, pues creo que la mayoria de las denuncias, si no todas, han terminado por no prosperar. |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
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Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Todas las primaveras florece el mismo tema, cual almendros en flor, :cunao::cunao::cunao::cunao:
Aqui hay otro hilo sobre el tema, pero en los archivos de la taberna hay mucho mas:sip::sip::sip: http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=147829 Creer que el patron y el barco son lo mismo les viene a los Benemeritos de lujo para hacer caja. En cualquier caso, es tan facil como preguntarselo a cualquier componente de la patrullera cuando esta almorzando en el CN. :brindis::brindis: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Cita:
Tanto entre agentes de la autoridad como en capitanías he oído errores de bulto como, por ejemplo, el de decir que no se podía navegar en embarcaciones de pabellón extranjero.... incluso dos años después de haber salido la LEY. Tras enseñarles el texto de la LEY la respuesta siempre es hum..... espera a ver que lo consulte, y entonces vuelven con las cosas actualizadas gracias a que alguien como tu les ha insistido en cual era la normativa. Por tanto la única fuente fiable es el texto de la ley, y si alguno te denuncia por alguna infracción que el cree que podrías haber cometido, es entonces asunto nuestro el usar la LEY como defensa y luchar por que se aplique la normativa. Lo que te puedan decir unos guardia civiles podría ser cierto..... o estar desactualizado o incluso malinterpretado. No es una fuente realmente fiable, aunque nos pueda parecerlo pues son los que al final "denuncian" pero NO MULTAN. La multa solo la pone la autoridad. Por eso es tan importante saber... no cuantas denuncias se ponen.... sino cuantas finalmente prosperan y bajo que conceptos. |
Respuesta: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Pepota volvemos con el tema……..la GC solo tienes competencias administrativas en el mar territorial, todo lo demás son ganas de liar al personal y meter miedo. Otra cosa es que la franja que rodea columbretes también sea de aplicación por considerarse “isla” a todos sus efectos y no islote.
Demuéstrame un solo caso aparte de Columbretes que le haya parado la GC fuera de las 12 millas para pedirle el título, simplemente no puedes porque no hay competencias administrativas y eso no lo digo yo, lo dicen las circulares internas del servicio marítimo de la GC que se supone saben lo que dicen y hacen. Y a mí tampoco me afecta en absoluto pero al cesar lo que es del cesar. |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
basicamente que a un residente en españa, navegando en aguas españolas, le pueden exigir la titulacion española. Esa titulacion sera acorde con el punto donde lo paren, si esta a 8 millas, el per, por ejemplo. Tenga el barco la bandera que tenga. El barco debera cumplir las normas de su pais de abanderamiento, si es español, las españolas y si es Belga, las belgas. etc, etc. Estaras de acuerdo conmigo que a falta de algo mejor, no es tan mala idea informarse en una capitania. :brindis::brindis: |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
El problema no va a ser que te pare la GC a 12 millas, el problema vendrá cuando por un problema avisemos a Salvamento Marítimo y el seguro se agarre a la innvegabilidad del buque por falta de titulación para no pagar un duro
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Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Con el PER estas cubierto en todas las aguas territoriales españolas. El barco debe cumplir en principio solo la normativa de su abanderamiento, lo de los títulos se lo han sacado de la manga. Pero incluso teniéndolo en cuenta solo necesitamos el PER en cumplimiento de lo que dice la normativa. A falta de algo mejor, preguntar en las capitanías es una lotería. En mi caso siempre que he hecho una gestión han cometido errores de procedimiento o me han facilitado alguna información errónea junto con información correcta. Hoy tenemos en la red la normativa expuesta para poder consultarla, creo que es la mejor opción. Y repetir lo que otros dicen es también una lotería, lo mejor es ir a la información fuente, e estos casos los BOE o reales decretos y si sufrimos o creemos sufrir un atropello por parte de la autoridad hay que reclamar siempre. Respecto al seguro, yo he consultado con el mio y han aceptado el cambio sin problemas respetando las condiciones y bajo la normativa de la bandera, en este caso Belga. Al tener titulación incluso me han mejorado la prima... y por que llevo ya mas de 10 años sin dar ningún parte en absoluto. Por cierto soy solo PER. |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Los matices:
Con el PER estas cubierto en todas las aguas territoriales españolas. en eso no estoy totalmente de acuerdo. El barco debe cumplir en principio solo la normativa de su abanderamiento, es exactamente lo mismo que he dicho yo. lo de los títulos se lo han sacado de la manga. Pero incluso teniéndolo en cuenta solo necesitamos el PER en cumplimiento de lo que dice la normativa. eso creo que tambien coincide con lo dicho por mi. A falta de algo mejor, preguntar en las capitanías es una lotería. En mi caso siempre que he hecho una gestión han cometido errores de procedimiento o me han facilitado alguna información errónea junto con información correcta. eso es una experiencia personal. Hoy tenemos en la red la normativa expuesta para poder consultarla, creo que es la mejor opción. Y repetir lo que otros dicen es también una lotería, lo mejor es ir a la información fuente, e estos casos los BOE o reales decretos y si sufrimos o creemos sufrir un atropello por parte de la autoridad hay que reclamar siempre. en esto ni entro, ni salgo. Respecto al seguro, yo he consultado con el mio y han aceptado el cambio sin problemas respetando las condiciones y bajo la normativa de la bandera, en este caso Belga. Al tener titulación incluso me han mejorado la prima... y por que llevo ya mas de 10 años sin dar ningún parte en absoluto. Por cierto soy solo PER.[/quote] en eso tambien estoy de acuerdo, mi seguro, el cual tengo desde hace mas de 25 años, Sin ningun incidente, solo me pidio que les informara en caso de cambiar de bandera. Yo no soy PER aunque no se que relevancia pueda tener.:nosabo: Esta entretenido esto de los matices.:sip::sip: :brindis::brindis: |
Respuesta: Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
En esto estoy de acuerdo, mientras el seguro sea español con eso si que puedes tener un problema, solución habilitar el PER o buscar una compañía extranjera que nos asegure bajo las condiciones del pabellón. |
Re: Respuesta: Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Cuando lo denuncia la guardia civil no :cunao: |
Respuesta: Re: Respuesta: Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Cita:
Creo que todo lo que te pueda decir te va a dar igual ya que no estas dispuesto a entender, a mal entendedor pocas palabras sirven....... La ley existe, otra cosa es que se contradiga su aplicación por la falta de competencias de la GC, es el mismo caso que las aguas negras, la ley nos obliga a llevar un tanque aunque en los puertos no haya medios para poder vaciarlos, o como las bengalas, que las tienes que llevar pero es realmente complicado deshacerse de ellas cuando caducan....... Que la GC no te pueda sancionar no significa que la compañía de seguros no se pueda agarrar a ello si tienes un percance fuera de las 12 millas y no tienes titulo para estar ahí. |
Respuesta: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
Por ahi si veo un problema, pero....a que se coge el seguro (si puede) para negarse a cubrir percance, si el patrón está titulado para esa zona, el barco es belga y no tiene marcado CE, por lo tanto no hay categoria de navegación oficial en papeles?
Si yo creo que mi barco está en condiciones para realizar esa travesía, con todo revisado y ocurre un siniestro, a que se pueden coger para no cubrirlo? |
Re: Pabellon Holandes, patron Español, duda.
aparte de leer hay que entender lo que se lee,ya se que es muy dificil pro con un poco de entusiasmo lo intentaremos.
1. Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación. esto significa que si navegas por el mar territorial(12millas) por la zona contigua(24millas)o por la zona economica exclusiva(200millas) sin titulacion:te crujen. podemos hablar de que si la abuela fuma o ha dejado de fumar, esta clarito:aguas en las que España ejerza soberanía, derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación. por supuesto patron español. Esta usted navegando a 30 millas:si padre.España tiene soberanía, derechos soberanos o jurisdicción en la zona contigua:si padre. Date por crujido, y luego le cuentas a su señoria que si la guardia civil me ha mirado mal y me tiene mania |
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