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Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Debido a la cantidad de comentarios surgidos en otros hilos muchos de ellos mios. Considero oportuno abrir este hilo con la finalidad de recoger en el las opiniones y/o aportaciones de los cofrades referentes al tema de.requisitos homologaciones y certificaciones que han de tener los equipos destinados a ser instalados en los buques de recreo de la UE. Tanto españa como el resto.
Se recuerda que el termino buque de recreo no se limita a los de mas de 24metros ya que esa diferenciacion solo se produce en un apartado.de la legislacion española referente a las titulaciones nauticas. |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Dajlag te respondo.
Cuando dices que en la legislacion española se habla de entidades homologadoras y en la.de otros paises solo el.marcado CE solo hacer una puntualizacion tanto.en una.como en otra.se.mencionan los organismos autorizados a homologar para el marcado CE y no es la.DGMM. La.DGMM es un organismo certificador de la homologacion es decir que asegura.que dicho equipo.esta.correctamente homologado. En el caso de Belgica es el BELAC. Pongo enlace de la norma belga.que hace.alusion a ello http://www.ejustice.just.fgov.be/eli...6014132/justel Como puedes observar el.contenido de esa norma y del RD 701/2016 son practicamente.calcados. Con la salvedad que en españa es la DGMM y en Belgica BELAC. Por cierto por.si tambien es de interes y que no se diga.que solo "ataco a la.bandera belga" en Alemania está el BSH con el mismo.cometido. Estos organismos no homologan certifican que.un determinado producto de.uso nautico está.debidamente homologado. Para ello solicitan la.documentacion.del.marcado CE y le asignan un numero de.CERTIFICACIÓN no de.homologación que es.el número que.lleva.en la base.de.datos.del organismo en cuestión. |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Se prohibe opinar más sobre este tema hasta no haber memorizado los RD 1837/2000 y 809/1999. :D
+ info aqui: https://www.fomento.gob.es/marina-me...quipos-marinos Vamos, es que ni para la aviación debe de haber tanta normativa como para náutica de recreo. |
Respuesta: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
El Real Decreto 809/1999 ya está derogado, de modo que ese puede olvidarlo
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Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Hola
Cita:
Por ejemplo un extintor de calidades similares con la CE y con el Timón deberían tener el mismo precio. ¿Correcto? ¿Que productos deberíamos buscar para hacer la comparativa? |
Re: Respuesta: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
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Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
https://www.francobordo.com/extintor...7f5j26d9keafc1 y este: https://www.svb.de/de/jockel-pulver-...cher-2-kg.html son iguales, en el prospecto del alemán también se puede ver el timoncito. En cuanto a precio, yo he comprado en tienda local uno más grande por 24€. |
Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
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Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
El marcado CE nautico es el del timon. Lo que es curioso es que de los dos que has puesto de similares caracteristicas el mas barato sea el que se comercialice en españa y el mas caro sea el de alemania. Si como se sostiene la DGMM impone doble homologacion que encarece el producto que ha pasado con el aleman??? |
Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
Lo que se discutía anteriormente es que esta "doble" homologación o reconocimiento, encarece un producto CE La idea es comparar productos con CE y reconocidos con Timón para confirmar o desmentir esto |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
El 1837/2000 es el de la ITB????
Es que me ha extrañado leer que tambien.se aplica a los buques de pabellon extranjero que se encuentrer en aguas territoriales zona contigua o ZEE |
Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
Todo equipo nautico destinado al mercado comunitario ha de llevar obligatoriamente el timon ya sea en pegatina o codificado en etiqueta electronica Echa un vistazo al rd 701/2016 No vas a poder encontrar un producto CE destinado a la nautica sin timon en todo Europa Puedes encontrar en el caso de extintores marcado CE sin timon para uso industrial no nautico y extintores marcado CE con timon para uso nautico. Pero eso es asi para.todo.europa |
Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
¿Como se pretende identificar un producto con Timón y ademas con la homologación o reconocimiento Español como dice la norma? Dicho de otra manera si yo compro un extintor en Francia o en Andorra con el Timón ¿Puedo estar seguro que este es un producto aceptado por España? |
Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
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Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
Pero la DGMM, en contraposición a TODOS LOS DEMÁS PAÍSES DE LA UE, obliga a que los equipos que se instalen a bordo de los barcos españoles, tengan, además del marcado de la rueda de timón, una "homologación" obligatoria, que dan ellos, faltaría más, que no aporta NADA de NADA :nop:, y que sí encarece el producto e impide que los navegantes puedan instalar equipos perfectamente válidos para su función, aceptados en toda la UE. Así, puedes estar seguro de que la mayor parte de las veces, tu producto con su flamante marcado de rueda de timón, aceptado en toda la UE, no lo será en España. Y aún dicen que por qué nos vamos a abanderar a otros sitios... :cagoento::cagoento: No brindo. |
Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
Si esta homologado en Grecia con su timoncito es valido en España. Cita:
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Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Al menos en Bélgica, te compras una emisora, la montas y después si quieres pides por E-mail el número de operador y el MMSI.
Te mandan el documento a casa en unos días totalmente gratis. Bélgica recomienda instalar MMSI en los barcos que suelen alejarse de la costa, y para ello da todo tipo de facilidades, entre ellas asignar de forma automática un MMSI aunque no lo solicites ni vayas a usarlo, si en algún momento lo decides, puedes activarlo y listo. No es necesario ni decir la emisora que es, simplemente que tienes una emisora, o dos, o un radar, o una radiobaliza, o todo junto. Como ya comente en su día, yo he puesto en el documento mi vieja OCEAN MK4 de 1978 además de otra emisora más actual, y no me han puesto ninguna pega. Eso se aplica a cualquier otro elemento de seguridad, incluida la balsa; Te la compras donde te parece, y de cualquier modelo que sirva para las características de tu barco y listo. Llegada la fecha de revisarla según el fabricante, (entre 3 y 6 años según modelos) les mandas un E-mail al fabricante o distribuidor, la recoge un mensajero y te la devuelven unos días después revisada. Por supuesto a un precio mucho menor que aquí y sin tener que llevar ningún tipo de certificado a ningún sitio, te guardas tu factura/justificante y listo. Además a fecha de hoy, nadie te va a inspeccionar ni sancionar por llevarla caducada. Por supuesto puedes complementar tu seguridad con cualquier elemento accesorio sin que lo controle nadie, (bengalas electrónicas, láseres, chalecos automáticos, etc.) |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
Porque el material de seguridad Belga tambien tiene que llevar el Timoncito. |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
La legislación Belga y de los Paises Bajos y de Inglaterra no exige más que lo básico, un timón de respeto, chalecos, bengalas y poco más. El resto de material que lleves es porque quieres y NO TIENE QUE LLEVAR NINGÚN TIMÓN, PUEDE LLEVARLO, pero no tiene porque. Simplemente porque no es obligatorio llevarlo a bordo a parte que no hay NINGÚN tipo de legislación que te obligue a revisar nada de nada, TAMPOCO hay ningún tipo de legislación que te diga que no puedes llevar a bordo material CADUCADO. O sea que si tienes un extintor de tu abuelo y lo quieres llevar NADIE te va a decir nada de nada. El que esté diciendo lo contrario quiere confundir. Las normas que hay sobre material y marcado están pensadas para la marina mercante y profesional. Si alguien tiene dudas sólo tiene que entrar a buscar el material obligatorio en barcos de recreo.
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Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
Más información, aquí: https://www.fomento.gob.es/marina-me...adioelectricos Y no sigo porque cualquier cosa que tenga que ver con la Administración me produce cada vez más arcadas... :cagoento::cagoento: |
Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
Querriamos comparar precios entre los que tienen la homologacion Española y las que tienen la de la CE Pero no se como identificar la Española para ver si esta encarece el producto :nosabo: |
Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
La lista de marras está aquí: http://apps.fomento.gob.es/RadioComunicaciones/ Ya verás lo que te sale... :rolleyes: Saludos y :brindis: |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Buenas la marca del timon es la homologacion solas cualquier producto que la lleve se acepta por España ahora que es mas caro seguro
mira un chaleco solas y uno de los nuestros o una balsa solas y una balsa iso o mejor mira el precio de una vhf solas y una de las nuestras por supuesto la marca del timon se acepta en toda Europa :brindis::brindis::brindis: |
Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Raymarine Ray70,
668€ España 800€ Alemania |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Standard Horizon GX1700E:
España: 325 EUR Reino Unido: 220 GBP <> 246 EUR EEUU: 200 USD <> 176 EUR Sin comentarios... |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Lo que tienen que explicar los mangantes de la DGMM es por qué caducan las homologaciones suyas y no las del marcado CE. Por qué una VHF deja de ser válida. Esto si que es obsolescencia programada y sobornada. Ellos si que son piRATAS. Chorizos.
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Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
[QUOTE =markuay;2150167] , incluida la balsa; Te la compras donde te parece, y de cualquier modelo que sirva para las características de tu barco y listo. Llegada la fecha de revisarla según el fabricante, (entre 3 y 6 años según modelos) les mandas un E-mail al fabricante o distribuidor, la recoge un mensajero y te la devuelven unos días después revisada. Por supuesto a un precio mucho menor que aquí y sin tener que llevar ningún tipo de certificado a ningún sitio, te guardas tu factura/justificante y listo. [/quote] ya el único tema en el asunto de la balsa es que en España se exige que la balsa esté provista de un paquete SOLAS tipo A o B. desconozco si eso es también asi en Bélgica. en ese paquete hay pirotecnia (bengalas y cohetes) botiquín con medicamentos linterna etc. productos con fecha de caducidad. puede que el fabricante te diga que la BALSA hay que revisarla cada 5 años, pero los elementos que lleva tienen una caducidad menor y por eso hay que abrirla cada vez que algo caduque |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
http://www.ejustice.just.fgov.be/eli...6014132/justel (creo que ya te la puse anteriormente) como sigues en tus trece de que eso es para la mercante y profesional te invito a que me marques el articulo concreto de su ámbito de aplicación porque lo que yo leo es esto Le présent arrêté s'applique aux équipements mis ou destinés à être mis à bord d'un navire de l'Union et dont les instruments internationaux requièrent l'approbation par l'administration de l'Etat du pavillon, indépendamment du fait que le navire se trouve ou non sur le territoire de l'Union au moment où les équipements sont installés à son bord. Nonobstant le fait que les équipements visés à l' alinéa 1er peuvent relever également d'instruments de l'Union autres que la Directive ou d'instruments nationaux, seuls le présent arrêté et la Directive sont d'application pour lesdits équipements. que traducido Esta Orden se aplica a los equipos colocados o destinados a ser embarcados en un buque de la Unión y cuyos instrumentos internacionales requieren la aprobación de la administración del Estado de abanderamiento, independientemente de si el buque esté o no en el territorio de la Unión cuando el equipo se instale a bordo. A pesar de que el equipo mencionado en el apartado 1 también puede estar cubierto por instrumentos de la Unión distintos de la Directiva o por instrumentos nacionales, solo este decreto y la Directiva se aplican a dicho equipo. y por si queda alguna duda de lo que es un buque de la Unión podemos ver el apartado definiciones 2. " navire de l'Union ", un navire battant pavillon d'un Etat membre de l'Union européenne et relevant du champ d'application des conventions internationales; 3. " conventions internationales ", les conventions suivantes ainsi que leurs protocoles et codes d'application obligatoire adoptés sous les auspices de l'Organisation maritime internationale (OMI), qui sont entrés en vigueur et prévoient des exigences spécifiques pour l'agrément par l'Etat du pavillon des équipements destinés à être mis à bord des navires : - la convention de 1972 sur le règlement international pour prévenir les abordages en mer (COLREG), - la convention internationale de 1973 pour la prévention de la pollution par les navires (MARPOL), - la convention internationale de 1974 pour la sauvegarde de la vie humaine en mer (SOLAS); que traducido 2) "buque de la Unión": un buque que enarbola pabellón de un Estado miembro de la Unión Europea y que entra en el ámbito de aplicación de los convenios internacionales; 3. "Convenciones internacionales" significa las siguientes convenciones y sus protocolos y códigos de implementación obligatorios adoptados bajo los auspicios de la Organización Marítima Internacional (OMI), que han entrado en vigor e incluyen requisitos específicos para su aprobación por la Organización Marítima Internacional (OMI). Estado del pabellón del equipo que se colocará a bordo de los buques: - la Convención de 1972 sobre el Reglamento internacional para prevenir colisiones en el mar (COLREG), - el Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (MARPOL), - La Convención Internacional de 1974 para la Seguridad de la Vida en el Mar (SOLAS); ahora bien si crees que los de recreo no deben cumplir el SOLAS, el MARPOL y el COLREG (este ultimo es el origen del RIPA).... y en cuanto a que no hay legislación que obligue a revisar nada de nada.... la normativa náutica española en si no te obliga a revisar el extintor te lo obliga la normativa contraincendios prueba a mirar por ahí por poner un ejemplo |
Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
ejemplo mira precios de una placa ARDUINO MEGA 2560 en España ronda 40€ ahora vete como dices a paginas en el extranjero 12.99€ también lo homologa la DGMM???? |
Re: Respuesta: Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
lo he explicado en otro hilo pero creo conveniente explicarlo aquí. cuando un importador trae un nuevo producto que nunca ha sido comercializado en España. tiene que presentar a un organismo certificador la documentación del mismo así como la homologación que dicho equipo posea. el organismo certificador verifica que la documentación es correcta y procede a incluir dicho producto en las bases de datos correspondientes asignándole un numero de registro para poder localizarlo (llámalo dirección de fichero) en el caso de la náutica el organismo certificador en España es la DGMM en Alemania el BSH. para otros productos juguetes o medicamentos (si también estos han de pasar por el proceso) el organismo es el ministerio de sanidad y consumo. para los extintores por ejemplo mira por donde es el ministerio de industria. y esto es asi en todos los países de la union |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
ahora suma los portes y te repito lo mismo mira otros productos no náuticos en esos mismos países por ejemplo guitarras o accesorios de música o electrónica veras diferencias sustanciales por cierto si la radio es la misma y esta marcada CE para uso nautico comprala en EEUU e instalala en España ¿Dónde está el problema? el modelo está homologado lo están todos los equipos de ese modelo la homologación se pasa por modelo no por cada equipo |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
a ver si lo explico bien un fabricante certifica (homologa) un producto la duración de esta certificación no es ilimitada tiene fecha de caducidad. tras dicho periodo el fabricante si quiere seguir comercializando el mismo producto debe de pasar de nuevo una homologación (renovarla). esto se hace asi para garantizar que la calidad del producto no merma con el tiempo. cuando ese producto entra en el mercado interior por primera vez se le asigna un numero de registro y se marcan dos fechas. Una de cuando ha obtenido esa homologación y la otra cuando tiene vencimiento). es decir entre esas dos fechas todos los equipos de ese modelo comercializados dan las garantías de cumplir con los estándares requeridos por el marcado CE (en este caso). si el fabricante no quiere volver a renovar el certificado no puede seguir comercializando esos productos en europa. si lo renueva se pueden dar dos circunstancias. 1.- vuelve a comercializarlo en España se repite el proceso de la primera vez. se envía la documentación al organismo certificador, se verifica que es correcta y, en este caso al existir ficha de dicho producto, se cambian las fechas de homologación y vencimiento de la misma por las actuales. 2.- no se vuelve a comercializar en España la ficha de ese producto sigue estando como caducada en el archivo ya que nadie la ha vuelto a usar. |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
La emisora deja de fabricarse y el fabricante deja de pagar el chantaje administrativo, pero la emisora sigue funcionando. No se vende nueva en el comercio, pero puede venderse entre particulares. El nuevo propietario no puede instalar la emisora porque los chorizos le dicen que ya no está homologada.
Sin mencionar que hay equipos con marcado CE válidos en toda la Unión Europea menos en España porque no figuran en la lista de los chorizos. Con chorizos me refiero a los piratas de la DGMM. |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
respecto al segundo apartado creo que ha quedado claro porque no figuran simplemente nunca nadie ha querido instalarlo en un barco español simple y llanamente. si quieres puedes darme un ejemplo de un equipo de esos que dices con marcado CE para poder verificarlo y por cierto no es que deje de pagar el chantaje administrativo simplemente para que va un fabricante a renovar la homologación de un producto que ya no fabrica????? |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Lowrance link2.
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Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
https://www.nauticaavinyo.com/vhf-po...ink-2-339.html eso si ya se dice bien claro NO TIENE HOMOLOGACION GMDSS (El Sistema mundial de socorro y seguridad marítimos (SMSSM), en inglés Global Maritime Distress Safety System (GMDSS), es un conjunto de procedimientos de seguridad, equipos y protocolos de comunicación diseñados para aumentar la seguridad y facilitar la navegación y el rescate de embarcaciones en peligro) Y si es cierto dispone de marcado CE pero NO CE náutico Declaraciones de conformidad de la CE Este producto cumple con la Directiva 1999/5/EC de equipos radioeléctricos y equipos terminales de telecomunicación (RTTE) de la CE. como ves no habla nada del asunto nautico |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Buenas Cofrades,
Estoy escuchando / leyendo y me ha salido un poco la deformación profesional y me acordado que en su día un buen jefe me dijo una vez .... en cualquier empresa si quieres mejorar has de tener la capacidad de poder medir. Entonces ante esta derivada pienso.... la DGT periódicamente pone a trabajar todo su arsenal de big data referente a los accidentes, las causas que los han causado, Edad, hora del accidente, sexo, etc. Y a partir de aquí sacan sus estadísticas y empiezan a proponer acciones correctoras... Esto se hace extensible a cualquier ámbito de la vida. Entonces, trasladado al ámbito náutico me pregunto, La DGMM dispone de estadísticas / informes donde a partir de un incidente un navegante a fallecido, ha quedado grave, etc. Y lo más importante, el estado final de un navegante se ha agravado por casos como no llevar un vhf homologada, no disponer de mmsi, no llevar radiobaliza, no llevar balsa o no estar revisada, no tener la itv pasasa, y ya no digo no llevar el resto de chorradas de dibujo técnico. Y para más inri, esa misma estadística separada entre bandera española y de conveniencia. Cuando alguien nos enseñe con datos, números y porcentajes reales, y que él no cumplir la normativa de seguridad provoca muertes .... me dará entender, que no interesa sacar esos números, porque impera más un tema económico, para el beneficio de los que todos sabemos. La DGT CADA AÑO SACA RESULTADOS, ESTADISCAS Y HACEN CAMPAÑAS .... POR QUÉ NO LO HACE LA DGMM SI TANTAS MUERTES HAY EN EL MAR... ? |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Cita:
https://www.fomento.gob.es/organos-colegiados/ciaim |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
En estos casos es posible que la indefensión del individuo administrado ante la maquinaria de la administración.
No tengo idea de derecho, pero supongo que si hay una norma de rango superior a la que regula las listas de DGMM, y alguien recurre argumentando que el marcado CE es válido aquí, no tendrán otra que darle la razón, pero claro, quien le pone el cascabel al gato? :nosabo: |
Re: Requisitos eqipos nauticos ambito UE
Erkblade, tu insistencia y persistencia con la ley de marras ya me parece sospechosa. Se te está diciendo que en la normativa náutica Belga, Holandesa, Inglesa no existe ninguna regulación más que la de indicarte que lleves cuatro cosas básicas de seguridad. Y tu insistes en mostrar la normativa para náutica profesional. ¿Me quieres indicar como casas que puedas llevar lo que quieras en un barco de recreo, ya que no hay ninguna normativa que te lo prohiba, ni tampoco ninguna normativa que te indique que lleves algo con tu insistencia sospechosa en mezclar la normativa profesional con la de recreo?
No hay manera, pero te diré más, tanto yo como los demás cofrades no cejaremos en responderte una y otra vez, ya que no permitiremos la DESINFORMACIÓN INTERESADA, sobre este tema. Hemos luchado mucho, hay muchos compañeros que están dedicando muchas horas para luchar contra la corrupción evidente y manifiesta en el mercado náutico español, contra la legislación hecha a medida de empresas e intereses de sectores concretos, para que ahora permitamos que con tergiversaciones se confunda a los navegantes. Si una ley concreta no dice una cosa, no puedes deducirlo de la lectura interesada. Si no existe ningún organismo sancionador, ni una ley dice concretamente que un barco de recreo ha de llevar tal cosas, no lo ha de llevar. La norma que pones una y otra vez, repitiendo cansadamente el rollo es PARA NÁUTICA PROFESIONAL. En la náutica de recreo se te está repitiendo QUE NO HAY OBLIGACIÓN DE LLEVAR MATERIAL CONCRETO a excepción de chalecos, balde, timón de respeto y alguna pequeña cosa más. NI LA RADIO ES OBLIGATORIA. A ver si ya dejas de insistir. NO ES OBLIGATORIO LLEVAR BALSA y puedes poner la que quieras si lo decides sin ningún tipo de obligación de REVISARLA, NO ES OBLIGATORIO llevar radiobaliza pudiendo poner si lo decides LA CHINA DE TURNO, no es obligatorio llevar TRANSPONDEDOR, NO ES OBLIGATORIO LLEVAR SEXTANTE y así hasta donde quieras llegar. Deja ya de hacer comparaciones y decir lo que la ley no dice. Cuando encuentres un párrafo de alguna normativa Belga, Inglesa, Holandesa que ponga EN LOS BARCOS DE RECREO SE TENDRÁ QUE LLEVAR....Y QUIEN NO LO CUMPLA SERÁ SANCIONADO CON..... Como si está en la normativa española entonces el sol se abrá convertido en luna. |
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