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Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
Buenos días, ya estamos con los líos.
Tengo un velerito de 4,40 de eslora que navega en pantanos, con sus correspondientes matrícula, permisos y seguros. Quiero llevármela a Galicia, a navegar por las rías, y tras consultar con algunas personas, entendidas o no :eew:, me dicen que si las rías y el tipo de navegación que haré con ella se considera aguas interiores también, que si tengo que ir a capitanía, matricularla en lista séptima, que las exigencias en cuanto a luces, equipo de seguridad, etc... pues dependerá de cómo estén en la capitanía en ese momento, en definitiva, ni idea de qué tengo que hacer. Lo mismo hasta tengo que abanderarla en Polonia :cuna: Ruego a los cofrades me orienten antes de pasar por la capitanía correspondiente y meter la pata. :brindis: |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Las rías Baixas NO son aguas interiores.
Si necesitas algo estoy en la Ría de Arousa Saludos Rafa |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Gracias Rafa, tomo nota.
Pues veremos a ver que me piden. :brindis: |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Hola,
No estáis confundiendo aguas interiores con aguas continentales? Salu2 :brindis: |
Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Las Rías son zona 7.
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Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Saludos Hada Pirata y resto de colegas. Coooopas generosas. :brindis::brindis:
Matricular un barco es sencillo, ...... siempre que tengas los "papeles" adecuados. Date una vuelta por la web de la Dirección General de la Marina Mercante, y en ella podrás informarte plenamente. También puedes acercarte personalmente a ella (está junto a la plaza de La Cibeles), donde podrás recabar la misma información. Hacerlo en una Capitanía cualquiera, es igualmente es factible; pero sí lo haces durante las vacaciones, pues que no. Tal como te ha indicado ROyOR, si vas por la Ría de Arosa, y más concretamente por Pobra do Caramiñal, allí estaremos. Saludos, y más copas.:borracho::borracho: |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
Si no tiene esto es misión imposible, no merece la pena que te pases por Ruiz de Alarcón no te van a permitir navegar legalmente y si te pillan te crujen. Los caminos enrevesados que hay por ahí, en mi modesta opinion no te merecen la pena. Para zona 7 el equipo de seguridad es mínimo, si no lo tiene ya, te falta poco. Mejor comprar un barquito usado ya matriculado, te saldrá mas barato. Se que le tienes cariño a tu barquito. saludos cabot |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
He estado leyendo los RD en la web. Veremos a ver. La barca es de 1971, por lo que no tiene marcado CE. Mañana llamaré a capitanía de Noia a ver. Si cruzo la Barbanza os doy un toque a Rafa y a ti, y os cuento, si al final mi pequeña toca de nuevo la sal. :brindis: |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
Tengo el certificado de inspeccion de buques, y la famosa chapa, pero es de 1971. Sabes que el reto es navegar con ella por la ría. Como lo hice con mi padre la última vez hace 17 años, embarazada de mi primera hija, después de esto no ha vuelto a probar la sal. Espero conseguirlo, ya sé que es más fácil comprar algo y tenerlo allí, me lo dicen en casa a todas horas, pero soy como soy :cunao:. Mañana llamaré a ver qué me cuentan Gracias :brindis: |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Hola a todos.
Creo que en tu caso tienes otra posibilidad. Las embarcaciones de vela ligera empleadas para regata NO precisan de matriculación ni equipo de seguridad. Me explico, las embarcaciones de regata están expresamente excluidas cuando tengan sus propias reglas de construcción y estén destinadas exclusivamente a la competición. Esto es casi exclusivamente de aplicación a las embarcaciones de vela ligera, las cuales deben cumplir estrictamente los parámetros que definen la clase. Lo norma de despacho de embarcaciones, excluye expresamente la obligación de despachar embarcaciones de la lista 7ª cuyo número de vela este registrado en la Federación Española de Vela y participe en regatas. Es decir, deja en manos de la federación española o autonómica el control de estas embarcaciones. Hay que decir aquí que el control efectuado por la Real Federación Española de Vela es la expedición del número de vela, único e intransferible para cada barco. Resumiendo, si estas Federada, solicitas un número de vela a la Federación correspondiente (y lo pones en la vela), en teoría puedes navegar sin tener el barco matriculado, ya que además de participar en regatas, se puede realizar navegación de "entrenamiento". Si te fijas los vela ligera de los clubs deportivos no están matriculados ninguno, solamente tienen su número de vela. Eso sí, cuidado con la zona de navegación. No creo que puedas navegar por toda la ría... Siento el tocho. Un saludo :brindis::brindis: |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
Rios, lagos, embalses son generalmente aguas Continentales. https://image.slidesharecdn.com/pesc...?cb=1353735415 |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
Cita:
Hola, Eso es lo que yo tenía entendido :sip: Salu2 :brindis: |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
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Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante
Artículo 8 Zonas y tipos de navegación 1. Son zonas en las que España ejerce soberanía, derechos soberanos o jurisdicción, además de las aguas interiores marítimas, el mar territorial, la zona contigua y la zona económica exclusiva. Son aguas interiores marítimas españolas, a los efectos de esta ley, las situadas en el interior de las líneas de base del mar territorial. Las aguas interiores marítimas incluyen las de los puertos y cualesquiera otras comunicadas permanentemente con el mar hasta donde se haga sensible el efecto de las mareas, así como los tramos navegables de los ríos hasta donde existan puertos de interés general. |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Hola scampolo,
Exactamente, de donde se deduce que las aguas de las rías baixas son aguas interiores. :sip: Salu2 :brindis: |
Respuesta: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Yo siempre entendí que la zona inmediata a la costa es la de las aguas interiores considerada como una franja estrecha que suele terminar en la línea de bajamar… pero el cofrade ROyOR fué tan categórico que me ha causado dudas...:cunao:
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Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
Y ¿que diferencia hay con la navegación? Creo que eso solo se refiere para licencias de pesca, no para navegación. Saludos Rafa |
Re: Respuesta: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
De todas formas es fácil.... HadaPirata ¿a que te refieres a navegar o a pescar? Saludos Rafa |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Son aguas interiores porque lo dice el artículo 8 del Tratado de Montego Bay sobre el derecho del mar
.todo lo que está dentro de las líneas de base son aguas interiores. Respecto a la navegación con el barquito que es lo que a la cofrade le interesa, no le des más vueltas que con el vela ligera no tendrás ningún problema siempre que no lleves motor colocado. Sal a navegar cuando calcules que tendrás viento sufiente y prescinde de la batidora. Echa los remos a bordo que además de ser obligatorios, te permitirán volver si el viento amaina. Saludos! |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
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Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
[quote=HadaPirata;2233211]Hola Jesús
He estado leyendo los RD en la web. Veremos a ver. La barca es de 1971, por lo que no tiene marcado CE. Mañana llamaré a capitanía de Noia a ver. Si cruzo la Barbanza os doy un toque a Rafa y a ti, y os cuento, si al final mi pequeña toca de nuevo la sal. :brindis:[/QUOTE Las dos veces que fui, muy amable el responsable te facilita lo necesario. |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Buenas noches
Vamos por partes: - la opción de navegación "entrenamiento" para evitar matriculación, podría ser, estoy federada, peeeero no podría llevar motor, y para mí, es un plus de seguridad, y sobre todo en entradas y salidas a puerto. Además está el tema turisteo, en el que implicaré a mis hijos, y quizás, con las licencias correspondientes, echar alguna caña, aunque como el último año desde puerto lo único que hicimos fue perder, plomos, cucharillas y todo lo demás. - el título del post, con lo de aguas interiores, es porque cuando pregunté una persona me dijo que al ser aguas interiores no necesitaba matrícula. - esta mañana he llamado a dos capitanías, en la primera la conversación fue subrealista, mejor ni transcribirla. En la segunda capitanía, súper amables, me han devuelto a la realidad, me solicitan lo siguiente: 1. Factura de compra o contrato de compraventa (en mi caso) 2. liquidación del impuesto de transmisiones (la barca era de mi padre, cuando aún estaba lucido hicimos un contrato de compraventa por valor de 100€, por poner algo, evidentemente no pasé por "vicaría"' por lo que no lo tengo 3. Inspección del ingeniero de Coruña, que emitirá informe, haciendo unas determinadas pruebas :eek: 3. Liquidación de tasas, unos 19€ 4. Pago informe del ingeniero unos 75€ 5. Tiempo de espera al ingeniero, indeterminado 6. Tiempo de espera del informe del ingeniero unos 15 días En definitiva, por esa vía muy complicado obtener la matriculación Mi pregunta, se puede hacer desde Madrid o Guadslajara, que es donde tengo la barca? Si llevo la barca a Galicia y al final no me dan matrícula, 1300 km de paseo. Mañana llamaré a ver si hay esa posibilidad. Cuando era pequeña, mi padre todos los veranos llevaba una 3,50 y después está barca a navegar, por la ría del Barqueiro, por Finisterre, por Ortigueira, jamás tuvimos problemas. Incluso fue a Francia, a las Landas, navegamos por allí, con un permiso por días, todo facilidades. Igual que aquí. No pierdo la esperanza, a ver si alguien arroja un poco de luz. Gracias a todos! :brindis: |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Buenas noches, a ver si se puede aclarar un poco la cuestión.
Las diferentes zonas de navegación vienen regulados en la Orden FOM/1144/2003, de 28 de abril, transcribiendo ciertos preceptos que entiendo resultan de aplicación: ART.2_ 3. En todo caso, las embarcaciones citadas en el punto 2 (entre las que está las de regata de vela ligera) cuya eslora sea igual o superior a 2,5 metros, y que no sean artefactos flotantes o de playa de los relacionados en la letra a), requerirán de la previa autorización de la Capitanía Marítima correspondiente para navegar en las Zonas establecidas en el artículo 3. La Capitanía Marítima fijará las Zonas para las cuales autoriza la navegación, en función de las características de la embarcación, y los equipos de seguridad que deben reunir dichas embarcaciones. ART.3 D) Zona de navegación en aguas protegidas. Le corresponde la siguiente Zona: Zona «7». Navegación en aguas costeras protegidas, puertos, radas, rías, bahías abrigadas y aguas protegidas en general. Sin perjuicio de lo anterior, hay que indicar que el RD 1185/2006 establece lo siguiente: ART 3.6: a) «Zona de navegación 1»: zona de navegación ilimitada. b) «Zona de navegación 2»: navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 60 millas. c) «Zona de navegación 3»: navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 25 millas. d) «Zona de navegación 4»: navegación en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas. e) «Zona de navegación 5»: navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o playa accesible. f) «Zona de navegación 6»: navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 2 millas de un abrigo o playa accesible. g) «Zona de navegación 7»: navegación para aguas costeras protegidas, puertos, radas, bahías abrigadas y aguas protegidas en general. Excluye a las rías (?), lo cual parece lógico si consideramos que en la Ría de Vigo (si la consideramos desde Cabo Silleiro a Cabo Home) por ejemplo hay zonas que exceden de la Zona 6. Entiendo que la embarcación tiene matrícula, ya que ha dicho que la tiene en el primer mensaje, por lo que en la documentación deberán constar las características de la embarcación y la zona de navegación autorizada. Sin ánimo de complicar más la cosa, lo mejor, creo que ya lo ha dicho alguien es dirigirse a la Capitanía Marítima de la zona y solicitar por escrito la autorización a que hace referencia la primera norma transcrita, a ver qué dicen. Se puede hacer por internet sin necesidad de desplazamiento físico de la embarcación.... Espero haber ayudado en algo, Saludos. |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
para capitanías en Galicia.. la de Sada.... deberían tomar ejemplo muchas de como hacen las cosas de bien allí.
salud :brindis: |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Gracias por la info Jasb, aclarado el tema de zonas de navegación.
Manganegra, en las dos capitanías con las que he estado hablando han sido super amables y muy correctos, otra cosa es la agilidad, las cosas de palacio van despacio, y claro, hablamos de una barca de 1971, ellos no saben cómo está y deben cerciorarse. Por lo visto el problema no es la zona de navegación, eso está claro, Zona 7. Habría, según he entendido dos maneras de poder echarla al agua y navegar allí, la primera, más sencilla, haciendo una Inscripción, las condiciones son menor de 12 metros y marcado CE. Si no hay marcado CE, que es mi caso, hay que matricular, y que pase una inspección por el ingeniero designado, en mi caso vendría de Coruña. Esta mañana he llamado a Marina Mercante de Madrid, a ver si cerca hay algún organismo que me pueda facilitar esa inspección y marcado CE, para no desplazar la barquita por media España. Les he mandado toda la documentación que tengo y fotos de la placa y de la barca, y esperaré. Me da la sensación, que aquí las cosas van a ir despacio también. No sé si a algún cofrade le ha pasado lo mismo y cómo lo ha solucionado más rápido. Porfa que cuente. Voy a bucear por la taberna a ver si encuentro algo. No me apetece brindar, tómense uds. lo que quieran. |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
Con ese papel (150€) te vas a capitania y haces el asiento del barco, el permiso de navegacion y certificado de navegavilidad otros tranto pavos. y ya está, a navegar libre. mi anterior barco sólo tenia la hoja de asiento y lo saque palante. El tuyo tiene el certificado de inspeccion tecnica y el contrato de cesion. Personalmente lo veo viable. |
Re: Otra de capitanías, ¿las rías son aguas interiores o no?
Cita:
Los 150€ no me cuadran, me dijeron 75€, pero vamos lo que digan, con tal de obtener la matriculación, siempre que no supere el precio del barco claro :cuna: Lo complicado es tener allí la barca esperando los papeles sin navegar, en reducir esos tiempos de ir papeles a Coruña y volver, es lo que tengo que conseguir, no voy a estar llevando y trayendo la barquilla 1300 kms para no poder navegar. Veremos en qué queda todo, no me rindo, a insistente (pesada) no me gana nadie :pirata: :brindis: |
Re: Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
Hola HadaPirata
Supongo que si no tiene tu barco matricula en lista 7ª (barcos de recreo) no esta legal para navegar en el mar, da igual que sean aguas interiores que exteriores. Yo he tenido un caso parecido con mi barco del 1991. No es tan dificil matricularlo. Tu barco no necesita marcado CE, puesto que eso se lo exigen a barcos comercializados a partir del 16 de julio de 1998. Que no te exijan el impuesto de matriculacion puesto que es a partir de 8 metros de eslora Tienes que pasar una ITB (Inspección Tecnica de Barcos). La empresa Eurocontrol que me lo hizo a mi, a lo mejor tiene tecnicos nauticos en Madrid, pero no son 75 euros,esto es lo mas caro de los tramites (200 euros +-). En la inspección, a parte de tener el barco bien y enseñarle los papeles que tienes, debes de tener el material de seguridad a bordo, que para zona 6 son: un chaleco salvavidas homologado 100 newtons para cada uno del nº de pasajeros autorizado (4 o 5 unidades, los rigidos 11e), 3 vengalas, una linterna estanca con pilas de repuesto, ancla 6 kgs. con cabo de longitud 5 veces la eslora y diametro 1 cm., bocina de niebla manual (4e), caña de timon de repuesto, 2 cabos de amarre, un bichero, un remo y un balde de achique. Te puede dar capitania zona 6 que son hasta 2 millas de playa o zona accesible, o 4 millas entre cabos o islas. La bandera extranjera solo compensa con barcos grandes por la balsa salvavidas y la radiobaliza. Y lo de barcos de regatas no lo veo claro. Saludos:brindis: |
Re: Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
A, se me olvidaba, no es obligatorio llebar luces fijas de dia, excepto la linterna y si navegas de noche es suficiente una todo horizonte blanca.:brindis:
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Re: Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
Cita:
FOM 2003 Sobre la que se regulan equipos de seguridad, etc etc. CAPÍTULO III Equipo de navegación Artículo 10. Luces y marcas de navegación. 1. Las luces y marcas de navegación deberán ajustarse al Convenio sobre el Reglamento Internacional para prevenir los Abordajes, 1972, y sus modificaciones posteriores. 2. En caso de navegación diurna exclusivamente, hasta 12 millas de la costa y/o en embarcaciones de menos de 7 metros de eslora, y se podrá prescindir de las luces de navegación, pero se deberá llevar una linterna eléctrica de luz blanca con baterías de repuesto. 3. Las luces de navegación podrán aceptarse si han sido homologadas por cualquier país de la Unión Europea. Las embarcaciones de las Zonas 5, 6 y 7, pueden llevar luces no homologadas, incluso a pilas, siempre que estén en buen estado y en navegación diurna exclusivamente. |
Re: Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
Gracias Jose Manuel y Scampolo por vuestra info.
Estoy a la espera de contestación, a ver si hay suerte y las exigencias no son muchas. Luego ya nos equiparemos correspondientemente. :brindis: |
Re: Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
Un barco de esta eslora no precisa matriculacion. Solamente necesita inscribirse.:brindis:
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Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
Cita:
Buenos días Port Bo Según ellos, Capitania Coruña, al no utilizarla para entrenar y llevar motor auxiliar si tengo la obligación de matricularla. Y así llevo más de dos meses, si siguen así las cosas, veo que no la voy a poder llevar al mar 😢 Es realmente triste y tedioso la cantidad de trámites por ir legal. Todos los veranos desde que tengo uso de razón mi padre llevaba una 3,50 de vela y después de varios sustos por las Rías Altas, cambió a ésta Taylor a vela, más estable y marinera, y jamas le pusieron problemas. Unas veces la ponía en boya, otras haciendo el clásico tira-vira. Nos conocían, llegábamos hablamos en el puerto con no sé quién, y todo el mes navegábamos. Rías altas y rías Bajas, la última vez en la ría en la que quiero que vaya ahora. Evidentemente son otros tiempos, y otras personas, mi padre tenía un gran carisma, y capacidad de resolver impresionante 🥰 Otros veranos hemos llevado estas barcas a Las Landas y a Bretaña, y nos concedian una especie de permiso por días, creo recordar y navegábamos sin problemas. Por eso en Francia se navega tantísimo?? 🍺 |
Re: Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
Si te interesa, te doy los datos de un ingeniero naval afincado en Galicia y que de esto sabe un rato. Te acalarara el tema.:brindis:
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Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
Buenos días
Por si alguien se encuentra en una situación similar, y esto le puede ayudar, ya casi he conseguido todos los papeles, y navegando desde hace casi un mes con el informe provisional 😊 Al final los trámites para MATRICULAR una embarcación de 1971 sin marcado CE han sido los siguientes: - Factura de Compra-Venta de la embarcación ( en mi caso Contrato Privado entre mi padre y yo) - Liquidación de las tasas correspondientes Modelo 620, total en mi caso 14,80€ - Documentación Técnica de la embarcación, en mi caso sólo tenía un Certificado de Inspección de Buques del año 71 - Solicitud de Actividad Inspectora, visita del Inspector de la Capitanía correspondiente y emisión de informe, 74,62€ - Justificante de pago de Tasas de Registro de Inscripción/Matriculación Modelo 790 código 025, total 18,70€ Con el informe preliminar del perito, siendo favorable, ya he podido navegar. En unos 15 días me dieron el Certificado de a Navegabilidad, indicándome personas y zona. Como en principio, y por otras similares, solo me iban a dar para 3 personas, busqué embarcaciones iguales, y gracias a una persona de Mallorca que me envió foto de su Certificado para 4 personas, conseguí también para 4. Zona 7. Todavía a la espera de los papeles definitivos, pero navegando desde el día siguiente de la inspección 💪 En mi caso fue complicado al presentar los papeles telemática mente, justo antes de la pandemia, sin poder liquidar impuestos, por falta de certificados electrónicos actualizados, y además la embarcación no estar cerca de capitanía, sino a más de 600 kms. Pero con tesón, unos 100€ y muchos meses, está casi conseguido. Agradezco a todos los cofrades que participaron en éste hilo y me orientaron para conseguirlo 🍺🍺 |
Re: Otra de Capitanías, conseguir Marcado CE y Matriculación
¡Enhorabuena! :pirata::pirata:
Todo llega... Saludos y :brindis: |
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