La Taberna del Puerto

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-   -   Drones Con Camara De Video. (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=190702)

beta4 14-04-2021 13:37

Drones Con Camara De Video.
 
Para esta temporada me ronda de hacerme con un dron ,para tener un bonito recuerdo del Triodo navegando,pero no tengo ni pajolera idea de estos bichos.

Como seria el primero no quisiera invertir mucho por si lo ahogo en la primera salida.

Que experiencia teneis ustedes,que modelo comprar que sea BBB.


Saludos

ROyOR 14-04-2021 13:46

Respuesta: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por beta4 (Mensaje 2314914)
Para esta temporada me ronda de hacerme con un dron ,para tener un bonito recuerdo del Triodo navegando,pero no tengo ni pajolera idea de estos bichos.

Como seria el primero no quisiera invertir mucho por si lo ahogo en la primera salida.

Que experiencia teneis ustedes,que modelo comprar que sea BBB.


Saludos

Hola beta4, ten cuidado que drone compras y donde vuelas, lo primero que tienes que hacer es sacarte la licencia de piloto y la de operador de drones, después ver donde se puede volar, por ponerte un ejemplo, en la ría de Vigo, la de Pontevedra y en Arousa está casi prohivido totalmente. Hay en algunas zonas que tendrás que pedir permiso, por ejemplo aqui a la Xunta.

Saludos
Rafa

chupiboat 14-04-2021 15:25

Re: Drones Con Camara De Video.
 
buenas tardes y unas:brindis
como bien te dicen tendras que sacar la licencia de operador de dron adecuada al dron que vayas a utilizar , que la puedes obtener co un examen que se realiza on line . yo me dedico a los drones hace va varios años por eso te acosejaria un SG 906 que es un modelo muy sencillo y economico y con unas prestaciones bastante buenas en realidad calidad precio

alcapar 14-04-2021 15:51

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Acabo de estrenar un DJI MAVIC MINI 2, es una absoluta locura. Calidad de imagen 4K, estabilizador de imagen electrónico y mecánico. Alcance 3 km, nunca había volado un dron y en 1 minuto se le coge el tacto.

Pesa 249 gramos y cabe en una mano. La verdad es que estoy alucinado con esta miniatura.

Según tengo entendido no requiere licencia al pesar menos de 250 g, pero viendo que hay expertos quedó atento a sus comentarios.

:brindis:

ROyOR 14-04-2021 16:03

Respuesta: Re: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por alcapar (Mensaje 2314935)
Acabo de estrenar un DJI MAVIC MINI 2, es una absoluta locura. Calidad de imagen 4K, estabilizador de imagen electrónico y mecánico. Alcance 3 km, nunca había volado un dron y en 1 minuto se le coge el tacto.

Pesa 249 gramos y cabe en una mano. La verdad es que estoy alucinado con esta miniatura.

Según tengo entendido no requiere licencia al pesar menos de 250 g, pero viendo que hay expertos quedó atento a sus comentarios.

:brindis:

Alcapar tienes que sacarte licencia de piloto A1/A3 y se hace de manera gratuita en AENA. Además tienes que sacarte licencia de operador, también gratuita.

Saludos
Rafa

chupiboat 14-04-2021 20:40

Re: Drones Con Camara De Video.
 
aqui os dejo un tutorial de como obtener la licencia para poder utilizar un dron

https://youtu.be/N-ye-4jXFhM

Mateando 14-04-2021 23:00

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Aparte de la licencia de vuelo, lo que grabes, si aparecen datos personales, matrículas, etc está sujeto a la normativa europea y española de protección de datos. Así que cuidado con publicarlo luego, o con guardarlo sin pixelar esos datos personales.
Las multas son de órdago; mayores que las de Marina Mercante, que ya son elevadas.

Mateando 14-04-2021 23:11

Re: Drones Con Camara De Video.
 
https://www.aepd.es/media/guias/guia-drones.pdf

beta4 14-04-2021 23:44

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Pues si que tiene royo esto de tener un juguete volador...

Se le quitan la ganas al personal.....

Saludos

Kiro 15-04-2021 00:06

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por beta4 (Mensaje 2315019)
Pues si que tiene royo esto de tener un juguete volador...

Se le quitan la ganas al personal.....

Saludos

:sip::sip::sip::sip::sip::sip:

ROyOR 15-04-2021 09:23

Respuesta: Re: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por beta4 (Mensaje 2315019)
Pues si que tiene royo esto de tener un juguete volador...

Se le quitan la ganas al personal.....

Saludos

A mi me da la impresión que he tirado el dinero...

Lo quería para volar el drone desde el barco y ya os digo que en Rías Baixas es practicamente imposible... :cagoento:

Rafa

Mateando 15-04-2021 09:50

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por beta4 (Mensaje 2315019)
Pues si que tiene royo esto de tener un juguete volador...

Se le quitan la ganas al personal.....

Saludos

El derecho a la privacidad y a la protección de datos personales es un 'derecho humano fundamental', reconocido como tal desde la Declaración de Derechos del Hombre de la ONU, y después por el Consejo de Europa, y por la Unión europea, y también por nuestra Constitución del 78. Ese tipo de derechos tiene garantías especiales de protección; por eso es tan estricta la legislación.

Por otro lado, los propios navegantes tampoco deseamos que estando fondeados tranquilamente, ande por encima nuestro un dron grabándonos, y que luego puedan aparecer esas imágenes en Internet.

Recuerdo el caso de aquel titular de un vehículo que recibió una sanción de Tráfico, adjuntando una foto de aquél en la que se veía a su señora acompañada de otro hombre.

:brindis:

ROyOR 15-04-2021 10:02

Respuesta: Re: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por Mateando (Mensaje 2315047)
El derecho a la privacidad y a la protección de datos personales es un 'derecho humano fundamental', reconocido como tal desde la Declaración de Derechos del Hombre de la ONU, y después por el Consejo de Europa, y por la Unión europea, y también por nuestra Constitución del 78. Ese tipo de derechos tiene garantías especiales de protección; por eso es tan estricta la legislación.

Por otro lado, los propios navegantes tampoco deseamos que estando fondeados tranquilamente, ande por encima nuestro un dron grabándonos, y que luego puedan aparecer esas imágenes en Internet.

Recuerdo el caso de aquel titular de un vehículo que recibió una sanción de Tráfico, adjuntando una foto de aquél en la que se veía a su señora acompañada de otro hombre.

:brindis:

Mateando echo de menos cuando no existían las redes sociales y podías hacer fotografías y pelicula con tomavistas de super 8 sin problemas....

Por cierto, con lo que cuentas, te diré que hace unos años fondeamos en una cala solitaria y mi hijo voló drone, vino un "educado" señor con su señora, ya jubilados, y empezaron a despotricar por el vuelo del drone (estaban en pelotas) ¿de verdad que pensaban que estaba mi hijo grabándolos? estando la cala vacía ¿se tenían que fondear a escasos 10 metros nuestro?
Creo que hay que legislar, pero con esto están prohibiendo todo y creen que todos somos delincuentes, eso creo.

Saludos
Rafa

trash 15-04-2021 10:17

Respuesta: Drones Con Camara De Video.
 
En esta web puedes ver las zonas donde se pueden volar drones y las zonas en las que no, o necesitas permisos especiales.
https://drones.enaire.es/

Por cierto, yo tengo un mavic air 2 y encantado.
Si piensas sacarlo con el barco navegando, búscate un mango, para poder cogerlo al vuelo, si no cuesta mucho. En amazon valen 2 duros.

Para uso recreativo no necesitas licencia si tu dron pesa menos de 25kg, si pesa menos de 250gr puedes volarlo en zonas urbanas.
Mi experiencia es que a la gente normalmente le hacen gracia y flipan, mas que cabrearse.
Si grabas planos generales, desde arriba no tendrás problema. Altura máxima legal = 120m desde donde despegas

Mateando 15-04-2021 10:47

Re: Drones Con Camara De Video.
 
El problema no está tanto en la grabación, sino en la difusión de lo grabado. Desde que están las redes sociales, la gente no grabamos para visionarlo de modo privado, sino para publicarlo en aquellas. Y una vez que lo has publicado se pierde el control sobre ello, pudiendo llegar a hacerse viral y de conocimiento general. Ahí es donde los riesgos de mínima transcedencia de una grabación privada pasan a ser potencialmente graves en una difusión generalizada por los medios.
Muchas veces no somos conscientes de ello. Por ejemplo padres que publican fotos de sus hijos sin su permiso, viéndolas luego los compañeros de estos, y teniendo consecuencias negativas para aquellos.

Nos falta formación al respecto. Recientemente se ha reformado la normativa de Educación Digital para incluir, en la formación en ese campo de los alumnos, el respeto a la privacidad de datos personales.

Y cada vez hay más sentencias con condenas por no respetarse la privacidad. Muchas de ellas en rupturas de relaciones de pareja.

:brindis:

eborges_tfe 15-04-2021 10:53

Re: Respuesta: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por trash (Mensaje 2315051)
En esta web puedes ver las zonas donde se pueden volar drones y las zonas en las que no, o necesitas permisos especiales.

https://drones.enaire.es/

Efectivamente, con todos los respetos, creo q estais haciendo comentarios sin mucho fundamento.

No en todos los casos hay q tener licencia. Para volar un dron fuera de áreas pobladas y lejos de aeropuertos, a la vista del usuario, y sin sobrepasar una altura determinada (creo q recordar q del orden de 300m), no es necesaria ninguna licencia.

Por otro lado, la grabación o fotografía por cualquier medio en el exterior, ni está prohibido, ni se puede prohibir. Vemos constantemente en TV grabaciones hechas con móviles particulares. Siempre q no se graben menores o situaciones que entren en el ámbito de la privacidad, no hay problema legal. Únicamente, si esas imágenes se difunden públicamente (por ejemplo en Facebook, Instagram, o similar), deben ser retiradas a petición de la persona grabada. Otra cosa es grabar en el ámbito privado (domicilios, etc) donde prima la privacidad e inviolabilidad.

Respecto a grabar nuestros barcos navegando con un dron de "juguete", no lo veo. Me regalaron uno este año, y no es de los peores. Estos cacharros son muy fáciles de usar pero van mal con viento y la autonomía es muy limitada (teórica unos 10min, real unos 5min). Aún suponiendo q pueda alcanzar la misma velocidad q la embarcación, la autonomía es tan poca q lo más probable es q caiga al agua, se moje la circuitería, y solo sirva de figura decorativa. Fondeado, sin viento, y controlando la autonomía, es totalmente factible y queda bastante "profesional"

Hay otra alternativa, para grabar navegando, que se usa desde hace tiempo y no quedan nada mal. Se trata de usar una cometa a la q se sujeta una cámara. Las GoPro o similares van muy bien y además se puede usar la carcasa impermeable para evitar accidentes. Hay vídeos espectaculares en Youtube.

🍻🍻



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dan007 15-04-2021 17:44

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Para grabar cualquier dji con función de folow me y home dinamic point. Desde una barca el despeje te puede resultar bastante facil. Pero... El aterrizaje en una barca es bastante difícil. Primero tienes que practicar y hacerte con todas las funciones del dron. No vuelas si hace aire o oleaje. No pierdas de vista el dron. No navegas y
Vuelas el dron el mismo tiempo. 2 personas, una al timon una al mando . Vuela en tierra 20 30horas por lo menos.

dan007 15-04-2021 17:59

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Y vuelve con el dron con 35-50% de batería en los primeros vuelos sobre el mar, ya entenderas por que. También creo que el fimi x8 te puede valer, personalmente no lo he probado , sobre papel esta ok, a mitad de precio que un mavic.

eborges_tfe 15-04-2021 18:01

Drones Con Camara De Video.
 
Yo descarté la opción del drone y he comprado una cometa barata para la GoPro. En cuanto saque algun video os lo paso. Hay páginas dedicadas específicamente a la fotografía con cometas y tutoriales muy completos (en inglés "kite cam" o "kite camera"). Os pongo un par de ejemplos de videos hechos con una cometa.

https://m.youtube.com/watch?v=hWpRYIQBNJQ

https://m.youtube.com/watch?v=UUMKyOFtV_0

https://m.youtube.com/watch?v=tJ0v7h...ature=youtu.be

🍻🍻⛵

Enviado desde mi SM-A705FN mediante Tapatalk

dan007 15-04-2021 18:08

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Bien echo. Aunque la grabación con la función de folow me, orbita etc quedan de PM, si te atreves alguna ves quedarás sorprendido. Mas arriba alquien decía que no puede seguir una barca un dron, yo te aseguro que puede seguirte a 50 km por hora un dji mavic.

Aquí un enlace de cómo tienes que volar lo. https://youtu.be/2MsDUQjn9Bk

Garota 16-04-2021 10:41

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Pues uno está bastante harto de estar tranquilamente comiendo y que se quede colgado un cacharro de éstos encima, que parece que quiera contar los granos de arroz de tu plato.
Eso sin tener en cuenta el persistente zumbido abejorril!
En fin, uno que es asocial profundo...
:brindis:Para todos los droneros respetuosos con sus vecinos de fondeo (Que también los hay)

dan007 16-04-2021 10:49

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Puede que hay algún tonto.. Pero normalmente son gente responsable. Yo lo usaba para grabar haciendo wakeboard y nunca en mis videos no he grabado otro barco o otras personas. Un saludo.

KITU 16-04-2021 15:00

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Tienes razón, con menos de 250 grs NO hace falta ninguna licencia para volarlo.
Es más, con éste peso, puedes incluso hacerlo volar encima de los parques.


Saludos.


Drones de menos de 250 gramos:


Nueva Normativa 2021

Son muchas las personas que nos preguntan por la normativa que regula el uso de drones de menos de 250 gramos. Esto es debido al gran interés que suscita en el público «amateur», que busca poder grabar videos de gran calidad sin necesidad de pedir permisos o autorización para volar.
A partir del 1 de enero de 2021 entra en vigor la nueva normativa europea, y con ella, el Reglamento Delegado (UE) 2019/945 establece una nueva clasificación de los drones en 7 grupos o clases basadas en las diferentes especificaciones y características de cada aeronave. Esto garantiza una mayor seguridad y organización en el uso de drones en todo el espacio europeo.
Con la llegada de esta nueva normativa, los drones de menos de 250 gramos de peso cobran una gran importancia ya que es el único tipo de dron que podremos volar sin necesidad de permisos, autorizaciones, formaciones o titulaciones. Te lo cuento todo a continuación:
Los drones de menos de 250 gramos de Masa Máxima al Despegue (MTOW) se catalogan como drones de clase 0 (C0). Esta clase es la más baja de la clasificación y agrupa todas las aeronaves (ya sean de juguete o no) que cuenten con este peso. Se identifican con la siguiente etiqueta:

KITU 16-04-2021 15:03

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Los drones de menos de 250Grs NO necesitan ningún tipo de licencia para volar.


Drones de menos de 250 gramos: Nueva Normativa 2021

Son muchas las personas que nos preguntan por la normativa que regula el uso de drones de menos de 250 gramos. Esto es debido al gran interés que suscita en el público «amateur», que busca poder grabar videos de gran calidad sin necesidad de pedir permisos o autorización para volar.
A partir del 1 de enero de 2021 entra en vigor la nueva normativa europea, y con ella, el Reglamento Delegado (UE) 2019/945 establece una nueva clasificación de los drones en 7 grupos o clases basadas en las diferentes especificaciones y características de cada aeronave. Esto garantiza una mayor seguridad y organización en el uso de drones en todo el espacio europeo.
Con la llegada de esta nueva normativa, los drones de menos de 250 gramos de peso cobran una gran importancia ya que es el único tipo de dron que podremos volar sin necesidad de permisos, autorizaciones, formaciones o titulaciones. Te lo cuento todo a continuación:
Los drones de menos de 250 gramos de Masa Máxima al Despegue (MTOW) se catalogan como drones de clase 0 (C0). Esta clase es la más baja de la clasificación y agrupa todas las aeronaves (ya sean de juguete o no) que cuenten con este peso. Se identifican con la siguiente etiqueta:
https://novodrone.com/wp-content/upl...e-0-drones.jpg
Para ser catalogado como aeronave de clase 0, el dron debe contar con los siguientes requisitos técnicos:
  • Masa Máxima al Despegue (MTOW) de menos de 250 gramos.
  • Velocidad máxima en vuelo horizontal de 19 m/s, o lo que es lo mismo, 68 km/h.
  • Altura de vuelo máxima de 120 metros desde el punto de despegue.
  • Deben contar con alimentación eléctrica.
  • También se incluyen aeronaves de construcción privada (que cumplan estos requisitos).
En cuanto a la identificación de clase de cualquier dron o aeronave, la nueva normativa obliga a todos los fabricantes a indicarlo debidamente con la etiqueta correspondiente.
¿Qué implica volar un dron de clase 0?

Con la nueva normativa europea, el vuelo con drones esta condicionado por la clase del dron en cuestión y la categoría de la operación a realizar.
Como ya sabes, los drones de clase 0 incluyen todos los drones de menos de 250 gramos de peso (incluidos los drones de juguete) y por lo tanto solo están permitidos en operaciones de la Categoría Abierta (A1).
Esta categoría operacional permite volar en cualquier parte y permite volar sobre personas, pero NO sobre concentraciones de personas. Además, los drones de clase 0 entran en esta categoría porque no superan los 19 m/s de velocidad, ósea se 68 km/h.
Por último, en cuanto a los nuevos niveles de formación que va a exigir AESA tenemos suerte. Los drones de menos de 250 gramos de peso solo requieren familiarizarnos con el manual de instrucciones proporcionado por el fabricante, no habrá necesidad de realizar ningún tipo de formación oficial.
Dónde volar drones de menos de 250 gramos

Siendo los drones más pequeños y ligeros, estos cuentan con un riesgo más bajo y como acabas de comprobar, las restricciones para volar son mínimas. Aún con todo, te dejo algunos consejos básicos para volar drones de menos de 250 gramos con total seguridad y sin problemas legales.
  • No vueles nunca a menos de 8 kilómetros de un aeropuerto, aeródromo o zona de espacio aéreo controlado.
  • Siempre que vueles, mantén el dron a la vista y no superes los 120 metros de altura.
  • Puedes volar sobre aglomeraciones de edificios y grupos de personas al aire libre, siempre y cuando no superes los 20 metros de altura.
  • Vuela de día, en espacios abiertos y con buenas condiciones meteorológicas (sin lluvia, niebla ni viento). Volar de noche (aunque sea por diversión) está prohibido a no ser que tengas una autorización de AESA.
  • Si eres menor, vuela siempre bajo la supervisión de un adulto.
  • Recuerda que no debes compartir imágenes o vídeos en las redes sociales, o hacer un uso comercial de ellas sin el consentimiento expreso de las personas que puedan aparecer.
  • No vueles en espacios donde ya se encuentren otras aeronaves (CUIDADO: las avionetas ligeras y helicópteros pueden volar a partir de los 150 metros de altura).
  • Disfruta, pero siempre con responsabilidad y seguridad. A pesar de su apariencia, los drones son aparatos que pueden ocasionar situaciones de peligro.


tuchin 16-04-2021 16:18

Re: Drones Con Camara De Video.
 
gracias por la info; una ronda :brindis:

Una pregunta que todavía no tengo clara, esto incluye poder volar los de menos de 250gr. en las zonas que en teoría están prohibidas según el mapa de ENAIRE ?? Porque son muchas más que a 8km de un aeropuerto.



Gracias cofrade, cuantas cosas se aprenden en este foro :pirata:

hma 16-04-2021 16:55

Re: Drones Con Camara De Video.
 


La verdad es que la perspectiva que nos ofrece el dron es muy diferente

dan007 17-04-2021 01:05

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por KITU (Mensaje 2315255)
Los drones de menos de 250Grs NO necesitan ningún tipo de licencia para volar.


Drones de menos de 250 gramos: Nueva Normativa 2021

Son muchas las personas que nos preguntan por la normativa que regula el uso de drones de menos de 250 gramos. Esto es debido al gran interés que suscita en el público «amateur», que busca poder grabar videos de gran calidad sin necesidad de pedir permisos o autorización para volar.
A partir del 1 de enero de 2021 entra en vigor la nueva normativa europea, y con ella, el Reglamento Delegado (UE) 2019/945 establece una nueva clasificación de los drones en 7 grupos o clases basadas en las diferentes especificaciones y características de cada aeronave. Esto garantiza una mayor seguridad y organización en el uso de drones en todo el espacio europeo.
Con la llegada de esta nueva normativa, los drones de menos de 250 gramos de peso cobran una gran importancia ya que es el único tipo de dron que podremos volar sin necesidad de permisos, autorizaciones, formaciones o titulaciones. Te lo cuento todo a continuación:
Los drones de menos de 250 gramos de Masa Máxima al Despegue (MTOW) se catalogan como drones de clase 0 (C0). Esta clase es la más baja de la clasificación y agrupa todas las aeronaves (ya sean de juguete o no) que cuenten con este peso. Se identifican con la siguiente etiqueta:
https://novodrone.com/wp-content/upl...e-0-drones.jpg
Para ser catalogado como aeronave de clase 0, el dron debe contar con los siguientes requisitos técnicos:
  • Masa Máxima al Despegue (MTOW) de menos de 250 gramos.
  • Velocidad máxima en vuelo horizontal de 19 m/s, o lo que es lo mismo, 68 km/h.
  • Altura de vuelo máxima de 120 metros desde el punto de despegue.
  • Deben contar con alimentación eléctrica.
  • También se incluyen aeronaves de construcción privada (que cumplan estos requisitos).
En cuanto a la identificación de clase de cualquier dron o aeronave, la nueva normativa obliga a todos los fabricantes a indicarlo debidamente con la etiqueta correspondiente.
¿Qué implica volar un dron de clase 0?

Con la nueva normativa europea, el vuelo con drones esta condicionado por la clase del dron en cuestión y la categoría de la operación a realizar.
Como ya sabes, los drones de clase 0 incluyen todos los drones de menos de 250 gramos de peso (incluidos los drones de juguete) y por lo tanto solo están permitidos en operaciones de la Categoría Abierta (A1).
Esta categoría operacional permite volar en cualquier parte y permite volar sobre personas, pero NO sobre concentraciones de personas. Además, los drones de clase 0 entran en esta categoría porque no superan los 19 m/s de velocidad, ósea se 68 km/h.
Por último, en cuanto a los nuevos niveles de formación que va a exigir AESA tenemos suerte. Los drones de menos de 250 gramos de peso solo requieren familiarizarnos con el manual de instrucciones proporcionado por el fabricante, no habrá necesidad de realizar ningún tipo de formación oficial.
Dónde volar drones de menos de 250 gramos

Siendo los drones más pequeños y ligeros, estos cuentan con un riesgo más bajo y como acabas de comprobar, las restricciones para volar son mínimas. Aún con todo, te dejo algunos consejos básicos para volar drones de menos de 250 gramos con total seguridad y sin problemas legales.
  • No vueles nunca a menos de 8 kilómetros de un aeropuerto, aeródromo o zona de espacio aéreo controlado.
  • Siempre que vueles, mantén el dron a la vista y no superes los 120 metros de altura.
  • Puedes volar sobre aglomeraciones de edificios y grupos de personas al aire libre, siempre y cuando no superes los 20 metros de altura.
  • Vuela de día, en espacios abiertos y con buenas condiciones meteorológicas (sin lluvia, niebla ni viento). Volar de noche (aunque sea por diversión) está prohibido a no ser que tengas una autorización de AESA.
  • Si eres menor, vuela siempre bajo la supervisión de un adulto.
  • Recuerda que no debes compartir imágenes o vídeos en las redes sociales, o hacer un uso comercial de ellas sin el consentimiento expreso de las personas que puedan aparecer.
  • No vueles en espacios donde ya se encuentren otras aeronaves (CUIDADO: las avionetas ligeras y helicópteros pueden volar a partir de los 150 metros de altura).
  • Disfruta, pero siempre con responsabilidad y seguridad. A pesar de su apariencia, los drones son aparatos que pueden ocasionar situaciones de peligro.


Eso de los drones es un mundo tan grande igual que lo de la navegación.
Si quieres grabarte a ti mismo con tu barco a 2 millas de la costa, tranquilo, nadie te va a preguntar si tienes licencia o seguro o lo que sea... Si fuera por enair mejor que lo dejes en casa.. Pero con un uso solamente particular y con 2 desos de frente a la cabeza te puede dar muchas satisfacción. Lo único de que te puedes preocupar es despegar y aterrizar bien. Yo perdi un spark por no tenerlo en la vista. Ahora, un drone de menos de 250 tienes que tener muchas horas de prácticas para sacar videos cinemático. Los de mas de 250 tienen otras opciones automáticos de video que dara mas posibilidades. Ahora hablamos de licencia, que es gratis, pero alejado de la costa y para grabarte a ti y a tu Embarcación no veo a nadie abordar te y pedirte licencia o seguro. :brindis:

beta4 17-04-2021 02:27

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Hasta hay ya había llegado.......después de escuchar lo dicho..

No imaginaba lo legislado que estaba esto de los drones,en mi etapa de aeromodelista,te construía una maqueta y después te ibas al campo a volarla y ya esta.
Muy sorprendido lo que puede hacer falta para volar un bicho de esos.

Y no me extrañaría que te pidieran hasta un seguro......

Buscare uno de menos de 250 gr que sepa volver...ja..ja ó me doy una ducha de agua fria en el Cabo San Vicente y se me baje la calentura....



Saludos

ROyOR 17-04-2021 09:27

Respuesta: Drones Con Camara De Video.
 
KITU, creo que no es asi. Los drones/UAS inferiores a 250gr están en la categoría A1, por lo que tienes que tener licencia de piloto y sacarte la licencia de operador, las dos gratuitas

AESA
¿Tienes un UAS/dron?

Requisitos mínimos para volar cualquier dron a partir del 31 de diciembre de 2020

Desde el 31 de diciembre de 2020 es de aplicación la normativa europea de UAS (drones). Esta norma afecta a todos los drones independientemente de su uso* (recreativo o profesional) o tamaño/peso. En este apartado se recopilan las obligaciones mínimas a cumplir antes de volar cualquier dron:
Registro como operador: Todos los usuarios que pretendan volar un dron** deberán registrarse como operadores en la sede electrónica de AESA y obtener el número de operador según la normativa europea (apartado de registro de operador de UAS) . Una vez obtenido el número de operador este debe incluirse en el dron de forma visible.
Formarse como piloto: Para volar un dron debes tener un mínimo de formación acreditable en función de la categoría operacional en la que se opere. La formación y examen de conocimientos para poder operar un dron en categoría abierta, subcategorías A1 y A3, es accesible a través de la web de AESA (apartado de formación de pilotos UAS). La formación es telemática y gratuita y tras la superación del examen online AESA le expedirá un certificado.
Disponibilidad de seguro obligatorio de responsabilidad civil: se debe tener contratada una póliza de seguro que cubra la responsabilidad civil frente a terceros por daños que puedan surgir durante y por causa de la ejecución de cada vuelo que se realice, tanto con fines recreativos como profesionales. Más información en materia de seguros en el apartado de Normativa europea de UAS/drones
Reglas de vuelo: El vuelo de drones está sujeto a reglas generales de operación condicionadas, entre otros, por el peso del dron, la presencia de otras personas y la cercanía a edificios. Puedes consultar las distintas categorías operacionales en el apartado “operaciones UAS/drones”, donde también dispone de un cuestionario que le ayudará a conocer en qué categoría operacional se enmarcarían los vuelos pretendidos e instrucciones para llevarlos a cabo (enlace al cuestionario)
Lugar del vuelo: Además de las reglas generales de operación de drones, existen limitaciones al vuelo de drones en ciertos lugares motivadas por diferentes razones: cercanía de aeródromos, zonas militares, protección de infraestructuras críticas, protección medioambiental, etc. Consulta el apartado “Vuelo con UAS/drones” para conocer los requisitos de vuelo en las distintas zonas de España.


Formación de pilotos UAS/drones en categoría ‘abierta’

IMPORTANTE: los cursos de formación no regulados, es decir, todos a excepción de la formación para subcategorías A1/A3 (formación y examen online gratuito realizado por AESA), no son oficiales ni están acreditados por AESA ni por ninguna otra entidad pública, ya sea española o europea. Es importante señalar que, si así se publicitara, se trataría de una información errónea y falsa que podría dar lugar a confusiones a los alumnos, atentando contra la legitimidad de la normativa europea, otorgándose atribuciones que no le corresponden. Más información en la siguiente nota:

Información relativa a la publicidad sobre cursos de formación de UAS que realizan ciertas entidades y operadores de UAS

La categoría ‘abierta’ engloba las operaciones con UAS que conlleven un riesgo bajo y no requieren autorización ni declaración. En categoría ‘abierta’ el operador de UAS debe registrarse en la sede electrónica de AESA siempre y cuando el UAS con el que opere tenga una masa máxima al despegue (MTOM) superior a 250g, transfiera una energía en caso de impacto mayor a 80J o esté equipado con algún sensor de captación de datos personales como cámara o micrófono. (apartado de registro de operador de UAS)

Una vez registrado, el operador debe incorporar el número de registro facilitado en el UAS con el que opere.

La categoría ‘abierta’ a su vez se divide en tres subcategorías: A1, A2 y A3. La formación necesaria dependerá del UAS y de la subcategoría en la que se opere. Esta formación y los exámenes correspondientes se realizan a través de la plataforma Moodle de AESA tras realizar la inscripción en la sede electrónica en los siguientes enlaces:
Formación y examen subcategorías A1/A3
Guía de inscripción en el curso y examen subcategorías A1/A3 v3
Enlace al trámite
Vídeo explicativo para descarga de Prueba de superación de formación en línea A1/A3 v1
Examen subcategoría A2:
Guía de inscripción en el examen subcategoría A2 v3
Enlace al trámite

El acceso al curso de formación y exámenes está limitado a un plazo de 30 días, que empieza a contar desde el momento en que se envían por primera vez las credenciales de acceso al Moodle o la notificación de que se puede acceder al curso y/o examen. Si transcurrido dicho plazo de 30 días no se realizan los exámenes se dará por desistido al piloto de su solicitud.



Los diferentes casos para operar en las tres subcategorías de categoría ‘abierta’ son:
Operar en categoría ‘abierta’, subcategoría A1, con UAS:

De construcción privada con MTOM inferior a 250g y velocidad menor a 19m/s; o
Con una masa máxima al despegue inferior a 250g sin marcado de clase e introducida en el mercado antes del 1 de enero de 2023; o
Que dispongan de marcado de clase C0.

En todos los casos anteriores, la formación necesaria para los pilotos a distancia será, estar familiarizado con el manual de usuario del fabricante.

Operar en categoría ‘abierta’, subcategoría A1, con un UAS de clase C1; o en subcategoría A3 con UAS que tengan marcado de clase C2, C3, C4 o UAS de construcción privada con MTOM hasta 25kg.

En estos casos, la formación requerida a los pilotos a distancia será, además de estar familiarizado con el manual de usuario, completar una formación online impartida por AESA seguida de un examen igualmente online realizado por AESA. El temario objeto de examen está constituido por 9 materias distintas, resultantes en 40 preguntas con una duración de 40 minutos.

Para obtener el certificado de “Prueba de superación de formación en línea”, ha de superar el examen con al menos un 75% de las respuestas correctas y aparecerá al finalizar cualquier intento como Apto. Una vez aprobado el examen, no es necesario realizar ninguna acción. Cuando el certificado se haya emitido, el usuario recibirá un aviso en el correo electrónico en el cual se haya registrado. El certificado tiene una validez de 5 años y, se deberá iniciar el proceso de renovación ante AESA previamente a la fecha de expiración.
En el supuesto que se agoten los 2 intentos de examen y se obtenga una calificación de No Apto, el piloto a distancia recibirá una resolución negativa y deberá volver a inscribirse para conseguir dos nuevos intentos y superar el examen.
Operar en categoría ‘abierta’, subcategoría A2 con UAS de clase C2.

En este caso el piloto a distancia deberá haber superado satisfactoriamente el caso 2 y presentar ante AESA una declaración de que se ha completado una formación auto-práctica. Esta formación auto-práctica debe realizarla en una zona en la que no se ponga en peligro a ninguna persona no participante y a una distancia horizontal mínima de 150 metros de zonas residenciales, comerciales, industriales o recreativas.

Al realizar la práctica de autoformación, el piloto a distancia debe realizar tantos vuelos como considere necesario para adquirir un nivel razonable de conocimientos y habilidades para operar el UAS. Para más detalles acerca de las competencias prácticas que debe adquirir el piloto a distancia consultar la siguiente guía:

Guía sobre competencias para la formación autopráctica en A2 (AMC2 UAS.OPEN.030(2)(b)) V1

El piloto a distancia debe completar y firmar adecuadamente el modelo de declaración de formación autopráctica una vez considere que posee las aptitudes necesarias para operar en A2 con la seguridad que ello requiere. El modelo en cuestión, es el siguiente:

F-DUAS-FOR-OP07_v2_Declaracion.autopractica.A2

**NOTA: El número de identificación de piloto a distancia que debe indicarse en la declaración es el obtenido en la Prueba de superación de formación en línea (A1/A3): ESP-RP-0000000XXXXX.

Posteriormente, deberá superar un examen, realizado por AESA, constituido por 30 preguntas, con una duración de 30 minutos, basadas en 3 nuevas materias que se pueden encontrar en el syllabus publicado para el A2.

Syllabus examen conocimientos teóricos subcategoría A2 V1

Al igual que en el caso 2, el piloto a distancia contará con 2 intentos para superarlo, y debe obtener al menos un 75% de las respuestas correctas. Una vez aprobado el examen, no es necesario realizar ninguna acción. Cuando el certificado se haya emitido, el usuario recibirá un aviso en el correo electrónico en el cual se haya registrado. El certificado tiene una validez de 5 años y, se deberá iniciar el proceso de renovación ante AESA previamente a la fecha de expiración.

En caso de No Apto se deberá seguir lo indicado en el caso 2, y el piloto a distancia deberá volver a inscribirse para conseguir dos nuevos intentos de examen.

ROyOR 17-04-2021 09:31

Respuesta: Drones Con Camara De Video.
 
Por cierto esto es provisional, tiene que cambiar de aqui a un par de años, según han comentado en AESA.

Saludos
Rafa

dan007 17-04-2021 18:08

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Es necesaria licencia incluso para drones de menos de 250.(es gratuita y online) Pero ya te digo otra vez, si estas tu solo en el mar no creo que vendrá los de verde en una lancha de alta velocidad y preguntarte si tienes licencia o no. Un drone desde 150 m ya no lo ves ni escuhas. Vuelo drones dede hace 4 años en tierra, tengo licencia pero nunca me han parado. Tampoco he volado donde no se debe. Pero para un uso esporádicos alrededor de mi barca con al dron al vista yo no me sacare nada. En fin, es mi opinion.

KITU 17-04-2021 19:58

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Hola Dan 007,


Te seríamos agradecidos nos pongas algún enlace de donde solicitar ésta licencia gratuita que comentas, para drones de menos de 250grs.
Aqui en nuestro club de vuelo, solamente tenemos el nuevo reglamento del 2021 y nos vendría muy bien estar legales, si cómo parece, han vuelto a cambiar las leyes en estos últimos dos meses.


Gracias.

ROyOR 17-04-2021 20:15

Respuesta: Re: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por KITU (Mensaje 2315426)
Hola Dan 007,


Te seríamos agradecidos nos pongas algún enlace de donde solicitar ésta licencia gratuita que comentas, para drones de menos de 250grs.
Aqui en nuestro club de vuelo, solamente tenemos el nuevo reglamento del 2021 y nos vendría muy bien estar legales, si cómo parece, han vuelto a cambiar las leyes en estos últimos dos meses.


Gracias.

Hola Kitu, AESA es quien realiza los exámenes online y gratuitos para pilotos A1/A3 que es la que necesitas. Pincha en este link Guía de inscripción en el curso y examen subcategorías A1/A3

Saludos
Rafa

KITU 17-04-2021 20:38

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Gracias.:brindis:+


Es el reglamento que tenemos, en UAS no requiere autorización... Sólo para pesos superiores a 250 Grs.







La categoría ‘abierta’ engloba las operaciones con UAS que conlleven un riesgo bajo y no requieren autorización ni declaración.
En categoría ‘abierta’ el operador de UAS debe registrarse en la sede electrónica de AESA siempre y cuando el UAS con el que opere tenga una masa máxima al despegue (MTOM) superior a 250g, transfiera una energía en caso de impacto mayor a 80J o esté equipado con algún sensor de captación de datos personales como cámara o micrófono. (apartado de registro de operador de UAS)

cabadias 17-04-2021 23:57

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Yo no tengo ni idea del tema pero si soy de las personas a que se molestan :cunao:

El dron es ruidoso y no quiero que me graven.

:brindis:

Kili 18-04-2021 23:27

Re: Respuesta: Re: Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por ROyOR (Mensaje 2314936)
Alcapar tienes que sacarte licencia de piloto A1/A3 y se hace de manera gratuita en AENA. Además tienes que sacarte licencia de operador, también gratuita.

Saludos
Rafa

Gracias voy a ponerme a estudiar, si me gustaría sacarlo, de echo me compre uno de juguete aunque con cámara para aprender.:cid5:

beta4 26-04-2021 20:40

Re: Drones Con Camara De Video.
 
https://es.aliexpress.com/item/1005002283786163.html es

Que opinion teneis de este dron para comenzar.


Saludos

srtxema 26-04-2021 21:30

Drones Con Camara De Video.
 
Cita:

Originalmente publicado por ROyOR (Mensaje 2315429)
Hola Kitu, AESA es quien realiza los exámenes online y gratuitos para pilotos A1/A3 que es la que necesitas. Pincha en este link Guía de inscripción en el curso y examen subcategorías A1/A3

Saludos
Rafa


No hay que estudiar mucho. Son 40 preguntas en 40 minutos. Puedes tener abierto el examen y el pdf y buscar. Con un par de lecturas te puedes presentar sin problema.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk

Borino 28-04-2021 09:22

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Saludos :brindis::brindis::brindis:, os dejo esta pagina de youtube donde hay varios vídeos de un tal Rafa Ocon donde explica que cambios hay con la nueva normativa europea, donde y con que se puede volar a falta de lo que dice el reglamento español (:nosabo::nosabo::nosabo:) me da que son como los legisladores de la náutica de recreo, aparte que la prohibiciones de volar no depende de la AESA solo sino que también dependen de las comunidades autónomas :santo::santo::santo: si buscáis en su canal de youtube tiene varios vídeos interesante, de lo mas serio que he visto por ahora


https://www.youtube.com/watch?v=DkGf...n1JiJq764CRdjx

srtxema 30-04-2021 00:59

Re: Drones Con Camara De Video.
 
Rafa es el referente de los drones para uso doméstico en nuestro pais. tiene muchos cursos, incluso gratuitos, recomendables.


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