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Embarcaciones a remo y RIPA
El otro día me ocurrió una anécdota curiosa. Navegando a vela, en un día bastante tranquilo aunque cubierto y feote, veo acercarse dos kayaks biplazas. No parecían muy expertos, porque iban dando bandazos y se estaban acercando de espaldas. Por si acaso, varié el rumbo para alejarme del suyo y al final me pasaron por popa a suficiente distancia. Pero parece que estaban algo nerviosos y se estaban comentando el uno al otro en plan pasivo-agresivo "Cuidado con este, que no mira" (en la mar si el día está tranquilo, se oye todo).
El caso es que me surgió la duda de si de acuerdo con el RIPA, las embarcaciones A REMO (por aquí hay bastantes kayaks y traineras) deben maniobrar a una embarcación a vela. No he encontrado ninguna referencia al respecto, ya que todas las reglas se refieren a motor vs. vela. ¿Alguien lo sabe? |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
En este país hay tanto título,tanto estudio ,etc... Que ni siquiera sirve para que la gente aprenda..y no va por tí,va en general
Y a tu pregunta,el RIPA no dice NADA de embarcaciones a MOTOR, habla de propulsión mecánica,que obviamente incluye embarcaciones a remo. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Lo voy a buscar, yo practico mucho el kayak de mar y lo hemos hablado muchas veces; la prioridad "casi siempre" es de las embarcaciones de remo.
Pero......no nos tengas miedo que no hay ningún interés en entrar en conflicto :D y ya procuramos molestar lo menos posible y normalmente algunos llevamos vhf que no dudamos en usar si hay alguna posibilidad de conflicto o rumbos de colisión (En tu bahía hay gente muy competente con el kayk de mar)......otra cosa son alquileres de kayak y esas cosas :o PD, creo que el RIPA hay un párrafo que lo define.....voy a buscarlo y lo pongo aquí mismo. Dejo un resumen "buscado con IA. y que no tiene caracter oficial pero aclara algunos conceptos........(buscaré en el RIPA porque creo haberlo leído e incluso con las luces en botes a remo) Como aclaración decir que en España, se regula el uso de los kayak "artefactos flotantes" por cada capitanía; en otros paises como Francia está bastante más regulada (para bien y para mal). ¡Perfecto! En España, el Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes en el Mar (COLREG) está plenamente incorporado en la legislación nacional a través de varias normas marítimas. Aquí te dejo los documentos clave donde se especifica la prioridad de los botes a remo: Busqueda en IA: �� Legislación aplicable en España COLREG (Regla 18): Establece que los buques a motor deben mantenerse apartados de embarcaciones sin propulsión mecánica, como los botes a remo. Real Decreto Legislativo 2/2011: Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante. Reconoce la aplicación de convenios internacionales como el COLREG en aguas españolas. Ley 14/2014 de Navegación Marítima: Refuerza el marco legal para la seguridad y orden en la navegación, incluyendo la prioridad de embarcaciones con menor capacidad de maniobra. Normativa marítima del Ministerio de Transportes: Puedes consultar el marco completo en la web oficial del Ministerio de Transportes, donde se incluyen los convenios internacionales aplicables en España. Mas: Vista creada con IA El Reglamento Internacional para Prevenir los Abordajes (RIPA) no establece una prioridad general para las embarcaciones a remo sobre otras embarcaciones. Sin embargo, la RIPA sí indica que las embarcaciones con maniobrabilidad restringida, como las que reman, deben ser tenidas en cuenta por otras embarcaciones y se les debe facilitar el paso. En situaciones de cruce, la regla general es que la embarcación que ve a otra por su banda de estribor debe ceder el paso. Además, la embarcación que adelanta a otra debe mantenerse apartada de la trayectoria de la embarcación que está siendo adelantada. En el caso específico de embarcaciones a vela y a remo, la regla general es que la embarcación a vela tiene preferencia si solo está navegando con el viento. Sin embargo, si una embarcación a remo está realizando maniobras o tiene alguna dificultad para maniobrar, otras embarcaciones deben tener en cuenta su situación y facilitarle el paso. En resumen, aunque las embarcaciones a remo no tienen una prioridad absoluta, deben ser consideradas por otras embarcaciones como embarcaciones con maniobrabilidad restringida y se les debe facilitar el paso cuando sea necesario para evitar abordajes. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
https://www.boe.es/buscar/pdf/1977/B...onsolidado.pdf
BOE del RIPA, no sale ni la palabra motor, ni la palabra remo |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
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Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Y los barcos de remo son de propulsión mecánica, igual que 1 bicicleta es de propulsión mecánica, aunque no lleve motor de combustión o eléctrico.
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Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Pd. BOE "TEXTO CONSOLIDADO" Última modificación: 13 de enero de 2017 Es posible y no es por querer tener razón, que en algún RIPA antiguo o alguna traducción, antes se citara los botes a remo; joé es que me he hecho muy mayor (llevo paleando en kayak muchos años y este debate también ha sido recurrente en los foros específicos) :sorry: |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Y 1 velero , a vela, tiene SIEMPRE prioridad sobre 1 barco a remos que no esté pescando -con el doble cono ouesto-, o fondeado -con la bola de fondeo- cosas que jamás he visto en 1 kayak |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Y repito que en España no somos embarcación, ni buque, somos "artefactos flotantes" como un flotador o una colchoneta Esto ya de coña: los kayakistas no remamos, nosotros paleamos (con la pala no con el remo) :D |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
A efectos de matrícula,etc... son "artefactos flotantes", pero a efectos del RIPA, son "buques" y se rigen por el RIPA.
Y es más, si me encuentro 1 kayak sin pabellón, y voy a vela no puedo saber de qué pais es, y me tengo que regir por el RIPA. Imagínate 1 francés que navega por aguas españolas y se encuentra 1 kayak, va a cumplir el RIPA, no tiene ni idea de leyes españolas, y como convenio internacional, el RIPA está por encima de cualquier ley española. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Obviamente, luego está el buen hacer marinero, la cortesía con otros, etc...
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Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Que el mar es para todos y no se trata de que unos sean mejores que otros, solo de practicar la afición con seguridad. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
"Regla 3. Definiciones generales.
A los efectos de este Reglamento, excepto cuando se indique lo contrario: b) La expresión «buque de propulsión mecánica» significa todo buque movido por una máquina." Si es de remo no es máquina. "Regla 25. Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo." En cuanto a luces y marcas señales equipara las embarcaciones a remo a las de vela. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Siento no tenerlo tan claro.
En la regla 3 b) indica que "La expresión 'buque de propulsión mecánica' significa todo buque movido por una máquina. Y el RIPA sí que habla de embarcaciones de remo en la Regla 25 - Buques de vela en navegación y embarcaciones de remo, aunque solo para las luces. (Por cierto, como habla de "embarcaciones" de remo, ¿estarían excluidas las galeras de más de 24 metros?) Enviado desde mi 23049PCD8G mediante Tapatalk |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
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Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Sí, la regla 25 es de luces, y dice que el pequeño debe hacer lo que esté en sus manos para advertir al grande su presencia
Ahora que ya hay buenas luces Led he abandonado la discusión sobre las bonitas luces de paracaidas-con-motor y pequeñas avionetas ... Pero recuerdo los que protestaban diciendo: - eso es confundir con las luces ... como si un botecito fuera un Superpetrolero Es el grande el obligado a no confundir con sus luces. Es el pequeño obligado a señalar su presencia para que el grande no le pase por encima Esto es similar: si un velero alcanza a un bote de remos, el velero debe ser "el buque que maniobra" y el bote de remos es "el buque que mantiene el rumbo", aunque ya sospechamos que COLREG/RIPA pensaba en "Buques" Si un pequeño bote de remos va remando ágil a cruzarse en el rumbo de un velero, el bote de remo es "el buque que maniobra" porque tiene más sencillo maniobrar Peero en una gran trainera, tal vez el velero deba ser "el buque que maniobra" porque tenga más sencillo maniobrar, y la gran trainera sea "el buque que mantiene el rumbo" porque tenga más difícil maniobrar |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
https://i.postimg.cc/0yMD6C7c/Screen...2-03-39-21.jpg
Preguntándole a un Bibliotecario ... (tal vez quizá exista por ahí la "inteligencia artificial"; pero a lo que por ahora tenemos acceso es a un Bibliotecario) Pues va y dice que COLREG dice que el bote de remo si le cuesta maniobrar hay que considerarlo un "NUC", "No Under/bajo mando" Asín que el Bibliotecario nos deja más o menos como estábamos de confusos |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Por una vez voy a mandar el RIPA Al Carajo. En Bilbao concretamente en la ria del Nervion Se estan formando problemas graves , no solo por el desconocimiento del Ripa o las mas elementales reglas maritimas que te enseñan en una academia , o escuela nautica profesional. Sino Por la falta de educacion en su casa .
Llevo remando 30 años y hasta hace 4 o 5 no habia empezado a ver la cantidad de impresentables que se suben a un artefacto flotante con motor. El hecho es que hoy en dia tenemos 3 empresas que mueven barcos de turistas a 15-20 Nudos por una ria con una anchura de 30 a 40 m. Que forman olas de 1m de altura o mas y que rebotoan en la mayoria de los margenes emparedados . Motos de agua que pasan a 30 o 35N . No entiendo tampoco como sube hasta el museo la patruyera de altura de la GC , Que casi no tiene espacio para dar la ciaboga con dos turbinas que al ralenti mueve media ria y el fango y cualquier dia se quedara varada en marea baja . (Despues faltan en otros puntos donde si son necesarias) Y se pone en PELIGRO a la gente que va en paddels, piraguas y Remo. Si la velocidad en puerto es de 3 Nudos, Porque se permite este disparate .? Los veleros no molestan con su ola , pero la mayoria van centrados y se acercan demasiado a las canoas . Espero que no llegue apasar nada grave . Esto pasaba antes en las carreteras donde la gente no respetaba a los ciclistas . ahora se pasa en mar o la ria , cualquier dia de estos nos pasan por encima :cagoento: |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Lo de las luces es cierto,pero no significa que las prioridad (regla 18) sea la misma. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
La primera interpretación de las normas es por el sentido propio de sus palabras y no hay ninguna acepción de "máquina" en el diccionario que permita darle el significado que indicas. En cuanto.a la Regla 25, la mencionaba (entiendo que el compañero también) en relación con la afirmación de que el remo no se menciona en el RIPA. Enviado desde mi 23049PCD8G mediante Tapatalk |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Y el RIPA no dice " máquina ", dice propulsión mecánica |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
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Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Tampoco aparecen en el RIPA los artefactos de playa, y ahí los tenemos de vez en cuando por la proa. Como comentábamos otro cofrade y yo, sí que dice "máquina" para definir qué se entiende por propulsión mecánica en la Regla 3. Por cierto, no tengo ni idea quién debe maniobrar y quién seguir a rumbo en el caso expuesto. Creo que el RIPA no lo aclara y es una duda que se me planteó hace un tiempo y que no he sabido resolver. Lo que parece bastante claro es que si abordo a un kayak con seis toneladas de velero o me aborda él a mí, él se va a llevar la peor parte, por lo que ya procuraré mantener la distancia. En cualquier caso, no tengo ningún interés en tener razón y creo que a partir de aquí empezaríamos a dar vueltas sobre los mismos argumentos, así que dejo pagadas unas cervezas virtuales y lo dejo aquí. Enviado desde mi 23049PCD8G mediante Tapatalk |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Yo, cuando voy a vela , dejo que pasen los que van a remo. También me aparto de las regatas de vela ligera. Y .....de esas motoras pescando a motor parado o "fondeadas" sin poner la esfera negra de fondeo.
Pero creo que aquí, lo que se debate es quien tiene prioridad. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Tintos de verano para todos .
No es lo importante quien tiene prioridad, Lo importante es si pones en peligro a alguien con tus acciones , por desconocimiento de como reacionan esos peatones del mar o por mera mala educacion de, yo voy por donde quiero y a la velocidad que me da la gana .. Y recordad que las olas de la estela tambien es reponsabilad nuestra, Igual que las motoras y motos de agua que pasan por los fondeaderos molestando al resto. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
El espíritu del RIPA es que tiene la preferencia la embarcación con menor capacidad de maniobra. "A priori", la capacidad de maniobra de una embarcación de remo o kayak es superior a la de un velero. Pero hay casos y casos... por ejemplo, yo estoy navegando estos días en mi packraft (pequeño kayak hinchable ultraligero) y, en la zona en la que navego, se mueven varios Hobbie Cat de alquiler, que, con un poco de viento, alcanzan velocidades comparables a las de las embarcaciones a motor. Si uno de esos se pone en rumbo de colisión con mi pobre packraft, literalmente no tengo tiempo de apartarme antes del abordaje...
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Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Legalmente es así también. Las reglas del RIPA son una indicación, pero si la embarcación que NO está obligada a maniobrar puede evitar un abordaje, y no lo hace, también tiene parte de la responsabilidad.
Pero mas que nada se trata de que puedas anticipar lo que va a hacer el otro. Y lo de las olitas... en un velero es un incordio, pero a los que van en kayak directamente los tumba. El finde pasado ví un incidente de ese tipo. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Muy buenas,
Y ya que estamos con el remo, qué material de seguridad es obligatorio en los laúd a remo (8 + timonel) en aguas abiertas Mi esposa rema habitualmente en uno de estos laúd y los timoneles insisten en que no tienen obligatoriedad de llevar ningún elemento de seguridad abordo. Aún más, con el cambio horario reman de noche! Buenas mar. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Me parece que, si se considera embarcación de regata, tiene bastantes excepciones de material de seguridad.
En los kayaks, estás un poco al albur de lo que decida cada capitanía marítima, pero, en general, se exige chaleco salvavidas accesible y poco más. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Un saludo. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
En el punto numero 3 habla de las definiciones y dice lo siguiente:
Buque de propulsión mecánica: embarcación movida por una máquina. Por lo tanto, cofrade Jjauka y los demás que lo interpretais de otra manera, los que van a remo no son buques de propulsión mecánica. Yo creo que el RIPA no dice nada de las embarcaciones a remo. Ahi se aplica el sentido común y lo que cada uno quiera. :brindis: |
Respuesta: Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Leyendo la definición de la RAE sobre máquina, no me cabe duda que un remo es un artificio, muy simple, pero lo es, para aprovechar, dirigir o regular la acción de una fuerza. Tambien lo es una vela sobre un mástil con toda la jarcia. La cuestión es que el RIPA sí establece una diferencia entre buques cuya fuerza/energía sea el viento y los demás buques. Para mi no hay duda que el velero, en condiciones normales, tiene prioridad sobre la embarcación a remo. ¿Cuando no la tiene? Pues como han dicho, si el velero "alcanza", o si ve que el otro no puede evitar la colisión, que entonces debe hacer todo lo posible por evitarla. Con todo lo grande que es el mar, ¿que necesidad hay de pasar al lado de un kayak quitándole las pegatinas, por mucho que tengamos prioridad "teórica" o que como artefacto de playa incluso no debería estar tan lejos de costa? |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
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Re: Embarcaciones a remo y RIPA
no, si yo entiendo todos los argumentos que quereis dar y probablemente os daría la razón si de mi dependiera, pero es que en el RIPA, los barcos de propulsión mecánica son los que tienen un motor de combustión o eléctrico y no los de remo ni los de vela.
No es cosa mia, reclamarles a los que han escrito el RIPA. :brindis: |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
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Re: Embarcaciones a remo y RIPA
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Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
Regla N° 3 - Definiciones Generales A los efectos de este Reglamento, excepto cuando se indique lo contrario: a) La palabra "buque" designa a toda clase de embarcaciones, incluidas las embarcaciones sin desplazamiento y los hidroaviones, utilizadas o que puedan ser utilizadas como medio de transporte sobre el agua. Ergo ,1 embarcación a remo es 1 buque. |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
", los barcos de propulsión mecánica son los que tienen un motor de combustión o eléctrico" Y eso es falso y NO lo dice el RIPAM |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
puedes decir falso si quieres 20.000 veces pero es que me exactamente igual... y además creo que el 99,99% de la gente que leemos el RIPA, además de los que lo escribieron, entendemos que cuando habla de buques de propulsión mecánica, se refiera a buques a motor sean del tipo que sean y no a remo ni a vela, pero vamos, que si tu quieres entenderlo al revés que todo el mundo pues nada, estás en tu derecho.
:brindis: |
Re: Embarcaciones a remo y RIPA
Cita:
7. Ciclo. Vehículo provisto de, al menos, dos ruedas y propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular por medio de pedales. Se incluyen en esta definición los ciclos de pedaleo asistido. 8. Bicicleta. Ciclo de dos ruedas. En otra normativa te podrás encontrar la definición y requisitos de una bicicleta eléctrica, pero eso no contradice esta definición porque habla de propulsión principalmente muscular. O sea, que una bicicleta es un vehículo de propulsión muscular y solo en algunos casos puede que eventualmente mecánica. Igual alguien consigue la definición de barco a remos en alguna otra normativa, pero hasta que alguien la ponga aqui me parece más acertado el punto de vista de jonam52, un buque de propulsión muscular. Saludos, Oscar Enviado desde mi SM-G990B mediante Tapatalk |
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