La Taberna del Puerto

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-   -   walki zona 5 (https://foro.latabernadelpuerto.com/showthread.php?t=29380)

currelos 14-01-2009 20:34

walki zona 5
 
Hola y una ronda para todos.
Tengo un pequeño velero despachado para zona 5, por lo que compré un portatil Icom IC M33, homologado, lo llevo a capitania y me dicen que tiene que ser con sistema gms o algo parecido, por lo que no me lo dan de alta alguien dió de alta alguno de éstas característica.
saludos al foro

Chollo 14-01-2009 20:51

Re: walki zona 5
 
Efectivamente. Estaba a punto de poner un hilo con el tema. A raíz de la iniciativa que tomamos en nuestro puerto para la compra de los equipos, algunos armadores decidieron pasar el barco de zona 4 a 5, y compraron walkies homologados por la DGMM pero no con el sistema DGMSS.

Hace unos días me indicó el instalador que tenemos contratado para este menester que los equipos debían cumplir con ese requerimiento. Supuse que sería una cuestión de esa capitanía marítima, pero esta mañana me han llamado desde la capitanía marítima de Vigo, y me han confirmado lo mismo.

Así que en resumen, los que hayan comprado walkies para zona 5, que recen para que su capitanía les homologue el tema, porque si no es así, tendrán que pasar por caja de nuevo, y los precios de esos equipos, al menos los que me han pasado a mí, superan los de una instalación fija compuesta por una emisora y un GPS tipo seta activa, perfectamente homologados.

Un saludo.:brindis:

Al-Mahara 14-01-2009 20:53

Re: walki zona 5
 
A mi me dijeron que zona 5 = DSC + MSSI = 250 - 350 eurazos

Saludos

Invitado 14-01-2009 21:22

Re: walki zona 5
 
"REAL DECRETO 1185/2006, de 16 de octubre,
por el que se aprueba el Reglamento por el que
se regulan las radiocomunicaciones marítimas
a bordo de los buques civiles españoles.


Artículo 60.
Zona de navegación 5.
Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones
por la zona 5 deben ir provistas de una instalación
radioeléctrica de VHF, fija o portátil, a partir del 1 de enero
de 2007. Si la instalación es de tipo fijo, deberá ser apta
para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partir
del 1 de enero de 2009."

Si no ha habido una Orden del Minsiterio de Fomento posterior a este Real Decreto, no veo por ninguna parte que la instalación PORTÁTIL deba ser apta para utilizar técnicas de LSD.

Y aquí no vale una interpretación extensiva de la ley. Por lo tanto (y repito, si no existe una regulación posterior a este RD), entiendo que cualquier medida administrativa que vulnere este RD, es perfectamente recurrible o incluso denunciable por prevaricación del funcionario público.


Islanautica 14-01-2009 21:23

Re: walki zona 5
 
El año pasado han estado aceptando vhf portatil homologada sin DGMSS, algunos clientes mios los asentaron, es posible que al ver que no robaban suficiente han decidido incluir las siglas magicas para que no sea rentable y pasemos por caja.

Invitado 14-01-2009 21:32

Re: walki zona 5
 
Ruego al cofrade INSPECTORATE (siempre tan sabio en sus palabras y permanentemente informado en estos menesteres) que nos aclare DEFINITIVAMENTE este tema recurrente.

Sinceramente, es un tema que me/nos preocupa a muchos navegantes en Zona 5 y según me informó personalmente hace dos semanas un Inspector de la Capitanía Marítima de CÁDIZ, es suficiente con que el portátil esté homologado.

Lo demás, son ganas de complicar aún más lo INAÚDITO de la actual legislación aplicable a las embarcaciones de recreo.

Invitado 14-01-2009 21:47

Re: walki zona 5
 
¿Alguien que pueda arrojar luz sobre este tema urgente para miles de barquitos despachados en zona 5?

Ha salido muchas veces en LTP y yo (al menos) no he resuelto definitivamente mis dudas.

Islanautica 14-01-2009 21:50

Re: walki zona 5
 
Partiendo de la base de que el ministerio de fomento y la DGMM no tienen verguenza es facil imaginar que en unas capitanias ta lo acepten y en otras no, como bien ha expuesto Tingis en el BOE no aparecen las siglas DGMSS.

Si fuesemos todos al juazgado a poner una denuncia por no admitirnos un vhf portatil homologado para la zona 5 seguro que cambiaria la cosa, aunque no tarden es modificar la ley tendrian que asentarlos hasta que saliese publicado de nuevo.

De todas formas si no te multan por una cosa lo pueden hacer por otra, ¿todos llevamos esto a bordo?

Para la realización a bordo de un sencillo mantenimiento,
todo buque deberá disponer, como mínimo, de
las siguientes herramientas y repuestos:
1.º Fusibles de repuesto para todos los equipos de
radio.
2.º Fusibles de repuesto para la red eléctrica.
3.º Fusibles de repuesto para los circuitos de las
baterías.
4.º Repuestos de lámparas de emergencia.
5.º Herramientas necesarias para un sencillo mantenimiento.
6.º Densímetro (si procede, dependiendo del tipo de
baterías utilizadas).
7.º Polímetro.

Manuel_Luis1404 14-01-2009 21:51

Re: walki zona 5
 
Yo tengo mi GAMBETA despachada para zona 5 desde Agosto del 2008, y lo que me pidierón es un Walki homologado. Presente en Capitania del Puerto de Santa Maria solo la factura de compra.

SALUDOS A TODOS

Manuel_Luis1404 14-01-2009 22:03

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por currelos (Mensaje 464004)
Hola y una ronda para todos.
Tengo un pequeño velero despachado para zona 5, por lo que compré un portatil Icom IC M33, homologado, lo llevo a capitania y me dicen que tiene que ser con sistema gms o algo parecido, por lo que no me lo dan de alta alguien dió de alta alguno de éstas característica.
saludos al foro

Las emisoras portatiles no hay que darlas de alta, lo que dice la ley es que se puede sustituir la fija en la zona 5 por un vhf portatil, si llevas un portatil este no se da de alta.

SALUDOS A TODOS

Invitado 14-01-2009 23:01

Re: walki zona 5
 
.....

Chollo 14-01-2009 23:06

Re: walki zona 5
 
Yo creí también tenerlo claro, y así se lo comenté a algunos armadores que me comentaban que les parecía una burrada meter una antena+vhf fija+gps.

Cuando le pedí al instalador precio de walkies, me dio algunos que rondaban hasta los 700 euros. Cuando le pregunté si los tenía más económicos, porque para zona 5 era una burrada gastar ese dinero, me comentó que tenían que ser GMDSS (esto fue en noviembre, capitanía de Sada-Coruña). No le di más importancia, pensando que sería cosa del inspector de esa capitanía.

Hoy por la mañana me ha llamado otro armador de zona 5, que estaba esperando que le enviasen un fax a la capitanía del puerto, con el listado de los vhf válidos para esa zona de navegación, y que el inspector radioeléctrico le comentó algo de una segunda batería y de que tenía que ser GMDSS. Esto fue hoy y la capitanía emisora era la de Vigo.

Quede claro que me limito a exponer los datos tal y como los he recibido... por favor no maten al mensajero

Estoy de acuerdo en que esto es un sinsentido de co*ones, pero, no deja de ser otro más...

Saludos.:brindis:

Manuel_Luis1404 14-01-2009 23:13

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por Chollo (Mensaje 464187)
Yo creí también tenerlo claro, y así se lo comenté a algunos armadores que me comentaban que les parecía una burrada meter una antena+vhf fija+gps.

Cuando le pedí al instalador precio de walkies, me dio algunos que rondaban hasta los 700 euros. Cuando le pregunté si los tenía más económicos, porque para zona 5 era una burrada gastar ese dinero, me comentó que tenían que ser GMDSS (esto fue en noviembre, capitanía de Sada-Coruña). No le di más importancia, pensando que sería cosa del inspector de esa capitanía.

Hoy por la mañana me ha llamado otro armador de zona 5, que estaba esperando que le enviasen un fax a la capitanía del puerto, con el listado de los vhf válidos para esa zona de navegación, y que el inspector radioeléctrico le comentó algo de una segunda batería y de que tenía que ser GMDSS. Esto fue hoy y la capitanía emisora era la de Vigo.

Quede claro que me limito a exponer los datos tal y como los he recibido... por favor no maten al mensajero

Estoy de acuerdo en que esto es un sinsentido de co*ones, pero, no deja de ser otro más...

Saludos.:brindis:

La Ley dice que si es emisora fija será GMDSS y podrá sustituirse por un VHF portatíl, si entrais en la web de fomento lo podeis consultar.

SALUDOS A TODOS

Invitado 14-01-2009 23:18

Re: walki zona 5
 
Estimado CHOLLO:

Líbreme Dios de matar al mensajero. Agradezco sinceramente tus informaciones y haber dado pie a un tema que una y otra vez "sale a la luz" en el Foro y nadie zanja con argumentos legales.

He reproducido la normativa aplicable en el RD que regula las comunicaciones marítimas en los buques de recreo.

Las intervenciones de los cofrades indican que las Capitanías (determinadas Capitanías, determinados Virreinatos) exigen DGMSS, pero....¿dónde está la normativa legal que ampara estos requisitos?.

Es lo único que pido, para saber actuar en el caso de que me pare la G.C., presente denuncia ante el Capitán Marítimo y tenga que recurrir en alzada o por el correspondiente procedimiento contencioso-administrativo, citando los pertinentes FUNDAMENTOS DE DERECHO en descargo de mi "supuesta infracción".

Es que ya estoy harto de que las Náuticas me digan que es obligatorio que lleve dicho sistema de LSD, que los funcionarios me digan que lleve dicho sistema de LSD y de que, al final, una mentira repetida cien veces se convierta en verdad.

Insisto, ¿alguien puede concretarme dónde se obliga a que un equipo portátil para zona 5, deba implementar la LSD o el sistema GDMSS?

A ver, si por fin, salgo de esta "duda razonable".

Manuel_Luis1404 14-01-2009 23:50

Re: walki zona 5
 
A mi en agosto pasado me aceptarón una MIDLAND ATLANTIC en la capitania maritima del PUERTO DE SANTA MARIA.

Es mas yo pedi la zona 6 y inspector fue el que me dijo que siendo yo marino pq no lo ponia en la zona 5 que lo unico que me pedia era una factura de compra de una emisora portatil homologada y que si era fija tendria que llevar el sistema LSD, pero si es portatil no era necesario.

SALUDOS A TODOS

Invitado 15-01-2009 00:08

Re: walki zona 5
 
""CAPITULO IV
Otros buques
S
ECCIÓN 1.ª PRECEPTOS COMUNES

Artículo 49.
Ámbito de aplicación y normativa aplicable.

1. Los buques no incluidos en el ámbito de aplicación
de los anteriores capítulos II y III se regirán, además
de por los preceptos técnicos comunes del capítulo I que
les sean de aplicación, por lo dispuesto en este capítulo.
2. La sección 1.ª se aplicará con carácter general a
todos los buques sujetos a las normas de este capítulo.
Las secciones 2.ª, 3.ª, 4.ª y 5.ª se aplicarán a las embarcaciones
de recreo;

S
ECCIÓN 2.ª EQUIPAMIENTO RADIOELÉCTRICO PARA EMBARCACIONES

DEDICADAS A LA NÁUTICA DE RECREO

Artículo 60.
Zona de navegación 5.

Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones
por la zona 5 deben ir provistas de una instalación
radioeléctrica de VHF, fija o portátil, a partir del 1 de enero
de 2007. Si la instalación es de tipo fijo, deberá ser apta
para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partir
del 1 de enero de 2009""

Es decir, el Capitulo IV es el que se aplica a los buques que no están comprendidos en el Capitulo II y III (Buques a los que se les aplica el Convenio SOLAS). POR TANTO, los preceptos técnicos aplicables a las Embarcaciones de Recreo, se rigen por las Secciones 2ª A 5ª.

Y es en la Sección 2ª (art.60) en la que se habla de una instalación radioeléctrica portátil (sin especificar que sea GDMSS), ya que esta característica sólo es exigible a los buques comprendidos en los Capítulos II y III y no a los Buques del Capitulo IV (Otros buques).

Son mis conclusiones, después de chuparme el Real Decreto. Y, por supuesto, sometidas a contradicción.

Islanautica 15-01-2009 00:20

Re: walki zona 5
 
Estoy contigo Tingis, ni todas las nauticas son iguales ni todas las capitanias tampoco, ademas lo de la vhf portatil no es de ahora, desde el 2007 era obligatorio (si no tenias la fija normal), muchas embarcaciones pequeñas que carecen de instalaciones fijas llevan usando las vhf portatiles (siempre homologadas) desde hace 2 años y nadie dijo que tenian que ser GMDSS.

Y el colmo es que para unos si valen y para otros no !!!!

Jadarvi 15-01-2009 02:35

Re: walki zona 5
 
A mí, lo que se me ocurre es que busquemos bien en la legislación y, si como dice Tingis, no hay más cera que la que arde en ese RD... pues redactamos un modelo de denuncia por prevaricación y empezamos a presentarlo por toda España.. igual cuando se encuentren con todos los inspectores denunciados, mueven el culo...

O me he pasado de radical? Últimamente me está saliendo un punto "acrata" que se las trae...

:brindis::brindis::brindis:a vuestra salud!!!

otoio 15-01-2009 02:50

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por Manuel_Luis1404 (Mensaje 464242)
A mi en agosto pasado me aceptarón una MIDLAND ATLANTIC en la capitania maritima del PUERTO DE SANTA MARIA.

Es mas yo pedi la zona 6 y inspector fue el que me dijo que siendo yo marino pq no lo ponia en la zona 5 que lo unico que me pedia era una factura de compra de una emisora portatil homologada y que si era fija tendria que llevar el sistema LSD, pero si es portatil no era necesario.

SALUDOS A TODOS

En Capitanía Marítima de Bilbao, ídem. Con un Icom IC-M31, en la primavera pasada.

Saludos

currelos 15-01-2009 09:50

Re: walki zona 5
 
Me dicen en una capitania que el art 26 dice que todo buque tiee que llevar el portatil solas, pese a que después diferencie entre de recreo o ó en el art. 60 se acogen al 26

Invitado 15-01-2009 11:06

Re: walki zona 5
 
Sigo con el Real Decreto 1185/2006:

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Lo dispuesto en este reglamento será de aplicación
a los buques civiles españoles, con las especialidades
que se indican en los apartados siguientes.
5. Los buques mercantes españoles ajenos al
ámbito de aplicación del Convenio SOLAS y al del Real
Decreto 1247/1999, de 16 de julio, los buques pesqueros
españoles no regulados por el Real Decreto 1032/1999, de
18 de julio, los buques de recreo, los buques de carga......
.....se regirán, en materia de radiocomunicaciones
marítimas, por la reglamentación contemplada
en el capítulo IV de este reglamento,

Artículo 3. Definiciones.

4. A los buques a los que se refiere el artículo 2.5 de
este reglamento, le serán de aplicación las definiciones
que se recogen en el apartado 5 de este artículo, a los
buques de recreo, las contenidas en el apartado 6,

3.5.b) Identidades del «Sistema Mundial de Socorro y
Seguridad Marítimos» (SMSSM): las identidades del
servicio móvil marítimo, el distintivo de llamada del
buque, las identidades de Inmarsat y, en ciertos casos, la
identidad del número de serie que pueden ser transmitidas
por el equipo de un buque y que sirven para identificar
a dicho buque.

Es decir, a los buques de recreo, no se le aplican las definiciones del articulo 3.5 (en el que se habla del SMSSM) SINO LAS DEL ARTICULO 3.6 del Reglamento (Zonas de Navegación).

Y, en todo caso, no es el artículo 26 el que habla de SMSSM, sino el articulo 23 cuyo texto dice:
Artículo 23.
Radioteléfonos bidireccionales portátiles de
ondas métricas.

1. Los equipos radiotelefónicos bidireccionales portátiles
de ondas métricas de banda marina (VHF) de los
que vayan provistos los buques españoles, cumplirán con
las especificaciones del SMSSM, y dispondrán, cada uno,
de su propio cargador de baterías

Pero, como hemos visto, las especificaciones del SMSSM, NO se aplican a los buques de recreo.

Ergo, ¿por qué se empeñan en exigir portátiles con SMSSM (GMSSM en inglés)? y lo que es más importante ¿por qué han admitido desde la entrada en vigor de este Real Decreto, el registro de portátiles sin SMSMM en las diversas Capitanías?

Me lo aclaren, please.

Manuel_Luis1404 15-01-2009 14:10

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por TINGIS (Mensaje 464490)
Sigo con el Real Decreto 1185/2006:

Artículo 2. Ámbito de aplicación.

1. Lo dispuesto en este reglamento será de aplicación
a los buques civiles españoles, con las especialidades

que se indican en los apartados siguientes.
5. Los buques mercantes españoles ajenos al
ámbito de aplicación del Convenio SOLAS y al del Real
Decreto 1247/1999, de 16 de julio, los buques pesqueros
españoles no regulados por el Real Decreto 1032/1999, de

18 de julio, los buques de recreo, los buques de carga......
.....se regirán, en materia de radiocomunicaciones
marítimas, por la reglamentación contemplada

en el capítulo IV de este reglamento,

Artículo 3. Definiciones.

4. A los buques a los que se refiere el artículo 2.5 de
este reglamento, le serán de aplicación las definiciones
que se recogen en el apartado 5 de este artículo, a los

buques de recreo, las contenidas en el apartado 6,

3.5.b) Identidades del «Sistema Mundial de Socorro y
Seguridad Marítimos» (SMSSM): las identidades del
servicio móvil marítimo, el distintivo de llamada del
buque, las identidades de Inmarsat y, en ciertos casos, la
identidad del número de serie que pueden ser transmitidas
por el equipo de un buque y que sirven para identificar

a dicho buque.

Es decir, a los buques de recreo, no se le aplican las definiciones del articulo 3.5 (en el que se habla del SMSSM) SINO LAS DEL ARTICULO 3.6 del Reglamento (Zonas de Navegación).

Y, en todo caso, no es el artículo 26 el que habla de SMSSM, sino el articulo 23 cuyo texto dice:

Artículo 23.
Radioteléfonos bidireccionales portátiles de
ondas métricas.
1. Los equipos radiotelefónicos bidireccionales portátiles
de ondas métricas de banda marina (VHF) de los
que vayan provistos los buques españoles, cumplirán con
las especificaciones del SMSSM, y dispondrán, cada uno,
de su propio cargador de baterías

Pero, como hemos visto, las especificaciones del SMSSM, NO se aplican a los buques de recreo.

Ergo, ¿por qué se empeñan en exigir portátiles con SMSSM (GMSSM en inglés)? y lo que es más importante ¿por qué han admitido desde la entrada en vigor de este Real Decreto, el registro de portátiles sin SMSMM en las diversas Capitanías?

Me lo aclaren, please.



Más claro imposible, ya digo yo tengo mi barco despachado desde el verano en zona 5 y lo unico que llevo es un VHF portatil sin SMSSM

SALUDOS A TODOS

otoio 15-01-2009 15:02

Re: walki zona 5
 
Francamente. Me parece desafortunado este reglamento por todos lados.
Me había propuesto hacer un estudio del mismo, pero poco a poco, se podrá desguazar...
Perdón por el ladrillo que viene, pero no sé acortarlo :sorry:

Vale lo que dices, Tingis, pero tenemos un "bucle" legal:
Artículo 49. Ámbito de aplicación y normativa aplicable

1. Los buques no incluidos en el ámbito de aplicación de los anteriores capítulos II y III se regirán, además de por los preceptos técnicos comunes del capítulo I que les sean de aplicación, por lo dispuesto en este capítulo.
¿Con lo cual, qué partes del Capítulo I son aplicables a las de recreo y cuáles no?
Según lo que planteas ninguna:
Cita:

.....se regirán, en materia de radiocomunicaciones marítimas, por la reglamentación contemplada en el capítulo IV de este reglamento,
Pero lo cierto es que eso no aparta de lo contenido en el Capítulo I. Ya que el propio artículo 3, vuelve a las andadas con los de recreo. Y la Sección 2a del Capítulo I se llama Preceptos técnicos comunes a todos los buques. Más claro, agua.
Y seguimos con la Sección Cuarta del Capítulo I, Instalaciones Radioeléctricas y Equipos: Generalidades, donde se vuelven a definir un montón de cosas que afectan a todos los buques, incluidos los de recreo.
Por ejemplo el artículo 21, que habla de los NAVTEX y dice que "En todos los buques obligados a disponer de receptor NAVTEX, tanto éste como el receptor de llamada intensificada a grupos de Inmarsat (LIG), deberán estar ubicados en el puente de navegación..." Es evidente que también afecta a los de recreo (zona 1).
Y sigues así, haciendo salsas por aquí y por allá, hasta llegar al desafortunadísimo y terrible para las embarcaciones de recreo art. 23 Radioteléfonos bidireccionales portátiles de ondas métricas.




Y este ya es para caga'lse. Porque, si se considera norma que afecta a los de recreo, ¿para qué puñetas nos hacen el "favor" a los de zona 5 de poder llevar "sólo" un portátil VHF si despues viene el artículo 23 y dice lo siguiente? Porque, si se establece el "favor" de llevar un portátil es porque es más barato y sencillo, no cuadra:
  • Radioteléfonos bidireccionales portátiles de ondas métricas (VHF). Los portátiles que hablamos ¿lo son? Sí.
  • ...cumplirán con las especificaciones del SMSSM (=DGMSS). ¿Y esto que significa? ¿Que si técnicamente pueden llevar DSC, y ahora pueden, deben llevarlo? ¿Y entonces también es necesario MMSI? ¿Y LEB? ¿Se puede obtener un MMSI sin LEB? ¿Y si te llevas el portátil con DSC a otro barco, arrastra el MMSI o tienes que meter uno nuevo? ¿O no lo metes? Y el MMSI lo tiene que meter el "técnico". pero enseguida se aclarará. En realidad, no te lo puedes llevar... sigue, sigue...
  • dispondrán, cada uno, de su propio cargador de batería. Más gasto.
  • y, con la excepción indicada en el artículo 50.6 , de una batería primaria de color amarillo o naranja precintada, apta para ser usada únicamente en caso de emergencias y otra secundaria recargable, para uso diario. Y esto ya es de Forges.
    La batería primaria no la exencionan. El 50.6, permite dejar exento de llevar el cargador y la batería secundaria (que es la de uso normal) siempre que se lleve el aparato voluntariamente y no por obligación.
    O sea, que como en zona 5 hay que llevar el portátil, te autorizan a llevarlo sin cargado y con la batería primaria, en plan de "reseva", precintada, de color naranja (la tengo que pintar, las del mío es negra), y más cosas.
    Y, además, la exención es rogada y sujeta a concesión expresa. El siliencio es negativo. Aunque para lo que te vale... Gracias.
  • 2. La batería primaria precintada deberá tener, por regla general, una vida útil no superior a los cuatro años desde su fecha de instalación en el buque. El precinto será de una calidad suficiente a criterio de la Administración marítima y su ruptura, cualquiera que sea la causa que la origine, deberá anular su validez. El cambio de la batería debe ser comunicado por los instaladores a la Capitanía marítima correspondiente.
    Más gastos, para tenerla en una urna.
    Y además, cuando vayas a echarla mano, y rompas el precinto, te encontrarás que la batería se ha autodescargado por lo menos y será inservible.
    Y por supuesto, como habrá caducado la homologación como mucho en 4 años desde que la instalaste, al de 4 años igual encuentras recambios. Al de 6 no.
  • Los equipos radiotelefónicos portátiles irán situados en el puente de gobierno, ... y el acceso a ellos durante la navegación no requerirá del uso de llaves u otros sistemas que puedan impedir o retrasar su recogida. Yo por si acaso, no le pondré llave a la urna...
  • Cada equipo portátil de VHF llevará marcado en su exterior, con material indeleble que no se deteriore, la fecha de caducidad de sus baterías y la identificación del buque al que pertenece. Como hay tanto sitio para escribir...
¿Prevaricación, decíais?
Sería prevaricador el inspector panchorro que obviara la ley y no exigiera todas esas mingadas cuando vas a que te autorice el meter una radio vhf para cotillear con los colegas e 3 millas del puerto, en tu velerito o tu lanchita de 5 metros... ¿No?
El inspector que con el reglamento en la mano te pidiera todo eso... ¿sería el prevaricador?
Gracias, administración:
Una radio VHF fija con DSC y antena exterior GPS, se me pone en unos 450 euros. La portátil, que graciosamente me permiten llevar en su lugar en zona 5, en 700 y tiene menos prestaciones.
Lógico. ¿O no? :cagoento:
País...
¿Que no se impone modificar este reglamento o hacerlo en compartimentos estancos para cada tipo de embarcación, sin bucles?
No brindo, que si no, sería con estricnina...

Manuel_Luis1404 15-01-2009 15:34

Re: walki zona 5
 
Hoy he hablado con un Inspector de Capitania Marítima de A Coruña muy amigo de mi cuñado y vecino, y me ha confirmado, que la emisora fija en zona 5 puede sustituirse por VHF portatíl homologado simple y llanamente.

Consultado un compañero de la GC del mar y varios compañeros de patrulleros de la Armada me ha confirmado lo mismo.

SALUDOS A TODOS

Chollo 15-01-2009 15:40

Re: walki zona 5
 
El problema que hay, ya se ha tocado en repetidas ocasiones, todo se reduce a la interpretación del inspector radioeléctrico de la capitanía en cuestión.

Nelson 15-01-2009 15:50

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por Manuel_Luis1404 (Mensaje 464727)
Hoy he hablado con un Inspector de Capitania Marítima de A Coruña muy amigo de mi cuñado y vecino, y me ha confirmado, que la emisora fija en zona 5 puede sustituirse por VHF portatíl homologado simple y llanamente.

Consultado un compañero de la GC del mar y varios compañeros de patrulleros de la Armada me ha confirmado lo mismo.

SALUDOS A TODOS

Esta misma mañana he telefoneado a 2 Capitanias Marítimas para preguntar simplemente:
"para despachar una embarcación de recreo en zona 5, ¿qué tipo de VHF portátil se requiere???"

En la de Barcelona me han dicho Homologación 53, o sea GMDSS y toda la parafernalia del RD ...
En la segunda me han dicho Homologación 52, o sea, las normalitas....

No digo cuál es la segunda por si alguien necesita despachar alli. Que pregunte por privado.

Forges sólo podía haber nacido aquí.

PD. Por cierto, no confundir GMDSS (homologación SOLAS) con capacidad para DSC (llamada digital selectiva)

Manuel_Luis1404 15-01-2009 15:59

Re: walki zona 5
 
Artículo 60. Zona de navegación 5
1. Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones por la Zona 5, deberán ir provistas de una instalación radioeléctrica de VHF (fija o portátil), a partir del 1 de enero de 2007. Si la instalación es de tipo fijo, deberá ser apta para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partir del 1 de enero de 2009.


Según el inspector de A Coruña, esto es lo que tengo que ver.
El se ha puesto en contacto con Vigo y acaba de llamarme y me ha dicho que en Vigo nadie ha dicho nada de que el portatíl sea con llamada selectiva digital.

SALUDOS A TODOS

Chollo 15-01-2009 16:04

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por Manuel_Luis1404 (Mensaje 464743)
...me ha dicho que en Vigo nadie ha dicho nada de que el portatíl sea con llamada selectiva digital.

SALUDOS A TODOS

Alguien falta a la verdad. Repito que ayer se envió desde Vigo una lista de los portátiles para zona 5 y eran GMDSS.

:brindis:

Nelson 15-01-2009 16:06

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por Manuel_Luis1404 (Mensaje 464743)
Artículo 60. Zona de navegación 5
1. Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones por la Zona 5, deberán ir provistas de una instalación radioeléctrica de VHF (fija o portátil), a partir del 1 de enero de 2007. Si la instalación es de tipo fijo, deberá ser apta para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partir del 1 de enero de 2009.


Según el inspector de A Coruña, esto es lo que tengo que ver.
El se ha puesto en contacto con Vigo y acaba de llamarme y me ha dicho que en Vigo nadie ha dicho nada de que el portatíl sea con llamada selectiva digital.

SALUDOS A TODOS

Por eso mi observación anterior.
NO estan pidiento portatiles con DSC (llamada selectiva digital). Olvidad ese tema.
Estan pidiendo portátiles con homologación 53 (SOLAS, la de los mercantes, o GMDSS) en algunas Capitanías....

Para simplificar, los walkies (VHF portatiles) tienen 2 tipos de homologacion:
52 (baratos)
53 (carisimos y con unos requerimientos anexos)

Pues parece que ahora, cuando son obligatorios para despacho, empiezan a exigir los 53 (incluso para zona 5).

:cagoento:

Manuel_Luis1404 15-01-2009 16:33

Re: walki zona 5
 
MINISTERIO DE FOMENTO
21048
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2007, de la Dirección
General de la Marina Mercante, por la que se declara la
homologación del equipo radioteléfono de VHF No-Solas,
marca Simrad, modelo RT-64, para su uso en buques y
embarcaciones de bandera española.

Visto el expediente incoado a instancia de la empresa Navico Marine
Electronics, S. L., con domicilio Avda. Pais Valencià 28 Pol. Indus. Nave 14,
–03509 –Finestrat, solicitando la homologación del equipo Radioteléfono
de VHF No-Solas, marca Simrad modelo RT-64, para su uso en buques y
embarcaciones de bandera Española, de acuerdo con las normas:
R.D. 1837/2000, de 10 de noviembre de 2000.
R.D. 1890/2000 (Directiva 1999/5/CE) Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Reglamento de Radiocomunicaciones.
Esta Dirección General ha resuelto declarar homologado el siguiente
equipo radioeléctrico:
Equipo: Radioteléfono de VHF No-Solas.
Marca: SIMRAD / Modelo: RT-64.
N.º Homologación: 50.0097.
La presente homologación es válida hasta el 24 de enero de 2012.
Madrid, 8 de octubre de 2007.–El Director General de la Marina Mercante,
Felipe Martínez Martínez.


ESTO ME LO HAN PASADO DE UNA CAPITANIA MARITIMA UN INSPECTOR

SALUDOS A TODOS

chema 15-01-2009 16:35

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por Manuel_Luis1404 (Mensaje 464727)
Hoy he hablado con un Inspector de Capitania Marítima de A Coruña muy amigo de mi cuñado y vecino, y me ha confirmado, que la emisora fija en zona 5 puede sustituirse por VHF portatíl homologado simple y llanamente.

Consultado un compañero de la GC del mar y varios compañeros de patrulleros de la Armada me ha confirmado lo mismo.

SALUDOS A TODOS


J***r!!, pues aquí en Galicia (Pontevedra)el Vhf portátil, que sustituye a la fija con Dsc y gps, en zona 5, tiene que ser homologado sí pero de esos de 600-700 euros con batería precintada. (Consutado en Octubre del año pasado en la Delegación dela capitanía de Marín) :nosabo:.
En cuanto a llevar un Walki sencillo (tipo Icom M33 o así) en la bañera tiene que ser homologado sino no se está autorizado utilizarlo :o.

Jadarvi 15-01-2009 16:39

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por Manuel_Luis1404 (Mensaje 464773)
MINISTERIO DE FOMENTO


21048
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2007, de la Dirección
General de la Marina Mercante, por la que se declara la
homologación del equipo radioteléfono de VHF No-Solas,
marca Simrad, modelo RT-64, para su uso en buques y
embarcaciones de bandera española.
Visto el expediente incoado a instancia de la empresa Navico Marine
Electronics, S. L., con domicilio Avda. Pais Valencià 28 Pol. Indus. Nave 14,
–03509 –Finestrat, solicitando la homologación del equipo Radioteléfono
de VHF No-Solas, marca Simrad modelo RT-64, para su uso en buques y
embarcaciones de bandera Española, de acuerdo con las normas:
R.D. 1837/2000, de 10 de noviembre de 2000.
R.D. 1890/2000 (Directiva 1999/5/CE) Ministerio de Ciencia y Tecnología.
Reglamento de Radiocomunicaciones.
Esta Dirección General ha resuelto declarar homologado el siguiente
equipo radioeléctrico:
Equipo: Radioteléfono de VHF No-Solas.
Marca: SIMRAD / Modelo: RT-64.
N.º Homologación: 50.0097.
La presente homologación es válida hasta el 24 de enero de 2012.
Madrid, 8 de octubre de 2007.–El Director General de la Marina Mercante,
Felipe Martínez Martínez.



ESTO ME LO HAN PASADO DE UNA CAPITANIA MARITIMA UN INSPECTOR

SALUDOS A TODOS



Si es que hay que tener amigos hasta en el infierno... ahora nos queda tratar de que se unifiquen criterios... tiene guasa que haya tantas interpretaciones de las normas como funcionarios hay encargados de aplicarlas... dicho sea con todo el respeto a los funcionarios.

Igual alguien a pensado que como somos todos unos pijos forrados... mejor pedir que sean DGMMS o como se diga... a ver si aliviamos la crisis en algún sector :cagoento::cagoento::cagoento:

:brindis::brindis::brindis: a vuestra salud!!!!!!!!

Invitado 15-01-2009 16:41

Re: walki zona 5
 
Gracias, Manuel Luis.

¿ A ver qué dicen ahora en la Dirección General de la Marina Mercante?

Buena prueba...pardiez!!!

Petra II 15-01-2009 16:47

Re: walki zona 5
 
Hola.
En junio pasado pasé por ese calvario en Vigo. No me admitieron para matricular en zona 5 mi vhf portátil homologado NO SOLAS. Tuve que tragar e instalar una fija.
La portátil que exigían parece ser que lleva una batería precintada que se recambia cada 4 años y no sé qué características más. Total, que valía un pastón tal como ya dijeron antes otros compañeros. Más barato la fija.
Me jorobó bastante porque yo ya tenía la otra, y también porque el inspector de radio me trató con bastante desconsideración, riñéndome cuando le fui a preguntar, diciéndome que si queríamos instalar cosas compradas en los chinos, etc. ¡Lo que tuve que aguantar cuando matriculé mi barco!
Ah! también me dijo que habían tenido una reunión en Madrid y habían decidido exigir ese tipo de requisito para las portátiles de zona 5.
Salud.

Invitado 15-01-2009 17:06

Re: walki zona 5
 
Es evidente y cada vez lo constato en TODOS los campos de nuestro devenir diario que, los Gobiernos han encontrado la panacea/excusa para llenar sus arcas: el concepto SEGURIDAD.

En nombre de ella, las sanciones pecuniarias se han convertido en la "gallina de los huevos de oro" de cualquier Administración.

Sólo hay que mirar a cualquier lado: Circulación, Trenes, Náutica, Aviones, Empresas, Varaderos, ....

Si hay una palabra que (con sólo mentarla) da dinero, esa es sin duda.......SEGURIDAD.

Reflexionad sólo un poco y os daréis cuenta que TODO, absolutamente TODO, está impreganado de este concepto "filosofal".

Manuel_Luis1404 15-01-2009 17:10

Re: walki zona 5
 
Yo matricule mi embarcación en el PUERTO DE SANTA MARIA en agosto y solo me pidierón un VHF portatíl. La reunión en Madrid sería la misma para todos digo yo.

SALUDOS A TODOS

ESTA ES LA EMISORA QUE ME AUTORIZARON A MI EN AGOSTO DEL 2008 PARA ZONA 5

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  • Dimensiones: 55x126x38 mm.

Manuel_Luis1404 15-01-2009 17:19

Re: walki zona 5
 
PONGO OTRO MODELO QUE VENDEN COMO HOMOLOGADA EN ZONA 5
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2009 o emisora fija con DSC y MMSI.

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156.375 a 162.025MHz. (RX).
- Pot. 4 w.
- Bloqueo de teclado.
- Scanner.
- Canal prioritario.
- Selección del Canal 16, doble escucha.
- Memoria de canales.
- Economizador de baterí­a.
- Función retención de memoria cuando se apaga y se restablece cuando se vuelve a conectar.
- Mando giratorio para seleccionar los canales.
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E VENDEN EN CADIZ

otoio 15-01-2009 17:24

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por Chollo (Mensaje 464731)
El problema que hay, ya se ha tocado en repetidas ocasiones, todo se reduce a la interpretación del inspector radioeléctrico de la capitanía en cuestión.

Ese es el problema.

¿Tan difícil hubiera sido esto?

Cita:

Artículo 60.
Zona de navegación 5.

Las embarcaciones autorizadas a realizar navegaciones por la zona 5 deben ir provistas de una instalación radioeléctrica de VHF, fija o portátil, a partir del 1 de enero de 2007. Si la instalación es de tipo fijo, deberá ser apta para utilizar las técnicas de llamada selectiva digital a partirdel 1 de enero de 2009.
<<Como instalación portátil de VHF, se podrá usar cualquier radioteléfono portátil autorizado por la Dirección General de la Marina Mercante, y no se le exigirá el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23. Lo dispuesto en este párrafo será también de aplicación para aquellos radioteléfonos portátiles de VHF que se porten de manera voluntaria en buques despachados exclusivamente para zona 6 o zona 7.>> (por ejemplo)

Y con eso, valía cualquiera y no había que hacer interpretaciones. Y no ponía el marrón a bordo del compañero que en una zodiac quería llevar un portátil sin ser un ilegal.

Y a falta de eso, una ORDEN MINISTERIAL aclaratoria.

(Por ahí hay campo para el ANAVRE o cualquier asociación... :santo:)

Saludos :brindis:

Chollo 15-01-2009 17:38

Re: walki zona 5
 
Iluminadme si no veo lo que vosotros en el escrito, pero a mi lo que me parece es que efectivamente han homologado un equipo para su uso en Marina Mercante, pero no le veo relación con el tema que tenemos delante, que es la interpretación del inspector de turno, y la consecuente exigencia de uno u otro equipo para la zona 5 de navegación.

Saludos.:brindis:

Jadarvi 15-01-2009 17:38

Re: walki zona 5
 
Cita:

Originalmente publicado por TINGIS (Mensaje 464783)
Gracias, Manuel Luis.

¿ A ver qué dicen ahora en la Dirección General de la Marina Mercante?

Buena prueba...pardiez!!!

Son capaces de decir que sí, que bueno... pero que eso es para los optimist!!!


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