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PER y Zona II
Hola a todos, aquí va otra pregunta de novato, si tienes el PER puedes tener un barco despachado en la zona de las 60 millas y no pasar de las 12 o tienes que despacharlo para la zona equivalente.
Gracias y ronditas de ron para todos :borracho::borracho: |
Re: PER y Zona II
Hola:
Te contesto por logica, no porque lo sepa a ciencia cierta. Una cosa es la titulacion del patron y otra distinta la zona de navegacion del barco. Se puede tener un barco despachado en zona 1 y no navegar nunca a mas de 5 o 12 millas, ¿no? Lo que no se puede hacer es a la inversa. Ademas, un patron PER no podra alejarse de la costa mas de 12 millas ni llevando un barco despachado para zona 1, pero si ese mismo barco lo lleva un patron con titulacion CY si podria, por lo que son cosas distintas. Quizas por comodidad y para abaratar costes (en equipo de seguridad y revisiones del mismo) lo normal es tener tu barco despachado para la zona de navegacion para la que tenga titulacion... Saludos y una ronda... Utiliza el buscador porque debe haber varios hilos la respecto dle tema |
Re: PER y Zona II
Podrás ir hasta 12 millas con este barco.
:brindis::brindis: |
Re: PER y Zona II
Intentaré ser claro en mi explicació. Yo por suerte o desgracia cuando estaba destinado en un patrullero de la armada tuve que pasar inspecciones a barcos y en algunas ocasiones poner sanciones y la que tu dices es muy común en barcos de recreo.
EXPLICACION: Si un barco de recreo esta despachado para la zona II (60 millas) el barco tiene que llevar un patrón de yate. No vale decir navego a 12 millas y así no me pasa nada, de eso nada. En el certificado de navegavilidad viene la titulación minima requerida para llevar ese barco, si no la tienes multa multa multa. Yo las que he puesto cuando estaba en el Patrullero Quiroga en la zona de Palma de Mallorca la mayoria eran por esa cuestión. SALUDOS A TODOS |
Re: PER y Zona II
Piensalo al reves
un Capitan Yate , en un barco despachado zona 3 , puede irse a dar la vuelta al mundo : :nop::nop: |
Re: PER y Zona II
Cita:
Y un barco despachado para la zona III no puede ser patroneado por PNB aunque navegue a 100 metros de playa, su patrón tiene que tener el PER como mínimo de hay para arriba. Pero el barco hasta 12 millas. Muchas sanciones se ponen po eso Esto es así SALUDOS A TODOS |
Re: PER y Zona II
Cita:
:brindis: |
Re: PER y Zona II
Cita:
La zona III, son 25' no 12', es que me parece que estas aportaciones, confunden más que ayudan :brindis: |
Re: PER y Zona II
Efectivamente son 25 millas y la cuatro 12.
Pero a ver si nos enteramos barco despachado para una zona determinada corresponde una titulación determinada. evidentemente si un barco tiene 100 metros auque este despachado para la zona 5 el patron tiene que ser un capitan por dimensiones de barco pero un barco de 7 metros que lo puede llevar un PNB si estas despachado para LA ZONA 4 12 MILLAS espero no volver a cometer erratas, su patron es un PER aunque navegue en la bahia |
Re: PER y Zona II
Entonces las empresas de alquiler: ¿Tienen distintos barcos de 12m. despachados para navegar en zonas distintas, en función del título que posea el cliente?
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Re: PER y Zona II
Cita:
Y te he puesto el ejemplo de las empresas de charter, barco despachado a zona II y alquilado a PER. :brindis: |
Re: PER y Zona II
Los barcos de alquiler tienen un tratamiento distinto y por eso estan en la lista 6ª
En un barco de la lista 7ª en el permiso de navegación en la parte inferior derecha, pone un apartado, donde dice TITULACION MINIMA REQUERIDA y eso es lo que vale. yo tengo una Gambeta de 4 metros despachada en zona 5 (5 millas) y para llevarla tienes que tener minimo el PNB. Si estuviera en lista 6ª es otro tema |
Re: PER y Zona II
Saludos y vermut para todos.
Cualquier barco puede ser despachado para cualquier zona, ya que hay barcos como los minitransat de 6,5 mts que hacen la trav del Atlántico, etc. Pero según la zona despachada será necesario un equipo de seguridad, balsa, fondéo, etc, adaptado a los requerimientos legales de ese despacho. Los títulos justifican documentalmente ante la Ley la capacidad del patrón, etc. para esa navegación específica y ese barco, independientemente de que esté despachado para una u otra navegación. Lo que no puedes hacer es salirte de la zona autorizada al barco, tengas el título que tengas, ya que este no dispondrá de los materiales de seguridad que marca la ley. Aunque yo sea Capìtán no podré navegar en un vela ligera después de la puesta del sol, porque estas embarcaciones no están autorizadas para ello ni tienen las luces obligatorias en otros barcos. Por lo tanto un PER no podrá mandar un barco de 18m aunque este se despache corréctamente y se mantenga a dos millas de la costa. Yo puedo alquilar un barco de 8 metros y seguro que estará despachado para bastante más de lo que se usa habitualmente, y con él podré quedarme en la costa o ir a Mallorca. Teniendo en cuenta que fuera de las 12 millas de las aguas territoriales no te pueden pedir el "carnet de conducir" y solo en caso de prevención de delitos se puede comprobar si el barco es robado o si transporta drogas, armas u otro artículos de contrabando o si es una "patera". Por eso hay españoles que dan la vuelta al mundo sin título y sin problemas legales. En teoría un Cap de Yate podría mandar un portaviones, si este es civil, si lleva la marinería requerida para su eslora y si no cobra pasaje a nadie, (si no se le consideraría uso profesional, para el que no está habilitadoa, aún). Saludos y juerga |
Re: PER y Zona II
Yo estoy con Madrugon hoy por hoy es como el dice.
pero me consta que hace un tiempo (no se cuanto) era como dice manuel Luis 1404 conclusion: que Madrugon tiene razon, segun mi punto de vista claro, y el otro cofrade la tendria de no ser porque hoy por hoy ya no se pone la titulacion minima requerida. un saludo |
Re: PER y Zona II
1 Archivo(s) adjunto(s)
http://foro.latabernadelpuerto.com/a...1&d=1233175187
En ese enlace esta el permiso de navegación de una GAMBETA de 4 metros de eslora. Esta en zona 5 y se le exige un determinado material de seguridad, esta embarcación tiene que llevar siempre ese material aunque navegue pegado a costa, y viene bien claro la tiltulación minima del patron |
Re: PER y Zona II
Yo, mi barco de 11,98 m de eslora lo tengo despachado para zona 2, sin embargo en los papeles del barco viene: Titulación requerida PER
Creo que Quim ha dado en el clavo. antes es posible que fuera como dices, pero ahora, y con más lógica ya que no dejaría de ser una incongruencia, no... |
Re: PER y Zona II
Cita:
Pero en el momento que se ha despachado para la zona 5 la titulación minima requerida es PNB. Un barco que este despachado para la zona II aunque tenga 4 metros de eslora exige una titulación de PATRON DE YATE |
Re: PER y Zona II
Cita:
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Re: PER y Zona II
Cita:
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Re: PER y Zona II
Si lo pone, pero en el mío pone PER...
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Re: PER y Zona II
Cita:
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Re: PER y Zona II
Recordad que con fecha de finales de 2008 han cambiado algo las atribuciones de algunos títulos.
Aunque no sé deciros datos exactos, creo que por ahí va la cosa de las diferencias. |
Re: PER y Zona II
Zona 2 , y no pone titulacion exigida (Julio 2004) ,
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Re: PER y Zona II
Cita:
Te has olvidado poner "y punto", es que no hay nada como tener la verdad absoluta. He visto un monton de barcos, despachados para zonas 2, 3, 4 y alguno para zona 1, y te aseguro que es independiente la zona de despacho del barco con la titulación necesaria para patronearlo, los títulos tienen unas limitaciones y las zonas de navegación otras, mientras estés en lo permitido de las dos estas legal y en cuanto no cumplas una de las dos pues no estas legal, o sea resumiendo barco apto para PER, independientemente de si lleva balsa o BLU, él PER lo puede patronear hasta 12 millas, mismo barco pero despachado en zona de hasta 5 millas de la costa el mismo PER de antes no puede pasar de 5 millas. Y esto estoy convencido que es así, y el ejemplo del tabernero, habla por si solo, barco despachado en zona 2 y titulación mínima PER, evidentemente ese PER no podra salir de la zona 4, deberá quedarse en la zona para la que su titulación le habilita. :brindis: |
Re: PER y Zona II
Cita:
De hecho la antigua zona 3 (llamada "C" 25 millas) era para el PER, es decir despachado a 25 millas por si se navega en el archipielago correspondiente pero no se puede pasar de 12 de la costa peninsular. Mi anterior SO 26 estaba en zona 3 y la minima requerida era PER |
Re: PER y Zona II
tengo muy clara la legislación, por que he pasado cientos de inspecciones en la mar.
ante a dicho alguien que a partir de 12 millas no te pueden pedir el titulo, permiso, tarjeta como se quiera, pues es un error. Fuera de las 12 millas es peor, cualquier autoridad de otro pais distinto te puede pedir la titulación, pq existen combenios internacionales sobre el trafico maritimo |
Re: PER y Zona II
Cita:
Tienes razón, y este es un argumento que ratifica lo que yo digo, si quieres navegar por los archipielagos con el PER, debes despachar el barco para zona 3, puesto que te pasas de las 12 millas, con lo cual segun Manuel, al despacharlo en zona 3 automaticamente te impediria patronear con el PER. :brindis: |
Re: PER y Zona II
Cuando se navega entre islas de un archipialogos los barcos pueden estar en la zona 4.
Lo mismos que cuando se navega por bahias como por ejemplo la de Cádiz, un barco despachado en zona 6 puede navegar y la bahia de Cádiz tiene mas de 5 millas de ancho. |
Re: PER y Zona II
¿Podrías aportar la legislación en que te basas para tus afirmaciones?... Quizá eso aclare el tema.
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Re: PER y Zona II
Quise decir archipielagos
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Re: PER y Zona II
Cita:
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Re: PER y Zona II
Pues la verdad es que no, por eso mi interesaría ver esa legislación a la que haces referencia, y así nos desasnas un poco...
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Re: PER y Zona II
Algo parecido ocurre con el Patrón de Yate: permite hasta 60 millas de la costa para que se pueda ir a las Baleares, ya que antes de salir de las 60 millas de la Península entras en las 60 millas de las islas.
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Re: PER y Zona II
Cita:
En esta dirección de correo te informan de todas las dudas y pueden aportar todas las dudas que uno tiene. |
Re: PER y Zona II
Yo , en la última legislación al respecto lo que encuentro es lo siguiente:
Patrón de embarcaciones de recreo: A) Atribuciones: gobierno de embarcaciones de recreo a motor o motor y vela de hasta 12 metros de eslora, para la navegación que se efectúe en la zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos balear y canario. Además, podrán gobernar motos náuticas. B) Condiciones: B.1 Aprobar el examen teórico correspondiente. B.2 Acreditar el reconocimiento médico a que se refiere el artículo 18. B.3 Acreditar la realización de: a) Unas prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración no podrá ser inferior a 16 horas y que se realizarán en una embarcación de una escuela, de acuerdo con lo previsto en el artículo 15. b) Las practicas reglamentarias de radiocomunicaciones, cuya duración no podrá ser inferior a 2 horas, que se realizarán en tierra, en un simulador homologado de una escuela, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16. Y no veo que haya ninguna referencia a las atribuciones en relación a la habilitación de los barcos en determinadas zonas de navegación. |
Re: PER y Zona II
Cita:
Y otra cosa, y estee es un tema en el que existe mucha confusión: Las aguas jurisdiccionales españolas terminan en las 12 millas, pero existe lo que se denomina ZONA CONTIGUA (hasta las 24 millas desde las líneas bases) en las que España (por poner nuestro caso) tiene facultades de policía y fiscales. Todo ello sin perjuicio del "reparto" de dicha zona contigua con los países adyacentes (Marruecos, Francia y Portugal). Es decir, desde un punto de vista legal, la G.C. puede ejercer sus potestades "de policía" en dicha zona contigua y extender expediente por infracción de las normas administrativas relacionadas con la Náutica. Así que ojito con ponernos "chulitos" fuera de las 12 millas. Unas cervecitas "no homologadas" para todos. |
Re: PER y Zona II
No he podido leerrt todos los comentarios, pero ahi va el mio.
Se de propietarios de embarcaciones de charter que al pasar el despacho lo psa para dos zonas, 3 y 2. De esta forma lo puden alquilar a PER para navegaciones costeras y PY para ir a las islas. Ademas si tienes el barco despachado para la 2 tienes que levar la radiobaliza y la balsa siempre, si tienes los dos despachos solo tienes que cargar con la balsa para hacer el cruce. Esto tambien se comento en una reunion respecto al DECRETAZO para las regatas. El Responsable de Seguridad de la Ragat debe comprobar si los barcos llevan el material de seguridad que consta en el certificado de navegabilidad. Si un regatista, con embarcacion en zona 2, en una regata costera no lleva la balsa puedes ""impedir"" que participe en la regata, si teien lod dos despachos si puede participar. |
Re: PER y Zona II
Cita:
Entre isla tanto Canarias y Balear zona IV y PER (12 millas)pq la distancia entre algunas islas suele ser algo superior a 24 millas pero pero no por mucho y enseguida entras en la zona autorizada. En las Bahias pasa lo mismo tanto barcos de zona 6 (2 millas) como los barcos de zona 7 (aguas protegidas), pueden navegar aunque la bahia tenga 7 millas. |
Re: PER y Zona II
Cita:
No entiendo este argumento. De verdad. Y menos expresiones tan arbitrarias como la que subrayo. ¿Podrías aclararlo?:brindis: |
Re: PER y Zona II
Trato de explicar pq la legislación deja navegar entre isla en España.
Si las islas estubiran a mucha mas distancia las atribuciones del PER no serian suficiente para navegar. De arbitrario nada, es la justificación que me dio un alto cargo de fomento para estar en España esa norma de que un PER pueda navegar entre islas de un mismo archipealogo |
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